CODIGO ORGANICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA PARTE 2
1.
2. 1.- Nivel de
conducción
y mando
4.- Nivel
Los 2.- Nivel de
mando
de niveles intermedio y
Formación supervisión
de mando operativa
3.- Nivel
de
ejecución
operativa
3.
4. Gestión del nivel mando
intermedio y
supervisión.-
Su responsabilidad la
supervisión, fiscalización,
control y coordinación de la
ejecución táctica, técnica y
operativa de un componente.
5. Acciones estratégicas y operativas
tendientes a
prevenir, controlar, mantener, restablec
Gestión del nivel operativa.-
er el orden público, la protección interna
y la
seguridad ciudadana.
6. Se capacita y educa para alcanzar el
título profesional o
Gestión del
que se encuentra en la
nivel de correspondiente etapa de inducción. El
formación.- titulo que se otorgue será de
tercer o cuarto nivel.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13. Principios
rectores.-
En los procesos de administración del
talento humano se observarán los
principios de
legalidad, probidad, méritos, igualdad
y no discriminación.
14.
15. Todo proceso de selección se
iniciará previa planificación en el
a nivel nacional, regional o
provincial de acuerdo a las
Selección.- necesidades institucionales.
Este proceso será dirigido y
gestionado por el órgano
competente de cada una de las
instituciones mencionadas.
16. • El órgano competente encargado de
la gestión del talento humano de las
instituciones competentes elaborarán
los perfiles requeridos para el
ingreso a la respectiva entidad
Adicionalmente elaborará los perfiles
requeridos para cada una de las
posiciones de conducción y
mando, mando intermedio y
supervisión operativa y ejecución
operativa.
Perfiles.-
17. 1. Ser ecuatoriana o
ecuatoriano;
5. Los demás 2. Tener título de bachiller en el
establecidos en caso de Policía Nacional o de
el Reglamento de tercer nivel para servidores
este Código. civiles de investigación de la
infracción o del Servicio de
Requisitos.- Protección Público;
4. Cumplir con
el perfil
elaborado
para el efecto 3. Aprobar las
pruebas de
admisión
18.
19. La formación estará sustentada en el
conocimiento de los derechos
Formación del humanos, principios y garantías constitucionales
personal.- y de seguridad pública, con fundamentos en la
democracia y apego irrestricto al ordenamiento
jurídico
20. Gratuidad de la formación.-
La formación de los aspirantes a servidores o
servidoras policiales o civiles de las instituciones
será gratuita, el Estado subvencionará los
gastos que demande la misma.
21. Contenidos de la formación.-
Los contenidos de la formación, en
general, tendrán como fundamento el respeto
y garantía a los derechos humanos y género
en especial de las garantías a los grupos de
atención prioritaria y propenderán a la
investigación especializada, prevención y
control de la infracción, y utilización de
medios de disuasión y conciliación como
alternativas al uso de la fuerza para
preservar la vida, en el ámbito de sus
competencias.