SlideShare una empresa de Scribd logo
“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del
Compromiso Climático”
DOCENTE:
LOPEZ ALEGRIA, MARISOL
ALUMNA:
NORIEGA CHUMPITAZ, MARIA JOSE
MATERIA:
COMPUTACIÓN I
CICLO:
V
AÑO:
2014-I
TRUJILLO – PERÚ
2014
Evolución del derecho civil
TABLA DE CONTENIDOS
INTRODUCCIÓN________________________________________________________ 1
1. Definición:_____________________________________________________________ 4
1.1. Concepto de Derecho Civil en la Edad Media: __________________________ 5
1.2. El Derecho Civil en la Edad Moderna: __________________________________ 6
1.3. Las Codificaciones: __________________________________________________ 6
1.4. El Derecho Civil en la actualidad:______________________________________ 8
TABLA DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1: DERECHO CIVIL________________________________________________________________ 4
Ilustración 2: CONCEPTO DEL D° CIVIL ________________________________________________________ 5
Ilustración 3: D° CIVIL EN LA EDAD MEDIA _____________________________________________________ 6
Ilustración 4: LAS CODIFICACIONES___________________________________________________________ 8
Ilustración 5: D° CIVIL EN LA ACTUALIDAD _____________________________ ¡Error! Marcador no definido.
Ilustración 6: CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES _____________________________________________ 10
Ilustración 7: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL__________________________ ¡Error! Marcador no definido.
Ilustración 8: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL_________________________________________________ 12
Evolución del derecho civil
INTRODUCCIÓN
El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las
relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas, tanto físicas como
jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que
actúen desprovistas de imperium1.
Del mismo modo, en ocasiones se denomina Derecho civil al conjunto de normas
incluidas dentro de un Código civil.
Por último, también se utiliza el término Derecho civil, sobre todo en el ámbito del
Derecho anglosajón, para referirse al:
Derecho continental (como Civil Law), en contraposición al sistema anglosajón (o
Common Law).
Derecho positivo, en contraposición al Derecho natural
El Derecho civil habitualmente comprende:
El Derecho de las personas, que regula el inicio y fin de la existencia de las
personas naturales y jurídicas, la capacidad jurídica y la administración de los
bienes de los incapaces, los derechos de la personalidad, los atributos de la
personalidad, es decir, los elementos que determinan las condiciones de cada
individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el
domicilio, la nacionalidad, y ciertos derechos calificados de "personalísimos", por
cuanto no pueden transmitirse o transferirse a otras personas.
1
FUENTE: LIBRO SOBRE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL
Evolución del derecho civil
EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL
1. Definición:
Para explicar la evolución del concepto de Derecho Civil debemos remontarnos a
Roma. En Roma se distinguía entre Ius Civile e Ius Gentium (o Naturale), el primero
se refiere al usado por los romanos, entendido no como una imposición, sino como
un privilegio. El segundo se refiere al Derecho común a todos los hombres sin
distinción de nacionalidad. Según el profesor Arangio Ruiz el Ius Gentium se refiere
a un sistema estrictamente romano para dar tratamiento jurídico a las relaciones
entre romanos y extranjeros, sistema que sería producto de la expansión
económica y militar del pueblo romano o civitas.
Además otros textos contraponen el Ius Civile al Ius Pretorium (Ius Honorarium), el
cual habría sido introducido con el propósito de suplir, ayudar y corregir el Ius Civile.
Pero esta contraposición no es real, el Ius Pretorium significa la renovación del Ius
Civile provocada por las nuevas necesidades y por los nuevos hechos. Hay que
hacer una aclaración y esta es que el Pretor no creaba derecho, sólo declaraba
como entendía el derecho y los principios que seguiría en el ejercicio de sus
funciones.
Este núcleo de principios tradicionales se va ensanchando a lo largo de la historia
del Derecho romano naciendo un Ius Civile Novum, por obra de las leyes,
plebiscitos, senadoconsultos y decretos de los príncipes. Al mismo tiempo, el viejo
Ius Civile, el de los principios tradicionales experimenta la influencia del Ius Gentium
y del Ius Pretorium o Honorarium, y todos estos Derechos van a ser Ius Civile en la
compilación de Justiniano,
porque con aquel se
entroncaron y no se
diferenciaron
Ilustración 1: DERECHO CIVIL
Evolución del derecho civil
1.1.Concepto de Derecho Civil en la Edad Media:
En el 476 d.C. se produce la caída del Imperio Romano de Occidente en lo que se
ha denominado el inicio de la Edad Media. La invasión de los pueblos bárbaros que
la provoca definitivamente acaba también de manera oficial con el derecho de
Roma. Pero el Derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos
dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores.
El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel
sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común. Hemos dicho en
líneas anteriores que hasta la recepción reinó un absoluto particularismo jurídico.
El Derecho civil va a ser Derecho común, es decir, un derecho normal frente al que
los derechos particulares son anomalías. Hay que destacar que la fuerza del
Derecho Civil como Derecho común provenía también de una necesidad política: el
concepto de Imperio Sacro Romano Germánico, restaurado por Carlomagno en el
año 800 como continuación del Imperio Romano. La sociedad medieval hasta
finales de la Edad Media va a vivir, no sin tensiones, la idea de que era un todo
unitario bajo el Imperio, que tenía, por tanto, un único Derecho. El Imperio postulaba
un único Derecho, que va a ser el civil-romano. Al mismo tiempo, la idea de
Cristiandad, también unitaria en el plano religioso, llevaba a que el Derecho de la
Iglesia fuese igualmente un Derecho común. Este Derecho común era la ley
eclesiástica que junto a la ley civil representaban las potestades del Imperio y la
Iglesia.
El Derecho Civil (Derecho romano) se convierte en un derecho de los principios
tradicionales. De él van a salir ya otros Derechos que atienden a la evolución social
y económica de los siglos XIV y XV, como el Derecho mercantil. Las compañías
mercantiles, la letra de cambio, el comercio marítimo exigían regulación que no
daban los textos romanos.
Ilustración 2: CONCEPTO DEL D° CIVIL
Evolución del derecho civil
1.2.El Derecho Civil en la Edad Moderna:
En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que
su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante. De ahí que el Derecho civil,
entendido como Derecho romano, sufra un gran eclipse, si bien ello ya estaba
preparado desde finales de la Edad Media por la crítica a que se somete: las fuentes
que se manejaban -se dice- no son genuinas; las glosas y comentarios a los textos
romanos eran cada vez más contradictorios y más abundantes; la aplicación del
Derecho se había convertido en una tarea insegura ante tantas interpretaciones
dispares.
Ahora bien, todavía en las viejas definiciones de los siglos XVI y XVII se sigue
llamando Derecho civil al Derecho romano, que se contrapone al Derecho real, que
es el Derecho nacional. Pero la fijación legislativa de este Derecho ha sido el primer
paso para la nacionalización del Derecho civil. El segundo paso se dará cuando el
estudio del Derecho real se imponga. Sin abandonar el estudio del Derecho civil,
las Universidades, los teóricos y eruditos estudian y comentan el Derecho real. La
sustitución se opera insensiblemente, y el Derecho civil vuelve a ser no ya el
Derecho romano, sino el Derecho propio y exclusivo de cada Estado.
Paralelamente cabe anotar que ese Derecho civil va a identificarse con el Derecho
privado. En efecto, la teoría de la organización política (el Derecho público) se
estudia con separación del Derecho civil, lo mismo que el aspecto jurídico de la
actividad política. Se desligan también, desde el siglo XVI, las materias de Derecho
penal o Derecho criminal. La materia procesal se separa igualmente del tronco del
Derecho civil por la falta real de vigencia de los textos romanos en esta materia, y
el Derecho mercantil sigue con su evolución y desarrollo apartado, como desde su
nacimiento en la Edad Media, del Derecho civil.
1.3.Las Codificaciones:
Ilustración 3: D° CIVIL EN LA EDAD MEDIA
Evolución del derecho civil
La cristalización definitiva del Derecho civil como Derecho nacional y privado se
opera con la codificación.
La idea de un Código civil hay que ligarla con el pensamiento de la Ilustración y del
racionalismo que dominó en Europa a partir del siglo XVIII. Hasta ese momento se
acostumbraba, como ya hemos visto, a recoger las diversas leyes vigentes en un
determinado momento en un solo texto, recopilándolas. La idea de la codificación
es, sin embargo, más amplia que la de una pura recopilación de textos. Recopilar
es reunir en un texto, por orden sistemático o por orden cronológico, las leyes que
hasta un determinado momento han sido dictadas. Codificar es una tarea más
ambiciosa. Una codificación es la reunión de todas las leyes de un país o las que
se refieren a una determinada rama jurídica, en un solo cuerpo presidido en su
formación por una unidad de criterio y de tiempo. Según esto, un Código civil es un
cuerpo de leyes racionalmente formado y asentado sobre unos principios
armónicos y coherentes. Un Código es siempre una obra nueva, que recoge de la
tradición jurídica aquello que debe ser conservado y que da cauce a las ideas y
aspiraciones de todo signo vigente en la época en que se realiza.
Los factores que parecen determinar la idea de codificación, entendida como
proceso histórico, pueden ser esquematizados del modo siguiente:
1. La codificación se identifica inicialmente con un intento de insuflar en los
ordenamientos jurídicos unos determinados ideales de carácter político,
económico y social. El Código es un vehículo de transmisión y de
vigorización de una ideología y de unas directrices políticas. Inicialmente,
fueron las aspiraciones y los ideales del tipo de vida liberal-burgués, aunque
posteriormente hayan podido ser otros diferentes.
2. Porque significaban la renovación de unos ideales de vida, los Códigos
debían constituir obras unitarias. Ello exigía la
3. Derogación de todo el Derecho anterior y la prohibición o interdicción de una
hetero integración del sistema (el recurso a los llamados Derechos
supletorios), sustituyéndola por una auto integración, en virtud de la cual el
Código se basta a sí mismo.
Evolución del derecho civil
4. En los Códigos ha existido siempre un intento de tecnificación y de
racionalización de las actividades jurídicas, que se traduce, primero, en un
afán por la simplificación, que es una reducción del material normativo, y una
formulación del mismo que se quiere que sea clara e inequívoca. Los
Códigos vienen a expresarse en un lenguaje somero, lacónico y, en cierto
modo, lapidario o, por lo menos muy comprimido, como si esa reducción o
comprensión ahuyentara los problemas.
5. La tecnificación quiere decir también instalación del material normativo en
unas condiciones que lo hagan más fácilmente cognoscible y manejable.
6. Por último, la codificación entendida como racionalización del mundo jurídico
pretende la construcción de un sistema que se funda en la lógica jurídica y
que pueda desarrollarse conforme a ella. En este sentido, en el ideal
codificador es evidente la idea progresista de suponer que el orden jurídico
sigue una línea evolutiva de mejora. Los Códigos pretenden poner la
legislación al nivel «de los adelantos de la ciencia jurídica». En otro sentido,
la racionalización consiste también en la conveniencia de sustituir una
práctica jurídica empírica y casuística por un sistema que proceda con una
cierta automaticidad y que proporcione una mayor dosis de seguridad en los
negocios y en las actividades jurídicas.
DIFEl ciclo de la Codificación ha continuado hasta nuestros días. Algunos países
sustituyen sus antiguos Códigos decimonónicos por otros más técnicos y perfectos,
como el de Portugal de 1966, que empezó a regir en 1967. Otros readaptan su
Derecho civil a sus nuevas condiciones sociales y políticas como Polonia en
1966No puede cerrarse este apartado sin señalar que el movimiento de la
Codificación civil, originariamente europeo, trascendió casi inmediatamente a la
América Latina, continente del que sería injusto no recordar la obra de dos grandes
juristas como fueron BELLO, autor del Código chileno, y VÉLEZ SARSFIELD, autor
del Código argentino, uno y otro con clara resonancia e influencia en el Código
español.
1.4.El Derecho Civil en la
actualidad:
Ilustración 4: LAS CODIFICACIONES
Evolución del derecho civil
La evolución histórica del Derecho civil nos lo presenta como el sector del
ordenamiento jurídico que se ocupa de la persona y sus diferentes estados, de su
patrimonio y del tráfico de bienes.
Pero más importante que determinar de qué se ocupa el Derecho civil es analizar
cómo se ocupa, pues de ahí nace la crisis por la que está atravesando.
Efectivamente, si hoy el criterio de valores está en crisis, el Derecho civil no puede
por menos de sufrir también las consecuencias de esa crisis. La del Derecho civil
es, además, la del desmoronamiento de la sociedad que contempló la obra de la
codificación, y si estamos ante otra sociedad o hacia ella nos dirigimos, el Derecho
civil heredero de los Códigos decimonónicos nos va a servir de poco.
Todo ello indica que el Estado va a intervenir decisivamente en la vida económica
y jurídica, y que las normas no van a sancionar la autonomía de la voluntad
individual sino que la van a dirigir o coartar en beneficio de los intereses colectivos
o para evitar que sea un instrumento de dominación de los débiles. Así, el
propietario tendrá cada vez más deberes; no se le va a prohibir ya que haga o no
haga, sino que se le va a obligar a un hacer. Así, el empresario no impondrá los
contratos de trabajo que quiera a los que no pueden discutir sus cláusulas. Es un
nuevo orden jurídico distinto del cristalizado en la codificación del XIX.
Los principios escuetamente expuestos anteriormente producen un impacto en el
Derecho civil, que se traduce en una disgregación. Son Derechos especiales los
que surgen frente al Derecho civil que queda como común, en los que se
desarrollan nuevas normas. Se habla así de un Derecho del trabajo, de un Derecho
de la economía, de un Derecho agrario, de un Derecho bancario, de un Derecho de
arrendamiento, de un Derecho urbanístico, etc. La disgregación, como puro
fenómeno externo e índice de una especialización técnica o científica, no tiene
trascendencia grave. La gravedad radica en la consolidación del
desmembramiento, porque entonces se ha roto la unidad interna del Derecho civil.
La crisis del Derecho civil codificado tiene otras causas. Básicamente es de anotar
su carácter excesivamente patrimonial, que hace que la persona se contemple y
regule en función de sujeto de una relación jurídica de aquella naturaleza y no por
Evolución del derecho civil
Sí misma: sus valores, sus bienes y atributos como tal persona pasan por completo
desapercibidos y abandonados al campo de las declaraciones constitucionales
sonoras y espectaculares. Al Derecho civil se le priva así de lo más sustancial que
tenía, pues su función y su finalidad no es otra que la defensa de la persona y de
sus fines. El movimiento contemporáneo, por el contrario, está prestando una gran
atención al campo de los derechos fundamentales de la persona, al margen de las
facetas políticas o penales del tema.
Ilustración 5:Dº CIVIL EN LA ACTUALIDAD
Ilustración 6: CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES
0
5
10
15
20
25
30
35
40
45
CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES
M12 TIO Y SOBRINO M22 PRIMOS HERMANOS Columna4
Columna3 Columna2 Columna1
Evolución del derecho civil
Ilustración 7:EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL
Evolución del derecho civil
EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL
DEFINICIÓN
Este núcleo de principios a lo largo de la historia del
Derecho romano nace un Ius Civile Novum, por obra
de las leyes, plebiscitos, senadoconsultos y decretos
de los príncipes
CONCEPTO
El Derecho Civil, va a desempeñar un papel
importante en la Edad Media: El Derecho civil va a ser
Derecho común, es decir, un derecho normal frente al
que los derechos particulares son anomalías
EN LA EDAD
MODERNA
En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el
Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional
sea el exclusivo o predominante.
CODIFICACIONES
La cristalización definitiva del Derecho civil como
Derecho nacional y privado se opera con la
codificación.
EN LA
ACTUALIDAD
Al Derecho civil se le priva así de lo más sustancial
que tenía, pues su función y su finalidad no es otra que
la defensa de la persona y de sus fines. El movimiento
contemporáneo, por el contrario, está prestando una
gran atención al campo de los derechos
fundamentales de la persona, al margen de las facetas
políticas o penales del tema.
Ilustración 8: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL
Evolución del derecho civil
BIBLIOGRAFIA:
Bibliografía
WIKIPEDIA. (s.f.). Obtenido de WWW.WIKIPEDIA.COM
Evolución del derecho civil
INDICE
C
Codificación, 8
cristalización, 7
D
Derecho Civil, 3
Derechos especiales, 9
E
El movimiento contemporáneo, 10
Estado, 9
evolución del concepto de Derecho Civil, 4
T
teoría, 6

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Derecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familiaDerecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familia
Luis Alberto Baron
 
Proyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civilProyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civil
Majochumpitaz
 
Documentos registrales y notariales
Documentos registrales y notarialesDocumentos registrales y notariales
Documentos registrales y notariales
gusmarly
 
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneosAntecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
Universidad de Sonora
 
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho RomanoUnidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Paul Montero Matamoros
 
Sistema juridico angloamericano
Sistema juridico angloamericanoSistema juridico angloamericano
Sistema juridico angloamericano
Cynthia Vilchis
 
Derecho romano.pptx persona
Derecho romano.pptx personaDerecho romano.pptx persona
Derecho romano.pptx persona
patriciamonreal
 
Evolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penalEvolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penal
carlos paiz
 
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
Edwin Ziga
 
La persona fisica en el derecho romano
La persona fisica en el derecho romanoLa persona fisica en el derecho romano
La persona fisica en el derecho romano
Jose Carbonel
 
Principios constitucionales analisis
Principios constitucionales analisisPrincipios constitucionales analisis
Principios constitucionales analisis
Froilan Severino
 
Antecedentes en méxico del j.a.
Antecedentes en méxico del j.a.Antecedentes en méxico del j.a.
Antecedentes en méxico del j.a.
A. Alejandra Garcia Téllez
 
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
Alexander Castro Santiago
 
Monografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privadoMonografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privado
Milagritos Lozada
 
ENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
ENJ- 200 Presentación Visiones del DerechoENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
ENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
ENJ
 
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ramses Cesar
 
Derecho penal como medio de control social
Derecho penal como medio de control socialDerecho penal como medio de control social
Derecho penal como medio de control social
Emmily Kim
 
Las partes del proceso
Las partes del procesoLas partes del proceso
Las partes del proceso
Carmen Gil
 
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídicoLa teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
UNIANDES
 
Noción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civilNoción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civil
A. Alejandra Garcia Téllez
 

La actualidad más candente (20)

Derecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familiaDerecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familia
 
Proyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civilProyecto : evolucion del derecho civil
Proyecto : evolucion del derecho civil
 
Documentos registrales y notariales
Documentos registrales y notarialesDocumentos registrales y notariales
Documentos registrales y notariales
 
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneosAntecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
Antecedentes y generalidades de los sistemas juridicos contemporaneos
 
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho RomanoUnidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
Unidad II Concepto de Personas en el Derecho Romano
 
Sistema juridico angloamericano
Sistema juridico angloamericanoSistema juridico angloamericano
Sistema juridico angloamericano
 
Derecho romano.pptx persona
Derecho romano.pptx personaDerecho romano.pptx persona
Derecho romano.pptx persona
 
Evolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penalEvolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penal
 
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
Derecho constitucional, Apuntes Derecho Constitucional
 
La persona fisica en el derecho romano
La persona fisica en el derecho romanoLa persona fisica en el derecho romano
La persona fisica en el derecho romano
 
Principios constitucionales analisis
Principios constitucionales analisisPrincipios constitucionales analisis
Principios constitucionales analisis
 
Antecedentes en méxico del j.a.
Antecedentes en méxico del j.a.Antecedentes en méxico del j.a.
Antecedentes en méxico del j.a.
 
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
El Proceso Común (Proceso Romano-Canónico)
 
Monografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privadoMonografia derecho publico y privado
Monografia derecho publico y privado
 
ENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
ENJ- 200 Presentación Visiones del DerechoENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
ENJ- 200 Presentación Visiones del Derecho
 
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
Ubicacion del derecho constitucional (tema 1)
 
Derecho penal como medio de control social
Derecho penal como medio de control socialDerecho penal como medio de control social
Derecho penal como medio de control social
 
Las partes del proceso
Las partes del procesoLas partes del proceso
Las partes del proceso
 
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídicoLa teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
La teoría pura del derecho, El derecho socialista, Teoría del realismo jurídico
 
Noción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civilNoción y ubicación del derecho civil
Noción y ubicación del derecho civil
 

Destacado

Nociones derecho civil venezolano mapa conceptual
Nociones derecho civil venezolano mapa conceptualNociones derecho civil venezolano mapa conceptual
Nociones derecho civil venezolano mapa conceptual
ylerin
 
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolanoBreves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
freckled Yamileth Aguero Agero
 
Código civil venezolano
Código civil venezolanoCódigo civil venezolano
Código civil venezolano
Hugo Araujo
 
História del código civil venezolano
História del código civil venezolanoHistória del código civil venezolano
História del código civil venezolano
Hugo Araujo
 
Historia del der. civil estructura del codigo civil
Historia del der. civil   estructura del codigo civilHistoria del der. civil   estructura del codigo civil
Historia del der. civil estructura del codigo civil
guest566be1
 
Curso de Introducción al Derecho Civil
Curso de Introducción al Derecho CivilCurso de Introducción al Derecho Civil
Curso de Introducción al Derecho Civil
Rafael Guevara
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Diapositivas Derecho Civil
Diapositivas  Derecho CivilDiapositivas  Derecho Civil
Diapositivas Derecho Civil
Mel Mercedes
 

Destacado (8)

Nociones derecho civil venezolano mapa conceptual
Nociones derecho civil venezolano mapa conceptualNociones derecho civil venezolano mapa conceptual
Nociones derecho civil venezolano mapa conceptual
 
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolanoBreves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
Breves antecedentes del_derecho_civil_venezolano
 
Código civil venezolano
Código civil venezolanoCódigo civil venezolano
Código civil venezolano
 
História del código civil venezolano
História del código civil venezolanoHistória del código civil venezolano
História del código civil venezolano
 
Historia del der. civil estructura del codigo civil
Historia del der. civil   estructura del codigo civilHistoria del der. civil   estructura del codigo civil
Historia del der. civil estructura del codigo civil
 
Curso de Introducción al Derecho Civil
Curso de Introducción al Derecho CivilCurso de Introducción al Derecho Civil
Curso de Introducción al Derecho Civil
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
Diapositivas Derecho Civil
Diapositivas  Derecho CivilDiapositivas  Derecho Civil
Diapositivas Derecho Civil
 

Similar a Proyecto:evolucion del derecho civil

Sin diaposlklklk
Sin diaposlklklkSin diaposlklklk
Sin diaposlklklk
marleneafatt
 
Introducción a la Materia de Bienes y personas
Introducción  a la Materia de Bienes y personasIntroducción  a la Materia de Bienes y personas
Introducción a la Materia de Bienes y personas
Isidro Salvador Campos
 
Introducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civilIntroducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civil
Sharaid Cervantes
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho CivilRevista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil
Jessica Evies
 
Revista digital derecho civil
Revista digital derecho civilRevista digital derecho civil
Revista digital derecho civil
EUDIMAR ARTIGAS
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil
joselynpg01
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
YenniYusmaryMedinaAr
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
Lorna Molina Corella
 
Revista digital
Revista digitalRevista digital
Revista digital
arochalilian
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
moises falcon
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
moisesfalcon
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
criscreyes
 
8. trabajo 5
8. trabajo 58. trabajo 5
8. trabajo 5
Carmen Pozo
 
surgimiento del derecho romano
surgimiento del derecho romanosurgimiento del derecho romano
surgimiento del derecho romano
luis tuvo
 
Apunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueelloApunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueello
leo aguilar
 
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
Davianna Mendez
 
Revista angel sambrano
Revista angel sambranoRevista angel sambrano
Revista angel sambrano
AngelSambrano
 
Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014
veraluciavargasmelgar
 
Derecho romano veralu
Derecho romano veraluDerecho romano veralu
Derecho romano veralu
veraluciavargasmelgar
 
El Derecho Como Sistema
El Derecho Como SistemaEl Derecho Como Sistema
El Derecho Como Sistema
ayhelen
 

Similar a Proyecto:evolucion del derecho civil (20)

Sin diaposlklklk
Sin diaposlklklkSin diaposlklklk
Sin diaposlklklk
 
Introducción a la Materia de Bienes y personas
Introducción  a la Materia de Bienes y personasIntroducción  a la Materia de Bienes y personas
Introducción a la Materia de Bienes y personas
 
Introducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civilIntroducción al estudio del derecho civil
Introducción al estudio del derecho civil
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho CivilRevista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil
 
Revista digital derecho civil
Revista digital derecho civilRevista digital derecho civil
Revista digital derecho civil
 
Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil Revista Digital Derecho Civil
Revista Digital Derecho Civil
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
 
Historia y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romanoHistoria y fuentes del derecho romano
Historia y fuentes del derecho romano
 
Revista digital
Revista digitalRevista digital
Revista digital
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
 
Principales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho CivilPrincipales Aportes del Derecho Civil
Principales Aportes del Derecho Civil
 
Derecho civil
Derecho civilDerecho civil
Derecho civil
 
8. trabajo 5
8. trabajo 58. trabajo 5
8. trabajo 5
 
surgimiento del derecho romano
surgimiento del derecho romanosurgimiento del derecho romano
surgimiento del derecho romano
 
Apunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueelloApunte derecho-romano-argueello
Apunte derecho-romano-argueello
 
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
REVISTA DIGITAL DAVIANNA MENDEZ
 
Revista angel sambrano
Revista angel sambranoRevista angel sambrano
Revista angel sambrano
 
Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014Derecho romano veralu2014
Derecho romano veralu2014
 
Derecho romano veralu
Derecho romano veraluDerecho romano veralu
Derecho romano veralu
 
El Derecho Como Sistema
El Derecho Como SistemaEl Derecho Como Sistema
El Derecho Como Sistema
 

Último

Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
https://gramadal.wordpress.com/
 
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxSEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
Osiris Urbano
 
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJAPANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
estroba5
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
MauricioSnchez83
 
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdfGuia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptxNuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
lautyzaracho4
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
Jose Luis Jimenez Rodriguez
 
Power Point: El espiritismo desenmascarado
Power Point: El espiritismo desenmascaradoPower Point: El espiritismo desenmascarado
Power Point: El espiritismo desenmascarado
https://gramadal.wordpress.com/
 
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docxRETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
100078171
 
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
rosannatasaycoyactay
 
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURAEl ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
Armando920824
 
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptxEVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
Victor Elizalde P
 
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
GiselaBerrios3
 
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
Camus, Albert -        El Extranjero.pdfCamus, Albert -        El Extranjero.pdf
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
AlexDeLonghi
 
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdfEl Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
Robert Zuñiga Vargas
 
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
valerytorresmendizab
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
belbarcala
 
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
amayaltc18
 
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI UNESCO Ccesa007.pdf
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI  UNESCO Ccesa007.pdfLas Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI  UNESCO Ccesa007.pdf
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI UNESCO Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 

Último (20)

Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
 
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxSEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
 
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJAPANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
PANDERETAS DECORADAS CON MOTIVOS DE LA RIOJA
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
 
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
 
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdfGuia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
Guia Practica de ChatGPT para Docentes Ccesa007.pdf
 
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptxNuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
Nuevos espacios,nuevos tiempos,nuevas practica.pptx
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
 
Power Point: El espiritismo desenmascarado
Power Point: El espiritismo desenmascaradoPower Point: El espiritismo desenmascarado
Power Point: El espiritismo desenmascarado
 
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docxRETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
RETROALIMENTACIÓN PARA EL EXAMEN ÚNICO AUXILIAR DE ENFERMERIA.docx
 
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
 
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURAEl ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
El ensayo mexicano en el siglo XX LITERATURA
 
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptxEVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
 
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
 
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
Camus, Albert -        El Extranjero.pdfCamus, Albert -        El Extranjero.pdf
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
 
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdfEl Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
El Cerebro se Cambia a si Mismo-Norman Doidge.pdf
 
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
665033394-TODAS-LAS-SANGRES-resumen-Por-Capitulos.pdf
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
 
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
Examen de la EvAU 2024 en Navarra Latín.
 
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI UNESCO Ccesa007.pdf
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI  UNESCO Ccesa007.pdfLas Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI  UNESCO Ccesa007.pdf
Las Tecnologias Digitales en los Aprendizajesdel Siglo XXI UNESCO Ccesa007.pdf
 

Proyecto:evolucion del derecho civil

  • 1. “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático” DOCENTE: LOPEZ ALEGRIA, MARISOL ALUMNA: NORIEGA CHUMPITAZ, MARIA JOSE MATERIA: COMPUTACIÓN I CICLO: V AÑO: 2014-I TRUJILLO – PERÚ 2014
  • 2.
  • 3. Evolución del derecho civil TABLA DE CONTENIDOS INTRODUCCIÓN________________________________________________________ 1 1. Definición:_____________________________________________________________ 4 1.1. Concepto de Derecho Civil en la Edad Media: __________________________ 5 1.2. El Derecho Civil en la Edad Moderna: __________________________________ 6 1.3. Las Codificaciones: __________________________________________________ 6 1.4. El Derecho Civil en la actualidad:______________________________________ 8 TABLA DE ILUSTRACIONES Ilustración 1: DERECHO CIVIL________________________________________________________________ 4 Ilustración 2: CONCEPTO DEL D° CIVIL ________________________________________________________ 5 Ilustración 3: D° CIVIL EN LA EDAD MEDIA _____________________________________________________ 6 Ilustración 4: LAS CODIFICACIONES___________________________________________________________ 8 Ilustración 5: D° CIVIL EN LA ACTUALIDAD _____________________________ ¡Error! Marcador no definido. Ilustración 6: CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES _____________________________________________ 10 Ilustración 7: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL__________________________ ¡Error! Marcador no definido. Ilustración 8: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL_________________________________________________ 12
  • 4.
  • 5. Evolución del derecho civil INTRODUCCIÓN El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium1. Del mismo modo, en ocasiones se denomina Derecho civil al conjunto de normas incluidas dentro de un Código civil. Por último, también se utiliza el término Derecho civil, sobre todo en el ámbito del Derecho anglosajón, para referirse al: Derecho continental (como Civil Law), en contraposición al sistema anglosajón (o Common Law). Derecho positivo, en contraposición al Derecho natural El Derecho civil habitualmente comprende: El Derecho de las personas, que regula el inicio y fin de la existencia de las personas naturales y jurídicas, la capacidad jurídica y la administración de los bienes de los incapaces, los derechos de la personalidad, los atributos de la personalidad, es decir, los elementos que determinan las condiciones de cada individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el domicilio, la nacionalidad, y ciertos derechos calificados de "personalísimos", por cuanto no pueden transmitirse o transferirse a otras personas. 1 FUENTE: LIBRO SOBRE LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL
  • 6. Evolución del derecho civil EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL 1. Definición: Para explicar la evolución del concepto de Derecho Civil debemos remontarnos a Roma. En Roma se distinguía entre Ius Civile e Ius Gentium (o Naturale), el primero se refiere al usado por los romanos, entendido no como una imposición, sino como un privilegio. El segundo se refiere al Derecho común a todos los hombres sin distinción de nacionalidad. Según el profesor Arangio Ruiz el Ius Gentium se refiere a un sistema estrictamente romano para dar tratamiento jurídico a las relaciones entre romanos y extranjeros, sistema que sería producto de la expansión económica y militar del pueblo romano o civitas. Además otros textos contraponen el Ius Civile al Ius Pretorium (Ius Honorarium), el cual habría sido introducido con el propósito de suplir, ayudar y corregir el Ius Civile. Pero esta contraposición no es real, el Ius Pretorium significa la renovación del Ius Civile provocada por las nuevas necesidades y por los nuevos hechos. Hay que hacer una aclaración y esta es que el Pretor no creaba derecho, sólo declaraba como entendía el derecho y los principios que seguiría en el ejercicio de sus funciones. Este núcleo de principios tradicionales se va ensanchando a lo largo de la historia del Derecho romano naciendo un Ius Civile Novum, por obra de las leyes, plebiscitos, senadoconsultos y decretos de los príncipes. Al mismo tiempo, el viejo Ius Civile, el de los principios tradicionales experimenta la influencia del Ius Gentium y del Ius Pretorium o Honorarium, y todos estos Derechos van a ser Ius Civile en la compilación de Justiniano, porque con aquel se entroncaron y no se diferenciaron Ilustración 1: DERECHO CIVIL
  • 7. Evolución del derecho civil 1.1.Concepto de Derecho Civil en la Edad Media: En el 476 d.C. se produce la caída del Imperio Romano de Occidente en lo que se ha denominado el inicio de la Edad Media. La invasión de los pueblos bárbaros que la provoca definitivamente acaba también de manera oficial con el derecho de Roma. Pero el Derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores. El Derecho civil, entendido como Derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la Edad Media: el de Derecho común. Hemos dicho en líneas anteriores que hasta la recepción reinó un absoluto particularismo jurídico. El Derecho civil va a ser Derecho común, es decir, un derecho normal frente al que los derechos particulares son anomalías. Hay que destacar que la fuerza del Derecho Civil como Derecho común provenía también de una necesidad política: el concepto de Imperio Sacro Romano Germánico, restaurado por Carlomagno en el año 800 como continuación del Imperio Romano. La sociedad medieval hasta finales de la Edad Media va a vivir, no sin tensiones, la idea de que era un todo unitario bajo el Imperio, que tenía, por tanto, un único Derecho. El Imperio postulaba un único Derecho, que va a ser el civil-romano. Al mismo tiempo, la idea de Cristiandad, también unitaria en el plano religioso, llevaba a que el Derecho de la Iglesia fuese igualmente un Derecho común. Este Derecho común era la ley eclesiástica que junto a la ley civil representaban las potestades del Imperio y la Iglesia. El Derecho Civil (Derecho romano) se convierte en un derecho de los principios tradicionales. De él van a salir ya otros Derechos que atienden a la evolución social y económica de los siglos XIV y XV, como el Derecho mercantil. Las compañías mercantiles, la letra de cambio, el comercio marítimo exigían regulación que no daban los textos romanos. Ilustración 2: CONCEPTO DEL D° CIVIL
  • 8. Evolución del derecho civil 1.2.El Derecho Civil en la Edad Moderna: En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante. De ahí que el Derecho civil, entendido como Derecho romano, sufra un gran eclipse, si bien ello ya estaba preparado desde finales de la Edad Media por la crítica a que se somete: las fuentes que se manejaban -se dice- no son genuinas; las glosas y comentarios a los textos romanos eran cada vez más contradictorios y más abundantes; la aplicación del Derecho se había convertido en una tarea insegura ante tantas interpretaciones dispares. Ahora bien, todavía en las viejas definiciones de los siglos XVI y XVII se sigue llamando Derecho civil al Derecho romano, que se contrapone al Derecho real, que es el Derecho nacional. Pero la fijación legislativa de este Derecho ha sido el primer paso para la nacionalización del Derecho civil. El segundo paso se dará cuando el estudio del Derecho real se imponga. Sin abandonar el estudio del Derecho civil, las Universidades, los teóricos y eruditos estudian y comentan el Derecho real. La sustitución se opera insensiblemente, y el Derecho civil vuelve a ser no ya el Derecho romano, sino el Derecho propio y exclusivo de cada Estado. Paralelamente cabe anotar que ese Derecho civil va a identificarse con el Derecho privado. En efecto, la teoría de la organización política (el Derecho público) se estudia con separación del Derecho civil, lo mismo que el aspecto jurídico de la actividad política. Se desligan también, desde el siglo XVI, las materias de Derecho penal o Derecho criminal. La materia procesal se separa igualmente del tronco del Derecho civil por la falta real de vigencia de los textos romanos en esta materia, y el Derecho mercantil sigue con su evolución y desarrollo apartado, como desde su nacimiento en la Edad Media, del Derecho civil. 1.3.Las Codificaciones: Ilustración 3: D° CIVIL EN LA EDAD MEDIA
  • 9. Evolución del derecho civil La cristalización definitiva del Derecho civil como Derecho nacional y privado se opera con la codificación. La idea de un Código civil hay que ligarla con el pensamiento de la Ilustración y del racionalismo que dominó en Europa a partir del siglo XVIII. Hasta ese momento se acostumbraba, como ya hemos visto, a recoger las diversas leyes vigentes en un determinado momento en un solo texto, recopilándolas. La idea de la codificación es, sin embargo, más amplia que la de una pura recopilación de textos. Recopilar es reunir en un texto, por orden sistemático o por orden cronológico, las leyes que hasta un determinado momento han sido dictadas. Codificar es una tarea más ambiciosa. Una codificación es la reunión de todas las leyes de un país o las que se refieren a una determinada rama jurídica, en un solo cuerpo presidido en su formación por una unidad de criterio y de tiempo. Según esto, un Código civil es un cuerpo de leyes racionalmente formado y asentado sobre unos principios armónicos y coherentes. Un Código es siempre una obra nueva, que recoge de la tradición jurídica aquello que debe ser conservado y que da cauce a las ideas y aspiraciones de todo signo vigente en la época en que se realiza. Los factores que parecen determinar la idea de codificación, entendida como proceso histórico, pueden ser esquematizados del modo siguiente: 1. La codificación se identifica inicialmente con un intento de insuflar en los ordenamientos jurídicos unos determinados ideales de carácter político, económico y social. El Código es un vehículo de transmisión y de vigorización de una ideología y de unas directrices políticas. Inicialmente, fueron las aspiraciones y los ideales del tipo de vida liberal-burgués, aunque posteriormente hayan podido ser otros diferentes. 2. Porque significaban la renovación de unos ideales de vida, los Códigos debían constituir obras unitarias. Ello exigía la 3. Derogación de todo el Derecho anterior y la prohibición o interdicción de una hetero integración del sistema (el recurso a los llamados Derechos supletorios), sustituyéndola por una auto integración, en virtud de la cual el Código se basta a sí mismo.
  • 10. Evolución del derecho civil 4. En los Códigos ha existido siempre un intento de tecnificación y de racionalización de las actividades jurídicas, que se traduce, primero, en un afán por la simplificación, que es una reducción del material normativo, y una formulación del mismo que se quiere que sea clara e inequívoca. Los Códigos vienen a expresarse en un lenguaje somero, lacónico y, en cierto modo, lapidario o, por lo menos muy comprimido, como si esa reducción o comprensión ahuyentara los problemas. 5. La tecnificación quiere decir también instalación del material normativo en unas condiciones que lo hagan más fácilmente cognoscible y manejable. 6. Por último, la codificación entendida como racionalización del mundo jurídico pretende la construcción de un sistema que se funda en la lógica jurídica y que pueda desarrollarse conforme a ella. En este sentido, en el ideal codificador es evidente la idea progresista de suponer que el orden jurídico sigue una línea evolutiva de mejora. Los Códigos pretenden poner la legislación al nivel «de los adelantos de la ciencia jurídica». En otro sentido, la racionalización consiste también en la conveniencia de sustituir una práctica jurídica empírica y casuística por un sistema que proceda con una cierta automaticidad y que proporcione una mayor dosis de seguridad en los negocios y en las actividades jurídicas. DIFEl ciclo de la Codificación ha continuado hasta nuestros días. Algunos países sustituyen sus antiguos Códigos decimonónicos por otros más técnicos y perfectos, como el de Portugal de 1966, que empezó a regir en 1967. Otros readaptan su Derecho civil a sus nuevas condiciones sociales y políticas como Polonia en 1966No puede cerrarse este apartado sin señalar que el movimiento de la Codificación civil, originariamente europeo, trascendió casi inmediatamente a la América Latina, continente del que sería injusto no recordar la obra de dos grandes juristas como fueron BELLO, autor del Código chileno, y VÉLEZ SARSFIELD, autor del Código argentino, uno y otro con clara resonancia e influencia en el Código español. 1.4.El Derecho Civil en la actualidad: Ilustración 4: LAS CODIFICACIONES
  • 11. Evolución del derecho civil La evolución histórica del Derecho civil nos lo presenta como el sector del ordenamiento jurídico que se ocupa de la persona y sus diferentes estados, de su patrimonio y del tráfico de bienes. Pero más importante que determinar de qué se ocupa el Derecho civil es analizar cómo se ocupa, pues de ahí nace la crisis por la que está atravesando. Efectivamente, si hoy el criterio de valores está en crisis, el Derecho civil no puede por menos de sufrir también las consecuencias de esa crisis. La del Derecho civil es, además, la del desmoronamiento de la sociedad que contempló la obra de la codificación, y si estamos ante otra sociedad o hacia ella nos dirigimos, el Derecho civil heredero de los Códigos decimonónicos nos va a servir de poco. Todo ello indica que el Estado va a intervenir decisivamente en la vida económica y jurídica, y que las normas no van a sancionar la autonomía de la voluntad individual sino que la van a dirigir o coartar en beneficio de los intereses colectivos o para evitar que sea un instrumento de dominación de los débiles. Así, el propietario tendrá cada vez más deberes; no se le va a prohibir ya que haga o no haga, sino que se le va a obligar a un hacer. Así, el empresario no impondrá los contratos de trabajo que quiera a los que no pueden discutir sus cláusulas. Es un nuevo orden jurídico distinto del cristalizado en la codificación del XIX. Los principios escuetamente expuestos anteriormente producen un impacto en el Derecho civil, que se traduce en una disgregación. Son Derechos especiales los que surgen frente al Derecho civil que queda como común, en los que se desarrollan nuevas normas. Se habla así de un Derecho del trabajo, de un Derecho de la economía, de un Derecho agrario, de un Derecho bancario, de un Derecho de arrendamiento, de un Derecho urbanístico, etc. La disgregación, como puro fenómeno externo e índice de una especialización técnica o científica, no tiene trascendencia grave. La gravedad radica en la consolidación del desmembramiento, porque entonces se ha roto la unidad interna del Derecho civil. La crisis del Derecho civil codificado tiene otras causas. Básicamente es de anotar su carácter excesivamente patrimonial, que hace que la persona se contemple y regule en función de sujeto de una relación jurídica de aquella naturaleza y no por
  • 12. Evolución del derecho civil Sí misma: sus valores, sus bienes y atributos como tal persona pasan por completo desapercibidos y abandonados al campo de las declaraciones constitucionales sonoras y espectaculares. Al Derecho civil se le priva así de lo más sustancial que tenía, pues su función y su finalidad no es otra que la defensa de la persona y de sus fines. El movimiento contemporáneo, por el contrario, está prestando una gran atención al campo de los derechos fundamentales de la persona, al margen de las facetas políticas o penales del tema. Ilustración 5:Dº CIVIL EN LA ACTUALIDAD Ilustración 6: CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES 0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 CLASES DE PROBLEMAS FAMILIARES M12 TIO Y SOBRINO M22 PRIMOS HERMANOS Columna4 Columna3 Columna2 Columna1
  • 13. Evolución del derecho civil Ilustración 7:EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL
  • 14. Evolución del derecho civil EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL DEFINICIÓN Este núcleo de principios a lo largo de la historia del Derecho romano nace un Ius Civile Novum, por obra de las leyes, plebiscitos, senadoconsultos y decretos de los príncipes CONCEPTO El Derecho Civil, va a desempeñar un papel importante en la Edad Media: El Derecho civil va a ser Derecho común, es decir, un derecho normal frente al que los derechos particulares son anomalías EN LA EDAD MODERNA En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante. CODIFICACIONES La cristalización definitiva del Derecho civil como Derecho nacional y privado se opera con la codificación. EN LA ACTUALIDAD Al Derecho civil se le priva así de lo más sustancial que tenía, pues su función y su finalidad no es otra que la defensa de la persona y de sus fines. El movimiento contemporáneo, por el contrario, está prestando una gran atención al campo de los derechos fundamentales de la persona, al margen de las facetas políticas o penales del tema. Ilustración 8: EVOLUCION DEL DERECHO CIVIL
  • 15. Evolución del derecho civil BIBLIOGRAFIA: Bibliografía WIKIPEDIA. (s.f.). Obtenido de WWW.WIKIPEDIA.COM
  • 16. Evolución del derecho civil INDICE C Codificación, 8 cristalización, 7 D Derecho Civil, 3 Derechos especiales, 9 E El movimiento contemporáneo, 10 Estado, 9 evolución del concepto de Derecho Civil, 4 T teoría, 6