¿QUÉ DEBO HACER PARA OBTENER INDULGENCIAS?
Hablar de indulgencias en la posmodernidad, puede sonar discordante o ser considerado un tema superado, del que se hablaba en la época antigua y medieval. En muchos contextos no religiosos, las indulgencias tienen carácter despectivo; pero quien piense así, es porque no ha encontrado su bello e importante significado que tiene para nuestra salvación; se han quedado en historias contadas por otros y no en una exhaustiva investigación acerca del tema...
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Que debo hacer para obtener indulgencias. autor. cristian camilo cárdenas aguirre.
1. Cristian Camilo Cárdenas Aguirre.
¿QUÉ DEBO HACER PARA OBTENER
INDULGENCIAS?
Autor: Cristian Camilo Cárdenas Aguirre
Hablar de indulgencias en la posmodernidad, puede sonar discordante o ser considerado un tema
superado, del que se hablaba en la época antigua y medieval. En muchos contextos no religiosos, las
indulgencias tienen carácter despectivo; pero quien piense así, es porque no ha encontrado su bello e
importante significado que tiene para nuestra salvación; se han quedado en historias contadas por otros
y no en una exhaustiva investigación acerca del tema.
Para el cristiano, las indulgencias han de ser el marco de fe que permite al alma encontrarse más limpia
para el encuentro con el Esposo: Dios. Es la indulgencia, la que nos arranca la pena temporal que el
pecado ha producido en nosotros. Esta remisión, solo es posible cuando nos hemos confesado y cumplido
algunas condiciones que se piden. En el confesionario, Dios a través del sacerdote, perdona nuestros
pecados, pero el pecado por su naturaleza, deja dos consecuencias: nos priva de la comunión con Dios,
que nos lleva a la pena eterna, y lo segundo, es que todo pecado nos hace tener un apego desordenado a
las criaturas; por ende, esa pena temporal debe ser purificada, y se da por concesión de las indulgencias
(Cf. C.E.C. 1471 -1472).
Existen dos tipos de indulgencias: parcial, que se logra con un acto de piedad, caridad o de penitencia,
como el rosario, el rezo del santo Viacrucis, una visita al Santísimo Sacramento, una peregrinación, una
privación voluntaria, entre otras. Y la plenaria, que solo la concede el Santo Padre (o también a quien él
otorgue a otros esa potestad) en días determinados o tiempos especiales de gracia, como por ejemplo,
este año, que celebramos el Jubileo extraordinario de la Misericordia. La indulgencia plenaria solo se
puede obtener una vez al día, excepto cuando haya un peligro de muerte. En cambio, la indulgencia
parcial, se puede lucrar varias veces al día.
Ninguna persona puede pedir a Dios una indulgencia por otra persona viva en la tierra, solo puede ser
concedida para sí mismo o por un difunto a modo de sufragio. Pero, para que la indulgencia tenga su
plena eficacia, el indulgente, debe estar bautizado, no excomulgado, haberse confesado o próximo a
confesarse, además debe haber recibido la comunión eucarística, hacer una obra de caridad y orar por las
2. Cristian Camilo Cárdenas Aguirre.
intenciones del papa Francisco ¿y qué debe orar por él?, sencillamente, un padrenuestro y un avemaría,
o también otras oraciones, según su devoción y piedad por el santo padre.
Con la indulgencia plenaria, se libera toda pena temporal que haya producido el pecado, es decir, borra
toda huella de pecado, dejando el alma totalmente dispuesta para el encuentro con Dios, con tal que se
cumplan las condiciones citadas anteriormente. En este año jubilar, la indulgencia plenaria se obtiene en
lugares según lo determine cada obispo en su Diócesis. En la Arquidiócesis de Ibagué, por disposición
de nuestro Arzobispo, hay como lugares de peregrinación para el lucro de la indulgencia plenaria los
siguientes templos: Parroquia Catedral Inmaculada Concepción, Parroquia Nuestra Señora del Carmen
de Ibagué, Parroquia San Roque de Ibagué, Santuario del Divino Niño Jesús de Ibagué, Santuario de
Nuestro Padre Jesús del Valle de San Juan, Parroquia Santa Gertrudis de Rovira, Parroquia San Miguel
Arcángel de Cajamarca y Parroquia Santa Bárbara de Venadillo.
Una persona en peligro de muerte, puede obtener la indulgencia plenaria por el sacerdote confesor que
la Sede Apostólica faculta por la circunstancia; si dicha persona fallece, ha logrado llevar su alma
purificada a Dios. Sin embargo, si no hay la posibilidad de tener un sacerdote en peligro de muerte, la
persona debe pedir a Dios perdón de sus pecados, y debe tener la disposición de querer ganar la
indulgencia plenaria, con tal que en su vida hubiese rezado habitualmente por las intenciones del santo
padre, se haya confesado, y recibido la comunión eucarística.
No dejemos perder este tesoro que la Iglesia como “administradora de la redención” permite que nos
presentemos ante Dios “como hostia viva, santa, agradable a Dios” (Cf. Rm. 12, 1), y prediquemos a los
demás hermanos en la fe, la riqueza que tiene el sacramento de la confesión y de las indulgencias tanto
parcial como plenaria.
Notas de referencia: C.I.C. 992 – 997 / C.E.C 1471 – 1473 / Const. Apost. Indulgentiarium Doctrina.
Pablo VI / Cómo ganar el jubileo de la Misericordia. Encontrado en:
http://www.arquidiocesisdeibague.org/actividad-pastoral/tribunal-interdiocesano/2104-como-ganar-el-
jubileo-de-la-misericordia.html