El registro de ventas es un libro auxiliar obligatorio que registra las ventas de bienes y servicios que una empresa realiza. En él se detallan las ventas, impuestos obtenidos, y la información necesaria para determinar los pagos tributarios. Debe ser legalizado y tener un retraso máximo de 10 días en su registro.
Caso PráCtico De AplicacióN De Los Nuevos Libros Y Registros Vinculados A Asu...Yuri Gonzales Rentería
Bienvenidos todos:
A travès de este archivo ustedes podrán apreciar la aplicación del uso de los nuevos formatos de los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios, reglamentados mediante resolución Nª 234-2006/SUNAT así como del uso del nuevo Plan Contable para empresas obligatorio a partir del año 2010.
Los invito a participar y cualquier consulta llame al 943000516.
Yuri Gonzales Rentería
Docente Universitario y expositor.
Presentación realizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en la charla "Tributación para emprendimientos y startups" en el Centro Cultural El Olivar.
Caso PráCtico De AplicacióN De Los Nuevos Libros Y Registros Vinculados A Asu...Yuri Gonzales Rentería
Bienvenidos todos:
A travès de este archivo ustedes podrán apreciar la aplicación del uso de los nuevos formatos de los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios, reglamentados mediante resolución Nª 234-2006/SUNAT así como del uso del nuevo Plan Contable para empresas obligatorio a partir del año 2010.
Los invito a participar y cualquier consulta llame al 943000516.
Yuri Gonzales Rentería
Docente Universitario y expositor.
Presentación realizada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) en la charla "Tributación para emprendimientos y startups" en el Centro Cultural El Olivar.
Las personas físicas o jurídicas y otras entidades que desarrollen actividades empresariales o
profesionales, siempre y cuando hayan realizado operaciones que, en su conjunto, respecto de
otra persona o entidad, hayan superado la cifra de 3.005,06 euros (sin tener en cuenta el IVA y
recargos) durante el año a que se refiere la declaración, incluyendo el alquiler de inmuebles
sujetos a I.V.A.
2. Deben tener un control
adecuado y especial
expresado en un auxiliar
principal llamado registro
de ventas.
3. Es un libro auxiliar obligatorio
de foliación doble.
En donde se registran las
ventas de bienes y servicios que
una persona natural o jurídica
realiza durante un determinado
periodo económico.
4. Nos da a conocer las ventas que toda persona
realiza y son sus variaciones a través del
tiempo, así como los impuestos obtenidos por
conceptos de ventas que nos permita determinar
los pagos tributarios.
Su registro nos permite determinar el Impuesto
Bruto o Debito Fiscal y consiste en aplicar la
tasa el Impuesto del 19% sobre base Imponible
correspondiente al valor de venta de las
mercaderías que toda empresa transfiere o
vende.
5. Debe ser legalizado por
un juez de paz letrado o un
notario público. Su registro
debe tener un atraso no
mayor de 10 días.
6. Es también integrante de la Contabilidad Completa, por lo
que están obligados a llevarlos a todos aquellos
contribuyentes perceptores de Rentas de 3ra Categoría
cuyos ingreso
7. Exceptuados
No esta obligado a llevar este registro
los siguientes contribuyentes
-los sujetos al nuevo rus
-los que pertenecen al régimen general
cuyas ventas y compras no están
afectos al igv
-y todos aquellos que generan rentas
distintas al del tercera categoría ,
8. rayado
la sunat mediante r.s 234- 2006/ sunat
ha propuesto un nuevo modelo cuyo
rayado a la información. que se desea
obtener . Tanto para la sunat como para
empresa misma .
9. Datos de cabecera
Los libros y registros vinculados a
asuntos tributarios en este caso n el
registro de ventas en forma
obligatoria debe ir con los siguientes
datos de cabecera .
-denominación del libro o registros
-periodo o ejercicio al que corresponde
la información registrada ,
-apellidos y nombre . Denominación
y/o razón social.
10. Requisitos Mínimos
El registro de ventas debe contener en
columnas separadas , la información
mínima que se detalla a continuación:
A. Numero correlativo del registro o
código único.
B.Fecha de emisión del comprobante de
pago o documento .
ETC.
11. Cierre del Registro de Ventas
Se suman todas las columnas sean
estas referentes a la base imponible e
impuestos diferencia de cambio e
importe total tomando en cuenta en
forma separada el total de valores de
las facturas, boletas, recibos, pólizas o
notas de crédito.