Este documento presenta el reglamento para el funcionamiento y debates del Pacto Fiscal en Bolivia. Establece cinco etapas para el proceso del Pacto Fiscal: preparatoria, socialización, priorización de agendas, asignación e inversión efectiva y análisis de fuentes de recursos. Crea una Comisión Técnica del Pacto Fiscal responsable de elaborar documentos de trabajo y coordinar las etapas. También describe los procedimientos y participantes para cada etapa a fin de lograr acuerdos entre el gobierno central y las
Este documento establece las normas básicas del Sistema de Contabilidad Integrada para el sector público en Bolivia. Define el SCI como un sistema único y uniforme para registrar todas las transacciones financieras del sector público. Asigna al Ministerio de Hacienda como el órgano rector del SCI y a la Dirección General de Sistemas de Administración Gubernamental como la unidad técnica especializada responsable de establecer normas y supervisar el sistema. Finalmente, describe la estructura y organización del SCI para su aplicación
Este documento establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público en la República Dominicana. Define el sistema de presupuesto y su alcance a todos los organismos del sector público. Designa a la Dirección General de Presupuesto como el órgano rector encargado de dirigir el proceso presupuestario, incluyendo la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto. También describe las funciones y responsabilidades de la Dirección General de Presupuesto en relación al presupuesto nacional.
2. contabilidad publica: Plan Nacional de Desarrollo y Presupuesto Janeth Lozano Lozano
El documento describe los principales aspectos del Plan Nacional de Desarrollo y el Presupuesto Público en Colombia. El Plan Nacional de Desarrollo es elaborado por el Departamento Nacional de Planeación y establece las metas y estrategias de política para cada gobierno. El Presupuesto Público se basa en el Plan Nacional de Desarrollo y permite planificar los ingresos y gastos del Estado para cumplir con los objetivos del desarrollo económico y social. Ambos son herramientas clave para la gestión financiera y cumplimiento de las funciones del
El documento habla sobre el presupuesto municipal. Define el presupuesto municipal como el instrumento de planificación y administración del gobierno local que asigna recursos para cumplir las metas de desarrollo del municipio. Explica las etapas del presupuesto municipal incluyendo la formulación, aprobación, ejecución y evaluación. También describe los principios, objetivos y funciones del presupuesto municipal según la ley venezolana.
Ley general del sistema de contabilidadFran Arista
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad en Perú. Establece el marco legal para armonizar la información contable de los sectores público y privado a través de normas y procedimientos contables. Define el Sistema Nacional de Contabilidad, conformado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, responsables de emitir normas contables para cada sector. También describe los procesos contables como el registro, elaboración de estados financieros e interpretación de normas.
El documento habla sobre la gestión pública en el Perú. Explica que la gestión pública se enfoca en administrar de manera correcta y eficiente los recursos del Estado para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y promover el desarrollo del país. También describe la organización del Estado peruano en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como los gobiernos regionales, locales y los organismos constitucionales autónomos. Por último, define las políticas públicas como acciones de gobierno con objetivos de interés público que surgen de
Ley general del sistema nacional de contabilidad. Ley N°28708Teach for All
El documento describe los principios regulatorios de la contabilidad gubernamental en Ecuador, los cuales son la uniformidad, integridad, oportunidad, transparencia y legalidad. También describe la conformación y atribuciones del Sistema Nacional de Contabilidad, el cual está conformado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad. La Dirección Nacional de Contabilidad Pública tiene la tarea de emitir normas y procedimientos contables, elaborar la Cuenta General de la República y definir la contabilidad de las entidades públic
Material de capacitación utilizado en el I Encuentro Nacional de Planeamiento Estratégico de los Gobiernos Regionales
Expositora: Alvaro Velezmoro, Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, CEPLAN
11 de setiembre de 2015
Este documento establece las normas básicas del Sistema de Contabilidad Integrada para el sector público en Bolivia. Define el SCI como un sistema único y uniforme para registrar todas las transacciones financieras del sector público. Asigna al Ministerio de Hacienda como el órgano rector del SCI y a la Dirección General de Sistemas de Administración Gubernamental como la unidad técnica especializada responsable de establecer normas y supervisar el sistema. Finalmente, describe la estructura y organización del SCI para su aplicación
Este documento establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público en la República Dominicana. Define el sistema de presupuesto y su alcance a todos los organismos del sector público. Designa a la Dirección General de Presupuesto como el órgano rector encargado de dirigir el proceso presupuestario, incluyendo la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto. También describe las funciones y responsabilidades de la Dirección General de Presupuesto en relación al presupuesto nacional.
2. contabilidad publica: Plan Nacional de Desarrollo y Presupuesto Janeth Lozano Lozano
El documento describe los principales aspectos del Plan Nacional de Desarrollo y el Presupuesto Público en Colombia. El Plan Nacional de Desarrollo es elaborado por el Departamento Nacional de Planeación y establece las metas y estrategias de política para cada gobierno. El Presupuesto Público se basa en el Plan Nacional de Desarrollo y permite planificar los ingresos y gastos del Estado para cumplir con los objetivos del desarrollo económico y social. Ambos son herramientas clave para la gestión financiera y cumplimiento de las funciones del
El documento habla sobre el presupuesto municipal. Define el presupuesto municipal como el instrumento de planificación y administración del gobierno local que asigna recursos para cumplir las metas de desarrollo del municipio. Explica las etapas del presupuesto municipal incluyendo la formulación, aprobación, ejecución y evaluación. También describe los principios, objetivos y funciones del presupuesto municipal según la ley venezolana.
Ley general del sistema de contabilidadFran Arista
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad en Perú. Establece el marco legal para armonizar la información contable de los sectores público y privado a través de normas y procedimientos contables. Define el Sistema Nacional de Contabilidad, conformado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad, responsables de emitir normas contables para cada sector. También describe los procesos contables como el registro, elaboración de estados financieros e interpretación de normas.
El documento habla sobre la gestión pública en el Perú. Explica que la gestión pública se enfoca en administrar de manera correcta y eficiente los recursos del Estado para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y promover el desarrollo del país. También describe la organización del Estado peruano en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como los gobiernos regionales, locales y los organismos constitucionales autónomos. Por último, define las políticas públicas como acciones de gobierno con objetivos de interés público que surgen de
Ley general del sistema nacional de contabilidad. Ley N°28708Teach for All
El documento describe los principios regulatorios de la contabilidad gubernamental en Ecuador, los cuales son la uniformidad, integridad, oportunidad, transparencia y legalidad. También describe la conformación y atribuciones del Sistema Nacional de Contabilidad, el cual está conformado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad. La Dirección Nacional de Contabilidad Pública tiene la tarea de emitir normas y procedimientos contables, elaborar la Cuenta General de la República y definir la contabilidad de las entidades públic
Material de capacitación utilizado en el I Encuentro Nacional de Planeamiento Estratégico de los Gobiernos Regionales
Expositora: Alvaro Velezmoro, Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico, CEPLAN
11 de setiembre de 2015
El documento describe el Gobierno Regional de La Libertad, incluyendo su misión, visión y objetivos estratégicos. Explica que el Gobierno Regional está constituido por el Intendente y el Consejo Regional, y tiene competencias exclusivas como planificar el desarrollo regional, aprobar su presupuesto, y promover inversiones e iniciativas para impulsar el desarrollo económico y social de la región. Su naturaleza es de una entidad autónoma con la finalidad de fomentar el crecimiento regional a través de la inversión
Ejecución y seguimiento del presupuesto publicoCesar Vasquez
Este documento trata sobre la ejecución y seguimiento del presupuesto público en Perú. Explica que el presupuesto es el instrumento para que el Estado logre resultados a favor de la población a través de servicios. Describe las etapas de la ejecución presupuestaria como estimación, determinación y percepción, así como los límites y controles de los créditos presupuestarios. Finalmente, señala que el seguimiento busca verificar el logro de metas y la eficiencia en el uso de recursos para mejorar la prestación de servic
Este documento presenta el Código Financiero del Distrito Federal de México. Define términos clave como presupuesto de ingresos, iniciativa de Ley de Ingresos, y autoridades fiscales. Además, establece los procedimientos para la preparación, elaboración y ejecución del presupuesto de ingresos y la iniciativa de Ley de Ingresos, así como las responsabilidades de las diferentes entidades del gobierno del Distrito Federal en estos procesos.
El sistema presupuestario venezolano es fundamental para el país y tiene por objeto prever las fuentes y montos de los recursos monetarios y asignarlos anualmente para el financiamiento de planes, programas y proyectos. Uno de los organismos involucrados en su elaboración es el Poder Operativo Anual Nacional, el cual establece los procedimientos a seguir. Inicialmente, el Poder Ejecutivo elabora un borrador que luego es sometido a discusión y aprobación por el Poder Legislativo.
El documento contiene preguntas sobre los poderes del Estado dominicano, sus funciones y órganos, así como sobre algunas instituciones gubernamentales como la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Presupuesto. También incluye preguntas sobre quiénes elaboran, dictan y aprueban las leyes en la República Dominicana y sobre la clasificación jerárquica de las normas jurídicas.
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define el presupuesto como el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios y metas. También describe los componentes del Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las entidades públicas, y los principios que rigen la asignación y ejecución de los fondos públicos.
El documento describe la evolución del gobierno regional en la región de La Libertad, Perú. Comenzó con la creación de juntas y corporaciones en las décadas de 1920 y 1960 con fines limitados de desarrollo. En las décadas siguientes se crearon organismos como CRYRZA, ORDEZA y SINAMOS para coordinar la reconstrucción después de un terremoto y promover el desarrollo, aunque con autonomía limitada. Finalmente, la constitución de 1979 inició el proceso de regionalización, lo que llevó a la creación
Este documento explica el procedimiento legal para calcular el presupuesto del Concejo Municipal para el año fiscal 2013. Señala que el presupuesto general del Concejo tiene dos componentes: gastos de funcionamiento y pago de honorarios. Para calcular los gastos de funcionamiento, si los ingresos corrientes del municipio son menores a $1,000 millones, se asignan 60 salarios mínimos mensuales; si son mayores, se asigna el 1.5% de los ingresos corrientes. Luego muestra ejemplos del cálculo para dos municipios.
Presentación Definitiva anteproyecto 2016 organos y entesBritomayerlin
Este documento describe el proceso de formulación del anteproyecto del Plan Operativo Anual 2016 del Ministerio del Poder Popular de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y los órganos y entes adscritos. Se establecen los lineamientos generales para la formulación, incluyendo que los proyectos deben estar alineados con los objetivos históricos, nacionales y estratégicos del Plan de la Patria y los planes sectoriales e institucionales. Además, se citan las leyes y normativas legales que fundamentan
La descentralización fiscal es el proceso por el cual se transfieren responsabilidades y competencias fiscales relacionadas con los ingresos y los gastos públicos, desde el Gobierno Nacional a los gobiernos subnacionales, garantizándoles a estos últimos un cierto nivel de autonomía financiera. Este proceso, que en el Perú se inició formalmente en febrero del año 2004 con el Decreto Legislativo Nº 955, se encuentra actualmente estancado y mostrando serios límites en su conceptualización e implementación.
El documento resume las actividades realizadas por la Oficina de Presupuesto y Análisis de Información Económica (OPAIE) en 2014. La OPAIE capacitó a 260 servidores públicos y asambleístas de la Cámara de Diputados y comisiones camarales en temas económicos, financieros y presupuestarios. Adicionalmente, diseñó una página web, elaboró material informativo sobre estos temas, y analizó anteproyectos de ley desde una perspectiva eco-presupuestaria.
La ley establece el marco legal para la administración financiera y el control del gasto público en la provincia de Buenos Aires. Se crean cuatro subsistemas (presupuestario, crédito público, tesorería y contabilidad) coordinados por el Ministerio de Economía. También se define el alcance del sector público provincial y se establecen los principios de programación y ejecución presupuestaria para asegurar la eficiencia en el uso de los recursos públicos.
El documento describe las etapas del proceso presupuestario del gobierno de Guatemala, incluyendo la formulación, discusión y aprobación, ejecución, control y evaluación. Explica que la formulación involucra la programación y preparación del proyecto de presupuesto siguiendo lineamientos legales. Luego el Congreso aprueba el presupuesto después de discutirlo. Finalmente, la ejecución implica producir los bienes y servicios planificados siguiendo la programación aprobada.
Este documento describe el sistema presupuestario venezolano. Explica que el sistema incluye la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los presupuestos públicos de acuerdo con los planes de desarrollo económico y social. Detalla los organismos involucrados como la Oficina Nacional de Presupuesto y el Ministerio de Finanzas, y las etapas del proceso presupuestario que incluyen la iniciativa, discusión, aprobación e implementación del presupuesto.
Integración de la cuenta pública municipal definitivofinanzasadmon
El documento presenta la estructura y contenido requerido de la Cuenta Pública estatal de acuerdo con la normativa aplicable. Explica que la Cuenta Pública debe incluir información contable, presupuestaria, programática y un análisis de indicadores fiscales, así como información de los municipios con deuda. Además, detalla los cuatro puntos principales que debe contener la Cuenta Pública estatal: 1) el fundamento legal, 2) el contenido requerido, 3) la armonización de su estructura y 4) ej
El documento describe el Sistema de Programación de Operaciones y Presupuesto (SPO) de EMAGUA. El SPO tiene como objetivo viabilizar la planificación estratégica institucional a través de la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Anual (POA) y su articulación con el presupuesto. El SPO comprende dos subsistemas: elaboración del POA en base al Plan Estratégico Institucional, y seguimiento/evaluación de la ejecución del POA mediante indicadores de gestión.
El documento presenta los lineamientos generales del Plan Nacional de Desarrollo de Bolivia. El plan busca la construcción de una nueva sociedad y estado plurinacional orientado a lograr el Vivir Bien en comunidad a través de cuatro estrategias: productiva, socio-comunitaria, de relacionamiento internacional y del poder social. El plan también tiene como objetivos contribuir a la transformación del país abandonando el modelo neoliberal y cambiando el patrón de desarrollo primario exportador, formulando y ejecutando el desarrollo sustentado en la filos
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el cual incluye todas las modificaciones realizadas a la ley hasta la fecha. El texto unificado entrará en vigencia el 2 de enero de 2013.
Este documento presenta la propuesta técnica para el proceso de diálogo rumbo al Pacto Fiscal en Bolivia. El Pacto Fiscal es un proceso de concertación e implementación de acuerdos entre el gobierno central y las entidades territoriales autónomas, con participación ciudadana, para el buen uso de los recursos públicos. La propuesta contiene cinco etapas: preparatoria, socialización, priorización de agendas, asignación de inversión efectiva y análisis de fuentes de recursos. El objetivo es mejorar la forma en que
El documento describe brevemente los desafíos de gobernabilidad en América Latina, incluyendo la concentración de poder en el ejecutivo, la falta de participación de la sociedad civil, la deficiente prestación de servicios por parte del estado, la inseguridad jurídica y los problemas de derechos humanos. A pesar de los avances hacia la democracia, las instituciones estatales a menudo no cumplen con sus funciones de manera efectiva y eficiente, y las élites políticas y económicas dominan el sistema.
El documento describe el Gobierno Regional de La Libertad, incluyendo su misión, visión y objetivos estratégicos. Explica que el Gobierno Regional está constituido por el Intendente y el Consejo Regional, y tiene competencias exclusivas como planificar el desarrollo regional, aprobar su presupuesto, y promover inversiones e iniciativas para impulsar el desarrollo económico y social de la región. Su naturaleza es de una entidad autónoma con la finalidad de fomentar el crecimiento regional a través de la inversión
Ejecución y seguimiento del presupuesto publicoCesar Vasquez
Este documento trata sobre la ejecución y seguimiento del presupuesto público en Perú. Explica que el presupuesto es el instrumento para que el Estado logre resultados a favor de la población a través de servicios. Describe las etapas de la ejecución presupuestaria como estimación, determinación y percepción, así como los límites y controles de los créditos presupuestarios. Finalmente, señala que el seguimiento busca verificar el logro de metas y la eficiencia en el uso de recursos para mejorar la prestación de servic
Este documento presenta el Código Financiero del Distrito Federal de México. Define términos clave como presupuesto de ingresos, iniciativa de Ley de Ingresos, y autoridades fiscales. Además, establece los procedimientos para la preparación, elaboración y ejecución del presupuesto de ingresos y la iniciativa de Ley de Ingresos, así como las responsabilidades de las diferentes entidades del gobierno del Distrito Federal en estos procesos.
El sistema presupuestario venezolano es fundamental para el país y tiene por objeto prever las fuentes y montos de los recursos monetarios y asignarlos anualmente para el financiamiento de planes, programas y proyectos. Uno de los organismos involucrados en su elaboración es el Poder Operativo Anual Nacional, el cual establece los procedimientos a seguir. Inicialmente, el Poder Ejecutivo elabora un borrador que luego es sometido a discusión y aprobación por el Poder Legislativo.
El documento contiene preguntas sobre los poderes del Estado dominicano, sus funciones y órganos, así como sobre algunas instituciones gubernamentales como la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Presupuesto. También incluye preguntas sobre quiénes elaboran, dictan y aprueban las leyes en la República Dominicana y sobre la clasificación jerárquica de las normas jurídicas.
Este documento establece los principios que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto en Perú de acuerdo con la Constitución. Define el presupuesto como el instrumento de gestión del Estado para lograr resultados a favor de la población a través de la prestación de servicios y metas. También describe los componentes del Sistema Nacional de Presupuesto, incluyendo la Dirección Nacional del Presupuesto Público, las entidades públicas, y los principios que rigen la asignación y ejecución de los fondos públicos.
El documento describe la evolución del gobierno regional en la región de La Libertad, Perú. Comenzó con la creación de juntas y corporaciones en las décadas de 1920 y 1960 con fines limitados de desarrollo. En las décadas siguientes se crearon organismos como CRYRZA, ORDEZA y SINAMOS para coordinar la reconstrucción después de un terremoto y promover el desarrollo, aunque con autonomía limitada. Finalmente, la constitución de 1979 inició el proceso de regionalización, lo que llevó a la creación
Este documento explica el procedimiento legal para calcular el presupuesto del Concejo Municipal para el año fiscal 2013. Señala que el presupuesto general del Concejo tiene dos componentes: gastos de funcionamiento y pago de honorarios. Para calcular los gastos de funcionamiento, si los ingresos corrientes del municipio son menores a $1,000 millones, se asignan 60 salarios mínimos mensuales; si son mayores, se asigna el 1.5% de los ingresos corrientes. Luego muestra ejemplos del cálculo para dos municipios.
Presentación Definitiva anteproyecto 2016 organos y entesBritomayerlin
Este documento describe el proceso de formulación del anteproyecto del Plan Operativo Anual 2016 del Ministerio del Poder Popular de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y los órganos y entes adscritos. Se establecen los lineamientos generales para la formulación, incluyendo que los proyectos deben estar alineados con los objetivos históricos, nacionales y estratégicos del Plan de la Patria y los planes sectoriales e institucionales. Además, se citan las leyes y normativas legales que fundamentan
La descentralización fiscal es el proceso por el cual se transfieren responsabilidades y competencias fiscales relacionadas con los ingresos y los gastos públicos, desde el Gobierno Nacional a los gobiernos subnacionales, garantizándoles a estos últimos un cierto nivel de autonomía financiera. Este proceso, que en el Perú se inició formalmente en febrero del año 2004 con el Decreto Legislativo Nº 955, se encuentra actualmente estancado y mostrando serios límites en su conceptualización e implementación.
El documento resume las actividades realizadas por la Oficina de Presupuesto y Análisis de Información Económica (OPAIE) en 2014. La OPAIE capacitó a 260 servidores públicos y asambleístas de la Cámara de Diputados y comisiones camarales en temas económicos, financieros y presupuestarios. Adicionalmente, diseñó una página web, elaboró material informativo sobre estos temas, y analizó anteproyectos de ley desde una perspectiva eco-presupuestaria.
La ley establece el marco legal para la administración financiera y el control del gasto público en la provincia de Buenos Aires. Se crean cuatro subsistemas (presupuestario, crédito público, tesorería y contabilidad) coordinados por el Ministerio de Economía. También se define el alcance del sector público provincial y se establecen los principios de programación y ejecución presupuestaria para asegurar la eficiencia en el uso de los recursos públicos.
El documento describe las etapas del proceso presupuestario del gobierno de Guatemala, incluyendo la formulación, discusión y aprobación, ejecución, control y evaluación. Explica que la formulación involucra la programación y preparación del proyecto de presupuesto siguiendo lineamientos legales. Luego el Congreso aprueba el presupuesto después de discutirlo. Finalmente, la ejecución implica producir los bienes y servicios planificados siguiendo la programación aprobada.
Este documento describe el sistema presupuestario venezolano. Explica que el sistema incluye la formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los presupuestos públicos de acuerdo con los planes de desarrollo económico y social. Detalla los organismos involucrados como la Oficina Nacional de Presupuesto y el Ministerio de Finanzas, y las etapas del proceso presupuestario que incluyen la iniciativa, discusión, aprobación e implementación del presupuesto.
Integración de la cuenta pública municipal definitivofinanzasadmon
El documento presenta la estructura y contenido requerido de la Cuenta Pública estatal de acuerdo con la normativa aplicable. Explica que la Cuenta Pública debe incluir información contable, presupuestaria, programática y un análisis de indicadores fiscales, así como información de los municipios con deuda. Además, detalla los cuatro puntos principales que debe contener la Cuenta Pública estatal: 1) el fundamento legal, 2) el contenido requerido, 3) la armonización de su estructura y 4) ej
El documento describe el Sistema de Programación de Operaciones y Presupuesto (SPO) de EMAGUA. El SPO tiene como objetivo viabilizar la planificación estratégica institucional a través de la elaboración, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Anual (POA) y su articulación con el presupuesto. El SPO comprende dos subsistemas: elaboración del POA en base al Plan Estratégico Institucional, y seguimiento/evaluación de la ejecución del POA mediante indicadores de gestión.
El documento presenta los lineamientos generales del Plan Nacional de Desarrollo de Bolivia. El plan busca la construcción de una nueva sociedad y estado plurinacional orientado a lograr el Vivir Bien en comunidad a través de cuatro estrategias: productiva, socio-comunitaria, de relacionamiento internacional y del poder social. El plan también tiene como objetivos contribuir a la transformación del país abandonando el modelo neoliberal y cambiando el patrón de desarrollo primario exportador, formulando y ejecutando el desarrollo sustentado en la filos
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el cual incluye todas las modificaciones realizadas a la ley hasta la fecha. El texto unificado entrará en vigencia el 2 de enero de 2013.
Este documento presenta la propuesta técnica para el proceso de diálogo rumbo al Pacto Fiscal en Bolivia. El Pacto Fiscal es un proceso de concertación e implementación de acuerdos entre el gobierno central y las entidades territoriales autónomas, con participación ciudadana, para el buen uso de los recursos públicos. La propuesta contiene cinco etapas: preparatoria, socialización, priorización de agendas, asignación de inversión efectiva y análisis de fuentes de recursos. El objetivo es mejorar la forma en que
El documento describe brevemente los desafíos de gobernabilidad en América Latina, incluyendo la concentración de poder en el ejecutivo, la falta de participación de la sociedad civil, la deficiente prestación de servicios por parte del estado, la inseguridad jurídica y los problemas de derechos humanos. A pesar de los avances hacia la democracia, las instituciones estatales a menudo no cumplen con sus funciones de manera efectiva y eficiente, y las élites políticas y económicas dominan el sistema.
El Servicio Nacional de Autonomías, según mandato de la Ley marco de Autonomías, debe presentar una propuesta de diálogo para el Pacto Fiscal.
Este es el resumen de la propuesta que se preparó desde esta instancia.
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Alcances de los insumos a ser socializadosCNA Bolivia
El documento presenta el reglamento de funcionamiento y debates del Pacto Fiscal de diciembre de 2016. Establece que la Comisión Técnica del Pacto Fiscal elaborará documentos de trabajo con datos desagregados sobre el régimen autonómico, finanzas públicas, censo y otros temas. Además, la comisión deberá presentar información adicional solicitada por el Consejo Nacional de Autonomías. El objetivo de la etapa de socialización es informar a la sociedad sobre las competencias de los gobiernos, las
Este documento establece la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad en Perú. Define los principios, objetivos y órganos del Sistema Nacional de Contabilidad, incluyendo la Dirección Nacional de Contabilidad Pública y el Consejo Normativo de Contabilidad. También describe los procesos contables como la investigación, normatividad, registro y elaboración de estados financieros, así como la Cuenta General de la República que integra la información financiera de todas las entidades del sector público.
Aprobacion del reglamento de funcionamento y debate del pacto fiscalCNA Bolivia
El Consejo Nacional de Autonomías aprobó el Reglamento de Funcionamiento y Debates del Pacto Fiscal con algunas modificaciones. También aprobó la conformación de una Comisión Técnica del Pacto Fiscal compuesta por 29 representantes de diferentes ministerios y gobiernos subnacionales. Finalmente, acordaron convocar a una próxima sesión en el plazo de un mes.
El documento describe las 5 etapas del proceso de diálogo para el Pacto Fiscal en Bolivia, incluyendo la conformación de una comisión técnica, la socialización de la información a nivel territorial, la priorización de agendas productivas y sociales, la asignación e inversión de recursos, y el análisis de fuentes de recursos. El objetivo general es establecer acuerdos para la asignación de recursos públicos que mejoren la prestación de bienes y servicios a nivel subnacional.
Este documento presenta la segunda sesión de un curso de actualización profesional sobre auditoría financiera aplicable al sector público. Cubre temas como la base legal de la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, sus principios rectores, objeto y la Cuenta General de la República, entre otros. Explica el proceso de elaboración de la Cuenta General, que incluye la presentación, análisis y auditoría de la información de las entidades del sector público.
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad de Perú. Establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de políticas, principios, normas y procedimientos contables aplicados en los sectores público y privado de Perú. También describe la conformación del sistema, que incluye la Dirección General de Contabilidad Pública como órgano rector, el Consejo Normativo de Contabilidad y las oficinas de contabilidad de las entidades públicas y privadas. Finalmente, resume los procesos de investigación contable, norm
Presentación Inf. de Gest. con Proyecto - 2018.pptMariaFSanchez1
El documento presenta los lineamientos para la elaboración de informes de gestión trimestrales por parte de oficinas gubernamentales. Explica que los informes deben incluir una situación general del sector, el marco normativo institucional, líneas de acción, logros del trimestre, actividades relevantes, logros acumulados, proyectos ejecutados, obstáculos y recursos asignados.
Este documento presenta la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería de Perú. Establece los principios de unidad de caja, economicidad, veracidad, oportunidad y programación para la administración de los fondos públicos. Define el Sistema Nacional de Tesorería y sus órganos, incluyendo la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público como rectora a nivel central, y las unidades ejecutoras en cada entidad. Detalla las atribuciones de cada órgano y establece normas para la administración centralizada de los
Ley no 126-01_que_crea_la_direccion_general_de_contabilidad_gubernamentalAlfredo Alberto Carrasco
1. La ley crea la Dirección General de Contabilidad Gubernamental para administrar el Sistema de Contabilidad Gubernamental del sector público dominicano.
2. El sistema unificará la contabilidad presupuestaria y patrimonial del gobierno central y otras entidades públicas para producir informes financieros consolidados.
3. La Dirección General dictará normas contables, capacitará al personal, y consolidará la información financiera del sector público para presentar un informe anual a la Cámara de Cuentas.
El documento contiene 11 anexos que describen diferentes aspectos relacionados con una auditoría realizada. El Anexo I describe los procedimientos llevados a cabo en las áreas legal y técnica de la auditoría. El Anexo II describe los circuitos administrativos para la aprobación de transferencias. Los Anexos III a X contienen definiciones, fotos, normativa, informes e información reservada. El Anexo XI analiza el descargo del auditado y las observaciones específicas de la auditoría.
El documento contiene 11 anexos que describen diferentes aspectos relacionados con una auditoría realizada. El Anexo I describe los procedimientos llevados a cabo en las etapas de requerimiento de información, análisis de documentación y elaboración del informe. El Anexo II describe los circuitos administrativos para la aprobación, liquidación y pagos de transferencias. Los demás anexos contienen información específica sobre aspectos técnicos de la obra, normativa aplicable, informes por unidad ejecutora y análisis del descargo del
El Servicio Estatal de Autonomías (SEA) pone al alcance de los actores sociales involucrados en el proceso de debate y concertación del Pacto Fiscal, como también a la ciudadanía, el boletín informativo del mes de septiembre. El documento contiene el resumen del trabajo realizado del Consejo Nacional de Autonomías (CNA) y de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
Este documento trata sobre la administración financiera del sector público en Perú. Explica conceptos como el sistema nacional de contabilidad, el sistema nacional de tesorería, el presupuesto público, el sistema de abastecimiento, el sistema nacional de inversión pública, el planeamiento estratégico y el personal del sector público. El objetivo general es promover la eficacia, eficiencia y transparencia en el uso y administración de los recursos públicos.
La Dirección General de Contabilidad Gubernamental es la institución responsable de dictar las normas y procedimientos de contabilidad para el sector público dominicano. Tiene la misión de administrar un sistema único de contabilidad para todo el sector público mediante normas y procedimientos que produzcan información financiera confiable. Sus funciones principales incluyen establecer normas de contabilidad, presidir manuales de contabilidad, asesorar en la implantación de sistemas contables y coordinar la actividad contable de organismos gubernamentales.
Este documento establece los principios generales de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público en Perú. Define la Administración Financiera del Sector Público como el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico financiero del Estado. Establece cuatro sistemas que la conforman: Presupuesto, Tesorería, Endeudamiento y Contabilidad. Además, crea un Comité de Coordinación para integrar el funcionamiento de estos sistemas a nivel central y descentralizado.
Este documento presenta los principios generales de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público en Perú. Establece que la administración financiera del sector público está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico financiero del Estado. Además, crea cuatro sistemas integrantes (Presupuesto, Tesorería, Endeudamiento y Contabilidad) y el Comité de Coordinación para asegurar la integración de los sistemas. Finalmente, detalla los componentes y principios del Sistema Nacional de Pres
El Sistema Nacional de Contabilidad establece las normas y procedimientos contables para las entidades del sector público y privado. El proceso contable incluye la investigación contable, normatividad, registro contable, y difusión. Las áreas contables comprenden el registro administrativo de compromisos, devengados y girados, así como el registro contable y notas contables.
Este documento presenta los lineamientos actualizados de la Comisión de Análisis y Evaluación para el Otorgamiento de Subsidios por parte del Gobierno del Distrito Federal. Se especifican los requisitos documentales para el trámite de subsidios fiscales con el fin de otorgar mayor certeza jurídica a los contribuyentes. La comisión analiza solicitudes de subsidio y determina si los proyectos cumplen los requisitos para ser beneficiados con subsidios parciales o totales. Los lineamientos norman el funcionamiento de la comisión,
Este documento establece las normas fundamentales para el funcionamiento del Sistema Nacional de Tesorería en Perú. Define el Sistema como el conjunto de órganos, normas y procedimientos para administrar los fondos públicos. Establece que la Dirección Nacional del Tesoro Público es el órgano rector a nivel central, mientras que a nivel descentralizado son las unidades ejecutoras en cada entidad. También define los principios de unidad de caja, economicidad, veracidad, oportunidad y programación para la administración de fondos públicos.
Este documento establece la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público en Perú. La ley define la administración financiera pública y sus principios de transparencia, legalidad, eficiencia y eficacia. Además, establece los sistemas nacionales de presupuesto, tesorería, endeudamiento y contabilidad que conforman la administración financiera pública en el país y sus respectivas funciones.
La estructura organizativa del trabajo que tenga una empresa influye directamente en la percepción que pueda tener un trabajador de sus condiciones laborales y en su rendimiento profesional.
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
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Actividad Sumativa #2 Realizado por Luis Leal..pptx
Reglamento aprobado en detalle CNA
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Reglamento de Funcionamiento y Debates
del Pacto Fiscal
Aprobado en Grande mediante la Resolución N° 005/2016 del Consejo Nacional
de Autonomías
Aprobado en Detalle mediante la Resolución Nº 006/2016 del Consejo Nacional
de Autonomías
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- (OBJETO).-El Presente Reglamento tiene por objeto regular y establecer los parámetros
normativos del procedimiento y mecanismos para el funcionamiento y el diálogo del proceso del Pacto Fiscal.
Artículo 2.- (NATURALEZA).-El Pacto Fiscal es el proceso de concertación e implementación de acuerdos
entre el Nivel Central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas, con participación social de las
ciudadanas y los ciudadanos para el buen uso de los recursos públicos, con el fin de hacer efectivo el “Vivir
Bien” conforme a los principios, garantías, derechos y obligaciones establecidas en la Constitución Política
del Estado y la disposición transitoria décimo séptima de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
Artículo 3.- (MARCO NORMATIVO).- El presente Reglamento se rige bajo el siguiente marco normativo:
1. Constitución Política del Estado
2. Ley N° 031, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, de 19 de julio de
2010.
3. Ley N° 492, de Acuerdos y Convenios Intergubernativos, de 25 de enero de 2014.
4. Ley N° 730, de 2 de septiembre de 2015.
5. Ley N° 777, de 27 de enero de 2016.
6. Ley N° 786, de 10 de marzo de 2016.
7. Reglamento Interno el Consejo Nacional de Autonomías.
8. Resoluciones del Consejo Nacional de Autonomías.
Artículo 4.- (ÁMBITO DE APLICACIÓN).- El presente Reglamento se aplica en todo el territorio
nacional a:
1. Miembros del Consejo Nacional de Autonomías.
2. Nivel central del Estado, cuando corresponda.
3. Entidades Territoriales Autónomas, cuando corresponda.
4. Sociedad civil, cuando corresponda.
Artículo 5.- (ETAPAS).-
I. El Pacto Fiscal es un proceso complejo de acuerdos y consensos que será desarrollado en cinco etapas
definidas:
1. Etapa Preparatoria.
2. Etapa de Socialización.
3. Etapa de Priorización de Agendas.
4. Etapa de Asignación e inversión efectiva.
5. Etapa de Análisis de las fuentes de recursos.
II. Se podrá comprimir y/o desarrollar paralelamente las etapas del proceso de Pacto Fiscal, siempre y
cuando se cumplan con los objetivos de cada una de ellas, de acuerdo a la propuesta de la Comisión Técnica
del Pacto Fiscal.
III. La conclusión de las etapas será aprobada por consenso mediante Resolución del Consejo Nacional de
Autonomías, cuando corresponda.
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Artículo 6.- (RECEPCIÓN DE PROPUESTAS).-
I. Durante el desarrollo del proceso de Diálogo del Pacto Fiscal, se recepcionarán propuestas referidas al
pacto fiscal, mismas que serán recibidas por la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Autonomías
(Ministerio de Autonomías) o por la Comisión Técnica de Pacto Fiscal a través de sus delegados.
II. Las propuestas serán de conocimiento del CNA a través de sus miembros.
CAPÍTULO II
ETAPA PREPARATORIA
Artículo 7.- (OBJETIVO).- El objetivo de la Etapa Preparatoria es desarrollar los aspectos administrativos,
logísticos, documentales y de coordinación interinstitucional que se requieran para llevar adelante las
actividades inherentes a las siguientes etapas del Pacto Fiscal.
Artículo 8.- (COMISIÓN TÉCNICA DEL PACTO FISCAL).-
I. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal se constituye en un equipo multidisciplinario y especializado, cuya
función es elaborar los Documentos de Trabajo y otras tareas definidas en el presente Reglamento o
Resoluciones del Consejo Nacional de Autonomías.
II. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal estará conformada por representantes de cada uno de los miembros
del Consejo Nacional de Autonomías, según la siguiente composición.
Ministerio de la Presidencia 1
Ministerio de Planificación del Desarrollo 1
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas 1
Vicepresidencia del Estado Plurinacional 1
Ministerio de Autonomías/ Servicio Estatal de Autonomías 2
Gobiernos Autónomos Departamentales 9
Gobiernos Autónomos Municipales 8
Autonomías Indígena Originario Campesinas 5
Autonomía Regional 1
TOTAL 29
III. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal podrá invitar a representantes de otras entidades cuando sea
necesario, conforme a sus especialidades o información oficial que dispongan.
Artículo 9. (DOCUMENTOS DE TRABAJO).-
I. Los Documentos de Trabajo elaborados por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal contarán con datos
desagregados de:
1. Régimen autonómico;
2. Finanzas públicas;
3. Datos del Censo Nacional de Población y Vivienda;
4. Otros definidos por la Comisión.
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II. A requerimiento del Pleno del Consejo Nacional de Autonomías la Comisión Técnica del Pacto Fiscal
deberá elaborar y presentar otra información necesaria para el diálogo del Pacto Fiscal.
Artículo 10.- (REUNIONES DE LA COMISIÓN TÉCNICA DEL PACTO FISCAL).-
I. El Ministerio de Autonomías, en calidad de Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Autonomías
convocará, dirigirá y coordinara las reuniones y el trabajo de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
II. La metodología de trabajo para la elaboración de los Documentos de Trabajo será definida por los
miembros de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
III. Los plazos y tiempos para la elaboración y presentación de los Documentos de Trabajo por parte de la
Comisión Técnica del Pacto Fiscal se sujetarán a lo dispuesto por el Consejo Nacional de Autonomías.
IV. Los documentos de trabajo elaborados por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal serán aprobados por
consenso. En caso de no generarse el consenso requerido, los mismos serán aprobados por dos tercios de los
miembros presentes de la comisión.
Artículo 11. (ASPECTOS ADMINISTRATIVOS Y LOGÍSTICOS).-
I. En el marco del principio de cooperación, los aspectos administrativos y logísticos serán cubiertos bajo los
siguientes lineamientos:
1. Nivel central del Estado, a cargo de las actividades de alcance nacional.
2. Entidades Territoriales Autónomas, a cargo de las actividades de alcance local (Autonomía
municipal e indígena Originaria campesina), regional (Autonomía Regional) o departamental
(Autonomías Departamentales).
II. Los gastos administrativos, logísticos, personales y de representación tanto del nivel central del Estado
como de las entidades territoriales autónomas serán cubiertos con recursos de cada entidad.
CAPÍTULO III
ETAPA DE SOCIALIZACIÓN
Artículo 12. (OBJETIVO).- El objetivo de la Etapa de Socialización es informar a la sociedad civil sobre
las competencias de los diferentes niveles de gobierno, del manejo de las finanzas públicas, la situación
económico-social del ámbito nacional y sub nacional y de las condiciones y alcances del Pacto Fiscal.
Artículo 13. (DESPLIEGUE TERRITORIAL).- La Comisión Técnica del Pacto Fiscal definirá los
procedimientos y criterios operativos para desarrollar el despliegue territorial de la etapa de socialización en
coordinación y a través de las Entidades Territoriales Autónomas que corresponda.
Artículo 14. (PARTICIPANTES DE LA SOCIALIZACIÓN).- La sociedad civil, las organizaciones
sociales y las autoridades de las entidades territoriales autónomas, participarán en los espacios de
socialización organizados por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
Artículo 15. (INFORMACIÓN).- La información mínima que deberá ser socializada por la Comisión
Técnica del Pacto Fiscal comprende, los insumos elaborados en la etapa uno, así como la asignación de las
competencias de los diferentes niveles de gobierno, finanzas públicas, la situación económico-social del
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ámbito nacional y sub nacional y las condiciones y alcances del Pacto Fiscal y otros de acuerdo a los
criterios establecidos por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
Artículo 16. (METODOLOGÍA DE LA SOCIALIZACIÓN).-La metodología técnica para presentar la
información e insumos elaborados, será establecida por criterios fijados por la Comisión Técnica del Pacto
Fiscal.
Artículo 17. (CONCLUSIÓN DE LA SOCIALIZACIÓN).-
I. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal definirá los criterios técnicos y de respaldo que constaten que la
difusión de información haya sido satisfactoria en cuanto al alcance de los actores de la sociedad civil.
II. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal deberá remitir a la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Autonomías un Informe Técnico del proceso de socialización con los respectivos respaldos.
III. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal será la encargada de la sistematización del proceso de
socialización.
CAPÍTULO IV
ETAPA DE PRIORIZACIÓN DE AGENDAS
Artículo 18. (OBJETO).-
I. La etapa de priorización de agendas tiene por objeto la construcción y priorización de agendas productivas
y sociales destinadas al cumplimiento de metas estatales, en el marco del ejercicio de las competencias del
Nivel Central del Estado y las Entidades Territoriales Autónomas.
II. Esta etapa se realizará en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social, el Plan de
Desarrollo Económico Social, los Planes Territoriales de Desarrollo Integral y Planes de Gestión Territorial
Comunitaria de las Entidades Territoriales Autónomas.
Artículo 19. (SUB ETAPAS).- Esta etapa comprende las siguientes sub etapas:
1) Reuniones departamentales informativas.
2) Reuniones departamentales de priorización de agendas productivas y sociales.
Artículo 20. (PARTICIPANTES DE LAS REUNIONES DEPARTAMENTALES).-
I. Son participantes de las reuniones departamentales las autoridades ejecutivas de las siguientes
instituciones:
1. Ministro/a de Autonomías.
2. Director/a Ejecutivo/a del Servicio Estatal de Autonomías.
3. Ministro/a de Economía y Finanzas Públicas.
4. Ministro/a de Planificación del Desarrollo
5. Ministro/a de Desarrollo Productivo y Economía Plural
6. Ministerio de Educación.
7. Ministerio de Salud.
8. Vicepresidencia del Estado Plurinacional.
9. Gobernadores/as
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10. Alcaldes/as.
11. Autonomías Indígena Originaria Campesinas
12. Ejecutivos/as Regionales.
13. Otros Ministerios a sugerencia de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
II. El sistema asociativo municipal (FAM, AMB, ACOBOL, AMDES, ACOS) participará en los todos los
espacios de encuentro departamental.
Artículo 21. (Reuniones Departamentales).-
I. Las reuniones informativas y de priorización de agendas se realizarán de la siguiente manera:
1. Gobiernos Autónomos Departamentales, una reunión por cada departamento.
2. Gobiernos Autónomos Municipales, una reunión por cada departamento para todos los
municipios que componen el mismo.
3. Autonomías Indígena Originario Campesinas, una reunión a nivel nacional.
4. Gobiernos Autónomos Regionales, una reunión a nivel nacional.
II. Podrán realizarse las reuniones que se consideren necesarias en cada Departamento.
Artículo 22. (CONVOCATORIA Y METODOLOGÍA).-
I. La convocatoria a las reuniones departamentales será realizada de forma conjunta por la Secretaría
Técnica del Consejo Nacional de Autonomías y las Entidades Territoriales Autónomas que correspondan,
con anticipación de al menos 10 días hábiles.
II. La metodología de las reuniones departamentales será elaborada e implementada por la Comisión
Técnica del Pacto Fiscal.
Artículo 23. (REUNIONES DE IDENTIFICACIÓN DE ACCIONES).-
I. Tienen por objeto socializar un marco informativo para encarar la priorización de una agenda productiva y
social, donde se tratarán las siguientes temáticas:
1. Revisión de cifras de gasto público de las entidades territoriales autónomas y del nivel
central del Estado.
2. Análisis del gasto público de los diferentes niveles de gobierno en las áreas productiva y
social.
3. Metodología para la construcción de agendas productivas y sociales de cada entidad
territorial autónoma.
II. Los resultados serán sistematizados por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal para la construcción de las
agendas departamentales productivas y sociales respectivas.
III. Una vez realizadas las reuniones informativas, se priorizarán las agendas productivas y sociales para
cada departamento, las cuales establecerán las metas para los sectores productivo y social considerando las
características de cada departamento, en el marco del Plan General de Desarrollo Económico y Social, el
Plan de Desarrollo Económico Social, los Planes Territoriales de Desarrollo Integral y Planes de Gestión
Territorial Comunitaria.
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CAPÍTULO V
ETAPA DE ASIGNACIÓN E INVERSIÓN EFECTIVA
Artículo 24. (OBJETO).- La etapa de asignación e inversión pública efectiva tiene por objeto identificar los
factores internos y externos que mejoren la administración de recursos públicos y posibiliten una mejor
prestación de bienes y servicios públicos.
Artículo 25. (ACTIVIDADES).- Esta etapa comprende:
1. Encuentro del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado.
2. Encuentros de identificación de factores críticos.
3. Encuentro conclusivo de acuerdos a nivel nacional.
Artículo 26. (ENCUENTRO DEL NIVEL CENTRAL DEL ESTADO).-
I. Este Encuentro tiene como objetivo identificar los factores de carácter externo e interno para desarrollar
una propuesta de mecanismos que mejoren y agilicen la gestión pública.
II. El Encuentro contará con la participación de las siguientes instituciones:
1. Ministerio de Autonomías.
2. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
3. Ministerio de Planificación del Desarrollo.
4. Ministerio de la Presidencia.
5. Servicio Estatal de Autonomías.
6. Vicepresidencia del Estado Plurinacional.
III. Este encuentro se realizará en dos reuniones que deberán llevarse a cabo en un plazo máximo de un mes.
IV. Los resultados del Encuentro serán sistematizados por la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de
Autonomías para su consideración en los Encuentros de las Entidades Territoriales Autónomas.
Artículo 27. (ENCUENTROS DE IDENTIFICACIÓN DE FACTORES CRÍTICOS).-
I. Los encuentros de identificación de factores críticos de la gestión pública de las Entidades Territoriales
Autónomas se realizarán de la siguiente forma:
1. Gobiernos Autónomos Departamentales y Autonomías Regionales, un encuentro a nivel
nacional.
2. Gobiernos Autónomos Municipales de Categorías A y B, un encuentro a nivel nacional.
3. Gobiernos Autónomos Municipales de Categorías C y D, un encuentro a nivel nacional.
4. Autonomías Indígena Originario Campesinas, un encuentro a nivel nacional.
II. Los resultados de los encuentros serán sistematizados por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal para su
consideración en el Encuentro Conclusivo.
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Artículo 28. (RESULTADO DE LOS ENCUENTROS).- El resultado de los encuentros es generar
compromisos alcanzables y medibles, por parte de los actores involucrados en el Pacto Fiscal, establecer
propuestas de mejora de los procesos inherentes a la administración pública y determinar un diagnóstico y
propuestas de mejora de capacidades institucionales.
Artículo 29. (ENCUENTRO CONCLUSIVO NACIONAL).-
I. El encuentro contará con la participación de las siguientes instituciones:
1. Ministerio de Autonomías.
2. Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
3. Ministerio de Planificación del Desarrollo.
4. Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
5. Ministerio de Educación.
6. Ministerio de Salud.
7. Vicepresidencia del Estado Plurinacional.
8. Servicio Estatal de Autonomías.
9. Gobiernos Autónomos Departamentales.
10. Gobiernos Autónomos Municipales.
11. Autonomías Indígena Originario Campesinos.
12. Autonomías Regionales.
13. Sistema Asociativo Municipal.
14. Otros Ministerios que la Comisión Técnica del Pacto Fiscal considere pertinente.
II. Las y los representantes de los diferentes niveles de gobierno podrán participar del encuentro conclusivo
con equipo técnico que consideren necesario.
Artículo 30. (RESULTADO DEL ENCUENTRO CONCLUSIVO).- Contar con una propuesta de agenda
legislativa conjunta de cambios normativos, fortalecimiento institucional y mecanismos que mejoren la
gestión pública.
CAPÍTULO VI
ETAPA DE ANÁLISIS DE LAS FUENTES DE RECURSOS
Artículo 31. (OBJETO).- Elaborar un diagnóstico de las fuentes de los recursos públicos actuales, para la
viabilización de los compromisos alcanzados en etapas previas, de manera de coadyuvar a un mejor
aprovechamiento de las alternativas de financiamiento.
Artículo 32. (SUB-ETAPAS).- Esta etapa se compone de las siguientes sub etapas:
1. Elaboración del Diagnóstico.
2. Encuentros de las Entidades Territoriales Autónomas.
Artículo 33. (PARTICIPANTES).- Formarán parte del desarrollo de la etapa las siguientes instancias:
1. Consejo Nacional de Autonomías.
2. Comisión Técnica del Pacto Fiscal.
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Artículo 34. (DESARROLLO DE LA ETAPA).-
I. Los miembros de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal establecerán una agenda de trabajo conjunta para
la elaboración del Documento de Diagnóstico de Fuentes Recursos Públicos en relación a los compromisos
asumidos en las etapas previas.
II. La Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Autonomías se encargará de la coordinación del trabajo
de la Comisión Técnica del Pacto Fiscal, velando que el mismo se realice en los plazos y condiciones
acordados.
III. Una vez elaborado el Documento Diagnóstico de Fuentes Recursos Públicos será socializado en el
marco de las disposiciones de los artículos siguientes.
IV. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal definirá los aspectos operativos para el desarrollo de los
encuentros.
Artículo 35. (CONTENIDOS MÍNIMOS DEL DOCUMENTO DE DIAGNÓSTICO).- El Documento
de Diagnóstico deberá ser elaborado por la Comisión Técnica del Pacto Fiscal y tendrá los siguientes
contenidos mínimos:
a) Descripción de las diferentes fuentes de recursos previstas en la normativa para los distintos niveles
de gobierno
b) Análisis desagregado de la evolución de cada fuente de recurso.
c) Alternativas de financiamiento de las competencias de las Entidades Territoriales Autónomas y el
Nivel Central del Estado, incluyendo la determinación de tendencias, proyecciones y variaciones
relevantes de comportamiento.
Artículo 36. (SOCIALIZACIÓN Y LEVANTAMIENTO DE PROPUESTAS).-
I. La socialización del Documento de Diagnóstico y el levantamiento de propuestas de la sociedad civil, se
realizará a través de los siguientes encuentros:
1. Encuentros Territoriales
2. Encuentro Nacional.
II. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal estará encargada de procesar las propuestas de la sociedad civil
planteadas en los Encuentros previstos
III. En base a las propuestas presentadas, la Comisión Técnica del Pacto Fiscal elaborará una propuesta
conjunta para mejorar el aprovechamiento de las fuentes de recursos y alternativas de financiamiento de las
Entidades Territoriales Autónomas en relación a los compromisos alcanzados en las etapas previas.
IV. La Comisión Técnica del Pacto Fiscal remitirá a la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de
Autonomías la propuesta elaborada de manera conjunta y alternativas de socialización del documento final.
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ÚNICA.- El debate del Pacto Fiscal en el Consejo Nacional del Autonomías se regulará por su Reglamento
Interno.
Artículo 37. (TRATAMIENTO DE LA PROPUESTA CONJUNTA EN EL CONSEJO NACIONAL
DE AUTONOMÍAS)
I. La Secretaria Técnica remitirá al Consejo Nacional de Autonomías la propuesta conjunta para su
consideración en la siguiente reunión ordinaria o extraordinaria.
II. El Pleno del Consejo Nacional de Autonomías evaluará la propuesta conjunta y definirá las acciones que
correspondan.
CAPÍTULO VII
CONCLUSIÓN DEL PACTO FISCAL
Artículo 38. (DOCUMENTO FINAL).-
I. El proceso del Pacto Fiscal concluirá con la elaboración de un documento final elaborado por el Servicio
Estatal de Autonomías, en el que se establezcan los siguientes elementos desarrollados en todas las etapas
descritas:
1. Agendas productivas y sociales priorizadas por cada departamento.
2. Acuerdos para la asignación e inversión pública efectiva.
3. Análisis de las fuentes de recursos públicos y propuestas de reforma normativa del régimen
económico financiero.
II. El acuerdo final del Pacto Fiscal será por consenso de los miembros del Consejo Nacional de Autonomías
y tendrá carácter vinculante.
CAPÍTULO VIII
REFORMA DEL REGLAMENTO
Artículo 39. (REFORMA). La reforma del presente Reglamento deberá ser promovida en forma escrita por
al menos un tercio del total de los miembros del Consejo Nacional de Autonomías. El proyecto de reforma
deberá ser aprobado por consenso de los miembros del Consejo Nacional de Autonomías.
DISPOSICIÓN FINAL