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                  ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

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                           DESPACHO ALCALDE
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  REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
         CIDEA MUNICIPAL DE DAGUA - VALLE DEL CAUCA

El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el
funcionamiento del Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental –
CIDEA Municipal, del Municipio de Dagua, Departamento del Valle del Cauca.

                                CAPÍTULO I
                         DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1º: NATURALEZA. El Comité Técnico Interinstitucional de Educación
Ambiental - CIDEA del Municipio de Dagua es una instancia operativa de la
Administración Municipal conformada para fortalecer el desarrollo de la educación
ambiental en el ámbito municipal, de conformidad al Artículo N° 4 del Decreto
Municipal N° 046 de mayo 13 de 2011 del municipio de Dagua y se organizará y
funcionará de acuerdo con el presente reglamento.

ARTÍCULO 2º. PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN. En la interpretación y
aplicación del presente reglamento, se tendrán en cuenta los siguientes principios:

   a. Celeridad en los procedimientos. Para impulsar el desarrollo de las labores
      del Comité.
   b. Corrección formal de los procedimientos. Su objeto es evitar los vicios de
      procedimiento que sean corregibles, para garantizar el objetivo de las
      reuniones, los derechos de los miembros y el ordenamiento de las
      discusiones y las votaciones.
   c. Regla de las mayorías. Toda decisión debe reflejar la voluntad de las
      mayorías presentes en las reuniones.
   d. Regla de las minorías. El Reglamento debe garantizar el derecho de las
      minorías a ser representadas, a participar y a expresar sus puntos de vista.

ARTÍCULO 3. FUENTES DE INTERPRETACIÓN. Cuando en el presente
Reglamento no se encuentre disposición aplicable, se acudirá a lo dispuesto en la
Constitución Política de Colombia, la ley 70 de 1993, la Política Nacional de
Educación Ambiental, la ley 99 de 1993, la ley 115 de 1994, y/o sus normas
reglamentarias y complementarias, y demás normas atinentes a la educación
ambiental.



                                  “TODOS POR DAGUA”
                 Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
                           Email. alcaldedagua@hotmail.com
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                           DESPACHO ALCALDE
                                                                 TRD: 1.02-10

ARTÍCULO 4. JERARQUÍA DE LA CONSTITUCIÓN. En caso de incompatibilidad
entre la Constitución y este Reglamento, se aplicarán las disposiciones
constitucionales.

ARTÍCULO 5. JERARQUÍA DEL REGLAMENTO. En el desarrollo y aplicación de
este Reglamento se entenderá como vicio de procedimiento la celebración de toda
reunión de miembros que, con el propósito de ejercer las funciones propias del
CIDEA Municipal, se efectúe por fuera de las condiciones estipuladas en el presente
reglamento.

                             CAPÍTULO II
     DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE
                        EDUCACIÓN AMBIENTAL

 ARTÍCULO 6. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL
DE EDUCACIÓN AMBIENTAL. De conformidad con la Política Nacional de
Educación Ambiental, deben formar parte del CIDEA Municipal: los entes
territoriales, los sectores más representativos del municipio, en este sentido, el
Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental estará conformado por:

a. El Alcalde Municipal o su delegado
b. El Gerente de Desarrollo Social y Comunitario o su delegado
c. El Gerente de Planeación Municipal o su delegado
d. El Director Territorial de la CVC DAR Pacifico Este o su delegado.
e. El Gerente Comercial de la EPSA o su delegado
f. El Gerente Comercial de Acuavalle o su delegado
g. El Jefe de división Comercial de Dagua Limpia o su delegado
h. El Gerente del Hospital José Rufino Vivas o su delegado
i. El representante de la Tecnología en Recursos Naturales del Sena
j. El delegado del Comité de Cafeteros
k. El representante legal de las Asociaciones comunitarias o su delegado
l. Los delegados de las Instituciones Educativas Oficiales y no oficiales
m. El delegado de la Policía Ambiental
n. Organismos de Socorro (Defensa Civil, Bomberos)
o. El coordinador del Comité Local de Prevención y atención de desastres
   (CLOPAD) o su delegado
p. El coordinador de la UMATA o su delegado
q. Representante del Grupo de apoyo a la gestión educativa municipal (GAGEM)
r. El representante legal de empresas del sector productivo o su delegado

                                  “TODOS POR DAGUA”
                 Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                             DESPACHO ALCALDE
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Ser miembro del Comité es:

          a. Estar comprometido con el desarrollo de la Educación Ambiental en el
             municipio
          b. Entender y actuar bajo el principio de que el presente y el futuro son
             responsabilidad de todas y todos y se construye colectivamente.
          c. Colocar el interés público y general por encima del interés individual y
             particular.
          d. Fomentar orgánicamente y con la sociedad la construcción y la
             implementación de los planes municipales de Educación Ambiental.

Todos los miembros tendrán derecho a voz y voto.

Parágrafo 1: A excepción del delegado del alcalde municipal, los delegados de las
instituciones públicas deberán ser funcionarios de carrera administrativa y
respectivamente acreditado por su superior, mediante carta de delegación.
Parágrafo 2: Cada representante deberá ser delegado formalmente por la
institución o la organización que representa.
Parágrafo 3: Serán entidades de apoyo del CIDEA Municipal todas las
instituciones públicas y privadas, sin ánimo de lucro, sociedad civil organizada,
gremios productivos y demás que estén relacionadas con la Educación Ambiental
por interés particular o por obligaciones legales o sociales.
Parágrafo 4. Pueden participar de las reuniones del CIDEA Municipal con derecho a
voz pero sin voto, todas aquellas personas, naturales y jurídicas, que según el
criterio de la Secretaría Técnica deban ser escuchadas, especialmente aquellas que
estén relacionadas con sectores que, por razones de deficiencia organizativa o
similares, no estén participando en el Comité.

ARTÍCULO 7. SEDE DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE
EDUCACIÓN AMBIENTAL. El CIDEA Municipal tiene su sede en el municipio de
Dagua, en la oficina de Desarrollo social y comunitario de la Alcaldia de Dagua. No
obstante podrá sesionar en otro lugar si así lo autorizan la mayoría de sus miembros.

                           CAPÍTULO III
MISIÓN, VISIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL
                     DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 8. MISIÓN. El Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental
– CIDEA Municipal es una organización que orienta las acciones de cultura y
educación ambiental mediante la estrategia del trabajo en equipo, para la aplicación
                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

de políticas y estrategias establecidas según la normatividad vigente y las
construidas desde el Cidea. El Cidea se concibe como una organización horizontal
con principios de trabajo en equipo.

 ARTÍCULO 9. VISIÓN. Al año 2016 el Comité Técnico Interinstitucional De
Educación Ambiental – CIDEA de Dagua será el Comité modelo a nivel
departamental y regional, se habrá consolidado como una organización que orienta,
asesora, y cualifica a los actores sociales en la educación ambiental y contribuye a
contextualizar las situaciones ambientales en el municipio de Dagua.

ARTÍCULO 10. OBJETIVOS. Son objetivos del CIDEA Municipal:

a.      Diseñar, asesorar, orientar, acompañar y evaluar el Plan de Educación
Ambiental del Municipio atendiendo los intereses y necesidades de las respectivas
instituciones.

ARTÍCULO 11. FUNCIONES. Son funciones del CIDEA Municipal:

a. Coordinar las acciones intersectoriales e interinstitucionales en torno al
   desarrollo de la educación ambiental en el Municipio.
b. Gestionar la inclusión de la educación ambiental en los instrumentos de
   planificación del Municipio (Plan de Desarrollo del Municipio, Plan Básico de
   Ordenamiento Territorial) y en los Planes de Desarrollo de cada una de las
   instituciones que hacen parte del CIDEA Municipal.
c. Motivar para que se incluya la educación ambiental en el Plan de educación
   Municipal y en las demás instancias pertinentes en asuntos ambientales del
   Municipio.
d. Impulsar, asesorar, y apoyar los Proyectos Ambientales Escolares - PRAES y
   los Proyectos Ciudadanos de Educación Ambiental – PROCEDAS en sus
   propuestas de capacitación – formación, investigación, trabajos
   interdisciplinarios, de proyección comunitaria y comunicación, información.
e. Fomentar y apoyar eventos de educación ambiental en el Municipio.
f. Darse su Reglamento interno de organización y funcionamiento, designar su
   Secretaría Técnica y sus Comisiones de Trabajo, y aprobar sus actas y
   documentos.
g. Construir su Plan de Acción Anual.
h. Aprobar las proposiciones, documentos, observaciones y constancias que surjan
   de las discusiones de las reuniones.
i. Definir las Comisiones que requiera el Comité para su funcionamiento.

                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                            DESPACHO ALCALDE
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j. Solicitar al Gobierno Municipal, Departamental o Nacional los informes que
   necesite para el cumplimiento de sus funciones.
k. Divulgar y publicar sus conceptos, decisiones, criterios y actividades.
l. Las demás que resulten de su naturaleza y su calidad de instancia
   interinstitucional, para el desarrollo de la Educación Ambiental en los ámbitos
   municipales.

ARTÍCULO 12. REUNIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE
EDUCACIÓN AMBIENTAL. Ordinariamente el Comité debe reunirse por lo menos
una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocado por su coordinador.

                             CAPÍTULO IV
     OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN
                              AMBIENTAL

ARTÍCULO 13. EXISTENCIA. El funcionamiento del Comité                             Técnico
Interinstitucional de Educación Ambiental será de carácter permanente.

ARTÍCULO 14. COMPOSICIÓN Y PERÍODO. El CIDEA Municipal tendrá una
Secretaría Técnica como un órgano administrador, responsable de facilitar su buen
funcionamiento, el cual debe reflejarse en el cumplimiento de las funciones
asignadas y Comisiones de Trabajo como órganos operativos responsables de
actividades específicas.

La Secretaría Técnica será designada por un período de dos años y compuesta por
un Coordinador y un Secretario, además de entre 1 y 5 Vocales dependiendo del
número de instituciones miembros.

El Coordinador será en todos los casos el Delegado de la Alcaldía Municipal, los
demás miembros serán elegidos entre los miembros del Comité por postulación y
votación en Reunión Ordinaria. Las personas elegidas deben ser interlocutores
habituales de los demás miembros y estar dotadas, por tanto, de credibilidad entre
ellos y tener disponibilidad de tiempo para participar en las actividades propias del
Comité. En el caso de cese de alguno de los miembros, deberá ser sustituido con
celeridad.

Las Comisiones de Trabajo serán asignadas por el CIDEA Municipal en pleno, en
reunión ordinaria o extraordinaria, por el periodo que deba durar la consecución
del objetivo para la que fueron creadas. Su número de miembros dependerá del
objetivo mismo para la que se creen.
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                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10



Parágrafo: Los miembros de la Secretaría Técnica no son empleados del CIDEA
Municipal, sino sus líderes más destacados, por lo tanto el ser elegido como
miembro de la Secretaria Técnica no constituye remuneración alguna. Empero,
una vez consolidado el CIDEA Municipal, se podrá crear una planta de personal
operativo (secretaria y mensajero) como apoyo a las funciones de la Secretaría
Técnica. En este caso se añadirá un apéndice o adenda sobre cargos y funciones
de personal operativo al presente Reglamento, el cual deberá ser aprobado en
reunión ordinaria del CIDEA Municipal.

ARTÍCULO 15. ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA. Como órgano de
orientación y coordinación del CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica cumplirá las
siguientes funciones:

   a. Adoptar las decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor
      organización interna, en orden a una eficiente labor administrativa y
      organizacional.
   b. Solicitar al gobierno municipal los apoyos de carácter logístico y administrativo
      que se           requiera para el correcto funcionamiento del Comité.
   c. Determinar la composición de las Comisiones con que operara el Comité.
   d. Vigilar el funcionamiento de las Comisiones y velar por la oportuna realización
      de las actividades encomendadas.
   e. Autorizar la participación de los diversos sectores en las reuniones que se
      programen.
   f. Resolver y decidir sobre los vacíos y conflictos de interpretación del presente
      Reglamento.
   g. Establecer la Agenda de Trabajo, para el cumplimiento del Plan de Acción
      Anual.
   h. Presentar al Comité en pleno un informe de actividades anualmente y una
      propuesta de actividades para el Plan de Acción del año siguiente.

ARTÍCULO 16. REUNIONES. La Secretaría Técnica se reunirá por derecho propio o
por convocatoria del Coordinador por lo menos dos veces al mes.

ARTÍCULO 17. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE LA SECRETARÍA
TÉCNICA. Corresponderá al Coordinador el ejercicio de las siguientes funciones:

   a. Actuar como coordinador del CIDEA Municipal y de su Secretaría Técnica.
   b. Convocar, coordinar y dirigir las reuniones del CIDEA Municipal.
   c. Abrir, cerrar, instalar y clausurar las reuniones del CIDEA Municipal.
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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

   d. Propiciar que los miembros que conforman el CIDEA Municipal concurran
      puntualmente a las reuniones, requiriendo con apremio sí fuere el caso la
      presencia de los ausentes que no estén debidamente excusados.
   e. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento y mantener el orden interno.
   f. Ordenar el reparto de los documentos que se presenten para el trabajo del
      CIDEA Municipal y de sus Comisiones.
   g. Suscribir las actas y documentos que se aprueben en las reuniones.
   h. Llevar, con la Secretaría Técnica, la representación del CIDEA Municipal ante
      los organismos y las ramas del poder público y ante la Sociedad Civil.
   i. Designar las Comisiones temporales que demande el trabajo del CIDEA
      Municipal, buscando un adecuado equilibrio intersectorial e interinstitucional.
   j. Suscribir las comunicaciones oficiales que emita el CIDEA Municipal.
   k. Coordinar el trabajo y las buenas relaciones entre sus miembros,
      estableciendo los vínculos de comunicación necesarios para un eficaz trabajo.
   l. Determinar la celebración de reuniones extraordinarias.
   m. Desempeñar las funciones administrativas para apoyar el adecuado
      cumplimiento de las funciones del CIDEA Municipal.
   n. Desempeñar las demás funciones que resulten como parte de la naturaleza
      de su cargo.

Parágrafo: La condición de Coordinador (a) de la Secretaría Técnica no evade la
participación activa en las Comisiones de Trabajo.

ARTÍCULO 18. FUNCIONES DEL SECRETARIO (A). Son funciones del o la
Secretario (a) las siguientes:

   a. Actuar como secretario de la Secretaría Técnica y del CIDEA Municipal.
   b. Elaborar las actas de las reuniones y validarlas con su firma.
   c. Diligenciar, mantener actualizados y custodiar los libros de actas que deban
      llevarse en el CIDEA Municipal, así como los registros de sus miembros.
   d. Tramitar la correspondencia y demás documentos.
   e. Informar regularmente al Coordinador de todos los documentos dirigidos al
      CIDEA Municipal, y acusar oportunamente su recibo.
   f. Citar a los miembros a las reuniones, especificando el día, la hora, el lugar y la
      agenda.
   g. Mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución de los
      documentos entregados a las respectivas comisiones.
   h. Entregar a su sucesor o en su defecto al coordinador del CIDEA Municipal,
      por riguroso inventario, todos los documentos, enseres y demás elementos a
      su cargo.
                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                             DESPACHO ALCALDE
                                                                   TRD: 1.02-10

   i. Expedir las certificaciones e informes que soliciten las autoridades o los
      particulares.
   j. Llamar a lista con el fin de verificar el quórum.
   k. Los demás funciones que le señale el CIDEA Municipal, la Secretaría
      Técnica, y las inherentes a la naturaleza de su cargo.

Parágrafo: La condición de Secretario (a) de la Secretaría Técnica no evade la
participación activa en las Comisiones de Trabajo.

ARTÍCULO 19. FUNCIONES DE LOS VOCALES. Son funciones de los Vocales las
siguientes:

   a. Constituirse como instancia de consulta y apoyo del CIDEA Municipal y de la
      Secretaría Técnica.
   b. Apoyar las actividades administrativas de la Secretaría Técnica.
   c. Hacer las sugerencias necesarias para asegurar el fortalecimiento y
      funcionamiento del CIDEA Municipal.
   d. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que surjan de las
      reuniones del CIDEA Municipal.
   e. Los demás funciones que le señale el CIDEA Municipal, la Secretaría
      Técnica, y las inherentes a la naturaleza de su cargo.

Parágrafo: La condición de Vocal de la Secretaría Técnica no evade la participación
activa en las Comisiones de Trabajo.

ARTÍCULO 20. ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO. Las
Comisiones de trabajo de los CIDEA Municipales son elementos de organización
interna que permiten un contacto más estrecho entre los miembros de cara a un
mejor cumplimiento de los objetivos del Comité Interinstitucional de Educación
Ambiental, como órganos operativos del CIDEA Municipal, las Comisiones de
Trabajo cumplirán las siguientes funciones:

   a.   Elegir por merito un Líder de la función o actividad a desarrollar.
   b.   Las que el CIDEA Municipal en pleno les asigne.
   c.   Las que surjan de su condición de miembros del CIDEA Municipal.
   d.   Las funciones y actividades que vayan a realizar las Comisiones de Trabajo
        se plasmarán en un acta de compromiso que contendrá entre otros los
        siguientes puntos:

                     funcionarios comprometidos,
                                    “TODOS POR DAGUA”
                   Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

                    tema específico a desarrollar,
                    actividades y cronograma a llevar a cabo.

   e. Todo producto resultado de la actividad desarrollada por las Comisiones de
      Trabajo, deberá ser validado y sustentado ante el CIDEA Municipal en
      pleno, el cual avalará su utilización y divulgación.

ARTÍCULO 21. GRUPOS ASESORES. Los miembros del CIDEA Municipal podrán
conformar grupos asesores externos ad hoc (para un fin determinado) para el mejor
cumplimiento de sus funciones, cuyos nombres serán certificados por escrito ante la
Secretaría Técnica por los respectivos miembros, previo concepto del Coordinador.

Parágrafo. Los asesores externos ad hoc podrán asistir a las deliberaciones del
CIDEA Municipal y de las Comisiones de Trabajo y tendrán derecho a voz previa
autorización del presidente de la reunión en cada caso.

                         CAPÍTULO V
RELACIONES CON EL ENTORNO Y PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS ANTE
  COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 22. CON EL GOBIERNO. En su calidad de Comité Interinstitucional,
liderada por la mayor autoridad del gobierno municipal mediante delegación, el
CIDEA Municipal propondrá relaciones de mutua colaboración con las instituciones
públicas de los ámbitos local, regional y nacional, de carácter centralizado o
descentralizado, en relación al intercambio y la transferencia de información y de
gestión y acción conjunta en beneficio del desarrollo de la Educación Ambiental en el
municipio. En este sentido, las relaciones se someterán a las normas y protocolos
que rigen las relaciones entre los diversos órganos del Estado, según jerarquías y
dignidades.

ARTÍCULO 23. CON LA SOCIEDAD. En conformidad con sus funciones de
planificación, seguimiento y evaluación del desarrollo de la Educación Ambiental en
el municipio, el CIDEA Municipal tendrá en cuenta el carácter multiétnico y
multicultural del pueblo colombiano y procurará la satisfacción de las necesidades de
Educación Ambiental en contextos específicos. Recibirá de la sociedad en general,
propuestas pertinentes y acogerá iniciativas que cualifiquen sus funciones y aporten
a la consecución de sus objetivos. La información de interés general que de sus
acciones se genere, tanto como la que reciba, se pondrá a disposición del público en
general cuando la Secretaría Técnica lo disponga.

                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
                            Email. alcaldedagua@hotmail.com
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                   ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

ARTÍCULO 24. CON LA COMUNIDAD ORGANIZADA Y CON LAS
ORGANIZACIONES PRIVADAS. El CIDEA Municipal, propondrá relaciones
eficientes y eficaces con la Comunidad Organizada y las Organizaciones Privadas,
en las que espera encontrar aliados fuertes, que aporte a la consecución de sus
Objetivos y a las que espera servir estableciendo relaciones de respeto, solidaridad y
mutua colaboración.

ARTÍCULO 25. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. Todo documento que
presente el gobierno municipal, las instituciones miembros del CIDEA Municipal o los
particulares para información o discusión del Comité o de sus Comisiones de
Trabajo, deberá ser radicado previamente en la Secretaría Técnica, donde
permanecerán para consulta pública.

ARTÍCULO 26. REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS APROBADOS. Ningún
documento o ponencia se convertirá en documento oficial del CIDEA Municipal sin el
lleno de los requisitos o condiciones siguientes:

          a. Haber sido repartido oficial y previamente a todos los miembros del
             CIDEA Municipal y de las Comisiones competentes.
          b. Haber sido debidamente aprobado.

ARTÍCULO 27. DESIGNACIÓN DE PONENTE EN LAS REUNIONES. La
Secretaría Técnica designará ponentes sobre un documento o partes del mismo
para iniciar debates en reuniones ordinarias o extraordinarias. Hecha la ponencia y
ajustado el documento a la discusión, se adoptará como documento oficial por
mayoría de votos. Los documentos oficiales del CIDEA Municipal deben estar
firmados por lo menos por el Coordinador y el Secretario.

ARTÍCULO 28. OBSERVACIONES A DOCUMENTOS. Toda persona, natural o
jurídica, podrá presentar observaciones sobre cualquier documento, una vez sea
socializado con la sociedad en general. Las observaciones escritas deben ser
dirigidas a la Secretaría Técnica y las verbales expuestas en reunión del CIDEA
Municipal, previa invitación del ciudadano.

                         CAPÍTULO VI
RÉGIMEN DE LAS REUNIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL
                   DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO 29. ACTAS. De toda sesión formal del CIDEA Municipal en pleno, se
levantará el acta respectiva, la cual contendrá una relación sucinta de los temas
                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                   ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

debatidos. Abierta la sesión, el Coordinador someterá a discusión, el acta de la
sesión anterior, puesta previamente en conocimiento de los miembros del Comité.
Se insertarán en el acta siguiente las modificaciones y observaciones que hayan sido
aprobadas.

ARTÍCULO 30. ASUNTOS A CONSIDERARSE EN EL ORDEN DEL DÍA. La
Secretaría Técnica fijará el orden del día de las reuniones. Los temas incluidos en el
orden del día pueden ser:
                         a. Llamada a lista.
                         b. Consideración y aprobación del acta anterior.
                         c. Lo que indique el orden del día
                         d. Lo que propongan sus miembros.

ARTÍCULO 31. ALTERACIÓN: El Orden del Día de las reuniones puede ser
alterado por decisión del CIDEA Municipal a propuesta de alguno de sus miembros.

ARTÍCULO 32. CLASES DE REUNIONES. Las reuniones del CIDEA Municipal y de
las Comisiones son privadas. Las reuniones pueden ser ordinarias o extraordinarias.

   a. Son reuniones ordinarias, las que se efectúan por derecho propio durante
      los días previstos en la agenda, cada mes a partir de la adopción el presente
      Reglamento.
   b. Son reuniones extraordinarias, las que son convocadas por el Coordinador
      de la Secretaría Técnica o por el diez por ciento (10%) de los miembros del
      CIDEA Municipal.

ARTÍCULO. 33. PUBLICIDAD Y OFICINA DE PRENSA. El CIDEA Municipal
designará como responsable de prensa y comunicaciones, para informar
permanentemente a la comunidad sobre sus conceptos y actividades, al miembro
que haga las veces de Secretario (a).

ARTÍCULO 34. INICIACIÓN DE LA SESIÓN. Verificado el quórum, el Coordinador
del CIDEA Municipal declarará abierta la sesión. Las excusas por inasistencia serán
entregadas al Secretario (a).

ARTÍCULO 35. QUÓRUM Y MAYORÍAS. CONCEPTO Y CLASES. El quórum es el
número mínimo de miembros asistentes que se requieren en el CIDEA Municipal
para poder sesionar.


                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

   a. Quórum deliberatorio. Para deliberar sobre cualquier asunto se requiere la
      presencia de por lo menos el veinte por ciento (20%) de los miembros del
      CIDEA Municipal.
   b. Quórum decisorio. Para decidir sobre cualquier asunto se requiere de la
      asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros del CIDEA
      Municipal. Las decisiones se tomarán por la mayoría absoluta de los
      asistentes.

ARTÍCULO 36. QUÓRUM SUPLETORIO. Si pasada una hora de haber sido
convocada la reunión y no están presentes la mitad más uno de los miembros,
serán válidas las decisiones adoptadas con quórum supletorio, el que se integrará
con la asistencia del veinticinco por ciento (25 %) de los miembros.

Parágrafo. Se exceptúa del quórum supletorio las decisiones relacionadas con la
modificación del presente Reglamento.

Parágrafo Transitorio. Si después de dos convocatorias para adoptar el
Reglamento del CIDEA Municipal, no se constituye el quórum decisorio, el presente
Reglamento sin modificaciones se podrá adoptar por los miembros asistentes. Sus
modificaciones solamente procederán en reuniones debidamente convocadas por lo
menos con ocho días de anticipación y con el propósito específico de modificación, a
las cuales deberá asistir la mitad más uno de los miembros.

ARTÍCULO 37. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ELECCIÓN. En las elecciones
que se efectúen en el CIDEA Municipal se adelantará el siguiente procedimiento:

   a. Postulación de los candidatos:
              cualquier miembro puede ser postulado por otro miembro o grupo de
              miembros, incluso auto-postularse.
              El postulante deberá argumentar ante el CIDEA Municipal en pleno,
              sus cualidades para cumplir con los objetivos de la elección
   b. Se define si la votación será reservada o manifiesta, el Secretario llamará a
      lista, y cada uno de los miembros votará por el procedimiento que haya
      decidido el CIDEA Municipal en cada caso.
   c. El Secretario contará e informará el resultado de la votación, que se incluirá
      en el acta.

                            CAPÍTULO VII
           CRITERIO PARA LOS MIEMBROS DEL COMITÉ TÉCNICO
            INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
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                   ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

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                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10



ARTÍCULO 38. CALIDADES. Para ser miembro del CIDEA Municipal se requiere
pertenecer a una institución u organización pública, privada o comunitaria, que por
responsabilidad social o legal asuma el participar activamente en el desarrollo de la
Educación Ambiental del municipio. La institución miembro del CIDEA Municipal
deberá formalizar su participación mediante carta con membrete, dirigida al Alcalde
Municipal y firmada por el representante legal. En ella deberá expresar su intención
de formar parte del Comité, el nombre de sus delegados (principal y suplente), su
rol, dignidad o cargo en la institución, su número de documento de identidad, y los
teléfonos y direcciones de contacto.

ARTÍCULO 39. PERÍODO. La pertenencia al CIDEA Municipal es permanente.

ARTÍCULO 40. COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD. Sus miembros deberán
actuar consultando la justicia y el bien común. Son por consiguiente responsables
ante la sociedad y frente a sus instituciones en el cumplimiento de las obligaciones
propias de su investidura.

ARTÍCULO 41. DERECHOS. Son derechos de los miembros:

   a. Elegir y ser elegido en los órganos y responsabilidades propias del CIDEA
      Municipal.
   b. Asistir con voz y voto a las reuniones del CIDEA Municipal y a las Comisiones
      en las que haga parte, y con voz en las demás Comisiones.
   c. Formar parte de una Comisión.
   d. Recibir oportunamente la información requerida para el cumplimiento de sus
      funciones.
   e. Los demás que señalen las normas legales y el presente Reglamento.

ARTÍCULO 42. DEBERES. Son deberes de los miembros:

   a. Asistir a las reuniones del CIDEA Municipal y de las Comisiones de las cuales
      forme parte.
   b. Respetar el Reglamento, el orden, la disciplina y la cortesía.
   c. Abstenerse de invocar su condición de miembro del CIDEA Municipal para
      obtener algún provecho personal.
   d. Poner en conocimiento de la Secretaría Técnica las situaciones de carácter
      moral o económico que a su juicio lo inhiban para participar en el trámite de
      los asuntos sometidos a su consideración.
   e. Cumplir con las funciones para las cuales sea designado.
                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
                            Email. alcaldedagua@hotmail.com
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                   ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

                                                                  VERSION
                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10



ARTÍCULO 43. FALTAS. Son faltas de los miembros:

   a. El desconocimiento a los deberes que impone este Reglamento.
   b. El cometer actos de desorden e irrespeto en el recinto de reuniones.
   c. No cumplir con los compromisos en los plazos señalados, salvo excusa
      legítima.

ARTÍCULO 44. INASISTENCIA. Con el fin de garantizar y controlar la asistencia de
los miembros al CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica llevará un control de
asistencia. Al finalizar el año, se presentaran en reunión los registros de asistencia.

ARTÍCULO 45. VACANCIAS. Se presentará falta absoluta de los miembros del
CIDEA Municipal en los siguientes eventos:

   a. Por muerte
   b. Por renuncia
   c. Por incapacidad física permanente certificada y aceptada por la Secretaría
      Técnica
   d. Por ausencia a más de tres reuniones ordinarias consecutivas, o más de
      cinco en cualquier tiempo sin justa causa

Parágrafo 1: Las instituciones miembros del CIDEA Municipal están en la obligación
de sustituir los delegados que por cualquiera razón dejen de asistir a las reuniones.
La no asignación de delegado, será causal de la pérdida de la calidad de miembro
del CIDEA Municipal.

Parágrafo 2: Los miembros institucionales que decidan dejar de pertenecer al
CIDEA Municipal, deberán solicitar su retiro mediante carta explicativa, dirigida al
Alcalde Municipal.

ARTÍCULO 46. DELEGACIÓN. Los delegados al CIDEA Municipal no podrán
delegar a su vez su participación.

ARTÍCULO 47. CONFLICTO DE INTERESES. Cualquier miembro del CIDEA
Municipal por decisión propia podrá declararse impedido para conocer, rendir
ponencia o votar sobre algún asunto que considere genera un conflicto de interés.
Caso en el cual, lo hará saber a la Secretaría Técnica, para que esta tome las
medidas del caso. El Secretario (a) dejará constancia del hecho en un acta.

                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
                            Email. alcaldedagua@hotmail.com
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                   ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA                    CÓDIGO:

                                                                  VERSION
                            DESPACHO ALCALDE
                                                                  TRD: 1.02-10

ARTICULO 48. INCLUSIÓN DE NUEVOS MIEMBROS AL CIDEA MUNICIPAL. El
CIDEA Municipal, convocará a instituciones públicas y privadas que por
responsabilidad social u obligación legal o, que por vocación de servicio se
relacionen de manera directa o indirecta con el desarrollo de la Educación Ambiental,
para que se sumen a la institucionalidad que conforma el CIDEA Municipal, por lo
menos una vez al año. Su inclusión se legitimará con su presentación formal el
reunión ordinaria.

ARTÍCULO 49. Todos aquellos aspectos no previstos en el presente reglamento,
serán resueltos por el CIDEA Municipal en sesión realizada para tal efecto.

ARTICULO 50. El presente Reglamento deberá ser revisado por lo menos cada
cuatro años a fin de actualizarlo y adecuarlo a los cambios que se presenten.

ARTÍCULO 51. APROBACIÓN Y VIGENCIA. El presente reglamento se adoptará
una vez leído y aprobado en reunión ordinaria del CIDEA Municipal.

El Presente Reglamento fue aprobado en Dagua (Valle) a los veintidós (22) días
del mes de Junio de 2011.



                                       FIRMAS

                                COORDINADOR (A)

                                 SECRETARIO (A)

                                VOCAL (VOCALES)


SE ANEXA ACTA DE LA SESIÓN DE APROBACIÓN




                                   “TODOS POR DAGUA”
                  Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136
                            Email. alcaldedagua@hotmail.com

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  • 1. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 REGLAMENTO GENERAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CIDEA MUNICIPAL DE DAGUA - VALLE DEL CAUCA El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental – CIDEA Municipal, del Municipio de Dagua, Departamento del Valle del Cauca. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º: NATURALEZA. El Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental - CIDEA del Municipio de Dagua es una instancia operativa de la Administración Municipal conformada para fortalecer el desarrollo de la educación ambiental en el ámbito municipal, de conformidad al Artículo N° 4 del Decreto Municipal N° 046 de mayo 13 de 2011 del municipio de Dagua y se organizará y funcionará de acuerdo con el presente reglamento. ARTÍCULO 2º. PRINCIPIOS DE INTERPRETACIÓN. En la interpretación y aplicación del presente reglamento, se tendrán en cuenta los siguientes principios: a. Celeridad en los procedimientos. Para impulsar el desarrollo de las labores del Comité. b. Corrección formal de los procedimientos. Su objeto es evitar los vicios de procedimiento que sean corregibles, para garantizar el objetivo de las reuniones, los derechos de los miembros y el ordenamiento de las discusiones y las votaciones. c. Regla de las mayorías. Toda decisión debe reflejar la voluntad de las mayorías presentes en las reuniones. d. Regla de las minorías. El Reglamento debe garantizar el derecho de las minorías a ser representadas, a participar y a expresar sus puntos de vista. ARTÍCULO 3. FUENTES DE INTERPRETACIÓN. Cuando en el presente Reglamento no se encuentre disposición aplicable, se acudirá a lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, la ley 70 de 1993, la Política Nacional de Educación Ambiental, la ley 99 de 1993, la ley 115 de 1994, y/o sus normas reglamentarias y complementarias, y demás normas atinentes a la educación ambiental. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 2. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 ARTÍCULO 4. JERARQUÍA DE LA CONSTITUCIÓN. En caso de incompatibilidad entre la Constitución y este Reglamento, se aplicarán las disposiciones constitucionales. ARTÍCULO 5. JERARQUÍA DEL REGLAMENTO. En el desarrollo y aplicación de este Reglamento se entenderá como vicio de procedimiento la celebración de toda reunión de miembros que, con el propósito de ejercer las funciones propias del CIDEA Municipal, se efectúe por fuera de las condiciones estipuladas en el presente reglamento. CAPÍTULO II DE LA INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 6. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL. De conformidad con la Política Nacional de Educación Ambiental, deben formar parte del CIDEA Municipal: los entes territoriales, los sectores más representativos del municipio, en este sentido, el Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental estará conformado por: a. El Alcalde Municipal o su delegado b. El Gerente de Desarrollo Social y Comunitario o su delegado c. El Gerente de Planeación Municipal o su delegado d. El Director Territorial de la CVC DAR Pacifico Este o su delegado. e. El Gerente Comercial de la EPSA o su delegado f. El Gerente Comercial de Acuavalle o su delegado g. El Jefe de división Comercial de Dagua Limpia o su delegado h. El Gerente del Hospital José Rufino Vivas o su delegado i. El representante de la Tecnología en Recursos Naturales del Sena j. El delegado del Comité de Cafeteros k. El representante legal de las Asociaciones comunitarias o su delegado l. Los delegados de las Instituciones Educativas Oficiales y no oficiales m. El delegado de la Policía Ambiental n. Organismos de Socorro (Defensa Civil, Bomberos) o. El coordinador del Comité Local de Prevención y atención de desastres (CLOPAD) o su delegado p. El coordinador de la UMATA o su delegado q. Representante del Grupo de apoyo a la gestión educativa municipal (GAGEM) r. El representante legal de empresas del sector productivo o su delegado “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 3. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 Ser miembro del Comité es: a. Estar comprometido con el desarrollo de la Educación Ambiental en el municipio b. Entender y actuar bajo el principio de que el presente y el futuro son responsabilidad de todas y todos y se construye colectivamente. c. Colocar el interés público y general por encima del interés individual y particular. d. Fomentar orgánicamente y con la sociedad la construcción y la implementación de los planes municipales de Educación Ambiental. Todos los miembros tendrán derecho a voz y voto. Parágrafo 1: A excepción del delegado del alcalde municipal, los delegados de las instituciones públicas deberán ser funcionarios de carrera administrativa y respectivamente acreditado por su superior, mediante carta de delegación. Parágrafo 2: Cada representante deberá ser delegado formalmente por la institución o la organización que representa. Parágrafo 3: Serán entidades de apoyo del CIDEA Municipal todas las instituciones públicas y privadas, sin ánimo de lucro, sociedad civil organizada, gremios productivos y demás que estén relacionadas con la Educación Ambiental por interés particular o por obligaciones legales o sociales. Parágrafo 4. Pueden participar de las reuniones del CIDEA Municipal con derecho a voz pero sin voto, todas aquellas personas, naturales y jurídicas, que según el criterio de la Secretaría Técnica deban ser escuchadas, especialmente aquellas que estén relacionadas con sectores que, por razones de deficiencia organizativa o similares, no estén participando en el Comité. ARTÍCULO 7. SEDE DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL. El CIDEA Municipal tiene su sede en el municipio de Dagua, en la oficina de Desarrollo social y comunitario de la Alcaldia de Dagua. No obstante podrá sesionar en otro lugar si así lo autorizan la mayoría de sus miembros. CAPÍTULO III MISIÓN, VISIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 8. MISIÓN. El Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental – CIDEA Municipal es una organización que orienta las acciones de cultura y educación ambiental mediante la estrategia del trabajo en equipo, para la aplicación “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 4. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 de políticas y estrategias establecidas según la normatividad vigente y las construidas desde el Cidea. El Cidea se concibe como una organización horizontal con principios de trabajo en equipo. ARTÍCULO 9. VISIÓN. Al año 2016 el Comité Técnico Interinstitucional De Educación Ambiental – CIDEA de Dagua será el Comité modelo a nivel departamental y regional, se habrá consolidado como una organización que orienta, asesora, y cualifica a los actores sociales en la educación ambiental y contribuye a contextualizar las situaciones ambientales en el municipio de Dagua. ARTÍCULO 10. OBJETIVOS. Son objetivos del CIDEA Municipal: a. Diseñar, asesorar, orientar, acompañar y evaluar el Plan de Educación Ambiental del Municipio atendiendo los intereses y necesidades de las respectivas instituciones. ARTÍCULO 11. FUNCIONES. Son funciones del CIDEA Municipal: a. Coordinar las acciones intersectoriales e interinstitucionales en torno al desarrollo de la educación ambiental en el Municipio. b. Gestionar la inclusión de la educación ambiental en los instrumentos de planificación del Municipio (Plan de Desarrollo del Municipio, Plan Básico de Ordenamiento Territorial) y en los Planes de Desarrollo de cada una de las instituciones que hacen parte del CIDEA Municipal. c. Motivar para que se incluya la educación ambiental en el Plan de educación Municipal y en las demás instancias pertinentes en asuntos ambientales del Municipio. d. Impulsar, asesorar, y apoyar los Proyectos Ambientales Escolares - PRAES y los Proyectos Ciudadanos de Educación Ambiental – PROCEDAS en sus propuestas de capacitación – formación, investigación, trabajos interdisciplinarios, de proyección comunitaria y comunicación, información. e. Fomentar y apoyar eventos de educación ambiental en el Municipio. f. Darse su Reglamento interno de organización y funcionamiento, designar su Secretaría Técnica y sus Comisiones de Trabajo, y aprobar sus actas y documentos. g. Construir su Plan de Acción Anual. h. Aprobar las proposiciones, documentos, observaciones y constancias que surjan de las discusiones de las reuniones. i. Definir las Comisiones que requiera el Comité para su funcionamiento. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 5. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 j. Solicitar al Gobierno Municipal, Departamental o Nacional los informes que necesite para el cumplimiento de sus funciones. k. Divulgar y publicar sus conceptos, decisiones, criterios y actividades. l. Las demás que resulten de su naturaleza y su calidad de instancia interinstitucional, para el desarrollo de la Educación Ambiental en los ámbitos municipales. ARTÍCULO 12. REUNIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL. Ordinariamente el Comité debe reunirse por lo menos una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocado por su coordinador. CAPÍTULO IV OPERACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 13. EXISTENCIA. El funcionamiento del Comité Técnico Interinstitucional de Educación Ambiental será de carácter permanente. ARTÍCULO 14. COMPOSICIÓN Y PERÍODO. El CIDEA Municipal tendrá una Secretaría Técnica como un órgano administrador, responsable de facilitar su buen funcionamiento, el cual debe reflejarse en el cumplimiento de las funciones asignadas y Comisiones de Trabajo como órganos operativos responsables de actividades específicas. La Secretaría Técnica será designada por un período de dos años y compuesta por un Coordinador y un Secretario, además de entre 1 y 5 Vocales dependiendo del número de instituciones miembros. El Coordinador será en todos los casos el Delegado de la Alcaldía Municipal, los demás miembros serán elegidos entre los miembros del Comité por postulación y votación en Reunión Ordinaria. Las personas elegidas deben ser interlocutores habituales de los demás miembros y estar dotadas, por tanto, de credibilidad entre ellos y tener disponibilidad de tiempo para participar en las actividades propias del Comité. En el caso de cese de alguno de los miembros, deberá ser sustituido con celeridad. Las Comisiones de Trabajo serán asignadas por el CIDEA Municipal en pleno, en reunión ordinaria o extraordinaria, por el periodo que deba durar la consecución del objetivo para la que fueron creadas. Su número de miembros dependerá del objetivo mismo para la que se creen. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 6. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 Parágrafo: Los miembros de la Secretaría Técnica no son empleados del CIDEA Municipal, sino sus líderes más destacados, por lo tanto el ser elegido como miembro de la Secretaria Técnica no constituye remuneración alguna. Empero, una vez consolidado el CIDEA Municipal, se podrá crear una planta de personal operativo (secretaria y mensajero) como apoyo a las funciones de la Secretaría Técnica. En este caso se añadirá un apéndice o adenda sobre cargos y funciones de personal operativo al presente Reglamento, el cual deberá ser aprobado en reunión ordinaria del CIDEA Municipal. ARTÍCULO 15. ATRIBUCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA. Como órgano de orientación y coordinación del CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica cumplirá las siguientes funciones: a. Adoptar las decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor organización interna, en orden a una eficiente labor administrativa y organizacional. b. Solicitar al gobierno municipal los apoyos de carácter logístico y administrativo que se requiera para el correcto funcionamiento del Comité. c. Determinar la composición de las Comisiones con que operara el Comité. d. Vigilar el funcionamiento de las Comisiones y velar por la oportuna realización de las actividades encomendadas. e. Autorizar la participación de los diversos sectores en las reuniones que se programen. f. Resolver y decidir sobre los vacíos y conflictos de interpretación del presente Reglamento. g. Establecer la Agenda de Trabajo, para el cumplimiento del Plan de Acción Anual. h. Presentar al Comité en pleno un informe de actividades anualmente y una propuesta de actividades para el Plan de Acción del año siguiente. ARTÍCULO 16. REUNIONES. La Secretaría Técnica se reunirá por derecho propio o por convocatoria del Coordinador por lo menos dos veces al mes. ARTÍCULO 17. FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DE LA SECRETARÍA TÉCNICA. Corresponderá al Coordinador el ejercicio de las siguientes funciones: a. Actuar como coordinador del CIDEA Municipal y de su Secretaría Técnica. b. Convocar, coordinar y dirigir las reuniones del CIDEA Municipal. c. Abrir, cerrar, instalar y clausurar las reuniones del CIDEA Municipal. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 7. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 d. Propiciar que los miembros que conforman el CIDEA Municipal concurran puntualmente a las reuniones, requiriendo con apremio sí fuere el caso la presencia de los ausentes que no estén debidamente excusados. e. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento y mantener el orden interno. f. Ordenar el reparto de los documentos que se presenten para el trabajo del CIDEA Municipal y de sus Comisiones. g. Suscribir las actas y documentos que se aprueben en las reuniones. h. Llevar, con la Secretaría Técnica, la representación del CIDEA Municipal ante los organismos y las ramas del poder público y ante la Sociedad Civil. i. Designar las Comisiones temporales que demande el trabajo del CIDEA Municipal, buscando un adecuado equilibrio intersectorial e interinstitucional. j. Suscribir las comunicaciones oficiales que emita el CIDEA Municipal. k. Coordinar el trabajo y las buenas relaciones entre sus miembros, estableciendo los vínculos de comunicación necesarios para un eficaz trabajo. l. Determinar la celebración de reuniones extraordinarias. m. Desempeñar las funciones administrativas para apoyar el adecuado cumplimiento de las funciones del CIDEA Municipal. n. Desempeñar las demás funciones que resulten como parte de la naturaleza de su cargo. Parágrafo: La condición de Coordinador (a) de la Secretaría Técnica no evade la participación activa en las Comisiones de Trabajo. ARTÍCULO 18. FUNCIONES DEL SECRETARIO (A). Son funciones del o la Secretario (a) las siguientes: a. Actuar como secretario de la Secretaría Técnica y del CIDEA Municipal. b. Elaborar las actas de las reuniones y validarlas con su firma. c. Diligenciar, mantener actualizados y custodiar los libros de actas que deban llevarse en el CIDEA Municipal, así como los registros de sus miembros. d. Tramitar la correspondencia y demás documentos. e. Informar regularmente al Coordinador de todos los documentos dirigidos al CIDEA Municipal, y acusar oportunamente su recibo. f. Citar a los miembros a las reuniones, especificando el día, la hora, el lugar y la agenda. g. Mantener organizado y actualizado un registro de entrega y devolución de los documentos entregados a las respectivas comisiones. h. Entregar a su sucesor o en su defecto al coordinador del CIDEA Municipal, por riguroso inventario, todos los documentos, enseres y demás elementos a su cargo. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 8. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 i. Expedir las certificaciones e informes que soliciten las autoridades o los particulares. j. Llamar a lista con el fin de verificar el quórum. k. Los demás funciones que le señale el CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica, y las inherentes a la naturaleza de su cargo. Parágrafo: La condición de Secretario (a) de la Secretaría Técnica no evade la participación activa en las Comisiones de Trabajo. ARTÍCULO 19. FUNCIONES DE LOS VOCALES. Son funciones de los Vocales las siguientes: a. Constituirse como instancia de consulta y apoyo del CIDEA Municipal y de la Secretaría Técnica. b. Apoyar las actividades administrativas de la Secretaría Técnica. c. Hacer las sugerencias necesarias para asegurar el fortalecimiento y funcionamiento del CIDEA Municipal. d. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que surjan de las reuniones del CIDEA Municipal. e. Los demás funciones que le señale el CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica, y las inherentes a la naturaleza de su cargo. Parágrafo: La condición de Vocal de la Secretaría Técnica no evade la participación activa en las Comisiones de Trabajo. ARTÍCULO 20. ATRIBUCIONES DE LAS COMISIONES DE TRABAJO. Las Comisiones de trabajo de los CIDEA Municipales son elementos de organización interna que permiten un contacto más estrecho entre los miembros de cara a un mejor cumplimiento de los objetivos del Comité Interinstitucional de Educación Ambiental, como órganos operativos del CIDEA Municipal, las Comisiones de Trabajo cumplirán las siguientes funciones: a. Elegir por merito un Líder de la función o actividad a desarrollar. b. Las que el CIDEA Municipal en pleno les asigne. c. Las que surjan de su condición de miembros del CIDEA Municipal. d. Las funciones y actividades que vayan a realizar las Comisiones de Trabajo se plasmarán en un acta de compromiso que contendrá entre otros los siguientes puntos: funcionarios comprometidos, “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 9. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 tema específico a desarrollar, actividades y cronograma a llevar a cabo. e. Todo producto resultado de la actividad desarrollada por las Comisiones de Trabajo, deberá ser validado y sustentado ante el CIDEA Municipal en pleno, el cual avalará su utilización y divulgación. ARTÍCULO 21. GRUPOS ASESORES. Los miembros del CIDEA Municipal podrán conformar grupos asesores externos ad hoc (para un fin determinado) para el mejor cumplimiento de sus funciones, cuyos nombres serán certificados por escrito ante la Secretaría Técnica por los respectivos miembros, previo concepto del Coordinador. Parágrafo. Los asesores externos ad hoc podrán asistir a las deliberaciones del CIDEA Municipal y de las Comisiones de Trabajo y tendrán derecho a voz previa autorización del presidente de la reunión en cada caso. CAPÍTULO V RELACIONES CON EL ENTORNO Y PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS ANTE COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 22. CON EL GOBIERNO. En su calidad de Comité Interinstitucional, liderada por la mayor autoridad del gobierno municipal mediante delegación, el CIDEA Municipal propondrá relaciones de mutua colaboración con las instituciones públicas de los ámbitos local, regional y nacional, de carácter centralizado o descentralizado, en relación al intercambio y la transferencia de información y de gestión y acción conjunta en beneficio del desarrollo de la Educación Ambiental en el municipio. En este sentido, las relaciones se someterán a las normas y protocolos que rigen las relaciones entre los diversos órganos del Estado, según jerarquías y dignidades. ARTÍCULO 23. CON LA SOCIEDAD. En conformidad con sus funciones de planificación, seguimiento y evaluación del desarrollo de la Educación Ambiental en el municipio, el CIDEA Municipal tendrá en cuenta el carácter multiétnico y multicultural del pueblo colombiano y procurará la satisfacción de las necesidades de Educación Ambiental en contextos específicos. Recibirá de la sociedad en general, propuestas pertinentes y acogerá iniciativas que cualifiquen sus funciones y aporten a la consecución de sus objetivos. La información de interés general que de sus acciones se genere, tanto como la que reciba, se pondrá a disposición del público en general cuando la Secretaría Técnica lo disponga. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 10. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 ARTÍCULO 24. CON LA COMUNIDAD ORGANIZADA Y CON LAS ORGANIZACIONES PRIVADAS. El CIDEA Municipal, propondrá relaciones eficientes y eficaces con la Comunidad Organizada y las Organizaciones Privadas, en las que espera encontrar aliados fuertes, que aporte a la consecución de sus Objetivos y a las que espera servir estableciendo relaciones de respeto, solidaridad y mutua colaboración. ARTÍCULO 25. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. Todo documento que presente el gobierno municipal, las instituciones miembros del CIDEA Municipal o los particulares para información o discusión del Comité o de sus Comisiones de Trabajo, deberá ser radicado previamente en la Secretaría Técnica, donde permanecerán para consulta pública. ARTÍCULO 26. REQUISITOS DE LOS DOCUMENTOS APROBADOS. Ningún documento o ponencia se convertirá en documento oficial del CIDEA Municipal sin el lleno de los requisitos o condiciones siguientes: a. Haber sido repartido oficial y previamente a todos los miembros del CIDEA Municipal y de las Comisiones competentes. b. Haber sido debidamente aprobado. ARTÍCULO 27. DESIGNACIÓN DE PONENTE EN LAS REUNIONES. La Secretaría Técnica designará ponentes sobre un documento o partes del mismo para iniciar debates en reuniones ordinarias o extraordinarias. Hecha la ponencia y ajustado el documento a la discusión, se adoptará como documento oficial por mayoría de votos. Los documentos oficiales del CIDEA Municipal deben estar firmados por lo menos por el Coordinador y el Secretario. ARTÍCULO 28. OBSERVACIONES A DOCUMENTOS. Toda persona, natural o jurídica, podrá presentar observaciones sobre cualquier documento, una vez sea socializado con la sociedad en general. Las observaciones escritas deben ser dirigidas a la Secretaría Técnica y las verbales expuestas en reunión del CIDEA Municipal, previa invitación del ciudadano. CAPÍTULO VI RÉGIMEN DE LAS REUNIONES DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL ARTÍCULO 29. ACTAS. De toda sesión formal del CIDEA Municipal en pleno, se levantará el acta respectiva, la cual contendrá una relación sucinta de los temas “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 11. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 debatidos. Abierta la sesión, el Coordinador someterá a discusión, el acta de la sesión anterior, puesta previamente en conocimiento de los miembros del Comité. Se insertarán en el acta siguiente las modificaciones y observaciones que hayan sido aprobadas. ARTÍCULO 30. ASUNTOS A CONSIDERARSE EN EL ORDEN DEL DÍA. La Secretaría Técnica fijará el orden del día de las reuniones. Los temas incluidos en el orden del día pueden ser: a. Llamada a lista. b. Consideración y aprobación del acta anterior. c. Lo que indique el orden del día d. Lo que propongan sus miembros. ARTÍCULO 31. ALTERACIÓN: El Orden del Día de las reuniones puede ser alterado por decisión del CIDEA Municipal a propuesta de alguno de sus miembros. ARTÍCULO 32. CLASES DE REUNIONES. Las reuniones del CIDEA Municipal y de las Comisiones son privadas. Las reuniones pueden ser ordinarias o extraordinarias. a. Son reuniones ordinarias, las que se efectúan por derecho propio durante los días previstos en la agenda, cada mes a partir de la adopción el presente Reglamento. b. Son reuniones extraordinarias, las que son convocadas por el Coordinador de la Secretaría Técnica o por el diez por ciento (10%) de los miembros del CIDEA Municipal. ARTÍCULO. 33. PUBLICIDAD Y OFICINA DE PRENSA. El CIDEA Municipal designará como responsable de prensa y comunicaciones, para informar permanentemente a la comunidad sobre sus conceptos y actividades, al miembro que haga las veces de Secretario (a). ARTÍCULO 34. INICIACIÓN DE LA SESIÓN. Verificado el quórum, el Coordinador del CIDEA Municipal declarará abierta la sesión. Las excusas por inasistencia serán entregadas al Secretario (a). ARTÍCULO 35. QUÓRUM Y MAYORÍAS. CONCEPTO Y CLASES. El quórum es el número mínimo de miembros asistentes que se requieren en el CIDEA Municipal para poder sesionar. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 12. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 a. Quórum deliberatorio. Para deliberar sobre cualquier asunto se requiere la presencia de por lo menos el veinte por ciento (20%) de los miembros del CIDEA Municipal. b. Quórum decisorio. Para decidir sobre cualquier asunto se requiere de la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros del CIDEA Municipal. Las decisiones se tomarán por la mayoría absoluta de los asistentes. ARTÍCULO 36. QUÓRUM SUPLETORIO. Si pasada una hora de haber sido convocada la reunión y no están presentes la mitad más uno de los miembros, serán válidas las decisiones adoptadas con quórum supletorio, el que se integrará con la asistencia del veinticinco por ciento (25 %) de los miembros. Parágrafo. Se exceptúa del quórum supletorio las decisiones relacionadas con la modificación del presente Reglamento. Parágrafo Transitorio. Si después de dos convocatorias para adoptar el Reglamento del CIDEA Municipal, no se constituye el quórum decisorio, el presente Reglamento sin modificaciones se podrá adoptar por los miembros asistentes. Sus modificaciones solamente procederán en reuniones debidamente convocadas por lo menos con ocho días de anticipación y con el propósito específico de modificación, a las cuales deberá asistir la mitad más uno de los miembros. ARTÍCULO 37. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ELECCIÓN. En las elecciones que se efectúen en el CIDEA Municipal se adelantará el siguiente procedimiento: a. Postulación de los candidatos: cualquier miembro puede ser postulado por otro miembro o grupo de miembros, incluso auto-postularse. El postulante deberá argumentar ante el CIDEA Municipal en pleno, sus cualidades para cumplir con los objetivos de la elección b. Se define si la votación será reservada o manifiesta, el Secretario llamará a lista, y cada uno de los miembros votará por el procedimiento que haya decidido el CIDEA Municipal en cada caso. c. El Secretario contará e informará el resultado de la votación, que se incluirá en el acta. CAPÍTULO VII CRITERIO PARA LOS MIEMBROS DEL COMITÉ TÉCNICO INTERINSTITUCIONAL DE EDUCACIÓN AMBIENTAL “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 13. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 ARTÍCULO 38. CALIDADES. Para ser miembro del CIDEA Municipal se requiere pertenecer a una institución u organización pública, privada o comunitaria, que por responsabilidad social o legal asuma el participar activamente en el desarrollo de la Educación Ambiental del municipio. La institución miembro del CIDEA Municipal deberá formalizar su participación mediante carta con membrete, dirigida al Alcalde Municipal y firmada por el representante legal. En ella deberá expresar su intención de formar parte del Comité, el nombre de sus delegados (principal y suplente), su rol, dignidad o cargo en la institución, su número de documento de identidad, y los teléfonos y direcciones de contacto. ARTÍCULO 39. PERÍODO. La pertenencia al CIDEA Municipal es permanente. ARTÍCULO 40. COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD. Sus miembros deberán actuar consultando la justicia y el bien común. Son por consiguiente responsables ante la sociedad y frente a sus instituciones en el cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura. ARTÍCULO 41. DERECHOS. Son derechos de los miembros: a. Elegir y ser elegido en los órganos y responsabilidades propias del CIDEA Municipal. b. Asistir con voz y voto a las reuniones del CIDEA Municipal y a las Comisiones en las que haga parte, y con voz en las demás Comisiones. c. Formar parte de una Comisión. d. Recibir oportunamente la información requerida para el cumplimiento de sus funciones. e. Los demás que señalen las normas legales y el presente Reglamento. ARTÍCULO 42. DEBERES. Son deberes de los miembros: a. Asistir a las reuniones del CIDEA Municipal y de las Comisiones de las cuales forme parte. b. Respetar el Reglamento, el orden, la disciplina y la cortesía. c. Abstenerse de invocar su condición de miembro del CIDEA Municipal para obtener algún provecho personal. d. Poner en conocimiento de la Secretaría Técnica las situaciones de carácter moral o económico que a su juicio lo inhiban para participar en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración. e. Cumplir con las funciones para las cuales sea designado. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 14. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 ARTÍCULO 43. FALTAS. Son faltas de los miembros: a. El desconocimiento a los deberes que impone este Reglamento. b. El cometer actos de desorden e irrespeto en el recinto de reuniones. c. No cumplir con los compromisos en los plazos señalados, salvo excusa legítima. ARTÍCULO 44. INASISTENCIA. Con el fin de garantizar y controlar la asistencia de los miembros al CIDEA Municipal, la Secretaría Técnica llevará un control de asistencia. Al finalizar el año, se presentaran en reunión los registros de asistencia. ARTÍCULO 45. VACANCIAS. Se presentará falta absoluta de los miembros del CIDEA Municipal en los siguientes eventos: a. Por muerte b. Por renuncia c. Por incapacidad física permanente certificada y aceptada por la Secretaría Técnica d. Por ausencia a más de tres reuniones ordinarias consecutivas, o más de cinco en cualquier tiempo sin justa causa Parágrafo 1: Las instituciones miembros del CIDEA Municipal están en la obligación de sustituir los delegados que por cualquiera razón dejen de asistir a las reuniones. La no asignación de delegado, será causal de la pérdida de la calidad de miembro del CIDEA Municipal. Parágrafo 2: Los miembros institucionales que decidan dejar de pertenecer al CIDEA Municipal, deberán solicitar su retiro mediante carta explicativa, dirigida al Alcalde Municipal. ARTÍCULO 46. DELEGACIÓN. Los delegados al CIDEA Municipal no podrán delegar a su vez su participación. ARTÍCULO 47. CONFLICTO DE INTERESES. Cualquier miembro del CIDEA Municipal por decisión propia podrá declararse impedido para conocer, rendir ponencia o votar sobre algún asunto que considere genera un conflicto de interés. Caso en el cual, lo hará saber a la Secretaría Técnica, para que esta tome las medidas del caso. El Secretario (a) dejará constancia del hecho en un acta. “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com
  • 15. Página 1 de 1 ALCALDIA MUNICIPAL DE DAGUA CÓDIGO: VERSION DESPACHO ALCALDE TRD: 1.02-10 ARTICULO 48. INCLUSIÓN DE NUEVOS MIEMBROS AL CIDEA MUNICIPAL. El CIDEA Municipal, convocará a instituciones públicas y privadas que por responsabilidad social u obligación legal o, que por vocación de servicio se relacionen de manera directa o indirecta con el desarrollo de la Educación Ambiental, para que se sumen a la institucionalidad que conforma el CIDEA Municipal, por lo menos una vez al año. Su inclusión se legitimará con su presentación formal el reunión ordinaria. ARTÍCULO 49. Todos aquellos aspectos no previstos en el presente reglamento, serán resueltos por el CIDEA Municipal en sesión realizada para tal efecto. ARTICULO 50. El presente Reglamento deberá ser revisado por lo menos cada cuatro años a fin de actualizarlo y adecuarlo a los cambios que se presenten. ARTÍCULO 51. APROBACIÓN Y VIGENCIA. El presente reglamento se adoptará una vez leído y aprobado en reunión ordinaria del CIDEA Municipal. El Presente Reglamento fue aprobado en Dagua (Valle) a los veintidós (22) días del mes de Junio de 2011. FIRMAS COORDINADOR (A) SECRETARIO (A) VOCAL (VOCALES) SE ANEXA ACTA DE LA SESIÓN DE APROBACIÓN “TODOS POR DAGUA” Carrera 10 Nº 9-30 Tels 2450276 – 2450200 – 24501136 Email. alcaldedagua@hotmail.com