2. www.encap.edu.pe
La ejecución de obras y la garantía de la calidad del mismo, involucra una serie de aspectos que van desde la
planificación, logística, técnicos, administrativos, económicos y de seguridad, por lo cual exige capacidades y
competencias altas en los profesionales que forman parte de la ejecución de proyectos de ingeniería, de allí
que la residencia y supervisión sean cargos de gran responsabilidad. El desarrollo del presente Curso de
Especialización en Residencia y Supervisión de Obras busca desarrollar y fortalecer competencias,
habilidades y destrezas del profesional para asumir con alta capacidad y responsabilidad el cargo de residente
y/o supervisor de obra de acuerdo a los conocimientos técnicos, normas vigentes y garantizando la seguridad
y salud durante toda la ejecución del proyecto.
Descripción del curso :
Temario:
• Conceptos Básicos
• Responsables de la ejecución de una obra
• Responsabilidades y Delitos
• Requisitos para ejercer la carrera
• Residente de Obra
• Supervisor de Obra
6. www.encap.edu.pe
Según Anexo de definiciones de RLCE. Nº 30225
Anexo Único - Anexo de Definiciones
Una Obra requiere:
Expediente
Técnico
Dirección
Técnica
Residente
Supervisor
Mano de
Obra.
Materiales
y/o
Equipos
13. www.encap.edu.pe
Art. 59°.- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
Ejecución
Prepuestaria
Indirecta
Entidad
privada
Contrato
LCE y
Reglamento
Entidad
publica
Convenio
Definir
Norma
Ejecución
Presupuestaria
Directa
La Propia
Entidad
R.C. N° 195-88-CG
MODALIDADES DE
EJECUCIÓN
PRESUPUESTAL DE
OBRAS
16. www.encap.edu.pe
REQUISITOS A CUMPLIR
Los requisitos que debe cumplir la entidad para convocar a una obra por
contrata son:
Contar con Expediente de Contratación Aprobado.
Estar incluido en el Plan Anual de Contrataciones.
Expediente Técnico Aprobado.
Contar con Asignación Presupuestal.
Disponibilidad física del Terreno.
Declaratoria de Viabilidad.
Haber designado al comité de selección cuando corresponda.
Contar con los documentos del procedimiento de selección aprobados
que se publican con la convocatoria.
18. www.encap.edu.pe
La obra ejecutada por el tipo de ejecución presupuestaria directa, se
produce cuando una Unidad Ejecutora del Pliego, con su personal e
infraestructura, es el ejecutor directo de dicha Obra Publica.
DEFINICION
19. www.encap.edu.pe
Para fines del control gubernamental, y en el
marco de una ejecución técnica que garantice la
correcta, eficiente, eficaz y transparente utilización
y gestión de los recursos y bienes del estado, la
CGR verificará que tratándose de la Ejecución
Presupuestaria de Obra Publica (AD), las
entidades publicas cumplan, para cada Obra, con
los siguientes requisitos:
Informes: Técnico, Legal y Presupuestario
favorables de las unidades orgánicas
responsables que sustenten la capacidad de la
entidad publica para gestionar la Ejecución
Presupuestaria Directa (AD) de la respectiva
obra.
REQUISITOS A CUMPLIR
29. www.encap.edu.pe
Modalidad de
ejecución
Responsable de
la ejecución
Responsable de
la supervisión
Administración
directa
Ingeniero Residente
Ingeniero Inspector
(<170 UIT)
Supervisor de
obras
Contrata
Residente de obra
(Ingeniero o
Arquitecto)
Supervisor de obra
Inspector de obra
PROFESIONALES RESPONSABLES DE UNA OBRA
37. www.encap.edu.pe
Responsabilidades en la Función Pública (Sobre el manejo del
cuaderno de obra)
ADMINISTRATIVA: Cuando no registro de manera oportuna los acontecimiento
importantes del proyecto
CIVIL: Cuando registro una acción que no ha ocurrido y que ocasionara un pago a
la institución
PENAL: Aprobar por parte del supervisor un adicional de obra por vicios ocultos,
sin que esta
dificultad en obra haya ocurrido.
38. www.encap.edu.pe
Delitos más comunes en la función del Residente y Supervisor
de Obra (Sobre el manejo del cuaderno de obra)
COLUSION: Con pena privativa de libertad no menor de 3 ni mayor de 15 años. Ejemplo.
Cuando el residente y el Supervisor de manera concertada, registran en el cuaderno de obra
que la obra se ha concluido al 100%, sin que ello haya ocurrido de manera real
PECULADO: Con pena privativa de libertad no menor de 2 ni mayor de 8 años. Ejemplo.
Cuando se registra el ingreso de materiales a almacén de obra sin que el hecho haya
ocurrido, generando el pago al proveedor por la irreal entrega de los bienes registrados en el
cuaderno de obra.
MALVERSACION: Con pena privativa de libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.
Ejemplo. Cuando se registra el ingreso de materiales a almacén de obra sin que el hecho
haya ocurrido, generando el pago al proveedor por la irreal entrega de los bienes registrados
en el cuaderno de obra
40. www.encap.edu.pe
EJERCICIO LEGAL DE LA PROFESIÓN
(D.S. Nº 016-2008-VIVIENDA-Reglamento de Ley Nº28858)
REQUISITOS PARA EJERCER LA PROFESIÓN:
1. Titulo Profesional de Ingeniero.
2. Contar con Número del CIP.
3. Estar Habilitado por el CIP (según su
estatuto)
• Documentos suscritos por Ingenieros no
inscritos en el CIP y sin tener el Certificado
de Habilidad, no tendrán efecto
administrativo.
• Quien ejerce la profesión sin tales
requisitos, serán pasibles de la sanción
penal (Art. 363º del código Penal).
41. www.encap.edu.pe
Ejercicio Legal de la Profesión
(D.S. Nº 016-2008-VIVIENDA-Reglamento de Ley Nº 28858)
Art. 363 – CÓDIGO PENAL
Será reprimido de su libertad (1 a 4 años)
quien:
Sin tener título ejerce la profesión, o
Teniendo título, no reúne los
requisitos legales para ejercerlo.
43. www.encap.edu.pe
Actividad ejecutada para una empresa o contratista,
por un profesional de la ingeniería Colegiado o grupo
de profesionales y técnicos, coordinados igualmente
por un profesional de la ingeniería responsable de
dirigir la ejecución de una obra y cuya misión
primordial consiste en ejecutar la construcción de la
obra tal como se previó en los planos, especificaciones
y demás documentos del proyecto, salvo las
adaptaciones aprobadas que sean necesarias en
campo; de conformidad con el Presupuesto y el
proyecto de la Obra, las normas técnicas y de
seguridad, la ética y dentro de los límites
presupuestarios y contractuales programados.
RESIDENCIA DE OBRAS
44. www.encap.edu.pe
DEFINICION
El Ingeniero Residente es el Representante Técnico del Ejecutor de la Obra
(Contratista). Debe ser un Profesional de la Ingeniería (o Arquitectura), con los
conocimientos técnicos mínimos necesarios para velar por la adecuada ejecución
de la obra en concordancia con los Planos de Proyecto, con las normas Técnicas de
Construcción vigentes, con la Planificación estipulada para la ejecución y, en
general, con las condiciones acordadas legalmente con el Contratante de la obra
en cuestión.
Asimismo; es el encargado de la planificación, ejecución de la obra y de las
actividades de control, tales como calidad, organización del personal, actas,
mediciones, valuaciones y demás actos administrativos similares. En pocas
palabras, el Ingeniero Residente es el representante técnico del contratista en la
obra, encargado de su Planificación y Ejecución con la calidad esperada.
46. www.encap.edu.pe
ALCANCES MARCO LEGAL
Ley 30225: Ley de Contrataciones
con el Estado (DL 1444)
Reglamento N°344-2018-EF
Reglamento N°377-2019-EF
Articulo 179. Residente de Obra
RC N°195-98-CG: Normas que
regulan la Ejecución de las Obras
Publicas por Administración Directa
El profesional residente suele tener
simultáneamente la responsabilidad
técnica y administrativa de la obra, no
obstante, de acuerdo a la magnitud de la
obra, las funciones administrativas
pueden compartirse o asignarse a
personal de apoyo al residente.
50. www.encap.edu.pe
Poseer Título profesional de Ingeniero o Arquitecto, Colegiado y Habilitado.
Tener especialización en el cargo y experiencia no menor de dos años.
No estar inhabilitado para contratar con el Estado.
No estar cumpliendo sentencia por delito doloso en el campo de la
Administración Pública.
Currículum Vitae Documento, con Antecedentes Penales y Policiales.
Cumplir con el Perfil de Residente de Obra.
REQUISITOS MINIMOS PARA SER RESIDENTE DE OBRA PUBLICAS
54. OPINIÓN N° 069-2021/DTN
Los documentos que integran el expediente técnico debe proporcionar, en
su conjunto, información suficiente, coherente y técnicamente correcta que
permita formular adecuadamente las propuestas y ejecutar la obra en las
condiciones requeridas por la Entidad y la normativa de la materia.
Independientemente de la obligación de revisión del expediente técnico
prevista en el artículo 177 del Reglamento -a partir de la cual se podrían
advertir ciertas deficiencias que motiven la necesidad de ejecutar alguna(s)
prestación(es) adicional(es)-, a efectos de formalizar el trámite para la
aprobación de un adicional de obra, el contratista deberá seguir el
procedimiento respectivo conforme al artículo 205 del Reglamento (en
complemento con el artículo 206 del Reglamento, cuando corresponda).
55. www.encap.edu.pe
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL RESIDENTE DE OBRA
Realizar una revisión minuciosa del expediente técnico aprobado
Participar en el acto de entrega del terreno.
Dirige y supervisa la ejecución del proyecto de acuerdo al expediente
técnico.
Es el Responsable directo de la ejecución de la obra, en los aspectos
técnicos, administrativos y de seguridad.
Aperturar el cuaderno de obra, y realizar anotaciones durante toda la
ejecución de la obra
Realizar el control de calidad de todos los materiales a emplear.
Supervisar los rendimientos de la mano de obra, equipos y maquinarias.
56. www.encap.edu.pe
Realizar el seguimiento y control de la programación de obra.
Disponer y controlar las actividades que permitan un adecuado avance
físico de obra, optimizando el uso de recursos
Participar en las reuniones de obra.
Realizar informes técnico-económicos sobre el avance físico de obra.
Responsable de la elaboración de las valorizaciones y liquidación de
obra.
Ser responsable de las condiciones de seguridad e higiene de la obra.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL RESIDENTE DE OBRA
59. www.encap.edu.pe
En pocas palabras, el Ingeniero
Residente es el representante
técnico del contratista en la obra,
encargado de su Planificación y
Ejecución con la calidad
esperada.
62. www.encap.edu.pe
186.1 Durante la ejecución de la obra, se cuenta, de modo permanente y directo,
con un inspector o con un supervisor, según corresponda. Queda prohibida la
existencia de ambos en una misma obra.
El inspector es un profesional, funcionario o servidor de la Entidad,
expresamente designado por esta, mientras que el supervisor es una persona
natural o jurídica especialmente contratada para dicho fin. En el caso de ser
una persona jurídica, esta designa a una persona natural como supervisor
permanente en la obra.
186.2 El perfil que se establezca para el inspector o supervisor en la convocatoria del
procedimiento, según corresponda, cumple al menos con la experiencia y
calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra. Es
obligatorio contratar un supervisor cuando el valor referencial de la obra a ejecutar
sea igual o mayor al monto establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Público
para el año fiscal respectivo
Obra ≥ a S/ 4’300 000,00
DS N° 234-2022-EF
Art. 186° Inspector o Supervisor de Obras
63. Art. 186° Inspector o Supervisor de Obras
186.3. El supervisor de obra, cuando es persona natural, o el jefe de supervisión, en
caso el supervisor sea persona jurídica, no podrá prestar servicios en más de una
obra a la vez, salvo lo previsto en el siguiente numeral.
186.4. En el caso de obras convocadas por paquete, la participación permanente,
directa y exclusiva del inspector o supervisor es definida en los documentos del
procedimiento de selección por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en
consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar.
176.2. Para iniciar la ejecución de una obra que requiera supervisión, puede designarse un inspector de obra o un
equipo de inspectores siempre que se encuentre convocado el procedimiento de selección para contratar al
supervisor. En dicho caso, solo puede mantenerse la participación del inspector o equipo de inspectores en tanto el
monto de la valorización acumulada de la obra no supere el límite establecido por la Ley de Presupuesto del Sector
Público para el año correspondiente.
68. www.encap.edu.pe
•Su función es la de verificar
que la obra se ejecute
conforme a los proyectos
aprobados, se sigan procesos
constructivos acordes con la
naturaleza de la obra, y se
cumpla con los plazos y
costos previstos en el contrato
de obra
…. Y QUE REFIERE EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES (NORMA G.030)
69. www.encap.edu.pe
• Controlar en nombre de la Entidad los trabajos
efectuados por el Contratista
• Es el responsable de velar directa y
permanentemente por la correcta ejecución de la
obra y el cumplimiento del contrato. Haciendo un
seguimiento y control de cada una de las partidas del
presupuesto, especificaciones técnicas y absolver
cualquier consulta que el contratista formule (en un
plazo no mayor de 10 días).
• Ordenar el retiro de cualquier trabajador o
subcontratista que por incapacidad o incorrecciones
perjudiquen la buena marcha de la obra
• Rechazar y ordenar el retiro de material y equipo por
mala calidad o por incumplimiento de las
especificaciones técnicas y para disponer cualquier
medida urgente en obra
La función genérica del supervisor, según el
OSCE, consiste en realizar el control de los
trabajos en la obra, cautelando de forma directa
y permanentemente la correcta ejecución de la
obra y el cumplimiento del contrato.
…. Y QUE REFIERE EL OSCE
71. www.encap.edu.pe
CONTROL DEL PRECIO
• Adelantos, usos y
amortizaciones
• Avance de obra:
metrados de
avance,
valorizaciones,
• reajustes.
• Adicionales y
deductivos
• Mayores gastos
generales
• Liquidación de
contrato
• Control de
vencimiento de
garantías
CONTROL DE PLAZO
• Control de los
calendarios de
avance de obra y
de adquisición de
materiales.
• Control de avance
programado
• Ampliaciones de
plazo
• Aplicación de
penalidades
CONTROL DE CALIDAD
• Revisión del expediente
técnico
• Verificar el cumplimiento
del expediente técnico
de obra
• Control de procesos
constrictivos
• Control de calidad de
materiales
• Control de calidad de
instalaciones
• Control de ensayos y
pruebas
• Control topográfico.
• Control de calidad de
trabajos ejecutados.
• Control de maquinaria.
• Control del personal
idóneo
CONTROL DE
OBLIGACIONES
CONTRACTUALES
• Seguridad, normas
específicas.
• Impacto ambiental
• Permisos y licencias
• Restos arqueológicos
• Reconocimiento del
área del proyecto
• Presentación de
informes: quincenales,
mensuales, de control
de calidad, por
adicionales, por
ampliaciones de plazo,
entre otros.
• De documentos
necesarios para iniciar
la obra.
• Participar en la entrega
de terreno.
• Utilizar cuaderno de
obra.
72. www.encap.edu.pe
y
correcta
Funciones:
-Velar directamente
permanentemente por la
ejecución de la obra y cumplimiento
del contrato.
-Realiza el control técnico de obra,
de los materiales, procesos
constructivos, ensayos, ente otros.
-Realiza el control de plazos, control
documentario.
-Realiza control de
valorizaciones, adelantos y
valorizaciones.
-Puede disponer cualquier
medida
urgente de obra.
Limitaciones:
-No puede modificar el contrato.
-En ningún caso efectuara pagos a
terceros, ni aceptara pagos
indirectos de terceros.
FUNCIONES Y LIMITACIONES DEL SUPERVISOR DE OBRA
73. www.encap.edu.pe
• VIGILAR EL COSTO: El parámetro comparativo para
efectuar el control de los costos de obra lo proporciona el
catálogo de precios unitarios autorizados por la
dependencia, vigente en la fecha de revisión. La base sobre
la cual se inicia la labor de revisión es el presupuesto cuyo
importe total corresponde con el monto total del contrato de
obra.
• VIGILAR EL TIEMPO: La función del supervisor consiste en
vigilar que el avance de obra se realice como lo establece el
contrato de obra y en caso contrario proceder en primer
término e informar a la dependencia y en segundo término
obligar al contratista a adoptar las medidas adecuadas con
el fin de cumplir con lo estipulado en el contrato.
• VIGILAR LA CALIDAD CON QUE SE REALIZAN LAS
OBRAS: la calidad es regulada por las especificaciones así
como por las normas técnicas reglamentarias, tradicionales
y expedidas por los fabricantes de materiales o equipos.
IMPORTANCIA
75. www.encap.edu.pe
El Ingeniero Inspector o Supervisor
es el encargado de la Supervisión
Técnica, certificación de calidad y
cantidades de obra ejecutada y es
el medio de comunicación oficial
entre el Contratista y el
Contratante.