1. SUPERVISION Y CONTROL DE OBRA
SEMANA 01. INTRODUCCION
DEFINICIÓN
La supervisión es la observación regular y el registro de las actividades que se llevan a cabo en un proyecto
o programa. La supervison tiene como objetivos básicos garantizar un determinado tiempo, costo y calidad.
EL SUPERVISOR
El supervisor tiene la capacidad o la facultad de determinar si la acción supervisada es correcta o no.
Representa a la entidad que financia la obra y que realiza la actividad de supervisar la ejecución de la
obra.
INSPECTOR
El inspector será un profesional, funcionario o servidor de la entidad
SUPERVISOR
Será una persona natural o jurídica especialmente contratada para tal fin
CONOCIMIENTOS:
A) Técnico
B) Normativos
MARCO LEGAL
Obras privadas- contrato obras públicas – marco legal ley de contrataciones del
Estado - ley N°30225
ROL Y ACTITUD DEL SUPERVISOR
Éxito depende de conjunción de esfuerzos
Entidad contratante
Constructor
Supervisión
Proyectista
ACTITUD
Supervisor equilibrado y eficaz (proactivo no reactivo) no hay que pre juzgar a los entes que llevan al éxito
especialmente al contratista
PRINCIPIOS BASICOS
Ética
Honestidad
Moral
Responsabilidad
Eficiencia
Integridad
Orden
2. SEMANA 02. OBRA
¿QUE ES UNA OBRA?
En el mundo de la construcción encontramos diferentes términos que definen los trabajos llevados a cabo
como:
Construcción
Reconstrucción
Remodelación
Renovación
Habilitación
¿QUE REQUIERE UNA OBRA?
Dirección Técnica
Expediente Técnico
Mano de Obra
Materiales y/o Equipos
¿QUE ES UNA OBRA PÚBLICA?
Aquella obra, ejecutada por un Organismo del Estado (por Adm. Directa o Indirecta) con recursos públicos,
para mantener, ampliar y/o mejorar la infraestructura, en beneficio de los ciudadanos.
DOCUMENTOS DE OBRA
CONTRATO DE OBRA
El Contrato es el acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica dentro de los
alcances de la Ley y del presente Reglamento.
ACTA DE ENTREGA DE TERRENO
Consiste en la entrega al Contratista, por parte de la Entidad, del lugar físico donde se ejecutará la obra.
En este acto deben participar el Residente y/o Contratista, el Inspector y/o Supervisor y los funcionarios
designados por la Entidad para esta entrega.
CUADERNO DE OBRA
El Documento que, debidamente foliado, se abre al inicio de toda obra y en el que el inspector o supervisor
y el residente anotan las ocurrencias, órdenes, consultas y las respuestas a consultas.
CUADERNO DE OBRA DIGITAL
El Cuaderno de Obra Digital es una herramienta informática desarrollada y administrada por el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) que sustituye al cuaderno de obra físico con las
características y formalidades establecidas en la normativa de Contrataciones del Estado.
VALORIZACIONES
Es la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período
determinado.
A) Valorización (previa conformidad del servicio, condiciones establecidas en el contrato).
B) Plazo pago valorizaciones: 15 días calendario siguientes a la conformidad.
3. C) Demora de pago: interés legal (Art.1234,1245 y 1246 del Código Civil)
ACTA DE RECEPCION DE OBRA
Es un documento firmado por el constructor y promotor en el que se indican las partes que intervienen, el
coste final de ejecución de la obra, una declaración objetiva de la recepción de la obra, indicando (si fuese
necesario) los plazos en que deberán ser subsanados los defectos observados, y las garantías que se
exijan al constructor para asegurar sus responsabilidades.
PRESTACIONES ADICIONALES DE OBRA
Aquella no considerada en el Expediente Técnico, ni en el contrato original, cuya realización resulta
indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que da lugar a
un presupuesto adicional.
PROFESIONALES RESPONSABLES EN OBRAS
MODALIDAD DE EJECUCIÓN RESPONSABLES DE LA SUPERVISIÓN ADMINISTRACIÓN DIRECTA
- Ingeniero Residente
- Supervisor de obras
CONTRATA
Residente de Obra (Ingeniero o Arquitecto)
Supervisor de obra Inspector de Obra
SEMANA 03. RESIDENTE DE OBRA PÚBLICA
RESIDENTE DE OBRA PÚBLICA
Ingeniero o arquitecto habilitado (D.S. N° 016-2008– vivienda)
Con la especialización, según la naturaleza de la obra.
Presentado ante la entidad (escrito), quien dará su conformidad (CV)
Su labor: dirección técnica, administrativa y contractual.
Su labor debe ser: directo y permanente.
Representa al contratista en temas ordinarios.
No puede pactar cambios al contrato.
PERFIL DEL RESIDENTE DE OBRA
El Residente debe ser: LIDER, no JEFE
Competencias técnicas
Habilidades interpersonales
Valores y actitudes.
ATRIBUCIONES Y LIMITACIONES DEL RESIDENTE
El Residente, puede:
Recibir el terreno donde será ejecutada la obra. -Formular consultas en CO a la supervisión.
El Residente, no puede.
4. Formular a la Entidad, la consulta cuando el supervisor no le responda(5dh) -Solicitar a la Entidad
Ampliación de Plazo.
El Residente, puede:
Comunicar a través del CO, la culminación de la Obra y solicita la recepción.
Practicar la Liquidación del Contrato de Obra.
Anotar en el CO, la necesidad de prestaciones adicionales.
Entregar la obra, suscribiendo el acta de recepción de obra representación del Contratista.
Presentar la liquidación a la entidad (60dc o 1/10 plazo).
Solicitar a la entidad, aprobar las prestaciones adicionales.
El Residente, puede:
Sustentar el Adelanto para materiales (40%).
Presenta al Supervisor, la valorización de Mayores Gastos Generales (MGG).
Registrar asientos en el CO, en representación del contratista.
Realizar la Dirección Técnica de la obra.
El Residente, no puede:
Solicitar a la Entidad el Adelanto para materiales.
Presentar a la Entidad la valorización de Mayores Gastos generales es competencia del supervisor.
NORMATIVA VINCULADA AL RESIDENTE DE OBRA
REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES:
Toda obra debe contar de modo permanente y directo con un Residente de Obra. (Art. 154°)
El Residente puede ser Ingeniero o Arquitecto, según a la naturaleza de los trabajos. (Art. 154°)
El Residente debe tener 2 o más años de ejercicio profesional. (Art. 185°)
Según la naturaleza de la obra, las bases pueden establecer calificaciones y experiencias adicionales para
el Residente. (Art.154°)
El supervisor y el Residente, son los únicos que pueden anotar en el cuaderno de obra. Firman todas sus
páginas. (Art. 154°)
El residente es el encargado de la custodia del cuaderno de obra (art. 163°)
En una ampliación de plazo, el residente debe anotar en el cuaderno de Obra, desde el inicio hasta el cese
de la causal. (art. 170°).
En la fecha de culminación de la obra, el residente debe anotar el hecho en cuaderno de obra y pedir
recepción de Obra (art. 178°).
Funciones Generales de Obra:
Como representante del contratista.
Como responsable técnico de la obra.
Como responsable técnico de la obra.
Como responsable Adm. contractual.