-Definición de inspección de obras civiles
-Significado de Inspección.
-Obra civil, concepto.
-Fases del proceso total de una obra de ingeniería civil.
-Actores que intervienen en un proceso de inspección de obra civil.
-Normas y especificación del proceso de inspección.
-Objetivos de la inspección.
-Funciones y responsabilidades del Ingeniero Inspector.
Fijaciones de balcones prefabricados de hormigón - RECENSE
INSPECCION DE OBRAS
1. Es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realización de la
obra como objetivo fundamental y atendiendo a los objetivos generales derivados
del interés colectivo y objetivos específicos derivados de los variados intereses que
intervienen en el proceso total de la obra.
Se describe como la actividad profesional realizada en forma permanente en
relación al lapso de ejecución de una obra, que se requiere para garantizar que se
desarrolle de conformidad con las normas técnicas, los planos, especificaciones,
presupuesto y demás documentos que constituyen el proyecto correspondiente.
Abarca el control sobre la totalidad de la calidad en una obra; así como también el
control de la calidad de los materiales empleados, verificando que los equipos, la
mano de obra y servicios se empleen con la suficiente racionalidad, cumpliendo las
especificaciones técnicas pertinentes y las normas de seguridad industrial.
INSPECCION DE OBRAS CIVILES
Jesús Pirela. C.I. 20.686.372
2. INSPECCION
La Inspección, es una herramienta que permite verificar el cumplimiento de un bien
o servicio en relación con una especificación dada, en otras palabras, la inspección es
una comparación y una acción que asegura calidad.
En general, el Ingeniero Inspector es un Profesional que vela para que se alcance la
calidad esperada en una obra (como un todo y no parcialmente) y debe siempre
orientar su actuación a asegurar dicha calidad y no a comprobar su mala calidad. Es
además una persona que debe actuar de acuerdo a claros principios éticos, reforzados
en sus conocimientos y en la honestidad.
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3. Una obra civil es una actuación del hombre en la naturaleza que es utilizada para dotar de
beneficios a la sociedad. La obra civil se puede llamar también obra pública, no en vano en
algunos tiempos el ministerio encargado se ha denominado así. Las obras civiles son, por
tanto, el resultado de la iniciativa pública en el territorio, de tal forma que dicha actuación
redunde en beneficio de la sociedad. Es, pues, una actuación social y útil.
El concepto de obra civil se utiliza para designar a aquellas obras que son el resultado de
la ingeniería civil y que son desarrolladas para beneficio de la población de una nación
porque algunos de los objetivos de las mismas son la organización territorial y
el aprovechamiento al máximo del territorio. Entre los ejemplos más corrientes con los que nos
podremos topar se destacan: las carreteras, las calles, las autopistas, los puentes, vías de
ferrocarril, aeropuertos, puertos, que permiten la circulación de los diversos medios de
transporte: automóviles, camiones, bicicletas, trenes, aviones, barcos; el alcantarillado;
canales y las represas que se encargan de administrar los recursos hídricos de un territorio.
OBRA CIVIL
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4. FASES DE UNA OBRA CIVIL
Algunos autores consideran que ciclo de los proyectos está compuesto por las siguientes
etapas:
Iniciación.
Planificación.
Ejecución.
Control.
Cierre.
Si se profundiza en las características de cada fase se puede decir que todo proyecto de
ingeniería esta desarrollado bajo el esquema de las fases:
Conceptual: Nacimiento de la idea. Análisis de los puntos claves. Decisiones de inicio.
Fijación de metas. Principales nombramientos y asignaciones de recursos.
Organizacional: Planificación. Diseño de la organización. Constitución del equipo de
proyecto. Búsqueda de recursos. Producción del plan maestro y del plan detallado.
Operacional: Ejecución de los trabajos principales. Construcción de instalaciones.
Realización de pruebas. Entrega de productos.
Completación: Cierre de actividades y contratos. Transferencia de recursos y
compromisos. Preparación de información para futuros proyectos. Evaluación de los
aprendizajes.
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5. ACTORES EN EL PROCESO DE INSPECCION
Es importantísimo que cada profesional tenga claramente delimitada sus
funciones para evitar choques innecesarios entre los mismos. La armonía en el
trabajo es fundamental para el buen desarrollo de la obra.
El Inspector debe realizar reuniones periódicas con el Residente, donde se
intercambien ideas, se discutan los procedimientos que se siguen en la obra y se
analicen los resultados de los ensayos realizados.
El Supervisor debe procurar realizar las visitas a la obra conjuntamente con el
Residente y el Inspector, a fin de resolver cualquier problema que se presente, y
hacer del conocimiento de todos los cambios que disponga o las observaciones
a que haya lugar.
El Residente de obras cuando proponga una modificación al Supervisor, debe
haberla discutido previamente con el Inspector, y viceversa.
El Supervisor no debe dar instrucciones directas a los contratistas ni al personal
obrero. Debe comunicar todo al Residente y al Inspector, de manera que sea el
Residente quien instruya al personal, preferiblemente a través del maestro de
obras, y el Inspector pueda realizar los controles. El Residente es ejecutivo y el
Inspector es fiscalizador.
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6. El desconocimiento de la Ley no protege de su incumplimiento. Estos aspectos se refieren a la
materia mínima que se requiere conocer para ejercer la inspección, ejecución o dirección de
obras; y para ello los profesionales deben estar preparados en el campo Profesional, ético,
personal, económico, organizativo, administrativo, empresarial y legal. Estar conscientes que
cuando se firma un contrato, las partes se comprometen a cumplir toda la Normativa Legal allí
contemplada. Conocer las Normas y Prácticas Generales de la Construcción: Normas,
Reglamentos, especificaciones, Códigos, etc. Tener conocimiento o saber dónde buscar
asesoría, conocer sus deberes u obligaciones. A pesar que algunos decretos, leyes o normas
puedan variar o ser actualizadas en su contenido, generalmente conforman el mismo marco
jurídico y técnico que es necesario conocer, por lo que indicaremos lo relacionado con el campo
de inspección o residencia de obras:
LEYES, DECRETOS, REGLAMENTOS:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
LEY DE EJERCICIO DE LA INGENIERÍA, ARQUITECTURA Y PROFESIONESAFINES.
REGLAMENTO INTERNO DEL C.I.V. Aprobado por Asamblea-CIV del 13-08-84.Ampliación
del contenido de la Ley de Ejercicio y regula aspectos de funcionamiento del Colegio de
Ingenieros y su relación con los agremiados.
REGLAMENTO OCEPRO del C.I.V. (Oficina Coordinadora del Ejercicio Profesional), aprobado
por la Asamblea Nacional del C.I.V. en marzo de 1997 (Comisión Presidida por el Ing. Leonardo
Mata).
LEYES, NORMAS Y ESPECIFICIONES DE
INSPECCION
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7. La inspección tiene como alcance garantizar que la obra se construya de acuerdo a lo que
establece la LOOU, la ordenanza, normativas, los planos y demás especificaciones del
proyecto. Adicionalmente tiene como objetivo la toma de muestras y demás elementos, que
permitan realizar pruebas y controles de calidad de los componentes de la obra, así como
tomar el control administrativo que conlleva mediciones de partidas ejecutadas y su
comparación con lo especificado en el proyecto, a los efectos de las autorizaciones de pago
de las valuaciones y el control cualitativo y cuantitativo de los programas de trabajo.
La inspección tiene como producto realizar informes diarios de obra e informes
periódicos en los cuales se indica en términos cuantitativos y cualitativos el trabajo realizado,
haciendo siempre referencia a las especificaciones técnicas del proyecto y al presupuesto
programa previsto para la ejecución de la obra.
OBJETIVOS DE LA INSPECCION
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8. 1. Elaborar y firmar el Acta de Inicio de los Trabajos, conjuntamente con el Ingeniero
Residente y el contratista.
2. Supervisar la calidad de materiales, los equipos y la tecnología que el contratista
utilizará en la obra.
3. Rechazar y hacer retirar de la obra los materiales y equipos que no reúnan las
condiciones o especificaciones para ser utilizados o incorporados a la obra.
4. Fiscalizar los trabajos que ejecute el contratista y la buena calidad de las obras
concluidas o en proceso de ejecución, y su adecuación a los planos, a las
especificaciones particulares, al presupuesto original o a sus modificaciones, a las
instrucciones del órgano o ente contratante y a todas las características exigibles
para los trabajos que ejecute el contratista.
5. Suspender la ejecución de partes de la obra cuando éstas no se estén ejecutando
conforme a los documentos y normas técnicas, planos y especificaciones de la
misma.
6. Recibir las observaciones y solicitudes que formule por escrito el contratista en
relación con la ejecución de la obra, e indicarle las instrucciones, acciones o
soluciones que estime convenientes, dentro de los plazos previstos en el contrato o
con la celeridad que demande la naturaleza de la petición.
7. Informar, al menos mensualmente, el avance técnico y administrativo de la obra y
notificar de inmediato, por escrito, al órgano o ente contratante cualquier paralización
o anormalidad que observe durante su ejecución.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
DEL INSPECTOR
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9. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
DEL INSPECTOR
8. Coordinar con el proyectista y con el órgano o ente contratante para prever, con la
debida anticipación, las modificaciones que pudieren surgir durante la ejecución.
9. Dar estricto cumplimiento al trámite, control y pago de las valuaciones de obra
ejecutada.
10. Conocer cabalmente el contrato que rija la obra a inspeccionar o inspeccionada.
11. Elaborar y firmar el acta de terminación y recepción provisional o definitiva de la obra
conjuntamente con el ingeniero residente y el contratista.
12. Velar por el estricto cumplimiento de las normas laborales, de seguridad industrial y
de condiciones en el medio ambiente de trabajo.
13. Elaborar, firmar y tramitar, conforme al procedimiento establecido en estas
condiciones, las actas de paralización y reinicio de los trabajos y las que deban
levantarse en los supuestos de prórroga, conjuntamente con el ingeniero residente y
el contratista.
14. Cualquiera otra que se derive de las obligaciones propias de la ejecución del
contrato.
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