El documento resume la sentencia N° 1797-2002-HD/TC sobre el derecho de acceso a la información pública. Explica que este derecho tiene dos dimensiones: individual, para que las personas puedan ejercer otros derechos fundamentales, y colectiva, para que la sociedad pueda formar una opinión pública informada. También destaca que el derecho de acceso a la información es consustancial a un régimen democrático, ya que permite el control ciudadano sobre los representantes del Estado.