República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Instituto Universitario Politécnico
“Santiago Mariño”
Extensión - Barinas
Guedez, Maria
C.I.: 22114680
Higiene y Seguridad Industrial
Barinas, Noviembre 2015
Es la probabilidad de ocurrencia de un accidente de trabajo o de una
enfermedad profesional. A su vez, establece el accidente de trabajo como
toda lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o
posterior, o la muerte, resultante de la acción violenta de una fuerza exterior
que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo por el hecho
o con ocasión del trabajo; será igualmente considerado como accidente de
trabajo, toda lesión interna determinada por un esfuerzo violento, sobrevenida
en las mismas circunstancias.
Definición de Riesgos
Laborales
Norma COVENIN 2260-88:
Notificación de Riesgos
Laborales
Las notificaciones de riesgo son los registro que detallan de manera
específica al trabajador los riesgos asociados tanto a condiciones como
actos inseguros a los cuales se encuentra expuesto, antes, durante y
después del cumplimiento de su jornada de trabajo. Este documento
debe ser específico por cada cargo y el empleador debe garantizar
resguardo de los mismos (Expedientes de los trabajadores), ante
cualquier accidente o eventualidad que se presente durante el
desempeño de las actividades.
La LOPCYMAT, en sus artículos 53,
54, 55, y 56 establece que todo
trabajador debe ser notificado sobre el
riesgo que conlleva las actividades a
desarrollar, riesgos asociados a estas
actividades, posibles daños a la salud
y medidas preventivas.
Bases Legales
Norma COVENIN 2260-88.
Programa de Higiene y Seguridad Industrial.
Norma COVENIN 4001-2000.
Sistema de Gestión de Seguridad e Higiene Ocupacional (SGSHO).
Requisitos.
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo. (LOPCYMAT). 2005.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Artículo 87.
Norma COVENIN 2274-1997.
Servicios de Salud Ocupacional en Centros de Trabajo. Requisitos.
Formatos de Notificación
de Riesgos
Formatos de Notificación
de Riesgos
http://www.cpzulia.org/ARCHIVOS_SSA/4001_2000_SGSHO.pdf
http://www.medicinalaboraldevenezuela.com.ve/riesgos_laborale
s.html
http://www.sencamer.gob.ve/sencamer/normas/4001-00.pdf
Referencias

Riesgos Laborales

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    República Bolivariana deVenezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” Extensión - Barinas Guedez, Maria C.I.: 22114680 Higiene y Seguridad Industrial Barinas, Noviembre 2015
  • 2.
    Es la probabilidadde ocurrencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional. A su vez, establece el accidente de trabajo como toda lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de la acción violenta de una fuerza exterior que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo por el hecho o con ocasión del trabajo; será igualmente considerado como accidente de trabajo, toda lesión interna determinada por un esfuerzo violento, sobrevenida en las mismas circunstancias. Definición de Riesgos Laborales Norma COVENIN 2260-88:
  • 3.
    Notificación de Riesgos Laborales Lasnotificaciones de riesgo son los registro que detallan de manera específica al trabajador los riesgos asociados tanto a condiciones como actos inseguros a los cuales se encuentra expuesto, antes, durante y después del cumplimiento de su jornada de trabajo. Este documento debe ser específico por cada cargo y el empleador debe garantizar resguardo de los mismos (Expedientes de los trabajadores), ante cualquier accidente o eventualidad que se presente durante el desempeño de las actividades. La LOPCYMAT, en sus artículos 53, 54, 55, y 56 establece que todo trabajador debe ser notificado sobre el riesgo que conlleva las actividades a desarrollar, riesgos asociados a estas actividades, posibles daños a la salud y medidas preventivas.
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    Bases Legales Norma COVENIN2260-88. Programa de Higiene y Seguridad Industrial. Norma COVENIN 4001-2000. Sistema de Gestión de Seguridad e Higiene Ocupacional (SGSHO). Requisitos. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. (LOPCYMAT). 2005. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Artículo 87. Norma COVENIN 2274-1997. Servicios de Salud Ocupacional en Centros de Trabajo. Requisitos.
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  • 6.
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