Este documento describe los diferentes subsistemas que componen el sistema de seguridad social venezolano, incluyendo el subsistema de pensiones, el subsistema de salud, el sistema de paro forzoso y capacitación laboral, el subsistema de vivienda, y el subsistema de desarrollo intelectual y físico. Cada subsistema tiene sus propias leyes y decretos que lo regulan y definen sus objetivos, mecanismos de financiamiento, y las instituciones responsables de su administración y supervisión.
El subsistema de la seguridad social se entiende como conjunto orgánico, interrelacionado e interdependiente de regímenes de protección social, está organizado en subsistemas y es un servicio público de afiliación obligatoria para cada trabajador y de carácter contributivo.
El subsistema de la seguridad social se entiende como conjunto orgánico, interrelacionado e interdependiente de regímenes de protección social, está organizado en subsistemas y es un servicio público de afiliación obligatoria para cada trabajador y de carácter contributivo.
EL SUBSISTEMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELAAlexlnn
Constituyen “Programas públicos diseñados para proporcionar ingresos y servicios a particulares en supuestos de jubilación, enfermedad, incapacidad, muerte o desempleo".
EL SUBSISTEMAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELAAlexlnn
Constituyen “Programas públicos diseñados para proporcionar ingresos y servicios a particulares en supuestos de jubilación, enfermedad, incapacidad, muerte o desempleo".
Office 365 – SharePoint 2013 onprem hybrid.
Functionality supported, and what do you not get if you try to use SharePoint 2013 On-premises and Office 365 together.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
2. Muy claro lo
dicen las
palabras
Los siguientes
subsistemas
pertenecen
todos al sistema
de seguridad
social
Venezolano
Regulados
respectivamente
por Decretos
ordinarios desde
1999 bajo la
Presidencia de
Hugo Chávez
3. Regulado y a su vez la conforma el régimen de
capitalización individual y solidaridad
intergeneracional, el cual participa todo afiliado,
trabajador al servicio del Estado, el dependiente y no
del sector privado y familiares y beneficiados
calificados del afiliado. Lo conforman diversos
institutos.
Este subsistema otorga prestaciones en dinero
para atender las diversas contingencias de vejez,
invalidez, incapacidad, sobrevivencia, nupcialidad y
asistencia funeraria, tales prestaciones poseen
contrato o financiamiento de carácter personal el
cual lo afirma como inembargable e intransferible.
En virtud de sus principios, es único, obligatorio,
contributivo y mixto, según el art 2 de la misma Ley.
Mediante regímenes especiales da la perfecta
oportunidad de afiliación y contribución de
trabajadores ocasionales dispuesto en el art 4 de la
Decreto con rango y fuerza de
Ley que regula el subsistema
de pensiones
4. El anterior subsistema
integra también un
subsistema de salud
garantizando el
financiamiento y la
seguridad de la
prestación.
Esta regida por la
Ley del
subsistema de
salud previsto en
la LOSSI
El que direcciona,
supervisa,
coordina, controla
y fiscaliza es el
Ejecutivo
Nacional. Su operación es la
misma que la anterior,
procede mediante
afiliación, inscripción y
el resto de fases que
corresponden al
subsistema de salud.
La Ley especial
expresa la atribución
correspondiente al
ministerio de salud
5. La cuantía de la pensión del afiliado
dependerá del monto acumulado de
los aportes que esta realice en la
cuenta de la institución y de tal forma
lo administrará la institución en
conformidad con lo establecido en su
Ley.
Previo a lo anterior es obvio que se
realice la afiliación e inscripción en la
administradora de fondos de
pensiones
La afiliación se realizara en la preferida del beneficiario
y si desea cambiar de institución se traspasara el
mismo monto acumulado a la fecha del traslado.
La administración de dichas
instituciones tiene el objeto de
complementar la pensión mínima vital,
el monto será financiado por la
cotización del empleador y por el
aporte del ejecutivo nacional.
Según
articulo 11
de la Ley
6. Ambas funcionan armónicamente
para ofrecer un conjunto de
beneficios y prestaciones dinerarias
y de salud destinadas a prevenir,
atender, proteger, curar y rehabilitar
la salud de los afiliados.
Los afiliados declararan el
salario o ingreso al afiliarse
ante el servicio de registro e
información de la seguridad
social actualizándolo cada vez
que varíe, art 71 de la Ley.
Solidario,
de
(afiliación
obligatoria) Los empleadores y afiliados
podrán afiliarse en beneficio
propio o de terceros amparados
bajo el régimen solidario anterior,
según art 78.
Se financiara por las mismas
contribuciones facultativas de los
personajes nombrados anteriormente.
Este lo recibe la administración del
fondo de salud y la de riesgos de
trabajo directamente.
Complementario
de (afiliación
voluntaria)
ES UNICO Y LO
CONFORMAN
DOS
REGIMENES DE
CARACTER
CONTRIBUTIVO
Articulo 70
de Ley
especial
7. Su objetivo es
proteger
temporalmente al
afiliado por la
terminación de la
relación de trabajo
Una vez finalizada la relación de
trabajo, el empleador dentro de
los 5 días hábiles siguientes
deberá notificarlo al Servicio de
Registro e Información de la
Seguridad Social y entregará al
trabajador una copia de la
planilla de retiro validada por
dicho Servicio
El incumplimiento del
empleador a la obligación
aquí establecida acarreará
que éste deberá cancelar al
Trabajador lo correspondiente
a la prestación dineraria
mensual, según art 10 de la
misma Ley.
Absolutamente todo en
cuanto administración
se refiere la presente
Ley estará bajo cargo
del IVSS
DECRETO CON
RANGO Y FUERZA DE
LEY QUE REGULA
EL SISTEMA DE PARO
FORZOSO Y
CAPACITACION
LABORAL
8. Es un componente de la
formación profesional, dirigida
a mejorar y ampliar las
posibilidades de reinserción
del trabajador cesante en el
mercado de trabajo
El afiliado cesante que cumpla
con los requisitos establecidos
en este Decreto podrá solicitar la
capacitación laboral dentro de los
tres (3) meses siguientes a la
expedición del certificado de
cesantía, según el art 19 de la
misma Ley.
El Ministerio del Trabajo procurará
la existencia de múltiples ofertas
de capacitación a fin de que el
afiliado pueda libremente
seleccionar la entidad que mejores
oportunidades de capacitación y
reinserción le ofrezca.
9. Aunado a todo ente
competente en la materia
el decreto establece la
movilización y apoyo
para la optimización de
vivienda en el país.
Se incluye la infraestructura, la
urbanización, con área,
servicio y equipamiento
respectivo, según art 2 del
mismo decreto.
Se realiza una incentivación
a nivel nacional para que
cada individuo participen en
su comunidad en cuanto a
solución habitacional se
pueda ofrecer.
Los préstamos hipotecarios
estarán dirigidos a los
afiliados del subsistema en
los términos previstos en el
presente Decreto según la
tasa de interés en el
mercado actual.
La política habitacional será
definida con base en los principios
establecidos en el presente
Decreto, desarrollada en los planes
anuales habitacionales y ejecutada
mediante de los programas
habitacionales establecidos
El decreto de ley del
subsistema de
vivienda realizara la
administración de la
misma.
10. Todo afiliado y beneficiario
posee dentro del sistema de
seguridad social programas de
desarrollo intelectual y físico,
en tiempo de descanso, libre y
de turismo social, por ello
existe este subsistema para
promover ese desarrollo.
Y la Ley define los
lineamientos mediante
acuerdo con entidades
publicas y privadas para
tal desarrollo.