SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
Descargar para leer sin conexión
1.- LOS TÍTULOS VALORES.
Los Títulos Valores.
Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un
derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado
jurídicamente a la posesión del documento.
En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está
muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y,
en ocasiones, como instrumento de crédito.
En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son:
- La letra de cambio.
- El cheque.
- El pagaré.
Clasificación de los Títulos Valores.
1.- Títulos valores a la orden:
Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada,
pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso.
No es necesario notificar a la persona obligada al pago (deudor) la
transmisión efectuada. Debiendo responder el endosante (acreedor original o
posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de
la persona obligada al pago.
A este tipo de título valor pertenece la letra de cambio.
2.- Títulos valores al portador:
Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona
indeterminada que posea el documento.
Se pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del
documento a otra persona. Debiendo abonar el crédito el Remitente (deudor) en
la fecha del vencimiento a cualquier poseedor legítimo.
A este tipo de título valor pertenece el cheque al portador.
3.- Títulos valores nominativos:
Son aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona
determinada.
Para la transmisión de estos títulos valores, además de la entrega del
documento, es necesaria notificación al emitente (deudor) para la inscripción de
la misma en su libro registro de títulos.
A este tipo de título valor pertenece el pagaré y el cheque nominativo.
2.- LA LETRA DE CAMBIO.
Concepto:
Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor - librador) y
recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de
una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento.
En el caso de transmisión de la letra de cambio, mediante la fórmula del
endoso, el pago deberá realizarse al endosatario (acreedor actual). Debiendo
responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario
(acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago
(deudor).
Funciones:
En el tráfico mercantil la letra de cambio puede cumplir las siguientes
funciones:
- Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda.
- Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado.
- Medio para obtener un crédito, mediante el descuento
bancario.
Elementos personales:
· Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la
orden de pago a otra persona (deudor).
· Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor).
· Endosante: acreedor (original o posteriores) que transmite su derecho
de cobro.
· Endosatario: persona (acreedor actual) a quien se ha transmitido el
derecho de cobro.
· Tenedor: persona poseedora del título en cada momento.
· Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.
Elementos formales:
- Denominación de letra de cambio en el texto del título valor.
- Orden de pago, estableciéndose el importe concreto.
- Nombre y domicilio de la persona que emite o libra la letra de cambio
(librador).
- Lugar y fecha del libramiento.
- Vencimiento, momento del pago.
- Lugar de pago.
- Nombre y domicilio de la persona a la que va dirigida la orden de pago
(deudor).
- Aceptación de la orden de pago por el librado.
- Cláusulas añadidas (relativas al protesto principalmente), en su caso.
Vencimiento:
El vencimiento, o momento del pago, puede ser:
- A la vista: debiendo pagarse en el momento de su presentación.
- A un plazo contado desde la fecha del libramiento.
- A un plazo contado desde la vista.
Endoso:
La letra de cambio y, por tanto, el derecho de cobro, se puede transmitir a
otra persona mediante la fórmula del endoso tantas veces como se quiera.
En caso de endoso el pago deberá realizarse por el librado (deudor) al
endosatario (acreedor actual). Debiendo responder el endosante (acreedor
original o posteriores) frente al endosatario de la solvencia económica del
librado.
La declaración del endosante se debe realizar en el reverso de la letra de
cambio, en el espacio destinado al endoso.
Aval:
El aval es el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el
pago, en caso de no hacerlo el librado. Pudiendo comprender la totalidad de la
deuda o parte de ella.
El aval se debe hacer constar en el reverso de la letra de cambio.
Protesto:
El protesto deviene como consecuencia del impago de la letra de cambio.
Es la acción de reclamar el pago de la letra y se consigna en un documento
escrito, preferentemente un protesto notarial.
4.- EL CHEQUE.
Concepto:
Es un título valor emitido por una persona (librador) en el que se
contiene una orden de pago a cargo de otra (librado) a favor del tenedor
legítimo del documento (librador o tercero).
La emisión del cheque debe librarse necesariamente contra un banco o
entidad de crédito que tenga fondos existentes a disposición del librador.
El concepto de cheque engloba también el concepto de talón.
Funciones:
El cheque nos permite disponer de nuestros fondos en un banco o
entidad de crédito y utilizarlo como medio de pago.
Diferencia con la letra de cambio:
La letra de cambio contiene una orden de pago a una persona concreta
designada en el título valor.
Mientras que en el cheque la orden de pago va dirigida a un banco o
entidad de crédito, que, teniendo fondos disponibles del librador, debe hacerla
efectiva a favor del tenedor legítimo del título valor.
Elementos personales:
· Librador: persona que emite el cheque, dando la orden de pago.
· Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigido la orden de pago.
· Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto,
destinataria del pago.
· Endosante: tenedor que transmite el cheque.
· Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.
· Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.
Elementos formales:
- Denominación de cheque en el texto del título valor.
- Orden de pago, estableciéndose el importe concreto.
- Firma del librador.
- Lugar y fecha de la emisión del cheque.
- Nombre y domicilio del librado (banco o entidad de crédito).
- Lugar de pago.
Tipos de Cheque:
· A) Cheque al portador
Deben abonarse al tenedor, el cual no está determinado en el título valor.
· B) Cheque nominativo:
Deben abonarse a la persona concreta designada en el título valor.
- Cheque cruzado: En este tipo de cheques el librador o el tenedor
pueden cruzar el cheque por medio de dos barras paralelas sobre el
anverso, con lo cual el librado sólo puede pagarlo a determinadas
personas.
· Cruzado General: Contendrá dentro de las barras la
mención “Banco o compañía”
· Cruzado Especial: Contendrá dentro de las barras la
mención de un Banco concreto.
- Cheque para abonar en cuenta: En este tipo de cheques el
librado no puede abonar el importe en efectivo, sólo puede abonarlo
mediante ingreso en cuenta.
Transmisión del Cheque:
Los cheques al portador se transmiten mediante la mera entrega de los
mismos a otra persona.
Los cheques nominativos son transmisibles por medio de la fórmula del
endoso, con excepción de aquellos que contengan la cláusula “no a la orden” u
otra equivalente.
5.- EL PAGARÉ.
Concepto:
Es un título valor que contiene una promesa de pago de una cantidad
determinada por una persona (firmante) a favor de una persona determinada
(tenedor).
El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que el
aceptante de una letra de cambio.
Es el título valor menos conocido, guardando grandes similitudes con la
letra de cambio.
Elementos personales:
· Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el
pagaré.
· Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago.
· Endosante: tenedor que transmite el pagaré.
· Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso.
Elementos formales:
- Denominación de pagaré en el texto del título valor.
- Promesa de pago, estableciéndose el importe concreto.
- Vencimiento, momento del pago.
- Lugar y fecha de la emisión del pagaré.
- Nombre y firma del firmante.
- Nombre y domicilio del tenedor.
- Lugar de pago.
Diferencias con la letra de cambio:
A diferencia de la letra de cambio, en el pagaré el librador (persona que
emite el pagaré) y el librado (persona a la que va dirigida la orden de pago) son
la misma persona.
RESUMEN:
Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un
derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado
jurídicamente a la posesión del documento.
En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está
muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y,
en ocasiones, como instrumento de crédito.
En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son
la letra de cambio, el cheque y el pagaré.

Más contenido relacionado

Similar a Títulos Valores: Letra de Cambio, Cheque y Pagaré

Cheque
ChequeCheque
Chequeand89
 
Modalidades de pago
Modalidades de pagoModalidades de pago
Modalidades de pagoBemega
 
Proyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNProyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNguest5dca348
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambiomeryospina
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritxa Arango
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritxa Arango
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritxa Arango
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritxa Arango
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritxa Arango
 
Maritza arango jimenez
Maritza arango jimenez Maritza arango jimenez
Maritza arango jimenez Maritxa Arango
 
LETRA DE CAMBIO & EL PAGARE
LETRA DE CAMBIO & EL PAGARELETRA DE CAMBIO & EL PAGARE
LETRA DE CAMBIO & EL PAGAREniciorojas
 
4ta. practica titulos valores
4ta. practica titulos valores4ta. practica titulos valores
4ta. practica titulos valoresJose Espinoza
 
Letra de cambio por Harry
Letra de cambio por  HarryLetra de cambio por  Harry
Letra de cambio por HarryHarrysam26
 

Similar a Títulos Valores: Letra de Cambio, Cheque y Pagaré (20)

Titulos valores
Titulos valores Titulos valores
Titulos valores
 
Cheque
ChequeCheque
Cheque
 
Titulos valores
Titulos valoresTitulos valores
Titulos valores
 
Modalidades de pago
Modalidades de pagoModalidades de pago
Modalidades de pago
 
TÍTULOS VALORES.pptx
TÍTULOS VALORES.pptxTÍTULOS VALORES.pptx
TÍTULOS VALORES.pptx
 
Proyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióNProyecto LegislacióN
Proyecto LegislacióN
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez sena
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez sena
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez sena
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez sena
 
Maritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez senaMaritza arango jimenez sena
Maritza arango jimenez sena
 
Maritza arango jimenez
Maritza arango jimenez Maritza arango jimenez
Maritza arango jimenez
 
LETRA DE CAMBIO & EL PAGARE
LETRA DE CAMBIO & EL PAGARELETRA DE CAMBIO & EL PAGARE
LETRA DE CAMBIO & EL PAGARE
 
4ta. practica titulos valores
4ta. practica titulos valores4ta. practica titulos valores
4ta. practica titulos valores
 
Letra de cambio
Letra de cambioLetra de cambio
Letra de cambio
 
Letra de cambio por Harry
Letra de cambio por  HarryLetra de cambio por  Harry
Letra de cambio por Harry
 
Expoguia3 100709163341-phpapp01
Expoguia3 100709163341-phpapp01Expoguia3 100709163341-phpapp01
Expoguia3 100709163341-phpapp01
 

Último

Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptclase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptMarcederecho
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualJose Navarro
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxVictoriaCanales6
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 

Último (20)

Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.pptclase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
clase-causa-fuente--fin-y-motivo-2018.ppt
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
 
sistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actualsistema tributario boliviano en el contexto actual
sistema tributario boliviano en el contexto actual
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 

Títulos Valores: Letra de Cambio, Cheque y Pagaré

  • 1. 1.- LOS TÍTULOS VALORES. Los Títulos Valores. Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento. En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y, en ocasiones, como instrumento de crédito. En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son: - La letra de cambio. - El cheque. - El pagaré. Clasificación de los Títulos Valores. 1.- Títulos valores a la orden: Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso. No es necesario notificar a la persona obligada al pago (deudor) la transmisión efectuada. Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago. A este tipo de título valor pertenece la letra de cambio. 2.- Títulos valores al portador: Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento. Se pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona. Debiendo abonar el crédito el Remitente (deudor) en la fecha del vencimiento a cualquier poseedor legítimo. A este tipo de título valor pertenece el cheque al portador. 3.- Títulos valores nominativos: Son aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona determinada. Para la transmisión de estos títulos valores, además de la entrega del documento, es necesaria notificación al emitente (deudor) para la inscripción de la misma en su libro registro de títulos. A este tipo de título valor pertenece el pagaré y el cheque nominativo. 2.- LA LETRA DE CAMBIO. Concepto: Es un título valor que se extiende por una persona (acreedor - librador) y recoge una obligación de pago aceptada por otra persona (deudor - librado) de una cantidad determinada en la fecha de su vencimiento. En el caso de transmisión de la letra de cambio, mediante la fórmula del endoso, el pago deberá realizarse al endosatario (acreedor actual). Debiendo
  • 2. responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago (deudor). Funciones: En el tráfico mercantil la letra de cambio puede cumplir las siguientes funciones: - Medio de pago, sustituyendo el pago en moneda. - Instrumento de crédito, garantizando un pago aplazado. - Medio para obtener un crédito, mediante el descuento bancario. Elementos personales: · Librador: persona que emite la letra de cambio (acreedor) dando la orden de pago a otra persona (deudor). · Librado: persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor). · Endosante: acreedor (original o posteriores) que transmite su derecho de cobro. · Endosatario: persona (acreedor actual) a quien se ha transmitido el derecho de cobro. · Tenedor: persona poseedora del título en cada momento. · Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago. Elementos formales: - Denominación de letra de cambio en el texto del título valor. - Orden de pago, estableciéndose el importe concreto. - Nombre y domicilio de la persona que emite o libra la letra de cambio (librador). - Lugar y fecha del libramiento. - Vencimiento, momento del pago. - Lugar de pago. - Nombre y domicilio de la persona a la que va dirigida la orden de pago (deudor). - Aceptación de la orden de pago por el librado. - Cláusulas añadidas (relativas al protesto principalmente), en su caso. Vencimiento: El vencimiento, o momento del pago, puede ser: - A la vista: debiendo pagarse en el momento de su presentación. - A un plazo contado desde la fecha del libramiento. - A un plazo contado desde la vista. Endoso: La letra de cambio y, por tanto, el derecho de cobro, se puede transmitir a otra persona mediante la fórmula del endoso tantas veces como se quiera. En caso de endoso el pago deberá realizarse por el librado (deudor) al endosatario (acreedor actual). Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario de la solvencia económica del librado.
  • 3. La declaración del endosante se debe realizar en el reverso de la letra de cambio, en el espacio destinado al endoso. Aval: El aval es el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el pago, en caso de no hacerlo el librado. Pudiendo comprender la totalidad de la deuda o parte de ella. El aval se debe hacer constar en el reverso de la letra de cambio. Protesto: El protesto deviene como consecuencia del impago de la letra de cambio. Es la acción de reclamar el pago de la letra y se consigna en un documento escrito, preferentemente un protesto notarial. 4.- EL CHEQUE. Concepto: Es un título valor emitido por una persona (librador) en el que se contiene una orden de pago a cargo de otra (librado) a favor del tenedor legítimo del documento (librador o tercero). La emisión del cheque debe librarse necesariamente contra un banco o entidad de crédito que tenga fondos existentes a disposición del librador. El concepto de cheque engloba también el concepto de talón. Funciones: El cheque nos permite disponer de nuestros fondos en un banco o entidad de crédito y utilizarlo como medio de pago. Diferencia con la letra de cambio: La letra de cambio contiene una orden de pago a una persona concreta designada en el título valor. Mientras que en el cheque la orden de pago va dirigida a un banco o entidad de crédito, que, teniendo fondos disponibles del librador, debe hacerla efectiva a favor del tenedor legítimo del título valor. Elementos personales: · Librador: persona que emite el cheque, dando la orden de pago. · Librado: banco o entidad de crédito al que va dirigido la orden de pago. · Tenedor: persona poseedora del título en cada momento y, por tanto, destinataria del pago. · Endosante: tenedor que transmite el cheque. · Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso. · Avalista: persona que garantiza, en todo o parte, el pago.
  • 4. Elementos formales: - Denominación de cheque en el texto del título valor. - Orden de pago, estableciéndose el importe concreto. - Firma del librador. - Lugar y fecha de la emisión del cheque. - Nombre y domicilio del librado (banco o entidad de crédito). - Lugar de pago. Tipos de Cheque: · A) Cheque al portador Deben abonarse al tenedor, el cual no está determinado en el título valor. · B) Cheque nominativo: Deben abonarse a la persona concreta designada en el título valor. - Cheque cruzado: En este tipo de cheques el librador o el tenedor pueden cruzar el cheque por medio de dos barras paralelas sobre el anverso, con lo cual el librado sólo puede pagarlo a determinadas personas. · Cruzado General: Contendrá dentro de las barras la mención “Banco o compañía” · Cruzado Especial: Contendrá dentro de las barras la mención de un Banco concreto. - Cheque para abonar en cuenta: En este tipo de cheques el librado no puede abonar el importe en efectivo, sólo puede abonarlo mediante ingreso en cuenta. Transmisión del Cheque: Los cheques al portador se transmiten mediante la mera entrega de los mismos a otra persona. Los cheques nominativos son transmisibles por medio de la fórmula del endoso, con excepción de aquellos que contengan la cláusula “no a la orden” u otra equivalente.
  • 5. 5.- EL PAGARÉ. Concepto: Es un título valor que contiene una promesa de pago de una cantidad determinada por una persona (firmante) a favor de una persona determinada (tenedor). El firmante de un pagaré queda obligado de igual manera que el aceptante de una letra de cambio. Es el título valor menos conocido, guardando grandes similitudes con la letra de cambio. Elementos personales: · Firmante o emisor: persona que realiza la promesa de pago y emite el pagaré. · Tenedor: persona a quien se debe realizar el pago. · Endosante: tenedor que transmite el pagaré. · Endosatario: persona a cuyo favor se realiza el endoso. Elementos formales: - Denominación de pagaré en el texto del título valor. - Promesa de pago, estableciéndose el importe concreto. - Vencimiento, momento del pago. - Lugar y fecha de la emisión del pagaré. - Nombre y firma del firmante. - Nombre y domicilio del tenedor. - Lugar de pago. Diferencias con la letra de cambio: A diferencia de la letra de cambio, en el pagaré el librador (persona que emite el pagaré) y el librado (persona a la que va dirigida la orden de pago) son la misma persona. RESUMEN: Un Título Valor es un documento mercantil en el que está incorporado un derecho privado patrimonial, por lo que el ejercicio del derecho está vinculado jurídicamente a la posesión del documento. En las compraventas que se realizan dentro del tráfico mercantil está muy extendida la utilización de algunos títulos valores como medio de pago y, en ocasiones, como instrumento de crédito. En concreto los títulos valores más utilizados en el tráfico mercantil son la letra de cambio, el cheque y el pagaré.