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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INTERCULTURAL DE
SINALOA.
PROGRAMA EDUCATIVO
LICENCIATURA EN DERECHO.
TRABAJO ACADÉMICO
DERECHOS HUMANOS.
MATERIA
HERRAMIENTAS PARA LA BÚSQUEDA Y MANEJO DE LA
INFORMACIÓN.
PROFESORA
IRMA VERÓNICA ORDUÑO BORQUEZ.
ALUMNA
DANIA YASMIN VALENZUELA GONZÁLEZ.
MATRICULA
19010238
SEMESTRE
1
GRUPO:02
18/11/2019
Contenido
DERECHOS HUMANOS............................................................................................................ 1
¿Qué son los derechos humanos?........................................................................................ 1
Los derechos humanos universales ...................................................................................... 1
Declaración universal de los derechos humanos................................................................. 2
La discriminación y los derechos humanos. ......................................................................... 2
Obligaciones del estado con los derechos humanos........................................................... 3
La Carta Internacional de Derechos Humanos. ................................................................... 4
Los derechos humanos de los migrantes. ............................................................................ 4
Los derechos humanos y las personas mayores................................................................. 5
Organizaciones defensoras.................................................................................................... 6
Derechos Humanos y la familia. ............................................................................................ 8
Los derechos humanos y el aborto........................................................................................ 9
Derechos humanos y Diversidad sexual............................................................................. 10
CONCLUSIÓN........................................................................................................................... 11
BIBLIOGRAFÍA.......................................................................................................................... 12
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se habla de los derechos humanos ya que estos son
indispensables para el desarrollo de una comunidad, Los derechos humanos son
derechos para todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar
de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra
condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación
alguna. Estos derechos tienen instituciones que se encargan de monitorear que se
cumplan y están disponibles para todas las personas que las necesiten.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en
determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo,
se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que
una persona es culpable de haber cometido un delito.
Los derechos son para todos por el simple hecho de haber nacido, todas las
personas tenemos derecho a que se nos respeten y apliquen de manera igual.
Todo beneficio también implica responsabilidades es por ello que estos también
incluyen una serie de obligaciones o responsabilidades.
Así mismo todas las autoridades tienen la obligación de hacer que estos se respeten
y se cumplan, estos cumplen una función importante para el cumplimiento de los
mismos.
Es importante que las personas se den cuenta de con cuales derechos cuentan y a
quien acudir en caso de que alguien viole sus derechos y para ello la información
acerca de estos derechos se encuentra disponible para todo aquel que la quiera.
1
DERECHOS HUMANOS.
¿Qué son los derechos humanos?
Para hablar de los derechos humanos primero es importante saber que son y lo que
estos significan para todos, Los derechos humanos son derechos que tiene toda
persona por el simple hecho de existir y de su dignidad humana. Estas definen las
relaciones entre los individuos y las organizaciones del poder, especialmente las del
Estado. Delimitan el poder del Estado y, al mismo tiempo, exigen que el Estado
tome medidas positivas que garanticen condiciones en las que todas las personas
puedan disfrutar de sus derechos humanos.
Los derechos humanos pertenecen a todos los aspectos de la vida. Su acción
permite a hombres y mujeres adaptar y determinar su propia vida en condiciones de
libertad, igualdad y respeto a la dignidad humana. Los derechos humanos
comprenden no sólo derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
sino también los derechos colectivos de los pueblos. (Derechos humanos , 2016)
Los derechos humanos universales
Los derechos humanos son universales porque están basados en la dignidad de
todo ser humano, sin importar la raza, el color, el sexo, el origen étnico o social, la
religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la orientación sexual, la discapacidad o
cualquier otra característica distintiva. Ya que son aceptados por todos los Estados
y pueblos, se aplican de forma igual y sin ninguna discriminación a todas las
personas y son los mismos para todos en todos los lugares.
Se han realizado estudios ya que muchas personas se cuestionaban si los derechos
humanos en realidad son universales porque no a todas las personas se les respeta
o aplica de la misma manera ya que existen lugares en donde las personas se
encuentran muy apegadas a su cultura y sin importar los derechos de quienes los
rodean, van a ejercer autonomía porque así lo manda sus costumbres, tradiciones
o religión. sin embargo, los derechos humanos estipulan 3 cosa en respuesta a la
integración de los mismos con las culturas la primera, imponer los ideales liberales
a los pueblos no liberales; segunda, aceptar el estilo de vida de cada grupo siempre
que se respeten los derechos humanos; tercera, no sólo aceptar la diversidad, sino
2
también fomentarla; el Estado tiene que proteger a las culturas minoritarias
mediante medidas especiales, pero no puede favorecer a las minorías en cuyo
interior no existen las igualdades básicas o derechos fundamentales. (González,
2006).
Los derechos humanos son exclusivos: a ninguna persona se le pueden quitar sus
derechos humanos, salvo en circunstancias legales claramente definidas. Por
ejemplo, el derecho de una persona a la libertad puede verse restringido si un
tribunal la declara culpable de un delito al término de un juicio imparcial. Todos los
derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están
relacionados entre sí. La comunidad debe tratar los derechos humanos en forma
íntegra y de manera justa y equitativa, en igualdad y dándoles a todos el mismos
pesos. Se debe de tenerse en cuenta la importancia de las particularidades
nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales
y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas
políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales (Derechos humanos , 2016)
Declaración universal de los derechos humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca
una diferencia en la historia de los derechos humanos. Elaborada por
representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes
jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948, como un ideal común
para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los
derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha
sido traducida en más de 500 idiomas. (unidas., 2008)
La discriminación y los derechos humanos.
Algunas de las violaciones más graves de los derechos humanos han venido de la
discriminación contra grupos concretos. El derecho a la igualdad y la prohibición de
la discriminación, muy bien especificados en los tratados internacionales y
regionales de derechos humanos, son fundamentales para la protección de todos
3
los derechos humanos. El derecho a la igualdad obliga a los Estados a velar por la
observancia de los derechos humanos sin discriminación por motivo alguno,
incluidos el sexo, la raza, el color, el idioma, la religión, la opinión política o de otra
índole, el origen nacional, étnico o social, la pertenencia a una minoría nacional, la
posición económica, el nacimiento, la edad, la discapacidad, la orientación sexual o
la condición social o de otro tipo. Hoy en día, la lucha contra la discriminación sigue
siendo un reto para muchas personas en todo el mundo ya que a pesar de ser
considerados como iguales ante la ley la personas no nos vemos así, muchos se
sienten superiores por el hecho de tener otro color de piel, cultura ,lenguaje y entre
otros rasgos “distintivos" y por ello tratan a las demás de una manera desagradable
y esto no es un problema de los pueblos o de los gobiernos es un problema que se
empieza desde casa ya que es en el hogar donde se debe fomentar el respeto se
debe enseñar desde pequeños a aceptar y respetar el hecho de que todos somos
diferentes y únicos. (Derechos humanos , 2016).
Obligaciones del estado con los derechos humanos.
En virtud del derecho internacional vigente, los Estados son los principales
encargados que asumen obligaciones en relación con los derechos humanos. No
obstante, cualquier persona o grupo puede violar los derechos humanos, y de hecho
no dejan de aumentar los abusos contra los derechos humanos cometidos por
agentes no pertenecientes al Estado (como empresas, grupos delictivos
organizados, terroristas, guerrillas y fuerzas paramilitares y organizaciones
intergubernamentales). Los tratados internacionales de derechos humanos y el
derecho consuetudinario imponen tres obligaciones a los Estados: el deber de
respetar, el deber de proteger y el deber de cumplir. Mientras que el equilibrio entre
esas obligaciones puede variar de acuerdo con los derechos de que se trate, se
aplican en principio a todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales. Además, los Estados tienen el deber de proporcionar reparación en el
nivel interno en caso de violación de los derechos humanos
4
La Carta Internacional de Derechos Humanos.
Con el establecimiento de las Naciones Unidas en 1945, el desarrollo y estímulo
del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin
hacer distinción se convirtieron en uno de los objetivos fundamentales que
perseguía la comunidad internacional. La Declaración Universal de Derechos
Humanos de 1948 ofrece la primera elaboración autorizada de la expresión
“derechos humanos”, tal y como se utiliza en la Carta de las Naciones Unidas, y
aunque no fue elaborada ni sometida a votación como instrumento jurídicamente
obligatorio, hoy en día, más de 70 años después, la Declaración puede considerarse
una norma general en materia de derechos humanos. “La Declaración es un
documento intemporal y poderoso que recoge las profundas aspiraciones de la
humanidad para vivir en condiciones de dignidad, igualdad y seguridad. Proporciona
normas mínimas y ha ayudado a convertir asuntos de orden moral en un marco
jurídicamente obligatoria.
Los derechos humanos de los migrantes.
La protección de los derechos humanos de las personas migrantes tiene grandes
retos. Para superarlos es necesario crear conciencia que las personas se interesen
por conocer por qué las personas salen de su país de origen, las causas por las
cuales abandonaron su vida en la búsqueda de algo nuevo pero incierto; conocer
su trayecto y las dificultades que enfrentan, pero, sobre todo, se requiere que nunca
dejemos de reconocer en las personas migrantes a seres humanos con sueños,
miedos, habilidades, debilidades y fortalezas. Para poder entenderlos, resulta
indispensable sentir su causa, integrarnos de algún modo a su vida en México, tener
presente que provienen de diversos países, tienen ideologías, creencias, idiomas,
costumbres e identidades distintas, y reconocer que esas diferencias y la
multiculturalidad enriquecen lugares y poblaciones a las que llegan y, en ocasiones,
las transforman. (Murales no muros., 2009)
5
Derechos humanos y democracia.
Es falso el hecho de crear la democracia sin derechos humanos. No se debe pensar
siquiera lo contrario: los derechos humanos en un régimen no democrático. No hay
una sin los otros. Si se cede en la democracia, se pierde en el terreno de los
derechos humanos. Al final, se destruyen ambos. La relación es recíproca y
negativamente proporcional. Pero también funciona en sentido contrario: si se
extiende el régimen de protección a los derechos humanos, se amplía el campo de
la democracia. Se gana en una, se eliminan ambas. Pero aun con esto hay quien
cuestiona esta relación entre democracia y derechos humanos. ¿Se puede pensar
la democracia sin un sistema de protección de los derechos humanos? No solo se
cuestiona esta relación entre estos derechos y los regímenes democráticos, incluso
se pone en duda la propia legitimidad de los derechos humanos. Por diferentes
razones y con diversos argumentos, se ataca contra la democracia y los derechos
humanos.
Los derechos humanos y las personas mayores.
La edad a la cual se considera que una persona es mayor ha variado a lo largo de
la historia y también cambia según la cultura, el nivel de desarrollo y el tipo de
localidad, entre otros múltiples factores. La vejez se ha relacionado con muchas
otras circunstancias como la falta de salud física, mental, la dependencia, la falta de
productividad y la vulnerabilidad. Esta visión, es tan dominante, que recientemente
algunos investigadores del más alto nivel han concluido que “la vejez ya no llega
con la edad sino con la dependencia”.
El enfoque de derechos humanos inició en la universalidad de los sujetos,
enfocándose en los derechos del ciudadano y luego generó instrumentos de diversa
disposición para grupos específicos como mujeres, niñez, migrantes, personas
mayores, personas con discapacidad entre muchos otros. Por su parte los derechos
humanos evolucionaron desde su consideración como el derecho general que tiene
como propósito a las personas mayores, a objetivos específicos que surgen a partir
de una nueva forma de ver las diversas formas en que el derecho interfiere con y
afecta la vida de las personas mayores. Este enfoque, que se ha extendido en los
6
últimos años, parte de la idea de que las cuestiones de salud no solamente tienen
que ver con decisiones al final de la vida, sino que también sea decisión de la
persona mayor determinar cómo quiere ser tratado en su vejez, dónde y por parte
de quién. Existe incluso un tipo de especialidad que consiste en la planeación en
caso de demencia. Representa un gran paso fuera de los campos legales típicos
como los testamentos y las herencias. (UNAM, 2019)
Organizaciones defensoras.
Muchas organizaciones por todo el mundo dedican sus esfuerzos para proteger los
derechos humanos y acabar con sus abusos. Las principales organizaciones de
derechos humanos disponen de páginas web extensas documentando violaciones
de los derechos humanos y hacen una llamada para tomar medidas para remediar
tales violaciones, y es un llamado que se hace a toda la sociedad en conjunto a las
diferentes formas de gobierno.
Amnistía internacional.
La Amnistía Internacional es un movimiento mundial de personas que realizan
campañas para el reconocimiento internacional de los derechos humanos para
todos. Con más de 2.2 millones de miembros y suscriptores en más de 150 países,
ellos dirigen investigaciones y generan acciones para prevenir y terminar los graves
abusos de los derechos humanos y exigir justicia para aquellos cuyos derechos han
sido violados.
El Fondo para la Defensa de los Niños (CDF).
El CDF es una organización en defensa de los niños, que trabaja para asegurar la
igualdad de condiciones para todos los niños. CDF aboga por políticas y programas
que saquen a los niños de la pobreza, los protejan del abuso y el abandono, y
garanticen su derecho a un cuidado médico y educación por igual.
Centro Simon Wiesenthal
Esta prestigiosa organización internacional judía de derechos humanos está
dedicada a reparar paso a paso al planeta. El Centro produce cambios al confrontar
el antisemitismo, el odio y el terrorismo, promoviendo los derechos humanos y la
7
dignidad, solidarizándose con Israel, defendiendo la seguridad de los judíos
mundialmente, y enseñando las lecciones del Holocausto para las futuras
generaciones.
En nuestro país se encuentra una de las organizaciones defensora de los derechos
humanos más grandes la cual lleva por nombre Comisión Nacional de los Derechos
Humanos, La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo
público autónomo del Estado mexicano, es decir, no depende de ninguna otra
autoridad. Su misión es la defensa, promoción, estudio y divulgación de los
derechos humanos reconocidos en la Constitución Mexicana, los tratados
internacionales y las leyes, hay casos en los que la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) no podrá interferir por ejemplo Tratándose de actos o
resoluciones provenientes de autoridades electorales o jurisdiccionales, tampoco es
posible su intervención cuando se trate de conflictos entre particulares.
Para estos casos la CNDH podrá brindar orientación jurídica o remitir a las
instancias correspondientes en aquellos casos en los cuales no se surta la
competencia del organismo. En este organismo no se permiten las quejas anónimas
ya que la queja debe incluir el nombre y firma de la persona que la presenta.
En aquellos casos cuando haga falta el nombre de la persona que presenta la queja
o no contenga su huella digital, la Comisión le hará saber esta situación para que,
dentro de los tres días siguientes se presente personalmente para hacerlo.
Sin embargo, la CNDH está facultada para investigar de oficio los hechos de un
escrito de queja anónimo si los acontecimientos presuntamente violatorios a
derechos humanos son considerados graves. El tiempo para interponer la queja no
debe ser superior a un año a partir de que sucedan los hechos que se consideran
violatorios de derechos humanos o de que se tuvo conocimiento de ellos.
Tratándose de infracciones graves a los derechos humanos, la CNDH podrá ampliar
dicho plazo. (CNDH, 2018-2019)
Igualdad ante la ley y los tribunales
El derecho a la igualdad ante los tribunales y las cortes de justicia es un elemento
fundamental de la protección de los derechos humanos y sirve como medio
8
procedimental para salvaguardar el estado de derecho. El derecho a la igualdad
ante la ley significa que las leyes no deben ser discriminatorias y que los jueces y
los funcionarios no deben hacer cumplir la ley de forma discriminatoria. El derecho
a la igualdad ante la ley significa que todas las personas tienen el mismo derecho a
acceder a los sistemas jurídicos y judiciales, así como el derecho a recibir un trato
de igualdad por parte de las autoridades jurídicas y judiciales.
Los tribunales deben constituirse de tal forma que queden garantizadas su
independencia y su imparcialidad. la duración de su mandato y la provisión de
garantías contra las presiones externas. La imparcialidad significa que, al entender
de las causas que se les presentan, los jueces no deben mostrar sesgo ni guiarse
por intereses personales o motivos políticos. Los Principios básicos de las Naciones
Unidas relativos a la independencia de la judicatura proporcionan directrices claras
a ese respecto.
Derechos Humanos y la familia.
La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce la familia como
“elemento natural y fundamental de la sociedad”, que también goza de protección
en virtud del artículo 23. Los instrumentos de derechos humanos reconocen que las
familias pueden tener formas muy diversas. Además de los parientes de sangre y
los vínculos legales (matrimonio, adopción, registro de parejas del mismo sexo,
entre otros), una relación económica y los valores sociales y culturales específicos
de una sociedad concreta son los criterios básicos que los mecanismos de derechos
humanos utilizan para determinar si un grupo constituye una familia.
La protección del hogar es otro aspecto importante de la vida privada, pues el hogar
proporciona un sentimiento de familiaridad, abrigo y seguridad y por consiguiente
simboliza el lugar de refugio de la vida pública en el que cada persona puede
conducir de la mejor manera posible su vida de acuerdo con sus propios deseos y
sin temor a ser molestado. En otros términos “hogar” no se aplica solamente a la
vivienda, sino también a las diversas casas o apartamentos, con independencia del
título legal (propiedad, alquiler, ocupación o incluso utilización ilegal) o de la
naturaleza del uso (como domicilio principal, segunda residencia o incluso
9
despachos de trabajo). Cada invasión de esa propiedad, descrita con el término
“hogar”, que se produce sin el consentimiento de las personas afectadas representa
una violación. La forma clásica de esta es un registro policial con el objeto de
localizar y detener a una persona o de encontrar pruebas para utilizarlas en un
procedimiento penal. La destrucción violenta de hogares por fuerzas de seguridad,
los desalojos forzosos, el uso de cámaras de televisión o micrófonos ocultos, las
prácticas de vigilancia electrónica o las formas extremas de contaminación
ambiental (como el ruido o los humos dañinos) pueden constituir una violación con
el derecho a la protección del hogar. Esto sólo es permisible si cumple la legislación
interna y no es arbitraria, es decir, si ocurre con un propósito específico y de
conformidad con el principio de proporcionalidad.
Los derechos humanos y el aborto.
Los derechos humanos sostienen que el acceso a la interrupción del embarazo no
responde a un criterio uniforme, más bien depende del caso. Incluso el sistema
europeo que se expide con certeza en relación a necesidad de efectividad en el
caso de aborto legal, utiliza similares argumentos que se basan en interpretaciones
de artículos de la Convención para luego rechazar el amparo por no estar el caso
dentro de la legislación interna. En cuanto al sistema interamericano, lo que
prevalece es la indeterminación de criterios.
Con lo expuesto antes se puede concluir que el acceso a la interrupción del
embarazo no responde a un criterio uniforme, Regulación y acceso al Aborto más
bien depende del caso. Incluso el sistema que se expide con certeza en relación a
necesidad de efectividad en el caso de aborto legal, utiliza similares argumentos
que se basan en interpretaciones de artículos de la Convención para luego rechazar
el amparo por no estar el caso dentro de la legislación interna. Ello evidentemente
genera una inseguridad jurídica en tanto manda el mensaje que la Convención no
se aplica a todas las personas por igual y a que un sistema plenamente restrictivo
no la contrariaría. En cuanto al sistema interamericano, lo que prevalece es la
indeterminación de criterios. Si bien la Comisión Interamericana sí se ha expresado
de manera más contundente al recomendar, la prohibición total del aborto, la Corte
10
no ha hecho una declaración general y su línea jurisprudencial dista mucho de ser
coherente.
Derechos humanos y Diversidad sexual.
Los Derechos de Lesbianas y homosexuales y bisexuales deben tener los mismos
derechos sin ninguna diferencia aun que se ha tenido conocimiento de que negocios
despiden abiertamente a empleados lesbianas y homosexuales y muchos estados
mantienen pólizas que excluyen a las personas homosexuales de ciertas
posiciones. Cada año a las lesbianas y los homosexuales se les niega empleo y
acceso a vivienda, hoteles y otras acomodaciones públicas. A muchos más se les
fuerza a esconder sus vidas, a negar sus familias y mentir acerca de sus seres
queridos solamente para poder vivir, la mejor manera de corregir la discriminación
es por medio de enmiendas a todas las leyes existentes de derechos civiles a nivel
federal, estatal y local y las pólizas en negocios y universidades con el fin de que se
prohíba la discriminación basada en la orientación sexual.
Los derechos humanos buscan darles inclusión a todos los seres humanos y para
que esto sea posible buscan nuevas formas para que todas las personas sean
respetadas sin importar su orientación sexual. Este aspecto de la libertad de
expresión juega un papel importante, reviste particular importancia para los
parlamentarios, pues menciona la libertad de expresarse desde el punto de vista
político. El Comité de Derechos Humanos concluyó que “el derecho de un individuo
a expresarse, de la manera que el, forman parte de la libertad de expresión”. Tal
como el Comité de Derechos Humanos señala, el alcance de la libertad de
expresión “llega incluso a expresiones que pueden considerarse profundamente
ofensivas”. (Murales no muros., 2009)
11
CONCLUSIÓN
En conclusión, los derechos humanos son justos e impartidos de manera igual para
todos los seres humanos, estos exigen mucho el respeto para todos sin importar
nada, raza, sexo o color de piel. Los derechos humanos abarcan una gran parte de
nuestra vida y son estos los que la rigen de igual modo. Todos somos iguales ante
la ley y los derechos humanos tratan de hacernos entender un poco esto que no
somos superior a nadie sin importar quienes podamos ser. Las autoridades tienen
la obligación de hacer que estos se cumplan, pero también nosotros como
ciudadanos tenemos el deber cumplir con ellos, se ha dicho que a base de los
derechos humanos es el respeto, para que nuestros derechos sean respetados
tenemos que respetar el de los demás.
Es necesario que las personas sepan cuáles son sus derechos para saber
defenderse de una injusticia, para que puedan tener conocimiento de cuándo deben
denunciar actualmente se encuentras organizaciones que se encargan de defender
estos derechos y ayudan a cualquier persona que los necesita. Los derechos
humanos también han estado presentes en el tema que ha sido tan comentado que
es el aborto los derechos humanos tienen un conflicto ya que defienden la vida, pero
también reconocen que las mujeres tienen derecho a decidir sobre su cuerpo y será
un conflicto saber, que es lo mejor, de qué lado ponerse y lo que deberán defender.
12
Bibliografía
CNDH. (2018-2019). Obtenido de Comison Nacional de los Derechos Humanos:
https://www.cndh.org.mx/cndh/preguntas-frecuentes
Derechos humanos . (2016). En N. u. interparlamentaria.. Mexico : Courand et Associés.
González, M. d. (3 de 11 de 2006). Multiculturalismo y derechos humanos . Obtenido de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-00632007000100002
Murales no muros. (2009). En C. n. humanos. México.
UNAM. (2019). Derechos humanos de los adultos mayores . En CNDH. México.
unidas., N. (1 de 5 de 2008). Declaracion universal de los derechos humanos. Obtenido de
https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/index.html

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Trabajo académico_Derechos humanos

  • 1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA INTERCULTURAL DE SINALOA. PROGRAMA EDUCATIVO LICENCIATURA EN DERECHO. TRABAJO ACADÉMICO DERECHOS HUMANOS. MATERIA HERRAMIENTAS PARA LA BÚSQUEDA Y MANEJO DE LA INFORMACIÓN. PROFESORA IRMA VERÓNICA ORDUÑO BORQUEZ. ALUMNA DANIA YASMIN VALENZUELA GONZÁLEZ. MATRICULA 19010238 SEMESTRE 1 GRUPO:02 18/11/2019
  • 2. Contenido DERECHOS HUMANOS............................................................................................................ 1 ¿Qué son los derechos humanos?........................................................................................ 1 Los derechos humanos universales ...................................................................................... 1 Declaración universal de los derechos humanos................................................................. 2 La discriminación y los derechos humanos. ......................................................................... 2 Obligaciones del estado con los derechos humanos........................................................... 3 La Carta Internacional de Derechos Humanos. ................................................................... 4 Los derechos humanos de los migrantes. ............................................................................ 4 Los derechos humanos y las personas mayores................................................................. 5 Organizaciones defensoras.................................................................................................... 6 Derechos Humanos y la familia. ............................................................................................ 8 Los derechos humanos y el aborto........................................................................................ 9 Derechos humanos y Diversidad sexual............................................................................. 10 CONCLUSIÓN........................................................................................................................... 11 BIBLIOGRAFÍA.......................................................................................................................... 12
  • 3. INTRODUCCIÓN En el presente trabajo se habla de los derechos humanos ya que estos son indispensables para el desarrollo de una comunidad, Los derechos humanos son derechos para todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos tienen instituciones que se encargan de monitorear que se cumplan y están disponibles para todas las personas que las necesiten. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito. Los derechos son para todos por el simple hecho de haber nacido, todas las personas tenemos derecho a que se nos respeten y apliquen de manera igual. Todo beneficio también implica responsabilidades es por ello que estos también incluyen una serie de obligaciones o responsabilidades. Así mismo todas las autoridades tienen la obligación de hacer que estos se respeten y se cumplan, estos cumplen una función importante para el cumplimiento de los mismos. Es importante que las personas se den cuenta de con cuales derechos cuentan y a quien acudir en caso de que alguien viole sus derechos y para ello la información acerca de estos derechos se encuentra disponible para todo aquel que la quiera.
  • 4. 1 DERECHOS HUMANOS. ¿Qué son los derechos humanos? Para hablar de los derechos humanos primero es importante saber que son y lo que estos significan para todos, Los derechos humanos son derechos que tiene toda persona por el simple hecho de existir y de su dignidad humana. Estas definen las relaciones entre los individuos y las organizaciones del poder, especialmente las del Estado. Delimitan el poder del Estado y, al mismo tiempo, exigen que el Estado tome medidas positivas que garanticen condiciones en las que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos humanos. Los derechos humanos pertenecen a todos los aspectos de la vida. Su acción permite a hombres y mujeres adaptar y determinar su propia vida en condiciones de libertad, igualdad y respeto a la dignidad humana. Los derechos humanos comprenden no sólo derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, sino también los derechos colectivos de los pueblos. (Derechos humanos , 2016) Los derechos humanos universales Los derechos humanos son universales porque están basados en la dignidad de todo ser humano, sin importar la raza, el color, el sexo, el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la orientación sexual, la discapacidad o cualquier otra característica distintiva. Ya que son aceptados por todos los Estados y pueblos, se aplican de forma igual y sin ninguna discriminación a todas las personas y son los mismos para todos en todos los lugares. Se han realizado estudios ya que muchas personas se cuestionaban si los derechos humanos en realidad son universales porque no a todas las personas se les respeta o aplica de la misma manera ya que existen lugares en donde las personas se encuentran muy apegadas a su cultura y sin importar los derechos de quienes los rodean, van a ejercer autonomía porque así lo manda sus costumbres, tradiciones o religión. sin embargo, los derechos humanos estipulan 3 cosa en respuesta a la integración de los mismos con las culturas la primera, imponer los ideales liberales a los pueblos no liberales; segunda, aceptar el estilo de vida de cada grupo siempre que se respeten los derechos humanos; tercera, no sólo aceptar la diversidad, sino
  • 5. 2 también fomentarla; el Estado tiene que proteger a las culturas minoritarias mediante medidas especiales, pero no puede favorecer a las minorías en cuyo interior no existen las igualdades básicas o derechos fundamentales. (González, 2006). Los derechos humanos son exclusivos: a ninguna persona se le pueden quitar sus derechos humanos, salvo en circunstancias legales claramente definidas. Por ejemplo, el derecho de una persona a la libertad puede verse restringido si un tribunal la declara culpable de un delito al término de un juicio imparcial. Todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad debe tratar los derechos humanos en forma íntegra y de manera justa y equitativa, en igualdad y dándoles a todos el mismos pesos. Se debe de tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber, sean cuales fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (Derechos humanos , 2016) Declaración universal de los derechos humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca una diferencia en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948, como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de 500 idiomas. (unidas., 2008) La discriminación y los derechos humanos. Algunas de las violaciones más graves de los derechos humanos han venido de la discriminación contra grupos concretos. El derecho a la igualdad y la prohibición de la discriminación, muy bien especificados en los tratados internacionales y regionales de derechos humanos, son fundamentales para la protección de todos
  • 6. 3 los derechos humanos. El derecho a la igualdad obliga a los Estados a velar por la observancia de los derechos humanos sin discriminación por motivo alguno, incluidos el sexo, la raza, el color, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la pertenencia a una minoría nacional, la posición económica, el nacimiento, la edad, la discapacidad, la orientación sexual o la condición social o de otro tipo. Hoy en día, la lucha contra la discriminación sigue siendo un reto para muchas personas en todo el mundo ya que a pesar de ser considerados como iguales ante la ley la personas no nos vemos así, muchos se sienten superiores por el hecho de tener otro color de piel, cultura ,lenguaje y entre otros rasgos “distintivos" y por ello tratan a las demás de una manera desagradable y esto no es un problema de los pueblos o de los gobiernos es un problema que se empieza desde casa ya que es en el hogar donde se debe fomentar el respeto se debe enseñar desde pequeños a aceptar y respetar el hecho de que todos somos diferentes y únicos. (Derechos humanos , 2016). Obligaciones del estado con los derechos humanos. En virtud del derecho internacional vigente, los Estados son los principales encargados que asumen obligaciones en relación con los derechos humanos. No obstante, cualquier persona o grupo puede violar los derechos humanos, y de hecho no dejan de aumentar los abusos contra los derechos humanos cometidos por agentes no pertenecientes al Estado (como empresas, grupos delictivos organizados, terroristas, guerrillas y fuerzas paramilitares y organizaciones intergubernamentales). Los tratados internacionales de derechos humanos y el derecho consuetudinario imponen tres obligaciones a los Estados: el deber de respetar, el deber de proteger y el deber de cumplir. Mientras que el equilibrio entre esas obligaciones puede variar de acuerdo con los derechos de que se trate, se aplican en principio a todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Además, los Estados tienen el deber de proporcionar reparación en el nivel interno en caso de violación de los derechos humanos
  • 7. 4 La Carta Internacional de Derechos Humanos. Con el establecimiento de las Naciones Unidas en 1945, el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción se convirtieron en uno de los objetivos fundamentales que perseguía la comunidad internacional. La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 ofrece la primera elaboración autorizada de la expresión “derechos humanos”, tal y como se utiliza en la Carta de las Naciones Unidas, y aunque no fue elaborada ni sometida a votación como instrumento jurídicamente obligatorio, hoy en día, más de 70 años después, la Declaración puede considerarse una norma general en materia de derechos humanos. “La Declaración es un documento intemporal y poderoso que recoge las profundas aspiraciones de la humanidad para vivir en condiciones de dignidad, igualdad y seguridad. Proporciona normas mínimas y ha ayudado a convertir asuntos de orden moral en un marco jurídicamente obligatoria. Los derechos humanos de los migrantes. La protección de los derechos humanos de las personas migrantes tiene grandes retos. Para superarlos es necesario crear conciencia que las personas se interesen por conocer por qué las personas salen de su país de origen, las causas por las cuales abandonaron su vida en la búsqueda de algo nuevo pero incierto; conocer su trayecto y las dificultades que enfrentan, pero, sobre todo, se requiere que nunca dejemos de reconocer en las personas migrantes a seres humanos con sueños, miedos, habilidades, debilidades y fortalezas. Para poder entenderlos, resulta indispensable sentir su causa, integrarnos de algún modo a su vida en México, tener presente que provienen de diversos países, tienen ideologías, creencias, idiomas, costumbres e identidades distintas, y reconocer que esas diferencias y la multiculturalidad enriquecen lugares y poblaciones a las que llegan y, en ocasiones, las transforman. (Murales no muros., 2009)
  • 8. 5 Derechos humanos y democracia. Es falso el hecho de crear la democracia sin derechos humanos. No se debe pensar siquiera lo contrario: los derechos humanos en un régimen no democrático. No hay una sin los otros. Si se cede en la democracia, se pierde en el terreno de los derechos humanos. Al final, se destruyen ambos. La relación es recíproca y negativamente proporcional. Pero también funciona en sentido contrario: si se extiende el régimen de protección a los derechos humanos, se amplía el campo de la democracia. Se gana en una, se eliminan ambas. Pero aun con esto hay quien cuestiona esta relación entre democracia y derechos humanos. ¿Se puede pensar la democracia sin un sistema de protección de los derechos humanos? No solo se cuestiona esta relación entre estos derechos y los regímenes democráticos, incluso se pone en duda la propia legitimidad de los derechos humanos. Por diferentes razones y con diversos argumentos, se ataca contra la democracia y los derechos humanos. Los derechos humanos y las personas mayores. La edad a la cual se considera que una persona es mayor ha variado a lo largo de la historia y también cambia según la cultura, el nivel de desarrollo y el tipo de localidad, entre otros múltiples factores. La vejez se ha relacionado con muchas otras circunstancias como la falta de salud física, mental, la dependencia, la falta de productividad y la vulnerabilidad. Esta visión, es tan dominante, que recientemente algunos investigadores del más alto nivel han concluido que “la vejez ya no llega con la edad sino con la dependencia”. El enfoque de derechos humanos inició en la universalidad de los sujetos, enfocándose en los derechos del ciudadano y luego generó instrumentos de diversa disposición para grupos específicos como mujeres, niñez, migrantes, personas mayores, personas con discapacidad entre muchos otros. Por su parte los derechos humanos evolucionaron desde su consideración como el derecho general que tiene como propósito a las personas mayores, a objetivos específicos que surgen a partir de una nueva forma de ver las diversas formas en que el derecho interfiere con y afecta la vida de las personas mayores. Este enfoque, que se ha extendido en los
  • 9. 6 últimos años, parte de la idea de que las cuestiones de salud no solamente tienen que ver con decisiones al final de la vida, sino que también sea decisión de la persona mayor determinar cómo quiere ser tratado en su vejez, dónde y por parte de quién. Existe incluso un tipo de especialidad que consiste en la planeación en caso de demencia. Representa un gran paso fuera de los campos legales típicos como los testamentos y las herencias. (UNAM, 2019) Organizaciones defensoras. Muchas organizaciones por todo el mundo dedican sus esfuerzos para proteger los derechos humanos y acabar con sus abusos. Las principales organizaciones de derechos humanos disponen de páginas web extensas documentando violaciones de los derechos humanos y hacen una llamada para tomar medidas para remediar tales violaciones, y es un llamado que se hace a toda la sociedad en conjunto a las diferentes formas de gobierno. Amnistía internacional. La Amnistía Internacional es un movimiento mundial de personas que realizan campañas para el reconocimiento internacional de los derechos humanos para todos. Con más de 2.2 millones de miembros y suscriptores en más de 150 países, ellos dirigen investigaciones y generan acciones para prevenir y terminar los graves abusos de los derechos humanos y exigir justicia para aquellos cuyos derechos han sido violados. El Fondo para la Defensa de los Niños (CDF). El CDF es una organización en defensa de los niños, que trabaja para asegurar la igualdad de condiciones para todos los niños. CDF aboga por políticas y programas que saquen a los niños de la pobreza, los protejan del abuso y el abandono, y garanticen su derecho a un cuidado médico y educación por igual. Centro Simon Wiesenthal Esta prestigiosa organización internacional judía de derechos humanos está dedicada a reparar paso a paso al planeta. El Centro produce cambios al confrontar el antisemitismo, el odio y el terrorismo, promoviendo los derechos humanos y la
  • 10. 7 dignidad, solidarizándose con Israel, defendiendo la seguridad de los judíos mundialmente, y enseñando las lecciones del Holocausto para las futuras generaciones. En nuestro país se encuentra una de las organizaciones defensora de los derechos humanos más grandes la cual lleva por nombre Comisión Nacional de los Derechos Humanos, La Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo público autónomo del Estado mexicano, es decir, no depende de ninguna otra autoridad. Su misión es la defensa, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Mexicana, los tratados internacionales y las leyes, hay casos en los que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) no podrá interferir por ejemplo Tratándose de actos o resoluciones provenientes de autoridades electorales o jurisdiccionales, tampoco es posible su intervención cuando se trate de conflictos entre particulares. Para estos casos la CNDH podrá brindar orientación jurídica o remitir a las instancias correspondientes en aquellos casos en los cuales no se surta la competencia del organismo. En este organismo no se permiten las quejas anónimas ya que la queja debe incluir el nombre y firma de la persona que la presenta. En aquellos casos cuando haga falta el nombre de la persona que presenta la queja o no contenga su huella digital, la Comisión le hará saber esta situación para que, dentro de los tres días siguientes se presente personalmente para hacerlo. Sin embargo, la CNDH está facultada para investigar de oficio los hechos de un escrito de queja anónimo si los acontecimientos presuntamente violatorios a derechos humanos son considerados graves. El tiempo para interponer la queja no debe ser superior a un año a partir de que sucedan los hechos que se consideran violatorios de derechos humanos o de que se tuvo conocimiento de ellos. Tratándose de infracciones graves a los derechos humanos, la CNDH podrá ampliar dicho plazo. (CNDH, 2018-2019) Igualdad ante la ley y los tribunales El derecho a la igualdad ante los tribunales y las cortes de justicia es un elemento fundamental de la protección de los derechos humanos y sirve como medio
  • 11. 8 procedimental para salvaguardar el estado de derecho. El derecho a la igualdad ante la ley significa que las leyes no deben ser discriminatorias y que los jueces y los funcionarios no deben hacer cumplir la ley de forma discriminatoria. El derecho a la igualdad ante la ley significa que todas las personas tienen el mismo derecho a acceder a los sistemas jurídicos y judiciales, así como el derecho a recibir un trato de igualdad por parte de las autoridades jurídicas y judiciales. Los tribunales deben constituirse de tal forma que queden garantizadas su independencia y su imparcialidad. la duración de su mandato y la provisión de garantías contra las presiones externas. La imparcialidad significa que, al entender de las causas que se les presentan, los jueces no deben mostrar sesgo ni guiarse por intereses personales o motivos políticos. Los Principios básicos de las Naciones Unidas relativos a la independencia de la judicatura proporcionan directrices claras a ese respecto. Derechos Humanos y la familia. La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce la familia como “elemento natural y fundamental de la sociedad”, que también goza de protección en virtud del artículo 23. Los instrumentos de derechos humanos reconocen que las familias pueden tener formas muy diversas. Además de los parientes de sangre y los vínculos legales (matrimonio, adopción, registro de parejas del mismo sexo, entre otros), una relación económica y los valores sociales y culturales específicos de una sociedad concreta son los criterios básicos que los mecanismos de derechos humanos utilizan para determinar si un grupo constituye una familia. La protección del hogar es otro aspecto importante de la vida privada, pues el hogar proporciona un sentimiento de familiaridad, abrigo y seguridad y por consiguiente simboliza el lugar de refugio de la vida pública en el que cada persona puede conducir de la mejor manera posible su vida de acuerdo con sus propios deseos y sin temor a ser molestado. En otros términos “hogar” no se aplica solamente a la vivienda, sino también a las diversas casas o apartamentos, con independencia del título legal (propiedad, alquiler, ocupación o incluso utilización ilegal) o de la naturaleza del uso (como domicilio principal, segunda residencia o incluso
  • 12. 9 despachos de trabajo). Cada invasión de esa propiedad, descrita con el término “hogar”, que se produce sin el consentimiento de las personas afectadas representa una violación. La forma clásica de esta es un registro policial con el objeto de localizar y detener a una persona o de encontrar pruebas para utilizarlas en un procedimiento penal. La destrucción violenta de hogares por fuerzas de seguridad, los desalojos forzosos, el uso de cámaras de televisión o micrófonos ocultos, las prácticas de vigilancia electrónica o las formas extremas de contaminación ambiental (como el ruido o los humos dañinos) pueden constituir una violación con el derecho a la protección del hogar. Esto sólo es permisible si cumple la legislación interna y no es arbitraria, es decir, si ocurre con un propósito específico y de conformidad con el principio de proporcionalidad. Los derechos humanos y el aborto. Los derechos humanos sostienen que el acceso a la interrupción del embarazo no responde a un criterio uniforme, más bien depende del caso. Incluso el sistema europeo que se expide con certeza en relación a necesidad de efectividad en el caso de aborto legal, utiliza similares argumentos que se basan en interpretaciones de artículos de la Convención para luego rechazar el amparo por no estar el caso dentro de la legislación interna. En cuanto al sistema interamericano, lo que prevalece es la indeterminación de criterios. Con lo expuesto antes se puede concluir que el acceso a la interrupción del embarazo no responde a un criterio uniforme, Regulación y acceso al Aborto más bien depende del caso. Incluso el sistema que se expide con certeza en relación a necesidad de efectividad en el caso de aborto legal, utiliza similares argumentos que se basan en interpretaciones de artículos de la Convención para luego rechazar el amparo por no estar el caso dentro de la legislación interna. Ello evidentemente genera una inseguridad jurídica en tanto manda el mensaje que la Convención no se aplica a todas las personas por igual y a que un sistema plenamente restrictivo no la contrariaría. En cuanto al sistema interamericano, lo que prevalece es la indeterminación de criterios. Si bien la Comisión Interamericana sí se ha expresado de manera más contundente al recomendar, la prohibición total del aborto, la Corte
  • 13. 10 no ha hecho una declaración general y su línea jurisprudencial dista mucho de ser coherente. Derechos humanos y Diversidad sexual. Los Derechos de Lesbianas y homosexuales y bisexuales deben tener los mismos derechos sin ninguna diferencia aun que se ha tenido conocimiento de que negocios despiden abiertamente a empleados lesbianas y homosexuales y muchos estados mantienen pólizas que excluyen a las personas homosexuales de ciertas posiciones. Cada año a las lesbianas y los homosexuales se les niega empleo y acceso a vivienda, hoteles y otras acomodaciones públicas. A muchos más se les fuerza a esconder sus vidas, a negar sus familias y mentir acerca de sus seres queridos solamente para poder vivir, la mejor manera de corregir la discriminación es por medio de enmiendas a todas las leyes existentes de derechos civiles a nivel federal, estatal y local y las pólizas en negocios y universidades con el fin de que se prohíba la discriminación basada en la orientación sexual. Los derechos humanos buscan darles inclusión a todos los seres humanos y para que esto sea posible buscan nuevas formas para que todas las personas sean respetadas sin importar su orientación sexual. Este aspecto de la libertad de expresión juega un papel importante, reviste particular importancia para los parlamentarios, pues menciona la libertad de expresarse desde el punto de vista político. El Comité de Derechos Humanos concluyó que “el derecho de un individuo a expresarse, de la manera que el, forman parte de la libertad de expresión”. Tal como el Comité de Derechos Humanos señala, el alcance de la libertad de expresión “llega incluso a expresiones que pueden considerarse profundamente ofensivas”. (Murales no muros., 2009)
  • 14. 11 CONCLUSIÓN En conclusión, los derechos humanos son justos e impartidos de manera igual para todos los seres humanos, estos exigen mucho el respeto para todos sin importar nada, raza, sexo o color de piel. Los derechos humanos abarcan una gran parte de nuestra vida y son estos los que la rigen de igual modo. Todos somos iguales ante la ley y los derechos humanos tratan de hacernos entender un poco esto que no somos superior a nadie sin importar quienes podamos ser. Las autoridades tienen la obligación de hacer que estos se cumplan, pero también nosotros como ciudadanos tenemos el deber cumplir con ellos, se ha dicho que a base de los derechos humanos es el respeto, para que nuestros derechos sean respetados tenemos que respetar el de los demás. Es necesario que las personas sepan cuáles son sus derechos para saber defenderse de una injusticia, para que puedan tener conocimiento de cuándo deben denunciar actualmente se encuentras organizaciones que se encargan de defender estos derechos y ayudan a cualquier persona que los necesita. Los derechos humanos también han estado presentes en el tema que ha sido tan comentado que es el aborto los derechos humanos tienen un conflicto ya que defienden la vida, pero también reconocen que las mujeres tienen derecho a decidir sobre su cuerpo y será un conflicto saber, que es lo mejor, de qué lado ponerse y lo que deberán defender.
  • 15. 12 Bibliografía CNDH. (2018-2019). Obtenido de Comison Nacional de los Derechos Humanos: https://www.cndh.org.mx/cndh/preguntas-frecuentes Derechos humanos . (2016). En N. u. interparlamentaria.. Mexico : Courand et Associés. González, M. d. (3 de 11 de 2006). Multiculturalismo y derechos humanos . Obtenido de http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-00632007000100002 Murales no muros. (2009). En C. n. humanos. México. UNAM. (2019). Derechos humanos de los adultos mayores . En CNDH. México. unidas., N. (1 de 5 de 2008). Declaracion universal de los derechos humanos. Obtenido de https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/index.html