ASOCIACIÓN
CÓMO CREAR UNA ASOCIACIÓN ¿QUÉ ES UNA ASOCIACIÓN? TIPOS DE ASOCIACIÓN TRÁMITES PARA CREAR UNA ASOCIACIÓN PRESENCIA DE ASOCIACIÓN EN LA RED DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA
¿QUÉ ES UNA ASOCIACIÓN? Es un grupo de personas (tres o más) que se unen de manera voluntaria y libre para lograr, sin ánimo de lucro, una finalidad de interés general o particular y a tal fin ponen en común sus conocimientos, actividades o recursos económicos.   El derecho fundamental de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución, y de antigua tradición en nuestro constitucionalismo, constituye un fenómeno sociológico y político, como tendencia natural de las personas  y como instrumento de participación, respecto al cual los poderes públicos no pueden permanecer al margen . Es común caer en el error de pensar que la ausencia de ánimo de lucro comporta la imposibilidad de que la asociación tenga beneficios. Distinción entre interés general e interés particular.  Interés particular:  sólo se benefician los miembros asociados. Interés general:  los beneficiados  son un colectivo genérico de personas que va más allá de los miembros de la misma. La Ley 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación
TIPOS DE ASOCIACIÓN Asociaciones juveniles: Socios de entre 14 y 30 años. Asociaciones de consumidores y usuarios: Creadas para la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios. Asociaciones de vecinos: Constituidas para la representación y defensa de los intereses de los vecinos de un barrio o zona geográfica. Asociaciones de acción voluntaria: desarrollo de programas de acción voluntaria. Asociaciones religiosas.  Asociaciones de padres Asociaciones de utilidad pública:Sus fines son considerados de interés general FEDERACIÓN O COORDINADORA Está constituida por la unión de varias asociaciones
TRÁMITES PARA CREAR UNA ASOCIACIÓN REUNIÓN FUNDACIONAL. APROBAR LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN APROBAR UN REGLAMENTO INTERNO PROCEDIMIENTO LEGAL PARA SU CONSTITUCIÓN: Inscripción en el Registro de Asociaciones Declaración censal y Obtención del CIF Exención del IVA Legalización de libros Apertura de una cuenta corriente en una entidad bancaria
PRESENCIA DE ASOCIACIÓN EN LA RED Las nuevas tecnologías constituyen una herramienta importante en la organización cotidiana de las asociaciones. Si la asociación está en Internet, hay que comunicar el nombre de dominio o dirección al Registro Nacional de Asociaciones. Para ello, se remita una solicitud a la Sección General Técnica del Ministerio de Interior, Registro Nacional de Asociaciones. También deben realizar un inventario de bienes y recoger en el Libro de Actas las reuniones. Las asociaciones, para su administración, pueden disponer de archivos, usar bases de datos. Internet también ofrece otros recursos, como crear una página web y, de manera gratuita, hacer un blog y apuntarse a las redes sociales.  Es importante que la asociación tenga un perfil en las redes sociales de internet y blogs.
DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA  El requisito básico para la declaración de Utilidad Pública es simplemente estar constituida como asociación.  En Andalucía, los requisitos son : * Los fines de la asociación tenderán a promover el interés general de Andalucía. * Su actividad no se limitará solo a los socios. * Los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no deben hacerlo con cargo a fondos y subvenciones públicas. * Estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía. La declaración de utilidad pública confiere una serie de derechos a la asociación: * Usar la mención 'declarada de utilidad pública' en todos los documentos. * Disfrutar de las exenciones, beneficios económicos y fiscales previstos por ley. * Asistencia jurídica gratuita en los casos previstos por ley. En cuanto a las obligaciones, las asociaciones declaradas de utilidad pública deben: * Presentar las cuentas anuales (6 meses siguientes a la finalización del ejercicio) * Presentar una memoria descriptiva de las actividades realizadas durante el año ante el organismo encargado de verificar la constitución de la asociación, asícomo su inscripción en el registro correspondiente. * Facilitar a la Administración Pública la documentación que le sea requerida.

Trámites para crear asociación

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    CÓMO CREAR UNAASOCIACIÓN ¿QUÉ ES UNA ASOCIACIÓN? TIPOS DE ASOCIACIÓN TRÁMITES PARA CREAR UNA ASOCIACIÓN PRESENCIA DE ASOCIACIÓN EN LA RED DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA
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    ¿QUÉ ES UNAASOCIACIÓN? Es un grupo de personas (tres o más) que se unen de manera voluntaria y libre para lograr, sin ánimo de lucro, una finalidad de interés general o particular y a tal fin ponen en común sus conocimientos, actividades o recursos económicos. El derecho fundamental de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución, y de antigua tradición en nuestro constitucionalismo, constituye un fenómeno sociológico y político, como tendencia natural de las personas y como instrumento de participación, respecto al cual los poderes públicos no pueden permanecer al margen . Es común caer en el error de pensar que la ausencia de ánimo de lucro comporta la imposibilidad de que la asociación tenga beneficios. Distinción entre interés general e interés particular. Interés particular: sólo se benefician los miembros asociados. Interés general: los beneficiados son un colectivo genérico de personas que va más allá de los miembros de la misma. La Ley 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación
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    TIPOS DE ASOCIACIÓNAsociaciones juveniles: Socios de entre 14 y 30 años. Asociaciones de consumidores y usuarios: Creadas para la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios. Asociaciones de vecinos: Constituidas para la representación y defensa de los intereses de los vecinos de un barrio o zona geográfica. Asociaciones de acción voluntaria: desarrollo de programas de acción voluntaria. Asociaciones religiosas. Asociaciones de padres Asociaciones de utilidad pública:Sus fines son considerados de interés general FEDERACIÓN O COORDINADORA Está constituida por la unión de varias asociaciones
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    TRÁMITES PARA CREARUNA ASOCIACIÓN REUNIÓN FUNDACIONAL. APROBAR LOS ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN APROBAR UN REGLAMENTO INTERNO PROCEDIMIENTO LEGAL PARA SU CONSTITUCIÓN: Inscripción en el Registro de Asociaciones Declaración censal y Obtención del CIF Exención del IVA Legalización de libros Apertura de una cuenta corriente en una entidad bancaria
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    PRESENCIA DE ASOCIACIÓNEN LA RED Las nuevas tecnologías constituyen una herramienta importante en la organización cotidiana de las asociaciones. Si la asociación está en Internet, hay que comunicar el nombre de dominio o dirección al Registro Nacional de Asociaciones. Para ello, se remita una solicitud a la Sección General Técnica del Ministerio de Interior, Registro Nacional de Asociaciones. También deben realizar un inventario de bienes y recoger en el Libro de Actas las reuniones. Las asociaciones, para su administración, pueden disponer de archivos, usar bases de datos. Internet también ofrece otros recursos, como crear una página web y, de manera gratuita, hacer un blog y apuntarse a las redes sociales. Es importante que la asociación tenga un perfil en las redes sociales de internet y blogs.
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    DECLARACIÓN DE UTILIDADPÚBLICA El requisito básico para la declaración de Utilidad Pública es simplemente estar constituida como asociación. En Andalucía, los requisitos son : * Los fines de la asociación tenderán a promover el interés general de Andalucía. * Su actividad no se limitará solo a los socios. * Los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no deben hacerlo con cargo a fondos y subvenciones públicas. * Estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía. La declaración de utilidad pública confiere una serie de derechos a la asociación: * Usar la mención 'declarada de utilidad pública' en todos los documentos. * Disfrutar de las exenciones, beneficios económicos y fiscales previstos por ley. * Asistencia jurídica gratuita en los casos previstos por ley. En cuanto a las obligaciones, las asociaciones declaradas de utilidad pública deben: * Presentar las cuentas anuales (6 meses siguientes a la finalización del ejercicio) * Presentar una memoria descriptiva de las actividades realizadas durante el año ante el organismo encargado de verificar la constitución de la asociación, asícomo su inscripción en el registro correspondiente. * Facilitar a la Administración Pública la documentación que le sea requerida.