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Sociedades en
Venezuela
Cooperativa
Mercantil
C.A
Consejos
Comunales
EPS
AntonietaGarcia
Sociedades en Venezuela
De que está conformada la sociedad civil:
1- ) Personas
2- ) Capital
3- ) Contrato de Personas
Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común
dinero, bienes o industria, con el fin de repartir entre sí las ganancias
Sociedad Civil
Elementos
 La agrupación de 2 o más personas
 Reunión con un propósito o fin en común
 El fin debe consistir en una utilidad apreciable en dinero
 Todos los socios participan en las ganancias y las pérdidas
Sus requisitos
El único requisito legal es
que la sociedad tenga un
objeto lícito y que se
establezca el interés común
de los socios que la
constituyen
Sociedades en Venezuela
Una constitución válida de la
sociedad cooperativa
será mediante la existencia de por
lo menos tres socios, si es una
sociedad cooperativa de primer
grado, o de dos cooperativas si es
una sociedad cooperativa de
segundo grado, según Art. 8 ,Ley
de Cooperativas
Cooperativas
En las diferentes Legislaciones de Cooperativas existentes (General y Autonómicas), podemos encontrar un
artículo que hace referencia al sentido y objeto de la Cooperativa como empresa.
El artículo Art. 10 ,Ley de Cooperativas describe de manera detallada cuál ha de ser el contenido mínimo de la
escritura de constitución. Según éste se necesitará que la escritura: identifique a los otorgantes, manifieste que
estos reúnen los requisitos necesarios, la voluntad de la constitución de la sociedad cooperativa, acredite que los
otorgantes han suscrito las aportaciones de capital necesarias, el valor de las aportaciones no dinerarias si las
hay, es necesario también que acredite que los otorgantes han desembolsado la cantidad mínima establecida en
los estatutos, que identifique a las personas que formarán el Consejo Rector
Las cooperativas tienen capital variable (en alguna C.C.A.A como por ejemplos en Cataluña se
exige un capital social mínimo de 3.000 euros), y habrán de estar integrados por un mínimo de 3
socios (las de primer grado y reguladas por la Ley de cooperativas)
Sociedades en Venezuela
Consejos
Comunales
Son las instancias sociales que asumen el ejercicio real del poder
popular, como lo expresa Sandoval que representa la plataforma
humana que alcanza el mayor grado de participación, protagonismo y
gerencia comunitaria dentro de su ámbito geográfico cuidadosamente
delimitado.
Estructura de los Consejos Comunales 
Es la autoridad
permanente en la
comunidad ante el cual
se debe plantear y
derivar todos los
problemas índole
colectivo .es
interlocutor entre la
comunidad y cualquier
instancia del gobierno
estadal o nacional,
verifica y sostiene la
identidad y el
patrimonio y pone a la
luz todas las fortalezas
capacidad productiva,
fuerza profesional, al
servicio del país

Está conformado por tres órgano esenciales, que según lo expresado por Sandoval,
deberán trabajar coordinadamente para la prosecución de los fines de la comunidad:
1-) Órgano Ejecutivo (OE): Es la instancia encargada de promover y articular la
participación de los ciudadanos en los diferentes comités de trabajo.
2- ) Unidad de Gestión financiera (UGF): Es un órgano que funciona como un ente
de ejecución financiera de los consejos comunales para la Administración de los
recursos financieros o no financieros.
3- ) Unidad de Contraloría Social (UCS): Es el órgano de llevar a cabo la contraloría
social, fiscalización control y supervisión de los recursos asignados, recibidos o
generados por el consejo comunal, y sobre los proyectos de inversión pública
presupuestados y ejecutados por el gobierno.
Organización de los consejos comunales
La contraloría social, sobre la base del principio constitucional de la corresponsabilidad, es una función
compartida entre las instancias del Poder Público y los ciudadanos, ciudadanas y las organizaciones del
Poder Popular, para garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en
beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector privado no afecten los intereses
colectivos o sociales
Sociedades en Venezuela
Sociedad Mercantil o sociedad comercial es una sociedad que tiene como
objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad
sujeta al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el hecho
de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles.
Se clasifican en:
Según su tipo de capital
-Capital social: No puede ser modificado, sino por una modificación de los
estatutos.
-Capital variable: Es variable, puede disminuir y aumentar conforme el
avance de la sociedad, sin procedimientos complejos.
-Capital contable: Es el derecho de los propietarios sobre los activos netos
que surge por aportaciones de los dueños.
Según su constitución:
Se clasifican en sociedades de capital, sociedades de personas y sociedades
mixtas
Órganos de las sociedades mercantiles
Órgano gubernamental: su función es la de determinar las decisiones fundamentales en cuanto a la dirección de la
sociedad.
Órgano administrativo: realiza las labores técnicas y económicas que sirven para el normal funcionamiento de la
empresa.
Órgano de vigilancia:tiene por fin velar por que los derechos de los socios sean respetados por los órganos
gubernamentales y administrativos
Tradicionalmente, la sociedad ha
sido concebida como una
colectividad de personas. A
medida que el mercado ha ido
evolucionando, las legislaciones
se han ido adaptando a dichos
cambios. En la actualidad, las
legislaciones modernas permiten
la creación de sociedades
unipersonales; es decir,
sociedades constituidas por un
solo socio fundador.
Legislaciones más conservadoras
aún mantienen el requisito de la
pluralidad de socios; es decir, la
sociedad debe ser constituida
necesariamente por dos o más
socios.
SociedadMercantil
Sociedades en Venezuela
Todo el capital se encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada socio en el
capital de la compañía.
Una de las características de la sociedad anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al
capital que haya. Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto, esto
significa que una S.A. puede actuar como persona jurídica.
El registro de la compañía anónima, deberá tramitarlo el administrador o administradores de la sociedad dentro
de los quince (15) días siguientes a la celebración del contrato de compañía.
Compañías Anónimas
Característica
Las sociedades anónimas tiene la siguiente
característica:
 Se denominar como compañía anónima
(C.A) o Sociedad Anónima (S.A)
 Es necesario tener la capacidad civil y
jurídica para crearla.
 Responsabilidad: los socios o accionistas
limitan su responsabilidad a la suma a la
que hayan invertido en la sociedad.
 Vida continuada: la vida de la sociedad es
independiente de sus propietarios. Su
duración se fija en el acta constitutiva. La
muerte de algunos de los socios no la
afecta.
 Derecho y deberes: siendo un ente
jurídico separado de sus propietarios
puede adquirir derechos y contraer
obligaciones
Ventajas:
 La motivación de cada socio para dedicar su mejor
esfuerzo es grande dado que participan directamente
en los beneficios.
 Son varias las experiencias que se dedican a
imprimir dinamismo a la empresa
 La empresa se mantiene aún después de la muerte
de alguno de sus socios.
 Acciones pueden adquirirse por transferencia o
herencia.
 La responsabilidad de los socios está limitada a sus
aportaciones.
Desventajas:
 Requiere una forma más compleja de organización y
una Junta de Accionistas al año como mínimo.
 Su constitución es costosa en relación a las otras
formas de sociedad.
 Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos
y requisitos que la ley establece.
Sociedades en Venezuela
t
Empresas de ProducciónSocial
Son entidades integrales, ellas pueden ser empresas
de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con
la misión de establecer nuevas formas de producción
social y eficientes con una distribución de sus
excedentes o beneficios.
a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia
toda la comunidad que participa y el uso
de técnicas y tecnología; y tienen
como objetivo fundamental
generar bienes y servicios que satisfagan las
necesidades básicas y esenciales de las comunidades y
su entorno (alimentación, vestimenta,
vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno
de hombres y mujeres).
Sus finalidades son:
 Fortalecer la economía popular
y alternativa como medio para
optimizar la distribución del
ingreso y la riqueza e
incrementar la calidad de
vida del pueblo bajo principios
de justicia y equidad.
 Producir bienes y servicios que
satisfagan necesidades básicas y
esenciales, mediante la
participación comunitaria.
 Generar beneficios colectivos,
mediante mecanismos de
propiedad comunitaria,
gestionados y controlados
democráticamente.
Principales Rasgos Característicos de este tipo de
Empresas
- La Propiedad es Colectiva
 Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,
 La producción está fundamentada en
la solidaridad, la cooperación, la
complementariedad, reciprocidad y sustentabilidad
de sus miembros
 El trabajador tiene un compromiso social y procura
su desarrollo integral,
La producción se destina a satisfacer las
 necesidades básicas y esenciales de la colectividad,
 Desarrollan las cadenas productivas,
incorporando valor agregado nacional
(REDES PRODUCTIVAS),
.
Tipos de EPS
En cuanto a su tipología, puede variar de
acuerdo con al menos tres aspectos
diferenciados. Las E.P.S. adquieren una
tipología determinada según el objeto, su
tamaño y la naturaleza del capital.
- Según su objeto: EPS de Producción;
EPS de Servicio y EPS
de Comercialización.
Fines de lucro :Tienen el fin de producir bienes y servicios dirigidos a
la satisfacción de las necesidades en las comunidades
Sociedades en Venezuela
Tipos de EPS
Según su tamaño: Unidades de
producción comunitaria,
Unidades de servicio
comunitarios o Unidades de
Comercialización comunitario.
- Según la naturaleza del
Capital: EPS de Capital Estatal,
EPS de Capital Privado, EPS de
Capital Mixto y EPS de Capital
Comunitario.
Tipos de EPS según la
naturaleza de su capital:
Ley de EPS
Como de costumbre, aunque no sea la
norma, la Ley de EPS también irá detrás de la
realidad inmanente a las prácticas y experiencias
acumuladas. Bajo el manto participativo y
protagónico de la Constitución bolivariana y las
usanzas de la Asamblea Nacional, la Ley deberá
ser desarrollada a la luz de las vivencias
sistematizadas, y en virtud a los aportes que las
propias comunidades y los integrantes de las
EPS ofrezcan. A partir de la Ley marco, se
deberán ir adaptando las ordenanzas
municipales para regular temas sensibles según
el lugar donde se traten, por ejemplo, la
vinculación con los Consejos Comunales, los
Consejos Locales de Planificación Pública
Sociedades en Venezuela
Formas de Constitución
En Venezuela existen diferentes formas de sociedades
mercantiles y civiles, las cuales se rigen por convenio de
las partes, las disposiciones del Código de Comercio y
las del Código Civil.
Las sociedades mercantiles tienen por objeto uno o más
actos de comercio, regulados en el Artículo Nº 201 del
Código de Comercio. Las Sociedades Mercantiles en
Venezuela se clasifican: en sociedades en nombre
colectivo, sociedades en comandita, sociedades de
responsabilidad limitada y sociedades anónimas, esta
última la más utilizada.
Para constituir una empresa en Venezuela usted deberá:
1. Elegir la forma societaria más conveniente, conforme
a la normativa vigente
2. Elegir el nombre o denominación social de la
empresa, conforme a lo previsto al Código de
Comercio, que luego deberá ser sometido a la
consideración y reserva ante el Registro Mercantil de
la jurisdicción correspondiente al domicilio de la
compañía.
3. Redacción del Documento Constitutivo y Estatutos
Sociales de la empresa, con asesoría de un
profesional del Derecho (Abogado).
4. Se deben realizar los aportes correspondientes al
Capital, al menos en proporción al mínimo requerido
por el Código de Comercio y conforme a los criterios
de “razonabilidad” del capital emitidos por
el SAREN.
5. Inscribir el documento constitutivo ante el Registro
Mercantil correspondiente.
6. Obtener el Registro M ercantil de la empresa y
publicarlo en la Gaceta Forense del Registro
Mercantil
Sociedades en Venezuela
Marco Legal
Los preceptos fundamentales que regulan la constitución, existencia, giro, disolución,
liquidación e insolvencia de las sociedades comerciales en Venezuela se encuentran
incorporados en el código de comercio, cuerpo normativo expedido en el año 1919 y reformado
en 1955, de conformidad con tales preceptos el contrato de sociedad se rige por la voluntad de
las partes y porlas disposiciones del código de comercio y civil que le sean aplicables. Es decir
que el contrato no puede ser contrario al orden público, teniendo como objetos uno o mas actos
de comercio, además de revestir formas establecidas para las sociedades de comercio
Según SalvadorSánchez Cruz:
El marco legal proporcionalas bases sobrelas
cuales las instituciones construyen y determinan
el alcance y naturaleza de la participación
política. En el marco legal regularmente se
encuentran en un buen número de provisiones
regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí.
Capital: suficiente y adecuado para la
actividad comercial OJO
Capital suscrito: es el monto por el cual se
obliga cada participante (para constituirla
debe existir 100% del capital suscrito, es
decir, asignado a un responsable)
Capital pagado o enterado en caja: debe
pagarse al menos la quinta parte del
monto de las acciones suscritas por cada
uno de los accionistas.
Fiscalidad
Las sociedades civiles están reconocidas en
la Ley General Tributaria como entidades
de atribución de rentas, con capacidad de
obrar en el tráfico jurídico.
Sociedades en Venezuela
Organigrama
representativo
Los organigramas son la representación gráfica de la estructura orgánica de una empresa u organización que refleja,
en forma esquemática, la posición de las áreas que la integran, sus niveles jerárquicos, líneas de autoridad y de
asesoría.
Considerando lo anterior, en el presente artículo se plantea una clasificación basada en las clasificaciones de dos
autores, con la finalidad de que el lector pueda tener una idea más completa acerca de los diversos tipos de
organigramas y de sus características generales.
Tipos de Organigramas (Clasificación):
POR SU NATURALEZA Micro administrativo
Macro administrativos
Meso administrativos
POR SU FINALIDAD
Informativo:
Analítico
Formal
Informal
Analítico
POR SU AMBITO GENERALES
Específicos
POR CONTENIDOS
Integrales
Funcionales
. POR SU PRESENTACIÓN
O DISPOSICIÓN GRÁFICA
a-verticales
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C-Mixto
De Bloque Circulares
Basándome en las clasificaciones planteadas por Enrique B. Franklin (en su libro "Organización de
Empresas") y Elio Rafael de Zuani (en su libro "Introducción a la Administración organización.
Conozca cuales son los diferentes tipos de organigramas y que características generales tiene
cada uno de ellos:
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  • 2. Sociedades en Venezuela De que está conformada la sociedad civil: 1- ) Personas 2- ) Capital 3- ) Contrato de Personas Contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con el fin de repartir entre sí las ganancias Sociedad Civil Elementos  La agrupación de 2 o más personas  Reunión con un propósito o fin en común  El fin debe consistir en una utilidad apreciable en dinero  Todos los socios participan en las ganancias y las pérdidas Sus requisitos El único requisito legal es que la sociedad tenga un objeto lícito y que se establezca el interés común de los socios que la constituyen
  • 3. Sociedades en Venezuela Una constitución válida de la sociedad cooperativa será mediante la existencia de por lo menos tres socios, si es una sociedad cooperativa de primer grado, o de dos cooperativas si es una sociedad cooperativa de segundo grado, según Art. 8 ,Ley de Cooperativas Cooperativas En las diferentes Legislaciones de Cooperativas existentes (General y Autonómicas), podemos encontrar un artículo que hace referencia al sentido y objeto de la Cooperativa como empresa. El artículo Art. 10 ,Ley de Cooperativas describe de manera detallada cuál ha de ser el contenido mínimo de la escritura de constitución. Según éste se necesitará que la escritura: identifique a los otorgantes, manifieste que estos reúnen los requisitos necesarios, la voluntad de la constitución de la sociedad cooperativa, acredite que los otorgantes han suscrito las aportaciones de capital necesarias, el valor de las aportaciones no dinerarias si las hay, es necesario también que acredite que los otorgantes han desembolsado la cantidad mínima establecida en los estatutos, que identifique a las personas que formarán el Consejo Rector Las cooperativas tienen capital variable (en alguna C.C.A.A como por ejemplos en Cataluña se exige un capital social mínimo de 3.000 euros), y habrán de estar integrados por un mínimo de 3 socios (las de primer grado y reguladas por la Ley de cooperativas)
  • 4. Sociedades en Venezuela Consejos Comunales Son las instancias sociales que asumen el ejercicio real del poder popular, como lo expresa Sandoval que representa la plataforma humana que alcanza el mayor grado de participación, protagonismo y gerencia comunitaria dentro de su ámbito geográfico cuidadosamente delimitado. Estructura de los Consejos Comunales  Es la autoridad permanente en la comunidad ante el cual se debe plantear y derivar todos los problemas índole colectivo .es interlocutor entre la comunidad y cualquier instancia del gobierno estadal o nacional, verifica y sostiene la identidad y el patrimonio y pone a la luz todas las fortalezas capacidad productiva, fuerza profesional, al servicio del país  Está conformado por tres órgano esenciales, que según lo expresado por Sandoval, deberán trabajar coordinadamente para la prosecución de los fines de la comunidad: 1-) Órgano Ejecutivo (OE): Es la instancia encargada de promover y articular la participación de los ciudadanos en los diferentes comités de trabajo. 2- ) Unidad de Gestión financiera (UGF): Es un órgano que funciona como un ente de ejecución financiera de los consejos comunales para la Administración de los recursos financieros o no financieros. 3- ) Unidad de Contraloría Social (UCS): Es el órgano de llevar a cabo la contraloría social, fiscalización control y supervisión de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, y sobre los proyectos de inversión pública presupuestados y ejecutados por el gobierno. Organización de los consejos comunales La contraloría social, sobre la base del principio constitucional de la corresponsabilidad, es una función compartida entre las instancias del Poder Público y los ciudadanos, ciudadanas y las organizaciones del Poder Popular, para garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente en beneficio de los intereses de la sociedad, y que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos o sociales
  • 5. Sociedades en Venezuela Sociedad Mercantil o sociedad comercial es una sociedad que tiene como objetivo la realización de actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil y se diferencia de una sociedad civil en el hecho de que esta última no contempla en su objeto social actos mercantiles. Se clasifican en: Según su tipo de capital -Capital social: No puede ser modificado, sino por una modificación de los estatutos. -Capital variable: Es variable, puede disminuir y aumentar conforme el avance de la sociedad, sin procedimientos complejos. -Capital contable: Es el derecho de los propietarios sobre los activos netos que surge por aportaciones de los dueños. Según su constitución: Se clasifican en sociedades de capital, sociedades de personas y sociedades mixtas Órganos de las sociedades mercantiles Órgano gubernamental: su función es la de determinar las decisiones fundamentales en cuanto a la dirección de la sociedad. Órgano administrativo: realiza las labores técnicas y económicas que sirven para el normal funcionamiento de la empresa. Órgano de vigilancia:tiene por fin velar por que los derechos de los socios sean respetados por los órganos gubernamentales y administrativos Tradicionalmente, la sociedad ha sido concebida como una colectividad de personas. A medida que el mercado ha ido evolucionando, las legislaciones se han ido adaptando a dichos cambios. En la actualidad, las legislaciones modernas permiten la creación de sociedades unipersonales; es decir, sociedades constituidas por un solo socio fundador. Legislaciones más conservadoras aún mantienen el requisito de la pluralidad de socios; es decir, la sociedad debe ser constituida necesariamente por dos o más socios. SociedadMercantil
  • 6. Sociedades en Venezuela Todo el capital se encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada socio en el capital de la compañía. Una de las características de la sociedad anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital que haya. Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad financiero bastante alto, esto significa que una S.A. puede actuar como persona jurídica. El registro de la compañía anónima, deberá tramitarlo el administrador o administradores de la sociedad dentro de los quince (15) días siguientes a la celebración del contrato de compañía. Compañías Anónimas Característica Las sociedades anónimas tiene la siguiente característica:  Se denominar como compañía anónima (C.A) o Sociedad Anónima (S.A)  Es necesario tener la capacidad civil y jurídica para crearla.  Responsabilidad: los socios o accionistas limitan su responsabilidad a la suma a la que hayan invertido en la sociedad.  Vida continuada: la vida de la sociedad es independiente de sus propietarios. Su duración se fija en el acta constitutiva. La muerte de algunos de los socios no la afecta.  Derecho y deberes: siendo un ente jurídico separado de sus propietarios puede adquirir derechos y contraer obligaciones Ventajas:  La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios.  Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa  La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.  Acciones pueden adquirirse por transferencia o herencia.  La responsabilidad de los socios está limitada a sus aportaciones. Desventajas:  Requiere una forma más compleja de organización y una Junta de Accionistas al año como mínimo.  Su constitución es costosa en relación a las otras formas de sociedad.  Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.
  • 7. Sociedades en Venezuela t Empresas de ProducciónSocial Son entidades integrales, ellas pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución de sus excedentes o beneficios. a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno (alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno de hombres y mujeres). Sus finalidades son:  Fortalecer la economía popular y alternativa como medio para optimizar la distribución del ingreso y la riqueza e incrementar la calidad de vida del pueblo bajo principios de justicia y equidad.  Producir bienes y servicios que satisfagan necesidades básicas y esenciales, mediante la participación comunitaria.  Generar beneficios colectivos, mediante mecanismos de propiedad comunitaria, gestionados y controlados democráticamente. Principales Rasgos Característicos de este tipo de Empresas - La Propiedad es Colectiva  Su Objetivo es Generar puestos de trabajo estables,  La producción está fundamentada en la solidaridad, la cooperación, la complementariedad, reciprocidad y sustentabilidad de sus miembros  El trabajador tiene un compromiso social y procura su desarrollo integral, La producción se destina a satisfacer las  necesidades básicas y esenciales de la colectividad,  Desarrollan las cadenas productivas, incorporando valor agregado nacional (REDES PRODUCTIVAS), . Tipos de EPS En cuanto a su tipología, puede variar de acuerdo con al menos tres aspectos diferenciados. Las E.P.S. adquieren una tipología determinada según el objeto, su tamaño y la naturaleza del capital. - Según su objeto: EPS de Producción; EPS de Servicio y EPS de Comercialización. Fines de lucro :Tienen el fin de producir bienes y servicios dirigidos a la satisfacción de las necesidades en las comunidades
  • 8. Sociedades en Venezuela Tipos de EPS Según su tamaño: Unidades de producción comunitaria, Unidades de servicio comunitarios o Unidades de Comercialización comunitario. - Según la naturaleza del Capital: EPS de Capital Estatal, EPS de Capital Privado, EPS de Capital Mixto y EPS de Capital Comunitario. Tipos de EPS según la naturaleza de su capital: Ley de EPS Como de costumbre, aunque no sea la norma, la Ley de EPS también irá detrás de la realidad inmanente a las prácticas y experiencias acumuladas. Bajo el manto participativo y protagónico de la Constitución bolivariana y las usanzas de la Asamblea Nacional, la Ley deberá ser desarrollada a la luz de las vivencias sistematizadas, y en virtud a los aportes que las propias comunidades y los integrantes de las EPS ofrezcan. A partir de la Ley marco, se deberán ir adaptando las ordenanzas municipales para regular temas sensibles según el lugar donde se traten, por ejemplo, la vinculación con los Consejos Comunales, los Consejos Locales de Planificación Pública
  • 9. Sociedades en Venezuela Formas de Constitución En Venezuela existen diferentes formas de sociedades mercantiles y civiles, las cuales se rigen por convenio de las partes, las disposiciones del Código de Comercio y las del Código Civil. Las sociedades mercantiles tienen por objeto uno o más actos de comercio, regulados en el Artículo Nº 201 del Código de Comercio. Las Sociedades Mercantiles en Venezuela se clasifican: en sociedades en nombre colectivo, sociedades en comandita, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas, esta última la más utilizada. Para constituir una empresa en Venezuela usted deberá: 1. Elegir la forma societaria más conveniente, conforme a la normativa vigente 2. Elegir el nombre o denominación social de la empresa, conforme a lo previsto al Código de Comercio, que luego deberá ser sometido a la consideración y reserva ante el Registro Mercantil de la jurisdicción correspondiente al domicilio de la compañía. 3. Redacción del Documento Constitutivo y Estatutos Sociales de la empresa, con asesoría de un profesional del Derecho (Abogado). 4. Se deben realizar los aportes correspondientes al Capital, al menos en proporción al mínimo requerido por el Código de Comercio y conforme a los criterios de “razonabilidad” del capital emitidos por el SAREN. 5. Inscribir el documento constitutivo ante el Registro Mercantil correspondiente. 6. Obtener el Registro M ercantil de la empresa y publicarlo en la Gaceta Forense del Registro Mercantil
  • 10. Sociedades en Venezuela Marco Legal Los preceptos fundamentales que regulan la constitución, existencia, giro, disolución, liquidación e insolvencia de las sociedades comerciales en Venezuela se encuentran incorporados en el código de comercio, cuerpo normativo expedido en el año 1919 y reformado en 1955, de conformidad con tales preceptos el contrato de sociedad se rige por la voluntad de las partes y porlas disposiciones del código de comercio y civil que le sean aplicables. Es decir que el contrato no puede ser contrario al orden público, teniendo como objetos uno o mas actos de comercio, además de revestir formas establecidas para las sociedades de comercio Según SalvadorSánchez Cruz: El marco legal proporcionalas bases sobrelas cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política. En el marco legal regularmente se encuentran en un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí. Capital: suficiente y adecuado para la actividad comercial OJO Capital suscrito: es el monto por el cual se obliga cada participante (para constituirla debe existir 100% del capital suscrito, es decir, asignado a un responsable) Capital pagado o enterado en caja: debe pagarse al menos la quinta parte del monto de las acciones suscritas por cada uno de los accionistas. Fiscalidad Las sociedades civiles están reconocidas en la Ley General Tributaria como entidades de atribución de rentas, con capacidad de obrar en el tráfico jurídico.
  • 11. Sociedades en Venezuela Organigrama representativo Los organigramas son la representación gráfica de la estructura orgánica de una empresa u organización que refleja, en forma esquemática, la posición de las áreas que la integran, sus niveles jerárquicos, líneas de autoridad y de asesoría. Considerando lo anterior, en el presente artículo se plantea una clasificación basada en las clasificaciones de dos autores, con la finalidad de que el lector pueda tener una idea más completa acerca de los diversos tipos de organigramas y de sus características generales. Tipos de Organigramas (Clasificación): POR SU NATURALEZA Micro administrativo Macro administrativos Meso administrativos POR SU FINALIDAD Informativo: Analítico Formal Informal Analítico POR SU AMBITO GENERALES Específicos POR CONTENIDOS Integrales Funcionales . POR SU PRESENTACIÓN O DISPOSICIÓN GRÁFICA a-verticales b- Horizontales C-Mixto De Bloque Circulares Basándome en las clasificaciones planteadas por Enrique B. Franklin (en su libro "Organización de Empresas") y Elio Rafael de Zuani (en su libro "Introducción a la Administración organización. Conozca cuales son los diferentes tipos de organigramas y que características generales tiene cada uno de ellos: [Escriba una cita del documento o del resumen de un punto interesante. Puede situar el cuadro de texto en cualquier lugar del documento. Utilice la ficha Herramientas de cuadro de texto para cambiar el formato del cuadro de texto de la cita.]