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UNIDADTEMATICA3
FISCALIDAD
INTERNACIONAL
ESPECIALIZACIÓN EN LEGISLACIÓN TRIBUTARIA, NACIONAL E
INTERNACIONAL
GLORIA JANETH ROJAS MARTINEZ – DOCENTE .
TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
RELACIÓNDE
CONCEPTOS
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS AREAS DEL
DERECHO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO FINANCIERO
DERECHO PENAL
DERECHO PROCESAL
DERECHO CIVIL
DERECHO COMERCIAL
DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS MATERIAS
CONTABILIDAD
HACIENDA PUBLICA
ECONOMIA
Actividad I: Busco los conceptos
relacionados y defino su
conexión con el derecho
tributario.
• OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Identificar los contribuyentes que
cumplen con los requisitos de residencia
fiscal en Colombia.
• Identificar responsables del impuesto
de renta que son sociedades
internacionales.
3
ObjetivoGeneral
Analizar los principales términos en
materia tributaria que existe a nivel
internacional y su relación con las
demás áreas del derecho y otras
materias.
Permanencia
mas de 183 días
calendario
continua o
descontinua
Relación con el
servicio exterior
del Estado
colombiano
Ser Nacional
La reforma tributaria (Ley 1607 de 2012)
modificó el concepto de residencia para
efectos fiscales establecido en el artículo 10
del estatuto tributario. Esta nueva definición
considera residentes en Colombia para
efectostributarioslaspersonas naturalesque
cumplan con cualquiera de las
siguientescondiciones:
4
El concepto de residencia para efectos tributarios es determinante al momento de
establecer si una persona natural está sujeta al impuesto de renta y complementarios.
Residencia Fiscal
ResidenciaFiscal…Nacionales
• a) su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o los hijos
dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal en el país; o,
• b) el 50% o más de sus ingresos sean de fuente nacional; o,
• c) el 50% o más de sus bienes sean administrados en el país; o,
• d) el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país; o
• e) habiendo sido requeridos por la Administración Tributaria para ello, no
acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios; o,
• f) tengan residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno
Nacional como paraíso fiscal.
5
… y que durante el respectivo
año o periodo gravable o:
6
IMPORTANTE:
las personas naturales que acrediten su
condición de residentes en el exterior
para efectos tributarios, deberán
hacerlo ante la DIAN mediante
certificado de residencia fiscal o
documento que haga sus veces,
expedido por el país o jurisdicción del
cual sean residentes.
Un extranjero adquiera la condición de
residente en Colombia, lo será respecto
del periodo gravable en el que haya
adquirido esa condición.
NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE
SOCIEDADES
CONCARÁCTERINTERNACIONAL.
7
LA APERTURA ECONÓMICA Y
GLOBALIZACIÓN DE LA ECONOMIA
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DOBLE
TRIBUTACIÓNO
MÚLTIPLE
TRIBUTACIÓN
Se presenta una doble
tributación o doble imposición
específicamente cuando una
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8
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ONU
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Soluciónaladobleymúltipletributación…
9
…la suscripción de convenios para evitar la doble tributación. En estos convenios los
Estados contratantes acuerdan ceder y distribuir su potestad tributaria.
“Los convenios o tratados son acuerdos solemnes entre Estados soberanos contratantes que
tienen como finalidad distribuir la potestad tributaria entre ellos para evitar que sus residentes
estén sometidos a doble imposición”
Convención de Viena
Los tratados o convenios internacionales se rigen por el derecho internacional de la Convención de Viena.
Convención sobre el Derecho de los Tratados, que fue suscrita en Viena (Austria) el 23 de mayo de 1969 y
entró en vigencia 27 de enero de 1980.
Para la convención : Un “acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho
internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que
sea su denominación particular.”
10
Aunque estos Convenios nominalmente
tienen por objetivo evitar la doble
tributación y prevenir la evasión fiscal,
por lo general no siempre cumplen su
objetivo. Es por esta razón que es de
suma importancia revisar los acuerdos
que se firman entre los países.
11
Revisióndelos
tratados
Territorialidad
El criterio de territorialidad; en
el cual se somete a impuesto a
aquellos ingresos generados
dentro del territorio del estado
o considerados de fuente
nacional según la definición
que se establezca en la
legislación tributaria. Este se
basa en el principio territorial
Renta Mundial o Mixta
El criterio o principio de renta
mundial o mixta es el más
generalizado en la actualidad y
ha sido adoptado por la
mayoría de las legislaciones
tributarias alrededor del
mundo; y se apoya en el
fundamento democrático que
dicta la igualdad de todos los
habitantes de un país ante la
ley.
Para la ejecución de estos
principios específicamente para
el segundo se hace necesario
que se permitan el cruce de
información fiscal, para de esta
manera poder imponer el
impuesto de manera equitativa
tanto para residentes
nacionales como habitantes de
un país que residen en el
extranjero.
CRITERIOS
12
REGLASDETRIBUTACIÓN
13
 Unas rentas pueden ser gravadas de manera exclusiva por el país de residencia
de su beneficiario, cediendo el Estado de la fuente, aquel en el que ellas se
originaron, su derecho a gravarlas.
 Otras rentas pueden someterse a una imposición compartida entre el Estado de
residencia de su beneficiario y el Estado de la fuente, limitando este último su
derecho a gravarlas.
 Otras rentas pueden someterse a imposición sin ningún límite por el Estado de
residencia de su beneficiario y sin límite por el Estado de la fuente.
14
Así:
Rentas como las provenientes de la explotación del transporte internacional
marítimo y aéreo se gravan de manera exclusiva por el Estado de residencia de su
beneficiario.
En el caso de dividendos, intereses y regalías, la tributación es compartida entre el
Estado de residencia de su beneficiario y el Estado de la fuente, limitándose para
este último la tarifa impositiva a aplicar sobre estas rentas.
Las rentas provenientes de bienes inmuebles, tales como arrendamientos, se
gravan sin limitación en el Estado de residencia de su beneficiario y por el Estado
en que ellas se originaron – Estado de la fuente
Importante:
15
Losconveniosysurequerimientos:
Al constituir actos jurídicos complejos, se requieren de la participación de unos estados sólidos y
con un sistema jurídico actualizado a la dinámica internacional del derecho; y por lo tanto, para su
existencia y validez, además también requiere unos actos jurídicos en los que intervienen varias
autoridades
16
1) La celebración del convenio por parte del Presidente de la República, como Jefe de Estado y Jefe de Gobierno.
2) Consultas con el fin de evaluar la conveniencia de su presentación ante el Congreso.
3) Aprobación legislativa.
4) Sanción presidencial de la ley aprobatoria.
5) Revisión constitucional.
6) Consultas con el fin de evaluar la conveniencia de su entrada en vigor.
7) Notificación por vía diplomática.
8) Entrada en vigor.
Los convenios son celebrados por sujetos de derecho internacional (Estados) y se
rigen por el derecho internacional (Convención de Viena).
17
PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL
Pacta Sun Servanda: Este principio dice que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser
cumplido por ellas de buena fe.
Principio del Efecto Negativo: Los Convenios no tienen función positiva de atribuir a los Estados
pretensiones tributarias no previstas en la ley interna – no crean derecho positivo .
Principio de no Agravación: Los Convenios de doble imposición no pueden hacer más onerosa la
situación tributaria de los contribuyentes que la contenida en la legislación interna de cada Estado.
Principio de no Discriminación: Están prohibidas las discriminaciones en razón de la nacionalidad. Los
nacionales de un Estado que se encuentren en las mismas condiciones que los nacionales del otro
Estado, no pueden recibir un trato fiscal menos favorable.
Principio de la Relatividad: Los Convenios de doble imposición solamente se aplican a los Residentes de
uno u otro Estado contratante.
Aplicación subjetiva:
El convenio se aplica a todas
aquellas personas residentes
de cada uno de los Estados
contratantes.
Aplicación Objetiva:
Este comprende los impuestos que
serán objeto del convenio para evitar
la doble tributación que son el
impuesto sobre la renta y el impuesto
al patrimonio. Los Estados pueden
decidir excluir algunos impuestos,
como el impuesto sobre el patrimonio.
ÁMBITODEAPLICACIÓNDELOSCONVENIOS
18
Estos acuerdos, tratados o convenios firmados entre los Estados son aplicables a
dos elementos del derecho tributario; de manera subjetiva es aplicable a las
personas y de manera objetiva es aplicable a los impuestos.
TRATAMIENTODELADOBLETRIBUTACIÓNENCOLOMBIA
El tratamiento tributario que le ha dado el ordenamiento
jurídico colombiano al fenómeno de la doble tributación
desde el punto de vista interno, se basa en unos criterios para
determinar cuál es la base gravable, hasta que monto y en
qué casos específicos se graba un determinado impuesto o
persona.
Actividad III
Investigo y conceptualizo el tratamiento dado a los siguientes impuestos: Impuesto de renta;
Rentas provenientes de bienes muebles e inmuebles y recursos naturales; Rentas provenientes
del desarrollo de actividades empresariales; Rentas provenientes de actividades de transporte
internacional; Regalías por explotación de patentes marca y tecnología; Dividendos y
participaciones; Pagos de intereses. Presento por escrito.
MÉTODOSPARA
ATENUAROEVITARLA
DOBLETRIBUTACIÓN
• Metodo de imputación
• Metodo de exención
• Metodos unilaterales
• Metodo bilateral
20
CONVENIOSSUSCRITOSPORCOLOMBIAPARAEVITARLADOBLE
TRIBUTACIÓN
Acuerdo para la Exoneración Recíproca de Impuestos sobre los Ingresos derivados de la Operación de Barcos y
Aeronaves. (Colombia - Estados Unidos) 1987
Convenio sobre la Exención a la Doble Tributación de las Empresas Marítimas y Aéreas (Colombia – Argentina)
1967
Doble Tributación sobre las Rentas y sobre el patrimonio derivadas del ejercicio de la Navegación Marítima y
Aérea 8Italia – Colombia) 1987
Doble Tributación de las Empresas de Navegación Marítima y Navegación Aérea en el Sector de Impuestos sobre
la Renta y sobre el Capital (Colombia – Alemania)
Exención de Doble Tributación a favor de las Empresas Marítimas o Aéreas (Brasil – Colombia)
Doble imposición en la explotación de Aeronaves en el Transporte Aéreo Internacional (Colombia – Panamá 2009
Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el Patrimonio (Colombia – Suiza) 2009
Acuerdo CAN 2005
Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio
(Colombia – España) 2008
Doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio (Colombia –
Chila) 2010
Estos convenios se encuentran apoyados en el modelo de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE
LIMITACIONES
GENERALES ENLOS
TRATADOS
• Brinda garantías a los estados en
operaciones internacionaes y estimula la
actividad económica, en temas tributarios
y en favor de los contribuyentes.
• Restringe la capacidad de un estado para
aumentar los impuestos convenidos
dentro de su territorio (Favorabilidad)
• Los Estados no pueden crear nuevos
tributos sobre lo convendio, si reducir y
exonerar
22
DERECHOTRIBUTARIODELACAN(COMUNIDAD
ANDINADENACIONES).
Es un bloque de integración económica y social, conformado por Bolivia, Colombia,
Ecuador y Perú; cuenta con una comisión como órgano normativo, la cual en materia
tributaria aprobó un régimen para evitar la doble tributación y prevenir la evasión
fiscal, plasmado en la Decisión 578 del 4 de mayo de 2004, estas normas son
supranacionales, es decir gozan de prevalencia sobre las normas nacionales.
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES - CAN
… Por norma general las rentas en la CAN son gravadas únicamente en
el país de la fuente productora tanto para personas naturales como
jurídicas.
GRACIAS
24
ACTIVIDAD IV
Investigo y plasmo en un cuadro sinóptico el
régimen para evitar doble tributación y
prevenir la evasión fiscal en la CAN, analizo
cada tributo.

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Unidad tematica 3 fiscalidad internacional

  • 1. UNIDADTEMATICA3 FISCALIDAD INTERNACIONAL ESPECIALIZACIÓN EN LEGISLACIÓN TRIBUTARIA, NACIONAL E INTERNACIONAL GLORIA JANETH ROJAS MARTINEZ – DOCENTE . TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
  • 2. RELACIÓNDE CONCEPTOS RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS AREAS DEL DERECHO DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO FINANCIERO DERECHO PENAL DERECHO PROCESAL DERECHO CIVIL DERECHO COMERCIAL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS MATERIAS CONTABILIDAD HACIENDA PUBLICA ECONOMIA Actividad I: Busco los conceptos relacionados y defino su conexión con el derecho tributario.
  • 3. • OBJETIVOS ESPECÍFICOS • Identificar los contribuyentes que cumplen con los requisitos de residencia fiscal en Colombia. • Identificar responsables del impuesto de renta que son sociedades internacionales. 3 ObjetivoGeneral Analizar los principales términos en materia tributaria que existe a nivel internacional y su relación con las demás áreas del derecho y otras materias.
  • 4. Permanencia mas de 183 días calendario continua o descontinua Relación con el servicio exterior del Estado colombiano Ser Nacional La reforma tributaria (Ley 1607 de 2012) modificó el concepto de residencia para efectos fiscales establecido en el artículo 10 del estatuto tributario. Esta nueva definición considera residentes en Colombia para efectostributarioslaspersonas naturalesque cumplan con cualquiera de las siguientescondiciones: 4 El concepto de residencia para efectos tributarios es determinante al momento de establecer si una persona natural está sujeta al impuesto de renta y complementarios. Residencia Fiscal
  • 5. ResidenciaFiscal…Nacionales • a) su cónyuge o compañero permanente no separado legalmente o los hijos dependientes menores de edad, tengan residencia fiscal en el país; o, • b) el 50% o más de sus ingresos sean de fuente nacional; o, • c) el 50% o más de sus bienes sean administrados en el país; o, • d) el 50% o más de sus activos se entiendan poseídos en el país; o • e) habiendo sido requeridos por la Administración Tributaria para ello, no acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios; o, • f) tengan residencia fiscal en una jurisdicción calificada por el Gobierno Nacional como paraíso fiscal. 5 … y que durante el respectivo año o periodo gravable o:
  • 6. 6 IMPORTANTE: las personas naturales que acrediten su condición de residentes en el exterior para efectos tributarios, deberán hacerlo ante la DIAN mediante certificado de residencia fiscal o documento que haga sus veces, expedido por el país o jurisdicción del cual sean residentes. Un extranjero adquiera la condición de residente en Colombia, lo será respecto del periodo gravable en el que haya adquirido esa condición.
  • 7. NORMATIVA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES CONCARÁCTERINTERNACIONAL. 7 LA APERTURA ECONÓMICA Y GLOBALIZACIÓN DE LA ECONOMIA PROVOCA, QUE EXISTAN EMPRESAS CON LA RESPONSABILIDAD DE TRIBUTAR FRENTE A DOS ESTADOS POR LOS MISMOS HECHOS ECONÓMICOS Y O POR LAS MISMAS RENTAS. Actividad II: Realizo un escrito en el que explico los fenómenos de apertura económica y globalización
  • 8. DOBLE TRIBUTACIÓNO MÚLTIPLE TRIBUTACIÓN Se presenta una doble tributación o doble imposición específicamente cuando una renta obtenida por un contribuyente, está sometida simultáneamente a un mismo o similar impuesto en dos o más estados. 8
  • 9. OCDE ONU PACTO ANDINO Soluciónaladobleymúltipletributación… 9 …la suscripción de convenios para evitar la doble tributación. En estos convenios los Estados contratantes acuerdan ceder y distribuir su potestad tributaria. “Los convenios o tratados son acuerdos solemnes entre Estados soberanos contratantes que tienen como finalidad distribuir la potestad tributaria entre ellos para evitar que sus residentes estén sometidos a doble imposición”
  • 10. Convención de Viena Los tratados o convenios internacionales se rigen por el derecho internacional de la Convención de Viena. Convención sobre el Derecho de los Tratados, que fue suscrita en Viena (Austria) el 23 de mayo de 1969 y entró en vigencia 27 de enero de 1980. Para la convención : Un “acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.” 10
  • 11. Aunque estos Convenios nominalmente tienen por objetivo evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal, por lo general no siempre cumplen su objetivo. Es por esta razón que es de suma importancia revisar los acuerdos que se firman entre los países. 11 Revisióndelos tratados
  • 12. Territorialidad El criterio de territorialidad; en el cual se somete a impuesto a aquellos ingresos generados dentro del territorio del estado o considerados de fuente nacional según la definición que se establezca en la legislación tributaria. Este se basa en el principio territorial Renta Mundial o Mixta El criterio o principio de renta mundial o mixta es el más generalizado en la actualidad y ha sido adoptado por la mayoría de las legislaciones tributarias alrededor del mundo; y se apoya en el fundamento democrático que dicta la igualdad de todos los habitantes de un país ante la ley. Para la ejecución de estos principios específicamente para el segundo se hace necesario que se permitan el cruce de información fiscal, para de esta manera poder imponer el impuesto de manera equitativa tanto para residentes nacionales como habitantes de un país que residen en el extranjero. CRITERIOS 12
  • 13. REGLASDETRIBUTACIÓN 13  Unas rentas pueden ser gravadas de manera exclusiva por el país de residencia de su beneficiario, cediendo el Estado de la fuente, aquel en el que ellas se originaron, su derecho a gravarlas.  Otras rentas pueden someterse a una imposición compartida entre el Estado de residencia de su beneficiario y el Estado de la fuente, limitando este último su derecho a gravarlas.  Otras rentas pueden someterse a imposición sin ningún límite por el Estado de residencia de su beneficiario y sin límite por el Estado de la fuente.
  • 14. 14 Así: Rentas como las provenientes de la explotación del transporte internacional marítimo y aéreo se gravan de manera exclusiva por el Estado de residencia de su beneficiario. En el caso de dividendos, intereses y regalías, la tributación es compartida entre el Estado de residencia de su beneficiario y el Estado de la fuente, limitándose para este último la tarifa impositiva a aplicar sobre estas rentas. Las rentas provenientes de bienes inmuebles, tales como arrendamientos, se gravan sin limitación en el Estado de residencia de su beneficiario y por el Estado en que ellas se originaron – Estado de la fuente
  • 16. Losconveniosysurequerimientos: Al constituir actos jurídicos complejos, se requieren de la participación de unos estados sólidos y con un sistema jurídico actualizado a la dinámica internacional del derecho; y por lo tanto, para su existencia y validez, además también requiere unos actos jurídicos en los que intervienen varias autoridades 16 1) La celebración del convenio por parte del Presidente de la República, como Jefe de Estado y Jefe de Gobierno. 2) Consultas con el fin de evaluar la conveniencia de su presentación ante el Congreso. 3) Aprobación legislativa. 4) Sanción presidencial de la ley aprobatoria. 5) Revisión constitucional. 6) Consultas con el fin de evaluar la conveniencia de su entrada en vigor. 7) Notificación por vía diplomática. 8) Entrada en vigor. Los convenios son celebrados por sujetos de derecho internacional (Estados) y se rigen por el derecho internacional (Convención de Viena).
  • 17. 17 PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO INTERNACIONAL Pacta Sun Servanda: Este principio dice que todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe. Principio del Efecto Negativo: Los Convenios no tienen función positiva de atribuir a los Estados pretensiones tributarias no previstas en la ley interna – no crean derecho positivo . Principio de no Agravación: Los Convenios de doble imposición no pueden hacer más onerosa la situación tributaria de los contribuyentes que la contenida en la legislación interna de cada Estado. Principio de no Discriminación: Están prohibidas las discriminaciones en razón de la nacionalidad. Los nacionales de un Estado que se encuentren en las mismas condiciones que los nacionales del otro Estado, no pueden recibir un trato fiscal menos favorable. Principio de la Relatividad: Los Convenios de doble imposición solamente se aplican a los Residentes de uno u otro Estado contratante.
  • 18. Aplicación subjetiva: El convenio se aplica a todas aquellas personas residentes de cada uno de los Estados contratantes. Aplicación Objetiva: Este comprende los impuestos que serán objeto del convenio para evitar la doble tributación que son el impuesto sobre la renta y el impuesto al patrimonio. Los Estados pueden decidir excluir algunos impuestos, como el impuesto sobre el patrimonio. ÁMBITODEAPLICACIÓNDELOSCONVENIOS 18 Estos acuerdos, tratados o convenios firmados entre los Estados son aplicables a dos elementos del derecho tributario; de manera subjetiva es aplicable a las personas y de manera objetiva es aplicable a los impuestos.
  • 19. TRATAMIENTODELADOBLETRIBUTACIÓNENCOLOMBIA El tratamiento tributario que le ha dado el ordenamiento jurídico colombiano al fenómeno de la doble tributación desde el punto de vista interno, se basa en unos criterios para determinar cuál es la base gravable, hasta que monto y en qué casos específicos se graba un determinado impuesto o persona. Actividad III Investigo y conceptualizo el tratamiento dado a los siguientes impuestos: Impuesto de renta; Rentas provenientes de bienes muebles e inmuebles y recursos naturales; Rentas provenientes del desarrollo de actividades empresariales; Rentas provenientes de actividades de transporte internacional; Regalías por explotación de patentes marca y tecnología; Dividendos y participaciones; Pagos de intereses. Presento por escrito.
  • 20. MÉTODOSPARA ATENUAROEVITARLA DOBLETRIBUTACIÓN • Metodo de imputación • Metodo de exención • Metodos unilaterales • Metodo bilateral 20
  • 21. CONVENIOSSUSCRITOSPORCOLOMBIAPARAEVITARLADOBLE TRIBUTACIÓN Acuerdo para la Exoneración Recíproca de Impuestos sobre los Ingresos derivados de la Operación de Barcos y Aeronaves. (Colombia - Estados Unidos) 1987 Convenio sobre la Exención a la Doble Tributación de las Empresas Marítimas y Aéreas (Colombia – Argentina) 1967 Doble Tributación sobre las Rentas y sobre el patrimonio derivadas del ejercicio de la Navegación Marítima y Aérea 8Italia – Colombia) 1987 Doble Tributación de las Empresas de Navegación Marítima y Navegación Aérea en el Sector de Impuestos sobre la Renta y sobre el Capital (Colombia – Alemania) Exención de Doble Tributación a favor de las Empresas Marítimas o Aéreas (Brasil – Colombia) Doble imposición en la explotación de Aeronaves en el Transporte Aéreo Internacional (Colombia – Panamá 2009 Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el Patrimonio (Colombia – Suiza) 2009 Acuerdo CAN 2005 Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio (Colombia – España) 2008 Doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio (Colombia – Chila) 2010 Estos convenios se encuentran apoyados en el modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE
  • 22. LIMITACIONES GENERALES ENLOS TRATADOS • Brinda garantías a los estados en operaciones internacionaes y estimula la actividad económica, en temas tributarios y en favor de los contribuyentes. • Restringe la capacidad de un estado para aumentar los impuestos convenidos dentro de su territorio (Favorabilidad) • Los Estados no pueden crear nuevos tributos sobre lo convendio, si reducir y exonerar 22
  • 23. DERECHOTRIBUTARIODELACAN(COMUNIDAD ANDINADENACIONES). Es un bloque de integración económica y social, conformado por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú; cuenta con una comisión como órgano normativo, la cual en materia tributaria aprobó un régimen para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal, plasmado en la Decisión 578 del 4 de mayo de 2004, estas normas son supranacionales, es decir gozan de prevalencia sobre las normas nacionales. COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES - CAN … Por norma general las rentas en la CAN son gravadas únicamente en el país de la fuente productora tanto para personas naturales como jurídicas.
  • 24. GRACIAS 24 ACTIVIDAD IV Investigo y plasmo en un cuadro sinóptico el régimen para evitar doble tributación y prevenir la evasión fiscal en la CAN, analizo cada tributo.