2. ¿Qué es la Violencia
Doméstica?
• La violencia doméstica es un tipo de violencia de género que sucede de
personas que son o fueron pareja y entre las que existió una relación
consensual. No es necesario que vivan juntas o que hayan tenido hijos o
hijas en común.
• La violencia doméstica incluye:
– violencia física,
– psicológica,
– intimidación o amenazas,
– agresión sexual y privación de la libertad.
• En ocasiones, la persona agresora no le causa el daño directamente a la
persona sobreviviente, sino que daña sus cosas o a otras personas con el
interés de causarle daño emocional a la persona sobreviviente. Esto
también es considerado como violencia doméstica.
• ¿Basta un golpe?
– Sí. Para que haya violencia doméstica un solo golpe basta. Una persona no tiene que
esperar a que se acumulen múltiples eventos violentos para presentar una querella.
Un empujón o un puño es intolerable y es castigado por la ley.
3. ¿Qué es Violencia Psicológica?
• La violencia psicológica puede causar un
grave daño emocional. Esta violencia
incluye:
– humillación,
– ridiculizar o faltarle el respeto continuamente
a la pareja, haciendo comentarios sobre su
físico, inteligencia u otros.
– Otros modos de violencia psicológica incluyen
la amenaza y los insultos.
4. ¿Qué personas están protegidas
por la Ley Contra la Violencia
Doméstica (Ley Núm. 54)?
• La Ley Núm. 54 protege a toda persona
que haya sufrido violencia doméstica, sin
importar su raza, género, orientación
sexual o identidad de género.
5. • La Ley Núm. 54 aplica a personas que no
son pareja actualmente pero que sí
tuvieron una relación de intimidad,
casados o no, personas en relaciones
extramaritales así como a parejas LGBTT.
• Además, las protecciones de la Ley Núm.
54, tales como la orden de protección y la
radicación de cargos criminales, protegen
a las personas inmigrantes, no importa su
estatus migratorio.
8. EFECTOS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
EN LAS VÍCTIMAS Y SOBREVIVIENTES
• La violencia doméstica tiene un efecto devastador en
la salud física y mental de sus víctimas. Muchas veces
se pueden observar los siguientes indicadores:
– baja autoestima
– sentimiento de impotencia y des validez
– dificultad en la toma de decisiones
– enfermedades físicas o mentales como la depresión
– insomnio
– pérdida de apetito
– ser complaciente al extremo
– sentido de culpabilidad por la situación
– aislamiento
– miedo paralizador
9. RAZONES PARA MANTENERSE EN UNA
RELACIÓN DE VIOLENCIA
• no romper los lazos familiares
• recursos económicos limitados
• miedo
• sentido de invalidez
• creencias religiosas
• esperanza de cambio
• ausencia de apoyo
• sentido de pérdida
• frustración
10. ¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE LA VIOLENCIA
DOMÉSTICA EN EL TRABAJO ?
• merma en la productividad
• pobre concentración en el trabajo
• estrés emocional y laboral
• ausentismo y tardanzas
• mayores gastos en servicios salud
• pone en riesgo la seguridad de todo el
personal
11. MANIFESTACIONES DEL COMPORTAMIENTO
MALTRATANTE EN EL TRABAJO
• Llamar, visitar o merodear el trabajo de la
víctima sin autorización.
• Tratar de burlar la seguridad y alterarse si se les
niega el acceso.
• Vigilar a la pareja y preguntar sobre ella a las
personas que trabajan en el mismo lugar.
12. MANIFESTACIONES DEL COMPORTAMIENTO
MALTRATANTE EN EL TRABAJO
• Expresarse de forma despectiva sobre la víctima
poniendo en riesgo su empleo.
• Actuar violentamente no sólo con la pareja sino,
también, con las otras personas en el lugar de
trabajo
13. PROTOCOLO PARA EL MANEJO DE
SITUACIONES DE VIOLENCA DOMÉSTICA
PROPÓSITO
• Desarrollar medidas preventivas y de
seguridad efectivas para el manejo
adecuado de casos que pueden traer
elementos de peligrosidad al ambiente de
trabajo.
14. Declaración y divulgación de la
política institucional
• Cada agencia pública o empresa
preparará su declaración de política
institucional acorde con la política pública
de no tolerancia a la violencia doméstica.
La misma será colocada en lugares
visibles para el personal y visitantes.
15. Declaración y divulgación de la
política institucional
• En la Institución tenemos la Política visible
en el área de la Cocina. Se incluye
además en los documentos que se
adjuntan en esta Presentación. También
puede solicitar una copia en el
Departamento de Recursos Humanos.
16. Personal designado
• En cada institución habrá personas
designadas para trabajar con situaciones
de violencia doméstica.
• En la Institución, nuestra Directora de
Recursos Humanos, es la Persona
Designada para trabajar asuntos
relacionados a esta Política.
17. Garantía de privacidad y
confidencialidad
• Se debe proveer un ambiente de
privacidad y confidencialidad en el que la
persona afectada se sienta cómoda y
segura para discutir su situación de
violencia doméstica. Las partes
involucradas deberán firmar un Acuerdo
de Confidencialidad.
18. Educación continua
• Contiene un plan de adiestramiento anual
para el personal de supervisión y el
personal designado, al igual que para
todos los empleados y empleadas sobre la
violencia doméstica y sobre el protocolo
para el manejo de estas situaciones en el
lugar de trabajo.
19. Base legal
• Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según
enmendada
• La Ley 23 de 2013
• Ley Núm. 538 de 30 de septiembre de 2004
• Ley Núm. 271 de 26 de diciembre de 2006
• Ley Núm. 217 de 29 de septiembre de 2006
• Occupational Safety And Health Act of 1970
(OSHA)
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