SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 1
Descargar para leer sin conexión
RECURSOS ORDINARIOS




                                           DISPOSICIONES GENERALES
                                                                                          www.rinconlegal.com



                                               PRESUPUESTOS Y
                                              ADMISIBILIDAD (Art.
                                                449 y 450 LEC)
DERECHO A RECURRIR
                                                                                                 DESISTIMIENTO
   (Art. 448 LEC)
                                                                                                   RECURSOS
                                                   RECURSOS

                                                     CLASES



                                                                         QUEJA (Arts. 494 y 495 LEC)

     REPOSICIÓN (Arts. 451-454 LEC)                             Son recurribles los Autos que denieguen la
                                                                tramitación de un recurso de apelación,
Resoluciones recurribles                                        extraordinario por infracción procesal o de
- Diligencias de ordenación.                                    casación.
- Providencias.                                                 Se interpondrán ante el órgano que corresponda
- Autos no definitivos.                                         resolver el recurso no tramitado.
Órgano competente el mismo Tribunal que dictó                   Se tramitarán y resolverán con carácter preferente
la resolución                                                   Se preparará pidiendo, dentro del quinto día,
Plazo: 5 días                                                   reposición del auto recurrido, y para el caso de no
Expresa indicación de la infracción en que la                   estimarla, testimonio de ambas resoluciones.
resolución hubiera incurrido                                    Si el Tribunal no diere lugar a la reposición en 5
Admitido a trámite se concederá a las demás                     días facilitará dicho testimonio, acreditando el
partes personadas un plazo común de cinco                       Secretario Judicial la fecha de entrega.
días para impugnarlo, si lo estiman conveniente                 Dentro de los 10 días siguientes a la entrega del
Auto resolviéndola (5 días), no recurrible                      testimonio, se habrá de presentar recurso de queja
Supuestos especiales: También son recurribles:                  ante el órgano competente para su resolución,
- Diligencias de ordenación                                     aportando el testimonio obtenido.
- Resoluciones orales en vistas, audiencias y                   El Tribunal resolverá por Auto no recurrible en 5
comparecencias                                                  días estimando o desestimándolo.


                                        APELACIÓN (Arts. 455 a 467 LEC)
Son recurribles:
- Sentencias dictadas en toda clase de juicio.
- Autos definitivos.
- Los que la ley expresamente señale
Conocerán de este recurso:
- Los Juzgados de Primera Instancia, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Paz
de su partido.
- Las Audiencias Provinciales, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Primera
Instancia de su circunscripción
Plazo 5 días
Tramitación preferente
Respecto a sentencias desestimatorias y autos que pongan fin al proceso: Carece de efectos suspensivos.
Las sentencias estimatorias contra las que se interponga recurso de apelación tendrán la eficacia dispuesta en las
normas reguladoras de la ejecución provisional.
Preparación:
- Admisión Se emplazará al recurrente por 20 días para que lo interponga. Contra la providencia que tenga por
preparado la apelación no cabe recurso
- Inadmisión. Mediante Auto recurrible en Queja.
 Interposición, prueba,
Oposición al recurso e impugnación de la sentencia (10 días)
 Remisión de los autos
 Admisión de pruebas y señalamiento de vista
Sentencia de apelación (Si se ha celebrado vista, el Tribunal resolverá en 10 días y si no ha celebrado vista, se
resolverá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de los autos en el Tribunal
competente para resolver la apelación).

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presentación Acción de Amparo
Presentación Acción de AmparoPresentación Acción de Amparo
Presentación Acción de Amparo
anetvidal
 
Ruta critica amparo
Ruta critica amparoRuta critica amparo
Ruta critica amparo
gilmx
 

La actualidad más candente (20)

Sesiones 11 y 12 . medios de impugnación
Sesiones 11 y 12 . medios de impugnaciónSesiones 11 y 12 . medios de impugnación
Sesiones 11 y 12 . medios de impugnación
 
Cuadro comparativo Procesos
Cuadro comparativo ProcesosCuadro comparativo Procesos
Cuadro comparativo Procesos
 
Procedimientos especiales
Procedimientos especialesProcedimientos especiales
Procedimientos especiales
 
Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias
 
Infografia Beatriz Matheus
Infografia Beatriz MatheusInfografia Beatriz Matheus
Infografia Beatriz Matheus
 
Presentación Acción de Amparo
Presentación Acción de AmparoPresentación Acción de Amparo
Presentación Acción de Amparo
 
Las medidas cautelar dpc_IAFJSR
Las medidas cautelar dpc_IAFJSRLas medidas cautelar dpc_IAFJSR
Las medidas cautelar dpc_IAFJSR
 
Solucion de controversias
Solucion de controversiasSolucion de controversias
Solucion de controversias
 
Esquema Medidas Cautelares
Esquema Medidas CautelaresEsquema Medidas Cautelares
Esquema Medidas Cautelares
 
Ruta critica amparo
Ruta critica amparoRuta critica amparo
Ruta critica amparo
 
Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...
Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...
Mecanismos alternos de solución de controversias Código Nacional de Procedimi...
 
Proceso cautelar sofi
Proceso cautelar sofiProceso cautelar sofi
Proceso cautelar sofi
 
RECURSOS EN MATERIA INQUILINARIA
RECURSOS EN MATERIA INQUILINARIARECURSOS EN MATERIA INQUILINARIA
RECURSOS EN MATERIA INQUILINARIA
 
Interdiccion e inhablitacion
Interdiccion e inhablitacionInterdiccion e inhablitacion
Interdiccion e inhablitacion
 
DPC cuadros comparativos
DPC cuadros comparativosDPC cuadros comparativos
DPC cuadros comparativos
 
Apelacionosce
ApelacionosceApelacionosce
Apelacionosce
 
Ex posición nelly sanbria
Ex posición nelly sanbriaEx posición nelly sanbria
Ex posición nelly sanbria
 
La interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuelaLa interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuela
 
JUICIO ORDINARIO
JUICIO ORDINARIO JUICIO ORDINARIO
JUICIO ORDINARIO
 
16570037 suspension-condicional-del-procedimiento (1)
16570037 suspension-condicional-del-procedimiento (1)16570037 suspension-condicional-del-procedimiento (1)
16570037 suspension-condicional-del-procedimiento (1)
 

Similar a A

Solución de controversias 2012
Solución de controversias  2012Solución de controversias  2012
Solución de controversias 2012
cefic
 
Tema 13: medios de impugnación
Tema 13: medios de impugnaciónTema 13: medios de impugnación
Tema 13: medios de impugnación
Esarcle
 
Presentacion proyecto
Presentacion proyectoPresentacion proyecto
Presentacion proyecto
Maria Suarez
 
Apelación de autos y sentencias
Apelación de autos y sentenciasApelación de autos y sentencias
Apelación de autos y sentencias
juliorengifomejias
 

Similar a A (20)

Solución de controversias 2012
Solución de controversias  2012Solución de controversias  2012
Solución de controversias 2012
 
Juicio Ejecutivo (Cheque)
Juicio Ejecutivo (Cheque)Juicio Ejecutivo (Cheque)
Juicio Ejecutivo (Cheque)
 
Tema 13: medios de impugnación
Tema 13: medios de impugnaciónTema 13: medios de impugnación
Tema 13: medios de impugnación
 
DERECHO PROCESAL CIVIL III - tercera clase.pptx
DERECHO PROCESAL CIVIL III - tercera clase.pptxDERECHO PROCESAL CIVIL III - tercera clase.pptx
DERECHO PROCESAL CIVIL III - tercera clase.pptx
 
El juicio de amparo directo.
El juicio de amparo directo. El juicio de amparo directo.
El juicio de amparo directo.
 
Los Recursos en Derecho Procesal Venezolano
Los Recursos en Derecho Procesal VenezolanoLos Recursos en Derecho Procesal Venezolano
Los Recursos en Derecho Procesal Venezolano
 
RECURSOS IMPUGNATORIOS en el NCPP.ppt
RECURSOS IMPUGNATORIOS en el NCPP.pptRECURSOS IMPUGNATORIOS en el NCPP.ppt
RECURSOS IMPUGNATORIOS en el NCPP.ppt
 
Código de Procedimiento Civil II (I Bimestre)
Código de Procedimiento Civil II (I Bimestre)Código de Procedimiento Civil II (I Bimestre)
Código de Procedimiento Civil II (I Bimestre)
 
23 11
23 1123 11
23 11
 
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
Esquema - Juicio Ordinario de Mayor Cuantía
 
123
123123
123
 
23 11
23 1123 11
23 11
 
123
123123
123
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1
 
Recurso apelacion1
Recurso apelacion1Recurso apelacion1
Recurso apelacion1
 
Presentacion proyecto
Presentacion proyectoPresentacion proyecto
Presentacion proyecto
 
Recursos Procesales (2).pptx
Recursos Procesales (2).pptxRecursos Procesales (2).pptx
Recursos Procesales (2).pptx
 
Cuadro recursos.pdf
Cuadro recursos.pdfCuadro recursos.pdf
Cuadro recursos.pdf
 
Apelación de autos y sentencias
Apelación de autos y sentenciasApelación de autos y sentencias
Apelación de autos y sentencias
 
Mapa conceptual
Mapa conceptualMapa conceptual
Mapa conceptual
 

A

  • 1. RECURSOS ORDINARIOS DISPOSICIONES GENERALES www.rinconlegal.com PRESUPUESTOS Y ADMISIBILIDAD (Art. 449 y 450 LEC) DERECHO A RECURRIR DESISTIMIENTO (Art. 448 LEC) RECURSOS RECURSOS CLASES QUEJA (Arts. 494 y 495 LEC) REPOSICIÓN (Arts. 451-454 LEC) Son recurribles los Autos que denieguen la tramitación de un recurso de apelación, Resoluciones recurribles extraordinario por infracción procesal o de - Diligencias de ordenación. casación. - Providencias. Se interpondrán ante el órgano que corresponda - Autos no definitivos. resolver el recurso no tramitado. Órgano competente el mismo Tribunal que dictó Se tramitarán y resolverán con carácter preferente la resolución Se preparará pidiendo, dentro del quinto día, Plazo: 5 días reposición del auto recurrido, y para el caso de no Expresa indicación de la infracción en que la estimarla, testimonio de ambas resoluciones. resolución hubiera incurrido Si el Tribunal no diere lugar a la reposición en 5 Admitido a trámite se concederá a las demás días facilitará dicho testimonio, acreditando el partes personadas un plazo común de cinco Secretario Judicial la fecha de entrega. días para impugnarlo, si lo estiman conveniente Dentro de los 10 días siguientes a la entrega del Auto resolviéndola (5 días), no recurrible testimonio, se habrá de presentar recurso de queja Supuestos especiales: También son recurribles: ante el órgano competente para su resolución, - Diligencias de ordenación aportando el testimonio obtenido. - Resoluciones orales en vistas, audiencias y El Tribunal resolverá por Auto no recurrible en 5 comparecencias días estimando o desestimándolo. APELACIÓN (Arts. 455 a 467 LEC) Son recurribles: - Sentencias dictadas en toda clase de juicio. - Autos definitivos. - Los que la ley expresamente señale Conocerán de este recurso: - Los Juzgados de Primera Instancia, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Paz de su partido. - Las Audiencias Provinciales, cuando las resoluciones apelables hayan sido dictadas por los Juzgados de Primera Instancia de su circunscripción Plazo 5 días Tramitación preferente Respecto a sentencias desestimatorias y autos que pongan fin al proceso: Carece de efectos suspensivos. Las sentencias estimatorias contra las que se interponga recurso de apelación tendrán la eficacia dispuesta en las normas reguladoras de la ejecución provisional. Preparación: - Admisión Se emplazará al recurrente por 20 días para que lo interponga. Contra la providencia que tenga por preparado la apelación no cabe recurso - Inadmisión. Mediante Auto recurrible en Queja. Interposición, prueba, Oposición al recurso e impugnación de la sentencia (10 días) Remisión de los autos Admisión de pruebas y señalamiento de vista Sentencia de apelación (Si se ha celebrado vista, el Tribunal resolverá en 10 días y si no ha celebrado vista, se resolverá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de los autos en el Tribunal competente para resolver la apelación).