3. ELECTA POR LA
COMUNIDAD
LO HACE DE FORMA
VOLUNTARIA Y SIN FINES
DE LUCRO
SON MEDIOS
DE
CONCILIACION
SU OBJETIVO ES LA JUSTICIA DEL
CASO Y GARANTIZAR LA
CONVIVENCIA PACÍFICA DE LA
COMUNIDAD.
4. La Ley Orgánica de la Justicia de Paz, Título II, Capítulo I y II, establece los
aspectos concernientes a la Elección del Juez de Paz y a las Condiciones de
Elegibilidad del mismo, respectivamente.
TÍTULO II
DE LA ELECCIÓN, CONTROL Y REMOCIÓN DEL JUEZ DE PAZ
CAPÍTULO I
DE LA ELECCIÓN
La autoridad competente para dirigir
los procesos electorales, son los
consejos comunales (art. 10)
Son regulados a través de
ordenanzas, en base a los principios,
además pueden solicitar ayuda
técnica de (OCEI).
La elección de jueces se rige por esta
ley, las ordenanzas y la ley de
sufragio.
Los comicios se realizan cada 3 años
luego de elegir el juez de paz, los
cuales pueden ser reelectos
Los municipios serán divididos en
circunscripciones intermunicipales de
cuatro mil habitantes.
Por cada circunscripción se elegirá un
juez de paz y dos suplentes
Podrán postular candidatos para
Jueces de Paz; La Asociaciones de
Vecinos legalizadas, organizaciones
civiles y los Grupos de vecinos que
representen el tres por ciento de los
inscritos en el registro electoral de la
circunscripción intramunicipal
respectiva.
el resultado final y veraz sera el que
apruebe el consejo supremo electoral,
se prohíbe las campañas electorales
pagadas con fines de desplegar
afiches, pancartas, calcomanías,
anuncios de radio, televisión o de
prensa alusivos a alguna candidatura
o grupo electoral.
5.
6. Articulo 178, ordinal 7.
Son de la competencia del Municipio el gobierno y administración
de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne esta
Constitución y las leyes nacionales, en cuanto concierne a la vida
local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo
económico y social, la dotación y prestación de los servicios
públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la
materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido
de interés social, de conformidad con la delegación prevista en la
ley que rige la materia, la promoción de la participación, y el
mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la
comunidad, en las siguientes áreas: Justicia de paz, prevención y
protección vecinal y servicios de policía municipal, conforme a la
legislación nacional aplicable.
Articulo 258
La ley organizará la justicia de
paz en las comunidades. Los
jueces o juezas de paz serán
elegidos o elegidas por
votación universal, directa y
secreta, conforme a la ley.
7. Tiene por objeto regular todo lo relativo a la Justicia
de Paz, en cada división territorial que se establezca
en los Municipios habrá una persona, que se
denominará Juez de Paz, que tendrá por función
solucionar los conflictos y controversias en la
comunidad, asimismo establece en su Articulo 2 que
corresponde a los Municipios prestar los servicios de
la Justicia de Paz y determinar su organización, de
conformidad con la Ley.
Articulo 32, ordinal 4, señala que para crear una
parroquia u otra de las entidades locales dentro del
Municipio, se requiere que en el territorio
correspondiente exista; el Articulo 36, ordinal 3
dispone que la Parroquia tendrá facultad expresa para
gestionar los asuntos y procesos, Asimismo en la
citada ley el articulo 55 ordinal h, se establece la
Justicia de Paz como una de las competencias
propias del Municipio.
8. Cuando exista un problema dentro de los
habitantes de una comunidad, el juez de
paz tendrá que resolverlo mediante
conciliación, es decir que las partes lleguen
a un arreglo de común acuerdo, no obstante
en casos de que esto no suceda, entonces
es alli que inicia dicho procedimiento.
De ser resuelto bajo el
principio de equidad.
(Art. 3 de la
LOJP)
Los Jueces de Paz se regirán por
los principios de oralidad,
concentración, simplicidad,
igualdad, celeridad y gratuidad
(Art. 4 de la
LOJP)
GRATUITO Y SIN
ESTAMPILLAS
Juez de Paz competente será el
que ejerza su jurisdicción en el
lugar donde ocurran los hechos
que determinen el conflicto o
controversia.