1. DERECHO COMERCIAL II
UNIDAD N° 1
“SOCIEDADES COMERCIALES”
CONCEPTO – ELEMENTOS – CLASIFICACION
Prof. Dr. Bruno Bustos
2. SOCIEDADES COMERCIALES
• Introducción
La Sociedad Comercial es la cobertura jurídica
de la empresa o la forma jurídica que esta
reviste
Es una persona Jurídica dotada por la ley para
adquirir derechos y contraer obligaciones
Persona, distinta a la personalidad de los socios
3. SOCIEDAD Y EMPRESA
SOCIEDAD
• Es un sujeto de derecho
que presupone la
posibilidad de una empresa
• Es un medio técnico que
permite la realización de
una actividad colectiva,
económica y Jurídicamente
organizada
EMPRESA
• No es sujeto de derecho. Es
inmaterial, conjunto de
actos coordinados
• Es la actividad de un
conjunto de sujetos que
actúan organizadamente
4. Concepto Legal
• Art. 1 – Ley 19.550
“Habrá sociedad comercial cuando dos o más
personas en forma organizada, conforme a uno
de los tipos previstos en esta Ley, se obliguen a
realizar aportes para aplicarlos a la producción
o intercambio de bienes o servicios
participando de los beneficios y soportando las
pérdidas.”
5. ELEMENTOS
IMPLICITOS
• Consentimiento
(expresado con
consentimiento, intención y
libertad)
• Affectio Societatis
(Voluntad de unirse y formar
una sociedad)
EXPLICITOS
• Pluralidad de personas
• Organización
• Tipo Social
• Fondo común
• Fin Común
• Participación en los
beneficios y en las perdidas
6. Organización
Se establece mediante un contrato social o estatuto
que establecerá:
• Funcionamiento de los diversos órganos
• Derechos y Obligaciones de los socios
• Contabilidad
• Formación del fondo común
• Distribución de beneficios y perdidas
• Nombre de la sociedad
• Domicilio
• Duración
• Objeto social
7. Tipo Social
Las únicas sociedades previstas por la Ley 19.550 son:
• Colectiva.
• En comandita simple.
• De capital e industria.
• Accidental o en participación.
• De responsabilidad limitada.
• Anónima.
• En comandita por acciones.
• De economía mixta.
• Anónima con participación estatal mayoritaria.
• Cooperativa.
8.
9. Elementos específicos
• EL APORTE:
• Es la obligación de realizar en favor de la sociedad una
• actividad establecida en el contrato social. El aporte puede
• ser una obligación: de hacer (aporte de industria o trabajo)
o de dar: dinero o bienes.
• PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS Y PERDIDAS:
• Los socios pueden establecer en el contrato la forma en
que cada uno participará de las pérdidas y las ganancias.
• Son nulas las cláusulas que excluyen a un socio de las
pérdidas o de las ganancias, como así también las cláusulas
que le otorgan todas las pérdidas o todas las ganancias.