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Procedimientos
    Laborales
y Cobranza Laboral
Legislación


  n    Ley Nº 20.022, que crea juzgados laborales y juzgados de cobranza
        laboral y previsional.

  n    Ley Nº 20.023, que modifica el sistema de ejecución de los títulos
        ejecutivos laborales.

  n    Ley Nº 20.087 que sustituye el procedimiento en juicio laboral
        contemplado en el libro V del Código del Trabajo. Este nuevo
        procedimiento comenzará a regir en Santiago el 31 de Agosto 2009
        y será oral, público y concentrado, recogiendo muchos de los
        principios que operan en el actual sistema procesal penal.
Procedimientos Laborales

n    Antiguos Procedimientos Laborales:
n    1) Procedimiento de Aplicación General;
n    2) Procedimiento Laboral de menor cuantía
n    3) Juicio de reclamación por infracción a las leyes laborales y sus
         reglamentos.
n    4) Procedimiento Ejecutivo Laboral.

•     Nuevos Procedimientos Laborales:
n    1) Procedimiento de Aplicación General;
n    2) Procedimiento de Tutela Laboral;
n    3) Procedimiento Monitorio;
n    4) Procedimiento de Reclamación de Multas y demás Resoluciones
         Administrativas
n    5) Procedimiento Ejecutivo Laboral (Procedimiento Cobranza Laboral y
         Previsional)
•  Antiguo Procedimiento Laboral
       de Aplicación General
Antiguo Procedimiento Laboral de Aplicación General


n    Características:

1.    Judicatura Especializada
2.    Escrituración
3.    Impulso procesal de la partes
4.    Formalismo
5.    Distancia entre las partes y el juez
n    Requisitos Demanda:

1.    Designación del Tribunal ante quien se entabla
2.    El nombre, apellidos, domicilio y profesión u oficio del demandante y de
      las personas que lo representen, y naturaleza de la representación;
3.    El nombre, apellidos, domicilio y profesión u oficio del demandado.
4.    La exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho.
5.    Enunciación precisa y clara de las peticiones.

n    Requisitos Contestación Demanda:

1.    Designación Tribunal
2.    Nombre, apellidos, domicilio, profesión u oficio del demandado
3.    Todas las excepciones dilatorias y perentorias y los hechos en que se
      fundan.
4.    La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las
      peticiones que se sometan a la resolución del tribunal.
5.    Reconvención si es que se deduce
Se cita a las partes a oír
Demanda                                sentencia y a audiencia
                                           de Conciliación
                                           (no hay hechos
                                      sustanciales, pertinentes
                                          y controvertidos)

            Contestación
Traslado     Demanda       Traslado
 10 días   (Excepciones,    5 días
           Reconvención)
                                          Se recibe la causa a
                                      prueba, se cita a las partes
                                      a audiencia de conciliación
                                               y prueba
•  No se recibió
                 Audiencia de      No hay        la causa a prueba:
8 -15 días       Conciliación                    Se dicta sentencia
                                 conciliación
                   y Prueba
                                                •  Se recibió la causa a
                                                  prueba: Se aceptan
                                                            pruebas.



 Sentencia                                                5
 Definitiva        15 días        Se cita a              días
                                oír sentencia



                                                  Observaciones
Recursos:                                          A la prueba
•  Reposición (3 días)
•  Apelación (5 días)
•  Casación
n  NuevoProcedimiento Laboral
      de Aplicación General
Nuevo Procedimiento Laboral de Aplicación General


n       Principios Formativos del Proceso:

1.       Oralidad
2.       Publicidad
3.       Concentración
4.       Inmediación
5.       Impulso procesal de oficio
6.       Celeridad
7.       Buena Fe
8.       Bilateralidad
9.       Gratuidad
Se admite demanda: 35 días para
                         citar a las parte


                    Contestación
                      Demanda           5 días       Audiencia
  Demanda                             Antelación    Preparatoria
                   (Reconvención,
                    Excepciones)



                                       1.  Discusión
 Se rechaza de                         2.  Conciliación
 oficio:                               3.  Se recibe la causa a prueba
- Caducidad                            4.  Fijación fecha de Audiencia
- Omisión de                           de Juicio, Medidas Cautelares
Documentos                             y Oficios.
Audiencia de       15 días   Sentencia
30 días            Juicio                    Definitiva




          .Rendición de las pruebas
          .Observaciones a la prueba
n  Antiguo
         Procedimiento
    Cobranza Laboral
Antiguo Procedimiento Cobranza



n    Se solicita el cumplimiento de la sentencia ante el mismo tribunal que dictó
      sentencia ejecutoria.

n    El plazo para solicitar el cumplimiento es de 60 días desde que la ejecución
      se hizo exigible.

n    El juicio ejecutivo derivado de asuntos laborales se rige por las
      disposiciones de los Títulos I y II del Libro III del Código de Procedimiento
      Civil.
n  Nuevo
        Procedimiento Cobranza
       Laboral y Previsional
Nuevo Procedimiento Cobranza Laboral y Previsional



n    “La tramitación de los títulos ejecutivos laborales se desarrollará de oficio y
      por escrito por el tribunal, dictándose al efecto las resoluciones y
      ordenándose las diligencias que sean necesarias para ello”. (art. 463 CT)

n    Se remite al Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional. Plazo: 5 días de
      oficio

n    Excepciones que se pueden deducir: pago de la deuda, remisión, novación
      y transacción.

n      Medida cautelar: El juez oficia a Tesorería para la retención de la
      devolución de impuestos que le corresponda restituir al ejecutado.

n    Resoluciones: inapelables, salvo la que falla excepciones
Nuevo Procedimiento Cobranza Laboral
n    Títulos ejecutivos Laborales: (Artículo 464 CT)
1.    Las sentencias ejecutoriadas

2.    La transacción, conciliación y avenimiento

3.    Los finiquitos suscritos por el trabajador y el empleador y autorizados por
      el Inspector del Trabajo o por funcionarios facultados.

4.     Las actas firmadas por las partes y autorizadas por los Inspectores del
      Trabajo que den constancia de acuerdos producidos ante éstos o que
      contengan el reconocimiento de una obligación laboral o de cotizaciones
      de seguridad social.

5.     Instrumentos colectivos del trabajo, respecto de aquellas cláusulas que
      contengan obligaciones líquidas y actualmente exigibles, y las copias
      auténticas de los mismos autorizadas por la Inspección del Trabajo

6.    Cualquier otro título a que las leyes laborales o de seguridad social
      otorguen fuerza ejecutiva.
Juzgado de
 Sentencia                                                  Cobranza
               5 días       Incumplimiento   5 días
Ejecutoriada                                                Laboral y
                                                           Previsional



                                                           Se remite a
                                                            La unidad
                              Ejecutado                    Liquidación
                                paga



                               Objeción
                             Liquidación
                             (se resuelve             •  3 días para
                              De plano)      5 días
                                                      practicarse liquidación.
 Se resuelve
  Sentencia                                           •  Notificación de la
                   3 días      Oponer                 liquidación a las partes
  (Apelable)     traslado    Excepciones              y requerimiento de
                                                      pago al ejecutado


               Embargo        Ejecutado
   Remate
                               no paga
1.a.1.procedimiento laboral, nuevo y antiguo

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1.a.1.procedimiento laboral, nuevo y antiguo

  • 1. Procedimientos Laborales y Cobranza Laboral
  • 2. Legislación n  Ley Nº 20.022, que crea juzgados laborales y juzgados de cobranza laboral y previsional. n  Ley Nº 20.023, que modifica el sistema de ejecución de los títulos ejecutivos laborales. n  Ley Nº 20.087 que sustituye el procedimiento en juicio laboral contemplado en el libro V del Código del Trabajo. Este nuevo procedimiento comenzará a regir en Santiago el 31 de Agosto 2009 y será oral, público y concentrado, recogiendo muchos de los principios que operan en el actual sistema procesal penal.
  • 3. Procedimientos Laborales n  Antiguos Procedimientos Laborales: n  1) Procedimiento de Aplicación General; n  2) Procedimiento Laboral de menor cuantía n  3) Juicio de reclamación por infracción a las leyes laborales y sus reglamentos. n  4) Procedimiento Ejecutivo Laboral. •  Nuevos Procedimientos Laborales: n  1) Procedimiento de Aplicación General; n  2) Procedimiento de Tutela Laboral; n  3) Procedimiento Monitorio; n  4) Procedimiento de Reclamación de Multas y demás Resoluciones Administrativas n  5) Procedimiento Ejecutivo Laboral (Procedimiento Cobranza Laboral y Previsional)
  • 4. •  Antiguo Procedimiento Laboral de Aplicación General
  • 5. Antiguo Procedimiento Laboral de Aplicación General n  Características: 1.  Judicatura Especializada 2.  Escrituración 3.  Impulso procesal de la partes 4.  Formalismo 5.  Distancia entre las partes y el juez
  • 6. n  Requisitos Demanda: 1.  Designación del Tribunal ante quien se entabla 2.  El nombre, apellidos, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y naturaleza de la representación; 3.  El nombre, apellidos, domicilio y profesión u oficio del demandado. 4.  La exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho. 5.  Enunciación precisa y clara de las peticiones. n  Requisitos Contestación Demanda: 1.  Designación Tribunal 2.  Nombre, apellidos, domicilio, profesión u oficio del demandado 3.  Todas las excepciones dilatorias y perentorias y los hechos en que se fundan. 4.  La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan a la resolución del tribunal. 5.  Reconvención si es que se deduce
  • 7. Se cita a las partes a oír Demanda sentencia y a audiencia de Conciliación (no hay hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos) Contestación Traslado Demanda Traslado 10 días (Excepciones, 5 días Reconvención) Se recibe la causa a prueba, se cita a las partes a audiencia de conciliación y prueba
  • 8. •  No se recibió Audiencia de No hay la causa a prueba: 8 -15 días Conciliación Se dicta sentencia conciliación y Prueba •  Se recibió la causa a prueba: Se aceptan pruebas. Sentencia 5 Definitiva 15 días Se cita a días oír sentencia Observaciones Recursos: A la prueba •  Reposición (3 días) •  Apelación (5 días) •  Casación
  • 9. n  NuevoProcedimiento Laboral de Aplicación General
  • 10. Nuevo Procedimiento Laboral de Aplicación General n  Principios Formativos del Proceso: 1.  Oralidad 2.  Publicidad 3.  Concentración 4.  Inmediación 5.  Impulso procesal de oficio 6.  Celeridad 7.  Buena Fe 8.  Bilateralidad 9.  Gratuidad
  • 11. Se admite demanda: 35 días para citar a las parte Contestación Demanda 5 días Audiencia Demanda Antelación Preparatoria (Reconvención, Excepciones) 1.  Discusión Se rechaza de 2.  Conciliación oficio: 3.  Se recibe la causa a prueba - Caducidad 4.  Fijación fecha de Audiencia - Omisión de de Juicio, Medidas Cautelares Documentos y Oficios.
  • 12. Audiencia de 15 días Sentencia 30 días Juicio Definitiva .Rendición de las pruebas .Observaciones a la prueba
  • 13. n  Antiguo Procedimiento Cobranza Laboral
  • 14. Antiguo Procedimiento Cobranza n  Se solicita el cumplimiento de la sentencia ante el mismo tribunal que dictó sentencia ejecutoria. n  El plazo para solicitar el cumplimiento es de 60 días desde que la ejecución se hizo exigible. n  El juicio ejecutivo derivado de asuntos laborales se rige por las disposiciones de los Títulos I y II del Libro III del Código de Procedimiento Civil.
  • 15. n  Nuevo Procedimiento Cobranza Laboral y Previsional
  • 16. Nuevo Procedimiento Cobranza Laboral y Previsional n  “La tramitación de los títulos ejecutivos laborales se desarrollará de oficio y por escrito por el tribunal, dictándose al efecto las resoluciones y ordenándose las diligencias que sean necesarias para ello”. (art. 463 CT) n  Se remite al Tribunal de Cobranza Laboral y Previsional. Plazo: 5 días de oficio n  Excepciones que se pueden deducir: pago de la deuda, remisión, novación y transacción. n  Medida cautelar: El juez oficia a Tesorería para la retención de la devolución de impuestos que le corresponda restituir al ejecutado. n  Resoluciones: inapelables, salvo la que falla excepciones
  • 17. Nuevo Procedimiento Cobranza Laboral n  Títulos ejecutivos Laborales: (Artículo 464 CT) 1. Las sentencias ejecutoriadas 2. La transacción, conciliación y avenimiento 3. Los finiquitos suscritos por el trabajador y el empleador y autorizados por el Inspector del Trabajo o por funcionarios facultados. 4. Las actas firmadas por las partes y autorizadas por los Inspectores del Trabajo que den constancia de acuerdos producidos ante éstos o que contengan el reconocimiento de una obligación laboral o de cotizaciones de seguridad social. 5. Instrumentos colectivos del trabajo, respecto de aquellas cláusulas que contengan obligaciones líquidas y actualmente exigibles, y las copias auténticas de los mismos autorizadas por la Inspección del Trabajo 6. Cualquier otro título a que las leyes laborales o de seguridad social otorguen fuerza ejecutiva.
  • 18. Juzgado de Sentencia Cobranza 5 días Incumplimiento 5 días Ejecutoriada Laboral y Previsional Se remite a La unidad Ejecutado Liquidación paga Objeción Liquidación (se resuelve •  3 días para De plano) 5 días practicarse liquidación. Se resuelve Sentencia •  Notificación de la 3 días Oponer liquidación a las partes (Apelable) traslado Excepciones y requerimiento de pago al ejecutado Embargo Ejecutado Remate no paga