BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
Contrato colectivo
1. Contrato colectivo
Contrato colectivo.- Es acuerdo suscrito entre e uno o mas
empleadores o asociaciones empleadoras y una o mas
asociaciones de trabajadores legalmente constituida, cuyo objeto
es fijar las condiciones bajo los cuales se suscribirán los contratos
individuales y los de derecho conquistados por la asociación para
sus miembros .
Partes que
intervienen :
La asociación de
trabajadores con
derecho preferente, el
sindicato o el comité de
empresa .
El empleador o varios
empleadores
2. El contrato colectivo
Causas
para la
terminació
n
Por extinción
de la
asociación de
trabajadores
Por caso
fortuito o
fuerza
mayor
por
incumplimie
ntoPor muerte,
incapacidad o
extinción del
empleador
por mutuo
acuerdo
Por
vencimiento del
plazo:
idefinido,tiemp
o fijo ,tiempo
de duración
dela empresa
3. El contrato colectivo
Sobre todo en el sector publico se prohíbe
Prohibiciones
Que se contemplen
privilegios y beneficios
desmedidos y exagerados
que atentan contra el
interés general
Que un sucesor del
trabajador fallecido ocupe
el puesto que deja
vacante
Que se homologue los
derechos entre
empresas de distinto
giro de negocios
Que se otorgue los bienes y
servicios de forma gratuita
al os trabajadores
Que se incluya en el contrato al
personal que ejerce funciones de
dirección o ejecutivos o estén
sujetos a la ley de servicio
publico
4. El contrato colectivo
Formalidade
s
La asociación
mayoritaria que
comparece en el
contrato debe
contar con al menos
el 50% del total de
los trabajadores de
la empresa
Presentarlo ante el
Director Regional
del Trabajo o ante el
Inspector Provincial
del Trabajo
Celebrarse
obligatoriamente
por escrito