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La Ley 1178 regula los sistemas de adm. y control y
su relación con los sistemas nacionales de
planificación e inversión pública, con el objeto de:
a)Programar, organizar, ejecutar y controlar la
captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos
públicos,
b)Disponer de información útil, oportuna y confiable.
c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de
jerarquía asuma plena responsabilidad por sus
actos rindiendo cuenta no solo de los objetivos a
que se destinaron los recursos públicos, sino
también de la forma y resultado de su aplicación.
d)Desarrollar la capacidad administrativa para
impedir o identificar y comprobar el manejo
incorrecto de los recursos del Estado.
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Art. 20º Ley 1178

CADA ENTIDAD PUBLICA
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responsable de su implantación.
Art. 27º Ley 1178
Mejorar,
la eficiencia en la captación y uso de los recursos
públicos y en las operaciones del estado;
la información que se genere sobre la captación y uso
de los recursos y la ejecución de las operaciones
los procedimientos para que toda autoridad y ejecutiva
rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión
la capacidad administrativa para impedir o identificar y
comprobar el manejo inadecuado de los recursos del
Estado.
A)
B)
C)

D)

Emitir las normas y reglamentos básicos para cada
sistema;
Fijar los plazos y condiciones para elaborar las normas
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elaborará cada entidad en función de sus naturaleza y
normatividad básica; y
Vigilar el funcionamiento de los sistemas específicos
desconcentrados o descentralizados e integrar la
información generada por los mismos.
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servidor público tiene el deber de
desempeñar sus funciones con eficacia,
eficiencia, economía, transparencia y licitud.
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responderán:
todos ante sus superiores jerárquicos por
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los máximos ejecutivos ante las entidades
que ejercen tuición.
Los titulares de estas ante el Poder
Legislativo, los Concejos Municipales o
Consejo Universitario y
todos ellos ante la sociedad.
TODO SERVIDOR PUBLICO RESPONDERÁ POR LOS RESULTADOS
EMERGENTES DEL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES, DEBERES Y
ATRIBUCIONES ASIGNADOS A SU CARGO. A ESTE EFECTO:
a)

b)
c)

d)

L responsabilidad adm
a
inistrativa, ejecutiva, civil y penal se
determ
inará tom
ando en cuenta los resultados de la acción u
om
isión.
S presum la licitud de las operaciones y actividades por todo
e
e
servidor público, m
ientras no se dem
uestre lo contrario.
E térm “servidor público” se refiere a los dignatarios,
l
ino
funcionarios y toda otra persona que preste servicios en relación
de dependencia con el E
stado, cualquiera sea la fuente de su
rem
uneración.
L térm
os
inos “autoridad” y “ejecutivo” se refieren a los servidores
públicos que por su jerarquía y funciones son los principales
responsables de la adm
inistración de las entidades.
CAUSAS:
EMERGE DE LA CONTRAVENCION AL ORDENAMIENTO
JURIDICO-ADMINISTRATIVO Y DE LAS NORMAS
QUE REGULAN LA CONDUCTA DEL SERVIDOR
PUBLICO.
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CONDUCTA SON:
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PROCESO:
1. Sumarial
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SANCIONES:
Multa hasta el 20% de la
remuneración mensual
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CAUSAS:
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No rindan cuenta de los objetivos a que se
destinaron los recursos y de la forma y
resultados de su aplicación.
No se hayan implantado los sistemas de
adm. y control.
No se haya enviado copia de los contratos a
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perfeccionados.
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de Auditoria Interna.
QUIENES?
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colegiada si existe.
También a ex-ejecutivos o exdirectores.
QUIEN DETERMINA?
El Contralor General de la República
mediante opinión técnica-jurídica.
No procede ningún recurso legal
inpugnatorio
CUAL ES LA SANCION?
Suspensión sin goce de haberes o
destitución del cargo.
1. Hallazgos de responsabilidad en
auditorías
2. Entrega de informe preliminar a los
presuntos responsables.
3. Desarrollo del procedimiento de
aclaración.
4. Emisión y notificación del dictamen.
5. Aclaración o ampliación del
dictamen (10 días)
6. Aplicación (informar
inmediatamente) o inaplicación del
dictamen (fundamentar en 10 días)
La responsabilidad es
civil cuando la acción
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público o de las
personas naturales o
jurídicas privadas
cause daño al Estado
valuable en dinero.
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por juez competente.
LA RESPONSABILIDAD CIVIL SE APLICA SOBRE:
A.

El superior jerárquico que autorizó el uso indebido
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B.

Las personas naturales o jurídicas que, sin ser
servidores públicos, se beneficien indebidamente
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del Estado.

C.

Cuando varias personas resultaren responsables
del
mismo
acto,
serán
solidariamente
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auditorías

2.

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presuntos responsables.

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aclaración.

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dictamen.

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público o de los
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  • 1.
  • 2. La Ley 1178 regula los sistemas de adm. y control y su relación con los sistemas nacionales de planificación e inversión pública, con el objeto de: a)Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos, b)Disponer de información útil, oportuna y confiable. c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no solo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos, sino también de la forma y resultado de su aplicación. d)Desarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado.
  • 3. SISTEMAS NACIONALES Planificación Inversión Pública SISTEMAS PARA PROGRAMAR Y ORGANIZAR LAS ACTIVIDADES Sistema de Programación de Operaciones Sistema de Organización Administrativa Sistema de Presupuesto SISTEMAS PARA EJECUTAR LAS ACTIVIDADES PROGRAMADAS Sistema de Administración de Personal Sistema de Administración de Bienes y Servicios Sistema de Tesorería y Crédito Público Sistema de Contabilidad Integrada SISTEMA PARA CONTROLAR LA GESTIÓN PÚBLICA
  • 4. LEY 1178 (Marco) NORMAS BASICAS REGLAMENTO ESPECIFICO REGLAMENTO ESPECIFICO NORMAS BASICAS LEY 1178 (Marco) NORMAS BASICAS IMPLANTACION DE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION Y CONTROL LEY 1178 (Marco) REGLAMENTO ESPECIFICO REGLAMENTO ESPECIFICO LEY 1178 (Marco) NORMAS BASICAS
  • 6. LEY 1178 - Ley Marco NORMAS BASICAS REGLAMENTO ESPECIFICO IMPLANTACION DE LOS SISTEMAS DE ADM. Y CONTROL CONGRESO ORGANOS RECTORES Art. 20º Ley 1178 CADA ENTIDAD PUBLICA Máxima Autoridad Ejecutiva responsable de su implantación. Art. 27º Ley 1178
  • 7. Mejorar, la eficiencia en la captación y uso de los recursos públicos y en las operaciones del estado; la información que se genere sobre la captación y uso de los recursos y la ejecución de las operaciones los procedimientos para que toda autoridad y ejecutiva rinda cuenta oportuna de los resultados de su gestión la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo inadecuado de los recursos del Estado.
  • 8. A) B) C) D) Emitir las normas y reglamentos básicos para cada sistema; Fijar los plazos y condiciones para elaborar las normas secundarias y la implantación progresiva de los sistemas; Compatibilizar o evaluar las disposiciones específicas que elaborará cada entidad en función de sus naturaleza y normatividad básica; y Vigilar el funcionamiento de los sistemas específicos desconcentrados o descentralizados e integrar la información generada por los mismos.
  • 9. El servidor público tiene el deber de desempeñar sus funciones con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y licitud. Los servidores en el ejercicio de sus funciones responderán: todos ante sus superiores jerárquicos por conducto regular. los máximos ejecutivos ante las entidades que ejercen tuición. Los titulares de estas ante el Poder Legislativo, los Concejos Municipales o Consejo Universitario y todos ellos ante la sociedad.
  • 10. TODO SERVIDOR PUBLICO RESPONDERÁ POR LOS RESULTADOS EMERGENTES DEL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES, DEBERES Y ATRIBUCIONES ASIGNADOS A SU CARGO. A ESTE EFECTO: a) b) c) d) L responsabilidad adm a inistrativa, ejecutiva, civil y penal se determ inará tom ando en cuenta los resultados de la acción u om isión. S presum la licitud de las operaciones y actividades por todo e e servidor público, m ientras no se dem uestre lo contrario. E térm “servidor público” se refiere a los dignatarios, l ino funcionarios y toda otra persona que preste servicios en relación de dependencia con el E stado, cualquiera sea la fuente de su rem uneración. L térm os inos “autoridad” y “ejecutivo” se refieren a los servidores públicos que por su jerarquía y funciones son los principales responsables de la adm inistración de las entidades.
  • 11. CAUSAS: EMERGE DE LA CONTRAVENCION AL ORDENAMIENTO JURIDICO-ADMINISTRATIVO Y DE LAS NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DEL SERVIDOR PUBLICO. EL ORDENAMIENTO JURIDICO Y LAS NORMAS DE CONDUCTA SON: las disposiciones legales de la adm. Pública vigentes al momento del acto u omisión. Las normas generales o que establezcan el Estatuto del Servidor Público, las que dicte el órgano rector o las entidades cabeza de sector, las normas aplicables al ejercicio de profesiones en el sector público y los códigos de ética profesional. Normas especificas o establecidas por cada entidad.
  • 12. PROCESO: 1. Sumarial Notificación al procesado (3 días) Acumulación de pruebas de cargo y descargo (10 días a partir de la notificación) Emisión de la resolución (3 días después del periodo de prueba) Apelación (3 días después de la notificación) 2. Apelación Prueba en apelación (5 días) Resolución de apelación (8 días)
  • 13. SANCIONES: Multa hasta el 20% de la remuneración mensual Suspensión hasta un máximo de 30 días con goce de haberes Destitución
  • 14. CAUSAS: Gestión ejecutiva deficiente o negligente No rindan cuenta de los objetivos a que se destinaron los recursos y de la forma y resultados de su aplicación. No se hayan implantado los sistemas de adm. y control. No se haya enviado copia de los contratos a la CGR dentro de los 5 días luego de perfeccionados. No se haya remitido los EE.FF. Dentro los 3 meses. No respetar la independencia de la Unidad de Auditoria Interna.
  • 15. QUIENES? Máximo ejecutivo y la dirección colegiada si existe. También a ex-ejecutivos o exdirectores. QUIEN DETERMINA? El Contralor General de la República mediante opinión técnica-jurídica. No procede ningún recurso legal inpugnatorio CUAL ES LA SANCION? Suspensión sin goce de haberes o destitución del cargo.
  • 16. 1. Hallazgos de responsabilidad en auditorías 2. Entrega de informe preliminar a los presuntos responsables. 3. Desarrollo del procedimiento de aclaración. 4. Emisión y notificación del dictamen. 5. Aclaración o ampliación del dictamen (10 días) 6. Aplicación (informar inmediatamente) o inaplicación del dictamen (fundamentar en 10 días)
  • 17. La responsabilidad es civil cuando la acción u omisión del servidor público o de las personas naturales o jurídicas privadas cause daño al Estado valuable en dinero. Será determinada por juez competente.
  • 18. LA RESPONSABILIDAD CIVIL SE APLICA SOBRE: A. El superior jerárquico que autorizó el uso indebido de bienes o cuando dicho uso fuere posibilitado por deficiencias en los SAYCO. (corresponsable) B. Las personas naturales o jurídicas que, sin ser servidores públicos, se beneficien indebidamente con recursos públicos o causen daño al patrimonio del Estado. C. Cuando varias personas resultaren responsables del mismo acto, serán solidariamente responsables. La entidad estatal condenada al pago de daños a otra entidad pública o a terceros, repetirá el pago contra la autoridad que resultare responsable de
  • 19. 1. Hallazgos de responsabilidad en auditorías 2. Entrega de informe preliminar a los presuntos responsables. 3. Desarrollo del procedimiento de aclaración. 4. Emisión y notificación del dictamen. 5. Inicio de las acciones legales ante juez competente
  • 20. La responsabilidad es penal cuando la acción u omisión del servidor público o de los particulares se encuentra tipificada como delito en el Código Penal.
  • 21. 1. Denuncia de un servidor público o Hallazgos de responsabilidad en auditorías, que se pone a conocimiento de la unidad legal pertinente 2. Elaboración de informe legal sobre los hechos a cargo de la unidad legal. 3. Denuncia de los hechos ante el Ministerio Público por parte de la autoridad legal competente.