Avances en la implementación de la Ley y Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo
1. Avances en la Implementación de la Ley y
Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo
2. DIRECCION DE PROMOCION Y
PROTECCION DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES Y DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
3. NORMATIVAS LEGALES EN SST VIGENTES
.LEY 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2011
. D.S 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo. 2012
. R.M. 148-2012-TR, Guía y formatos referenciales para el proceso de
elección de representantes de los trabajadores ante el Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo. 2012
. R.M. 050-2013-TR, Formatos Referenciales que contemplan la
información mínima que deben contener los Registros Obligatorios
del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2013
. R.M. 085-2013-TR, Sistema Simplificado de Registros del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para MYPES. 2013
4. Promover una cultura de prevenciónPromover una cultura de prevención
de riesgos laborales en el paísde riesgos laborales en el país
OBJETIVOS
Quienes a través del dialogo social, velan por
la promoción, difusión y cumplimiento de la
normativa sobre la materia
6. Principales Obligaciones del EMPLEADORPrincipales Obligaciones del EMPLEADOR
1.- Implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo.
2.- Cumplir las normas vigentes de SST
3.- Fomentar una cultura de prevención de riegos laborales
4.- Compromiso visible de la salud y seguridad de los
trabajadores.
5.- Mecanismos adecuados de participación activa de los
trabajadores y organizaciones sindicales
6.- Eliminación de peligros y riesgos, tratamiento y control,
mitigar, sustitución progresiva, facilita EPP y colectivos.
7.- Adjunta al contrato de trabajo las recomendaciones de
SST a los Trabajadores.
8. Realiza Cuatro capacitaciones mínimo por año
9.- Organiza un servicio de SST, propio o común.
10.
7. PRINCIPALES DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS
TRABAJADORES
A. Uso adecuado de instrumentos, materiales, EPP previa capacitación
B. No operar o manipular maquinaria, equipos, instrumentos no
autorizados
a usar
C. Cumplir con las normas, reglamentos, programas de SST
D. Coopera y participa en la investigación de accidentes y enfermedades
ocupacionales
E. Someterse a los exámenes médicos a que están obligados por norma, es
confidencial
F. Participa en programas de capacitación y actividad para prevenir riesgos
laborales.
G. Reporta inmediato a representantes o delegados de seguridad los
accidentes, incidentes, enfermedades ocupacionales
H. En el reglamento interno de trabajo, se establecerán las sanciones por
incumplimiento del trabajador de alguna de las obligaciones del art. 79
de
la ley. En base a criterios de objetividad y proporcionalidad a la falta
cometida
9. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
1. Sistema Nacional de SST.
Décimo Segunda (RSST).- El Consejo Nacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el
Trabajo deben instalarse dentro de los 180 días de publicado RSST.
En Agosto del 2012, se conformo EL CONSEJO NACIONAL DE SST
Con la participación multisectorial nacional de acuerdo al Art. 10° LSST.
En octubre del 2012, se conformo CONSEJOS REGIONALES DE SST
DE LIMA
Y en diversas regiones del país se están conformando. Así también de
Participación multisectorial a nivel regional de acuerdo al Art. 13° LSST
10. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
Instalado el 10 de agosto del 2012, mediante RM N° 199-2012-TR,
Como Instancia máxima de concertación en materia de SST.
Conformación tripartita (Estado, trabajadores y empleadores)
adscrita al sector trabajo y promoción del empleo.
Conformación tripartita
- 4 Representantes del Estado:
MTPE, MINSA, ESSALUD, CENSOPAS
- 4 Representantes de los gremios de empleadores:
CONFIEP, Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas
- 4 Representantes de las centrales sindicales:
CGTP, CUT, CATP, CTP.
11. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
Instalación del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
(CNSST), Agosto 2012
12. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
Consejo Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo
Avances efectuados
Publicación:
D.S. N° 002-2013-TR, Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo,
Mayo 2013
Esta política es el principal instrumento para la generación de una
cultura de prevención de riesgos laborales en el Perú y establece el
objetivo, los principios y los ejes de acción del Estado, con participación
de las organizaciones de empleadores y trabajadores.
13. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
D.S. N° 002-2013-TR
I. OBJETO DE LA POLÍTICA NACIONAL
Prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales
y reducir los daños que se pudieran ocasionar a la salud de las
trabajadoras y trabajadores, que sean consecuencia del trabajo,
En relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el
trabajo que éstos realizan.
14. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
II. Principios de la política nacional
Prevención. Establecer medios y condiciones que protejan la vida, la salud
Del trabajador,
Gestión integral. Integrar la promoción de la SST dentro de las políticas
Nacionales
Responsabilidad. Asumir oportunamente las implicancias económicas y las
contempladas en normas vigentes, por accidente o enfermedad
15. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
II. Principios de la política nacional
Universalización. Procurar asegurar todos los riesgos del trabajo a los
trabajadores en todas las actividades productivas de bienes y servicios.
Atención integral de la salud. Garantizar que toda persona que trabaje
cuente con ambientes de trabajo saludables. Por accidente de trabajo o
enfermedad profesional reciba todas las prestaciones
Participación y diálogo social. Promover mecanismos que aseguren la
participación efectiva de las organizaciones de empleadores y trabajadores
en la adopción de mejoras en materia de SST.
16. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
III.- EJES DE ACCIÓN
EJE DE ACCIÓN N° 1: MARCO NORMATIVO
OBJETIVO GENERAL
1.1. Promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre
SST adaptado a las necesidades de protección de los trabajadores
EJE DE ACCIÓN N° 2: INFORMACIÓN
OBJETIVO GENERAL
2.1. Fomentar una red integrada de información en SST y que promueva
elaborar, implementar y evaluar acciones de promoción y prevención.
17. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
III.- EJES DE ACCIÓN
EJE DE ACCIÓN N° 3: CUMPLIMIENTO
OBJETIVO GENERAL
3. Promover el cumplimiento de la normativa sobre SST, mediante el
Fortalecimiento de la fiscalización y la promoción de mecanismos de
autoevaluación de los sistemas de gestión.
EJE DE ACCIÓN N° 4: FORTALECIMIENTO DECAPACIDADES
OBJETIVO GENERAL
4. Fortalecer las capacidades de los actores del sistema de SST para el
desarrollo de acciones eficaces de promoción y prevención.
18. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Política nacional de seguridad y salud en el trabajo
III.- EJES DE ACCIÓN
EJE DE ACCIÓN N° 5: PROTECCIÓN SOCIAL
OBJETIVO GENERAL
5. Promover la universalización del aseguramiento frente a los riesgos
laborales.
EJE DE ACCIÓN N° 6: FOMENTO DEL DIÁLOGO SOCIAL
OBJETIVO GENERAL
6. Fomentar el diálogo y la participación efectiva de los actores sociales en
el sistema de SST.
19. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
de Lima Metropolitana
Instalado el 04 octubre del 2012, en la municipalidad metropolitana de lima
Como Instancia de concertación regional en materia de SST.
Conformación tripartita (Estado, trabajadores y empleadores) adscrita al
sector trabajo y promoción del empleo.
Conformación tripartita
- 3 Representantes regionales del Estado:
MTPE, MINSA, ESSALUD,
- 3 Representantes regionales de los gremios de empleadores:
CONFIEP, Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas
- 4 Representantes regionales de las centrales sindicales:
CGTP, CUT, CATP, CTP
20. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Lima
Municipalidad de Lima y Ministerio de Trabajo instalaron Consejo
Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo en Lima Metropolitana
21. AvancesAvances sobresobre la LSST y RSSTla LSST y RSST
Consejo Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo
de Lima Metropolitana
Instalado el 04 octubre del 2012, en la municipalidad metropolitana de lima
Como Instancia de concertación regional en materia de SST.
Conformación tripartita (Estado, trabajadores y empleadores) adscrita al
sector trabajo y promoción del empleo.
Conformación tripartita
- 3 Representantes regionales del Estado:
MTPE, MINSA, ESSALUD,
- 3 Representantes regionales de los gremios de empleadores:
CONFIEP, Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas
- 4 Representantes regionales de las centrales sindicales:
CGTP, CUT, CATP, CTP
22. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
2. Reglamentos Sectoriales de SST.
PRIMERA DISPOSICION (RSST).
Los ministerios, instituciones públicas y organismos públicos Descentralizados
adecuan sus reglamentos sectoriales de seguridad y salud en el trabajo a la
presente Ley en un plazo no mayor de 180 días a partir de su entrada en vigencia.
De fecha noviembre de 2012 el sector Energía y Minas
Tiene Publicado como proyecto:
el nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo en Minería
En marzo 2013, el sector eléctrico
Publicado:
R.M. N° 111-2013-MEM/DM, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con
Electricidad – 2013
23. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
3. Incorporación del Art. 168-A
Cuarta Disposición complementaria LSST.- Artículo 168-A. Atentado
contra las condiciones de seguridad e higiene industriales
El MTPE, con fecha 24 de abril 2013, llevo a cabo un programa de
Difusión, sensibilización y capacitación para los Fiscales del Ministerio
Público en sus instalaciones y a Nivel Nacional por video conferencia
sobre las Aplicaciones, responsabilidades civiles y penales del Art. 168-A.
La finalidad de dar cumplimiento del mismo, toda vez que se determine
la responsabilidad por accidentes de trabajo enfermedades ocupacional
de los trabajadores.
24. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
4. Reglamento del Servicio de SST.
En concordancia con el Art. 36 Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo,
el empleador, implementa el Servicio de SST propio o común a otros empleadores
En concordancia a la Decimo Primera Disposición complementaria del RSST
Décimo Primera.- La regulación de los servicios de seguridad y salud en el trabajo
está a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación
Con el Ministerio de Salud. El Ministerio de Salud debe crear el registro de los
servicios de seguridad y salud en el trabajo y aprobar las guías de práctica clínica
para el diagnóstico de las enfermedades ocupacionales. La publicación de los
documentos referidos se realiza dentro de los 180 días calendarios publicado RSST
Publicado como:
Proyecto de Reglamento del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo
segunda revisión con DIGESA de MINSA.
25. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
5. Implementación del SGSST en Entidades Públicas.
En concordancia a la segunda disposición complementaria transitoria RSST,
El MTPE y SERVIR, determinan los mecanismos para la aplicación progresiva de
Lo establecido en la LEY y el RSST a las entidades públicas, atendiendo a su
Disponibilidad presupuestal, a las leyes especiales aplicables, así como a las
Consideraciones técnicas que corresponden.
El MTPE, viene desarrollando programas de capacitación en las mismas
entidades públicas como Ministerios, gobiernos locales, y otras entidades públicas
Institutos, colegios públicos, profesionales, etc. Difusión y capacitación «In house»
SERVIR, viene difundiendo y capacitando sobre la implementación del sistema de
Gestión de SST de manera análoga.
26. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
6. Auditorias del SGSST
El Art. 43° de LSST, El empleador realiza auditorias con la finalidad
Comprobar si el SGSST, es adecuado, eficiente y eficaz. En la consulta
Del auditor y en todas las fases de las auditorias incluido los resultados
se requiere la participan de los trabajadores y sus representantes.
Cuarta disposición complementaria transitoria del RSST, establece
Que desde el 1° día de enero del 2013 las auditorias son obligatorias.
El MTPE regulará el registro y acreditación de los auditores autorizados,
así como la periodicidad de éstas.
El MTPE, viene trabajando y coordinando el Reglamento de
Auditorias y registro de auditores, que a la fecha esta muy avanzado
27. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
7. Política del Sistema de Gestión de SST
En el Art. 25° del RSST, establece para la micro y pequeña empresa
La autoridad administrativa de trabajo establece medidas especiales de
Asesoría para la implementación de SGSST.
En el Art. 27° del RSST, establece para la micro y pequeña empresa
La autoridad administrativa de trabajo brinda servicios gratuitos de
Formación en seguridad y salud en el trabajo
El MTPE, cuenta con programa de asesoría para la implementación
del SGSST, de Micro y pequeña empresa, consistente de un programa
de 05 módulos para las empresas registradas como REMYPE.
Todos los años, se brinda capacitaciones gratuitas sobre temas
De SST. A empresas privadas y entidades públicas denominadas in
House y en el auditorio del MTPE, ferias, pasacalles, etc.
28. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
8. Ley de creación de la Superintendencia Nacional
de Fiscalización Laboral - SUNAFIL
Publicado enero 2013: SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito
al MTPE, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del
Ordenamiento jurídico Sociolaboral y el de seguridad y Salud en el trabajo, así
Como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de
Normas sobre dichas materias.
A la fecha respecto a la implementación total de la SUNAFIL, el MTPE tiene 05
Comisiones trabajando para el tema de aprobarse su Reglamento de Organización
y Funciones. Se estima funcionamiento de la SUNAFIL para fines de año.
29. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
9. Propuesta de Registro único de información sobre Accidentes
de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales
La decima disposición complementaria del RSST, establece que el MTPE,
Gestionara la conformación de una comisión técnica multisectorial para elaborar la
propuesta que constituya el Registro Único de Información sobre accidentes de
Trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales.
El MTPE, tiene elaborado el sistema de notificación de los accidentes de trabajo,
Que tiene una connotación distinta al del año 2005, y esta en una plataforma web
Con acceso por internet.
30. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
10. Universalización del Seguro de Trabajo de Riesgo
En el inciso i) del Art.11° LSST, establece como una de las funciones del CNSST
Fomentar ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgo para todos
los trabajadores.
En el inciso h) del Art.14° LSST, establece como una de las funciones del CRSST
Fomentar ampliación y universalización del seguro de trabajo de riesgo para todos
los trabajadores de la región.
El CNSST como el CRSST, presentan el mismo objetivo.
Acciones a tomar desde los CRSST, cada región habla el mismo idioma que
CNSST
31. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
11. Formatos referenciales que contemplan la información mínima que
deben contener los Registros obligatorios del sistema de gestión de SST
R.M. 050-2013-TR, Aprueba los formatos referenciales que contemplan información
Mínima que deben contener los registros obligatorios del sistema de gestión de SST
Formatos referenciales con la información mínima que deben contener los
Registros obligatorios del sistema de gestión de SST, 08 en total.
(Anexo 1)
Modelo de Reglamento Interno de seguridad y salud en el trabajo.
(Anexo 2)
Guía básica sobre el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
(Anexo 3)
32. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
R.M. 050-2013-TR
Formatos referenciales con la información mínima que deben contener los
Registros obligatorios del sistema de gestión de SST, en total 08. (Anexo 1)
a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes, constar la investigación y medidas correctivas.
b)Registro de exámenes médicos ocupacionales.
c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales
y factores de riesgo disergonómicos.
d)Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo.
e)Registro de estadísticas de seguridad y salud.
f)Registro de equipos de seguridad o emergencia.
g)Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.
h) Registro de auditorias
33. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
R.M. 050-2013-TR
Modelo de Reglamento Interno de seguridad y salud en el trabajo. (Anexo 2)
Obligatorio para empleadores con 20 ó más trabajadores, elabora el empleador
Y aprueba el comité de SST, Presenta nueva estructura mínima de conformidad
con el Art. 74° RSST.
Entrega obligatoria del RISST, a los trabajadores con cargo.
a) Objetivos y alcances.
b) Liderazgo, compromisos y la política de seguridad y salud.
c) Atribuciones y obligaciones del empleador, de los supervisores, del comité de seguridad
y salud, de los trabajadores y de los empleadores que les brindan servicios si las hubiera.
d) Estándares de seguridad y salud en las operaciones.
e) Estándares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas.
f) Preparación y respuesta a emergencias.
34. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
R.M. 050-2013-TR
Guía básica sobre sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (Anexo3)
Elaborado bajo el enfoque de la Ley 29783, D.S. 005-2012-TR, OHSAS 18001,
ILO/OSH 2001 de la OIT.
Esta guía básica es de uso referencial para todas las Empresas, entidades
Publicas o privadas del sector industria, comercio, servicios, etc.
La guía comprende 05 partes:
1.Lista de verificación de lineamientos del SGSST,
2.Plan y Programa anual de SST,
3.Identificación de peligros y evaluación de riesgos laborales
4.Mapa de riegos
5.Auditoria del SGSST.
Así mismo esta guía puede ser usada por inspectores de trabajo, auditores,
Supervisores y comités de SST, y otras personas encargadas de la SST para
Verificar aspectos del SGSST.
35. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
12. Sistema simplificado de registros del sistema de gestión de SST
Para MYPES
R.M. 085-2013-TR, establece el Sistema Simplificado de Registros del sistema de
gestión de seguridad y salud en el trabajo para MYPES:
Guía de conceptos básicos. (Anexo 1)
El Sistema Simplificado de Registros del sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo para la Micro Empresa. (Anexo 2)
El Sistema Simplificado de Registros del sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo para la Pequeña Empresa. (Anexo 3)
36. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
R.M. 085-2013-TR
Guía de conceptos básicos. (Anexo 1)
1.Investigación de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos e incidentes.
2.Monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos etc.
3.Inspecciones internas de SST
4.Información inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia
5.Auditoria del sistema de gestión de SST
El Sistema Simplificado de Registros del sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo para la Micro Empresa. (Anexo 2)
1.Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes
2.Registro de exámenes médicos ocupacionales
3.Registro de inspecciones internas de SST.
37. Avances sobre la LSST y RSSTAvances sobre la LSST y RSST
R.M. 085-2013-TR
El Sistema Simplificado de Registros del sistema de gestión de seguridad y
salud en el trabajo para la Pequeña Empresa. (Anexo 3)
1.Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes
peligrosos y otros incidentes
2.Registro de exámenes médicos ocupacionales
3.Registro de seguimiento
4.Registro de evaluación del SGSST
5.Registro de estadísticas de seguridad y salud
38. GRACIAS
Ing. Dennis Villalobos Mezzich
Tel. 630-6000 Anexo 3012 / 971034436
dvillalobos@trabajo.gob.pe
DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES Y DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO