BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
Exposicion force cuarto bimestre
1. Martin Luther King
(Atlanta, 1929 - Memphis, EE UU, 1968) Pastor baptista
estadounidense, defensor de los derechos civiles. Hijo de un
ministro baptista, Martin Luther King estudió teología en la
Universidad de Boston. Desde joven tomó conciencia de la
situación de segregación social y racial que vivían los negros de
su país, y en especial los de los estados sureños.
2. Mahatma Gandhi
Desde 1918 figuró abiertamente al frente del
movimiento nacionalista indio. Instauró métodos de lucha social novedosos
como la huelga de hambre, y en sus programas rechazaba la lucha armada
y predicaba la ajimsa (no violencia) como medio para resistir al dominio
británico. Pregonaba la total fidelidad a los dictados de la
conciencia, llegando incluso a la desobediencia civil si fuese necesario;
además, bregó por el retorno a las viejas tradiciones indias. Mantuvo
correspondencia con León Tolstói, quien influyó en su concepto
de resistencia no violenta.
3. Nelson Mandela
Nelson Rolihlahla Mandela (IPA: [roli'ɬaɬa]) (Mvezo, Unión de Sudáfrica, 18 de
julio de 1918), conocido en su país, Sudáfrica, como Madiba, (título honorífico
otorgado por los ancianos del clan de Mandela; también era llamado Tata);
abogado y político, fue el primer presidente
de Sudáfrica elegido democráticamente mediante sufragio universal.
En 1962 fue arrestado y condenado por sabotaje, además de otros cargos, a
cadena perpetua. Estuvo 27 años en la cárcel, la mayoría de los cuales estuvo
confinado en la prisión de Robben Island.
4. MADRE TERESA DE CALCUTA
1910-1997
La Madre Teresa, fundadora de las Misioneras de la Caridad, fue testimonio
vivo de amor a Jesucristo por su entrega total a servirle en los "mas pobres
entre los pobres". Su ejemplo ha sido un reto a la conciencia de la
humanidad. En un tiempo marcado por la rebelión, la Madre Teresa
defendió fuertemente la fidelidad al magisterio de la Iglesia, la santidad de
la vida humana, la familia y la moral. Nos enseñó la verdadera dignidad de
la mujer convirtiéndose en madre de todos. Nos enseñó que la mayor
pobreza la encontró no en los arrabales de Calcuta sino en los países mas
ricos cuando falta el amor, en las sociedades que permiten el aborto:
"Para mi, las naciones que han legalizado el aborto son las mas pobres, le
tienen miedo a un niño no nacido y el niño tiene que morir"-Madre
Teresa, M.C. En Nueva York, en 1995 propuso:"Si conoces a alguien que no
quiere al niño, que le tiene miedo al niño, díganle que me lo de a mi."
5. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
TITULO PRIMERO
CAPITULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS
(Reformada la denominación por decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio de 2011)
ARTICULO 1o. EN LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TODAS LAS PERSONAS
GOZARAN DE LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN ESTA
CONSTITUCION Y EN LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL
ESTADO MEXICANO SEA PARTE, ASI COMO DE LAS GARANTIAS PARA SU
PROTECCION, CUYO EJERCICIO NO PODRA RESTRINGIRSE NI
SUSPENDERSE, SALVO EN LOS CASOS Y BAJO LAS CONDICIONES QUE ESTA
CONSTITUCION ESTABLECE.
6. ARTICULO 6o
LA MANIFESTACION DE LAS IDEAS NO SERA OBJETO DE NINGUNA
INQUISICION JUDICIAL O ADMINISTRATIVA, SINO EN EL CASO DE QUE ATAQUE
A LA MORAL, LOS DERECHOS DE TERCERO, PROVOQUE ALGÚN DELITO, O
PERTURBE EL ORDEN PUBLICO; EL DERECHO DE REPLICA SERA EJERCIDO EN
LOS TERMINOS DISPUESTOS POR LA LEY. EL DERECHO A LA INFORMACIÓN
SERA GARANTIZADO POR EL ESTADO.
7. ARTICULO 9o
NO SE PODRÁ COARTAR EL DERECHO DE ASOCIARSE O REUNIRSE
PACÍFICAMENTE CON CUALQUIER OBJETO LICITO; PERO SOLAMENTE LOS
CIUDADANOS DE LA REPUBLICA PODRÁN HACERLO PARA TOMAR PARTE EN
LOS ASUNTOS POLÍTICOS DEL PAÍS. NINGUNA REUNIÓN ARMADA TIENE
DERECHO DE DELIBERAR.
NO SE CONSIDERARA ILEGAL, Y NO PODRÁ SER DISUELTA UNA ASAMBLEA O
REUNIÓN QUE TENGA POR OBJETO HACER UNA PETICIÓN O PRESENTAR UNA
PROTESTA POR ALGÚN ACTO A UNA AUTORIDAD, SI NO SE PROFIEREN
INJURIAS CONTRA ESTA, NI SE HICIERE USO DE VIOLENCIAS O AMENAZAS
PARA INTIMIDARLA U OBLIGARLA A RESOLVER EN EL SENTIDO QUE SE DESEE.
8. ARTICULO 34
SON CIUDADANOS DE LA REPUBLICA LOS VARONES Y LAS MUJERES
QUE, TENIENDO LA CALIDAD DE MEXICANOS, REUNAN, ADEMAS, LOS
SIGUIENTES REQUISITOS:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 22 DE DICIEMBRE DE 1969. MODIFICADO POR LA
REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)
I. HABER CUMPLIDO 18 AÑOS, Y
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION EL 22 DE DICIEMBRE DE 1969)
II. TENER UN MODO HONESTO DE VIVIR.
9. Poder legislativo
El poder legislativo por definición, el poder que hace las leyes, facultad
que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y
las obligaciones de sus habitantes, en consonancia con las disposiciones
constitucionales. Para ejercer dicha facultad está investida de una
incuestionable autoridad que le otorga la representación de la voluntad.
10. Poder ejecutivo
El poder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales
del estado (junto con la legislativa y la judicial), consistente en hacer
cumplir las leyes y que suele ejercer el gobierno o el propio jefe del
Estado. Se distingue así del poder legislativo, que promulga o revoca
leyes, y del poder judicial, que interpreta, hace respetar o invalida las
mismas. Es responsable de la gestión diaria del Estado. El poder ejecutivo
concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes
tienen que ser aplicadas, representa a la nación en sus relaciones
diplomáticas, sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con
respecto a la legislación.
11. Poder judicial
El poder judicial es un poder del Estado encargado de administrar la
justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas. En
la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se
entiende a la organización, institución o conjunto de órganos
del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o
jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen
la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.