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SEGURIDAD AEROPORTUARIA 
MANUAL BÁSICO DE CONCIENCIACIÓN 
Carmen Cordero Amores 
Formadora AVSEC certificada por la AESA 
Carmen Cordero Amores 1
ÍNDICE 
Capítulo 1 Objetivo de la Seguridad y Normativa de Referencia 
Capítulo 2 Seguridad Aeroportuaria 
Definición y factores de que depende 
Capítulo 3 Actos de Interferencia Ilícita 
Capítulo 4 Organismos implicados en la seguridad de la Aviación Civil 
Nacionales e internacionales 
Colaboración entre ellos 
Capítulo 5 Definición de Aeropuerto 
Zonas del aeropuerto 
Capítulo 6 Acreditaciones y Autorizaciones 
Terminales y Otras Zonas Públicas 
Control de Seguridad del Personal, de los Objetos Transportados y de los 
Vehículos 
Capítulo 7 Controles de seguridad 
Capítulo 8 Objetos prohibidos – Herramientas 
Lista de objetos prohibidos por la ley 68/2004 
Herramientas 
Capítulo 9 Colaboración con el aeropuerto 
Procedimiento de actuación frente a un objeto sospechoso. 
Amenaza telefónica. 
Amenaza en persona. 
Carmen Cordero Amores 2
Capítulo 1 - OBJETIVO DE LA SEGURIDAD 
AEROPORTUARIA y NORMATIVA DE REFERENCIA 
El objetivo de seguridad aeroportuaria tiene como finalidad establecer la organización, métodos 
y procedimientos necesarios para asegurar la protección y salvaguarda de los pasajeros, 
tripulaciones, público, personal de tierra, aeronaves, aeropuertos y sus instalaciones, frente a 
actos de interferencia ilícita, perpetrados en tierra o en aire, preservando la regularidad y 
eficiencia del tránsito aéreo nacional e internacional. 
Para conseguir este objetivo, se han promulgado leyes, normas, y regulaciones destinadas a 
implantar medidas básicas de seguridad para todos los aeropuertos así como para homologar las 
características de los medios y la formación del personal que lleva a cabo los procedimientos de 
inspección para prevenir daños a las personas, (pasajeros, trabajadores y público en general) a 
las aeronaves y a las instalaciones. 
Cada aeropuerto debe contar con un programa de seguridad aprobado por la Agencia Estatal de 
Seguridad Aérea 
Normativa de referencia: 
Es un conjunto de normas, procedimientos y leyes cuyo 
cumplimiento es obligatorio. Hay una normativa internacional 
para unificar criterios entre los distintos estados y una 
normativa nacional que la regula en cada país. 
Carmen Cordero Amores 3
Normativa Nacional: 
 Real Decreto 550/2006 por el que se designa la autoridad competente: 
El Secretario General de Transportes (Ministerio de Fomento) 
 Ley 21/2003 de Seguridad Aérea 
 Programa Nacional de Seguridad (PNS) 
 Programa Nacional de Calidad (PNC) 
 Programa Nacional de Formación (PNF) 
Normativa Europea: 
 Reglamento (CE) 2320/2002 ya derogado 
 Reglamento (CE) 300/2008 
 Reglamento (CE) 185/2010 
11 de septiembre de 2001. Se produce el mayor 
atentado de la historia de la aviación en el 
mundo. 
3021 muertos 
Impacto: 63:000 millones de dólares 
Máxima pérdida en bolsa económica y en 
empleos 
El Reglamento 2320/2002 de la Comisión 
Europea establece las normas comunes para la 
seguridad de la aviación civil en todos los 
estados de la Unión Europea. Fue sustituido por 
el RE300/2008. Este reglamento fue 
desarrollado por RE 185/2010 
• Cada Estado desarrolla un PNS, PNC y PNF 
• Se designa una autoridad competente (RD 550/2006) 
• Establece normas generales 
• Programas de seguridad de aeropuertos compañías aéreas y entidades del transporte 
aéreo 
• Sanciones (Ley 21/2003) 
Normativa internacional: 
 Anexo 17 de la OACI Seguridad 
 Doc 8972 de la OACI Manual de Seguridad de la Aviación Civil 
 Doc. 30 de la CEAC (Conferencia Europea de Aviación Civil) 
Carmen Cordero Amores 4
Carmen Cordero Amores 5
Marco Normativo Nacional 
Programa Nacional de Seguridad (PNS) 
Primera edición en el 2003. 
Última edición 24 de julio de 2012 
Consta de 16 capítulos y 
19 Instrucciones de Seguridad (SA) 
PNS Público: BOE 13/08/2012 
Objetivo: establecer la organización, métodos y procedimientos necesarios para 
asegurar la protección y salvaguarda de los pasajeros, tripulaciones, público, 
personal de tierra, aeronaves, aeropuertos y sus instalaciones, frente a actos de 
interferencia ilícita, perpetrados en tierra o en aire, preservando la regularidad y 
eficiencia del tránsito aéreo nacional e internacional en el Estado español y su 
espacio aéreo. 
El PNS incluye un anexo que desarrolla diversas Instrucciones de Seguridad 
Aeroportuaria. Ambos textos, cuerpo principal del documento y anexo, contienen 
normas de obligado cumplimiento. 
Programa Nacional de Calidad (PNC) 
Última edición: 30/05/2011 
Objetivo: verificar que las medidas de seguridad de la aviación se 
aplican de manera eficaz y adecuada, y determinar el grado de 
cumplimiento de lo dispuesto en el en el Programa Nacional de 
Seguridad, mediante actividades de supervisión del cumplimiento. 
Programa Nacional de Formación (PNF) 
Última edición: 30/05/2011 
Objetivo: garantizar que todo el personal implicado en la actividad 
aeroportuaria tiene los conocimientos necesarios, de acuerdo a su 
ocupación, para aplicar de forma efectiva medidas de seguridad 
preventivas contra actos de interferencia ilícita y hacer frente a 
situaciones en las que seguridad de la aviación civil se vea 
amenazada. 
Carmen Cordero Amores 6
Capítulo 2.- SEGURIDAD AEROPORTUARIA 
Según el Anexo 17 de la OACI, la seguridad aeroportuaria 
o de la aviación civil. 
“Es la protección de la aviación contra los actos de interferencia 
ilícita mediante una combinación de medidas y recursos humanos y 
materiales” 
Para conseguir el objetivo de impedir que se cometan actos de interferencia ilícita en un 
aeropuerto, deben combinarse con eficacia todos los factores que intervienen en ella, tanto la 
normativa que la regula como los factores humanos y técnicos que ponen en práctica las 
medidas reglamentadas. 
Carmen Cordero Amores 7
Con la publicación en el BOE de la versión no restringida del Programa Nacional de Seguridad 
(PNS), entra en vigor la norma del RE 185/2010 que obliga a que todo el personal que trabaje 
en cualquier empresa del ámbito aeroportuario y que deba acceder a las zonas restringidas o 
críticas para realizar sus tareas, debe realizar un curso básico de concienciación en materia de 
seguridad aeroportuaria y superar un examen para que le sea concedida una acreditación 
aeroportuaria. 
Esta formación tiene por objeto la concienciación 
de todo el personal para colaborar en la seguridad 
de los aeropuertos y en la prevención de que se 
cometan actos de interferencia ilícita. 
Carmen Cordero Amores 8
Capítulo 3.- ACTOS DE INTERFERENCIA ILICITA 
“Es un acto o intención de poner en peligro la seguridad de la aviación civil y el 
transporte aéreo y su objetivo principal es cualquier tipo de aeronave o 
instalación aeroportuaria” 
• Apoderamiento ilícito de aeronaves 
• Destrucción de una aeronave en servicio 
• Toma de rehenes (en aeronaves o aeropuertos) 
• Intrusión por la fuerza (en aeronaves, aeropuertos en una instalación 
aeronáutica) 
• Introducción de armas, artefactos o sustancias peligrosas con fines 
criminales (en aeronaves y/o aeropuertos) 
Carmen Cordero Amores 9
• Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar la muerte, 
lesiones corporales graves o daños graves a los bienes o al medio 
ambiente. 
• Comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de 
una aeronave en vuelo o en tierra, o la seguridad de los pasajeros, 
tripulación, personal de tierra y público en general en un aeropuerto o 
instalación aeronáutica. 
Carmen Cordero Amores 10
Seguridad aeroportuaria contra los Actos de Interferencia 
Ilícita. 
La seguridad aeroportuaria se ocupa tratar de evitar con todos los medios, tanto tecnológicos 
como humanos, que los aeropuertos o los aviones sean objetos de estos actos de interferencia 
ilícita cuya magnitud a nivel de destrucción y daños puede ser enorme. 
Los requisitos de seguridad aeroportuaria deben ser tenidos en cuenta desde la propia 
planificación del aeropuerto. A la hora de diseñar el recinto aeroportuario deben tenerse en 
cuenta todos los factores que impidan el acceso de terroristas, delincuentes y objetos prohibidos 
que puedan ocasionar daños a las personas, las aeronaves o las instalaciones. Para ello habrán 
de instalarse: 
Un vallado perimetral que defina toda la 
superficie de la zona aire, con unas condiciones 
determinadas y que debe estar dotada de los 
medios necesarios (alarmas, CCTV, puertas de 
acceso) para que no pueda ser traspasado por 
ningún intruso. 
Controles de accesos: 
Para pasajeros, personal de aeropuerto y 
tripulaciones: 
Dotados con equipos detectores: Máquinas de Rayos 
X, arcos detectores de metales, detectores 
manuales, circuitos cerrados de T.V., detectores de 
explosivos, alarmas etc... 
Carmen Cordero Amores 11
Control de vehículos: 
Deben inspeccionarse el 100% de los vehículos que accedan a zona restringida, la carga y a sus 
ocupantes. 
Vigilancia y patrullas: Tanto personal de las FFCCSE como de vigilancia privada deben 
hacer rondas continuas y aleatorias por todas las dependencias de los aeropuertos. 
Objetivos de la Inspección: 
Que accedan a zona restringida únicamente las personas que deban acceder por cualquier 
motivo (pasajeros, empleados, trabajadores, tripulaciones, visitas autorizadas, FFCC de 
Seguridad del estado etc. 
La responsabilidad de las inspecciones recae en la Guardia Civil. 
El personal de seguridad privada apoya a la Guardia Civil en las tareas de inspección y son 
contratados por el gestor del aeropuerto. 
Carmen Cordero Amores 12
Seguridad de aeronaves: 
También las aeronaves deben protegerse con medidas especiales de seguridad para que no 
puedan acceder a ellas personas que puedan introducir objetos prohibidos o atentar contra la 
seguridad en vuelo. 
Los aviones en tierra deben dejar todas sus puertas cerradas y la compañía debe asegurarse de 
que no acceden a su interior personas que no deban acceder o no estén acreditadas para ello. 
Control de equipaje: 
Tanto el equipaje que accede a cabina junto con los pasajeros como el que se transporta en 
bodega deben pasar un control de Rayos X al 100%. 
Carmen Cordero Amores 13
Protección de pasajeros y equipaje (pasajeros conflictivos) 
Hay procedimientos de actuación específicos para proteger a los pasajeros y los equipajes en 
espera de embarcar y para proceder con los pasajeros potencialmente conflictivos que pueden 
poner en peligro la seguridad de un vuelo. 
Carga y correo 
También las mercancías y el correo aéreo están sujetos a procedimientos especiales de 
seguridad. 
Carmen Cordero Amores 14
Provisiones y suministros: 
Tanto las provisiones a bordo de los aviones como los suministros de los aeropuertos son 
también sometidos a medidas de seguridad para impedir que puedan introducir objetos 
prohibidos camuflados entre ellos. 
Procedimientos para la Aviación General 
Llamamos aviación general a la que se realiza con aviones privados, deportivos o de alquiler, y 
también son sometidos a medidas de seguridad tanto los pasajeros como los tripulantes y sus 
pertenencias así como los vehículos y el equipaje en general. 
Carmen Cordero Amores 15
Capítulo 4 - ORGANISMOS IMPLICADOS EN LA 
SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL 
¿Quiénes son los responsables en materia de seguridad aeroportuaria? 
A nivel nacional, el primer responsable es el Secretario de Estado de Transportes. 
Delega en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) el desarrollo y los aspectos 
prácticos de la implantación del Programa Nacional de Seguridad 
El responsable de seguridad de la aviación civil en un aeropuerto es el Presidente del Comité 
Local de Seguridad, cargo que recae en el Director del mismo. 
Las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el personal de seguridad de 
Aena y el personal de vigilancia privada contratados por Aena están regulados por el: 
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR, Y 
AENA 
de 29 de junio de 1999 
revisión de 29 de junio de 2001 
y addenda de 1 de junio de 2007 
Carmen Cordero Amores 16
Es muy importante la comunicación y colaboración entre los organismos y entidades 
responsables de esta seguridad y los trabajadores del todo el sector del transporte aéreo. Sin la 
colaboración de todos, la seguridad aeroportuaria no pude ser factible. 
Los trabajadores deben ser conscientes de la importancia de informar a la oficina de seguridad 
o a las FF. y CC. de Seguridad del Estado sobre comportamientos o hechos 
extraños. Es fundamental que colaboren: 
• Conociendo y cumpliendo la 
normativa. 
• Observando nuestro entorno. 
• Informando de las situaciones 
anómalas. 
• Tomando precauciones con los 
objetos sospechosos. 
Organismos Internacionales: 
La OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) 
-Creada en 1944 con el Convenio de 
Chicago (Agencia especializada de la 
ONU) con sede en Montreal (CANADA) 
-Objetivo: Desarrollo de la aviación civil 
internacional de manera segura y 
ordenada 
-191 Estados Contratantes (HOY) 
-Legislación básica: Anexos y manuales 
-Programa USAP (Auditorias) (España 
fue auditada en 2007) 
Carmen Cordero Amores 17
Normativa de la OACI 
Anexo 17 (Normas y métodos recomendados sobre Seguridad de la Aviación Civil) 
– Constituye el marco global de la “security” a nivel internacional diseñando 
estructuras y medidas globales. 
– 
Doc. 8973 (Manual de seguridad para la protección de la aviación civil) 5 vols. 
– Comprende los procedimientos y textos de orientación 
sobre los aspectos de “security” 
– Vol I .- Administración y 
organización nacional 
– Vol II.- Contratación, selección y 
formación 
– Vol III.- Seguridad aeroportuaria 
– Vol IV.- Medidas preventivas de 
seguridad 
– Vol V.- Gestión de crisis y respuesta 
frente a actos de interferencia ilícita. 
La CEAC Conferencia Europea de Aviación Civil: 
Organización intergubernamental creada en 1955. 
Objetivo: Promover el continuo desarrollo del transporte aéreo de forma segura, eficiente y 
sostenible mediante la 
 Estandarización entre los países miembros 
 Políticas de entendimiento con otros países. 
En la actualidad la integran 44 Estados Europeos 
Realización de auditorías 
 Se realizan auditorías para ver el grado de implantación de as recomendaciones 
del DOC 30 Vol II. 
 Es un programa voluntario. 
Carmen Cordero Amores 18
 Se establece mediante la firma de un acuerdo con el Estado que quiera ser 
auditado. 
 Una vez efectuada la auditoría se notifican las discrepancias encontradas 
Normativa de la CEAC 
• Documento 30 – Parte I 
Recomendaciones en el campo de la facilitación en la aviación. (Edic.11-dic- 
2009) 
Basado en el Anexo 9 de la OACI, desarrolla recomendaciones para mejorar la 
facilitación a través de la cooperación de los Estados Miembros. 
• Documento 30 – Parte II 
Recomendaciones para prevenir la ejecución de actos ilegales. 
Basado en el Anexo 17 de la OACI, desarrolla recomendaciones para prevenir la 
ejecución de actos ilegales a través de la cooperación entre los Estados 
Miembros 
La UNIÓN EUROPEA 
La Unión Europea es una asociación económica 
y política singular de 27 países europeos que 
abarcan gran parte del continente. 
La UE se apoya en el Estado de Derecho. Esto 
significa que todas sus actividades se basan en 
los tratados, acordados voluntaria y 
democráticamente por todos los Estados 
miembros 
La Comisión Europea es una de las principales 
instituciones de la Unión Europea. Representa y 
defiende los intereses del conjunto de la UE, elabora propuestas de nueva legislación europea y 
gestiona la labor cotidiana de poner en práctica las políticas y hacer uso de los fondos europeos. 
Con el fin de proteger a las personas y las mercancías en la Unión Europea, es preciso 
establecer normas comunes para proteger la aviación civil contra actos de interferencia ilícita en 
aeronaves civiles que comprometan su seguridad. Este objetivo ha de alcanzarse estableciendo 
reglas y normas básicas comunes de seguridad aérea, así como mecanismos para supervisar su 
cumplimiento. Los reglamentos de la Unión Europea son de obligado cumplimiento para todos 
los Estados Miembros. 
Carmen Cordero Amores 19
Normativa Europea 
REG.(CE) 300/2008 
Reglamento marco que sustituye al RE2320/2002. 
Normas comunes para todos los aeropuertos de la Unión Europea 
REG.(CE) 185/2010 
por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes 
de seguridad aérea 
Todos los Estados miembros han de elaborar un programa nacional de seguridad para la 
aviación civil. Por otra parte, todos los gestores de aeropuertos, compañías aéreas y entidades 
que apliquen normas de seguridad aérea deben elaborar, aplicar y mantener un programa de 
seguridad para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Reglamento y en el programa 
nacional de seguridad para la aviación civil que sea aplicable. 
Para supervisar la implantación de las medidas, cada Estado miembro debe elaborar un 
programa nacional de control de calidad de la seguridad de la aviación civil y velar por su 
aplicación. 
La Comisión Europea realiza auditorías 
periódicas a los aeropuertos de la Unión según 
se establece en el 
RE (CE) Nº 72/2010. 
De carácter obligatorio, se verifica la correcta 
aplicación de las medidas de seguridad que se 
contemplan en los Reglamentos. 
Hay dos tipos de auditorías: 
• Organizativa (se audita a la autoridad competente nacional en esta materia) y 
• a los aeropuertos (sin previo aviso) 
En caso de no cumplimiento de las normas, se aplicará el Artículo 15 que implica la 
consideración de aeropuerto no seguro comunicado a toda la comunidad internacional. 
Más de 20 reglamentos desarrollan las necesidades de seguridad de todos los sectores del 
transporte aéreo. Son publicados por el Diario Oficial de la Unión Europea y pueden 
encontrarse para su consulta y conocimiento en la Web de la Comisión Europea. Las partes más 
sensibles de esta normativa son publicadas como “Decisiones” y sólo se distribuyen de forma 
restringida a los responsables de seguridad que deben ponerla en práctica.. 
Carmen Cordero Amores 20
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) 
Se crea en 2008 con el Real Decreto RD184/2008. 
 Depende de la Secretaría General de Transporte del Ministerio de Fomento 
 Le compete el ejercicio de las potestades inspectora y sancionadora en materia de 
aviación civil 
 Planifica y realiza las inspecciones AVSEC y tiene potestad sancionadora cuando la 
gravedad de los incumplimientos así lo requiere. 
 Realiza inspecciones para comprobar el grado de cumplimiento del Programa Nacional 
de Seguridad. 
 Tipos de actividades: 
o Auditoria de seguridad 
o Inspección de seguridad 
o Ensayos 
o Estudios de seguridad 
o Investigaciones de seguridad 
Aena Aeropuertos 
Gestor de los aeropuertos de España que depende del Ministerio de Fomento como Ente 
Público con personalidad jurídica propia.. 
Se creó con el Art. 82 Ley 4/1990, de 29 de Junio, de Presupuestos Generales del Estado para 
1990 
El REAL DECRETO 905/1991, DE 14 DE JUNIO, APRUEBA 
EL ESTATUTO DEL ENTE PUBLICO AEROPUERTOS 
ESPAÑOLES Y NAVEGACION AEREA. 
Funciones: 
 Ordenación, dirección, coordinación, 
explotación, conservación y administración de 
aeropuertos públicos civiles, aeródromos, helipuertos 
y demás superficies aptas para el transporte aéreo 
cuya gestión se le encomienda y de los servicios afectos a los mismos; la coordinación, 
explotación, conservación y administración de las zonas civiles de las bases aéreas abiertas al 
tráfico civil. 
 Desarrollo de los servicios de orden y seguridad en las instalaciones que gestione. 
En seguridad aeroportuaria es fundamental la colaboración entre el operador 
aeroportuario y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 
Carmen Cordero Amores 21
A la Guardia Civil corresponde la responsabilidad 
de los controles de seguridad, la seguridad de las 
zonas restringidas y críticas, las aduanas y el 
control fiscal 
Al Cuerpo Nacional de Policía corresponde la 
seguridad de las zonas públicas, el control 
documental y la inmigración. 
Carmen Cordero Amores 22
Capítulo 5.- DEFINICIÓN DE AEROPUERTO 
Un Aeropuerto es un conjunto de instalaciones y superficie de terreno especialmente 
habilitados como puerto de entrada y salida de aeronaves, para el tráfico aéreo nacional e 
internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigración, sanidad pública, 
reglamentación veterinaria y fitosanitaria y demás procedimientos 
Clasificación de Zonas del Aeropuerto (en función de las medidas de 
seguridad) 
Zona Pública 
Es la zona de libre acceso tanto para pasajeros como 
para trabajadores y visitantes. 
Son zonas públicas: 
 Las salas de facturación y venta de billetes. 
 Las salas de espera de llegadas. 
 Las zonas comerciales y de restauración antes 
de los filtros de seguridad. 
 Los aparcamientos y algunas oficinas. 
Zona de Acceso Controlado 
Es la zona en la que el acceso es controlado (mediante lectoras, torno, personal de seguridad 
privado) para que sólo acceda personal autorizado. 
Son zonas controladas: 
 La mayoría de las oficinas , tanto del 
personal del aeropuerto como de las líneas 
aéreas y demás empresas. 
 Salas de recogidas de equipajes. 
Hay que llevar una acreditación en regla para 
acceder a ellas. Para casos puntuales como un 
pasajero que deba acceder a la sala de recogida 
de equipajes hay autorizaciones especiales. 
Carmen Cordero Amores 23
Zona Restringida de Seguridad /Zona Crítica 
Es la zona cuyo acceso está sujeto a un control de 
seguridad. Las personas y vehículos estarán sometidos 
a un estricto control de acceso y a un control de 
seguridad aleatorio. En las zonas críticas, (dentro de 
las zonas restringidas) el control de seguridad se 
realizará al 100% de las personas junto con sus objetos 
personales que serán controladas mediante detectores 
de metales, Rayos X, detectores manuales o inspección 
física si es necesario. Todas las personas, ya sean 
pasajeros con tarjetas de embarque, trabajadores o 
tripulaciones que accedan a la Zona Crítica deberán 
someterse a la inspección pertinente. Además, se 
realizarán inspecciones manuales de manera aleatoria 
y continua. Los vigilantes de seguridad privada están 
autorizados por el Ministerio del Interior, en su calidad 
de soporte a las FFCC a realizar inspecciones manuales a todas las personas que accedan a esta 
zona. 
Son zonas restringidas de seguridad: 
 Las zonas de salidas de pasajeros, situadas entre los puntos de control de seguridad y las 
aeronaves. 
 Las rampas de salida a plataforma. 
 Las zonas de almacenamiento y distribución de equipajes facturados. 
 Las terminales de carga. 
 Las zonas comerciales y de restauración después de los filtros de seguridad. 
 Las instalaciones de mantenimiento y limpieza en plataforma. 
Es muy importante respetar los accesos y atender a las normas de los responsables de 
seguridad. Los puestos de control están establecidos para garantizar la seguridad de todos 
y cumplir con la normativa europea. 
Carmen Cordero Amores 24
Como moverse por el aeropuerto 
Los trabajadores deben acceder a sus puestos de trabajo por los accesos establecidos mediante 
los siguientes sistemas: 
Control de accesos a zonas controladas. 
Identificación sin inspección. 
Lectores de acreditaciones. 
Acceso a Zona restringida y Zona Crítica de seguridad 
paso de control de seguridad. Inspección de personas y 
objetos personales. (100% de inspección en Zonas 
Críticas. 
Control de accesos de vehículos. Deben 
registrarse éstos, todos sus ocupantes y la 
mercancía y objetos personales que lleven. 
Límites de un aeropuerto 
Las distintas zonas de un aeropuerto deben estar 
perfectamente delimitadas y separadas unas de otras con 
barreras de seguridad. 
Todo el recinto debe estar vallado con un vallado perimetral 
sujeto a unos requisitos específicos y sometidos a 
inspecciones periódicas. 
Carmen Cordero Amores 25
Capítulo 6.- ACREDITACIONES Y AUTORIZACIONES 
Tanto las personas como los vehículos que realicen sus actividades en cualquier zona del 
aeropuerto deberán poseer la acreditación o autorización correspondiente y llevarla 
perfectamente visible durante todo el tiempo que se encuentre en ella. 
Llamamos acreditación a cualquier soporte, (cartulina, tarjeta, pegatina autoadhesiva 
etc. con o sin fotografía, que se puede usar para identificar a la persona que está autorizada a 
acceder a una zona determinada del aeropuerto. 
Las acreditaciones se conceden exclusivamente para las zonas del aeropuerto donde se necesite 
acceder para realizar las funciones del puesto de trabajo, no por la categoría profesional del 
trabajador. 
Según estas zonas, las tarjetas de acreditación son de modelos diferentes: 
ROJO: 
Autoriza permanencia en las 
zonas públicas y en las 
oficinas del aeropuerto que 
no se encuentren en ZRS 
AMARILLO: 
Zonas Públicas y oficinas 
Plataformas de 
estacionamiento de 
aeronaves y vías de servicio 
VERDE: 
Permite la permanencia y el 
acceso para todo el aeropuerto 
excepto patio de carrillos 
(cuando éste se define como 
zona restringida de seguridad) 
y área de maniobras. 
Carmen Cordero Amores 26
BLANCO: 
Zonas públicas, oficinas y zonas de 
acceso controlado (Oficinas, sala de 
recogida de equipajes …) 
Zona restringida situada en el interior 
del edificio terminal 
Con banda roja 
Permite el acceso y permanencia al patio de 
carrillos. Sólo se emitirá para el personal cuya 
actividad laboral se realice en esa zona 
AZUL: 
Permite la permanencia y 
el acceso por los pasos 
establecidos a las zonas 
establecidas como acceso 
controlado 
TARJETA PROVISIONAL 
Permite el acceso a trabajadores por un 
período inferior a seis meses. Lleva 
impresa la letra P en el color 
correspondiente a la zona a la que 
permite el acceso. 
Carmen Cordero Amores 27
Obligaciones 
Los colores de las acreditaciones determinan las zonas a las que pueden acceder los portadores 
de las mismas para desarrollar su actividad laboral. 
El poseedor de una acreditación está obligado a: 
- Llevarla siempre en lugar visible 
- No prestarla nunca a nadie 
- Llevarla siempre en vigor (renovarla antes de que caduque) 
- Denunciar de inmediato su extravío (o sustracción) si se produce. Debes 
solicitar una provisional en la Oficina de Seguridad del Aeropuerto o al CGA 
si estás fuera de horario de la Oficina. 
- Usarla sólo en horas de trabajo 
- Devolverla a la Oficina de Seguridad una vez terminado su período de 
validez. 
- No utilizar nunca una tarjeta caducada o de otra persona. 
- Acceder únicamente a las zonas permitidas por tu acreditación 
Otros tipos de acreditaciones 
 Acreditaciones para visitas Llevan una V y solo son válidas para un día 
 Acreditaciones para personas con motivos operativosA 
Deben ir siempre acompañados por una persona con acreditación. 
Deben mostrar la fecha de validez 
Autorizan el acceso y permanencia a las zonas a las que estén autorizadas las 
personas acreditadas acompañantes 
Acompañantes: 
Disponer acreditación válida 
Estar autorizados por la Autoridad aeroportuaria 
Acompañar en todo momento, sin perder de vista a los acompañados. 
Garantizar que el acompañado cumple las medidas de seguridad 
“La acreditación personal debe mostrarse, incluso junto con el D.N.I., siempre que así lo 
requieran las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o el personal de Seguridad del 
Aeropuerto, que en caso de detectar alguna irregularidad, podrán retenerla de forma 
preventiva y entregarla en la Oficina de Seguridad.” 
Carmen Cordero Amores 28
Llamamos Autorización a cualquier soporte, tarjeta, cartulina, pegatina autoadhesiva 
etc. que autorice a un vehículo a acceder a la zona de acceso restringida de un aeropuerto y a 
circular por ella. 
Poseer una autorización de vehículos no basta para conducir por la Zona Restringida. Es 
imprescindible conseguir un Permiso de Circulación en Plataforma (PCP) de cuya gestión se 
ocupa la División de Operaciones del Aeropuerto. 
Letra A sobre fondo verde: 
De uso exclusivo para vehículos del 
proveedor de servicios aeroportuarios 
y de Organismos Oficiales, permite el 
acceso a la Zona Aeronáutica del 
aeropuerto, exceptuando el Área de 
Maniobras, salvo que esté 
expresamente autorizado con la letra P 
Amarillo letra R : 
Permite el acceso a la plataforma de 
estacionamiento aeronaves y a la 
zona de servicio. Aquellos vehículos 
que necesiten acceder al área de 
maniobra deberán llevar impresa la 
letra P. La autorización de acceso 
de vehículos al área de maniobra se 
restringirá al máximo posible. 
Letra S sobre fondo ROJO: 
autoriza únicamente a vías y 
zonas de servicio. Prohíbe el 
acceso al Área de Maniobras 
y a la plataforma (incluidas 
las vías de servicio de ésta 
Carmen Cordero Amores 29
Prohibiciones 
AZUL 
De uso exclusivo para vehículos del 
proveedor de servicios 
aeroportuarios y de Organismos 
Oficiales, prohíbe el acceso al área 
de maniobra y a la plataforma 
(incluidas las vías de servicio de 
ésta) 
Letra P del color 
correspondiente a la zona 
autorizada sobre fondo 
BLANCO: autorización 
provisional según color 
Es muy importante conocer con exactitud las cosas que no 
puedes hacer con tu acreditación y las sanciones que te puede 
acarrear el incumplimiento de las obligaciones ya sea por mal 
uso de tu tarjeta o por desconocimiento de las normas. 
Está prohibido: 
- Facilitar el acceso a zonas controladas o 
restringidas a personas distintas a las que 
autoriza la acreditación. 
- Está prohibido prestar la acreditación a otra persona. 
- Está prohibido usar la acreditación para acceder a zonas controladas o 
restringidas cuando no se está de servicio y sin causa justificada. 
- Está prohibido usar otra acreditación que no sea la propia. 
- En caso de olvido o extravío de la tarjeta, debes notificarlo a la Oficina de 
Seguridad de inmediato y no tratar utilizar cualquier otro medio para acceder 
a tu puesto de trabajo. 
- Está prohibido acceder a zonas no incluidas en la autorización. 
Carmen Cordero Amores 30
- Está prohibido utilizar la acreditación una vez caducada. 
Todas estas prohibiciones afectan por igual a acreditaciones de personal como a autorizaciones 
de vehículos. 
2.4 Sanciones 
El incumplimiento de las normas básicas de seguridad 
y el uso indebido tanto de la Tarjeta Personal de 
Identificación Aeroportuaria como las Autorizaciones de 
los vehículos acarreará sanciones contempladas en la Ley 
21/2003 que pueden variar desde una serie de sanciones 
económicas hasta la retirada temporal o definitiva de las 
tarjetas. 
En la citada ley 21/2003 de Seguridad Aérea, en el título 
V, artículo 48, sobre infracciones en relación con el 
funcionamiento y uso de los aeropuertos se lee: 
“Constituyen infracciones administrativas graves en relación con el uso de los aeropuertos 
de interés general las siguientes: 
2-2ª El incumplimiento de las normas de identificación personal de quienes 
desempeñen funciones en la zona de servicio. 
3-2ª El acceso no autorizado a la zona de operaciones y a las zonas restringidas de los 
aeropuertos 
Cuando se comete una infracción, las autoridades aeroportuarias pueden retirar temporal o 
definitivamente la Tarjeta Persona de Identificación Aeroportuaria según la Instrucción de 
Seguridad SA7 del Programa Nacional de Seguridad. 
Carmen Cordero Amores 31
Capítulo 7.- CONTROLES DE SEGURIDAD 
El Programa Nacional de Seguridad define el control de acceso y el de control de seguridad 
como sigue: 
Control de acceso: 
Es un punto dotado de recursos humanos y técnicos, destinado a 
conseguir que en cada zona del aeropuerto sólo se encuentren las 
personas y vehículos autorizados para ello. Los trabajadores del 
aeropuerto que sólo accedan a sus oficinas en zona controlada deben 
siempre pasar un control de acceso. Este control consiste en pasar la 
tarjeta de identificación personal aeroportuaria por un lector que 
franqueará el paso a través de un torno y están vigilados por personal 
de seguridad privada que pueden solicitar la identificación 
aeroportuaria del trabajador en cualquier momento. 
Control de seguridad: Es un punto dotado de recursos humanos y técnicos destinado a 
evitar que se introduzcan artículos prohibidos que pudieran utilizarse para cometer actos 
ilícitos. 
Los trabajadores del 
Aeropuerto cuyas 
oficinas o puesto de 
trabajo se encuentren 
en zona restringida, 
además del control de 
accesos deberán 
pasar un control de 
seguridad y permitir 
que se registren todas 
sus pertenencias. Hay una lista de objetos prohibidos con 
los que no está permitido acceder a la Zona Restringida de Seguridad y que todos los 
trabajadores deben conocer y abstenerse de llevarlos encima cuando deban acceder a la 
mencionada zona. 
Los controles son realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) 
y por vigilantes de seguridad privadas que actúan de apoyo a las citadas FFCCSE. 
Todas las zonas accesibles al público están vigiladas mediante circuito cerrado de televisión y 
patrullas periódicas de vigilancia. 
Carmen Cordero Amores 32
Las áreas de facturación y de reservas en los aeropuertos también están controladas para evitar 
actos delictivos a las personas o sus pertenencias. 
También están sujetas a vigilancia las zonas públicas cercanas a las zonas de movimiento de las 
aeronaves, las zonas de estacionamiento de vehículos, tanto de pasajeros como de empleados, 
los viales de las terminales y las vías públicas de accesos, las instalaciones de alquiler de 
vehículos, las zonas de estacionamiento de taxis y de transporte público. 
Más de seis mil cámaras vigilan y graban 
todo lo que ocurre en nuestros terminales 
mediante un sistema de circuito cerrado de 
televisión y un equipo de vigilancia continua. 
Según el Programa Nacional de Seguridad: 
“Se controlará a todo el personal, incluidas tripulaciones, así como los objetos que lleven 
consigo, antes de autorizar su acceso a las zonas restringidas para asegurar que no se 
introducen artículos prohibidos en dicha zona” 
Todos los vehículos que pasen a 
la zona restringida de seguridad 
deberán someterse también a 
inspecciones tanto del vehículo 
como de los ocupantes y 
mercancías que transporten. Los 
vehículos deberán llevar bien 
visible la autorización de 
seguridad con el color y 
características que corresponda a 
las labores que deba realizar. 
Carmen Cordero Amores 33
Equipos Utilizados en los Controles de Seguridad: 
Hay una gran variedad de equipos de detección que ayudan a descubrir cualquier objeto 
prohibido en los controles de seguridad, para inspeccionar tanto a las personas como sus 
equipajes y objetos personales. 
Los más comunes son: 
Rayos X para el equipaje de mano 
Arco detector de metales y detector manual 
para las personas. 
Detector de trazas de explosivos 
“Body Scanner” 
Carmen Cordero Amores 34
Para acceder a zonas restringidas y críticas se deben pasar controles de acceso y seguridad. Sólo 
están exentas de inspección las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que presten servicio 
en el aeropuerto o estén en comisión de servicio debidamente acreditada. Todos los trabajadores 
del aeropuerto, indistintamente del puesto que ocupen y de la tarea que realicen, deben 
someterse a los controles reglamentarios y colaborar con los responsables de la seguridad 
aeroportuaria. 
Carmen Cordero Amores 35
Capítulo 8.-OBJETOS PROHIBIDOS - HERRRAMIENTAS 
Los atentados terroristas de Nueva York, Madrid y Londres han dado un vuelco a la seguridad 
en todos los medios de transporte. Muchos objetos, de apariencia inofensiva o que 
tradicionalmente se han llevado consigo sin problemas, hoy en día constituyen una amenaza 
potencial y debemos acostumbrarnos a no llevarlos encima cuando transitemos por el 
aeropuerto. 
Reglamento 185/2010 
Publicó una lista exhaustiva de todos los objetos que se consideran prohibidos y que no deben 
nunca introducirse en las zonas restringidas de seguridad ni llevar a bordo de un avión. 
Los pasajeros que vayan a acceder a un avión ya conocen o deben conocer, que serán 
despojados de cualquier objeto que suponga una amenaza potencial. Los trabajadores de un 
aeropuerto deben concienciarse de que aunque ellos no vayan a tomar un avión, su 
actividad les exige el paso continuo a la zona restringida y deben someterse a los mismos 
controles que los pasajeros aunque les suponga molestias. 
La lista de objetos prohibidos podemos clasificarla en: 
En Cabina de pasajeros: 
Armas de fuego de cualquier tipo, así como las réplicas e imitaciones que puedan 
usarse para causar heridas graves mediante descarga de proyectil o que parezca que puede 
hacerlo además de: 
 Dispositivos para aturdir. 
 Objetos de punta afilada o cortante 
 Herramientas de trabajo 
 Instrumentos contundentes 
 Sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios 
 Líquidos, geles y sustancias de consistencia similar 
Carmen Cordero Amores 36
En Bodega: 
Sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios como: 
 Municiones, fulminantes detonadores y espoletas 
 Minas, granadas y otras cargas explosivas de uso militar 
 Fuegos de artificio y otros artículos de pirotecnia 
 Botes de humo y cartuchos generadores de humo 
 Dinamita, pólvora y explosivos plásticos. 
Carmen Cordero Amores 37
Herramientas 
Este apartado merece un tratamiento especial ya que son muchos los trabajadores de un 
aeropuerto que realizan sus tareas en zonas públicas, controladas o restringidas y críticas de 
seguridad con herramientas que pueden considerarse objetos peligrosos y deben pasar los 
mismos controles que los pasajeros y el resto de los trabajadores y empleados. 
Muchas herramientas son susceptibles de ser utilizadas como objetos 
contundentes y como armas mortales 
Carmen Cordero Amores 38
Los trabajadores que deben acceder a las Zonas Restringidas de Seguridad portando 
herramientas para realizar algún cometido relacionado con su actividad laboral, en especial los 
trabajadores destinados a mantenimiento de las instalaciones deben obtener un permiso 
especial. Para estos trabajadores, y previa justificación de sus cometidos, la Oficina de 
Seguridad del Aeropuerto emitirá Tarjetas Personales de Identificación Aeroportuaria con una 
letra H de color rojo que indicará claramente su condición de trabajadores autorizados a portar 
herramientas. 
Hay un folleto informativo sobre los artículos prohibidos disponible en todos los mostradores 
de información del aeropuerto. 
Carmen Cordero Amores 39
Capítulo 9. COLABORACIÓN CON EL AEROPUERTO 
Todos somos responsables de la Seguridad 
Un comportamiento responsable en materia de seguridad supone conocer las normas que 
debemos respetar en el desarrollo de nuestro trabajo e informar de inmediato a nuestros 
superiores o a los responsables de seguridad de las situaciones extrañas que observemos en el 
entorno del aeropuerto. 
En el Aeropuerto de Madrid-Barajas la seguridad aeroportuaria está garantizada por varios 
centenares de efectivos de la Guardia Civil, de la Policía Nacional y de las empresas de 
seguridad privada contratadas por Aena más los últimos avances tecnológicos en materia de 
detección y vigilancia, pero, sobre todo, debe estar garantizada por la actitud respetuosa hacia 
las normas de las decenas de miles de trabajadores que cada día contribuyen a que, anualmente, 
millones de personas realicen sus viajes de negocios, personales o de vacaciones con total 
normalidad. 
Debemos concienciarnos de que las normas de 
seguridad nos protegen a todos y por lo tanto, 
todos, sin excepción, somos responsables de 
ellas y como trabajadores del Aeropuerto 
debemos ser los primeros en cumplirlas y dar 
ejemplo. 
Todos nos hemos preguntado alguna vez como 
debemos actuar en caso de que se produzca 
algún tipo de ataque en nuestro lugar de 
trabajo. A continuación vamos a aprender algo 
sobre la tipología más frecuente de incidentes 
contra la seguridad en los aeropuertos. 
Carmen Cordero Amores 40
Debemos recordar que todos podemos ser utilizados como agresores para introducir algún 
objeto o sustancia peligrosa dentro de las instalaciones del aeropuerto, sin que seamos 
conscientes o bajo amenaza, por ello nadie debe estar exento de pasar los controles de seguridad 
apropiados. Llevar un uniforme o una tarjeta de identificación no es suficiente garantía. 
Madrid/Barajas se ha convertido en uno de los aeropuertos más grandes e importantes del 
mundo. Cuatro terminales, un edificio satélite, cuatro torres de control, más de cuarenta 
kilómetros de longitud de carretera perimetral, casi un millón de metros cuadrados de 
edificaciones y terminales y los millones de personas que transitan por él todos los meses 
complican, en gran manera, mantenerlo como un entorno seguro , por ello no se escatiman 
esfuerzos ni medios para que se puedan llevar a cabo con total seguridad todos los procesos que 
intervienen en el transporte aéreo y salvaguardar la integridad de todos los pasajeros, 
trabajadores y tripulaciones. 
Dada la magnitud y complejidad de nuestras instalaciones, y a pesar de que disponemos de uno 
de los Centros de Gestión Aeroportuaria más modernos del mundo, donde la seguridad tiene un 
papel preponderante con cientos de pantallas de vigilancia permanente, la mejor ayuda que 
puede tener la Seguridad Aeroportuaria es la colaboración de todos. 
Debemos mantener los ojos bien abiertos con todo lo que ocurre a nuestro alrededor y notificar 
al personal de seguridad cualquier circunstancia que nos llame la atención y que pueda implicar 
algún tipo de peligro para las personas, las aeronaves o las instalaciones. 
¡¡¡No olvides avisar al 36524 si ves algo sospechoso!!! 
Carmen Cordero Amores 41
Actuación en caso de llamada de aviso de bomba 
Es de sentido común que los procedimientos de seguridad de un aeropuerto, como los de 
cualquier empresa, fábrica o instalación, no se hagan públicos para salvaguardar la información. 
En nuestro caso, solo los responsables de seguridad tienen acceso a todas las normas, 
procedimientos y estrategias, pero hay algunas cosas que debemos 
conocer todos los que trabajamos en el aeropuerto para poder 
colaborar con los responsables en salvaguardar la seguridad 
aeroportuaria. 
Una de las incidencias contra la seguridad más frecuentes en un 
aeropuerto son los avisos de amenazas de bombas o atentados. 
Generalmente estos avisos se reciben por teléfono, a continuación os 
enumeramos una serie de consejos que ayudarán mucho a los 
responsables de seguridad para evaluar y calibrar el alcance de la 
amenaza. 
Es muy importante tratar de conseguir la mayor información posible sobre: 
- Hora programada de la explosión 
- El origen de la llamada: Si se realiza desde un lugar público o privado 
según el ruido ambiental y si es una calle, una estación, ruido de fondo 
etc. 
- La identidad de la persona que llama: Si es 
hombre, mujer, joven, un niño etc. 
- El idioma que habla: Si es español o 
extranjero, si tiene algún acento regional o de 
algún idioma que podamos identificar etc... 
-Características de la voz: Si es suave o fuerte, clara o ronca, vulgar o educada etc.. 
- Maneras: Si suena coherente o incoherente, si está 
irritado, y parece un bromista, si es correcto etc... 
-Anotar la información obtenida: Es muy 
importante retener las palabras lo más exactas 
posibles para transmitir luego esa información a los 
responsables de seguridad. A veces el más pequeño detalle contiene 
una información muy valiosa. 
-Otras características: si conoce el aeropuerto, los aviones etc. 
Carmen Cordero Amores 42
En el caso de recibirse una amenaza telefónica de colocación de un explosivo, es muy 
importante que la persona que reciba dicho aviso trate de obtener respuestas a las siguientes 
preguntas: 
- ¿A qué hora se producirá la explosión? 
- ¿Dónde ha sido colocada la bomba? 
- ¿Qué tipo de artefacto es? 
- ¿Qué aspecto tiene? 
- ¿Por qué puso la bomba? 
Si la amenaza se realiza personalmente, supuesto bastante improbable, es imprescindible 
prestar atención a los siguientes detalles: 
- Sexo, edad, estatura, peso, complexión 
- Raza, color de la piel, de los ojos, del cabello. 
- Indumentaria. 
- Detalles como tics, cojera, o cualquier otra peculiaridad en su 
aspecto o en su comportamiento. 
- Si se aleja en un vehículo, no debemos olvidar tomar nota de todos 
los detalles que podamos del vehículo que puedan facilitar su 
localización e identificación. 
Actuación en caso de amenaza. 
Es fundamental: 
1.- Mantener la calma 
2.- Intentar obtener la mayor información 
posible. 
3.- Memorizar la información. 
4.- Prestar atención a cualquier otro dato. 
5.- Informar al superior. 
Toda la información que se pueda aportar cuando exista una amenaza, sea del tipo que sea, 
será fundamental para su evaluación posterior. Teléfono 36524 
Carmen Cordero Amores 43
Actuación en caso de objeto sospechoso en tierra. 
Si detectamos algún paquete, bulto, o equipaje abandonado que nos parezca sospechoso, 
debemos actuar como sigue: 
- No tocar, manipular o mover el objeto. 
- No echarle agua ni otra sustancia encima. 
- Informar enseguida de su existencia a los responsables de seguridad. 
- Alejarse de sus inmediaciones 
- No utilizar cerca de él un equipo radiotransmisor o cualquier cosa que pueda 
producir vibraciones. 
-Evacuar a la gente del área 
Nunca se debe infravalorar una amenaza aunque en la mayoría de los casos, afortunadamente, 
se trate de falsas amenazas dirigidas a crear confusión, caos o una broma pesada. Aunque se 
trate de una broma, una amenaza es siempre un delito y está penado por la ley, por ello deben 
ser los responsables y los profesionales de la seguridad los que finalmente evalúen la amenaza y 
dictaminen las posibles respuestas a la misma. 
Nuestro objetivo es evitar esto: 
29 diciembre 2006. Explosión con coche bomba en el módulo 4 del parking de la T4. 
Carmen Cordero Amores 44
De todos nosotros se espera: 
Un comportamiento responsable 
Respeto por el entorno 
Conocer las Normas 
Colaborar 
Informar 
Carmen Cordero Amores 45

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  • 1. SEGURIDAD AEROPORTUARIA MANUAL BÁSICO DE CONCIENCIACIÓN Carmen Cordero Amores Formadora AVSEC certificada por la AESA Carmen Cordero Amores 1
  • 2. ÍNDICE Capítulo 1 Objetivo de la Seguridad y Normativa de Referencia Capítulo 2 Seguridad Aeroportuaria Definición y factores de que depende Capítulo 3 Actos de Interferencia Ilícita Capítulo 4 Organismos implicados en la seguridad de la Aviación Civil Nacionales e internacionales Colaboración entre ellos Capítulo 5 Definición de Aeropuerto Zonas del aeropuerto Capítulo 6 Acreditaciones y Autorizaciones Terminales y Otras Zonas Públicas Control de Seguridad del Personal, de los Objetos Transportados y de los Vehículos Capítulo 7 Controles de seguridad Capítulo 8 Objetos prohibidos – Herramientas Lista de objetos prohibidos por la ley 68/2004 Herramientas Capítulo 9 Colaboración con el aeropuerto Procedimiento de actuación frente a un objeto sospechoso. Amenaza telefónica. Amenaza en persona. Carmen Cordero Amores 2
  • 3. Capítulo 1 - OBJETIVO DE LA SEGURIDAD AEROPORTUARIA y NORMATIVA DE REFERENCIA El objetivo de seguridad aeroportuaria tiene como finalidad establecer la organización, métodos y procedimientos necesarios para asegurar la protección y salvaguarda de los pasajeros, tripulaciones, público, personal de tierra, aeronaves, aeropuertos y sus instalaciones, frente a actos de interferencia ilícita, perpetrados en tierra o en aire, preservando la regularidad y eficiencia del tránsito aéreo nacional e internacional. Para conseguir este objetivo, se han promulgado leyes, normas, y regulaciones destinadas a implantar medidas básicas de seguridad para todos los aeropuertos así como para homologar las características de los medios y la formación del personal que lleva a cabo los procedimientos de inspección para prevenir daños a las personas, (pasajeros, trabajadores y público en general) a las aeronaves y a las instalaciones. Cada aeropuerto debe contar con un programa de seguridad aprobado por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea Normativa de referencia: Es un conjunto de normas, procedimientos y leyes cuyo cumplimiento es obligatorio. Hay una normativa internacional para unificar criterios entre los distintos estados y una normativa nacional que la regula en cada país. Carmen Cordero Amores 3
  • 4. Normativa Nacional:  Real Decreto 550/2006 por el que se designa la autoridad competente: El Secretario General de Transportes (Ministerio de Fomento)  Ley 21/2003 de Seguridad Aérea  Programa Nacional de Seguridad (PNS)  Programa Nacional de Calidad (PNC)  Programa Nacional de Formación (PNF) Normativa Europea:  Reglamento (CE) 2320/2002 ya derogado  Reglamento (CE) 300/2008  Reglamento (CE) 185/2010 11 de septiembre de 2001. Se produce el mayor atentado de la historia de la aviación en el mundo. 3021 muertos Impacto: 63:000 millones de dólares Máxima pérdida en bolsa económica y en empleos El Reglamento 2320/2002 de la Comisión Europea establece las normas comunes para la seguridad de la aviación civil en todos los estados de la Unión Europea. Fue sustituido por el RE300/2008. Este reglamento fue desarrollado por RE 185/2010 • Cada Estado desarrolla un PNS, PNC y PNF • Se designa una autoridad competente (RD 550/2006) • Establece normas generales • Programas de seguridad de aeropuertos compañías aéreas y entidades del transporte aéreo • Sanciones (Ley 21/2003) Normativa internacional:  Anexo 17 de la OACI Seguridad  Doc 8972 de la OACI Manual de Seguridad de la Aviación Civil  Doc. 30 de la CEAC (Conferencia Europea de Aviación Civil) Carmen Cordero Amores 4
  • 6. Marco Normativo Nacional Programa Nacional de Seguridad (PNS) Primera edición en el 2003. Última edición 24 de julio de 2012 Consta de 16 capítulos y 19 Instrucciones de Seguridad (SA) PNS Público: BOE 13/08/2012 Objetivo: establecer la organización, métodos y procedimientos necesarios para asegurar la protección y salvaguarda de los pasajeros, tripulaciones, público, personal de tierra, aeronaves, aeropuertos y sus instalaciones, frente a actos de interferencia ilícita, perpetrados en tierra o en aire, preservando la regularidad y eficiencia del tránsito aéreo nacional e internacional en el Estado español y su espacio aéreo. El PNS incluye un anexo que desarrolla diversas Instrucciones de Seguridad Aeroportuaria. Ambos textos, cuerpo principal del documento y anexo, contienen normas de obligado cumplimiento. Programa Nacional de Calidad (PNC) Última edición: 30/05/2011 Objetivo: verificar que las medidas de seguridad de la aviación se aplican de manera eficaz y adecuada, y determinar el grado de cumplimiento de lo dispuesto en el en el Programa Nacional de Seguridad, mediante actividades de supervisión del cumplimiento. Programa Nacional de Formación (PNF) Última edición: 30/05/2011 Objetivo: garantizar que todo el personal implicado en la actividad aeroportuaria tiene los conocimientos necesarios, de acuerdo a su ocupación, para aplicar de forma efectiva medidas de seguridad preventivas contra actos de interferencia ilícita y hacer frente a situaciones en las que seguridad de la aviación civil se vea amenazada. Carmen Cordero Amores 6
  • 7. Capítulo 2.- SEGURIDAD AEROPORTUARIA Según el Anexo 17 de la OACI, la seguridad aeroportuaria o de la aviación civil. “Es la protección de la aviación contra los actos de interferencia ilícita mediante una combinación de medidas y recursos humanos y materiales” Para conseguir el objetivo de impedir que se cometan actos de interferencia ilícita en un aeropuerto, deben combinarse con eficacia todos los factores que intervienen en ella, tanto la normativa que la regula como los factores humanos y técnicos que ponen en práctica las medidas reglamentadas. Carmen Cordero Amores 7
  • 8. Con la publicación en el BOE de la versión no restringida del Programa Nacional de Seguridad (PNS), entra en vigor la norma del RE 185/2010 que obliga a que todo el personal que trabaje en cualquier empresa del ámbito aeroportuario y que deba acceder a las zonas restringidas o críticas para realizar sus tareas, debe realizar un curso básico de concienciación en materia de seguridad aeroportuaria y superar un examen para que le sea concedida una acreditación aeroportuaria. Esta formación tiene por objeto la concienciación de todo el personal para colaborar en la seguridad de los aeropuertos y en la prevención de que se cometan actos de interferencia ilícita. Carmen Cordero Amores 8
  • 9. Capítulo 3.- ACTOS DE INTERFERENCIA ILICITA “Es un acto o intención de poner en peligro la seguridad de la aviación civil y el transporte aéreo y su objetivo principal es cualquier tipo de aeronave o instalación aeroportuaria” • Apoderamiento ilícito de aeronaves • Destrucción de una aeronave en servicio • Toma de rehenes (en aeronaves o aeropuertos) • Intrusión por la fuerza (en aeronaves, aeropuertos en una instalación aeronáutica) • Introducción de armas, artefactos o sustancias peligrosas con fines criminales (en aeronaves y/o aeropuertos) Carmen Cordero Amores 9
  • 10. • Uso de una aeronave en servicio con el propósito de causar la muerte, lesiones corporales graves o daños graves a los bienes o al medio ambiente. • Comunicación de información falsa que comprometa la seguridad de una aeronave en vuelo o en tierra, o la seguridad de los pasajeros, tripulación, personal de tierra y público en general en un aeropuerto o instalación aeronáutica. Carmen Cordero Amores 10
  • 11. Seguridad aeroportuaria contra los Actos de Interferencia Ilícita. La seguridad aeroportuaria se ocupa tratar de evitar con todos los medios, tanto tecnológicos como humanos, que los aeropuertos o los aviones sean objetos de estos actos de interferencia ilícita cuya magnitud a nivel de destrucción y daños puede ser enorme. Los requisitos de seguridad aeroportuaria deben ser tenidos en cuenta desde la propia planificación del aeropuerto. A la hora de diseñar el recinto aeroportuario deben tenerse en cuenta todos los factores que impidan el acceso de terroristas, delincuentes y objetos prohibidos que puedan ocasionar daños a las personas, las aeronaves o las instalaciones. Para ello habrán de instalarse: Un vallado perimetral que defina toda la superficie de la zona aire, con unas condiciones determinadas y que debe estar dotada de los medios necesarios (alarmas, CCTV, puertas de acceso) para que no pueda ser traspasado por ningún intruso. Controles de accesos: Para pasajeros, personal de aeropuerto y tripulaciones: Dotados con equipos detectores: Máquinas de Rayos X, arcos detectores de metales, detectores manuales, circuitos cerrados de T.V., detectores de explosivos, alarmas etc... Carmen Cordero Amores 11
  • 12. Control de vehículos: Deben inspeccionarse el 100% de los vehículos que accedan a zona restringida, la carga y a sus ocupantes. Vigilancia y patrullas: Tanto personal de las FFCCSE como de vigilancia privada deben hacer rondas continuas y aleatorias por todas las dependencias de los aeropuertos. Objetivos de la Inspección: Que accedan a zona restringida únicamente las personas que deban acceder por cualquier motivo (pasajeros, empleados, trabajadores, tripulaciones, visitas autorizadas, FFCC de Seguridad del estado etc. La responsabilidad de las inspecciones recae en la Guardia Civil. El personal de seguridad privada apoya a la Guardia Civil en las tareas de inspección y son contratados por el gestor del aeropuerto. Carmen Cordero Amores 12
  • 13. Seguridad de aeronaves: También las aeronaves deben protegerse con medidas especiales de seguridad para que no puedan acceder a ellas personas que puedan introducir objetos prohibidos o atentar contra la seguridad en vuelo. Los aviones en tierra deben dejar todas sus puertas cerradas y la compañía debe asegurarse de que no acceden a su interior personas que no deban acceder o no estén acreditadas para ello. Control de equipaje: Tanto el equipaje que accede a cabina junto con los pasajeros como el que se transporta en bodega deben pasar un control de Rayos X al 100%. Carmen Cordero Amores 13
  • 14. Protección de pasajeros y equipaje (pasajeros conflictivos) Hay procedimientos de actuación específicos para proteger a los pasajeros y los equipajes en espera de embarcar y para proceder con los pasajeros potencialmente conflictivos que pueden poner en peligro la seguridad de un vuelo. Carga y correo También las mercancías y el correo aéreo están sujetos a procedimientos especiales de seguridad. Carmen Cordero Amores 14
  • 15. Provisiones y suministros: Tanto las provisiones a bordo de los aviones como los suministros de los aeropuertos son también sometidos a medidas de seguridad para impedir que puedan introducir objetos prohibidos camuflados entre ellos. Procedimientos para la Aviación General Llamamos aviación general a la que se realiza con aviones privados, deportivos o de alquiler, y también son sometidos a medidas de seguridad tanto los pasajeros como los tripulantes y sus pertenencias así como los vehículos y el equipaje en general. Carmen Cordero Amores 15
  • 16. Capítulo 4 - ORGANISMOS IMPLICADOS EN LA SEGURIDAD DE LA AVIACIÓN CIVIL ¿Quiénes son los responsables en materia de seguridad aeroportuaria? A nivel nacional, el primer responsable es el Secretario de Estado de Transportes. Delega en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) el desarrollo y los aspectos prácticos de la implantación del Programa Nacional de Seguridad El responsable de seguridad de la aviación civil en un aeropuerto es el Presidente del Comité Local de Seguridad, cargo que recae en el Director del mismo. Las actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el personal de seguridad de Aena y el personal de vigilancia privada contratados por Aena están regulados por el: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR, Y AENA de 29 de junio de 1999 revisión de 29 de junio de 2001 y addenda de 1 de junio de 2007 Carmen Cordero Amores 16
  • 17. Es muy importante la comunicación y colaboración entre los organismos y entidades responsables de esta seguridad y los trabajadores del todo el sector del transporte aéreo. Sin la colaboración de todos, la seguridad aeroportuaria no pude ser factible. Los trabajadores deben ser conscientes de la importancia de informar a la oficina de seguridad o a las FF. y CC. de Seguridad del Estado sobre comportamientos o hechos extraños. Es fundamental que colaboren: • Conociendo y cumpliendo la normativa. • Observando nuestro entorno. • Informando de las situaciones anómalas. • Tomando precauciones con los objetos sospechosos. Organismos Internacionales: La OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) -Creada en 1944 con el Convenio de Chicago (Agencia especializada de la ONU) con sede en Montreal (CANADA) -Objetivo: Desarrollo de la aviación civil internacional de manera segura y ordenada -191 Estados Contratantes (HOY) -Legislación básica: Anexos y manuales -Programa USAP (Auditorias) (España fue auditada en 2007) Carmen Cordero Amores 17
  • 18. Normativa de la OACI Anexo 17 (Normas y métodos recomendados sobre Seguridad de la Aviación Civil) – Constituye el marco global de la “security” a nivel internacional diseñando estructuras y medidas globales. – Doc. 8973 (Manual de seguridad para la protección de la aviación civil) 5 vols. – Comprende los procedimientos y textos de orientación sobre los aspectos de “security” – Vol I .- Administración y organización nacional – Vol II.- Contratación, selección y formación – Vol III.- Seguridad aeroportuaria – Vol IV.- Medidas preventivas de seguridad – Vol V.- Gestión de crisis y respuesta frente a actos de interferencia ilícita. La CEAC Conferencia Europea de Aviación Civil: Organización intergubernamental creada en 1955. Objetivo: Promover el continuo desarrollo del transporte aéreo de forma segura, eficiente y sostenible mediante la  Estandarización entre los países miembros  Políticas de entendimiento con otros países. En la actualidad la integran 44 Estados Europeos Realización de auditorías  Se realizan auditorías para ver el grado de implantación de as recomendaciones del DOC 30 Vol II.  Es un programa voluntario. Carmen Cordero Amores 18
  • 19.  Se establece mediante la firma de un acuerdo con el Estado que quiera ser auditado.  Una vez efectuada la auditoría se notifican las discrepancias encontradas Normativa de la CEAC • Documento 30 – Parte I Recomendaciones en el campo de la facilitación en la aviación. (Edic.11-dic- 2009) Basado en el Anexo 9 de la OACI, desarrolla recomendaciones para mejorar la facilitación a través de la cooperación de los Estados Miembros. • Documento 30 – Parte II Recomendaciones para prevenir la ejecución de actos ilegales. Basado en el Anexo 17 de la OACI, desarrolla recomendaciones para prevenir la ejecución de actos ilegales a través de la cooperación entre los Estados Miembros La UNIÓN EUROPEA La Unión Europea es una asociación económica y política singular de 27 países europeos que abarcan gran parte del continente. La UE se apoya en el Estado de Derecho. Esto significa que todas sus actividades se basan en los tratados, acordados voluntaria y democráticamente por todos los Estados miembros La Comisión Europea es una de las principales instituciones de la Unión Europea. Representa y defiende los intereses del conjunto de la UE, elabora propuestas de nueva legislación europea y gestiona la labor cotidiana de poner en práctica las políticas y hacer uso de los fondos europeos. Con el fin de proteger a las personas y las mercancías en la Unión Europea, es preciso establecer normas comunes para proteger la aviación civil contra actos de interferencia ilícita en aeronaves civiles que comprometan su seguridad. Este objetivo ha de alcanzarse estableciendo reglas y normas básicas comunes de seguridad aérea, así como mecanismos para supervisar su cumplimiento. Los reglamentos de la Unión Europea son de obligado cumplimiento para todos los Estados Miembros. Carmen Cordero Amores 19
  • 20. Normativa Europea REG.(CE) 300/2008 Reglamento marco que sustituye al RE2320/2002. Normas comunes para todos los aeropuertos de la Unión Europea REG.(CE) 185/2010 por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea Todos los Estados miembros han de elaborar un programa nacional de seguridad para la aviación civil. Por otra parte, todos los gestores de aeropuertos, compañías aéreas y entidades que apliquen normas de seguridad aérea deben elaborar, aplicar y mantener un programa de seguridad para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Reglamento y en el programa nacional de seguridad para la aviación civil que sea aplicable. Para supervisar la implantación de las medidas, cada Estado miembro debe elaborar un programa nacional de control de calidad de la seguridad de la aviación civil y velar por su aplicación. La Comisión Europea realiza auditorías periódicas a los aeropuertos de la Unión según se establece en el RE (CE) Nº 72/2010. De carácter obligatorio, se verifica la correcta aplicación de las medidas de seguridad que se contemplan en los Reglamentos. Hay dos tipos de auditorías: • Organizativa (se audita a la autoridad competente nacional en esta materia) y • a los aeropuertos (sin previo aviso) En caso de no cumplimiento de las normas, se aplicará el Artículo 15 que implica la consideración de aeropuerto no seguro comunicado a toda la comunidad internacional. Más de 20 reglamentos desarrollan las necesidades de seguridad de todos los sectores del transporte aéreo. Son publicados por el Diario Oficial de la Unión Europea y pueden encontrarse para su consulta y conocimiento en la Web de la Comisión Europea. Las partes más sensibles de esta normativa son publicadas como “Decisiones” y sólo se distribuyen de forma restringida a los responsables de seguridad que deben ponerla en práctica.. Carmen Cordero Amores 20
  • 21. Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) Se crea en 2008 con el Real Decreto RD184/2008.  Depende de la Secretaría General de Transporte del Ministerio de Fomento  Le compete el ejercicio de las potestades inspectora y sancionadora en materia de aviación civil  Planifica y realiza las inspecciones AVSEC y tiene potestad sancionadora cuando la gravedad de los incumplimientos así lo requiere.  Realiza inspecciones para comprobar el grado de cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad.  Tipos de actividades: o Auditoria de seguridad o Inspección de seguridad o Ensayos o Estudios de seguridad o Investigaciones de seguridad Aena Aeropuertos Gestor de los aeropuertos de España que depende del Ministerio de Fomento como Ente Público con personalidad jurídica propia.. Se creó con el Art. 82 Ley 4/1990, de 29 de Junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 El REAL DECRETO 905/1991, DE 14 DE JUNIO, APRUEBA EL ESTATUTO DEL ENTE PUBLICO AEROPUERTOS ESPAÑOLES Y NAVEGACION AEREA. Funciones:  Ordenación, dirección, coordinación, explotación, conservación y administración de aeropuertos públicos civiles, aeródromos, helipuertos y demás superficies aptas para el transporte aéreo cuya gestión se le encomienda y de los servicios afectos a los mismos; la coordinación, explotación, conservación y administración de las zonas civiles de las bases aéreas abiertas al tráfico civil.  Desarrollo de los servicios de orden y seguridad en las instalaciones que gestione. En seguridad aeroportuaria es fundamental la colaboración entre el operador aeroportuario y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Carmen Cordero Amores 21
  • 22. A la Guardia Civil corresponde la responsabilidad de los controles de seguridad, la seguridad de las zonas restringidas y críticas, las aduanas y el control fiscal Al Cuerpo Nacional de Policía corresponde la seguridad de las zonas públicas, el control documental y la inmigración. Carmen Cordero Amores 22
  • 23. Capítulo 5.- DEFINICIÓN DE AEROPUERTO Un Aeropuerto es un conjunto de instalaciones y superficie de terreno especialmente habilitados como puerto de entrada y salida de aeronaves, para el tráfico aéreo nacional e internacional, donde se llevan a cabo los trámites de aduanas, inmigración, sanidad pública, reglamentación veterinaria y fitosanitaria y demás procedimientos Clasificación de Zonas del Aeropuerto (en función de las medidas de seguridad) Zona Pública Es la zona de libre acceso tanto para pasajeros como para trabajadores y visitantes. Son zonas públicas:  Las salas de facturación y venta de billetes.  Las salas de espera de llegadas.  Las zonas comerciales y de restauración antes de los filtros de seguridad.  Los aparcamientos y algunas oficinas. Zona de Acceso Controlado Es la zona en la que el acceso es controlado (mediante lectoras, torno, personal de seguridad privado) para que sólo acceda personal autorizado. Son zonas controladas:  La mayoría de las oficinas , tanto del personal del aeropuerto como de las líneas aéreas y demás empresas.  Salas de recogidas de equipajes. Hay que llevar una acreditación en regla para acceder a ellas. Para casos puntuales como un pasajero que deba acceder a la sala de recogida de equipajes hay autorizaciones especiales. Carmen Cordero Amores 23
  • 24. Zona Restringida de Seguridad /Zona Crítica Es la zona cuyo acceso está sujeto a un control de seguridad. Las personas y vehículos estarán sometidos a un estricto control de acceso y a un control de seguridad aleatorio. En las zonas críticas, (dentro de las zonas restringidas) el control de seguridad se realizará al 100% de las personas junto con sus objetos personales que serán controladas mediante detectores de metales, Rayos X, detectores manuales o inspección física si es necesario. Todas las personas, ya sean pasajeros con tarjetas de embarque, trabajadores o tripulaciones que accedan a la Zona Crítica deberán someterse a la inspección pertinente. Además, se realizarán inspecciones manuales de manera aleatoria y continua. Los vigilantes de seguridad privada están autorizados por el Ministerio del Interior, en su calidad de soporte a las FFCC a realizar inspecciones manuales a todas las personas que accedan a esta zona. Son zonas restringidas de seguridad:  Las zonas de salidas de pasajeros, situadas entre los puntos de control de seguridad y las aeronaves.  Las rampas de salida a plataforma.  Las zonas de almacenamiento y distribución de equipajes facturados.  Las terminales de carga.  Las zonas comerciales y de restauración después de los filtros de seguridad.  Las instalaciones de mantenimiento y limpieza en plataforma. Es muy importante respetar los accesos y atender a las normas de los responsables de seguridad. Los puestos de control están establecidos para garantizar la seguridad de todos y cumplir con la normativa europea. Carmen Cordero Amores 24
  • 25. Como moverse por el aeropuerto Los trabajadores deben acceder a sus puestos de trabajo por los accesos establecidos mediante los siguientes sistemas: Control de accesos a zonas controladas. Identificación sin inspección. Lectores de acreditaciones. Acceso a Zona restringida y Zona Crítica de seguridad paso de control de seguridad. Inspección de personas y objetos personales. (100% de inspección en Zonas Críticas. Control de accesos de vehículos. Deben registrarse éstos, todos sus ocupantes y la mercancía y objetos personales que lleven. Límites de un aeropuerto Las distintas zonas de un aeropuerto deben estar perfectamente delimitadas y separadas unas de otras con barreras de seguridad. Todo el recinto debe estar vallado con un vallado perimetral sujeto a unos requisitos específicos y sometidos a inspecciones periódicas. Carmen Cordero Amores 25
  • 26. Capítulo 6.- ACREDITACIONES Y AUTORIZACIONES Tanto las personas como los vehículos que realicen sus actividades en cualquier zona del aeropuerto deberán poseer la acreditación o autorización correspondiente y llevarla perfectamente visible durante todo el tiempo que se encuentre en ella. Llamamos acreditación a cualquier soporte, (cartulina, tarjeta, pegatina autoadhesiva etc. con o sin fotografía, que se puede usar para identificar a la persona que está autorizada a acceder a una zona determinada del aeropuerto. Las acreditaciones se conceden exclusivamente para las zonas del aeropuerto donde se necesite acceder para realizar las funciones del puesto de trabajo, no por la categoría profesional del trabajador. Según estas zonas, las tarjetas de acreditación son de modelos diferentes: ROJO: Autoriza permanencia en las zonas públicas y en las oficinas del aeropuerto que no se encuentren en ZRS AMARILLO: Zonas Públicas y oficinas Plataformas de estacionamiento de aeronaves y vías de servicio VERDE: Permite la permanencia y el acceso para todo el aeropuerto excepto patio de carrillos (cuando éste se define como zona restringida de seguridad) y área de maniobras. Carmen Cordero Amores 26
  • 27. BLANCO: Zonas públicas, oficinas y zonas de acceso controlado (Oficinas, sala de recogida de equipajes …) Zona restringida situada en el interior del edificio terminal Con banda roja Permite el acceso y permanencia al patio de carrillos. Sólo se emitirá para el personal cuya actividad laboral se realice en esa zona AZUL: Permite la permanencia y el acceso por los pasos establecidos a las zonas establecidas como acceso controlado TARJETA PROVISIONAL Permite el acceso a trabajadores por un período inferior a seis meses. Lleva impresa la letra P en el color correspondiente a la zona a la que permite el acceso. Carmen Cordero Amores 27
  • 28. Obligaciones Los colores de las acreditaciones determinan las zonas a las que pueden acceder los portadores de las mismas para desarrollar su actividad laboral. El poseedor de una acreditación está obligado a: - Llevarla siempre en lugar visible - No prestarla nunca a nadie - Llevarla siempre en vigor (renovarla antes de que caduque) - Denunciar de inmediato su extravío (o sustracción) si se produce. Debes solicitar una provisional en la Oficina de Seguridad del Aeropuerto o al CGA si estás fuera de horario de la Oficina. - Usarla sólo en horas de trabajo - Devolverla a la Oficina de Seguridad una vez terminado su período de validez. - No utilizar nunca una tarjeta caducada o de otra persona. - Acceder únicamente a las zonas permitidas por tu acreditación Otros tipos de acreditaciones  Acreditaciones para visitas Llevan una V y solo son válidas para un día  Acreditaciones para personas con motivos operativosA Deben ir siempre acompañados por una persona con acreditación. Deben mostrar la fecha de validez Autorizan el acceso y permanencia a las zonas a las que estén autorizadas las personas acreditadas acompañantes Acompañantes: Disponer acreditación válida Estar autorizados por la Autoridad aeroportuaria Acompañar en todo momento, sin perder de vista a los acompañados. Garantizar que el acompañado cumple las medidas de seguridad “La acreditación personal debe mostrarse, incluso junto con el D.N.I., siempre que así lo requieran las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o el personal de Seguridad del Aeropuerto, que en caso de detectar alguna irregularidad, podrán retenerla de forma preventiva y entregarla en la Oficina de Seguridad.” Carmen Cordero Amores 28
  • 29. Llamamos Autorización a cualquier soporte, tarjeta, cartulina, pegatina autoadhesiva etc. que autorice a un vehículo a acceder a la zona de acceso restringida de un aeropuerto y a circular por ella. Poseer una autorización de vehículos no basta para conducir por la Zona Restringida. Es imprescindible conseguir un Permiso de Circulación en Plataforma (PCP) de cuya gestión se ocupa la División de Operaciones del Aeropuerto. Letra A sobre fondo verde: De uso exclusivo para vehículos del proveedor de servicios aeroportuarios y de Organismos Oficiales, permite el acceso a la Zona Aeronáutica del aeropuerto, exceptuando el Área de Maniobras, salvo que esté expresamente autorizado con la letra P Amarillo letra R : Permite el acceso a la plataforma de estacionamiento aeronaves y a la zona de servicio. Aquellos vehículos que necesiten acceder al área de maniobra deberán llevar impresa la letra P. La autorización de acceso de vehículos al área de maniobra se restringirá al máximo posible. Letra S sobre fondo ROJO: autoriza únicamente a vías y zonas de servicio. Prohíbe el acceso al Área de Maniobras y a la plataforma (incluidas las vías de servicio de ésta Carmen Cordero Amores 29
  • 30. Prohibiciones AZUL De uso exclusivo para vehículos del proveedor de servicios aeroportuarios y de Organismos Oficiales, prohíbe el acceso al área de maniobra y a la plataforma (incluidas las vías de servicio de ésta) Letra P del color correspondiente a la zona autorizada sobre fondo BLANCO: autorización provisional según color Es muy importante conocer con exactitud las cosas que no puedes hacer con tu acreditación y las sanciones que te puede acarrear el incumplimiento de las obligaciones ya sea por mal uso de tu tarjeta o por desconocimiento de las normas. Está prohibido: - Facilitar el acceso a zonas controladas o restringidas a personas distintas a las que autoriza la acreditación. - Está prohibido prestar la acreditación a otra persona. - Está prohibido usar la acreditación para acceder a zonas controladas o restringidas cuando no se está de servicio y sin causa justificada. - Está prohibido usar otra acreditación que no sea la propia. - En caso de olvido o extravío de la tarjeta, debes notificarlo a la Oficina de Seguridad de inmediato y no tratar utilizar cualquier otro medio para acceder a tu puesto de trabajo. - Está prohibido acceder a zonas no incluidas en la autorización. Carmen Cordero Amores 30
  • 31. - Está prohibido utilizar la acreditación una vez caducada. Todas estas prohibiciones afectan por igual a acreditaciones de personal como a autorizaciones de vehículos. 2.4 Sanciones El incumplimiento de las normas básicas de seguridad y el uso indebido tanto de la Tarjeta Personal de Identificación Aeroportuaria como las Autorizaciones de los vehículos acarreará sanciones contempladas en la Ley 21/2003 que pueden variar desde una serie de sanciones económicas hasta la retirada temporal o definitiva de las tarjetas. En la citada ley 21/2003 de Seguridad Aérea, en el título V, artículo 48, sobre infracciones en relación con el funcionamiento y uso de los aeropuertos se lee: “Constituyen infracciones administrativas graves en relación con el uso de los aeropuertos de interés general las siguientes: 2-2ª El incumplimiento de las normas de identificación personal de quienes desempeñen funciones en la zona de servicio. 3-2ª El acceso no autorizado a la zona de operaciones y a las zonas restringidas de los aeropuertos Cuando se comete una infracción, las autoridades aeroportuarias pueden retirar temporal o definitivamente la Tarjeta Persona de Identificación Aeroportuaria según la Instrucción de Seguridad SA7 del Programa Nacional de Seguridad. Carmen Cordero Amores 31
  • 32. Capítulo 7.- CONTROLES DE SEGURIDAD El Programa Nacional de Seguridad define el control de acceso y el de control de seguridad como sigue: Control de acceso: Es un punto dotado de recursos humanos y técnicos, destinado a conseguir que en cada zona del aeropuerto sólo se encuentren las personas y vehículos autorizados para ello. Los trabajadores del aeropuerto que sólo accedan a sus oficinas en zona controlada deben siempre pasar un control de acceso. Este control consiste en pasar la tarjeta de identificación personal aeroportuaria por un lector que franqueará el paso a través de un torno y están vigilados por personal de seguridad privada que pueden solicitar la identificación aeroportuaria del trabajador en cualquier momento. Control de seguridad: Es un punto dotado de recursos humanos y técnicos destinado a evitar que se introduzcan artículos prohibidos que pudieran utilizarse para cometer actos ilícitos. Los trabajadores del Aeropuerto cuyas oficinas o puesto de trabajo se encuentren en zona restringida, además del control de accesos deberán pasar un control de seguridad y permitir que se registren todas sus pertenencias. Hay una lista de objetos prohibidos con los que no está permitido acceder a la Zona Restringida de Seguridad y que todos los trabajadores deben conocer y abstenerse de llevarlos encima cuando deban acceder a la mencionada zona. Los controles son realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Guardia Civil) y por vigilantes de seguridad privadas que actúan de apoyo a las citadas FFCCSE. Todas las zonas accesibles al público están vigiladas mediante circuito cerrado de televisión y patrullas periódicas de vigilancia. Carmen Cordero Amores 32
  • 33. Las áreas de facturación y de reservas en los aeropuertos también están controladas para evitar actos delictivos a las personas o sus pertenencias. También están sujetas a vigilancia las zonas públicas cercanas a las zonas de movimiento de las aeronaves, las zonas de estacionamiento de vehículos, tanto de pasajeros como de empleados, los viales de las terminales y las vías públicas de accesos, las instalaciones de alquiler de vehículos, las zonas de estacionamiento de taxis y de transporte público. Más de seis mil cámaras vigilan y graban todo lo que ocurre en nuestros terminales mediante un sistema de circuito cerrado de televisión y un equipo de vigilancia continua. Según el Programa Nacional de Seguridad: “Se controlará a todo el personal, incluidas tripulaciones, así como los objetos que lleven consigo, antes de autorizar su acceso a las zonas restringidas para asegurar que no se introducen artículos prohibidos en dicha zona” Todos los vehículos que pasen a la zona restringida de seguridad deberán someterse también a inspecciones tanto del vehículo como de los ocupantes y mercancías que transporten. Los vehículos deberán llevar bien visible la autorización de seguridad con el color y características que corresponda a las labores que deba realizar. Carmen Cordero Amores 33
  • 34. Equipos Utilizados en los Controles de Seguridad: Hay una gran variedad de equipos de detección que ayudan a descubrir cualquier objeto prohibido en los controles de seguridad, para inspeccionar tanto a las personas como sus equipajes y objetos personales. Los más comunes son: Rayos X para el equipaje de mano Arco detector de metales y detector manual para las personas. Detector de trazas de explosivos “Body Scanner” Carmen Cordero Amores 34
  • 35. Para acceder a zonas restringidas y críticas se deben pasar controles de acceso y seguridad. Sólo están exentas de inspección las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que presten servicio en el aeropuerto o estén en comisión de servicio debidamente acreditada. Todos los trabajadores del aeropuerto, indistintamente del puesto que ocupen y de la tarea que realicen, deben someterse a los controles reglamentarios y colaborar con los responsables de la seguridad aeroportuaria. Carmen Cordero Amores 35
  • 36. Capítulo 8.-OBJETOS PROHIBIDOS - HERRRAMIENTAS Los atentados terroristas de Nueva York, Madrid y Londres han dado un vuelco a la seguridad en todos los medios de transporte. Muchos objetos, de apariencia inofensiva o que tradicionalmente se han llevado consigo sin problemas, hoy en día constituyen una amenaza potencial y debemos acostumbrarnos a no llevarlos encima cuando transitemos por el aeropuerto. Reglamento 185/2010 Publicó una lista exhaustiva de todos los objetos que se consideran prohibidos y que no deben nunca introducirse en las zonas restringidas de seguridad ni llevar a bordo de un avión. Los pasajeros que vayan a acceder a un avión ya conocen o deben conocer, que serán despojados de cualquier objeto que suponga una amenaza potencial. Los trabajadores de un aeropuerto deben concienciarse de que aunque ellos no vayan a tomar un avión, su actividad les exige el paso continuo a la zona restringida y deben someterse a los mismos controles que los pasajeros aunque les suponga molestias. La lista de objetos prohibidos podemos clasificarla en: En Cabina de pasajeros: Armas de fuego de cualquier tipo, así como las réplicas e imitaciones que puedan usarse para causar heridas graves mediante descarga de proyectil o que parezca que puede hacerlo además de:  Dispositivos para aturdir.  Objetos de punta afilada o cortante  Herramientas de trabajo  Instrumentos contundentes  Sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios  Líquidos, geles y sustancias de consistencia similar Carmen Cordero Amores 36
  • 37. En Bodega: Sustancias y dispositivos explosivos e incendiarios como:  Municiones, fulminantes detonadores y espoletas  Minas, granadas y otras cargas explosivas de uso militar  Fuegos de artificio y otros artículos de pirotecnia  Botes de humo y cartuchos generadores de humo  Dinamita, pólvora y explosivos plásticos. Carmen Cordero Amores 37
  • 38. Herramientas Este apartado merece un tratamiento especial ya que son muchos los trabajadores de un aeropuerto que realizan sus tareas en zonas públicas, controladas o restringidas y críticas de seguridad con herramientas que pueden considerarse objetos peligrosos y deben pasar los mismos controles que los pasajeros y el resto de los trabajadores y empleados. Muchas herramientas son susceptibles de ser utilizadas como objetos contundentes y como armas mortales Carmen Cordero Amores 38
  • 39. Los trabajadores que deben acceder a las Zonas Restringidas de Seguridad portando herramientas para realizar algún cometido relacionado con su actividad laboral, en especial los trabajadores destinados a mantenimiento de las instalaciones deben obtener un permiso especial. Para estos trabajadores, y previa justificación de sus cometidos, la Oficina de Seguridad del Aeropuerto emitirá Tarjetas Personales de Identificación Aeroportuaria con una letra H de color rojo que indicará claramente su condición de trabajadores autorizados a portar herramientas. Hay un folleto informativo sobre los artículos prohibidos disponible en todos los mostradores de información del aeropuerto. Carmen Cordero Amores 39
  • 40. Capítulo 9. COLABORACIÓN CON EL AEROPUERTO Todos somos responsables de la Seguridad Un comportamiento responsable en materia de seguridad supone conocer las normas que debemos respetar en el desarrollo de nuestro trabajo e informar de inmediato a nuestros superiores o a los responsables de seguridad de las situaciones extrañas que observemos en el entorno del aeropuerto. En el Aeropuerto de Madrid-Barajas la seguridad aeroportuaria está garantizada por varios centenares de efectivos de la Guardia Civil, de la Policía Nacional y de las empresas de seguridad privada contratadas por Aena más los últimos avances tecnológicos en materia de detección y vigilancia, pero, sobre todo, debe estar garantizada por la actitud respetuosa hacia las normas de las decenas de miles de trabajadores que cada día contribuyen a que, anualmente, millones de personas realicen sus viajes de negocios, personales o de vacaciones con total normalidad. Debemos concienciarnos de que las normas de seguridad nos protegen a todos y por lo tanto, todos, sin excepción, somos responsables de ellas y como trabajadores del Aeropuerto debemos ser los primeros en cumplirlas y dar ejemplo. Todos nos hemos preguntado alguna vez como debemos actuar en caso de que se produzca algún tipo de ataque en nuestro lugar de trabajo. A continuación vamos a aprender algo sobre la tipología más frecuente de incidentes contra la seguridad en los aeropuertos. Carmen Cordero Amores 40
  • 41. Debemos recordar que todos podemos ser utilizados como agresores para introducir algún objeto o sustancia peligrosa dentro de las instalaciones del aeropuerto, sin que seamos conscientes o bajo amenaza, por ello nadie debe estar exento de pasar los controles de seguridad apropiados. Llevar un uniforme o una tarjeta de identificación no es suficiente garantía. Madrid/Barajas se ha convertido en uno de los aeropuertos más grandes e importantes del mundo. Cuatro terminales, un edificio satélite, cuatro torres de control, más de cuarenta kilómetros de longitud de carretera perimetral, casi un millón de metros cuadrados de edificaciones y terminales y los millones de personas que transitan por él todos los meses complican, en gran manera, mantenerlo como un entorno seguro , por ello no se escatiman esfuerzos ni medios para que se puedan llevar a cabo con total seguridad todos los procesos que intervienen en el transporte aéreo y salvaguardar la integridad de todos los pasajeros, trabajadores y tripulaciones. Dada la magnitud y complejidad de nuestras instalaciones, y a pesar de que disponemos de uno de los Centros de Gestión Aeroportuaria más modernos del mundo, donde la seguridad tiene un papel preponderante con cientos de pantallas de vigilancia permanente, la mejor ayuda que puede tener la Seguridad Aeroportuaria es la colaboración de todos. Debemos mantener los ojos bien abiertos con todo lo que ocurre a nuestro alrededor y notificar al personal de seguridad cualquier circunstancia que nos llame la atención y que pueda implicar algún tipo de peligro para las personas, las aeronaves o las instalaciones. ¡¡¡No olvides avisar al 36524 si ves algo sospechoso!!! Carmen Cordero Amores 41
  • 42. Actuación en caso de llamada de aviso de bomba Es de sentido común que los procedimientos de seguridad de un aeropuerto, como los de cualquier empresa, fábrica o instalación, no se hagan públicos para salvaguardar la información. En nuestro caso, solo los responsables de seguridad tienen acceso a todas las normas, procedimientos y estrategias, pero hay algunas cosas que debemos conocer todos los que trabajamos en el aeropuerto para poder colaborar con los responsables en salvaguardar la seguridad aeroportuaria. Una de las incidencias contra la seguridad más frecuentes en un aeropuerto son los avisos de amenazas de bombas o atentados. Generalmente estos avisos se reciben por teléfono, a continuación os enumeramos una serie de consejos que ayudarán mucho a los responsables de seguridad para evaluar y calibrar el alcance de la amenaza. Es muy importante tratar de conseguir la mayor información posible sobre: - Hora programada de la explosión - El origen de la llamada: Si se realiza desde un lugar público o privado según el ruido ambiental y si es una calle, una estación, ruido de fondo etc. - La identidad de la persona que llama: Si es hombre, mujer, joven, un niño etc. - El idioma que habla: Si es español o extranjero, si tiene algún acento regional o de algún idioma que podamos identificar etc... -Características de la voz: Si es suave o fuerte, clara o ronca, vulgar o educada etc.. - Maneras: Si suena coherente o incoherente, si está irritado, y parece un bromista, si es correcto etc... -Anotar la información obtenida: Es muy importante retener las palabras lo más exactas posibles para transmitir luego esa información a los responsables de seguridad. A veces el más pequeño detalle contiene una información muy valiosa. -Otras características: si conoce el aeropuerto, los aviones etc. Carmen Cordero Amores 42
  • 43. En el caso de recibirse una amenaza telefónica de colocación de un explosivo, es muy importante que la persona que reciba dicho aviso trate de obtener respuestas a las siguientes preguntas: - ¿A qué hora se producirá la explosión? - ¿Dónde ha sido colocada la bomba? - ¿Qué tipo de artefacto es? - ¿Qué aspecto tiene? - ¿Por qué puso la bomba? Si la amenaza se realiza personalmente, supuesto bastante improbable, es imprescindible prestar atención a los siguientes detalles: - Sexo, edad, estatura, peso, complexión - Raza, color de la piel, de los ojos, del cabello. - Indumentaria. - Detalles como tics, cojera, o cualquier otra peculiaridad en su aspecto o en su comportamiento. - Si se aleja en un vehículo, no debemos olvidar tomar nota de todos los detalles que podamos del vehículo que puedan facilitar su localización e identificación. Actuación en caso de amenaza. Es fundamental: 1.- Mantener la calma 2.- Intentar obtener la mayor información posible. 3.- Memorizar la información. 4.- Prestar atención a cualquier otro dato. 5.- Informar al superior. Toda la información que se pueda aportar cuando exista una amenaza, sea del tipo que sea, será fundamental para su evaluación posterior. Teléfono 36524 Carmen Cordero Amores 43
  • 44. Actuación en caso de objeto sospechoso en tierra. Si detectamos algún paquete, bulto, o equipaje abandonado que nos parezca sospechoso, debemos actuar como sigue: - No tocar, manipular o mover el objeto. - No echarle agua ni otra sustancia encima. - Informar enseguida de su existencia a los responsables de seguridad. - Alejarse de sus inmediaciones - No utilizar cerca de él un equipo radiotransmisor o cualquier cosa que pueda producir vibraciones. -Evacuar a la gente del área Nunca se debe infravalorar una amenaza aunque en la mayoría de los casos, afortunadamente, se trate de falsas amenazas dirigidas a crear confusión, caos o una broma pesada. Aunque se trate de una broma, una amenaza es siempre un delito y está penado por la ley, por ello deben ser los responsables y los profesionales de la seguridad los que finalmente evalúen la amenaza y dictaminen las posibles respuestas a la misma. Nuestro objetivo es evitar esto: 29 diciembre 2006. Explosión con coche bomba en el módulo 4 del parking de la T4. Carmen Cordero Amores 44
  • 45. De todos nosotros se espera: Un comportamiento responsable Respeto por el entorno Conocer las Normas Colaborar Informar Carmen Cordero Amores 45