1. Abogado Alexander Coral Ramos Líder de Investigación Legal Licencia de Maternidad Aunque NO cotice 9 meses, la EPS debe pagarla
2. Licencia de Maternidad Es esa compensación económica que recibe la trabajadora-cotizante durante los días de su descanso tras el parto. Corresponde a 84 días calendario. El valor es igual al del último salario base de cotización al sistema de seguridad social.
3. ¿Cuánto tiempo debe haber cotizado la madre-trabajadora para que le paguen la Licencia de Maternidad? Decreto 047 de 2000, artículo 3: “… 2. Licencias por maternidad. Para acceder a las prestaciones económicas de la licencia de maternidad la trabajadora deberá, en calidad de afiliada cotizante, haber cotizado ininterrumpidamente al sistema durante todo su período de gestación en curso…”
4. La Corte Constitucional ordenó el pago según 2 reglas: 1. Cuando a la madre le faltaron 2 periodos o menos por cotizar durante su etapa de embarazo, la EPS debe pagar completa la Licencia de Maternidad. 2. Si la madre dejó de cotizar más 2 de dos periodos, el pago de la Licencia se hará proporcional al tiempo cotizado durante todo el tiempo de embarazo.