3. CONCEPTOS PRELIMINARES EL PROCESO DE CONTRATACION DEL ESTADO / PROCESO PRESUPUESTARIO ESPECIALIDAD DE LA NORMA EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION ACTO ADMINISTRATIVO ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADES PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES
4. EL PROCESO DE CONTRATACION Y SU RELACION CON EL DERECHO PRESUPUESTAL º NATURALEZA DEL PROCESO º NATURALEZA DEL PROCESO DE ADQUISICION O CONTRATACION º PORQUE ESTAMOS ANTE UN PROCESO “SISTEMATIZADO” º PORQUE ESTAMOS ANTE UN PROCESO ORDENADO º PORQUE ESTAMOS ANTE UN PROCESO PRECLUSIVO º PROCESO PRESUPUESTARIO SU RELACION CON EL PROCESO DE ADQUISICION O CONTRATACION
5. LA ESPECIALIDAD DE LA NORMA Ley Art. 5º “ El presente Decreto Legislativo y su Reglamento prevalecen sobre las normas de derecho público y sobre aquellas de derecho privado que le sean aplicables “ En lo no previsto por la Ley General y las leyes relativas a la materia presupuestal se aplican, supletoriamente, los Principios del Derecho Administrativo y las disposiciones reguladas por otras leyes que incidan en la materia, siempre que no sean incompatibles con su naturaleza” (Ley Nº 28563)
6. ESTRUCTURA DE RESPONSABILIDADES Art. 6º Cada Entidad Establecerá El Órgano u Órganos responsables de PROGRAMAR, PREPARAR, EJECUTAR Y SUPERVISAR LOS PROCESOS DE CONTRATACION hasta su culminación Señalando en sus ROFs u otros instrumentos de ORGANIZACIÓN las ACTIVIDADES que competen a cada FUNCIONARIO CON LA FINALIDAD De establecer las Responsabilidades que le son Inherentes
7. ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD Interviene en alguna de las Fases de Contratación Profesionales y /o Técnicos Capacitación Técnica en Contrataciones Públicas o Gestión Logística con no menor de 80 horas lectivas Experiencia laboral en general, no menor de tres (3) años Experiencia Laboral en materia de Contrataciones Públicas o logística privada, no menor de un (1) año
15. Determinación de Necesidades Utilizando el Catalogo Único de Bienes, Servicios y Obras Rglto. Art. 6° CUADRO DE NECESIDADES DECISIÓN DE CONTRATAR DE LA ENTIDAD Señalando la Programación De Acuerdo a sus Prioridades REMITE A LA ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD METAS DEPENDENCIAS DE LA ENTIDAD DETERMINA SUS NECESIDADES PROGRAMACION FORMULACION
16. EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES CONSOLIDA VALORIZA INCLUYE EN PLAN ANUAL APROBADO DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL EL PLAN ANUAL ES REVISADO EVALUADO Y ACTUALIZADO CON SUJECION A LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL PI
19. EN ADICIÒN A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 13º DE LA LEY, SERAN OBLIGATORIOS ; Los requisitos técnicos establecidos en reglamentos sectoriales dentro del ámbito de su aplicación Siempre y cuando cuenten con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas de acuerdo a lo dispuesto por los DDLL 25629 y 25909 Las Normas Técnicas de INDECOPI podrán ser tomadas en cuenta para la definición de los bienes, servicios u obras.
26. ESTUDIOS DE LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO Rglto. Art. 12º Sobre la Base de Características Técnicas definidas por el área usuaria, el OECE tiene la obligación de evaluar las posibilidades que ofrece de el mercado para determinar lo siguiente : VALOR REFERENCIAL EXISTENCIA DE PLURALIDAD DE MARCAS y/o POSTORES POSIBILIDAD DE DISTRIBUIR LA BUENA PRO PERTINENCIA DDE REALIZAR AJUSTES A LAS CARACTERISTICAS Y/O CONDICIONES DE LOS QUE SE VA CONTRATAR OTROS ASPECTOS
31. EVALUACION DEL PLAN ANUAL La Ejecución del Plan Anual se evaluará semestralmente Se adoptaran medidas correctivas pertinentes para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional Disponer deslinde de responsabilidades respectivas Discrecionalmente puede evaluarse periódicamente la ejecución del Plan Anual
34. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION Información referida a las Características Técnicas Estudios de las Posibilidades que Ofrece el Mercado Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal , Rglto Art. 18` Tipo de Proceso Modalidad de Selección Sistema de Contratación Modalidad de Contratación Fórmula de Reajuste en su caso CONTRATACIONES RELACIONADAS CON PROYECTOS DE INVERSION Deben contar con declaración de Viabilidad Deben tomarse las Previsiones para que se respeten los parámetros de la Declaratoria de Viabilidad, incluyendo * Costos * Diseños * Factores que pudieran afectar la viabilidad . Expediente Técnico en Obras * Declaratoria de Viabilidad cuando correspondan * EN CONCURSO OFERTA NO SE REQUIERE EXPEDIENTE TECNICO debiéndose anexar el estudio de preinversión y el Informe Técnico que sustento la declaratoria de viabilidad
35. CICLO DE UN PROYECTO DE INVERSION PREINVERSION INVERSION POST INVERSION Perfil Pre factibilidad Factibilidad Estudio definitivo del Exp. Técnico Operación y Mantenimiento Ejecuci ón Evaluación Ex post Retroalimentación * * LA DECLARATORIA DE VIABILIDAD ES UN REQUISITO OBLIGATORIO PARA PASAR DE LA FASE PREINVERSION A LA DE INVERSION S/ 6´000,000 De 6´ a 10´000,000
36. CERTI FICACION DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Rglto. Art. 18º DETERMINADO EL VALOR REFERENCIAL Se solicita a la Oficina de Presupuesto la Certificación de Disponibilidad Presupuestal La Certificación garantiza que se cuenta con Crédito Presupuestario suficiente para comprometer el gasto SOLICITUD DE CERTIFICACION Debe señalarse el periodo de la contratación programada CONTENIDO DE LA CERTIFICACION Disponibilidad Presupuestal y Fuente de Financiamiento Si el plazo de ejecución contractual se inicia al año siguiente o abarca otro ejercicio deberá certificar que el gasto a ser efectuado será considerado en las programaciones del PI del año siguiente Para la Certificación deberá utilizarse la Cadena Funcional Programática
37. NATURALEZA JURIDICA DE LA CERTIFICACION Ley Nº 28411 Art. 77º LA REALIZACION DE LA ETAPA DEL COMPROMISO Será precedida por la emisión del documento que lo autorice. La Autorización del Registro del Compromiso debe estar acompañada de la Certificación emitida por la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, sobre la existencia del Crédito Presupuestario suficiente, orientado a la atención del gasto en el AF respectivo. Cuando el gasto compromete años subsiguientes el Pliego debe efectuar la programación presupuestaria correspondiente en los años fiscales respectivos. Es responsabilidad de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, la previsión de los Créditos Presupuestarios para la atención de tales obligaciones.
38. EL COMPROMISO Es el acto mediante el cual se acuerda, luego del cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable, afectando total o parcialmente los créditos presupuestarios, en el marco de los Presupuestos aprobados y las modificaciones presupuestarias realizadas CREDITO PRESUPUESTARIO Es la dotación consignada en el Presupuesto del Sector Publico, así como sus modificaciones, con el objeto de que las entidades puedan ejecutar el gasto
41. COMITÉ ESPECIAL LICITACIONES PUBLICAS CONCURSOS PUBLICOS COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS ADJUDICACIONES DIRECTAS SELECTIVAS ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES COMITÉ ESP. PERMANENTE COMITÉ ESP. AD HOC Tiene a cargo las AMC Cuando el Titular de la Entidad lo designa tienen a su cargo las AMC En su conformación solo se exige que uno de sus integrantes sea del OECE
42. NOTIFICACION DE LA DESIGNACION PERSONALMENTE A todos los Titulares y Suplentes NOTIFICACION AL PRESIDENTE Se apareja a su designación el Expediente de Contratación y toda la información técnica y económica para el cumplimiento del encargo
43. INSTALACION DEL COMITÉ ESPECIAL APOYO El Presidente al día siguiente hábil convoca a los demás miembros para la INSTALACION Elabora las Bases y las eleva para su aprobación CONVOCATORIA Aprobada las Bases dispone la convocatoria del Proceso de Selección
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47. Por caso Fortuito o Fuerza Mayor . Por cese en el servicio . Declarados mediante documentos debidamente motivados . En el mismo documento se podrá designar al nuevo integrante. REMOCIÓN Y RENUNCIA Rglto. Art. 34° Límite de edad. Pérdida de nacionalidad. Incapacidad permanente física y mental. Ineficiencia o ineptitud comprobada . 1) 2)
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50. INTERVENCION DE LOS SUPLENTES Art. 33º EN CASO DE AUSENCIA El suplente reemplaza, respetándose la conformación COMITÉ PERMANETE En este Comité solo se exige la presencia del OECE REINCORPORACION DEL TITULAR Solo como suplente previa autorización previa evaluación de su conducta funcional DETERMINACION DE RESPONSABILIDAD DEL AUSENTE La Entidad evalúa el motivo de la ausencia a efectos determinar responsabilidad y su incorporación como suplente
53. Topes (*) para cada Proceso de Contrataciones Año Fiscal 2009 y en Nuevos Soles PROCESOS DE SELECCIÓN BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PÚBLICA >= 369,200 >= 1,207,000 104 UIT 340 UIT CONCURSO PÚBLICO >= 213,000 60 UIT ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA < a 369,2000 > a 184,600 < de 213,000 > de 106,500 < de 1,207,000 > a 603,500 SELECTIVA < = de 184,600 >= de 36,920 < = de 106,500 > = de 21,300 < = de 603,500 > = de 120,700 MENOR CUANTÍA < de 36,920 > de 10,650 (**) < de 21,300 > de 10,650 (**) < de 21,300 > de 10,650 (**) (*) Artículo 14º de la Ley N° 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2009. (**) Decreto Supremo Nº 169-2008-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25.12.2008
54. PROHIBICIÓN DE FRACCIONAMIENTO Ley Art. 18°, Rglto Art 36° FRACCIONAMIENTO NO DEBE DIVIDIRSE LA CONTRATACION con el OBJETO DE MODIFICAR (Rglto. Cambio) EL TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN QUE CORRESPONDA . Cuando luego de haberse llevado a cabo la contratación de parte de las necesidades falta de disponibilidad presupuestal, se cuenta con mayores créditos presupuestarios no previstos debido a modificaciones presupuestales . No constituye Fraccionamiento cuando Con posterioridad a la aprobación del Plan Anual surja una necesidad extraordinaria e imprevisible adicional a la programada, la cual deberá ser atendida en su integridad a través de una contratación, salvo que respecto de la contratación programada aún no se haya aprobado el Expediente de Contratacion. Se requiera propiciar la participación de las MYPES en sectores donde exista oferta competitiva, Adq. O Contr. Directa a través del Catalogo del Convenio Marco La Contrataci òn de B y S de carácter permanente, cuya provisión se requiera de manera continua o periódica se realizará por periodos no menores a un (1) Año Se contrate con el mismo proveedor como consecuencia de procesos de selección con objetos contractuales distintos o en el caso que concurran procesos de selección con contratos complementarios, exoneraciones o con proceso bajo regimenes especiales
55. PRONUNCIAMIENTO N º 7 – 2004 GTN FRACCIONAMIENTO La prohibición de fraccionamiento se refiere a contrataciones que han sido programadas en su debida oportunidad en el Plan Anual de la Entidad ; en ese sentido si la Entidad ha programado en el presente ejercicio, contrataciones que por su naturaleza o por otras razones no revisten el carácter de ser programables, éstas no pueden ser realizadas al margen de lo establecido en su PAAC, sin perjuicio que la Entidad evalúe la posibilidad de realizar las modificaciones correspondientes al PAAC en función de las necesidades reales que se presenten, para proceder a contratar en el momento que se presente la necesidad y siguiendo el procedimiento que corresponde a la naturaleza del requerimiento y al monto que represente “… SE CONFIGURARA CUANDO LA ENTIDAD, TENIENDO LA POSIBILIDAD DE PREVER SUS NECESIDADES Y, EN CONSECUENCIA, PROGRAMARLAS, DETERMINA EN FORMA DELIBERADA LA REALIZACION DE VARIOS PROCESOS MENORES EN LUGAR DE UNO MAYOR”. OPINION Nº 027-2007/GTN
59. LAS ENTIDADES CONTRATARAN PREFERENTEMENTE POR PAQUETES Art. 19º La elaboración de los *Estudios de Preinversiòn de perfil , prefactibilidad y factibilidad , según corresponda , así como la elaboración del expediente técnico y/o estudio definitivo . En cuyo caso debe preverse en los Términos de Referencia que los resultados de cada nivel de estudio sean considerados en los niveles siguientes. AREA USUARIA Y EL OECE Para la contratación de Estudios de Preinversión y Elaboración de Expediente Técnico y/o Estudio definitivo, SUSTENTARÁ la convocatoria de los procesos de selección cuando tenga que realizarse por paquete, o en forma separada.
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61. INICIO Y CULMINACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Rglto Art.22° Culmina Suscripción del Contrato o perfeccionamiento . Cancelación Ley Art. 34° - Rglto 22° Se deja sin efecto otorgamiento de la Buena Pro por causa imputable a la Entidad . Con la convocatoria Art. 22 Art. 137º Se inicia No se suscriba el contrato
68. SUMA ALZADA Y PRECIOS UNITARIOS MIXTO Al que podrán optar las Entidades (se elimina excepcionalmente) si en el Expediente Técnico uno o varios componentes técnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisión, los que podrán ser contratados cuyas cantidades y magnitudes estén totalmente definidas en el Expediente Técnico, serán contratados bajo el sistema alzada.
72. CONTENIDO Y REQUISITOS DE LA PROMESA FORMAL DE CONSORCIO Integrantes Representante común para el PS; Suscripción y ejecución contractual Domicilio Común Porcentaje de Participación Las Bases pueden establecer las Obligaciones de cada uno La Promesa establecerá las obligaciones si las bases no lo establecen; si no se consigna se presumirá que todos ejecutan el objeto de convocatoria Todos cumplirán los requisitos establecidos por las Bases
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75. NULIDAD DEL CONTRATO Ley Art. 56º Por haberse suscrito en contravención c on el Art. 10º de la Ley Cuando se verifique la trasgresión del principio de presunción de veracidad durante el proceso de selección o para la suscrición del contrato Cuando se haya suscrito el contrato no obstante encontrarse en trámite un recurso de apelación Cuando no se haya utilizado el proceso de selección correspondiente CONTROVERSIA ENTIDAD Cursa Carta Notarial adjuntando copia fedateada del documento que declara la nulidad CONTRATISTA Dentro de 15 días hábiles podrá someter a controversia
80. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Rglto. Art. 61° Las características técnicas Normas reglamentarias Cualquier otro requerimiento establecido como tal en las Bases En las disposiciones legales que regulan el objeto materia de Adquisición o Contratación y PARA QUE UNA PROPUESTA SEA ADMITIDA En Obras El plazo será el indicado en el Expediente Técnico Constituye un requerimiento técnico de obligatorio cumplimiento Deberá incluir, cumplir y en su caso, acreditar La documentación de presentación obligatoria y Los Requerimientos T técnicos Mínimos
81. FACTORES DE EVALUACION SE DEBE PRECISAR Los Criterios para aplicarlos Los Puntajes La forma de asignación Documentación sustentatoria DEBEN SER Objetivos y Congruentes Con el objeto de convocatoria DEBEN SUJETARSE A CRITERIOS DE Racionalidad y Proporcionalidad
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83. Debe establecerse el puntaje mínimo que se debe alcanzar para acceder a la evaluación de la PROPUESTA ECONÓMICA El factor de evaluación será El Monto total de la oferta El monto total de cada Item, paquete o lote En su caso y Paquete : Conjunto de bienes o servicios de una misma o distinta clase Lote : Conjunto de bienes del mismo tipo
90. BUENA PRO A PROPUESTAS SUPERIORES AL VALOR REFERENCIAL APLICACIÓN DEL ART. 33º DE LA LEY Se deberá contar con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad REDUCCION DE LA OFERTA El postor que hubiera obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual al VR
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93. DECLARACION DE DESIERTO Cuando no quede ninguna Propuesta Válida “ Solo se consideraran válidas las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases” Desierto Parcialmente Cuando no quede válida ninguna oferta en alguno de los items identificados particularmente Informe al Titular de la Entidad El Comité Especial o el OECE deberá emitir informe al Titular de la Entidad o al Funcionario a quien haya delegado la facultad de aprobación del Expediente de Contratación (1) en el que se justifique y evalúe las causas que no permitieron la conclusión del proceso LP; CP; AADD DECLARADAS DESIERTAS Se convoca a una AMC SUBASTA INVERSA : Se requerirá la existencia de 2 ofertas válidas como mínimo, caso contrario se declarará desierto; la siguiente continua convocándose bajo dicha modalidad. Si se excluye la Ficha Técnica, se saca AMC
95. CONTRATACION ENTRE ENTIDADES DEL ESTADO NO ES APLICABLE CON Cuando actúe como proveedor una empresa del Estado organizada bajo la forma que establezca la legislación vigente Ya sea de propiedad del Gobierno Central, Regional o Local, o Entidades del Estado que realizan actividades empresariales de manera habitual en el rubro de la contratación
97. SITUACIÓN DE EMERGENCIA Ley Art. 23 – Rglto: Art. 128° Cuando la Entidad tiene que contratar de manera inmediata A causa de: Necesidad que afecte la Defensa Nacional Situaciones que supongan grave peligro Acontecimientos Catastróficos DEBE ADQUIRIR O CONTRATAR 1 En forma inmediata Los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes Para prevenir y Atender Desastres Lo Estrictamente necesario Después de lo cual debe convocarse a Proceso de Selección que corresponda Si no se saca a P.S en un Informe Técnico-Legal se sustentará la Adquisición o Contratación Definitiva. 3 2 4 5 6
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100. LA SITUACION DE DESABASTECIMIENTO FACULTA A ADQUIRIR O CONTRATAR Ley Art. 22º Bienes, Servicios u Obras Solo por el Tiempo o Cantidad Necesario para Resolver la Situación Y llevar a cabo el Proceso de Selección Informe Técnico Legal previo que sustenta la exoneración deber’a fundamentar la razon de la contratacion definitiva
101. RESPONSABILIDAD Desabastecimiento Agravante Si la situación fue Generada por La Aprobación no constituye Dolo Liberación Exención Dispensa De funcionarios que originaron la causal Culpa Inexcusable ó
102. PROVEEDOR UNICO DE BIENES O SERVICIOS QUE NO ADMITEN SUSTITUTOS REQUISITOS BIENES O SERVICIOS SUSTITUTOS A LOS REQUERIDOS POR EL AREA USUARIA SIEMPRE QUE EXISTA UN SOLO PROVEEDOR EN EL MERCADO NACIONAL, También se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos de propiedad intelectual se haya establecido exclusividad del proveedor. Rglto. Art. 131º
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104. INFORME TECNICO LEGAL LA RESOLUCION O ACUERDO QUE APRUEBE LA EXONERACION DEL PROCESO DE SELECCIÓN REQUIERE OBLIGATORIAMENTE DE UNO (1) O MAS INFORMES PREVIOS, QUE CONTENGAN LA JUSTIFICACION TECNICA Y LEGAL DE LA PROCEDENCIA Y NECESIDAD DE LA EXONERACION. EN EL CASO DE LAS EMPRESAS PUBLICAS, LA APROBACION DE LAS EXONERACIONES LE CORRESPONDE AL DIRECTORIO
108. USO DE LA MODALIDAD DE SUBASTA INVERSA Es obligatoria si se encuentra el bien o servicio en el Listado de Bienes y Servicios Comunes; a partir de los 30 días de publicada la Ficha Técnica Si los bienes o servicios se encuentran en el Catalogo de Convenios Marco debe emplearse utilizando esta modalidad CONVOCACION A PROCESO TRADICIONAL Si existen condiciones mas ventajosas que sean objetivas, demostrables y sustanciales para la Entidad Se obtiene autorización del OSCE ante de efectuar la contratación AMC Si por su monto la contratación debería ser AMC, podrá llevarse a cabo AMC electrónica SUBASTA DESIERTA Se convoca a Subasta nuevamente; SALVO que se excluya la FT se saca a AMC
109. ETAPAS DE LA SUBASTA INVERSA PRESENCIAL LA CONVOCATORIA REGISTRO DE PARTICIPANTES ACTO PUBLICO DE PRESENTACION DE PROPUESTAS; PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
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111. RECURSO DE APELACION Intención de Impugnar Otorgada la BP del proceso o del Item, el postor que desee debe dejar constancia en el acta de su intención de impugnar Apelación contra actos dentro del Acto Publico de presentación de propuestas, puja y BP * Se interpone dentro de los 8 días hábiles siguientes de dicho acto publico en LP y CP. * En AADD dentro de los 5 días. El Plazo en Relación de Items Los plazos se computan después de la BP de la totalidad de ítems
119. ASPECTOS RELEVANTES RELATIVOS A LOS RECURSOS DE APELACION PRECLUSIVIDAD DE LAS ETAPAS DEL PS : Las etapas del proceso de selección son preclusivas, de manera que el postor cuya propuesta técnica ha sido desestimada, únicamente se encuentra legitimado para cuestionar su propia descalificación y no así las actuaciones posteriores en las que no participó tales como la evaluación y calificación de propuestas o el otorgamiento de la Buena Pro.
120. ACTOS NO IMPUGNABLES Las Actuaciones y actos preparatorios de la Entidad convocante, destinadas a organizar la realización de procesos de selección Las Bases del proceso de selección y/o su Integración Las Actuaciones materiales relativas a la programación de los procesos de selección en el SEACE y las referidas a la inscripción de participantes Los Actos que aprueban la exoneración del Proceso de Selección SANCIONES. De acuerdo con el Articulo 237º del Reglamento de la Ley se impondrá sanción administrativa a los proveedores, participantes, postores y/o contratista que: “ j ) Interpongan recursos impugnativos contra los actos inimpugnables establecidos en el Reglamento ”
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122. EFECTOS DE LA INTERPOSICION DEL RECURSO DE APELACION Art. 118 Suspende el Proceso de Selección Según Relación de Ítems Afectará únicamente al Ítem impugnado Informe al SEACE El Tribunal como la Entidad deben informar en la ficha del proceso de selección obrante en el SEACE la apelación, el mismo día de su interposición
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124. TRAMITE DE ADMISIBILIDAD UNIDAD DE TRAMITE DOCUMENTARIO DE LA ENTIDAD MESA DE PARTES DEL TRIBUNAL Realizan el análisis de la conformidad de los requisitos de admisibilidad del recurso RECHAZO DEL RECURSO DE APELACION Será rechazado de plano sin mas tramite por la Unidad de Tramite o Mesa de Partes del Tribunal los recursos de apelación presentados antes del otorgamiento de la Buena Pro; con la simple verificación en el SEACE la fecha programada para la BP RECHAZO DEL RECURSO DE APELACION Se rechaza de plano sin mas tramite si se omite la firma del impugnante. En consorcios basta la firma del representante común señalado en la promesa formal SUBSANACION Los demás requisitos deberán ser subsanados por el apelante dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles; caso contrario se tendrá por no presentado SUBSANACIONDEL PETITORIO después de admitido El Petitorio comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita; SI LA ENTIDAD advirtiera dentro de los 3 días hábiles de admitido el recurso , que el apelante omitió los requisitos del petitorio y no fue advertido por su Unidad de Tramite, deberá emplazarlo inmediatamente a fin que subsane en dos (2) días hábiles , sin que el mismo suspenda el plazo para la resolución del recurso; si no subsanase tiene por no presentado
132. CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS- PERU COMPRAS D.Leg. 1018 Personería Jurídica de Derecho Público AUTONOMIA Técnica Funcional Administrativa Económica y Financiera
137. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Art. 138º LICITACIONES, CONCURSOS Y AADD Con la suscripción del documento que lo contiene AMC Se perfecciona con la Recepción de la Orden de Compra o de Servicio AMC . EJECUCION Y CONSULTORIA DE OBRAS, Con la suscripción del documento que lo contiene En las O/C o de Servicios Debe figurar como condición que el contratista se obliga a cumplir las obligaciones, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar Según Relación de Items : Se podrá perfeccionar con la suscripción del documento que lo contiene o con la recepción de la O/C u O/S según el monto del VR de cada Ítems. SI UN MISMO POSTOR ES GANADOR DE VARIOS ITEMS: Podrá suscribir el contrato por todos los Items o por cada Item. La Entidad debe comunicar al SEACE. Debe registrarse en el SEACE en un plazo no mayor a 10 días hábiles
138.
139.
140. REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO Art. 141º Garantía ; Salvo excepciones Constancia de no estar inhabilitado para contratar. No se exige en AMC y Según Relación de Ítems cuando el monto del VR del Ítem o la sumatoria no supere la AMC) Contrato de Consorcio con firmas legalizadas No es exigible a las Entidades del Estado ; CON EXCEPCION DE LAS EMPRESAS DEL ESTADO QUE SI DEBERAN CUMPLIR LOS INDICADOS REQUISITOS Entrega de Ejemplar del contrato: En el acto de suscripción se entrega un ejemplar al contratista El contratista Presentara, además de los documentos previstos en las Bases EN EJECUCION DE OBRAS : Debe presentar, además , los documentos a que se refiere el Art. 183º (Constancia de capacidad de libre contratación; Residente; Calendario de Avance de Obra; Calendario de Adquisición de Materiales
141.
142. DOCUMENTO QUE LO CONTIENE SE AJUSTARA A LA PROFORMA INCLUIDA ENLAS BASES CON LAS MODIFICACIONES APROBADAS POR LA ENTIDAD EN EL PROCESO DE SELECCIÓN Ley Art. 35 Las Consultas Las Respuestas a las consultas se consideraran como parte integrante de las Bases ( Ley Art.28 ) y del contrato ( Rglto. Art. 54 ) Lo ofrecido por el Postor en su Propuesta Ley Art. 49 Por cualquier manifestaci ón formal documentada, que haya aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato Ley Art. 49 1 MOFICACION DEL CONTRATO DURANTE SU EJECUCION Se podrá incorporar otras modificaciones expresamente establecidas en el Reglamento (Rglto. Art. 143º)
143. Bases Integradas Bases Definitivas del Proceso de Selección cuyo texto contempla CONSULTAS Aclaraciones y/o precisiones producto de la absolución de consultas OBSERVACIONES Todas las modificaciones y/o correcciones derivadas de la absolución de observaciones y/o del Pronunciamiento del OSCE; 2