Este documento describe el acompañamiento psicosocial a víctimas en procesos jurídicos para la exigibilidad de derechos. Explica que este acompañamiento ocurre en contextos complejos donde persisten violaciones a derechos humanos e impunidad. Señala que el enfoque debe estar centrado en las víctimas como sujetos activos, no pasivos, y requiere un trabajo interdisciplinario. También identifica principios como un enfoque pedagógico y diferencial, así como estrategias para evitar la revictimización de las v
1. Acompañamiento psicosocial en
escenarios Jurídicos de exigibilidad
de derechos de las Víctimas
“…espero que se haga justicia, que se de con los
responsables de los hechos, que me entreguen los restos para
poder sepultarlo, y que se limpie su nombre…” (Testimonio
víctimas masacre de Mapiripán)
Ana María Ramírez López
Docente Psicología UNAD
2. Acompañamiento psicosocial en escenarios
Jurídicos
• Este acompañamiento se realiza
en un contexto complejo y
signado por la continuidad de
las graves violaciones a los
Derechos Humanos, las
reiteradas estrategias para
mantener en la impunidad estos
crímenes, y por la inestabilidad
de los escenarios jurídicos y
políticos adversos a las
iniciativas de las víctimas.
3. • Esta perspectiva comprende que la construcción se debe realizar
con las víctimas y sus organizaciones.
• Las víctimas no pueden ser objeto de los procesos jurídicos, sino
sujetos activos.
• En consecuencia, el trabajo interdisciplinario e intersectorial es
vital; es decir, en el centro del proceso deben estar las víctimas,
sus derechos y sus necesidades.
4. Principios guías en el
acompañamiento
psicojurídico*
• Un enfoque pedagógico en el trabajo con víctimas
• Adecuar lenguajes a contextos culturales y sociales
• Un enfoque diferencial
• Objetivos basados en el empoderamiento y en la construcción de actores sociales y políticos
• Caracterizar las poblaciones con las que se trabaja.
• Valorar los impactos psicosociales derivados del hecho violento y los derivados del proceso de exigibilidad,
y fortalecer los mecanismos de afrontamiento.
• Intervenir integralmente: integralidad dada por las necesidades de los grupos y no por las ofertas
institucionales
• El papel fundamental es mediar entre los intereses de las organizaciones jurídicas y las necesidades e
imaginarios de las víctimas.
• Incidir sobre las prácticas de quienes trabajan con las víctimas en los diferentes momentos de exigibilidad
• Contribuir al empoderamiento y dinamización de acciones de exigibilidad por parte de las víctimas:
motivar la participación y apropiación del proceso jurídico.
5.
6. Situaciones frecuentes de
revictimización
• A raíz de las labores de
denuncia y en defensa de los
derechos de las víctimas
(Verdad, Justicia, Reparación
Integral y No Repetición)
algunas organizaciones y
personas han sido objeto de
estigmatización,
criminalización y
revictimización.
• Valoraciones del daño
• Denuncias
• Confusiones frente al contexto
en el que se da una
conversación (jurídico/
psicosocial), en términos de
confidencialidad o
información publica
• Indiferencia social
• Manejo de las noticias en los
medios de comunicación
7. a) Una justicia excluyente
Dice un refrán popular que la justicia es para los de ruana. Señala que se
aplica justicia punitiva sólo a un sector de la población caracterizado por ser
pobre y sin educación.
b) Los procedimientos son revictimizantes
Los operadores jurídicos no cuentan con herramientas adecuadas para
trabajar con este tipo de víctimas ni con procedimientos que les permitan una
atención personalizada.
c) Nuevos escenarios, nuevas frustraciones
La denominada Justicia Transicional, que se ha implementado por la
desmovilización de grupos paramilitares, vuelve más sofisticada la exclusión
de que son objeto las víctimas en estos escenarios.
d) Expectativas y frustraciones
A pesar de este panorama, las víctimas centran sus esperanzas en los procesos
jurídicos, con expectativas que son susceptibles de generar muchas
frustraciones.
• Tomado de Corporación Avre
8. Vamos a decirlo
con otras palabras
• Algunos ejemplos:
1. Sugerir responsabilidad de las
víctimas en los hechos
2. Someterlos a preguntas
constates, incisivas y
repetitivas sobre los hechos
(interrogatorio)
3. Responsabilizar a las víctimas
por el resultado del proceso
4. Que el propio proceso de
exigibilidad perturbe
excesivamente la vida cotidiana
5. Se le niega información sobre
el propio proceso
9. Aun mas grave y preocupante …
La impunidad favorece y aumenta
la revicitmización
10. La impunidad silencia las violaciones de
Derechos Humanos
No hay una condena social
Los proceso jurídicos en muchos casos son
revictimizantes
ilustración de Garzón en El Espectador
11. Efectos psicosociales de la impunidad
Impunidad es olvido: se imponen las versiones
que desconocen la memoria de las víctimas, y
privilegian las de quienes detentan el poder.
La impunidad es la privatización del daño: la
experiencia que sufrió la victima o sobreviviente
no se conoce.
Silenciamiento de la voz de las víctimas
12. • Peor aún las consecuencias
de que una sociedad, en
conjunto e impulsada, por
la institucionalidad opte por
legitimar las rutas de la
impunidad en crímenes de
tortura
• No es un tema fácil de abordar,
• No está caracterizado;
• Estamos aún lejos de poder identificar los
riesgos
13. Algunas ideas para evitar o minimizar
el riesgo de revictimización
• Consentimiento y
conocimiento pleno de la
población victima sobre todo
lo que acarrea el proceso a
seguir.
• Por ejemplo una entrevista
puede ser nueva “visita” al
horror al revivir la experiencia
violenta.
• Se requiere por parte del
profesional de habilidades de
contención y apoyo emocional
y de claridad respecto a los
objetivos, la continuidad y
alcance de un proceso
• Establecer una relación
basada en la confianza y la
empatía. El profesional debe
mostrar un genuino interés
por la persona que tiene
delante, establecer vínculos
empáticos pues según Pérez
(2009)
14. • Características de los profesionales e idealmente de los
equipos interdisciplinarios
• Especializados en atención psicosocial a víctimas
• Realizar un proceso de atención integral.
• Se necesitan procesos de formación orientados a la atención de las
víctimas
• Articulación de recursos para mejorar sus condiciones de vida.
15. • Focalización de la conversación: ademas de conocer lo que las
pesonas han sufrido se pueden identificar también los recursos y
las capacidades con las que cuentan las personas, grupos o
comunidades. Recreando de manera complementaria a la
identidad de las víctimas, la identidad como sobrevivientes.
• Establecer una red de atención que permita remitir a las
personas víctimas para que sean atendidas en salud
16. La interacción con las Víctimas debe ser considerada ya como una
intervención y por ende debe contemplar todos los aspectos éticos y estéticos
necesarios para evitar la revictimización.
La no respuesta y la no atención puede profundizar el daño y someter a la
persona a cristalizar la identidad de victima por haber creado un marcador
narrativo y experiencial en las búsqueda de justicia centrada en el
sufrimiento.
Notas del editor
Victimización Primaria Es la derivada de haber padecido un delito, que cuando va acompañado de violencia o experiencia personal con el autor suele traer efectos que se mantienen en el tiempo y pueden ser físicos, psíquicos, económicos o de rechazo social. La víctima de un delito no solo ha de enfrentarse con los perjuicios derivados de la lesión o puesta en peligro del bien jurídico protegido que conlleva el delito, sino que en muchos casos, acompañando a éste, se producen otra serie de efectos que inciden en la gravedad material del daño o perjuicio producido. Victimización Secundaria Aquella que se deriva de las relaciones de la víctima con el sistema jurídico penal. Se considera aún más negativa que la primaria porque es el propio sistema el que victimiza a quién se dirige a él pidiendo justicia y porque afecta al prestigio del propio sistema . Son las llamadas “víctimas del proceso” que son las personas ofendidas que sufren daño en sus derechos fundamentales, en su dignidad humana y en la consecución de la justicia, debido a la inoperancia del sistema penal. Victimización Terciaria Aquélla que se deriva del estigma social de ser víctima de la violencia intrafamiliar donde la persona es señalada.
a) Una justicia excluyente
Dice un refrán popular que la justicia es para los de ruana. Señala que se aplica justicia punitiva sólo a un sector de la población caracterizado por ser pobre y sin educación. Esta representación popular muestra lo que las víctimas sienten ante su exclusión en los procedimientos jurídicos. Hay un desconocimiento de los derechos que tiene la población; además la justicia ha estado lejos de los sectores populares afectados por el conflicto. Además, en su dimensión política, producto de la ausencia de garantías de protección de los derechos, se debilita y rompe el vínculo del ciudadano con el Estado.
b) Los procedimientos son revictimizantes
A pesar de los esfuerzos en las normativas para garantizar un trato adecuado a las víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, éste no se logra por condiciones de hecho irrefutables. Los operadores jurídicos no cuentan con herramientas adecuadas para trabajar con este tipo de víctimas ni con procedimientos que les permitan una atención personalizada. Por ejemplo, los defensores públicos, adscritos a la Defensoría del Pueblo, llevan entre cuatrocientos cincuenta (450) y seiscientos (600) casos cada uno, ¿qué atención personalizada se pude lograr? Las víctimas siguen siendo objeto del proceso legal y no sujetos activos.
c) Nuevos escenarios, nuevas frustraciones
La denominada Justicia Transicional, que se ha implementado por la desmovilización de grupos paramilitares, vuelve más sofisticada la exclusión de que son objeto las víctimas en estos escenarios. En el marco de la denominada ley de justicia y paz (uno de los tantos instrumentos jurídicos creados para esta desmovilización) existe un procedimiento denominado audiencias de versión libre donde el paramilitar confiesa supuestamente la verdad. Sin embargo, este procedimiento no ha cumplido con su propósito. No es una audiencia, porque existen todas las trabas para que las víctimas accedan a ellas; y han servido, en muchos casos, para que los paramilitares justifiquen los crímenes señalando como criminales a las víctimas de sus acciones. Ante esta situación, los familiares y las víctimas tienen pocas herramientas para contrarrestar la versión acomodada que da el paramilitar.2
d) Expectativas y frustraciones
A pesar de este panorama, las víctimas centran sus esperanzas en los procesos jurídicos, con expectativas que son susceptibles de generar muchas frustraciones. Hay una mistificación de los procedimientos y los actores involucrados.
Establecer una relación basada en la confianza y la empatía. El profesional debe mostrar un genuino interés por la persona que tiene delante, establecer vínculos empáticos pues según Pérez (2009) “una entrevista no empática con el fin de proteger emocionalmente al entrevistador es anti-ética por el riesgo que conlleva de profundización del daño y retraumatización de la persona (ruptura del sentido de justicia, cuestionamiento de la capacidad de transmitir la experiencia y de recibir apoyo [validación del daño], profundización del quiebre del sentido de comprensibilidad, bondad, equidad y no culpabilización de la víctima («blaming thevictim»), entre otros).” pau perez (2009)
Características de los profesionales e idealmente de los equipos interdisciplinarios: Se requiere de equipos interdisciplinarios conformados por médicos, enfermeras, psiquiatras, psicólogos y trabajadores sociales especializados en atención psicosocial a víctimas, que logren articular saberes y prácticas para realizar un proceso de atención integral. Se necesitan procesos de formación orientados a la atención de las víctimas y articulación de recursos para mejorar sus condiciones de vida.