1. II CURSOS VIRTUAL DE LA POLICIA
JUDICIAL
PERIODO ACADÉMICO 2013 -2014
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
2. 1.1.1 Derechos
1.1.2 Principios de Aplicación de los Derechos
1.1.3 Derechos de la libertad
1.1.4 Derechos de Protección Habeas Corpus
1.1.5 Acceso a la información pública
1.1.6 Habeas Data
1.1.7 Las Fuerzas Armadas y Policía Nacional
1.1.8 La Fiscalía General del Estado.
1.1.9 La Rehabilitación Social
CONOCIMIENTO DE LA CONSTITUCION
DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
3. 1.1.1 Derechos
DERECHOS DEL BUEN VIVIR: (Agua y alimentación,
ambiente sano, comunicación e información, cultura y ciencia,
educación, hábitat y vivienda, salud, trabajo y seguridad
social)
PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA:
(adultas y adultos mayores, jóvenes, movilidad humana,
mujeres embarazadas, niñas, niños y adolescentes, personas
con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas,
personas privadas de libertad=ppl, personas usuarias y
consumidoras)
DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS Y NACIONALIDADES
DE PARTICIPACION
DE LIBERTAD
DE LA NATURALEZA
4. 1.1.2 Principios de Aplicación
de los Derechos
Son titulares: Las personas, comunidades, pueblos,
nacionalidades y colectivos. Los ejercen, promueven, exigen
y están garantizados ante las autoridades competentes.
Todos somos iguales, gozamos los mismos derechos,
deberes y oportunidades. El Estado - acción afirmativa -
igualdad real – a favor desigualdad.
Son de inmediata aplicación por y ante cualquier servidora
(or) público, administrativo o judicial, de oficio o a petición
de parte.
Ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los
derechos ni de las garantías constitucionales
Aplicar la norma y la interpretación que más favorezcan su
efectiva vigencia.
Todos los principios y los derechos son inalienables,
irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual
jerarquía
5. 1.1.3 Derechos de la libertad
IDENTIDAD:
Material e
inmaterial
PROPIEDAD
PARTICIPACION
CULTURAL
TRABAJO:
Gratuito
o
forzoso CONTRATACION:
ACTIVIDAD
ECONOMICA:
Solidaridad,
Responsabilidad,
ambiente
ASOCIACION:
Reunión libre
Y voluntaria
IGUALDAD:
Formal y
material
RELIGION:
Individual o
colectiva
VIDA:
integridad,
no tortura
LIBERTAD
6. Acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita
de sus derechos e intereses. Debido proceso: autoridades
administrativas y judiciales, garantizan cumplimiento de las
normas.
Principios: presunción de inocencia. No hay crimen sin ley. Ley
aplicable la más favorable al reo. Nadie podrá ser juzgado más de
una vez por la misma causa y materia. Nadie será juzgado por
tribunales de excepción o por comisiones especiales creadas para
el efecto.
Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas.
Art. 77 num. 3 y 4 importantes leer.
Las víctimas de infracciones penales = protección especial, no
revictimización; reparación integral restitución, indemnización,
rehabilitación, garantía de no repetición y satisfacción del derecho
violado. No extradición de ecuatorianos .
1.1.4 Derechos de Protección
7. La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto
garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada expresa o
tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa
o fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta
en el carácter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra
clasificación de la información. El carácter reservado de la
información deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por
autoridad competente y de acuerdo con la ley.
1.1.5 Acceso a la información pública
LEY ORGANICA Y REGLAMENTO
DE TRANSPARENCIA Y ACCESO
A LA INFORMACION PUBLICA
LEY DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACION DE
LA POLICIA NACIONAL
8. Toda persona, por sus propios derechos o como representante
legitimado para el efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia
y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos
de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus
bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte
material o electrónico. Derecho a conocer el uso que se haga de
ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el
tiempo de vigencia del archivo o banco de datos.
1.1.6 Habeas Data
actualización
rectificación,
eliminación o
anulación
9. 1.1.7 Las Fuerzas Armadas y
Policía Nacional
Protección de los derechos, libertades y garantías de los
ciudadanos. Integridad territorial. La protección interna y el
mantenimiento del orden público. Apego irrestricto al
ordenamiento jurídico. Obedientes y no deliberantes. Juzgados
por los órganos de la Función Judicial , por salas
especializadas en materia militar y policial .
Una institución estatal de carácter civil, armada, técnica,
jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente
especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana
y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos
y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional.
Coordinará sus funciones con los gobiernos autónomos
descentralizados.
10. 1.1.8 La Fiscalía General del Estado.
Órgano autónomo de la Función Judicial, único e
indivisible, funcionará de forma desconcentrada y
tendrá autonomía administrativa, económica y
financiera.
Dirigirá, de oficio o a petición de parte, la investigación
preprocesal y procesal penal; durante el proceso ejercerá la
acción pública con sujeción a los principios de oportunidad y
mínima intervención penal, con especial atención al interés
público y a los derechos de las víctimas. De hallar mérito acusará
a los presuntos infractores ante el juez competente.
Sr/a FGE: funciones durante
seis años y no podrá ser
reelegido. Dirigirá el sistema
nacional de protección y
asistencia a víctimas, testigos
y otros participantes en el
proceso penal.
11. 1.1.9 La Rehabilitación Social
El sistema de rehabilitación social tendrá como finalidad la
rehabilitación integral de las personas sentenciadas penalmente para
reinsertarlas en la sociedad, así como la protección de las personas
privadas de libertad y la garantía de sus derechos.
Se busca: el desarrollo de las capacidades de las personas
sentenciadas penalmente para ejercer sus derechos y cumplir sus
responsabilidades al recuperar la libertad.