1. SOCIEDAD CIVIL
1. DEFINICIÓN
La Sociedad Civil se constituye para un fin común de carácter
económico que se realiza mediante el ejercicio personal de una profesión,
oficio, pericia, practica u otro tipo de actividades personales por alguno,
algunos o todos los socios. La sociedad civil puede ser ordinaria o de
responsabilidad limitada. En la primera los socios responden personalmente
y en forma subsidiaria, con beneficio de excusión, por las obligaciones
sociales y lo hacen, salvo pacto distinto, en proporción a sus aportes. En la
segunda, cuyos socios no pueden exceder de treinta, no responden
personalmente por las deudas sociales.
El concepto de “sociedad civil” se refiere a una diversidad de
organizaciones civiles, entidades no-gubernamentales (ONGs) tales como
centros, fundaciones, sindicatos, asociaciones culturales, regionales,
religiosas, movimientos populares, etc.).
2. CARACTERÍSTICAS
A. Su Diversidad
Dentro de la sociedad civil entran todas las organizaciones sociales
que pueden surgir alrededor de temas tan diversos como la economía, la
cultura, las reivindicaciones sociales, la religión, el deporte, la
producción, el conocimiento, etc. La fortaleza de la sociedad civil está en
su diversidad; todo intento por homogeneizarla, encasillarla o limitarla,
atenta contra su naturaleza.
B. Su independencia del Estado
Una característica esencial de la sociedad civil es su independencia
del Estado, lo que no significa su confrontación permanente o su
identificación como el enemigo. Simplemente implica que se mueve y se
debe mover en el ámbito civil, concebido éste como lo no estatal, en el
cual actúa obedeciendo a una lógica que es sustancialmente diferente a
la del Estado aunque exista coincidencia en torno a temas, aspiraciones
o preocupaciones. La diferencia es similar a la diferencia entre
gobernantes y gobernados pero va más allá al referirse a que las
personas que ocupan el Estado tienen poder político para tomar
decisiones, y las personas que pertenecen a las diferentes
organizaciones sociales tienen únicamente el poder de influir en la toma
de esas decisiones, poder que hasta ahora ha sido poco ejercido.
2. C. Su independencia de los Partidos Políticos
Los partidos políticos ocupan una posición intermedia entre el
Estado y la sociedad civil; tienen un pie puesto en aquél y otro puesto en
ésta; no son parte del Estado pero aspiran a ser parte del mismo, razón
por la cual poseen una lógica diferente a la de la sociedad civil y
diferente a la de las personas que ocupan el Estado. De ahí que, aunque
se identifiquen con la sociedad civil en algunas cuestiones puntuales, se
distancian de ella en asuntos que son más fundamentales. Con los
partidos políticos, al igual que con el Estado existen posibilidades de
coincidencia, asociaciones específicas y trabajo conjunto pero no existe
ni puede existir una total identificación.
D. La Ciudadanía como Premisa Básica
La beligerancia de la sociedad civil va de la mano con el proceso de
construcción de ciudadanía, concepto que ha sido sustraído del ámbito
jurídico y se ha ubicado en el ámbito socio-cultural como conciencia de
derechos y obligaciones, y de la responsabilidad para asumirlos y exigir
que sean respetados por el Estado, los partidos políticos y las mismas
organizaciones de la sociedad civil.
La conciencia ciudadana es la que motiva a la sociedad civil a
moverse, a asumir lo público como propio, a exigirle respeto al Estado y
a los partidos políticos, a vigilar y controlar el desempeño público y a
exigirle cuentas a los funcionarios. Lo anterior se relaciona con la
necesidad de realizar cambios culturales sustanciales en todos los
ámbitos, particularmente en el político, es decir, la necesidad de cambiar
los valores, creencias y actitudes ante lo estatal, ante lo público, ante la
relación Estado - sociedad civil y ante la relación Estado - partidos
políticos, lo cual supone la erradicación de percepciones ideológicas que
los identificaban en el pasado autoritario como enemigos irreconciliables
ante lo cual no había siquiera la posibilidad de diálogo. Vista desde sus
características esenciales y desde su premisa fundamental, la sociedad
civil debe precisarse en su dimensión real y fáctica, lo que nos lleva a
preguntarnos.
3. QUIÉNES FORMAN PARTE DE LA SOCIEDAD CIVIL
Diremos que la conforman esencialmente tres grandes grupos:
Los Grupos, clases o Sectores Sociales
Las ONGs.
Las Iglesias
3. FEDERACIÓN DE TRABAJADORES EN
CONSTRUCCIÓN CIVIL DEL PERÚ.
(SOCIEDAD CIVIL)
DATOS GENERALES
Nombre completo : Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú.
País : Perú.
Personaría jurídica : Organización sindical nacional de segundo grado. Afiliada a la CGTP.
R. Sub-Directoral N° 56 del 23.08.1962.
Dirección : Prolg. Cangallo N° 670 La Victoria, Lima.
Persona de contacto: Mario Huamán Rivera, Secretario General.
N° de teléfono: +51 1 97566-6310
N° de Telefax: +511 3122034
Correo electrónico: ftccpco@terra.com.pe; mhuaman@cgtp.org.pe www.ftccperu.com
La Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP) fue creada
con este nombre el 19 de diciembre de 1958 y registrada oficialmente por el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Indígenas mediante la Resolución Sub. Directoral Nº 056-SPL
con fecha del 23 de agosto de 1962. Es la entidad representativa de los trabajadores
comprendidos en el régimen especial de construcción civil, establecido por el Decreto
Supremo del 23 de Octubre de 1942 y las incluidas en la Gran División 4ta. y 5ta.
Grandes Divisiones de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Actividades
Económicas de las Naciones Unidas (CIIU).
La FTCCP es una federación que cuenta con sindicatos distribuidos en todo el país.
Está integrada por más de 85 mil afiliados, miembros directos de uno de los 140
sindicatos y 13 Seccionales Regionales que se encuentran afiliados a la FTCCP. En el
Perú, el sector de la construcción cuenta con aproximadamente 250 mil trabajadores.
La Federación está integrada en un 99% por hombres, de los cuales hay
aproximadamente un 35% de jóvenes de 22 a 30 años. La ausencia de mujeres se
explica por la marginación de la cual son objeto por parte de los empresarios que las
4. consideran una mano de obra no adaptada a las necesidades físicas y técnicas del
sector.
A escala nacional, la FTCCP es una de las 29 centrales nacionales profesionales que
componen la CGTP (Confederación General de Trabajadores del Perú,
http://www.cgtp.org.pe/). La CGTP reúne a 1.500.000 trabajadores (un 8% del PEA).
Desde que la nueva dirección fue elegida en noviembre de 2006, el Secretario General
actual es Mario Huamán para los próximos 4 años. La CGTP y la FTCCP realizan
tareas comunes en materia de formación sindical, temas sindicales y políticos
interprofesionales y en materia de proyectos de cooperación (a través de su servicio
técnico IESI).
A escala regional, la FTCCP está afiliada a la Federación Latinoamericana de la
Edificación, Madera y Materiales de la Construcción (FLEMACON), y a escala mundial,
a la Unión Internacional de los Sindicatos de la Construcción y la Madera (UISCM).
También mantiene relaciones fraternas con la Internacional de los trabajadores de la
Construcción y la Madera, ICM.
En marzo del 2012 se actualizó el Plan Estratégico de la FTCCP 2012-2020, periodo
que ha trazado la misión y visión de la organización sindical.
MISIÓN
Somos una organización sindical nacional, clasista, democrática, solidaria, progresista
y unitaria que representa a los trabajadores y trabajadoras de construcción civil, que
contribuye al desarrollo del país y lucha permanentemente por mejorar las condiciones
de vida, trabajo y justicia social para trabajadores, trabajadoras y pueblo en general.
VISIÓN
La Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú, es una organización
clasista, democrática, representativa, unitaria, participativa e interlocutora valida ante
los gobiernos y los empresarios; cuenta con dirigentes con experiencia y jóvenes
debidamente capacitados, reconocidos como luchadores sociales, con principios
éticos y morales. Dispone de una estructura nacional, con bases comprometidas y
disciplinadas. Con afiliados solidarios, cotizantes y capacitados políticamente para la
lucha reivindicativa y social. Es una institución reconocida por el movimiento sindical
nacional e internacional.
SUS FINES Y OBJETIVOS:
a) Consolidar la conciencia de clase de los trabajadores mediante la difusión de
los principios del sindicalismo clasista y el crecimiento de sus necesidades
fundamentales, desarrollando sus facultades físicas e intelectuales.
b) Obtener y promover la conquista de reivindicaciones sociales y económicas
que mejoren las condiciones de vida y de trabajo de los afiliados.
c) Vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones laborales, la seguridad
social, la seguridad y salud en el trabajo e higiene ocupacional y el respeto a
los derechos humanos.
5. d) Defender la libertad de acción sindical y las libertades democráticas, derechos
amparados por la Constitución Política del Estado y de los convenios
internacionales, actuando con independencia política de clase.
e) Propender el mejoramiento económico, social y cultural de sus afiliados
f) Exigir a sus afiliados la mayor corrección y colaboración en el cumplimiento de
sus obligaciones sindicales, adoptando la posición unitaria y de lucha
consecuente.
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS AFILIADOS
Son derechos de los afiliados:
a) Elegir y ser elegido para cualquier cargo de dirección o para las comisiones
que delegue la organización sindical.
b) Opinar y votar frente a todos los problemas y acuerdos que se ponga en
consideración de las asambleas generales.
c) Criticar y proponer medidas frente a cualquier irregularidad que consten en la
marcha del Sindicato o en el comportamiento de sus dirigentes; así mismo,
denunciar cualquier incorrección abierta en la parte administrativa.
d) Participar de todos los éxitos y las disposiciones favorables, consignadas en el
presente Estatuto.
e) Exigir la participación de comisiones o dirigentes cuando sea objeto de
juzgamiento por su actuación o conducta.
f) Recibir todos los beneficios logrados por el Sindicato a favor de los afiliados.
g) Solicitar sanción para los afiliados o dirigentes que infrinjan las disposiciones
del presente Estatuto.
h) Tener voz y voto en las asambleas y proponer medidas de solución para la
buena marcha de la organización y por el buen comportamiento de los
dirigentes.
i) El Sindicato, gestionará y garantizará que cada comité de obra de su
jurisdicción, aporte a la FTCCP por concepto de cuota sindical, el 15% del total
recaudado de las cuotas sindicales, de manera directa a la caja de la FTCCP, a
través de los medios bancarios u otros mecanismos que se implementen para
tal efecto.
j) El comité de obra respectivo tomará el 20 % del total de la cuota sindical.
k) El comité de obra está obligado a entregar el 65% de la cuota al sindicato que
este afiliado.
l) El sindicato entregará el 5% de la cuota sindical, a la seccional regional de su
jurisdicción, si lo hubiera.
Son obligaciones de los afiliados:
a) Acatar y cumplir con lo establecido en la declaración de principios como en
todo el presente estatuto.
b) Cada trabajador y trabajadora están obligados a aportar a su Sindicato la cuota
sindical; y para la Federación el equivalente a tres (3) días del aumento
6. obtenido por el Pliego Nacional de Reclamos, incluyéndose en éste el
incremento de la Bonificación Unificada de la Construcción (BUC) o la
denominación que lo sustituya así como cualquier adicional que provenga del
aumento obtenido en la negociación colectiva.
c) Acatar y realizar los acuerdos adoptados mayoritariamente en las asambleas y
las disposiciones del presente estatuto.
d) Ser combatiente activo de las reivindicaciones planteadas y para la exitosa
realización de los paros y huelgas acordadas.
e) Desempeñar honestamente los cargos directivos y comisiones que se le
encomienden, y velar por el fortalecimiento de su institución.
f) Asistir con puntualidad a las sesiones, asambleas y actos colectivos
organizados por el Sindicato y acuerdos de lucha.
g) Cooperar con el desarrollo social del Sindicato de acuerdo con los principios de
solidaridad y buscar la unidad entre sus afiliados.
h) Guardar la debida solidaridad social con sus hermanos de clase y ser
consecuente con los deberes generales que distingue a los trabajadores de la
construcción.
i) Los trabajadores afiliados para ser considerados como AFILIADOS ACTIVOS,
cuando estén trabajado en obra deben aportar su CUOTA SINDICAL y los que
se encuentren desocupados o autoempleados, deben aportaran a su sindicato
una cuota sindical de S/. 2.00 nuevos soles, mensuales.
Todos los afiliados al Sindicato, sin excepción tienen iguales derechos y obligaciones.
7. ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL (ONG)
1. DEFINICIÓN
ONG es un término utilizado internacionalmente cuyas siglas
corresponden a Organización No Gubernamental. De forma genérica, se
puede decir que es una entidad privada y por tanto independiente de la
Administración pública, que surge a partir de la iniciativa ciudadana para el
beneficio de la comunidad y sin fines lucrativos. Las ONG surgen
esencialmente en los países desarrollados, donde existe un mayor número
de personas que participan en movimientos estudiantiles, sindicatos y
partidos políticos. Jóvenes y mayores dedican parte de su tiempo de ocio y
de su energía a aprender de las personas con las que trabajan, a la vez que
adquieren experiencia. Por otra parte, en países menos desarrollados como
los de África, Asia y América Latina, han surgido infinidad de grupos y
entidades de menor tamaño, movimientos populares que buscan una
mejora de la calidad de vida en su entorno.
Las actividades y proyectos de las Organizaciones no
gubernamentales son financiados a través de: la captación de socios, con
unos ingresos periódicos que permitan la organización de proyectos a
medio plazo; la recaudación de donaciones, que conllevan desgravaciones
fiscales; y las subvenciones públicas y privadas. Pueden provenir tanto de
instituciones nacionales (como el Ministerio de Asuntos Exteriores,
Comunidades Autónomas y Ayuntamientos) como de organismos
internacionales (como las Naciones Unidas ó la Unión Europea).
Las organizaciones no gubernamentales generalmente tienen
voluntarios para desarrollar sus proyectos y actividades, ya que éstos no
persiguen ningún tipo de beneficio ni gratificación por su ayuda. Debido a
que este tipo de organización no tiene fines lucrativos, se impide el pago de
un sueldo, pues todas las ganancias que ésta obtenga, deberán ser
destinadas a la realización de proyectos. Algunas ONGs reciben el apoyo
de empresas ya que éstas tienen el compromiso de contribuir con el
mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores, las familias y la
comunidad en general. A pesar de que este no es el objetivo principal de las
empresas, el desarrollo favorable del ambiente y la sociedad con la que
interactúa, permite tener buenas condiciones para su progreso. Ésta ayuda,
luego será intensificada con los proyectos y/o actividades llevadas a cabo
por las ONGs.
La principal diferencia entre los organismos no gubernamentales y
gubernamentales es que estos últimos dependen directa o indirectamente
8. del gobierno. En cambio, las ONGs se integran por un grupo de personas
jurídicas de carácter privado, es decir, que son independientes del Estado.
La diferencia entre estas organizaciones es que las ONGs buscan favorecer
intereses públicos por decisión propia, es decir, hacen bienes colectivos
públicos. En cambio, las organizaciones sociales, es decir, iglesias o
cooperativas, hacen también bienes colectivos pero en lo privado
2. CARACTERÍSTICAS
PARTICIPACIÓN: es el ejercicio del poder de cada uno y cada una, para
transformar la esfera de lo público en función del bien común ONG: Una
organización no gubernamental (ONG), como su nombre lo indica, es
una organización que es independiente de las decisiones o políticas
implementadas por gobiernos. El término se empezó a aplicar tras el
establecimiento de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en
1945, cuando esta brindó reconocimiento a cuerpos u organizaciones
independientes que empezaron a asumir responsabilidades que muchos
gobiernos no podían asumir, o simplemente se rehusaban a asumir. Por
lo general, estas organizaciones operan por medio de donaciones
privadas y dependen del trabajo de voluntarios.
RSC: La responsabilidad social corporativa (RSC), también llamada
responsabilidad social empresarial (RSE), puede definirse como la
contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y
ambiental por parte de las empresas, generalmente con el objetivo de
mejorar su situación competitiva y valorativa y su valor añadido. El
sistema de evaluación de desempeño conjunto de la organización en
estas áreas es conocido como el triple resultado.
INTELIGENCIA COLECTIVA: es una forma de inteligencia que surge de
la colaboración y concurso de muchos individuos. Aparece en una
amplia variedad de formas de toma de decisiones consensuada en
bacterias, animales, seres humanos y computadoras. El estudio de la
inteligencia colectiva puede ser considerado propiamente como un
subcampo de la Sociología, de las ciencias de la computación y del
comportamiento de masas, un campo que estudia el comportamiento
colectivo desde el nivel de quarks hasta el nivel de las bacterias.
FIDELIZAR: es un concepto de marketing, se refiere a la «fidelización de
los clientes». La fidelización es el fenómeno por el que un público
determinado permanece fiel a la compra de un producto concreto de una
marca concreta, de una forma continua o periódica.
9. ASISTENCIA, INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO AGRO-ACUÍCOLA Y MEDIO
AMBIENTE - AIDAMA ONG
Nombre entidad: Asistencia, Investigación Persona de Contacto: Jesus Jose Portugal
y Desarrollo Agro-acuícola y Medio Alay
Ambiente - AIDAMA ONG Año de Constitución: 2004
Categoria: Medio Ambiente Nº de Registro Oficial: 0021 (Agencia
Dirección: Av. Leguia 960 - Ofic. 02 Peruana de Cooperación Internacional -
Municipio: 300000 AP)
Provincia: Tacna Nº Trabajadores: 6
País: Perú Presupuesto: Sin presupuesto definido
Teléfono: 052-952672280 Delegaciones: 6
Fax: 052-425719 Nº Voluntarios: 6
Web: www.aidamaong.org Financiación Pública: no disponible
Financiación Privada: 100
LA ORGANIZACIÓN
Somos una organización no gubernamental de Desarrollo sin fines de lucro,
creada por profesionales preocupados por el desarrollo social, productivo y ambiental
de nuestro país, durante los últimos años nuestra organización realizo un diagnostico
profundo de la situación socio-económica de los diferentes grupos sociales del sur del
Perú, a fin de identificar los puntos críticos y la problemática de cada grupo social y
sector productivo, así como los factores que los generan; durante este tiempo de
silencioso trabajo, hemos logrado identificar las variables que afectan directa e
indirectamente las actividades productivas de estos grupos sociales y como afectan su
economía familiar en desmedro de su calidad de vida. Asimismo el deterioro acelerado
del medio ambiente en nuestro país, a consecuencia de una variedad de actividades
humanas y/o naturales, son una preocupación latente en nuestra organización, en este
sentido AIDAMA ONGD, apuesta por la capacitación, como estrategia fundamental en
este campo
PRINCIPALES ACTUACIONES
1. Charlas sobre Contaminación Ambiental
2. Charlas sobre Mejoramiento Genético en Ganado vía trasplante de embriones
3. Proyecto Implementación de sistema de gestión ambiental IEP San Agustín
4. Curso Estudio y evaluación de Impacto Ambiental
10. 5. Proyecto Fortalecimiento de las capacidades productivas de Criadores de animales
menores
6. Implementación de Portal institucional y campus virtual de capacitación online
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
Nuestra estructura organizacional se detalla en el siguiente gráfico:
ÁREAS DE ACCIÓN
Investigación y Desarrollo Agro-acuícola
Optimización y diversificación de cultivos
Manejo y Conservación de Suelos
Manejo y Conservación de Recursos Hídricos
Forestación y Reforestación
Manejo y Aprovechamiento de Recursos Marinos, Fluviales y
Lacustres.
Contaminación del Agua, Suelo y Aire
Educación Ambiental
Biodiversidad
Manejo de Áreas Naturales
11. FUNDACIONES
DEFINICIÓN:
Las fundaciones son personas jurídicas creadas por iniciativa particular
para atender, sin ánimo de lucro, servicios de interés social, conforme a la
voluntad de los fundadores. Se considera fundación la organización constituida
sin fin de lucro, que por voluntad de su creador, tiene afectado de modo
duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.
Se consideran fines de interés general, entre otros, los de defensa de los
derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, asistencia
social e inserción social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos,
sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el
desarrollo, de promoción del voluntariado, de promoción de la acción social, de
defensa del medio ambiente, y de fomento de la economía social, de
promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones
físicas, sociales o culturales, de promoción de los valores constitucionales y
defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia, de
desarrollo de la sociedad de la información, o de investigación científica y
desarrollo tecnológico.
La finalidad fundacional debe beneficiar a colectividades genéricas de
personas, considerándose como tales los colectivos de trabajadores de una o
varias empresas y sus familiares. En ningún caso puede constituirse una
fundación con la finalidad principal de destinar sus prestaciones al fundador o a
los patronos, a sus cónyuges o personas ligadas con análoga relación de
afectividad, o a sus parientes hasta el cuarto grado inclusive (primos), así como
a personas jurídicas concretas que no persigan fines de interés general.
La fundación adquiere personalidad jurídica desde la inscripción de la
escritura pública de constitución en el Registro de Fundaciones.
CARACTERÍSTICAS:
El sustrato de la fundación es la afectación de unos fondos preexistentes a
la realización de un fin de beneficencia pública, de utilidad común o de
interés social (educativos, científicos, tecnológicos, culturales, deportivos o
recreativos)
Las fundaciones forman una persona jurídica distinta de sus miembros
individualmente considerados, a partir de su registro ante la Cámara de
Comercio con jurisdicción en el domicilio principal de la entidad. (Artículo 40
del Decreto 2150 de 1995)
12. Los estatutos en ningún caso podrán ser contrarios al orden público, a las
leyes o a las buenas costumbres
INSCRIPCIÓN
No están sujetas a inscripción en el registro mercantil las instituciones de
educación superior; las instituciones de educación formal y no formal a que se
refiere la ley; las personas jurídicas que presten servicios de vigilancia privada;
las iglesias, confesiones y denominaciones religiosas, sus federaciones y
confederaciones y asociación de ministros; las reguladas por la Ley; los
sindicatos y las asociaciones de trabajadores y empleadores; partidos y
movimientos políticos; las cámaras de comercio y las demás personas jurídicas
respecto a las cuales la ley expresamente regule en forma específica su
creación y funcionamiento, todas las cuales se regirán por sus normas
especiales.
FUNCIONAMIENTO Y ACTIVIDAD DE LA FUNDACIÓN
Los principios de actuación de la fundación se concretan en tres
obligaciones:
1º-Destinar efectivamente el patrimonio y sus rentas a sus fines
fundacionales.
2º-Dar información suficiente de sus fines y actividades para que sean
conocidos por sus eventuales beneficiarios y demás interesados.
3º-Actuar con criterios de imparcialidad y no discriminación en la
determinación de sus beneficiarios.
En cuanto a sus actividades económicas, las fundaciones pueden
desarrollar todas aquellas cuyo objeto esté relacionado con los fines
fundacionales o sean complementarias o accesorias de las mismas, y pueden
intervenir en cualesquiera otras a través de su participación en sociedades
mercantiles en las que no se responda personalmente de las deudas sociales.
Cuando la participación en las mencionadas sociedades sea mayoritaria se
debe dar cuenta al Protectorado en cuanto tal circunstancia se produzca. En el
caso de que la fundación reciba bien como dotación inicial, bien en un
momento posterior, alguna participación en sociedades en las que deba
responder personalmente de las deudas sociales, deberá enajenar dicha
participación salvo que en el plazo de un año se produzca la transformación de
dicha sociedad en otra en la que la responsabilidad sea limitada.
En cuanto a los ingresos y rentas de las fundaciones, podrán obtener
ingresos por sus actividades siempre que ello no implique una limitación
injustificada del ámbito de sus posibles beneficiarios y deberá destinarse, al
13. menos, el 70 por 100 de los resultados de las explotaciones económicas que
se desarrollen y de los ingresos que se obtengan por cualquier otro concepto,
deducidos los gastos realizados, a incrementar bien la dotación o bien las
reservas según acuerdo del patronato. El plazo para el cumplimiento de esta
obligación será el comprendido entre el inicio del ejercicio económico en el que
se hayan obtenido dichos ingresos y los cuatro años siguientes al cierre del
mismo ejercicio.
En el cálculo de los ingresos no se incluirán las aportaciones recibidas en
concepto de dotación ya sean dadas en el momento de la constitución de la
fundación o con posterioridad, ni los ingresos obtenidos en la transmisión
onerosa de bienes inmuebles en los que la entidad desarrolle la actividad
propia de su objeto o finalidad específica, siempre que el importe obtenido se
reinvierta en otros inmuebles con la misma finalidad.
REQUISITOS DE CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN
Pueden constituir una fundación las personas físicas y las personas
jurídicas, sean públicas o privadas, mediante el correspondiente negocio
jurídico por el que manifiestan la voluntad de constituirla, realizando la oportuna
dotación económica a fin de que mediante su adecuada gestión se puedan
alcanzar los fines de interés general que se hayan propuesto. La fundación
podrá constituirse por acto "inter vivos" (cuando todavía vive la persona que la
funda), o por acto "mortis causa" (cuando la voluntad de constituir la fundación
se expresa en el testamento y se constituye efectivamente una vez fallecido el
fundador).
La constitución de la fundación por acto "inter vivos" se realiza mediante
el otorgamiento de escritura pública con los Estatutos de la fundación y su
posterior registro. La escritura pública de una fundación deberá contener, al
menos, los siguientes extremos:
1º-El nombre, apellidos, edad y estado civil del fundador o fundadores, si
son personas físicas, y su denominación o razón social, si son personas
jurídicas, y, en ambos casos, su nacionalidad, domicilio y número de
identificación fiscal.
2º-La voluntad de constituir la fundación.
3º-La dotación económica de bienes y derechos, su valoración y la forma
y realidad de su aportación.
4º-Los Estatutos de la fundación.
5º-La identificación de las personas que integran el Patronato, así como
su aceptación si se efectúa ya en el acto fundacional.
14. Los Estatutos de la fundación incorporarán:
1º-La denominación de la fundación.
2º- Los fines fundacionales.
3º-El domicilio de la fundación y el ámbito territorial en que haya de
desarrollar principalmente sus actividades.
4º-Las reglas básicas para la aplicación de los recursos al cumplimiento
de los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios.
5º-La composición del patronato, las reglas para la designación y
sustitución de sus miembros, las causas de su cese, sus atribuciones
y la forma de deliberar y adoptar acuerdos.
6º-Cualesquiera otras disposiciones y condiciones lícitas que el fundador
o fundadores tengan a bien establecer.
La constitución de la fundación por acto "mortis causa" se realizará
testamentariamente, dejándose constancia en el testamento de los datos
necesarios de la escritura pública de constitución de la fundación anteriormente
mencionados. Si en la constitución de una fundación por acto "mortis causa" el
testador se hubiera limitado a establecer su voluntad de crear una fundación y
de disponer de los bienes y derechos de la dotación, la escritura pública se
otorgará por el albacea designado en el testamento o en su defecto por los
herederos. En caso de que éstos no existieran o incumplieran su obligación, la
escritura se otorgará por el Protectorado, previa autorización judicial.
La fundación quedará constituida, al adquirir su personalidad jurídica, una
vez inscrita en el Registro Nacional de Fundaciones, si las actividades de la
entidad se van a desarrollar a nivel nacional, o en el correspondiente Registro
autonómico, si se van a desarrollar a este nivel.
La inscripción sólo podrá ser denegada cuando la Escritura no cumpla los
requisitos mencionados, o no sea posible inscribir la denominación pretendida
para la fundación.
El contenido de los Registros de Fundaciones será accesible al público
mediante solicitud de certificado, nota simple informativa o copia de los
asientos registrales o de los documentos depositados en los mismos. Sólo las
entidades inscritas en el Registro podrán utilizar la denominación de
"Fundación".
15. FOLPINK PERÚ
(FUNDACION)
La Obra Kolping Perú es una
asociación católica y social con carácter
privado cuya finalidad prioritaria es la
promoción integral de la persona humana
en los aspectos de la pastoral de fe, de la
familia, trabajo, recreación, sociedad y
estado.
Nuestro trabajo formativo busca
facilitar el acceso a la vida productiva y
mejorar la calidad de vida de sus miembros a través de la educación en los valores
cristianos y de los pilares de nuestro Beato Adolfo Kolping.
Su estructura en forma familiar con fines de apoyo mutuo y autoayuda.
Uno de los objetivos de la Obra Kolping Perú es buscar con sus miembros
respuestas conjuntas a sus propias necesidades integrales, en forma personal o
comunitaria.
Además de los objetivos básicos, la Obra Kolping Perúcapacita a sus
miembros como cristianos en el mundo para que sean ejemplo en su profesión u
oficio, su matrimonio o familia, en la Iglesia, en la Sociedad y Estado para que en el
momento indicado sean ellos la voz de Kolping Perú en otros lugares del país.
NUESTRA VISIÓN
La Fundación Kolping Perú y la Obra
Kolping Internacional desean asegurar, a través del
compromiso de sus miembros y de sus distintas
agrupaciones, que en todas partes se respete la
dignidad del hombre. Todo nuestro trabajo se centra
en la persona humana. Nuestra asociación ofrece a
sus miembros diversas oportunidades para
desarrollar sus aptitudes y habilidades, con el fin de
que cada uno pueda desarrollar su vida bajo su
propia responsabilidad. Sin embargo, la persona, en su calidad de ser social, debe
asumir responsabilidad no sólo por sí mismo, sino también por sus prójimos. Todo
actuar, tanto de los miembros individualmente como de la asociación como tal, está
16. dirigido a promover el bien común a nivel mundial. Para la Obra Kolping Internacional,
el hombre como criatura de Dios no sólo es responsable de preservar y cuidar toda la
creación, sino que debe responder también ante Dios. La Obra Kolping Internacional, a
través de todo lo que hace, quiere transmitir a sus miembros y a la sociedad también
el Evangelio de Jesucristo.
NUESTRA MISIÓN
La Fundación Kolping Peru y la Obra Kolping Internacional subrayan - tanto frente a
sus miembros como frente a la sociedad en general - que el hombre como criatura de
Dios tiene una dignidad especial, la cual le compromete a asumir una responsabilidad
particular para con sus congéneres y toda la sociedad.
Capacitamos a los miembros, a través de un trabajo educativo amplio, para desarrollar
sus aptitudes y habilidades, con el fin de que actúen con responsabilidad cristiana en
su profesión, en su matrimonio y en su familia, en la iglesia, en la sociedad y en el
estado.
Ofrecemos apoyo, a través de distintos tipos de asesoramiento y acciones sociales
concretas, para que los miembros y sus familias logren una mayor calidad de vida.
Contribuimos a la transformación de la sociedad poniendo énfasis en el bien común en
general y más particularmente en el bien común a nivel internacional.
Asumimos nuestra responsabilidad en el ámbito de
la sociedad haciéndonos cargo, por iniciativa
propia, de tareas sociales y fortaleciendo de esta
manera la sociedad civil.
Ofrecemos orientación a las personas que buscan
el sentido de la vida y ayudamos a los miembros y
la sociedad a reconocer la fuerza salvadora del
mensaje cristiano.
Nos guiamos por los principios de la Doctrina Social Católica y las ideas y los
planteamientos de Adolfo Kolping.
NUESTROS VALORES
Respeto a la dignidad humana
El hombre es la viva imagen de Dios por lo que le corresponde una dignidad
especial. Su dignidad debe ser respetada en todas las fases de la vida, desde la
concepción hasta la muerte natural, y su validez no depende de la posición social,
la edad, el sexo o la pertenencia a grupos étnicos o religiosos.
Solidaridad
El hombre como ser social no es responsable de sí mismo, solamente, sino
también de sus congéneres. Esto nos compromete a practicar una solidaridad
activa. Para nosotros, la interrelación de las personas a través de redes e
instituciones sociales tiene un significado especial.
17. Amor al prójimo
El amor al prójimo, practicado en el sentido cristiano, nos compromete más allá de
lo que nos pueda exigir la solidaridad. Ofrece ayuda y apoyo sin que medie
ninguna obligación e incluye también el amor al enemigo.
LOS CINCO PILARES
La Obra Kolping se sustenta en cinco pilares que abarcan la vida del hombre en forma
integral:
RELIGIÓN: En la Iglesia y el Servicio Pastoral
FAMILIA: En el Matrimonio y la Familia
TRABAJO: En el Mundo Profesional y laboral
SOCIEDAD: En la Política Social apoyados en la Doctrina Social de la Iglesia
RECREACIÓN: En la Cultura y la Recreación.
EN TACNA
REGION TACNA UBICACIÓN:
Se ubica en el departamento de Tacna, en el distrito de Pocollay.
FECHA DE INICIO
Se inicio el año 1990
COORDINADOR
Gina Soto Alatrista
1 Nuevo Grupo de Voluntarios Kolping.
IMPACTO SOCIAL
o Mejoramiento de la calidad de vida humana y laboral.
o Mejoramiento de la calidad de vida Autoestima.
o Inserción en la pastoral comunitaria.