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LF 2014-2015 
Instituciones de Salvamento y protección de la confianza del público en el sector.
1. Antecedentes. 
1.1.Elsistemafinancierosebasaenlaconfianzadelpúblico. 
1.2.Laconfianzaenelmismoysusituacióneconómicasepuedeafectarporcausasexternasointernasdelasentidades: 
1.2.1.Causasexternascomodesajustesmacroeconómicos,desarreglosfiscalesdelosgobiernos(crowdingoutodesplazamientodelainversiónprivadaporcrecimientodelainversiónpública),lainflación(incertidumbreenlospreciosynecesidaddecomprarbienesantesdequecambiendevalor),riesgossistémicosyreputacionales,másaunenunaeconomíaglobalizada. 
1.2.2.Causasinternascomomalmanejodelasentidadesqueterminanafectandosuliquidez,susolvencia(relacióndesusactivosconsupatrimonio)osuidoneidadparaadministrardineros.
2. Fundamentos y principios de las instituciones de salvamento. 
2.1.Mantenerlaconfianzadelpúblico(muygrandeparacaer).Lossistemasfinancierossonsolventeshastacuandolosdepositantesasílopiensan.LateoríadelmalmenorencuantoalaintervencióndelEstadoparasalvarentidadesyelquehayunasinstitucionesmuygrandesparaquecaigan.Vgr.PlanderescatedeCitibankporUSD38milmillones. 
2.2.Mantenerlaestabilidadenelsistemadepagos.Serequierequelosahorradoresmantenganeldinerodentrodelsistemaparaqueestepuedaoperar(efectomultiplicadordeldinero). 
2.3.Mantenerlaintermediaciónfinancieraconelfindequeelahorroseirradiealrestodelaeconomía. 
2.4.Establecimientodeunprocedimientoconcursalordenado. 
2.5.Proteccióndelaentidadintervenida,porserunaorganizaciónproductivaquehacepartedeunsistema.Latomadeposesiónparaadministrarylaliquidaciónsonsoloúltimorecursosyestánregladas.Art. 320.6.A(ReglasdelFogafín).ConceptoSBC1998051421de14oct98.
2.6.Preservacióndelosprincipiosdelmercado.Lasentidadesineficientesdebendesapareceroalmenosgenerarese“ambiente”detensiónenelmercadoparamantenerladisciplinadeoferentesydemandantes. 
2.7.Protecciónalosahorradoresdebuenafeyelinterésgeneral.Eselahorroynoeldineroloqueesprotegidoensí. 
2.8.Negación(olimitación)debeneficiosaaccionistasyadministradoresresponsables.Art.316.2.Eosfa. 
2.9.Discreciónytransparencia.Paranogenerarpánicoeconómico. 
2.10.Eficienciaydesjudicializacióndelaintervención.Losmecanismosdebentenerunefectopositivoversusloscostesdeimpulsarlosmismos. 
2.11.Tratamientoigualitarioentrelosacreedores(¿LGM,Fiducia?). 
2.12.Responsabilidad.Definiciónderesp.administrativas,civilesypenales. 
2.13.Coordinacióninterinstitucional:SFC,FogafínyBrep. 
2.14.Decisionesdeaplicacióninmediata,losrecursoscontraellasnosuspendenlasmismas.
3. Normativa. 
3.1.Eosfa,artículos113yss(Institutosdesalvamentoyproteccióndelaconfianzapública). 
3.2.Eosfa,artículos290yss(Tomadeposesiónyliquidaciónforzosaadministrativa). 
3.3.Eosfa,artículos316yss(Fogafín) 
3.4.Ley964,art.22,inc.3.PermitelaaplicacióndelamateriaalasanteriormentevigiladasporlaSupervalores. 
3.5.Ley1328,art.40yss(modificaalgunospuntosenlamateria). 
3.6.DU2555,art.8.1.1.1.1yss(Parte8,Institutosdesalvamento). 
3.7.DU2555,art.9.1.1.1.1.yss(Parte9,Procedimientosdeliquidación). 
3.8.D.2206/98(FondodeGarantíasdeEntidadesCooperativas-Fogacoop).
4. Medidas preventivas especiales de la toma de posesión. (113 y ss. Eosfa). 
4.1.Debediferenciarseentrelasmedidaspreventivasensí,lasmedidasdesaneamientoylasmedidasliquidatorias. 
4.1.1.Preventivas. 
(a)Preventivasensentidoamplio:todalanormativaenfocadaaevitarqueunaentidadincurraenunasituacióndeinsolvenciaoiliquidez. 
(b)Preventivasespeciales,aquellasdiseñadasespecíficamenteparaEVITARquelaentidadincurraencausalesdetomadeposesión(TP). 
4.1.2.Desaneamiento,sonlaspreventivasespecialesperocuandoyaseestáSUBSANANDOlacausaldeTP,einclusosiyahaycesacióndepagos. 
4.1.3.Deliquidación.Enfocadasenrealizarunpagoordenadodelasacreencias. 
4.2.Todaslasanterioressontemporales. 
4.3.Seestudiaránlaspreventivasespecialesydesaneamiento. 
4.4.Elpuntoes¿quépasacuandolaentidadproponemedidaspreventivasespecialesyestasnosonaceptadas?¿haylugaratomadeposesiónyterminanenliquidación?.Granahorrar.
4. Medidas preventivas especiales de la toma de posesión. (113 y ss. Eosfa). 
4.5.ProcedimientointernodelaSFCparaadoptarlamedida: 
4.5.1.SuperdelegadodeltipodeentidadalSuperdelegadoinstitucional, luegoesteproponelamedidaalSuperfinanciero. 
4.5.2.SuperfinancierodebeescucharalConsejoAsesor(Dec422de2006).
4.3.Vigilanciaespecial.113,1, 
Sebuscaunasupervisióndirectaydetalladaparaevaluarlascondicionesdeldesarrollodesuobjetosocial. 
Duranteella,elSuperintendentedeterminaparaelcasolosrequisitosquedebencumplirseparaelfuncionamientodelaentidad. 
Suaplicacióndebeserlomásbreveposible:seevitamantenerexistenciasineficientesyaumentarelriesgodefraudedeadministradoresyaccionistas, másauncuandosisemalinterpretacomocoadministración. 
Res.826del27/5/2011,VigilanciaespecialdeProyectarValores. 
4.4.Recapitalización.84y113.2. 
4.4.1.Art.84.Cuandolaentidadnoestécumpliendolasnormassobrecapitales,seaelcapitalmínimopermanente(art.80)oeldelarelacióndesolvencia(9%). 
4.4.2.Cuandoocurrenpérdidasquetipifiquenlacausaldedisolucióndel457C.Co.(patrimonionetopordebajodel50%delcapitalsuscrito). 
4.4.3.Cuandosupatrimoniotécnicoseainferioral40%delnivelmínimoprevistoparapatrimonioadecuado.Esademáscausaldetomadeposesióninmediata.114.a.Eosfa.
4.5.Administraciónfiduciaria. 
Atravésdeellaseencomiendaaotraentidadfinancieralagestióndelosnegociosdelaintervenida. 
Másenfocadaatemasdenoidoneidaddelosadministradores. 
SerequiereademásdelconsentimientodeotraentidadydelaautorizacióndelFogafín(320.1.N). 
4.6.Cesióntotaloparcialdeactivos,pasivosycontratosyenajenacióndeestablecimientosdecomercioaotrainstitución. 
Serequiereademásdelconsentimientodeotraentidad. 
Noserequierelaaceptacióndelcedidoporaplicacióndel68.3. 
Fogafínpuedeasumirlaspérdidasqueimplicanlacesiónparaqueelcesionarioasumaelnegocio(320.2). 
4.7.Fusión. 
Serequiereademásdelconsentimientodeotraentidad. 
SedebecumplirconeltrámiteestablecidoenelC.Co.paraestafigura,conlostiemposyaprobacionesqueelloimplica.Pocooperativo. 
Fogafínpuedeasumirlaspérdidasqueimplicanlamismaparafacilitarsurealización(320.1.K).
4.8.Exclusióndeactivosypasivos(L.765/3,art.28yDU,art.8.2.1.1.1.). 
4.8.1.SoloparaEst.decrédito,puedeserpreventivaodesaneamiento. 
4.8.2.Consisteenlaseparacióndelosactivos,teniendoencuentasucalidadyfacilidaddeliquidación,ydepasivosqueestáncubiertosporelsegurodeDepósito. 
(a)Losactivossetransfierenaunnuevopatrimonioelcualemitevaloresporunmontoigualaldelospasivosexcluidos. 
(b)Lospasivosconelpúblicosonobjetodesubastaconotrasentidadesinteresadas(¿intuitopersonaem?). 
(c)Laentidadadministradoraalaqueseletransfieranlosactivosdecalidadypasivostendráhastadosañosparaajustarse,tiempoenelquelaSFClopuedeexceptuardecumplirnormasprudenciales. 
4.8.3.Suestructuraciónesconfidencialhastaqueyaesunhechoyesvinculante.Losadministradoresdelaentidadqueesobjetodelamismadebencumplirladeinmediatoeinformarcualquierobstáculoqueevidencien.
4.8.Exclusióndeactivosypasivos. 
4.8.4.Adiferenciadelasfusiones,acánosecontaminaaladquirenteconlaparte“negativa”delasituación. 
4.8.5.Latransferenciadepasivosoperadeplenoderechosinperjuiciodelavisoalostitulares,implicatambiénderechosyobligacionesaccesorios. 
4.8.6.Losactivosypasivosexcluidosestánporfueradelaeventualliquidación(113.11.ny300Eosf).
4.9.Programasderecuperación(113,6Eosf). 
EspresentadoporlaentidadalaSFCopuedeserexigidoporesta. 
CasoIntervalores(Res.1416de2008),latomadeposesióncomomedidaadministrativasancionatoria(concepto2000003893/2000SBC),locualimplicaproporcionalidadyrazonabilidadenarasdelograrlarecuperacióndelaentidadynoterminarminandolaconfianzadelosconsumidores. 
4.10.Programasdedesmonteprogresivo-L.795/3,12yDUart.8.1.1.1.1). 
Porelcualsedisminuyenlíneasdenegociosoexposicionesquesonopuedenserexcesivasafuturoenarasdeunaliquidaciónsintomadeposesiónounaconversiónauntipodeentidad“novigilada”. 
Buscaevitar(nosubsanar)latomadeposesiónyduramáximo4años. 
SuestructuraciónesimpulsadaporlaAsambleaypropuestaalaSFC. 
Apartirdelasolicitud,laSFCpuedeexceptuarelcumplimientoderequerimientosnormativos(Vgr.encaje,posiciónpropia,etc.),ypuedelevantarlaexcepciónencualquiermomento. 
Fiduciarias:debeincluireldesmontedecarterascolectivas.
5. Toma de Posesión. 
5.1.Suscausalessonespecíficas(291.1). 
5.2.SecriticaporcuantoensínoaportasoluciónalproblemaquegeneralamismayporqueimplicaunacoadministracióndepartedelEstadoquepuedesercontraproducenteydemandable. 
5.3.Paraevitarlosanterioresriesgos,suplazoestálimitadoa2mesesprorrogablesporotrotantoparadefinirsihaylugaraliquidación. 
5.4.Sinohaylugaraliquidación,la“administración”solopuededurar1añoprorrogableporotrotanto,salvoqueelGobiernoautoriceunaprórrogamayor(nounanuevaprórroga). 
5.5.Haycasosdetomadeposesióninmediata,basadosenreduccionesdepatrimoniotécnicoexcesivasocuandohayaexpiradoelplazoparapresentarunprogramaderecuperaciónonosecumplanlasmetasdelosmismos.
5.4.Quéimplicalatomadeposesión: 
a)Laseparacióndelosadministradoresydirectoresdelaadministracióndelosbienesdelaintervenidasiasíseconsideraoportuno.Cuandoesportemasdelímiteslegalesesobligatorioesto.Sinolohaceinmediatamentelopuedehacerencualquiermomentoafuturo. 
b)Laseparacióndelrevisorfiscal,salvoqueenrazóndelascircunstanciasquedieronlugaralaintervención,laSuperintendenciadecidanoremoverlo. 
c)Laimprocedenciadelregistrodelacancelacióndecualquiergravamenconstituidoafavordelaintervenidaodelainscripcióndenuevosactos. 
d)Lasuspensióndelosprocesosdeejecuciónencursoylaimposibilidaddeadmitirnuevosprocesosdeestaclasecontralaentidadobjetodetomadeposesiónporrazóndeobligacionesanterioresadichamedida.Alosprocesosejecutivosseaplicaránenlopertinentelasreglasprevistasporelart.70yssdelaley1116(Continuacióndelosmismoscontragarantesocodeudores).
e)Lacancelacióndelosembargosdecretados. 
f)Lasuspensióndepagosdelasobligacionescausadashastaelmomentodelatoma. 
g)Lainterrupcióndelaprescripciónylanooperanciadelacaducidadrespectodeloscréditosacargodelaentidad. 
h)Elquetodoslosdepositantesylosacreedoresquedaránsujetosalatomadeposesión.
5.5.Otrostemas. 
5.5.1.Agenteespecialyjuntaasesora.Nombramientodeunagenteespecialquepodráserposteriormentesuliquidador.Puedehaberunajuntaasesora. 
5.5.2.FogafínhaceseguimientodelasactividadesdelagentesinperjuiciodelavigilanciadelaSFCdurantelaetapadeadministración. 
5.5.3.Elagentepuedeterminarloscontratosexistentessilosmismosnosonnecesariosparalaadministraciónoliquidación. 
5.5.4.Noprocedenciadelacompensacióncuandolaentidadseaacreedoraydeudorarecíprocadeuntercero. 
5.5.5.Elliquidadoreselúnicoparainstaurarlaacciónrevocatoriadel301.7. delosactosrealizados18mesesantesalatoma. 
5.5.5.1.Análisisdelamalafedequienesparticiparonenlosactos. 
(a)Debeelliquidadorprobarlamalafe.AcciónPaulianacivil. 
(b)Sepresumelamalafeporelsolohechodelainsolvenciaposterior,debeeldeudorprobarqueobródebuenafe.Acciónrevocatoriadelaley1116. 
(c)Nosehaceanálisisdelaconductadeldeudorsalvoenelcasodelliteral301,7,E(CSJ8/7/13.ValldeRutén).
6.0 Procedimiento para tomar las medidas a partir de las visitas. 
6.1.ElSuperintendenteDelegadoparaeltipodeentidadesquienproponealinteriordelaSFClamedidaconcretaalSuperintendenteDelegadoparaSupervisiónInstitucional.(Dec.2555,art.11.2.1.4.35,num.5) 
6.2.ElSuperintendenteDelegadoparaSupervisiónInstitucionalselaproponeasuvezalSuperFinanciero(2555,art11.2.1.4.34,num.5). 
6.3.EltemaesrevisadoporelConsejoAsesordelSuperintendentequiendebedarconceptofavorable(dec422/2006).Locomponen5expertos.EsobligatorioconsultarloperosuopiniónnoobligaalSuperintendente. 
6.4.LasdecisionesdelSuperenmedidascautelaressondeaplicacióninmediatayprocedesoloreposiciónporseractosadministrativosdecarácterparticular(335Eosfa)sinsuspendersuaplicación. 
6.5.Cuandosetomalamedida,eselSuperintendenteelquelamodulaensuejecuciónmedianteoficios.
7.0. Fogafin –Fondo de Garantías Financieras. 
7.1.Historia. 
7.1.1.Apartirdelacrisisde1982seconcluyólanecesidaddeunaentidadparaafrontarproblemasdesolvenciaydepérdidadeahorro.Ley117/1985. 
7.1.Objeto.Proteccióndelaconfianzadelosdepositantesyacreedoresenlasinstitucionesfinancieras,preservandoelequilibrioylaequidadeconómicaeimpidiendoinjustificadosbeneficioseconómicosodecualquierotranaturalezadelosaccionistasyadministradorescausantesdeperjuiciosalasinstitucionesfinancierasyprocurandominimizarlaexposicióndelpatrimoniopropiodelFondoodelasreservasqueesteadministra,alaspérdidas.(Loresaltadoesdelaley1328,art.40) 
7.2.Institucionesquedebenserpartedelmismo: 
7.2.1.Bancos,Corp.Financieras,CompañíasdeFinanciamiento,AFPs 
7.2.2.Ley1328.IncluyealasAseguradorasdeVidaqueoperanramosdepensionesprevistasenlaley100/93. 
7.2.3.OtrasvigiladascuandolaleyestablezcaunagarantíadeFogafín. 
7.2.4.¿AdministradoresdeCarterasColectivas?:No.
7.3. El seguro de depósitos. 
7.3.1.Coberturade20millones. 
7.3.2.Principios(AsociaciónInternacionaldeAseguradoresdeDepósitos). 
Principio1–Objetivosdeinteréspúblico 
ElprimerpasoenlaadopciónoreformadeunSistemadeSegurodeDepósitosesespecificarlosobjetivosdeinteréspúblicoaalcanzar. 
Principio2–Reduccióndelriesgomoral.Disminuirlaagresividadenlosnegocios.Porlomismo,nosegarantizatodo. 
Principio3–Mandato 
Esesencialqueelmandatoaladministradordelsegurodedepósitosseaclaroyestéestablecidoformalmenteenlaley.
Principio4–Potestades 
Todoaseguradordedepósitosrequierepotestadparafinanciarreembolsos, suscribircontratos,establecerpresupuestosyprocedimientosdeoperacióninternosyaccederainformaciónoportunayverazparacerciorarsedepodercumplirpuntualmenteconsuscompromisosantelosdepositantes. 
Principio5–Gobernanza 
Debeoperarconindependenciaytransparencia,rendircuentasyestaraisladodeinfluencias. 
Principio6–RelaciónconotrosintegrantesdelaReddeSeguridadFinanciera 
Principio7–Asuntostransfronterizos 
Bajoconfidencialidad,sedebeintercambiartodalainformaciónrelevanteentreaseguradoresdedepósitosdedistintasjurisdicciones.
Principio8–Membresíaobligatoria 
LamembresíaenelSistemadeSegurodeDepósitosdebeserobligatoriaparatodaslasinstitucionesqueaceptendepósitosdequienesseconsideranecesitanmásprotección. 
Principio9–Cobertura 
Lasautoridadesdebendefinirclaramenteenlaley,enregulacionesprudencialesoenreglascuálessonlosdepósitosasegurables.Elniveldecoberturadebeserlimitadoperocreíble. 
Principio10–TransicióndeunacoberturatotalhaciaunSistemadeSegurodeDepósitosdecoberturalimitada 
CuandounpaísdecidacambiardeunagarantíadecoberturatotalaunSistemadeSegurodeDepósitosdecoberturalimitada,odecidacambiarelsistemadecoberturatotalexistente,latransicióndebesertanexpeditacomolascircunstanciasdelpaísencuestiónlopermitan.
Principio11–Financiamiento 
UnSistemadeSegurodeDepósitosdebedisponerdetodoslosmecanismosdefinanciamientonecesariosparaasegurarunreembolsoexpeditodelasreclamacionesdelosdepositantes. 
Principio12–Concientizacióndelpúblico 
Principio13–Protecciónlegal 
Elaseguradordedepósitosyaquellosindividuosquetrabajanparaéldebenestarprotegidoscontrademandasmotivadasporlasdecisionesyaccionesde «buenafe»llevadasacaboeneldesarrollodesusmandatos. 
Principio14–Accionescontralosresponsablesdelaquiebradeunbanco 
Unaseguradordedepósitos,uotraautoridadrelevante,debeestarfacultadoparapromoveraccionescontralosresponsablesdelaquiebradeunbanco.
Principio15–Deteccióntempranaeintervenciónyresoluciónoportunas 
ElaseguradordedepósitosdebeserpartedelaReddeSeguridadFinancieraquepermitaladeteccióntempranaylaintervenciónyresoluciónoportunas deunbancoconproblemasfinancierosserios. 
Principio16–Procesoseficacesderesolución 
Losprocesoseficacesderesolucióndequiebrasbancariasdeben:facilitarlacapacidaddelaseguradordecumplirconsusobligaciones,incluyendoelreembolsooportuno,precisoyequitativo;minimizarcostosderesoluciónylaperturbacióndelosmercados;maximizarlarecuperacióndeactivosyreforzarladisciplinaatravésdeaccioneslegalesenloscasosdondesepresumaquehubonegligenciauotrosdelitos. 
Principio17–Reembolsoadepositantes 
ElSistemadeSegurodeDepósitosdebedaralosdepositantesaccesooportunoasusfondosasegurados. 
Principio18–Recuperaciones 
Elaseguradordebeobtenerpartedelorecuperadoconventadelapropiedaddelbancoinsolvente.
7.3. Oficialización y Nacionalización. 
7.3.1.Oficialización. 
SerefierealacategoríaqueseledaalasentidadescuandoelFogafíntieneparticipaciónenlasmismasendesarrollodelartículo320.1.AodeaportesdeCapitalGarantíadel320.3. 
Obedecealconceptodeentidadoficialapartirdelodispuestoenelartículo320.4.inciso4,párrafo2,cuandoelaportedeFogafínsuperael50%delcapitaldelaentidad,casoenelcualseconsideraesunadescentralizadaenaplicacióndelaley489/98. 
7.3.2.Nacionalización. 
CreacióndelDecretoLey2920/82. 
PormediodelacualelGobiernoasumelaadministracióndelaentidadpudiendoademásparticiparenlamismabajocondicionesespeciales. 
Derogadaporlaley45de1990.
8.0 Fogacoop. –Fondo de Garantía de Entidades Cooperativas. 
Creadoporeldecreto2206/98. 
ObligacióndeinscribirsealmismolasCooperativasFinancieras(vigiladasporlaSFC),lasCooperativasdeAhorroyCrédito(vigiladasporlaSupersolidaria)ylasCooperativasmultiactivasointegralesconseccióndeahorroycrédito(vigiladasporlaSupersolidaria). 
LacoberturapuedeserdiferentesegúneltipodeCooperativa(art.85, L.1328). 
RecuérdesequeconlaleyL.1328sequierenincentivarlasmicrofinanzasmediantelaautorizaciónalasCooperativasdeAhorroyCréditoyalasMultiactivaseIntegralescondichasecciónelqueprestenserviciosapersonasjurídicasquenopuedanasociarseporenlostérminosdelaleycooperativa. 
Secubren8millonesdepesosconundeducibledel25%,parauntotalde6millones.TeniendoencuentaqueelpromediodeahorroporpersonaenCooperativasesde1.5millones,setienecubiertoenun100%loahorradoenlasmismas.
9.0 Casos. 
9.1.Granahorrar. 
LaSBClointervinoenoct/98.Antelacrisisfinancieraporlaquepasabalaentidad, lasautoridadesdecidierondeclararlaencesacióndepagosyenestadodeinsolvencia, yordenaronalosaccionistascapitalizarelbanco. 
LosaccionistasnocumplieronconloexigidoporlaSBC,antelocual,paraevitarelpánicoyprotegeralosahorradores,elGobiernotomóposesióndelbancoylonacionalizó.Paraadoptarlamedida,lasautoridadesmonetariasredujeronelvalordelasaccionesylascotizaronauncentavocadauna. 
Estasmedidas,dijeronlosaccionistas,fueronadoptadasporelGobiernosinunapreviacomunicación,loquelesimpidiótomardecisionesycausóunperjuicioasusinversiones.AdemásunproblemadeliquidezfueencausadocomodesolvenciaporlosSupervisores. 
El1/11/2007elConsejodeEstado(SecciónCuarta)declarólanulidaddelasdecisionesdelaSBC,yordenóelpagode500milmillonesaprox.LaCorteConstitucionalconsideróquesehabíapresentadolacaducidaddelaacciónyordenódejarsinefectoselfallo.
9.0 Casos. 
9.2.ProyectarValores. 
Vigilanciaespecial(27/5/11). 
Tomadeposesiónparaadministrar(22/6/11). 
“a)Cuandohayasuspendidoelpagodesusobligaciones 
“e)Cuandopersistaenviolarsusestatutosoalgunaley 
“f)Cuandopersistaenmanejarlosnegociosenformanoautorizadaoinsegura” 
Ordendeliquidación(4/10/11).
Acerca del autor: 
César Augusto Rodríguez Martínez 
Colombia, 1976. 
Abogado de la Universidad del Rosario (1998), con especializaciones en Derecho Comercial de la Universidad Javeriana y en Legislación Financiera de la Universidad de los Andes. Fue becario de la Fundación Carolina, entidad que auspició su máster en España en Derecho de los Negocios en la Universidad Francisco de Vitoria y el Colegio de Abogados de Madrid. Ha hecho cursos en Operación Bursátil y Mercado de Capitales de Asobursátil, en Negociación Profesional del Colegio de Estudios Superiores de Administración –CESA y en Evaluación Financiera de Proyectos de la Universidad de la Sabana. 
Durante su experiencia profesional de más de 15 años, ha estado vinculado al sector real, a oficinas de abogados y al Banco CorpBanca Colombia S.A. (antes Banco Santander), siendo su último cargo Secretario General y responsable de la Vicepresidencia jurídica de Banco CorpBanca y sus filiales en Colombia. Su experiencia se ha enfocado en temas de negocio financiero y fiduciario, tesorería, asuntos jurisdiccionales, Gobierno Corporativo, relaciones con autoridades, mercado de valores y Banca de Inversión. Ha sido miembro de distintas juntas directivas de los Grupos Santander y CorpBanca. Ha participado en comités gremiales auspiciados por la Asobancariay el Autorregulador del Mercado de Valores –AMV para temas de Habeas Data y Educación Financiera. Actualmente es miembro de Tobar & Romero Abogados. 
Es profesor de las especializaciones en Legislación Financiera y Negocios Internacionales de la Universidad de los Andes, y de la maestría en Derecho de la Empresa y de los Negocios de la Universidad de la Sabana. Es miembro del Colegio de Abogados Comercialistas, del cual ha sido editor de su boletín y miembro de su Junta Directiva. 
cesarrodriguez@trtabogados.com 
cesrodriguez@hotmail.com

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Instituciones de Salvamento de entidades financieras en Colombia. 2014-2015

  • 1. LF 2014-2015 Instituciones de Salvamento y protección de la confianza del público en el sector.
  • 2. 1. Antecedentes. 1.1.Elsistemafinancierosebasaenlaconfianzadelpúblico. 1.2.Laconfianzaenelmismoysusituacióneconómicasepuedeafectarporcausasexternasointernasdelasentidades: 1.2.1.Causasexternascomodesajustesmacroeconómicos,desarreglosfiscalesdelosgobiernos(crowdingoutodesplazamientodelainversiónprivadaporcrecimientodelainversiónpública),lainflación(incertidumbreenlospreciosynecesidaddecomprarbienesantesdequecambiendevalor),riesgossistémicosyreputacionales,másaunenunaeconomíaglobalizada. 1.2.2.Causasinternascomomalmanejodelasentidadesqueterminanafectandosuliquidez,susolvencia(relacióndesusactivosconsupatrimonio)osuidoneidadparaadministrardineros.
  • 3. 2. Fundamentos y principios de las instituciones de salvamento. 2.1.Mantenerlaconfianzadelpúblico(muygrandeparacaer).Lossistemasfinancierossonsolventeshastacuandolosdepositantesasílopiensan.LateoríadelmalmenorencuantoalaintervencióndelEstadoparasalvarentidadesyelquehayunasinstitucionesmuygrandesparaquecaigan.Vgr.PlanderescatedeCitibankporUSD38milmillones. 2.2.Mantenerlaestabilidadenelsistemadepagos.Serequierequelosahorradoresmantenganeldinerodentrodelsistemaparaqueestepuedaoperar(efectomultiplicadordeldinero). 2.3.Mantenerlaintermediaciónfinancieraconelfindequeelahorroseirradiealrestodelaeconomía. 2.4.Establecimientodeunprocedimientoconcursalordenado. 2.5.Proteccióndelaentidadintervenida,porserunaorganizaciónproductivaquehacepartedeunsistema.Latomadeposesiónparaadministrarylaliquidaciónsonsoloúltimorecursosyestánregladas.Art. 320.6.A(ReglasdelFogafín).ConceptoSBC1998051421de14oct98.
  • 4. 2.6.Preservacióndelosprincipiosdelmercado.Lasentidadesineficientesdebendesapareceroalmenosgenerarese“ambiente”detensiónenelmercadoparamantenerladisciplinadeoferentesydemandantes. 2.7.Protecciónalosahorradoresdebuenafeyelinterésgeneral.Eselahorroynoeldineroloqueesprotegidoensí. 2.8.Negación(olimitación)debeneficiosaaccionistasyadministradoresresponsables.Art.316.2.Eosfa. 2.9.Discreciónytransparencia.Paranogenerarpánicoeconómico. 2.10.Eficienciaydesjudicializacióndelaintervención.Losmecanismosdebentenerunefectopositivoversusloscostesdeimpulsarlosmismos. 2.11.Tratamientoigualitarioentrelosacreedores(¿LGM,Fiducia?). 2.12.Responsabilidad.Definiciónderesp.administrativas,civilesypenales. 2.13.Coordinacióninterinstitucional:SFC,FogafínyBrep. 2.14.Decisionesdeaplicacióninmediata,losrecursoscontraellasnosuspendenlasmismas.
  • 5. 3. Normativa. 3.1.Eosfa,artículos113yss(Institutosdesalvamentoyproteccióndelaconfianzapública). 3.2.Eosfa,artículos290yss(Tomadeposesiónyliquidaciónforzosaadministrativa). 3.3.Eosfa,artículos316yss(Fogafín) 3.4.Ley964,art.22,inc.3.PermitelaaplicacióndelamateriaalasanteriormentevigiladasporlaSupervalores. 3.5.Ley1328,art.40yss(modificaalgunospuntosenlamateria). 3.6.DU2555,art.8.1.1.1.1yss(Parte8,Institutosdesalvamento). 3.7.DU2555,art.9.1.1.1.1.yss(Parte9,Procedimientosdeliquidación). 3.8.D.2206/98(FondodeGarantíasdeEntidadesCooperativas-Fogacoop).
  • 6. 4. Medidas preventivas especiales de la toma de posesión. (113 y ss. Eosfa). 4.1.Debediferenciarseentrelasmedidaspreventivasensí,lasmedidasdesaneamientoylasmedidasliquidatorias. 4.1.1.Preventivas. (a)Preventivasensentidoamplio:todalanormativaenfocadaaevitarqueunaentidadincurraenunasituacióndeinsolvenciaoiliquidez. (b)Preventivasespeciales,aquellasdiseñadasespecíficamenteparaEVITARquelaentidadincurraencausalesdetomadeposesión(TP). 4.1.2.Desaneamiento,sonlaspreventivasespecialesperocuandoyaseestáSUBSANANDOlacausaldeTP,einclusosiyahaycesacióndepagos. 4.1.3.Deliquidación.Enfocadasenrealizarunpagoordenadodelasacreencias. 4.2.Todaslasanterioressontemporales. 4.3.Seestudiaránlaspreventivasespecialesydesaneamiento. 4.4.Elpuntoes¿quépasacuandolaentidadproponemedidaspreventivasespecialesyestasnosonaceptadas?¿haylugaratomadeposesiónyterminanenliquidación?.Granahorrar.
  • 7. 4. Medidas preventivas especiales de la toma de posesión. (113 y ss. Eosfa). 4.5.ProcedimientointernodelaSFCparaadoptarlamedida: 4.5.1.SuperdelegadodeltipodeentidadalSuperdelegadoinstitucional, luegoesteproponelamedidaalSuperfinanciero. 4.5.2.SuperfinancierodebeescucharalConsejoAsesor(Dec422de2006).
  • 8. 4.3.Vigilanciaespecial.113,1, Sebuscaunasupervisióndirectaydetalladaparaevaluarlascondicionesdeldesarrollodesuobjetosocial. Duranteella,elSuperintendentedeterminaparaelcasolosrequisitosquedebencumplirseparaelfuncionamientodelaentidad. Suaplicacióndebeserlomásbreveposible:seevitamantenerexistenciasineficientesyaumentarelriesgodefraudedeadministradoresyaccionistas, másauncuandosisemalinterpretacomocoadministración. Res.826del27/5/2011,VigilanciaespecialdeProyectarValores. 4.4.Recapitalización.84y113.2. 4.4.1.Art.84.Cuandolaentidadnoestécumpliendolasnormassobrecapitales,seaelcapitalmínimopermanente(art.80)oeldelarelacióndesolvencia(9%). 4.4.2.Cuandoocurrenpérdidasquetipifiquenlacausaldedisolucióndel457C.Co.(patrimonionetopordebajodel50%delcapitalsuscrito). 4.4.3.Cuandosupatrimoniotécnicoseainferioral40%delnivelmínimoprevistoparapatrimonioadecuado.Esademáscausaldetomadeposesióninmediata.114.a.Eosfa.
  • 9. 4.5.Administraciónfiduciaria. Atravésdeellaseencomiendaaotraentidadfinancieralagestióndelosnegociosdelaintervenida. Másenfocadaatemasdenoidoneidaddelosadministradores. SerequiereademásdelconsentimientodeotraentidadydelaautorizacióndelFogafín(320.1.N). 4.6.Cesióntotaloparcialdeactivos,pasivosycontratosyenajenacióndeestablecimientosdecomercioaotrainstitución. Serequiereademásdelconsentimientodeotraentidad. Noserequierelaaceptacióndelcedidoporaplicacióndel68.3. Fogafínpuedeasumirlaspérdidasqueimplicanlacesiónparaqueelcesionarioasumaelnegocio(320.2). 4.7.Fusión. Serequiereademásdelconsentimientodeotraentidad. SedebecumplirconeltrámiteestablecidoenelC.Co.paraestafigura,conlostiemposyaprobacionesqueelloimplica.Pocooperativo. Fogafínpuedeasumirlaspérdidasqueimplicanlamismaparafacilitarsurealización(320.1.K).
  • 10. 4.8.Exclusióndeactivosypasivos(L.765/3,art.28yDU,art.8.2.1.1.1.). 4.8.1.SoloparaEst.decrédito,puedeserpreventivaodesaneamiento. 4.8.2.Consisteenlaseparacióndelosactivos,teniendoencuentasucalidadyfacilidaddeliquidación,ydepasivosqueestáncubiertosporelsegurodeDepósito. (a)Losactivossetransfierenaunnuevopatrimonioelcualemitevaloresporunmontoigualaldelospasivosexcluidos. (b)Lospasivosconelpúblicosonobjetodesubastaconotrasentidadesinteresadas(¿intuitopersonaem?). (c)Laentidadadministradoraalaqueseletransfieranlosactivosdecalidadypasivostendráhastadosañosparaajustarse,tiempoenelquelaSFClopuedeexceptuardecumplirnormasprudenciales. 4.8.3.Suestructuraciónesconfidencialhastaqueyaesunhechoyesvinculante.Losadministradoresdelaentidadqueesobjetodelamismadebencumplirladeinmediatoeinformarcualquierobstáculoqueevidencien.
  • 12. 4.9.Programasderecuperación(113,6Eosf). EspresentadoporlaentidadalaSFCopuedeserexigidoporesta. CasoIntervalores(Res.1416de2008),latomadeposesióncomomedidaadministrativasancionatoria(concepto2000003893/2000SBC),locualimplicaproporcionalidadyrazonabilidadenarasdelograrlarecuperacióndelaentidadynoterminarminandolaconfianzadelosconsumidores. 4.10.Programasdedesmonteprogresivo-L.795/3,12yDUart.8.1.1.1.1). Porelcualsedisminuyenlíneasdenegociosoexposicionesquesonopuedenserexcesivasafuturoenarasdeunaliquidaciónsintomadeposesiónounaconversiónauntipodeentidad“novigilada”. Buscaevitar(nosubsanar)latomadeposesiónyduramáximo4años. SuestructuraciónesimpulsadaporlaAsambleaypropuestaalaSFC. Apartirdelasolicitud,laSFCpuedeexceptuarelcumplimientoderequerimientosnormativos(Vgr.encaje,posiciónpropia,etc.),ypuedelevantarlaexcepciónencualquiermomento. Fiduciarias:debeincluireldesmontedecarterascolectivas.
  • 13. 5. Toma de Posesión. 5.1.Suscausalessonespecíficas(291.1). 5.2.SecriticaporcuantoensínoaportasoluciónalproblemaquegeneralamismayporqueimplicaunacoadministracióndepartedelEstadoquepuedesercontraproducenteydemandable. 5.3.Paraevitarlosanterioresriesgos,suplazoestálimitadoa2mesesprorrogablesporotrotantoparadefinirsihaylugaraliquidación. 5.4.Sinohaylugaraliquidación,la“administración”solopuededurar1añoprorrogableporotrotanto,salvoqueelGobiernoautoriceunaprórrogamayor(nounanuevaprórroga). 5.5.Haycasosdetomadeposesióninmediata,basadosenreduccionesdepatrimoniotécnicoexcesivasocuandohayaexpiradoelplazoparapresentarunprogramaderecuperaciónonosecumplanlasmetasdelosmismos.
  • 14. 5.4.Quéimplicalatomadeposesión: a)Laseparacióndelosadministradoresydirectoresdelaadministracióndelosbienesdelaintervenidasiasíseconsideraoportuno.Cuandoesportemasdelímiteslegalesesobligatorioesto.Sinolohaceinmediatamentelopuedehacerencualquiermomentoafuturo. b)Laseparacióndelrevisorfiscal,salvoqueenrazóndelascircunstanciasquedieronlugaralaintervención,laSuperintendenciadecidanoremoverlo. c)Laimprocedenciadelregistrodelacancelacióndecualquiergravamenconstituidoafavordelaintervenidaodelainscripcióndenuevosactos. d)Lasuspensióndelosprocesosdeejecuciónencursoylaimposibilidaddeadmitirnuevosprocesosdeestaclasecontralaentidadobjetodetomadeposesiónporrazóndeobligacionesanterioresadichamedida.Alosprocesosejecutivosseaplicaránenlopertinentelasreglasprevistasporelart.70yssdelaley1116(Continuacióndelosmismoscontragarantesocodeudores).
  • 16. 5.5.Otrostemas. 5.5.1.Agenteespecialyjuntaasesora.Nombramientodeunagenteespecialquepodráserposteriormentesuliquidador.Puedehaberunajuntaasesora. 5.5.2.FogafínhaceseguimientodelasactividadesdelagentesinperjuiciodelavigilanciadelaSFCdurantelaetapadeadministración. 5.5.3.Elagentepuedeterminarloscontratosexistentessilosmismosnosonnecesariosparalaadministraciónoliquidación. 5.5.4.Noprocedenciadelacompensacióncuandolaentidadseaacreedoraydeudorarecíprocadeuntercero. 5.5.5.Elliquidadoreselúnicoparainstaurarlaacciónrevocatoriadel301.7. delosactosrealizados18mesesantesalatoma. 5.5.5.1.Análisisdelamalafedequienesparticiparonenlosactos. (a)Debeelliquidadorprobarlamalafe.AcciónPaulianacivil. (b)Sepresumelamalafeporelsolohechodelainsolvenciaposterior,debeeldeudorprobarqueobródebuenafe.Acciónrevocatoriadelaley1116. (c)Nosehaceanálisisdelaconductadeldeudorsalvoenelcasodelliteral301,7,E(CSJ8/7/13.ValldeRutén).
  • 17. 6.0 Procedimiento para tomar las medidas a partir de las visitas. 6.1.ElSuperintendenteDelegadoparaeltipodeentidadesquienproponealinteriordelaSFClamedidaconcretaalSuperintendenteDelegadoparaSupervisiónInstitucional.(Dec.2555,art.11.2.1.4.35,num.5) 6.2.ElSuperintendenteDelegadoparaSupervisiónInstitucionalselaproponeasuvezalSuperFinanciero(2555,art11.2.1.4.34,num.5). 6.3.EltemaesrevisadoporelConsejoAsesordelSuperintendentequiendebedarconceptofavorable(dec422/2006).Locomponen5expertos.EsobligatorioconsultarloperosuopiniónnoobligaalSuperintendente. 6.4.LasdecisionesdelSuperenmedidascautelaressondeaplicacióninmediatayprocedesoloreposiciónporseractosadministrativosdecarácterparticular(335Eosfa)sinsuspendersuaplicación. 6.5.Cuandosetomalamedida,eselSuperintendenteelquelamodulaensuejecuciónmedianteoficios.
  • 18. 7.0. Fogafin –Fondo de Garantías Financieras. 7.1.Historia. 7.1.1.Apartirdelacrisisde1982seconcluyólanecesidaddeunaentidadparaafrontarproblemasdesolvenciaydepérdidadeahorro.Ley117/1985. 7.1.Objeto.Proteccióndelaconfianzadelosdepositantesyacreedoresenlasinstitucionesfinancieras,preservandoelequilibrioylaequidadeconómicaeimpidiendoinjustificadosbeneficioseconómicosodecualquierotranaturalezadelosaccionistasyadministradorescausantesdeperjuiciosalasinstitucionesfinancierasyprocurandominimizarlaexposicióndelpatrimoniopropiodelFondoodelasreservasqueesteadministra,alaspérdidas.(Loresaltadoesdelaley1328,art.40) 7.2.Institucionesquedebenserpartedelmismo: 7.2.1.Bancos,Corp.Financieras,CompañíasdeFinanciamiento,AFPs 7.2.2.Ley1328.IncluyealasAseguradorasdeVidaqueoperanramosdepensionesprevistasenlaley100/93. 7.2.3.OtrasvigiladascuandolaleyestablezcaunagarantíadeFogafín. 7.2.4.¿AdministradoresdeCarterasColectivas?:No.
  • 19. 7.3. El seguro de depósitos. 7.3.1.Coberturade20millones. 7.3.2.Principios(AsociaciónInternacionaldeAseguradoresdeDepósitos). Principio1–Objetivosdeinteréspúblico ElprimerpasoenlaadopciónoreformadeunSistemadeSegurodeDepósitosesespecificarlosobjetivosdeinteréspúblicoaalcanzar. Principio2–Reduccióndelriesgomoral.Disminuirlaagresividadenlosnegocios.Porlomismo,nosegarantizatodo. Principio3–Mandato Esesencialqueelmandatoaladministradordelsegurodedepósitosseaclaroyestéestablecidoformalmenteenlaley.
  • 20. Principio4–Potestades Todoaseguradordedepósitosrequierepotestadparafinanciarreembolsos, suscribircontratos,establecerpresupuestosyprocedimientosdeoperacióninternosyaccederainformaciónoportunayverazparacerciorarsedepodercumplirpuntualmenteconsuscompromisosantelosdepositantes. Principio5–Gobernanza Debeoperarconindependenciaytransparencia,rendircuentasyestaraisladodeinfluencias. Principio6–RelaciónconotrosintegrantesdelaReddeSeguridadFinanciera Principio7–Asuntostransfronterizos Bajoconfidencialidad,sedebeintercambiartodalainformaciónrelevanteentreaseguradoresdedepósitosdedistintasjurisdicciones.
  • 21. Principio8–Membresíaobligatoria LamembresíaenelSistemadeSegurodeDepósitosdebeserobligatoriaparatodaslasinstitucionesqueaceptendepósitosdequienesseconsideranecesitanmásprotección. Principio9–Cobertura Lasautoridadesdebendefinirclaramenteenlaley,enregulacionesprudencialesoenreglascuálessonlosdepósitosasegurables.Elniveldecoberturadebeserlimitadoperocreíble. Principio10–TransicióndeunacoberturatotalhaciaunSistemadeSegurodeDepósitosdecoberturalimitada CuandounpaísdecidacambiardeunagarantíadecoberturatotalaunSistemadeSegurodeDepósitosdecoberturalimitada,odecidacambiarelsistemadecoberturatotalexistente,latransicióndebesertanexpeditacomolascircunstanciasdelpaísencuestiónlopermitan.
  • 22. Principio11–Financiamiento UnSistemadeSegurodeDepósitosdebedisponerdetodoslosmecanismosdefinanciamientonecesariosparaasegurarunreembolsoexpeditodelasreclamacionesdelosdepositantes. Principio12–Concientizacióndelpúblico Principio13–Protecciónlegal Elaseguradordedepósitosyaquellosindividuosquetrabajanparaéldebenestarprotegidoscontrademandasmotivadasporlasdecisionesyaccionesde «buenafe»llevadasacaboeneldesarrollodesusmandatos. Principio14–Accionescontralosresponsablesdelaquiebradeunbanco Unaseguradordedepósitos,uotraautoridadrelevante,debeestarfacultadoparapromoveraccionescontralosresponsablesdelaquiebradeunbanco.
  • 23. Principio15–Deteccióntempranaeintervenciónyresoluciónoportunas ElaseguradordedepósitosdebeserpartedelaReddeSeguridadFinancieraquepermitaladeteccióntempranaylaintervenciónyresoluciónoportunas deunbancoconproblemasfinancierosserios. Principio16–Procesoseficacesderesolución Losprocesoseficacesderesolucióndequiebrasbancariasdeben:facilitarlacapacidaddelaseguradordecumplirconsusobligaciones,incluyendoelreembolsooportuno,precisoyequitativo;minimizarcostosderesoluciónylaperturbacióndelosmercados;maximizarlarecuperacióndeactivosyreforzarladisciplinaatravésdeaccioneslegalesenloscasosdondesepresumaquehubonegligenciauotrosdelitos. Principio17–Reembolsoadepositantes ElSistemadeSegurodeDepósitosdebedaralosdepositantesaccesooportunoasusfondosasegurados. Principio18–Recuperaciones Elaseguradordebeobtenerpartedelorecuperadoconventadelapropiedaddelbancoinsolvente.
  • 24. 7.3. Oficialización y Nacionalización. 7.3.1.Oficialización. SerefierealacategoríaqueseledaalasentidadescuandoelFogafíntieneparticipaciónenlasmismasendesarrollodelartículo320.1.AodeaportesdeCapitalGarantíadel320.3. Obedecealconceptodeentidadoficialapartirdelodispuestoenelartículo320.4.inciso4,párrafo2,cuandoelaportedeFogafínsuperael50%delcapitaldelaentidad,casoenelcualseconsideraesunadescentralizadaenaplicacióndelaley489/98. 7.3.2.Nacionalización. CreacióndelDecretoLey2920/82. PormediodelacualelGobiernoasumelaadministracióndelaentidadpudiendoademásparticiparenlamismabajocondicionesespeciales. Derogadaporlaley45de1990.
  • 25. 8.0 Fogacoop. –Fondo de Garantía de Entidades Cooperativas. Creadoporeldecreto2206/98. ObligacióndeinscribirsealmismolasCooperativasFinancieras(vigiladasporlaSFC),lasCooperativasdeAhorroyCrédito(vigiladasporlaSupersolidaria)ylasCooperativasmultiactivasointegralesconseccióndeahorroycrédito(vigiladasporlaSupersolidaria). LacoberturapuedeserdiferentesegúneltipodeCooperativa(art.85, L.1328). RecuérdesequeconlaleyL.1328sequierenincentivarlasmicrofinanzasmediantelaautorizaciónalasCooperativasdeAhorroyCréditoyalasMultiactivaseIntegralescondichasecciónelqueprestenserviciosapersonasjurídicasquenopuedanasociarseporenlostérminosdelaleycooperativa. Secubren8millonesdepesosconundeducibledel25%,parauntotalde6millones.TeniendoencuentaqueelpromediodeahorroporpersonaenCooperativasesde1.5millones,setienecubiertoenun100%loahorradoenlasmismas.
  • 26. 9.0 Casos. 9.1.Granahorrar. LaSBClointervinoenoct/98.Antelacrisisfinancieraporlaquepasabalaentidad, lasautoridadesdecidierondeclararlaencesacióndepagosyenestadodeinsolvencia, yordenaronalosaccionistascapitalizarelbanco. LosaccionistasnocumplieronconloexigidoporlaSBC,antelocual,paraevitarelpánicoyprotegeralosahorradores,elGobiernotomóposesióndelbancoylonacionalizó.Paraadoptarlamedida,lasautoridadesmonetariasredujeronelvalordelasaccionesylascotizaronauncentavocadauna. Estasmedidas,dijeronlosaccionistas,fueronadoptadasporelGobiernosinunapreviacomunicación,loquelesimpidiótomardecisionesycausóunperjuicioasusinversiones.AdemásunproblemadeliquidezfueencausadocomodesolvenciaporlosSupervisores. El1/11/2007elConsejodeEstado(SecciónCuarta)declarólanulidaddelasdecisionesdelaSBC,yordenóelpagode500milmillonesaprox.LaCorteConstitucionalconsideróquesehabíapresentadolacaducidaddelaacciónyordenódejarsinefectoselfallo.
  • 27. 9.0 Casos. 9.2.ProyectarValores. Vigilanciaespecial(27/5/11). Tomadeposesiónparaadministrar(22/6/11). “a)Cuandohayasuspendidoelpagodesusobligaciones “e)Cuandopersistaenviolarsusestatutosoalgunaley “f)Cuandopersistaenmanejarlosnegociosenformanoautorizadaoinsegura” Ordendeliquidación(4/10/11).
  • 28. Acerca del autor: César Augusto Rodríguez Martínez Colombia, 1976. Abogado de la Universidad del Rosario (1998), con especializaciones en Derecho Comercial de la Universidad Javeriana y en Legislación Financiera de la Universidad de los Andes. Fue becario de la Fundación Carolina, entidad que auspició su máster en España en Derecho de los Negocios en la Universidad Francisco de Vitoria y el Colegio de Abogados de Madrid. Ha hecho cursos en Operación Bursátil y Mercado de Capitales de Asobursátil, en Negociación Profesional del Colegio de Estudios Superiores de Administración –CESA y en Evaluación Financiera de Proyectos de la Universidad de la Sabana. Durante su experiencia profesional de más de 15 años, ha estado vinculado al sector real, a oficinas de abogados y al Banco CorpBanca Colombia S.A. (antes Banco Santander), siendo su último cargo Secretario General y responsable de la Vicepresidencia jurídica de Banco CorpBanca y sus filiales en Colombia. Su experiencia se ha enfocado en temas de negocio financiero y fiduciario, tesorería, asuntos jurisdiccionales, Gobierno Corporativo, relaciones con autoridades, mercado de valores y Banca de Inversión. Ha sido miembro de distintas juntas directivas de los Grupos Santander y CorpBanca. Ha participado en comités gremiales auspiciados por la Asobancariay el Autorregulador del Mercado de Valores –AMV para temas de Habeas Data y Educación Financiera. Actualmente es miembro de Tobar & Romero Abogados. Es profesor de las especializaciones en Legislación Financiera y Negocios Internacionales de la Universidad de los Andes, y de la maestría en Derecho de la Empresa y de los Negocios de la Universidad de la Sabana. Es miembro del Colegio de Abogados Comercialistas, del cual ha sido editor de su boletín y miembro de su Junta Directiva. cesarrodriguez@trtabogados.com cesrodriguez@hotmail.com