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Ley N° 16744 
Historia y Evolución de la 
Prevención de Riesgos en el 
mundo y en Chile
Historia de la disciplina 
• En el pasado los riesgos laborales se 
consideraban como algo “inevitable” 
relacionado al desarrollo productivo y a la 
modernización de la empresa.
Desde tiempos remotos … 
• existió alguna conciencia de prevención en áreas 
extractivas y mineras. (S. XVI y XVII) 
• fundamentada más que nada en la necesidad de proteger a 
un recurso productivo cuyo reemplazo era en sí difícil y 
relativamente más costoso por las pérdidas asociadas al 
proceso de aprendizaje.
Historia de la disciplina 
• A nivel mundial, a partir de la Revolución Industrial de 
principios del siglo XIX comienza a manifestarse la 
preocupación por la seguridad social, dada la precariedad y 
desprotección en que vivían los trabajadores y sus 
familias.
Reparación de los perjuicios causados por 
Accidentes o Enfermedades Laborales 
Gobierno de Manuel Montt Torres 
Código Civil de 1853, : de inspiración esencialmente individualista
Código Civil de 1853, 
• El trabajador víctima de un accidente, debía probar culpa o 
dolo en la conducta del empresario; también de los 
perjuicios y además la relación causal entre ambos 
elementos y demandar ante los tribunales la indemnización 
por el daño sufrido. 
• El empresario a su vez, podría alegar culpa o dolo del 
trabajador para exonerarse de su responsabilidad o 
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Código de Comercio, 1865: 
• Señalaba reglas para los dependientes de esta actividad, en 
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• Disponía que los hombres de mar enfermos, heridos o 
mutilados durante la navegación, tenían derecho a ganar el 
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Código de Minería, 1888: 
La responsabilidad del patrono se limitaba a atender la 
curación del operario minero que se hubiese accidentado o 
enfermado en el trabajo de la mina. (En vigencia desde los 
tiempos de la conquista española).
Reconocimiento de los Accidentes Laborales 
• En este contexto, la cobertura de los 
riesgos del trabajo, es considerada como 
una de las ramas de la seguridad social que 
comienza a desarrollarse jurídicamente a 
principios del siglo XIX, para proteger 
contra los accidentes del trabajo a los 
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que realizaban tareas muy peligrosas.
• La actividad preventiva en riesgos y los instrumentos 
jurídicos ligados a este tema, comienzan a desarrollarse 
hacia fines del siglo XIX y comienzos de siglo XX, 
tiempos en que se establecen normativas de carácter 
laboral y previsional.
• A partir de 1900 comienzan a surgir organizaciones de 
obreros que van gestando las bases de una futura 
legislación laboral y de seguridad social.
• Entre 1900 y 1907, trabajadores portuarios, ferroviarios y 
pampinos de distintos cantones protestaron por salarios y 
condiciones laborales. Los accidentes abundaban a causa 
de explosiones de dinamita mal manejada o defectuosa, 
derrumbes de calicheras (las vetas donde se extraía el 
salitre) y las caídas de obreros a los hornos en que se 
fundía el mineral.
• 21 de diciembre de 1907 
Pedro Montt Montt (1906-†1910)
• Son las 15:45 del 21 de diciembre de 1907 en el centro de 
Iquique, y cada una de las balas atraviesa los cuerpos de 
hasta diez pampinos. Es el comienzo de uno de los sucesos 
más negros de la historia de Chile.
• Conflicto de Iquique 
La protesta obrera alcanza en 1907 el clímax con los sucesos de la escuela Santa María 
de Iquique, que culminan en una brutal matanza que cuesta la vida a dos mil 
trabajadores. 
El conflicto se desata al negárseles a los cargadores y lancheros de las compañías 
salitreras el derecho a recibir sus salarios a un cambio estable. La huelga prende y se 
extiende a las oficinas salitreras. En el pliego de peticiones los obreros solicitan la 
supresión del sistema de fichas y vales, como sistema de pago, y su reemplazo por 
jornales al cambio de 18 peniques; el libre comercio entre oficinas; la instalación en 
pulperías de balanzas y varas que funcionen correctamente; la colocación de rejas en los 
cachuchos; la habilitación de locales para escuelas; fuero para los participantes del 
movimiento obrero y, en caso de ser expulsados, una indemnización; así como también 
desahucio para los obreros al paralizar una oficina. Ante la negativa de los empresarios 
ingleses frente a cualquier tipo de negociación, los trabajadores deciden abandonar las 
oficinas y dirigirse en masa a Iquique buscando una solución. Son alrededor de 10.000. 
Se concentran en la plaza Manuel Montt en carpas y campamentos improvisados, y en la 
escuela Santa María que ocupa un costado de la plaza. Una mediación es propuesta por 
las autoridades de la ciudad: el vicario, el intendente, el jefe de guarnición y un abogado. 
No tienen ningún eco entre los administradores de las oficinas. El pánico invade a las 
autoridades locales, quienes solicitan refuerzos para resguardar el orden público a dos 
Regimientos de la plaza, uno de Antofagasta y dos de Tacna. Se recurre también a las 
tropas de desembarco de los transportes Maipo y Rancagua, y del crucero Zenteno en 
Valparaíso.
• Es el propio presidente Pedro Montt quien da las ordenes de bajar a tierra, 
secundado por sus ministros de Interior y de Guerra. En el crucero Zenteno arriba 
a Iquique el general Roberto Silva Renard para tomar el control de la situación. El 
21 de diciembre el Intendente publica un decreto que prohibe la libre circulación 
por las calles de Iquique y las comunas de la provincia, y suspende las libertades 
constitucionales. La ciudad se llena de tropas armadas y las probabilidades de 
arreglo del conflicto se alejan. Los ingleses insisten en la vuelta inmediata a las 
faenas, y los obreros en sus demandas. El Intendente les solicita se trasladen hacia 
el Club Hípico, pero ellos se niegan porque temen ser agredidos por los cañones de 
los barcos. Silva Renard ordena evacuar la plaza en cinco minutos. Luego de 
transcurridos éstos, da la orden de disparar. Las tropas ingresan posteriormente a 
la escuela abatiendo a muchos de quienes se encuentran en su interior. 
El episodio, donde se evidencia el contraste ante la actitud pacífica de los 
huelguistas y la violencia de los organismos armados queda grabado en la memoria 
colectiva, constituyéndose en paradigma de las luchas obreras.
AÑO 1916 
La Primera Guerra provocó, entre otros hechos, el 
afianzamiento de Estados Unidos como potencia mundial y 
la desaparición de los imperios Austro-Húngaro y 
Otomano.
Ley Nº 3.170 (1916) 
Primera ley en Chile referida exclusivamente a los 
Accidentes del Trabajo. (Imperaban los argumentos en 
Derecho y no se conocían aun los enfoques de Médicos, 
Ingenieros, ni representantes de los Trabajadores). 
Juan Luis Sanfuentes Andonaegui (1915-1920)
Ley Nº 3.170 (1916) 
Se caracteriza por: 
• La responsabilidad de los accidentes es patronal, siempre y cuando un 
juicio de carácter civil así lo dictaminare. 
• Exceptúa de responsabilidad a los patrones, debido a culpa grave de la 
víctima. 
• Permite que el empleador asegure contra el riesgo. Implica 
relación comercial con Compañía de Seguros, siendo la afiliación 
de carácter optativo; por lo tanto, al no existir la obligación de optar 
por este seguro, su cobertura era mínima. 
• Incluye accidentes y no enfermedades profesionales. 
• Establece prestaciones médico asistenciales y económicas de 
supervivencia.
Arturo Alessandri Palma 
(1920-1925)
En la década del 20 se legisla en relación a las enfermedades 
profesionales y los accidentes del trabajo. 
Con la promulgación de la Ley 4.054 del 8 de septiembre 
del año 1924 conocida como “La ley del Seguro Obrero 
Obligatorio”, se originó la creación de la Caja de 
Accidentes del Trabajo, como una dependencia del Seguro 
Obrero quien entregaba a los trabajadores accidentados y 
enfermos atención médica sin costo, indemnizaciones y 
pensiones
La ley de seguro obrero obligatorio fue la 
primera dictada en América Latina y estuvo 
inspirada en la legislación alemana de 1883 
promovida por Bismark.
Bismarck, convencido de que cualquier 
movimiento democrático minaba los cimientos del 
Estado, era consciente, sin embargo, de la 
necesidad de mejorar la suerte de los trabajadores, 
para que no se rebelasen contra el poder. Y a partir 
de 1883 fueron creados sistemas de seguro de 
enfermedad, de accidentes y de vejez. En 1892, 
dos años después del final de la "era Bismarck", 
Alemania tenía una legislación social muy 
avanzada en comparación con los demás países.
Ley Nº 4.055 (1925) 
Esta ley viene a mejorar la anterior, en lo que 
respecta a: 
• Suprime los juicios; es decir, las prestaciones 
proceden sólo con acreditar el accidente. 
• Incluye las enfermedades profesionales. 
• Mantiene las prestaciones económicas de valor 
fijo, lo que quiere decir que los accidentes y 
enfermedades profesionales que producían algún 
tipo de incapacidad, estaban valorizados.
Creación de organismos mutuales 
Asociación de empresarios que tratan de revertir la 
altísima tasa de accidentes que existía entre los años 1950 
y 1960. 
 Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), 
 Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y 
 Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción, 
que más tarde se consolidan con la creación del Seguro 
Social Obligatorio a través de la Promulgación de la Ley 
16.744 de 1968 “Ley de Accidentes del Trabajo y 
Enfermedades Profesionales del Ministerio del Trabajo y 
Previsión Social”, bajo el gobierno del Presidente 
Eduardo Frei Montalva (1964 -1970).
Ley 16.744 (1968) 
• Al entrar en vigencia la Ley 16.744 se crea 
un moderno sistema de protección ante los 
accidentes del trabajo y enfermedades 
profesionales, estableciendo un marco 
jurídico moderno para la época, que puso 
énfasis en la capacitación y la prevención 
de riesgos.
Propósitos de la Ley 16.744 
• Prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades 
profesionales. 
• Otorgar prestaciones médicas por accidentes del trabajo, 
de trayecto y enfermedades profesionales. 
• Indemnizar a través de la entrega de prestaciones 
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• Rehabilitar y reeducar a los trabajadores para su 
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• Mayor legislación, regulaciones, conciencia empresarial, 
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riesgos en la empresa. 
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relaciones laborales y mejor calidad de vida. 
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sentido más integral. 
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• La cobertura de riesgos del trabajo es la más antigua y 
extendida de las ramas de la seguridad social[1] . 
[1] Seguridad Social: "La protección que la sociedad 
proporciona a sus miembros, mediante una serie de 
medidas públicas, contra las privaciones económicas y 
sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o 
una fuerte reducción de los ingresos por causa de 
enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o 
enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; 
y también la protección en forma de asistencia médica y 
de ayuda a las familias con hijos“. 
• Definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 
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Una historia seguro social 16744

  • 1. Ley N° 16744 Historia y Evolución de la Prevención de Riesgos en el mundo y en Chile
  • 2. Historia de la disciplina • En el pasado los riesgos laborales se consideraban como algo “inevitable” relacionado al desarrollo productivo y a la modernización de la empresa.
  • 3. Desde tiempos remotos … • existió alguna conciencia de prevención en áreas extractivas y mineras. (S. XVI y XVII) • fundamentada más que nada en la necesidad de proteger a un recurso productivo cuyo reemplazo era en sí difícil y relativamente más costoso por las pérdidas asociadas al proceso de aprendizaje.
  • 4. Historia de la disciplina • A nivel mundial, a partir de la Revolución Industrial de principios del siglo XIX comienza a manifestarse la preocupación por la seguridad social, dada la precariedad y desprotección en que vivían los trabajadores y sus familias.
  • 5. Reparación de los perjuicios causados por Accidentes o Enfermedades Laborales Gobierno de Manuel Montt Torres Código Civil de 1853, : de inspiración esencialmente individualista
  • 6. Código Civil de 1853, • El trabajador víctima de un accidente, debía probar culpa o dolo en la conducta del empresario; también de los perjuicios y además la relación causal entre ambos elementos y demandar ante los tribunales la indemnización por el daño sufrido. • El empresario a su vez, podría alegar culpa o dolo del trabajador para exonerarse de su responsabilidad o atenuarla, o alegar caso fortuito.
  • 7. Código de Comercio, 1865: • Señalaba reglas para los dependientes de esta actividad, en caso de accidentes, más bien como un mandato comercial. • Disponía que los hombres de mar enfermos, heridos o mutilados durante la navegación, tenían derecho a ganar el salario convenido hasta el regreso a puerto.
  • 8. Código de Minería, 1888: La responsabilidad del patrono se limitaba a atender la curación del operario minero que se hubiese accidentado o enfermado en el trabajo de la mina. (En vigencia desde los tiempos de la conquista española).
  • 9. Reconocimiento de los Accidentes Laborales • En este contexto, la cobertura de los riesgos del trabajo, es considerada como una de las ramas de la seguridad social que comienza a desarrollarse jurídicamente a principios del siglo XIX, para proteger contra los accidentes del trabajo a los mineros del carbón y a otros trabajadores que realizaban tareas muy peligrosas.
  • 10. • La actividad preventiva en riesgos y los instrumentos jurídicos ligados a este tema, comienzan a desarrollarse hacia fines del siglo XIX y comienzos de siglo XX, tiempos en que se establecen normativas de carácter laboral y previsional.
  • 11. • A partir de 1900 comienzan a surgir organizaciones de obreros que van gestando las bases de una futura legislación laboral y de seguridad social.
  • 12. • Entre 1900 y 1907, trabajadores portuarios, ferroviarios y pampinos de distintos cantones protestaron por salarios y condiciones laborales. Los accidentes abundaban a causa de explosiones de dinamita mal manejada o defectuosa, derrumbes de calicheras (las vetas donde se extraía el salitre) y las caídas de obreros a los hornos en que se fundía el mineral.
  • 13. • 21 de diciembre de 1907 Pedro Montt Montt (1906-†1910)
  • 14. • Son las 15:45 del 21 de diciembre de 1907 en el centro de Iquique, y cada una de las balas atraviesa los cuerpos de hasta diez pampinos. Es el comienzo de uno de los sucesos más negros de la historia de Chile.
  • 15. • Conflicto de Iquique La protesta obrera alcanza en 1907 el clímax con los sucesos de la escuela Santa María de Iquique, que culminan en una brutal matanza que cuesta la vida a dos mil trabajadores. El conflicto se desata al negárseles a los cargadores y lancheros de las compañías salitreras el derecho a recibir sus salarios a un cambio estable. La huelga prende y se extiende a las oficinas salitreras. En el pliego de peticiones los obreros solicitan la supresión del sistema de fichas y vales, como sistema de pago, y su reemplazo por jornales al cambio de 18 peniques; el libre comercio entre oficinas; la instalación en pulperías de balanzas y varas que funcionen correctamente; la colocación de rejas en los cachuchos; la habilitación de locales para escuelas; fuero para los participantes del movimiento obrero y, en caso de ser expulsados, una indemnización; así como también desahucio para los obreros al paralizar una oficina. Ante la negativa de los empresarios ingleses frente a cualquier tipo de negociación, los trabajadores deciden abandonar las oficinas y dirigirse en masa a Iquique buscando una solución. Son alrededor de 10.000. Se concentran en la plaza Manuel Montt en carpas y campamentos improvisados, y en la escuela Santa María que ocupa un costado de la plaza. Una mediación es propuesta por las autoridades de la ciudad: el vicario, el intendente, el jefe de guarnición y un abogado. No tienen ningún eco entre los administradores de las oficinas. El pánico invade a las autoridades locales, quienes solicitan refuerzos para resguardar el orden público a dos Regimientos de la plaza, uno de Antofagasta y dos de Tacna. Se recurre también a las tropas de desembarco de los transportes Maipo y Rancagua, y del crucero Zenteno en Valparaíso.
  • 16. • Es el propio presidente Pedro Montt quien da las ordenes de bajar a tierra, secundado por sus ministros de Interior y de Guerra. En el crucero Zenteno arriba a Iquique el general Roberto Silva Renard para tomar el control de la situación. El 21 de diciembre el Intendente publica un decreto que prohibe la libre circulación por las calles de Iquique y las comunas de la provincia, y suspende las libertades constitucionales. La ciudad se llena de tropas armadas y las probabilidades de arreglo del conflicto se alejan. Los ingleses insisten en la vuelta inmediata a las faenas, y los obreros en sus demandas. El Intendente les solicita se trasladen hacia el Club Hípico, pero ellos se niegan porque temen ser agredidos por los cañones de los barcos. Silva Renard ordena evacuar la plaza en cinco minutos. Luego de transcurridos éstos, da la orden de disparar. Las tropas ingresan posteriormente a la escuela abatiendo a muchos de quienes se encuentran en su interior. El episodio, donde se evidencia el contraste ante la actitud pacífica de los huelguistas y la violencia de los organismos armados queda grabado en la memoria colectiva, constituyéndose en paradigma de las luchas obreras.
  • 17. AÑO 1916 La Primera Guerra provocó, entre otros hechos, el afianzamiento de Estados Unidos como potencia mundial y la desaparición de los imperios Austro-Húngaro y Otomano.
  • 18. Ley Nº 3.170 (1916) Primera ley en Chile referida exclusivamente a los Accidentes del Trabajo. (Imperaban los argumentos en Derecho y no se conocían aun los enfoques de Médicos, Ingenieros, ni representantes de los Trabajadores). Juan Luis Sanfuentes Andonaegui (1915-1920)
  • 19. Ley Nº 3.170 (1916) Se caracteriza por: • La responsabilidad de los accidentes es patronal, siempre y cuando un juicio de carácter civil así lo dictaminare. • Exceptúa de responsabilidad a los patrones, debido a culpa grave de la víctima. • Permite que el empleador asegure contra el riesgo. Implica relación comercial con Compañía de Seguros, siendo la afiliación de carácter optativo; por lo tanto, al no existir la obligación de optar por este seguro, su cobertura era mínima. • Incluye accidentes y no enfermedades profesionales. • Establece prestaciones médico asistenciales y económicas de supervivencia.
  • 20. Arturo Alessandri Palma (1920-1925)
  • 21. En la década del 20 se legisla en relación a las enfermedades profesionales y los accidentes del trabajo. Con la promulgación de la Ley 4.054 del 8 de septiembre del año 1924 conocida como “La ley del Seguro Obrero Obligatorio”, se originó la creación de la Caja de Accidentes del Trabajo, como una dependencia del Seguro Obrero quien entregaba a los trabajadores accidentados y enfermos atención médica sin costo, indemnizaciones y pensiones
  • 22. La ley de seguro obrero obligatorio fue la primera dictada en América Latina y estuvo inspirada en la legislación alemana de 1883 promovida por Bismark.
  • 23. Bismarck, convencido de que cualquier movimiento democrático minaba los cimientos del Estado, era consciente, sin embargo, de la necesidad de mejorar la suerte de los trabajadores, para que no se rebelasen contra el poder. Y a partir de 1883 fueron creados sistemas de seguro de enfermedad, de accidentes y de vejez. En 1892, dos años después del final de la "era Bismarck", Alemania tenía una legislación social muy avanzada en comparación con los demás países.
  • 24. Ley Nº 4.055 (1925) Esta ley viene a mejorar la anterior, en lo que respecta a: • Suprime los juicios; es decir, las prestaciones proceden sólo con acreditar el accidente. • Incluye las enfermedades profesionales. • Mantiene las prestaciones económicas de valor fijo, lo que quiere decir que los accidentes y enfermedades profesionales que producían algún tipo de incapacidad, estaban valorizados.
  • 25. Creación de organismos mutuales Asociación de empresarios que tratan de revertir la altísima tasa de accidentes que existía entre los años 1950 y 1960.  Asociación Chilena de Seguridad (ACHS),  Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y  Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción, que más tarde se consolidan con la creación del Seguro Social Obligatorio a través de la Promulgación de la Ley 16.744 de 1968 “Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales del Ministerio del Trabajo y Previsión Social”, bajo el gobierno del Presidente Eduardo Frei Montalva (1964 -1970).
  • 26. Ley 16.744 (1968) • Al entrar en vigencia la Ley 16.744 se crea un moderno sistema de protección ante los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, estableciendo un marco jurídico moderno para la época, que puso énfasis en la capacitación y la prevención de riesgos.
  • 27. Propósitos de la Ley 16.744 • Prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales. • Otorgar prestaciones médicas por accidentes del trabajo, de trayecto y enfermedades profesionales. • Indemnizar a través de la entrega de prestaciones económicas al trabajador. • Rehabilitar y reeducar a los trabajadores para su reinserción al trabajo. Mutualidades de empleadores Administración delegada.
  • 28. Tendencia de la Prevención de Riesgos • Mayor legislación, regulaciones, conciencia empresarial, gremial, sindical, políticas públicas, fiscalización. • Necesidad de desarrollar una cultura de prevención de riesgos en la empresa. • Aporte sistemático a la creación de un ambiente propicio de relaciones laborales y mejor calidad de vida. • Mayor participación de los trabajadores y enseñanza del Autocuidado.
  • 29. Tendencia de la Prevención de Riesgos • Ampliación del concepto de prevención hacia otros sectores de la ciudadanía. • Avance hacia un ambiente de respeto por la persona en su sentido más integral. • Responsabilidad social empresarial. • Acreditación y apertura de los mercados
  • 30. • La cobertura de riesgos del trabajo es la más antigua y extendida de las ramas de la seguridad social[1] . [1] Seguridad Social: "La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos“. • Definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en documento “Administración de la seguridad social”, 1991.