LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
Una historia seguro social 16744
1. Ley N° 16744
Historia y Evolución de la
Prevención de Riesgos en el
mundo y en Chile
2. Historia de la disciplina
• En el pasado los riesgos laborales se
consideraban como algo “inevitable”
relacionado al desarrollo productivo y a la
modernización de la empresa.
3. Desde tiempos remotos …
• existió alguna conciencia de prevención en áreas
extractivas y mineras. (S. XVI y XVII)
• fundamentada más que nada en la necesidad de proteger a
un recurso productivo cuyo reemplazo era en sí difícil y
relativamente más costoso por las pérdidas asociadas al
proceso de aprendizaje.
4. Historia de la disciplina
• A nivel mundial, a partir de la Revolución Industrial de
principios del siglo XIX comienza a manifestarse la
preocupación por la seguridad social, dada la precariedad y
desprotección en que vivían los trabajadores y sus
familias.
5. Reparación de los perjuicios causados por
Accidentes o Enfermedades Laborales
Gobierno de Manuel Montt Torres
Código Civil de 1853, : de inspiración esencialmente individualista
6. Código Civil de 1853,
• El trabajador víctima de un accidente, debía probar culpa o
dolo en la conducta del empresario; también de los
perjuicios y además la relación causal entre ambos
elementos y demandar ante los tribunales la indemnización
por el daño sufrido.
• El empresario a su vez, podría alegar culpa o dolo del
trabajador para exonerarse de su responsabilidad o
atenuarla, o alegar caso fortuito.
7. Código de Comercio, 1865:
• Señalaba reglas para los dependientes de esta actividad, en
caso de accidentes, más bien como un mandato comercial.
• Disponía que los hombres de mar enfermos, heridos o
mutilados durante la navegación, tenían derecho a ganar el
salario convenido hasta el regreso a puerto.
8. Código de Minería, 1888:
La responsabilidad del patrono se limitaba a atender la
curación del operario minero que se hubiese accidentado o
enfermado en el trabajo de la mina. (En vigencia desde los
tiempos de la conquista española).
9. Reconocimiento de los Accidentes Laborales
• En este contexto, la cobertura de los
riesgos del trabajo, es considerada como
una de las ramas de la seguridad social que
comienza a desarrollarse jurídicamente a
principios del siglo XIX, para proteger
contra los accidentes del trabajo a los
mineros del carbón y a otros trabajadores
que realizaban tareas muy peligrosas.
10. • La actividad preventiva en riesgos y los instrumentos
jurídicos ligados a este tema, comienzan a desarrollarse
hacia fines del siglo XIX y comienzos de siglo XX,
tiempos en que se establecen normativas de carácter
laboral y previsional.
11. • A partir de 1900 comienzan a surgir organizaciones de
obreros que van gestando las bases de una futura
legislación laboral y de seguridad social.
12. • Entre 1900 y 1907, trabajadores portuarios, ferroviarios y
pampinos de distintos cantones protestaron por salarios y
condiciones laborales. Los accidentes abundaban a causa
de explosiones de dinamita mal manejada o defectuosa,
derrumbes de calicheras (las vetas donde se extraía el
salitre) y las caídas de obreros a los hornos en que se
fundía el mineral.
13. • 21 de diciembre de 1907
Pedro Montt Montt (1906-†1910)
14. • Son las 15:45 del 21 de diciembre de 1907 en el centro de
Iquique, y cada una de las balas atraviesa los cuerpos de
hasta diez pampinos. Es el comienzo de uno de los sucesos
más negros de la historia de Chile.
15. • Conflicto de Iquique
La protesta obrera alcanza en 1907 el clímax con los sucesos de la escuela Santa María
de Iquique, que culminan en una brutal matanza que cuesta la vida a dos mil
trabajadores.
El conflicto se desata al negárseles a los cargadores y lancheros de las compañías
salitreras el derecho a recibir sus salarios a un cambio estable. La huelga prende y se
extiende a las oficinas salitreras. En el pliego de peticiones los obreros solicitan la
supresión del sistema de fichas y vales, como sistema de pago, y su reemplazo por
jornales al cambio de 18 peniques; el libre comercio entre oficinas; la instalación en
pulperías de balanzas y varas que funcionen correctamente; la colocación de rejas en los
cachuchos; la habilitación de locales para escuelas; fuero para los participantes del
movimiento obrero y, en caso de ser expulsados, una indemnización; así como también
desahucio para los obreros al paralizar una oficina. Ante la negativa de los empresarios
ingleses frente a cualquier tipo de negociación, los trabajadores deciden abandonar las
oficinas y dirigirse en masa a Iquique buscando una solución. Son alrededor de 10.000.
Se concentran en la plaza Manuel Montt en carpas y campamentos improvisados, y en la
escuela Santa María que ocupa un costado de la plaza. Una mediación es propuesta por
las autoridades de la ciudad: el vicario, el intendente, el jefe de guarnición y un abogado.
No tienen ningún eco entre los administradores de las oficinas. El pánico invade a las
autoridades locales, quienes solicitan refuerzos para resguardar el orden público a dos
Regimientos de la plaza, uno de Antofagasta y dos de Tacna. Se recurre también a las
tropas de desembarco de los transportes Maipo y Rancagua, y del crucero Zenteno en
Valparaíso.
16. • Es el propio presidente Pedro Montt quien da las ordenes de bajar a tierra,
secundado por sus ministros de Interior y de Guerra. En el crucero Zenteno arriba
a Iquique el general Roberto Silva Renard para tomar el control de la situación. El
21 de diciembre el Intendente publica un decreto que prohibe la libre circulación
por las calles de Iquique y las comunas de la provincia, y suspende las libertades
constitucionales. La ciudad se llena de tropas armadas y las probabilidades de
arreglo del conflicto se alejan. Los ingleses insisten en la vuelta inmediata a las
faenas, y los obreros en sus demandas. El Intendente les solicita se trasladen hacia
el Club Hípico, pero ellos se niegan porque temen ser agredidos por los cañones de
los barcos. Silva Renard ordena evacuar la plaza en cinco minutos. Luego de
transcurridos éstos, da la orden de disparar. Las tropas ingresan posteriormente a
la escuela abatiendo a muchos de quienes se encuentran en su interior.
El episodio, donde se evidencia el contraste ante la actitud pacífica de los
huelguistas y la violencia de los organismos armados queda grabado en la memoria
colectiva, constituyéndose en paradigma de las luchas obreras.
17. AÑO 1916
La Primera Guerra provocó, entre otros hechos, el
afianzamiento de Estados Unidos como potencia mundial y
la desaparición de los imperios Austro-Húngaro y
Otomano.
18. Ley Nº 3.170 (1916)
Primera ley en Chile referida exclusivamente a los
Accidentes del Trabajo. (Imperaban los argumentos en
Derecho y no se conocían aun los enfoques de Médicos,
Ingenieros, ni representantes de los Trabajadores).
Juan Luis Sanfuentes Andonaegui (1915-1920)
19. Ley Nº 3.170 (1916)
Se caracteriza por:
• La responsabilidad de los accidentes es patronal, siempre y cuando un
juicio de carácter civil así lo dictaminare.
• Exceptúa de responsabilidad a los patrones, debido a culpa grave de la
víctima.
• Permite que el empleador asegure contra el riesgo. Implica
relación comercial con Compañía de Seguros, siendo la afiliación
de carácter optativo; por lo tanto, al no existir la obligación de optar
por este seguro, su cobertura era mínima.
• Incluye accidentes y no enfermedades profesionales.
• Establece prestaciones médico asistenciales y económicas de
supervivencia.
21. En la década del 20 se legisla en relación a las enfermedades
profesionales y los accidentes del trabajo.
Con la promulgación de la Ley 4.054 del 8 de septiembre
del año 1924 conocida como “La ley del Seguro Obrero
Obligatorio”, se originó la creación de la Caja de
Accidentes del Trabajo, como una dependencia del Seguro
Obrero quien entregaba a los trabajadores accidentados y
enfermos atención médica sin costo, indemnizaciones y
pensiones
22. La ley de seguro obrero obligatorio fue la
primera dictada en América Latina y estuvo
inspirada en la legislación alemana de 1883
promovida por Bismark.
23. Bismarck, convencido de que cualquier
movimiento democrático minaba los cimientos del
Estado, era consciente, sin embargo, de la
necesidad de mejorar la suerte de los trabajadores,
para que no se rebelasen contra el poder. Y a partir
de 1883 fueron creados sistemas de seguro de
enfermedad, de accidentes y de vejez. En 1892,
dos años después del final de la "era Bismarck",
Alemania tenía una legislación social muy
avanzada en comparación con los demás países.
24. Ley Nº 4.055 (1925)
Esta ley viene a mejorar la anterior, en lo que
respecta a:
• Suprime los juicios; es decir, las prestaciones
proceden sólo con acreditar el accidente.
• Incluye las enfermedades profesionales.
• Mantiene las prestaciones económicas de valor
fijo, lo que quiere decir que los accidentes y
enfermedades profesionales que producían algún
tipo de incapacidad, estaban valorizados.
25. Creación de organismos mutuales
Asociación de empresarios que tratan de revertir la
altísima tasa de accidentes que existía entre los años 1950
y 1960.
Asociación Chilena de Seguridad (ACHS),
Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y
Mutual de Seguridad, Cámara Chilena de la Construcción,
que más tarde se consolidan con la creación del Seguro
Social Obligatorio a través de la Promulgación de la Ley
16.744 de 1968 “Ley de Accidentes del Trabajo y
Enfermedades Profesionales del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social”, bajo el gobierno del Presidente
Eduardo Frei Montalva (1964 -1970).
26. Ley 16.744 (1968)
• Al entrar en vigencia la Ley 16.744 se crea
un moderno sistema de protección ante los
accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales, estableciendo un marco
jurídico moderno para la época, que puso
énfasis en la capacitación y la prevención
de riesgos.
27. Propósitos de la Ley 16.744
• Prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades
profesionales.
• Otorgar prestaciones médicas por accidentes del trabajo,
de trayecto y enfermedades profesionales.
• Indemnizar a través de la entrega de prestaciones
económicas al trabajador.
• Rehabilitar y reeducar a los trabajadores para su
reinserción al trabajo.
Mutualidades de empleadores
Administración delegada.
28. Tendencia de la Prevención de Riesgos
• Mayor legislación, regulaciones, conciencia empresarial,
gremial, sindical, políticas públicas, fiscalización.
• Necesidad de desarrollar una cultura de prevención de
riesgos en la empresa.
• Aporte sistemático a la creación de un ambiente propicio de
relaciones laborales y mejor calidad de vida.
• Mayor participación de los trabajadores y enseñanza del
Autocuidado.
29. Tendencia de la Prevención de Riesgos
• Ampliación del concepto de prevención hacia otros sectores
de la ciudadanía.
• Avance hacia un ambiente de respeto por la persona en su
sentido más integral.
• Responsabilidad social empresarial.
• Acreditación y apertura de los mercados
30. • La cobertura de riesgos del trabajo es la más antigua y
extendida de las ramas de la seguridad social[1] .
[1] Seguridad Social: "La protección que la sociedad
proporciona a sus miembros, mediante una serie de
medidas públicas, contra las privaciones económicas y
sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o
una fuerte reducción de los ingresos por causa de
enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o
enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte;
y también la protección en forma de asistencia médica y
de ayuda a las familias con hijos“.
• Definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en
documento “Administración de la seguridad social”, 1991.