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Jedely Vargas Catunta
 El debate sobre si el acceso a Internet debe ser un derecho fundamental en las
sociedades democráticas viene ya desde hace mucho tiempo siendo analizado y
discutido por diversos países. En Europa, el país pionero en declarar ese derecho
fue Finlandia. En América, países como como el nuestro o Colombia –donde se
propuso y luego desafortunadamente se desestimó– también han contemplado la
posibilidad de instaurarlo. Y la propia ONU ha declarado abiertamente que debiera
serlo, es así que este tema sigue siendo debatido por diversos países.
 Razones para establecer este derecho son muchas, y han sido detallados por
diferentes personas a lo largo del tiempo, pero no quiere decir que porque sea un
derecho, en nuestro país sea reconocido como tal, el concepto de gratuito no
significaría que la población deje de pagar las tarifas, sino que no solventará la
infraestructura de la banda ancha, o por lo menos es la interpretación que se ha
dado en nuestro país.
Internet es un concepto que revolucionó por completo la comunicación y al mundo entero. Una
vez las personas acceden a ella, se rompe la barrera de espacio y tiempo, además que permite
un mejor comercio e intercambio cultural al acortar las distancias. Internet se ha convertido en
una condición para el desarrollo económico y social, y en una herramienta esencial para difundir
y garantizar la democracia y la difusión del conocimiento, rompe barreras y facilita la toma de
decisiones así como la ejecución de las mismas, nos permite tener el conocimiento de muchas
cosas en poco tiempo, nos permite desarrollarnos y esto nos ha hecho crecer y es por eso que se
ha vuelto indispensable para el desarrollo de las personas.
Aunque también se han esgrimido argumentos en sentido contrario, negando que el acceso a
Internet debiera constituir un derecho en sí mismo. Las declaraciones más sorprendentes en este
sentido han sido sin duda las de Vint Cerf, co-creador del protocolo TCP/IP y conocido como uno
de los “padres” de Internet, en un artículo cuyo título no deja espacio a la duda: “Internet Access
Is Not a Human Right”.En español, “el acceso a internet no es un derecho huma”
Según Cerf, centrar el debate en el acceso a Internet como un derecho por sí mismo es un error.
Para el ahora vicepresidente mundial y Chief Internet Evangelist de Google, la Red es sólo una
herramienta tecnológica que habilita la posibilidad de que se ejerciten otros derechos
fundamentales, como el derecho a la libertad de expresión o el derecho a la información. Y los
derechos –expone– no debieran ser otorgados a las herramientas, sino a los fines que éstas nos
permiten alcanzar, es decir este no sería un derecho por sí mismo, en su lugar constituiría una
herramienta para el desarrollo de otros derechos
La tecnología es un facilitador de derechos, no un derecho en sí misma. Existe es un gran obstáculo
para que algo sea considerado un derecho humano. Puesto libremente, debe estar entre las cosas
que los humanos necesitan para llevar una vida sana y plena, como el no ser sometidos a tortura o
gozar de libertad de conciencia. Es un error poner ninguna tecnología en particular en esta categoría
elevada, ya que con el tiempo terminaremos valorando las cosas equivocadas, esto podría llevar a un
error respecto a la percepción de que es lo esencial o, poniéndonos en una situación contraria
podríamos hacernos la pregunta, ¿es el internet necesario para la sobrevivencia de las personas? O
¿no tener acceso a internet constituiría alguna forma de tortura o perjuicio hacia las personas?
Se refiere Cerf a la declaración de la ONU, incluyendo el acceso a Internet entre los derechos
humanos. Y quizá con razón opina que con los mismos argumentos se podría declarar ese acceso
como derecho civil. Pero más allá de estas disquisiciones teóricas, en las que Cerf termina hablando
de la responsabilidad de los agentes tecnológicos en la garantía y seguridad de ese acceso, existen
razones políticas y económicas que en este caso quizá sí recomendaran declarar como derecho lo
que Cerf identifica como herramienta.
Porque los derechos que Internet posibilita, como la libre expresión, sólo pueden ejercerse si se tiene
acceso a la Red. El acceso es la primera garantía necesaria para el disfrute de esos otros derechos.
Cuando gobiernos dictatoriales o no democráticos buscan alejar a sus ciudadanos de las libertades
de expresión e información limitan o anulan el acceso a la Red o a parte de ella. No declarar el
acceso como derecho sería descargar de responsabilidad a los censores.
Del lado de Cerf, pero valorando aspectos económicos que éste no contempla,
se sitúa Adam Thierer, que en un artículo para The Technology Liberation Front
expone que cualquiera que apoye el acceso a Internet como un derecho
debería preguntarse quién paga los costes de ese derecho y cuáles serían las
posibles desventajas para la competencia y la innovación derivadas de él, es
decir su constante crecimiento, además de que el acceso no podría ser gratuito
en todos los lugares del mundo, lo que haría incurrir a muchos países en faltas o
atentados contra los Derechos Humanos si estos se consideraran como un
derecho indispensable, mas no como una herramienta de desarrollo de nuestros
derechos fundamentales.
En resumen, Thierer viene a decir que garantizar el acceso universal de banda
ancha puede hacer quebrar económicamente a los gobiernos y que además
sería algo que vendría a obstaculizar el progreso, ya que –asegura– “la
competencia no se desarrolla habitualmente en instalaciones y servicios
declarados como esenciales”.
De otro lado, JD Rucker rebate en Techi.com los argumentos de Cerf, y se plantea tres
cuestiones para reflexionar sobre la conveniencia del acceso como derecho:
 ¿Es posible en un futuro próximo crear una infraestructura que ponga el acceso a
Internet al alcance de casi todos en el mundo?
 ¿Podría el acceso a Internet disponible en todo el mundo para la gran mayoría de la
gente fomentar cambios positivos en cada cultura y cada sociedad?
 ¿Son los que no tienen acceso a Internet menos capaces de prosperar?
La respuesta al número 1 es definitivamente sí, y esto contribuirá al cumplimiento de este, si
fuera declarado como un derecho fundamental o esencial, aunque no sin dificultades. El
número 2 es discutible, pero la historia reciente nos inclina hacia la respuesta afirmativa, o
por lo menos, como ha sido hasta ahora, permitirá la masificación de diferentes actitudes,
pudiendo ser estas buenas o malas. El número 3 es una cuestión filosófica personal, pero
una vez más la percepción general es también afirmativa, ya que estos no tienen la misma
capacidad y libertad que el resto de personas, además de que en el caso de que el
Internet se declarara un derecho fundamental, estos no tendrían este derecho.

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Internet como Derecho Fundamental

  • 2.  El debate sobre si el acceso a Internet debe ser un derecho fundamental en las sociedades democráticas viene ya desde hace mucho tiempo siendo analizado y discutido por diversos países. En Europa, el país pionero en declarar ese derecho fue Finlandia. En América, países como como el nuestro o Colombia –donde se propuso y luego desafortunadamente se desestimó– también han contemplado la posibilidad de instaurarlo. Y la propia ONU ha declarado abiertamente que debiera serlo, es así que este tema sigue siendo debatido por diversos países.  Razones para establecer este derecho son muchas, y han sido detallados por diferentes personas a lo largo del tiempo, pero no quiere decir que porque sea un derecho, en nuestro país sea reconocido como tal, el concepto de gratuito no significaría que la población deje de pagar las tarifas, sino que no solventará la infraestructura de la banda ancha, o por lo menos es la interpretación que se ha dado en nuestro país.
  • 3. Internet es un concepto que revolucionó por completo la comunicación y al mundo entero. Una vez las personas acceden a ella, se rompe la barrera de espacio y tiempo, además que permite un mejor comercio e intercambio cultural al acortar las distancias. Internet se ha convertido en una condición para el desarrollo económico y social, y en una herramienta esencial para difundir y garantizar la democracia y la difusión del conocimiento, rompe barreras y facilita la toma de decisiones así como la ejecución de las mismas, nos permite tener el conocimiento de muchas cosas en poco tiempo, nos permite desarrollarnos y esto nos ha hecho crecer y es por eso que se ha vuelto indispensable para el desarrollo de las personas. Aunque también se han esgrimido argumentos en sentido contrario, negando que el acceso a Internet debiera constituir un derecho en sí mismo. Las declaraciones más sorprendentes en este sentido han sido sin duda las de Vint Cerf, co-creador del protocolo TCP/IP y conocido como uno de los “padres” de Internet, en un artículo cuyo título no deja espacio a la duda: “Internet Access Is Not a Human Right”.En español, “el acceso a internet no es un derecho huma” Según Cerf, centrar el debate en el acceso a Internet como un derecho por sí mismo es un error. Para el ahora vicepresidente mundial y Chief Internet Evangelist de Google, la Red es sólo una herramienta tecnológica que habilita la posibilidad de que se ejerciten otros derechos fundamentales, como el derecho a la libertad de expresión o el derecho a la información. Y los derechos –expone– no debieran ser otorgados a las herramientas, sino a los fines que éstas nos permiten alcanzar, es decir este no sería un derecho por sí mismo, en su lugar constituiría una herramienta para el desarrollo de otros derechos
  • 4. La tecnología es un facilitador de derechos, no un derecho en sí misma. Existe es un gran obstáculo para que algo sea considerado un derecho humano. Puesto libremente, debe estar entre las cosas que los humanos necesitan para llevar una vida sana y plena, como el no ser sometidos a tortura o gozar de libertad de conciencia. Es un error poner ninguna tecnología en particular en esta categoría elevada, ya que con el tiempo terminaremos valorando las cosas equivocadas, esto podría llevar a un error respecto a la percepción de que es lo esencial o, poniéndonos en una situación contraria podríamos hacernos la pregunta, ¿es el internet necesario para la sobrevivencia de las personas? O ¿no tener acceso a internet constituiría alguna forma de tortura o perjuicio hacia las personas? Se refiere Cerf a la declaración de la ONU, incluyendo el acceso a Internet entre los derechos humanos. Y quizá con razón opina que con los mismos argumentos se podría declarar ese acceso como derecho civil. Pero más allá de estas disquisiciones teóricas, en las que Cerf termina hablando de la responsabilidad de los agentes tecnológicos en la garantía y seguridad de ese acceso, existen razones políticas y económicas que en este caso quizá sí recomendaran declarar como derecho lo que Cerf identifica como herramienta. Porque los derechos que Internet posibilita, como la libre expresión, sólo pueden ejercerse si se tiene acceso a la Red. El acceso es la primera garantía necesaria para el disfrute de esos otros derechos. Cuando gobiernos dictatoriales o no democráticos buscan alejar a sus ciudadanos de las libertades de expresión e información limitan o anulan el acceso a la Red o a parte de ella. No declarar el acceso como derecho sería descargar de responsabilidad a los censores.
  • 5. Del lado de Cerf, pero valorando aspectos económicos que éste no contempla, se sitúa Adam Thierer, que en un artículo para The Technology Liberation Front expone que cualquiera que apoye el acceso a Internet como un derecho debería preguntarse quién paga los costes de ese derecho y cuáles serían las posibles desventajas para la competencia y la innovación derivadas de él, es decir su constante crecimiento, además de que el acceso no podría ser gratuito en todos los lugares del mundo, lo que haría incurrir a muchos países en faltas o atentados contra los Derechos Humanos si estos se consideraran como un derecho indispensable, mas no como una herramienta de desarrollo de nuestros derechos fundamentales. En resumen, Thierer viene a decir que garantizar el acceso universal de banda ancha puede hacer quebrar económicamente a los gobiernos y que además sería algo que vendría a obstaculizar el progreso, ya que –asegura– “la competencia no se desarrolla habitualmente en instalaciones y servicios declarados como esenciales”.
  • 6. De otro lado, JD Rucker rebate en Techi.com los argumentos de Cerf, y se plantea tres cuestiones para reflexionar sobre la conveniencia del acceso como derecho:  ¿Es posible en un futuro próximo crear una infraestructura que ponga el acceso a Internet al alcance de casi todos en el mundo?  ¿Podría el acceso a Internet disponible en todo el mundo para la gran mayoría de la gente fomentar cambios positivos en cada cultura y cada sociedad?  ¿Son los que no tienen acceso a Internet menos capaces de prosperar? La respuesta al número 1 es definitivamente sí, y esto contribuirá al cumplimiento de este, si fuera declarado como un derecho fundamental o esencial, aunque no sin dificultades. El número 2 es discutible, pero la historia reciente nos inclina hacia la respuesta afirmativa, o por lo menos, como ha sido hasta ahora, permitirá la masificación de diferentes actitudes, pudiendo ser estas buenas o malas. El número 3 es una cuestión filosófica personal, pero una vez más la percepción general es también afirmativa, ya que estos no tienen la misma capacidad y libertad que el resto de personas, además de que en el caso de que el Internet se declarara un derecho fundamental, estos no tendrían este derecho.