SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1 
1.- FINALIDAD DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN 
 1) Uno de los fines principales del derecho de la integración es la libre circulación de las mercaderías dentro de un paìs 
o estado y entre estados o países, por lo cual es claro que mejora le economía porque mejora el mercado, y éste es 
donde se une la oferta con la demanda en consecuencia es claro que el derecho debe regular la integración hacia afuera 
y hacia adentro, por lo cual se ha creado el derecho de la integración que lo que busca es la unión total de los estados 
cuando se trata de la integración hacia afuera. 
 2) Otro fin del derecho de la integración es la reducción de los precios ya que cuando existe mayor competencia porque 
existe libre circulación de mercaderías los precios tienden a bajar por una mayor competencia entre los vendedores y 
fabricantes, sin embargo, es claro que algunas empresas salen del mercado por ineficientes, ya que sus altos costos no 
les permiten competir con otras empresas que tienen costos más bajos y que por ello son más eficientes y por tanto 
permanecen en el mercado. La competencia favorece a los consumidores en consecuencia es claro que convierte a las 
empresas en eficientes y por ello es que sus precios se reducen o son rebajados para disminuir sus márgenes de 
ganancia y en consecuencia es claro que los empresarios son los únicos que no ganan con la competencia porque o se 
reducen sus márgenes de ganancia o salen del mercado por ineficientes, motivo por el cual algunos empresarios se 
encuentran en contra de la integración o libre circulación de mercaderías en los diferentes países del mundo. 
 3) El tercer fin de la integración hacia afuera es abrir las fronteras de los países integrados para que exista mayor 
competencia y un mayor mercado. 
 4) El cuarto fin del derecho de la integración es la creación de mercados más grandes para el intercambio 
de bienes y servicios en un estado o entre estados. 
 5) El quinto fin del derecho de la integración es aumentar la recaudación tributaria ya que se apertura mayor cantidad 
de empresas, sobre todo grandes empresas para que puedan competir en un mundo globalizado. Sin embargo, para 
algunos autores es claro que teniendo en cuenta la tercerización u outsourcing[4](no es igual la tercerización con la 
simple subcontratación, ya que en la primera se aprovechan las ventajas de la producción o fabricación por tercero, 
mientras que en la segunda sólo se utiliza la capacidad productiva de otra empresa para tener acceso a 
mayores clientes cuando esto es necesario en el mercado, sin embargo, es claro que en ambas se utiliza un tercero para 
atender a un mayo número de clientes en el mercado que se desenvuelve en un mundo cada vez más competitivo. La 
tercerización ocasiona que pequeñas empresas puedan competir en igualdad de condiciones pequeñas empresas con 
grandes empresas o corporaciones por lo cual es claro que con el referido contrato moderno o contrato empresarial o 
contrato de derecho empresarial la competencia se incrementa. La tercerización tiene la naturaleza jurídica de ser un 
contrato de derecho privado por ubicarse dentro del derecho mercantil, por lo cual es claro que tiene sus 
propias fuentes del derecho aplicables a dicho contrato moderno o contrato empresarial. El antecedente inmediato de 
la tercerización u outsourcing es la subcontratación, motivo por el cual es claro que debemos distinguirlas para efectos 
de estudio o investigación, pero en los antecedentes y la historia se encuentran unidos, en consecuencia se los deben 
estudiar de manera conjunta y no de manera separada o aislada por que podemos ser inducidos a error con enfoques 
parciales o poco serios, ya que los debe primar son los enfoques globales o completos del tema materia de 
investigación) las empresas grandes o corporaciones no son las que van a triunfar en el mercado sino las pequeñas 
empresas que son capaces de conseguir clientes de la manera más rápida, porque producir es sencillo, pero conseguir 
clientes es lo más difícil en el mercado. 
 6) El sexto fin del derecho de la integración es la aparición de mayor competencia en el mercado, por lo cual es claro 
que los precios tienden a bajar. 
 7) El séptimo fin del derecho de la integración es la reducción de los costos porque la producción a escala y en la misma 
se mantienen algunos costos fijos. Por ejemplo en un almacén si es más grande se va a mantener la contratación de la 
misma cantidad de vigilantes. 
 8) El octavo fin del derecho de la integración es buscar la producción a grandes escalas, para reducir los costos de 
producción y en consecuencia reducir los precios de venta al público, a los mayoristas o a los distribuidores. 
Habiendo desarrollado los fines del derecho de la integración, es que ahora tenemos nociones mas claras sobre el 
proceso de integración y en consecuencia es claro que podemos continuar con nuestra investigación con mayores 
elementos de juicio.
2.- CONSTRUYA UN CONCEPTO DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN 
El derecho de la integración es la rama del derecho internacional público que estudia y regula el proceso de 
unión de los estados en el proceso de comercialización, político y administrativo, por lo cual es claro que si un 
abogado no lo conoce no puede asesorar estados y en este orden de ideas es que cuando nos referimos al 
derecho de la integración no siempre nos referimos a integración de varios estados, sino que muchas 
oportunidades nos referimos a la integración de un solo estado en consecuencia es claro que en esta rama 
del derecho público debemos tener mucha dedicación. 
3.-FUENTES DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN 
Corresponde en esta sede estudiar las fuentes o elementos del derecho, por lo cual a continuación estudiaremos los 
mismos. Las fuentes del derecho son los elementos del mismo y son los siguientes: la ley, la costumbre, 
la jurisprudencia, las ejecutorias, la doctrina, los principios generales del derecho, la realidad social y la manifestación de 
voluntad, entre otras, es decir, estudiar dicho tema es claro que rebasa el campo de estudio del presente trabajo de 
investigación. Para comprender este tema sugerimos la revisión y estudio de los trabajos anteriores sobre este tema del 
autor de la presente investigación, en donde se aprecia con detenimiento cuales son las fuentes o elementos del 
derecho y es claro que existen teorías que lo estudian como son la teoría unidimensional del derecho[6]teoría 
tridimensional del derecho teoría octodimensional del derecho también por supuesto la no muy conocida teoría 
pluridimensional del derecho Es decir, las fuentes del derecho son los elementos del mismo y en consecuencia es claro 
que si no se conoce cuáles son las fuentes del derecho no se puede conocer el derecho en su real magnitud. 
4.- SOCIEDAD INTERNACIONAL COMO CONCEPTO Y REALIDAD 
La sociedad internacional es un concepto que ha prevalecido sobre otros, como "sistema internacional", o "comunidad 
internacional", ya que refleja el carácter complejo y compuesto de las interacciones que se producen en el ámbito 
internacional. 
El concepto de "sociedad internacional" ha sido teorizada por el Colegio Inglés de Relaciones Internacionales. La 
definición más conocida es: "por una sociedad internacional nos referimos a un grupo de Estados (o, más en general, un 
grupo de comunidades políticas independientes), que no sólo forman un sistema (...), pero también se han establecido 
las reglas del diálogo y de común acuerdo y instituciones para la realización de sus relaciones, y reconocen su interés 
común en el mantenimiento de estos acuerdos"(Bull & Watson). 
Dicho en palabras más sencillas, podríamos definir a la sociedad internacional como el conjunto de los Estados y otras 
entidades capaces de actuar más allá de las fronteras estatales (ONG, organizaciones internacionales, pueblos, 
corporaciones transnacionales e incluso particulares), que son capaces de interactuar con cada uno y la influencia entre 
sí de manera significativa. 
5.- DESARROLLE LAS CORRIENTES TEÓRICAS QUE EXPLIQUEN EL DERECHO DE INTEGRACIÓN 
El surgimiento de los acuerdos de integración y la conformación de bloques, esto es, la adecuación de los Estados a las 
tendencias de la globalización y especialmente de la integración, han generado el fenómeno Comunitario, cuya mayor 
expresión, como se sabe, se presenta en el continente europeo. 
Este novísimo concepto, con el que la humanidad ingresó al tercer milenio y cuyos contornos y elementos apenas 
empiezan a definirse, está produciendo un enorme cambio en las concepciones clásicas de diversas ciencias sociales, 
entre ellas la Economía, el Derecho y la Teoría del Estado. Es por ello que, conceptos que ya supuestamente estaban 
plenamente acabados en su contenido, encontraron un nuevo reto para lograr adecuarse a los requerimientos de 
explicación de la realidad comunitaria. La soberanía, la supremacía de la Constitución, la separación de los poderes, los 
poderes mismos, los derechos fundamentales, el federalismo, la confederación, la autonomía de los entes territoriales,
la subsidiariedad, los sujetos del derecho internacional, las relaciones entre diversos sistemas jurídicos, la unificación de 
la jurisprudencia y tantos otros institutos jurídicos se están tratando de adecuar a la explicación de la Comunidad, la que 
se constituye como el nuevo escenario político de la humanidad, que sucede al Estado - Nación y a la Ciudad - Estado4. 
Surgen además nuevos conceptos, ricos en contenido, como la supranacionalidad, la Comunidad, la consulta prejudicial, 
el principio de subsidiariedad, el derecho comunitario, la integración de gentes, la integración física, sólo para 
mencionar unos cuantos de los principales que es menester desentrañar en su esencia. 
Un primer punto de análisis es el relacionado con la soberanía de los Estados que se hacen miembros de una 
Comunidad, creando ésta y a los organismos supranacionales que la rigen, mediante instrumentos jurídicos 
internacionales. Los Estados actúan allí en forma soberana y aceptan en lo sucesivo que los actos jurídicos que creen los 
organismos supranacionales, o por lo menos buena parte de ellos, produzcan efectos jurídicos vinculantes frente a los 
mismos Estados, sin requerirse ratificación, y frente a los pobladores de esos Estados, sin que esa normatividad deba ser 
incorporada al ordenamiento jurídico interno. Se trata del derecho comunitario, primario u originario y secundario o 
derivado, con sus características de aplicación directa, efecto directo y primacía sobre el derecho nacional, delineadas en 
las famosas sentencias del Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, Van Gen en Loos, Costa-Enel y 
Simmenthal. El derecho comunitario primario o constitutivo está conformado por los tratados internacionales mediante 
los cuales los Estados crean a la Comunidad y a los órganos supranacionales que habrán de regir ésta, a la que los 
Estados ceden algunas competencias; a su vez, las normas emanadas de los organismos supranacionales constituyen el 
derecho comunitario derivado o secundario el cual es vinculante en forma inmediata y automática para los Estados 
miembros y para sus pobladores. 
6.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL 
Su objetivo principal fue establecer un marco de cooperación económica destinado a evitar que 
se repitieran los círculos viciosos de devaluaciones competitivas que contribuyeron a provocar la 
Gran Depresión de los años treinta. 
El principal propósito del FMI consiste en asegurar la estabilidad del sistema monetario 
internacional, algo esencial para un crecimiento económico sostenible ya que mejora los niveles 
de vida y alivia la pobreza. 
Además del objetivo principal, tiene como finalidades: 
Evitar las crisis en los sistemas monetarios, alentando a los países a adoptar medidas de política 
económica 
Institución de provisión de fondos al que los países miembros pueden acudir cuando necesiten 
financiamiento temporal para superar los problemas de Balanza de pagos. 
Promover la cooperación internacional en temas monetarios internacionales y facilitar el 
movimiento del comercio a través de la capacidad productiva. 
Facilitar la expansión y crecimiento equilibrado del comercio internacional. 
Promover la estabilidad en los intercambios de divisas
7.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS 
La Organización de los Estados Americanos, para realizar los principios en que se funda y cumplir sus obligaciones 
regionales de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, establece los siguientes propósitos esenciales: afianzar la paz 
y la seguridad del continente; promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no 
intervención; prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan 
entre los Estados miembros; organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión; procurar la solución de los 
problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos; promover, por medio de la acción cooperativa, 
su desarrollo económico, social y cultural; erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo 
democrático de los pueblos del hemisferio, y alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que 
permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros. 
Con el objetivo de cumplir estas determinaciones, en el ámbito de la prevención y resolución de conflictos es que se ha 
optado por desarrollar acciones en dos áreas: en el apoyo y fortalecimiento de la democracia y en la seguridad 
hemisférica. La Corte Interamericana está encargada de velar por el cumplimiento de la Convención Americana de 
Derechos Humanos, más conocida como Pacto de San José, que garantiza el respeto a los derechos esenciales de las 
personas. 
8.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA COMUNIDAD SUDAMERICANA DE NACIONES 
La Comunidad Sudamericana de Naciones es una comunidad política y económica entre los doce países sudamericanos 
constituida el 8 de diciembre de 2004 en la ciudad del Cuzco, Perú durante la III Cumbre Sudamericana, la cual fue 
celebrada los días 8 y 9 de diciembre de 2004 en Cuzco y Ayacucho, Perú. Está integrada por los Países Miembros de la 
Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) y los Países Miembros del MERCOSUR 
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), junto con Chile, Guyana y Surinam. Un total de doce países, cuyo territorio 
supera los 17 millones de kilómetros cuadrados (el 45% de todo el continente americano y el 80% de 
toda América Latina y el Caribe). Representa un mercado de más de 360 millones de consumidores, 
cuyo Producto Interior Bruto supera los 800 mil millones de dólares. (Fuente: www.etsia.upm.es) 
Este ambicioso proyecto constituye la maduración de un proceso orientado a sentar las bases de un espacio común 
sudamericano, a partir de la afirmación del diálogo y convergencias políticas, el perfeccionamiento de una zona de libre 
comercio en la región (a partir del Acuerdo de Libre Comercio entre CAN y MERCOSUR), y la integración física, 
energética y de comunicaciones derivada de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional de América 
del Sur (IIRSA). En el caso de IIRSA, uno de los logros más recientes ha sido la firma –con ocasión de la Cumbre de Cuzco-de 
los compromisos financieros por parte de Perú y Brasil para hacer posible la carretera transoceánica que conectará el 
interior de Brasil con los puertos del sur peruano. Los países sudamericanos han completado la etapa 
de diseño y planificación de los diez grandes Ejes de Integración y Desarrollo Sudamericanos. Dentro de los trescientos 
cincuenta proyectos que componen el programa, se han identificado treinta y dos "proyectos ancla" (es decir, los 
proyectos básicos para estructurar los ejes troncales), a ser ejecutados en un lapso de cinco años. 
9.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES 
La Comunidad Andina (CAN) es un organismo regional de cuatro países que tienen un objetivo común: alcanzar un 
desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, sudamericana y latinoamericana. El 
proceso andino de integración se inició con la suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969. 
Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, además de los órganos e instituciones del Sistema Andino de 
Integración (SAI). Antes de 1996, era conocida como el Pacto Andino o Grupo Andino. 
Venezuela fue miembro pleno hasta el 2006. Chile originalmente fue miembro entre 1969-1976, pero se retiró durante 
el régimen militar deAugusto Pinochet debido a incompatibilidades entre la política económica de ese país y las políticas 
de integración de la CAN. Este país es Miembro Asociado desde el 20 de septiembre de 2006, pero ello no supone el 
reingreso a la CAN.
Ubicados en América del Sur, los cuatro países andinos agrupan a casi 101 millones de habitantes en una superficie de 
3.798.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Interno Bruto nominal se estima ascendería en el 2011 a 600 291 
millones de dólares. 
10.- DESARROLLE UN ARTICULO DE OPINION EN DONDE SE EXPRESE LA VISIÓN DEL PERÚ Y SU POLÍTICA EXTERNA 
Existen razones para pensar que es preferible crecer en democracia. Pensemos por ejemplo en los requisitos mínimos 
que debe garantizar el Estado para fomentar la inversión privada, es decir, la vigencia de los derechos de propiedad y el 
cumplimiento de los contratos. En principio, no hay razón para asumir que un régimen autoritario no pueda cumplir con 
esos requisitos, sin embargo, además de cumplir con ellos, se requiere que el Estado garantice su vigencia en el largo 
plazo, y allí es donde el régimen político puede hacer una diferencia importante, por dos razones: en primer lugar, 
porque en un régimen autoritario el poder se suele ejerce en forma discrecional, lo cual implica que la vigencia de los 
derechos de propiedad, al igual que la vigencia de cualquier otro derecho, depende de la buena voluntad de los 
gobernantes, y no de la existencia de una división de poderes en donde el poder judicial actúa en forma independiente. 
En segundo lugar, por la forma en que se producen los cambios de gobierno en ambos tipos de régimen: en una 
democracia uno sabe cómo llegan al cargo quienes ejercen funciones de gobierno, y, lo que es aún más importante, uno 
sabe cuándo y cómo se van. La transición política está claramente pautada por normas que todos conocen. En cambio, 
bajo un régimen autoritario, lo usual es que uno sepa cómo llegan los individuos al gobierno, pero no sepa a ciencia 
cierta cuándo ni cómo se van.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Sobre Teoría General del Proceso
Sobre Teoría General del ProcesoSobre Teoría General del Proceso
Sobre Teoría General del Proceso
Braulio_Zavaleta
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
jorgefloresvera
 
Cuadro de prueba derecho procesal
Cuadro de prueba derecho procesalCuadro de prueba derecho procesal
Cuadro de prueba derecho procesal
Sofia Lima Herrera
 
Las partes del proceso
Las partes del procesoLas partes del proceso
Las partes del proceso
Carmen Gil
 
Argumentación jurídica presentación act 1
Argumentación jurídica presentación act 1Argumentación jurídica presentación act 1
Argumentación jurídica presentación act 1
UGM NORTE
 
Derecho procesal constitucional, justicia constitucional cal notariado
Derecho procesal  constitucional,  justicia constitucional  cal notariadoDerecho procesal  constitucional,  justicia constitucional  cal notariado
Derecho procesal constitucional, justicia constitucional cal notariado
CEFIC
 

La actualidad más candente (20)

Procedimiento probatorio
Procedimiento probatorioProcedimiento probatorio
Procedimiento probatorio
 
Linea de tiempo d civil obligaciones
Linea de tiempo d civil obligacionesLinea de tiempo d civil obligaciones
Linea de tiempo d civil obligaciones
 
Fuentes del derecho internacional privado
Fuentes del derecho internacional privadoFuentes del derecho internacional privado
Fuentes del derecho internacional privado
 
SISTEMA REGISTRAL VENEZOLANO
SISTEMA REGISTRAL VENEZOLANOSISTEMA REGISTRAL VENEZOLANO
SISTEMA REGISTRAL VENEZOLANO
 
Derecho registral
Derecho registralDerecho registral
Derecho registral
 
DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOS
DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOSDELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOS
DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y LA BUENA FE EN LOS NEGOCIOS
 
Sobre Teoría General del Proceso
Sobre Teoría General del ProcesoSobre Teoría General del Proceso
Sobre Teoría General del Proceso
 
Doctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional PrivadoDoctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional Privado
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Cuadro de prueba derecho procesal
Cuadro de prueba derecho procesalCuadro de prueba derecho procesal
Cuadro de prueba derecho procesal
 
Las partes del proceso
Las partes del procesoLas partes del proceso
Las partes del proceso
 
El Derecho Internacional Privado y el Divorcio
El Derecho Internacional Privado y el DivorcioEl Derecho Internacional Privado y el Divorcio
El Derecho Internacional Privado y el Divorcio
 
UNIDAD III. DERECHO ADMINISTRATIVO
UNIDAD III. DERECHO ADMINISTRATIVOUNIDAD III. DERECHO ADMINISTRATIVO
UNIDAD III. DERECHO ADMINISTRATIVO
 
Los sujetos procesales penal
Los sujetos procesales penalLos sujetos procesales penal
Los sujetos procesales penal
 
El derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semanaEl derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semana
 
Derecho registral y notarial
Derecho registral y notarialDerecho registral y notarial
Derecho registral y notarial
 
Argumentación jurídica presentación act 1
Argumentación jurídica presentación act 1Argumentación jurídica presentación act 1
Argumentación jurídica presentación act 1
 
Derecho notarial y registral
Derecho notarial y registralDerecho notarial y registral
Derecho notarial y registral
 
Derecho procesal constitucional, justicia constitucional cal notariado
Derecho procesal  constitucional,  justicia constitucional  cal notariadoDerecho procesal  constitucional,  justicia constitucional  cal notariado
Derecho procesal constitucional, justicia constitucional cal notariado
 
Principios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorioPrincipios generales de la prueba probatorio
Principios generales de la prueba probatorio
 

Destacado (10)

2 derecho-de-integracion
2 derecho-de-integracion2 derecho-de-integracion
2 derecho-de-integracion
 
Derecho de la Integración
Derecho de la IntegraciónDerecho de la Integración
Derecho de la Integración
 
Derecho Comunitario
Derecho ComunitarioDerecho Comunitario
Derecho Comunitario
 
Derecho de integracion
Derecho de integracionDerecho de integracion
Derecho de integracion
 
Derecho comunitario
Derecho comunitarioDerecho comunitario
Derecho comunitario
 
Lección 4
Lección 4Lección 4
Lección 4
 
Ambito de aplicación del derecho de integracion
Ambito de aplicación del derecho de integracionAmbito de aplicación del derecho de integracion
Ambito de aplicación del derecho de integracion
 
Exposicion
Exposicion Exposicion
Exposicion
 
Integración económica i
Integración económica iIntegración económica i
Integración económica i
 
integracion economica
integracion economicaintegracion economica
integracion economica
 

Similar a Trabajo de derecho de integración

Derecho empresarial
Derecho empresarialDerecho empresarial
Derecho empresarial
jaldanam
 
La transparencia en la administración de recursos públicos
La transparencia en la administración de recursos públicosLa transparencia en la administración de recursos públicos
La transparencia en la administración de recursos públicos
AID Territorial
 
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
almycas
 

Similar a Trabajo de derecho de integración (20)

Derecho empresarial
Derecho empresarialDerecho empresarial
Derecho empresarial
 
115712218 antecedentes-historicos-del-derecho-societario
115712218 antecedentes-historicos-del-derecho-societario115712218 antecedentes-historicos-del-derecho-societario
115712218 antecedentes-historicos-del-derecho-societario
 
07.capitulo1
07.capitulo107.capitulo1
07.capitulo1
 
¿Qué otros medios se pueden utilizar para resolver controversias, además del ...
¿Qué otros medios se pueden utilizar para resolver controversias, además del ...¿Qué otros medios se pueden utilizar para resolver controversias, además del ...
¿Qué otros medios se pueden utilizar para resolver controversias, además del ...
 
Contratacion internacional
Contratacion internacionalContratacion internacional
Contratacion internacional
 
SOCIEDAD-POR-ACCIONES-SIMPLIFICADAS.pdf
SOCIEDAD-POR-ACCIONES-SIMPLIFICADAS.pdfSOCIEDAD-POR-ACCIONES-SIMPLIFICADAS.pdf
SOCIEDAD-POR-ACCIONES-SIMPLIFICADAS.pdf
 
Tema 16 y 17 Integración, Unión Europea
Tema 16 y 17 Integración, Unión EuropeaTema 16 y 17 Integración, Unión Europea
Tema 16 y 17 Integración, Unión Europea
 
Sistema judicial y competitividad
Sistema judicial  y competitividadSistema judicial  y competitividad
Sistema judicial y competitividad
 
Sistema judicial y competitividad
Sistema judicial  y competitividadSistema judicial  y competitividad
Sistema judicial y competitividad
 
Kathering, 2
Kathering, 2Kathering, 2
Kathering, 2
 
Derecho Tributario actividad 4
Derecho Tributario actividad 4Derecho Tributario actividad 4
Derecho Tributario actividad 4
 
joint venture (1).pdf
joint venture (1).pdfjoint venture (1).pdf
joint venture (1).pdf
 
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
EL DERECHO DE LOS CONTRATOS EN LA DOCTRINA Y EN EL CÓDIGO CIVIL DE ARGENTINA
 
Concertar Es Malo
Concertar Es MaloConcertar Es Malo
Concertar Es Malo
 
Fuentes del Derecho Tributario
Fuentes del Derecho TributarioFuentes del Derecho Tributario
Fuentes del Derecho Tributario
 
Desarrollo Sostenible
Desarrollo SostenibleDesarrollo Sostenible
Desarrollo Sostenible
 
Tema 16 dcho integracion
Tema 16 dcho integracionTema 16 dcho integracion
Tema 16 dcho integracion
 
La transparencia en la administración de recursos públicos
La transparencia en la administración de recursos públicosLa transparencia en la administración de recursos públicos
La transparencia en la administración de recursos públicos
 
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptxU1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
U1A3_MICHELR_JOSEF.pptx
 
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
La Nueva Geometría de los Conflictos Internacionales.
 

Más de Johnny Curioso Caycho (14)

descargo multa administrativa
descargo multa administrativa descargo multa administrativa
descargo multa administrativa
 
Contestatacion demanda laboral
Contestatacion demanda laboralContestatacion demanda laboral
Contestatacion demanda laboral
 
Estimulacion temprana mireya. copia
Estimulacion temprana mireya.   copiaEstimulacion temprana mireya.   copia
Estimulacion temprana mireya. copia
 
Alegatos
AlegatosAlegatos
Alegatos
 
Requerimiento manuel clemente
Requerimiento manuel clementeRequerimiento manuel clemente
Requerimiento manuel clemente
 
Medida cautelar de no innovar
Medida cautelar de no innovar Medida cautelar de no innovar
Medida cautelar de no innovar
 
Prorroga para pago
Prorroga para pagoProrroga para pago
Prorroga para pago
 
Prorroga para pago
Prorroga para pagoProrroga para pago
Prorroga para pago
 
Téngase presente- Divorcio por causal
Téngase presente- Divorcio por causal Téngase presente- Divorcio por causal
Téngase presente- Divorcio por causal
 
Absuelvo excepcion
Absuelvo excepcionAbsuelvo excepcion
Absuelvo excepcion
 
Demanda de pago indebido
Demanda de pago indebidoDemanda de pago indebido
Demanda de pago indebido
 
Demanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachayDemanda de beneficios laborales cachay
Demanda de beneficios laborales cachay
 
Contestacion alimentos
Contestacion alimentosContestacion alimentos
Contestacion alimentos
 
Demanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonialDemanda de filiacion extramatrimonial
Demanda de filiacion extramatrimonial
 

Trabajo de derecho de integración

  • 1. ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1 1.- FINALIDAD DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN  1) Uno de los fines principales del derecho de la integración es la libre circulación de las mercaderías dentro de un paìs o estado y entre estados o países, por lo cual es claro que mejora le economía porque mejora el mercado, y éste es donde se une la oferta con la demanda en consecuencia es claro que el derecho debe regular la integración hacia afuera y hacia adentro, por lo cual se ha creado el derecho de la integración que lo que busca es la unión total de los estados cuando se trata de la integración hacia afuera.  2) Otro fin del derecho de la integración es la reducción de los precios ya que cuando existe mayor competencia porque existe libre circulación de mercaderías los precios tienden a bajar por una mayor competencia entre los vendedores y fabricantes, sin embargo, es claro que algunas empresas salen del mercado por ineficientes, ya que sus altos costos no les permiten competir con otras empresas que tienen costos más bajos y que por ello son más eficientes y por tanto permanecen en el mercado. La competencia favorece a los consumidores en consecuencia es claro que convierte a las empresas en eficientes y por ello es que sus precios se reducen o son rebajados para disminuir sus márgenes de ganancia y en consecuencia es claro que los empresarios son los únicos que no ganan con la competencia porque o se reducen sus márgenes de ganancia o salen del mercado por ineficientes, motivo por el cual algunos empresarios se encuentran en contra de la integración o libre circulación de mercaderías en los diferentes países del mundo.  3) El tercer fin de la integración hacia afuera es abrir las fronteras de los países integrados para que exista mayor competencia y un mayor mercado.  4) El cuarto fin del derecho de la integración es la creación de mercados más grandes para el intercambio de bienes y servicios en un estado o entre estados.  5) El quinto fin del derecho de la integración es aumentar la recaudación tributaria ya que se apertura mayor cantidad de empresas, sobre todo grandes empresas para que puedan competir en un mundo globalizado. Sin embargo, para algunos autores es claro que teniendo en cuenta la tercerización u outsourcing[4](no es igual la tercerización con la simple subcontratación, ya que en la primera se aprovechan las ventajas de la producción o fabricación por tercero, mientras que en la segunda sólo se utiliza la capacidad productiva de otra empresa para tener acceso a mayores clientes cuando esto es necesario en el mercado, sin embargo, es claro que en ambas se utiliza un tercero para atender a un mayo número de clientes en el mercado que se desenvuelve en un mundo cada vez más competitivo. La tercerización ocasiona que pequeñas empresas puedan competir en igualdad de condiciones pequeñas empresas con grandes empresas o corporaciones por lo cual es claro que con el referido contrato moderno o contrato empresarial o contrato de derecho empresarial la competencia se incrementa. La tercerización tiene la naturaleza jurídica de ser un contrato de derecho privado por ubicarse dentro del derecho mercantil, por lo cual es claro que tiene sus propias fuentes del derecho aplicables a dicho contrato moderno o contrato empresarial. El antecedente inmediato de la tercerización u outsourcing es la subcontratación, motivo por el cual es claro que debemos distinguirlas para efectos de estudio o investigación, pero en los antecedentes y la historia se encuentran unidos, en consecuencia se los deben estudiar de manera conjunta y no de manera separada o aislada por que podemos ser inducidos a error con enfoques parciales o poco serios, ya que los debe primar son los enfoques globales o completos del tema materia de investigación) las empresas grandes o corporaciones no son las que van a triunfar en el mercado sino las pequeñas empresas que son capaces de conseguir clientes de la manera más rápida, porque producir es sencillo, pero conseguir clientes es lo más difícil en el mercado.  6) El sexto fin del derecho de la integración es la aparición de mayor competencia en el mercado, por lo cual es claro que los precios tienden a bajar.  7) El séptimo fin del derecho de la integración es la reducción de los costos porque la producción a escala y en la misma se mantienen algunos costos fijos. Por ejemplo en un almacén si es más grande se va a mantener la contratación de la misma cantidad de vigilantes.  8) El octavo fin del derecho de la integración es buscar la producción a grandes escalas, para reducir los costos de producción y en consecuencia reducir los precios de venta al público, a los mayoristas o a los distribuidores. Habiendo desarrollado los fines del derecho de la integración, es que ahora tenemos nociones mas claras sobre el proceso de integración y en consecuencia es claro que podemos continuar con nuestra investigación con mayores elementos de juicio.
  • 2. 2.- CONSTRUYA UN CONCEPTO DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN El derecho de la integración es la rama del derecho internacional público que estudia y regula el proceso de unión de los estados en el proceso de comercialización, político y administrativo, por lo cual es claro que si un abogado no lo conoce no puede asesorar estados y en este orden de ideas es que cuando nos referimos al derecho de la integración no siempre nos referimos a integración de varios estados, sino que muchas oportunidades nos referimos a la integración de un solo estado en consecuencia es claro que en esta rama del derecho público debemos tener mucha dedicación. 3.-FUENTES DEL DERECHO DE INTEGRACIÓN Corresponde en esta sede estudiar las fuentes o elementos del derecho, por lo cual a continuación estudiaremos los mismos. Las fuentes del derecho son los elementos del mismo y son los siguientes: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, las ejecutorias, la doctrina, los principios generales del derecho, la realidad social y la manifestación de voluntad, entre otras, es decir, estudiar dicho tema es claro que rebasa el campo de estudio del presente trabajo de investigación. Para comprender este tema sugerimos la revisión y estudio de los trabajos anteriores sobre este tema del autor de la presente investigación, en donde se aprecia con detenimiento cuales son las fuentes o elementos del derecho y es claro que existen teorías que lo estudian como son la teoría unidimensional del derecho[6]teoría tridimensional del derecho teoría octodimensional del derecho también por supuesto la no muy conocida teoría pluridimensional del derecho Es decir, las fuentes del derecho son los elementos del mismo y en consecuencia es claro que si no se conoce cuáles son las fuentes del derecho no se puede conocer el derecho en su real magnitud. 4.- SOCIEDAD INTERNACIONAL COMO CONCEPTO Y REALIDAD La sociedad internacional es un concepto que ha prevalecido sobre otros, como "sistema internacional", o "comunidad internacional", ya que refleja el carácter complejo y compuesto de las interacciones que se producen en el ámbito internacional. El concepto de "sociedad internacional" ha sido teorizada por el Colegio Inglés de Relaciones Internacionales. La definición más conocida es: "por una sociedad internacional nos referimos a un grupo de Estados (o, más en general, un grupo de comunidades políticas independientes), que no sólo forman un sistema (...), pero también se han establecido las reglas del diálogo y de común acuerdo y instituciones para la realización de sus relaciones, y reconocen su interés común en el mantenimiento de estos acuerdos"(Bull & Watson). Dicho en palabras más sencillas, podríamos definir a la sociedad internacional como el conjunto de los Estados y otras entidades capaces de actuar más allá de las fronteras estatales (ONG, organizaciones internacionales, pueblos, corporaciones transnacionales e incluso particulares), que son capaces de interactuar con cada uno y la influencia entre sí de manera significativa. 5.- DESARROLLE LAS CORRIENTES TEÓRICAS QUE EXPLIQUEN EL DERECHO DE INTEGRACIÓN El surgimiento de los acuerdos de integración y la conformación de bloques, esto es, la adecuación de los Estados a las tendencias de la globalización y especialmente de la integración, han generado el fenómeno Comunitario, cuya mayor expresión, como se sabe, se presenta en el continente europeo. Este novísimo concepto, con el que la humanidad ingresó al tercer milenio y cuyos contornos y elementos apenas empiezan a definirse, está produciendo un enorme cambio en las concepciones clásicas de diversas ciencias sociales, entre ellas la Economía, el Derecho y la Teoría del Estado. Es por ello que, conceptos que ya supuestamente estaban plenamente acabados en su contenido, encontraron un nuevo reto para lograr adecuarse a los requerimientos de explicación de la realidad comunitaria. La soberanía, la supremacía de la Constitución, la separación de los poderes, los poderes mismos, los derechos fundamentales, el federalismo, la confederación, la autonomía de los entes territoriales,
  • 3. la subsidiariedad, los sujetos del derecho internacional, las relaciones entre diversos sistemas jurídicos, la unificación de la jurisprudencia y tantos otros institutos jurídicos se están tratando de adecuar a la explicación de la Comunidad, la que se constituye como el nuevo escenario político de la humanidad, que sucede al Estado - Nación y a la Ciudad - Estado4. Surgen además nuevos conceptos, ricos en contenido, como la supranacionalidad, la Comunidad, la consulta prejudicial, el principio de subsidiariedad, el derecho comunitario, la integración de gentes, la integración física, sólo para mencionar unos cuantos de los principales que es menester desentrañar en su esencia. Un primer punto de análisis es el relacionado con la soberanía de los Estados que se hacen miembros de una Comunidad, creando ésta y a los organismos supranacionales que la rigen, mediante instrumentos jurídicos internacionales. Los Estados actúan allí en forma soberana y aceptan en lo sucesivo que los actos jurídicos que creen los organismos supranacionales, o por lo menos buena parte de ellos, produzcan efectos jurídicos vinculantes frente a los mismos Estados, sin requerirse ratificación, y frente a los pobladores de esos Estados, sin que esa normatividad deba ser incorporada al ordenamiento jurídico interno. Se trata del derecho comunitario, primario u originario y secundario o derivado, con sus características de aplicación directa, efecto directo y primacía sobre el derecho nacional, delineadas en las famosas sentencias del Tribunal de Justicia europeo, con sede en Luxemburgo, Van Gen en Loos, Costa-Enel y Simmenthal. El derecho comunitario primario o constitutivo está conformado por los tratados internacionales mediante los cuales los Estados crean a la Comunidad y a los órganos supranacionales que habrán de regir ésta, a la que los Estados ceden algunas competencias; a su vez, las normas emanadas de los organismos supranacionales constituyen el derecho comunitario derivado o secundario el cual es vinculante en forma inmediata y automática para los Estados miembros y para sus pobladores. 6.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL Su objetivo principal fue establecer un marco de cooperación económica destinado a evitar que se repitieran los círculos viciosos de devaluaciones competitivas que contribuyeron a provocar la Gran Depresión de los años treinta. El principal propósito del FMI consiste en asegurar la estabilidad del sistema monetario internacional, algo esencial para un crecimiento económico sostenible ya que mejora los niveles de vida y alivia la pobreza. Además del objetivo principal, tiene como finalidades: Evitar las crisis en los sistemas monetarios, alentando a los países a adoptar medidas de política económica Institución de provisión de fondos al que los países miembros pueden acudir cuando necesiten financiamiento temporal para superar los problemas de Balanza de pagos. Promover la cooperación internacional en temas monetarios internacionales y facilitar el movimiento del comercio a través de la capacidad productiva. Facilitar la expansión y crecimiento equilibrado del comercio internacional. Promover la estabilidad en los intercambios de divisas
  • 4. 7.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS La Organización de los Estados Americanos, para realizar los principios en que se funda y cumplir sus obligaciones regionales de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, establece los siguientes propósitos esenciales: afianzar la paz y la seguridad del continente; promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención; prevenir las posibles causas de dificultades y asegurar la solución pacífica de controversias que surjan entre los Estados miembros; organizar la acción solidaria de éstos en caso de agresión; procurar la solución de los problemas políticos, jurídicos y económicos que se susciten entre ellos; promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural; erradicar la pobreza crítica, que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del hemisferio, y alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados miembros. Con el objetivo de cumplir estas determinaciones, en el ámbito de la prevención y resolución de conflictos es que se ha optado por desarrollar acciones en dos áreas: en el apoyo y fortalecimiento de la democracia y en la seguridad hemisférica. La Corte Interamericana está encargada de velar por el cumplimiento de la Convención Americana de Derechos Humanos, más conocida como Pacto de San José, que garantiza el respeto a los derechos esenciales de las personas. 8.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA COMUNIDAD SUDAMERICANA DE NACIONES La Comunidad Sudamericana de Naciones es una comunidad política y económica entre los doce países sudamericanos constituida el 8 de diciembre de 2004 en la ciudad del Cuzco, Perú durante la III Cumbre Sudamericana, la cual fue celebrada los días 8 y 9 de diciembre de 2004 en Cuzco y Ayacucho, Perú. Está integrada por los Países Miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) y los Países Miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), junto con Chile, Guyana y Surinam. Un total de doce países, cuyo territorio supera los 17 millones de kilómetros cuadrados (el 45% de todo el continente americano y el 80% de toda América Latina y el Caribe). Representa un mercado de más de 360 millones de consumidores, cuyo Producto Interior Bruto supera los 800 mil millones de dólares. (Fuente: www.etsia.upm.es) Este ambicioso proyecto constituye la maduración de un proceso orientado a sentar las bases de un espacio común sudamericano, a partir de la afirmación del diálogo y convergencias políticas, el perfeccionamiento de una zona de libre comercio en la región (a partir del Acuerdo de Libre Comercio entre CAN y MERCOSUR), y la integración física, energética y de comunicaciones derivada de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional de América del Sur (IIRSA). En el caso de IIRSA, uno de los logros más recientes ha sido la firma –con ocasión de la Cumbre de Cuzco-de los compromisos financieros por parte de Perú y Brasil para hacer posible la carretera transoceánica que conectará el interior de Brasil con los puertos del sur peruano. Los países sudamericanos han completado la etapa de diseño y planificación de los diez grandes Ejes de Integración y Desarrollo Sudamericanos. Dentro de los trescientos cincuenta proyectos que componen el programa, se han identificado treinta y dos "proyectos ancla" (es decir, los proyectos básicos para estructurar los ejes troncales), a ser ejecutados en un lapso de cinco años. 9.- SEÑALE Y COMENTE LOS OBJETIVOS DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES La Comunidad Andina (CAN) es un organismo regional de cuatro países que tienen un objetivo común: alcanzar un desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, sudamericana y latinoamericana. El proceso andino de integración se inició con la suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969. Está constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, además de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI). Antes de 1996, era conocida como el Pacto Andino o Grupo Andino. Venezuela fue miembro pleno hasta el 2006. Chile originalmente fue miembro entre 1969-1976, pero se retiró durante el régimen militar deAugusto Pinochet debido a incompatibilidades entre la política económica de ese país y las políticas de integración de la CAN. Este país es Miembro Asociado desde el 20 de septiembre de 2006, pero ello no supone el reingreso a la CAN.
  • 5. Ubicados en América del Sur, los cuatro países andinos agrupan a casi 101 millones de habitantes en una superficie de 3.798.000 kilómetros cuadrados, cuyo Producto Interno Bruto nominal se estima ascendería en el 2011 a 600 291 millones de dólares. 10.- DESARROLLE UN ARTICULO DE OPINION EN DONDE SE EXPRESE LA VISIÓN DEL PERÚ Y SU POLÍTICA EXTERNA Existen razones para pensar que es preferible crecer en democracia. Pensemos por ejemplo en los requisitos mínimos que debe garantizar el Estado para fomentar la inversión privada, es decir, la vigencia de los derechos de propiedad y el cumplimiento de los contratos. En principio, no hay razón para asumir que un régimen autoritario no pueda cumplir con esos requisitos, sin embargo, además de cumplir con ellos, se requiere que el Estado garantice su vigencia en el largo plazo, y allí es donde el régimen político puede hacer una diferencia importante, por dos razones: en primer lugar, porque en un régimen autoritario el poder se suele ejerce en forma discrecional, lo cual implica que la vigencia de los derechos de propiedad, al igual que la vigencia de cualquier otro derecho, depende de la buena voluntad de los gobernantes, y no de la existencia de una división de poderes en donde el poder judicial actúa en forma independiente. En segundo lugar, por la forma en que se producen los cambios de gobierno en ambos tipos de régimen: en una democracia uno sabe cómo llegan al cargo quienes ejercen funciones de gobierno, y, lo que es aún más importante, uno sabe cuándo y cómo se van. La transición política está claramente pautada por normas que todos conocen. En cambio, bajo un régimen autoritario, lo usual es que uno sepa cómo llegan los individuos al gobierno, pero no sepa a ciencia cierta cuándo ni cómo se van.