2. DEFINICIÓN DEL DERECHO DE OBLIGACIONES Y
NATURALEZA JURÍDICA
Teoría
general de
las
obligacion
es
Derecho
de
obligacio
nes
Estudia las
obligacione
s sin
considerar
el origen de
su
nacimiento.
Dedicada al
estudio del
origen, clases,
efectos y
extinción de
las
obligaciones.
Carácter
Abstracto
Sus efectos y
estructura son
invariables e
inherentes con las
necesidades del
hombre.
Carácter
Preciso
Por la
naturaleza
precisa de
las
soluciones
que aporta
3. CARACTERES E IMPORTANCIA PRÁCTICA
Universali
dad
Permanenci
a
En el sentido que
es muy semejante
el Derecho de
Obligaciones en
los diversos
ordenamientos
jurídicos de
países.
Resulta de
la
invariabili
dad en el
tiempo.
Importanci
a
Es importante
ya que a
través de ella,
los hombres
en sociedad
satisfacen sus
necesidades
4. UBICACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURIDICO
Derecho
privado
Derecho
Patrimonia
l
Normas
jurídicas
que regulan los
intereses
particulares de
los miembros
de la
comunidad
Aquellos que
tienen un
valor
económico,
pueden ser
valorados en
dinero
Derecho
positivo
Conjunto de
leyes no
derogadas y las
costumbres
imperantes en
un lugar y
tiempo
determinado
Derechos
Personales
Consisten en
poder exigir
de
otras
personas
una
conducta
determinada
5. EVOLUCIÓN
En Roma
Nació en
tiempos arcaicos
dentro del
delito, luego al
desarrollarse la
comunidad,
comenzó con el
préstamo de un
paterfamilia.
En
Venezuela
Inició con el
Derecho Colonial
Español, las leyes
del congreso de la
gran Colombia y
La principal
fuente del
derecho de
obligaciones son
las Siete Partidas
del Rey Alfonso X
, El Sabio.
6. DEFINICIÓN DE LA OBLIGACIÓN CIVIL
Definición
Romana
clásica
Lazo de
derecho por
el cual una
persona está
obligada
hacia otra
Definición
Moderna,
según el
Deudor
Vínculo de
derecho de aspecto
pecuniario que
une a dos o más
personas, donde
una está
constreñida a una
prestación a favor
de la otra
Definición
Moderna,
según la
prestación
Lazo de
derecho que
constriñe
la necesidad
de pagar
alguna cosa
conforme al
derecho de
ciudad
Definición
Moderna,
según los
elementos
Vínculo jurídico
donde el deudor, se
compromete frente
al acreedor, a
ejecutar en su
beneficio una
determinada
prestación
valorable en dinero