Este documento presenta los Acuerdos Escolares de Convivencia del IPEM 94 "Dolores Lavalle de Lavalle" en Córdoba, Argentina. Detalla el proceso de producción de los acuerdos a través de la participación de toda la comunidad educativa. Incluye la fundamentación y marco legal de los acuerdos, las conductas esperadas y prohibiciones, y las sanciones aplicables a estudiantes por incumplimiento de las normas. El objetivo es promover la convivencia, el respeto mutuo y la resolución pacífica de conflictos en
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ACUERDOS ESCOLARES
DE CONVIVENCIA
IPEM 94 “DOLORES
LAVALLE DE LAVALLE”
CORONEL MOLDES
CÓRDOBA
AÑO 2012
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ACUERDOS ESCOLARES DE CONVIVENCIA
PRESENTACIÓNDEL DIRECTOR
En mi carácter de director de esta institución me dirijo a todos los miembros de la
comunidad educativa: Docentes, Alumnos, Familia, Personal no docente para dar
a conocer la elaboración de los acuerdos escolares de convivencia que fue el
producto del trabajo compartido de todos los miembros antes nombrados.Por este
motivo comprometo a todos a cumplir con dichos acuerdos lo cual nos llevará a
una convivencia de mejor calidad.
PROCESO DE PRODUCCIÓN
La elaboración de los acuerdos ha sido producto del trabajo conjunto y el
consenso que habilitó la palabra de toda la Comunidad Educativa.
En este proceso se trabajó con el Código de Convivencia vigente en la Institución,
a través de una encuesta en la que todos los actores manifestaron sus acuerdos,
desacuerdos y modificaciones respecto a las normas escolares vigentes.
Los docentes lo trabajaron por departamento y con alumnos en diferentes cursos.
Con los padres se realizó un taller formativo e informativo y también participaron
en la construcción de estos acuerdos el Equipo Directivo, Preceptores, Gabinete
Psicopedagógico, Ayudante Tareas Prácticas, Coordinador de Cursos, Auxiliar
Administrativo, Auxiliar de Servicio y M.E.P.
Es importante resaltar como logro la participación activa y mayoritaria del
personal de la institución. No lográndose lo mismo con los padres ya que fue muy
poca la concurrencia de los mismos al taller.
En otra instancia se realizó el análisis de los datos obtenidos resaltando los
aspectos que recibieron mayores cuestionamientos, los de mayor consenso, y las
sugerencias más relevantes.
Respecto de este punto se presentaron mayores dificultades a la hora de acordar
las sanciones, principalmente poder pensar en actitudes reparatorias frente a las
transgresiones cometidas y salirse de utilizar sólo sanciones punitivas como las
amonestaciones.
A partir de los resultados obtenidos se elaboran los Acuerdos Escolares de
Convivencia con la incorporación de las nuevas normas.
FUNDAMENTACIÓN
La construcción de los Acuerdos Escolares de Convivencia constituye un
marco normativo que regula y promueve las relaciones entre todos los integrantes
de la Comunidad Educativa. Es esta una instancia democratizadora y espacio de
participación, que conduce a la construcción de importantes valores educativos
como: la Responsabilidad frente a las acciones realizadas, el Respeto mutuo y
la alteridad, la Cooperación y la Solidaridad, el Esfuerzo y Compromiso como
motor de los aprendizajes escolares.
Nos proponemos con los mismos contribuir a la resolución pacífica de los
conflictos, a la prevención de la violencia y el mejoramiento del clima institucional.
Dentro de la resolución 149/10 que legisla estos acuerdos se resalta como
importante los siguientes propósitos:
• Establecer normas escolares en un marco democrático legítimo, de acuerdo
a los principios de la Constitución Nacional o los marcos legales del Estado
Nacional o Provincial.
• Rescatar la plena vigencia de los Derechos Humanos, en el marco de una
educación respetuosa de la diversidad.
• Propiciar una cultura participativa.
• Elaborar estrategias escolares preventivas, que promuevan la convivencia y
la salud integral de todos los miembros de la escuela.
• Acordar normas, destinadas a todos los miembros de la comunidad
educativa, en base a los acuerdos colectivos, las que se dejarán
asentadas por escrito para garantizar un marco de equidad y justicia.
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• Establecer que dichas normas se aplicarán sólo al comportamiento de las
personas en los espacios públicos, no a sus creencias, pensamientos o
principios morales.
• Construir acuerdos de convivencia que no sean sólo prescriptivos como en
los “reglamentos disciplinarios”, sino también propositivos, estableciendo
deberes, derechos y prohibiciones.
• Promover el respeto por la alteridad, tanto en relación al semejante como al
diferente en un contexto de respeto mutuo.
• Integrar las normas de convivencia con el proyecto educativo institucional.
• Promover el sentido de pertenencia institucional, tanto para el proceso de
integración social como el cuidado del patrimonio institucional.
• Establece tiempos y espacios para construir instancias de diálogo, que
permitan escuchar a todos y dar la palabra a cada uno de los involucrados
en las situaciones conflictivas.
• Incorporar la noción de compromiso y acuerdo como fundamento de la
convivencia y la responsabilidad social compartida.
Además dentro de esta normativa se acuerdan pautas en cuanto a la aplicación de
sanciones, resaltando el carácter educativo de las normas, al impedir que se
instale un clima de impunidad frente a la impulsividad y a la propia agresividad.
En la aplicación de sanciones, se tienen en cuenta los siguientes criterios:
• Desarrollar estrategias preventivas en relación a temáticas relacionadas a la
violencia.
• Destacar el valor educativo de las sanciones que se implementen por no
cumplir los Acuerdos Normativos.
• Delimitar la diferenciación: contextualizar la sanción en relación al nivel de
trasgresión, al daño provocado, al análisis situacional, la historia escolar y
personal y edad de los participantes.
• Establecer la gradualidad: son los procesos previos de advertencia
(llamados de atención, instancias de reflexión, a través de diferentes
estrategias).
• Garantizar la proporcionalidad: la sanción será proporcional a la trasgresión
cometida (leves, graves o muy graves); fundamentándola con argumentos
lógicos y no arbitrarios.
• No pueden ser utilizadas como sanciones medidas que lleven a una
pérdida de la regularidad o afecten las calificaciones académicas.
• Garantizar la neutralidad en la intervención, es decir ser justos y equitativo.
• Promover instancias de diálogo, análisis y reflexión sobre lo sucedido con
todos los implicados.
• Propiciar la reparación del daño, a fin de internalizar la responsabilidad
frente al daño moral, físico o material.
• Favorecer el reconocimiento del error, como proceso de aprendizaje en
relación a la internalización de las normas de convivencia escolar.
• Solicitar la intervención de los especialistas (equipos técnicos de los
diferentes ministerios o de otros ámbitos) para atender y asesorar en las
situaciones que así lo requieran.
Estos acuerdos se encuentran enmarcados dentro de los siguientes instrumentos
legales a nivel nacional e internacional:
- Las constituciones Nacionales y provinciales.
- Convención sobre los derechos del niño 3- ONU A.G. Res. 44/25 Doc.
A/44/49 (1989), entrada en vigor 2 de septiembre de 1990.(CDN).
- Ley contra la discriminación Ley 23.592 Actos Discriminatorios. Decreto
1086/2005. Hacia un Plan contra la discriminación.(LD).
- Ley de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes (N° 26.061) (LPD).
- Ley de educación Nacional (N° 26.206) (LEN)
- Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria
Obligatoria ( CFE N° 84/09) (CEF).
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- Orientación para la Organización Pedagógica e Institucional de la
Educación Secundaria Obligatoria. Resolución del CFE N° 93/09
FINES EDUCATIVOS DE LA ESCUELA:
• Incentivar en los alumnos el interés por el aprendizaje y en los docentes la
dedicación en la enseñanza.
• Promover en los miembros de la comunidad educativa el sentido de
pertenencia a la institución.
• Estimular el desarrollo de ciudadanos críticos y reflexivos de la realidad
social, con competencias necesarias para la inserción social y laboral.
La producción y la formalización de estos acuerdos normativos de convivencia
constituyen el comienzo de un cambio más que un final. Cambiar las
concepciones en torno a la cuestión de la convivencia constituirá una evolución
progresiva y un desafío de cambio cultural y social.
CUERPO NORMATIVO
CONDUCTAS ESPERADAS Y PROHIBICIONES
Todos los miembros de la Comunidad Educativa acuerdan cumplir con las
siguientes normas:
ARTÍCULO N° 1: Respetarse mutuamente, logrando un clima de confianza hacia
los otros, reconociendo y aceptando las diferencias. No se admitirá ninguna forma
de maltrato física, verbal entre sus miembros.
ARTICULO N° Sentir y vivenciar el espacio de la escuela como propio, siendo
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solidarios en el cuidado de la misma. No se aceptarán conductas que provoquen
daños y perjuicios en el edificio y mobiliarios.
ARTÍCULO N° Considerar a todos los miembros de la escuela en igualdad de
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condiciones como personas con derechos y obligaciones. Siendo inadmisibles
todo tipo de discriminación que se relacione con procedencias socioculturales y
étnicas.
ARTÍCULO N° 4: Crear un espacio de diálogo y reflexión ante situaciones
conflictivas dando lugar a la palabra de todos los que participen de la misma,
generando el compromiso ante las acciones realizadas .Evitando que se tomen
medidas disciplinarias arbitrarias y descontextualizadas.
ARTICULO N° 5: Generar canales de comunicación entre los diferentes miembros
de la institución que permita que la información llegue a todos y en tiempo
adecuado. Evitando distorsión de los mensajes por otras vías no acordadas.
ARTÍCULO N° 6: Respetar los Símbolos Patrios y comportarse correctamente en
la formación y concentraciones de alumnos/as para la realización de las diferentes
actividades institucionales. No se aceptarán conductas que interfieran con la
realización de las mismas, expresiones verbales y gestuales inadecuadas.
ARTÍCULO N° 7: Mantener el orden y respeto durante el desarrollo de las tareas
escolares. No se aceptará que se agrupen en los pasillos o galerías profiriendo
gritos, silbidos u otras expresiones que interfieran el desarrollo normal de las
actividades.
ARTÍCULO N° 8: Cuidar las pertenencias propias y de la escuela, considerando
que esta última es un espacio de todos. No se permitirá hurtar o dañar dichos
objetos.
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ARTÍCULO N° Considerar el aula como un espacio de compromiso y esfuerzo
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por el trabajo áulico, donde se promueve la participación activa. Serán
inaceptables salidas e interrupciones que no sean oportunas.
ARTÍCULO N° 10 : Mantener un clima áulico armónico y de respeto necesario para
desarrollar los procesos de enseñanza aprendizaje. Por este motivo no se
aceptará el uso de celulares, MP3, MP4 u otros elementos multimediales sin
autorización o mediación de directivos y docentes.
ARTÍCULO N° 11: Ser puntuales en los horarios de entrada al aula después del
toque de timbre en los recreos, respetando el tiempo pautados para el desarrollo
de los procesos de enseñanza aprendizaje. No se aceptarán por lo tanto llegadas
tarde a las clases.
ARTÍCULO N° 12: Mantener el orden y limpieza en el espacio áulico, preservando
un ambiente favorable de trabajo. No se permitirá consumir alimentos y bebidas
dentro del aula en el horario de clase.
ARTÍCULO N° 13: Preservar el cuidado personal y la salud física y psicológica de
los miembros de la escuela. No permitiendo la introducción y/o consumo de
cigarrillos u otras sustancias tóxicas.
Los Padres se comprometen a:
• Fomentar hábitos de higiene y cuidado personal en sus hijos.
• Concurrir a la institución cuando son citados por cuestiones
relacionadas con la trayectoria escolar de sus hijos.
• Fomentar Hábitos de puntualidad, respeto, responsabilidad y estudio.
Los directivos se comprometen a:
• Ser justos y equitativos en la toma de decisiones, comunicativos y
abiertos al diálogo con todos los miembros de la comunidad
educativa, con buena predisposición para lograr cambios que lleven
a la calidad en los vínculos y el mejoramiento de los procesos
enseñanza aprendizaje.
Los docentes se comprometen a:
• Sostener una actitud abierta a la escucha y diálogo en virtud de
lograr una mejora en la calidad de los vínculos establecidos con los
diferentes actores educativos.
SANCIONES:
A LOS ALUMNOS:
Frente al incumplimiento de las normas antes mencionadas es necesario aplicar
sanciones que permitan a los diferentes actores educativos hacerse responsables
de las propias acciones y tener en cuenta al otro como persona con derechos y
que tiene que ser respetado, resaltando como importante el valor de la alteridad.
La aplicación de las mismas se llevará a cabo teniendo en cuenta el nivel de
transgresión cometida, el daño provocado, la situación en la que se produce el
conflicto, la historia escolar de los involucrados y la edad de los mismos.
Se promoverán instancias que permitan el diálogo y la reflexión sobre lo sucedido
con todos los implicados.
Se implementarán sanciones reparatorias, experienciales y de contrato de
cambio.
Se consideraran
Faltas Leves: Aquellas acciones que no permitan un desarrollo armónico y de
calidad de los procesos de enseñanza aprendizaje.
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• Usar celulares u otros elementos multimedia les que no hayan sido
autorizados por el docente y que interfiera en el desarrollo de la clase.
• Interrumpir el desarrollo normal de las actividades áulicas, saliendo del aula
sin permiso o autorización del docente responsable.
• Transitar en forma inadecuada por los espacios escolares, con gritos,
silbidos u otras expresiones verbales que interfieren en el desarrollo normal
de las actividades escolares.
• Usar redes sociales sin autorización de un adulto responsable.
• Demorarse en la entrada al aula después del toque de timbre.
Ante estas faltas se implementarán las siguientes
Medidas:
• Advertencia y llamado de atención en forma oral.
• Diálogo y reflexión sobre las acciones cometidas con los involucrados en la
situación conflictiva.
• En el caso de uso de elementos multimedia les sin autorización se retirarán
los mismos y luego serán devueltos a un adulto responsable.
• Aviso a los padres a través del cuaderno de comunicación sobre la
situación ocurrida, nota que deberá volver firmada.
Faltas moderadas: Aquellas conductas que tengan la intencionalidad de causar
daños a su semejantes o a objetos y pertenencias de los mismos o de la
institución o pongan en riesgo el cuidado personal.
• Retirarse de la institución sin previo aviso y autorización.
• Falta de respeto a los símbolos patrios.
• Agresiones verbales y/o gestuales hacia los pares u adultos.
• Dañar o sustraer elementos de otros o de la institución.
• Adulterar o extraviar documentación escolar.
• Introducir o consumir sustancias tóxicas.
• Reiteración de faltas leves.
Ante estas faltas se aplicarán las siguientes
Medidas:
• Posibilidad de descargo por parte de él o los involucrados.
• Convocar a los padres para informar sobre la situación en la que se
encuentra su hijo/a.
• Pedido de disculpa hacia las personas sobre las cuales se ha producido un
daño.
• Reparación de los objetos que hayan sido dañados.
• Acta compromiso sobre cambio de actitudes y reparación del daño
causado.
• Colaborar en tareas de reparación o limpieza de mobiliarios y paredes del
edificio. (bancos, mesas, sillas, pizarrón etc.)
• Colaboración en actos o eventos escolares.
• Elaboración de un trabajo o informe que permita la reflexión sobre las
acciones realizadas que llevaron al incumplimiento de las normas
acordadas.
• De no haber cambio en las actitudes y reiterarse las faltas se aplicará la
cantidad de amonestaciones de acuerdo a lo acordado con el consejo
escolar y los directivos.
Faltas grave
• Reiteración de faltas moderadas
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• Agresión física hacia pares u adultos.
• Ingerir alimentos o bebidas en el horario de clase.
Ante estas faltas se aplicarán las siguientes
Medidas:
• Posibilidad de descargo por parte de él o los involucrados.
• Convocar a los padres para informar sobre la situación ocurrida.
• Pedido de disculpa a la persona agredida en presencia de los padres y
directivos.
• Aplicación de las amonestaciones que correspondan según la gravedad del
hecho, previa intervención del consejo escolar y directivos.
• En el caso de que el alumno alcance el límite de veinte amonestaciones
quedará a consideración del consejo escolar y directivos quienes tendrán
en cuenta la resolución 149/10 y la legislación vigente.
A LOS DOCENTES:
De incurrir en alguna falta o incumplimiento de las normas acordadas se
procederá de acuerdo a la legislación escolar.
PROCESO DE APLICACIÓN
En este proyecto se prevé la creación de un Consejo Escolar de Convivencia, el
cual estará integrado por directivos, docentes, alumnos y padres; los cuales serán
elegidos por sus pares , una vez al año. Se nombrará un titular y tres suplentes
para cada representante.
La función del consejo será la de brindar un espacio de escucha y consulta sobre
el cumplimiento de las normas escolares pautadas. Se dará participación a los
involucrados en el incumplimiento de los acuerdos para que hagan el descargo
sobre lo sucedido.
El mismo será convocado en casos de faltas moderadas o graves. No obstante las
decisiones últimas serán tomadas por el directivo.
El sostenimiento de dichos acuerdos se llevará a cabo con la implementación de
talleres de reflexión conjuntamente con la participación del centro de estudiantes.
La producción y formalización de estos acuerdos normativos de convivencia
constituyen el comienzo de un cambio más que un final. Cambiar las
concepciones en torno a la cuestión de la convivencia constituirá una evolución
progresiva y un desafío de cambio cultural y social.