Ppt formacion civica persona, matrimonio, atributos de la personalidad
1. FORMACION CIVICA
Historia y CCSS
Persona, Matrimonio, Atributos
de la Personalidad
Prof. Ricardo Castro Pinto
2. Según nuestro Código Civil la
Persona Natural es "todos los
individuos de la especie humana,
cualquiera que sea su edad, sexo,
estirpe o condición ".
La existencia Legal de la persona
natural comienza al nacer y termina
con la muerte.
PERSONA
NATURAL
· Que haya nacimiento. Es decir ,que la criatura
sobreviva al parto.
· Que el niño sea separado completamente de su
madre. Es decir ,que su cuerpo salga
íntegramente del vientre de su madre.
· Que la criatura haya sobrevivido de la
separación un momento siquiera.
· Estos requisitos se tornan significativos en
muchas instancias legales como los relativos a la
herencia.
Requisitos
para la
Existencia
Legal
3. ATRIBUTOS DE PERSONALIDAD
(EN LA PERSONA NATURAL )
Atributo de personalidad es la cualidad que poseen los
seres y que los diferencian de los demás siendo
esenciales e inherentes a cada persona. Sin ellos, la
vida del hombre sería confusa. Los atributos de
Personalidad de las Personas Físicas o Naturales son:
1.- NOMBRE
2.- DOMICILIO
3.- ESTADO CIVIL
4.- CAPACIDAD JURIDICA
5.- PATRIMONIO
6.- NACIONALIDAD
5. 2. DOMICILIO
Es el lugar de permanencia del individuo. Es de
carácter libre y ayuda a completar la identificación de
la persona. Existen tres tipos de Domicilio:
a)El voluntario,
b) el convencional que lo fijan las
personas para determinadas
obligaciones y
c) el domicilio Legal el cual es
determinado por la ley o una persona
para el ejercicio de sus derechos y
cumplimiento de obligaciones.
La Residencia es el lugar de hecho donde una
persona habitualmente vive, en tanto que la
Habitación es el lugar donde el individuo tiene
asiento ocasional y transitorio.
6. 3. CAPACIDAD JURÍDICA
Es la actitud que tienen las personas para ser
sujetos pasivos o activos de relaciones
jurídicas. Esta capacidad puede ser:
a)De Goce , la cual surge en el
momento del nacimiento y está
indisolublemente ligada a la
personalidad y
b) la capacidad de Ejercicio la cual la
poseen las personas aptas con
discernimiento para actuar por sí
mismas, ejerciendo sus derechos y
obligaciones como también
administrar sus bienes.
7. 4. ESTADO CIVIL
Situación particular de las personas en relación con la
institución del matrimonio ( soltero, casada, viuda etc )
y con el parentesco ( padre, madre, hijo, hermano,
abuelo etc ).
8. 5. NACIONALIDAD
Es la situación o vínculo de carácter jurídico,
que tiene la persona con el Estado, pudiendo
ser nacional o extranjero.
La nacionalidad puede ser originaria o
adquirida.
La nacionalidad puede perderse cuando se
cometen delitos contra la dignidad de la patria
o por cancelación de la carta de
nacionalización entre otras.
FUENTES DE LA
NACIONALIDAD:
9.
10. 6. PATRIMONIO
Es el conjunto de derechos y
obligaciones que son susceptibles de
valorarse económicamente.
11. 1. Personas Jurídicas de Derecho Público : aquellas que
representan a la autoridad en sus funciones
administrativas (el Estado, las Municipalidades etc.)
2. Personas Jurídicas de Derecho Privado : aquellas que
dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos:
a) las que persiguen fines de lucro llamadas Sociedades
civiles y comerciales.
b) las que no persiguen ganancias, a saber las Corporaciones
y las Fundaciones.
Persona Jurídica
La persona legalmente hablando es todo ser capaz de tener y
contraer derechos y obligaciones. Cuando un grupo de individuos se
unen con el fin de lograr un objetivo en común, dispuestos a
cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla de PERSONA
JURIDICA O MORAL, un ente ficticio creado por la ley.
Existen dos tipos de personas jurídicas:
12. FIN DE LA EXISTENCIA
LEGAL DE LA PERSONA:
-LA MUERTE:
REAL o BIOLOGICA
LEGAL o PRESUNTA
13. La muerte real.
Es la cesación de los fenómenos de la vida, y como
tal extingue, desde luego, la personalidad jurídica del individuo
humano. Al extinguirse la personalidad, los derechos y obligaciones
del difunto quedan privados de titular hasta la aceptación de la
herencia por los herederos.
•Ningún movimiento voluntario observado durante una
hora.
•Apnea luego de tres minutos de desconexión del
ventilador.
•Ausencia de reflejos tronco encefálicos.
1º Estar en coma y sin ventilación espontánea.
2º No presentar reflejos de decorticación, ni
descerebración ni convulsiones.
3º No presentar reflejos fotomotores, corneales,
oculovestibulares, faríngeos ni traqueales.
4º No presentar movimientos respiratorios
espontáneos durante la realización del test de apnea efectuado
conforme a la metódica que determina el Ministerio de Salud.
14. La muerte presunta
Esta presunción de fallecimiento se basa en la
ausencia de un individuo del lugar de su domicilio, concepto
que lleva implícito una falta de noticias de aquél y supone,
asimismo, la ruptura de ese individuo con el medio social al
cual pertenece o perteneció, de suerte que no se puede
asegurar si vive o si ha fallecido.
Se parte de dos hechos conocidos, que
constituyen la base de la presunción, tales
hechos son:
a) El desaparecimiento o ausencia, y
b) La falta de noticias del desaparecido.