2. “De las personas
y sus atributos”
DERECHO
DE LAS
PERSONAS
Ausencia y
presunción
de muerte
de las
personas
3. CONCEPTO DE PERSONA:
: “Son personas todos los entes susceptibles de
adquirir derechos y contraer obligaciones”.
Esta aptitud de un ente como persona es una
calidad preexistente de el o es una creacion del
derecho?
2 corrientes opuestas respecto al concepto de
persona :
POSITIVISMO JURIDICO (Kelsen)
DERECHO NATURAL (Digesto derecho romano)
4. CORRIENTES SOBRE
CONCEPTO DE PERSONA:
1)POSITIVISMO JURIDICO: (Kelsen):
Persona es un concepto juridico construido por
el derecho para sus fines.
Se es persona si el derecho asi lo reconoce.
2)CORRIENTE DEL DERECHO NATURAL:
Calidad de persona es inherente al hombre
mismo, a su propia naturaleza.
La calidad de persona se reconoce a todos los
hombres .
El derecho esta al servicio de fines humanos.
5. ESPECIES DE PERSONAS:
1)PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE O FISICAS O PERSONAS
NATURALES: entes con signos caracteristicos de
humanidad, sin distincion de cualidades o
accidentes)
2)PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL
O PERSONAS JURIDICAS:
entes susceptibles de adquirir derechos o
contraer obligaciones que no son personas de
existencia visible)
6. 1)PERSONAS DE
EXISTENCIA VISIBLE O NATURALES:
1)COMIENZO DE LA PERSONALIDAD:
Desde concepcion en seno materno (persona por
nacer sujeto de derechos: ejemplo puede recibir
donaciones y herencias).
Personalidad condicional: nacimiento con vida
aunque sea por instantes luego de la separacion
de la madre.
2)FIN DE LA PERSONALIDAD:
a)Por muerte natural.
b)Por ausencia con presuncion de fallecimiento
13. 1)PRINCIPIO EXISTENCIA PERSONAS
JURIDICAS:
Depende del tipo de persona juridica.
Las personas juridicas de carácter privado, en principio
comienzan su existencia desde autorizacion, por ley o
gobierno
Excepto sociedades civiles que principian su existencia
desde su constitucion por escritura publica.
Las sociedades comerciales tienen un regimen especial
derivado de la Las personas juridicas de carácter publico
desde el momento que determina la norma que
determina su creacion.
2)FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS
PERSONAS JURIDICAS:
Disolucion
Quiebra
Expiracion termino de duracion de la persona juridica.
Cumplimiento total del objeto
Decision de sus miembros aprobada por autoridad
14. Sistema de la Concepción:
Señala el comienzo de la
persona en la concepción, es
cuando este
comienza a ser sujeto de
derecho y lo será hasta su
muerte, es decir está
considerada persona durante
también toda su vida intrauterina.
La mayor critica que tiene esta
doctrina es que es imposible
determinar el instante preciso de
la concepción. Gatti y Cestau
15. Tiene gran relevancia en el
comienzo de la personalidad ya
que pueden beneficiar al
concebido, por
ejemplo, en la adquisición de
derechos patrimoniales, respecto
a los derechos de personalidad.
En el caso que en un matrimonio
el hombre fallezca y su esposa
este embarazada el concebido
podrá
ser reputado como hijo legitimo
del matrimonio, también podrá
concurrir a la herencia de su
padre.
16. Sistema del nacimiento:
La personalidad comienza
con el nacimiento, cuando
el ser adquiere una
individualidad autónoma
desprendiéndose del
claustro materno.
Esta postura es mas
precisa en el
tiempo cuando se
comienza a dar la
personalidad, ya que se
sabe exactamente cuando
se da el nacimiento
17. Sistema ecléctico:
Comienza la personalidad si a la hora del
nacimiento nace con vida (abandona con
vida el claustro materno), que sea viable,
además cumpla un plazo mínimo de 24 horas
de vida
extrauterina. Este sistema también se lo
considera un tanto impreciso.
Viabilidad propia: Que no nazca antes de los
180 días de la presunta concepción
Viabilidad impropia: Que no tenga lesiones o
defectos orgánicos que le imposibiliten seguir
viviendo
18. Diferentes posiciones
doctrinarias sobre el
concepto de viabilidad
Nacimiento, viabilidad (aptitud
para vivir) y vida extrauterina
durante el tiempo mínimo de 24
horas naturales
•Solo los dos primeros
(nacimiento y viabilidad), por
entender que la viabilidad
queda probada al
vivir 24 horas naturales.
19. Prueba del nacimiento
se prueba por actas del Estado
Civil. debe verificarse ante los
oficiales del
estado civil. Deben de
consignarse la hora, fecha y
lugar de nacimiento La persona
no inscripta tiene
personalidad jurídica a pesar de
la ausencia de la inscripción
Prueba de la viabilidad y de la
duración mínima de 24 horas
Se habrán de probar con la
intervención de
peritos
20. Artículo 30º ley N°2616.- Todo Niño o niña, será
inscrito en el Registro Civil, hasta sus
doce años.
Esta inscripción, debe efectuarse con la
comparecencia personal de los padres
biológicos y la presentación del
certificado de nacido vivo, extendido por
los centros médicos públicos y privados y,
en defecto de estos por autoridades
administrativas municipales o
eclesiásticas.
En caso de indocumentación de los
padres biológicos, la identificación de los
mismos y la filiación del recién nacido,
serán acreditadas mediante la declaración
de dos testigos que deberán tener
conocimiento personal de ambos hechos
21. Los atributos de la personalidad son
derechos personales que nacen y mueren
con la persona y que no se gastan, ni se
venden, ni setransmiten.
24. ATRIBUTOS INHERENTES DE LAS
PERSONAS: CUALIDADES INTRISECAS Y PERMANENTES QUE
CONSTITUYEN LA ESENCIA DE LA PERSONALIDAD Y DETERMINAN AL ENTE
PERSONAL EN SU INDIVIDUALIDAD
COMUNES A TODAS LAS PERSONAS (EXISTENCIA VISIBLE e IDEAL):
1)NOMBRE
2)CAPACIDAD
3)DOMICILIO
4)PATRIMONIO
EXCLUSIVO DE LAS PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE: ESTADO.
26. 1)NOMBRE:
Designacion exclusiva que corresponde a una
persona.
Es distintivo y sirve para identificar a una persona
en relacion a los demas.
Compuesto por nombre de pila y apellido.
El apellido se transmite a los descendientes
(llamado nombre de familia).
31. 3)DOMICILIO:
Asiento juridico de la persona. Ley le asigna
efectos juridicos.
TIPOS DE DOMICILIOS:
REAL: lugar o asiento principal de la residencia y
negocios de una personal . 2 elementos:
subjetivo (animo voluntario) y objetivo (corpus o
residencia)
LEGAL
ESPECIAL O CONTRACTUAL
FISCAL
CONYUGAL (concepto sociologico:donde viven
los conyuges de consumo)
PROCESAL O CONSTITUIDO
32. IMPORTANCIA DEL DOMICILIO:
Para ubicar el asiento de una persona y producir efectos juridicos.
Para determinar la ley aplicable.
Para determinar la competencia de los jueces.
Para indicar el lugar en que hay que hacer las notificaciones
Par precisar el lugar de cumplimiento de las obligaciones.
35. 5)ESTADO:
El estado como atributo de la personalidad es el “estado
de familia”.
Conjunto de derechos y obligaciones que surgen de un
vinculo familiar.
Atribuyen a la persona una determinada posicion dentro
de la familia.
Caracteres:
1)fuera del ambito de la autonomia de voluntad, sujeto a una
regulacion de orden publico.
2)es intransmisible e inalienable.
3)es irrenunciable.
4)es imprescriptible
5)es indivisible.
6)reciproco: en cuanto al estado de una persona corresponde otro
igual o desigual correlativo: esposo-esposa, hermanos (estado igual),
padre-hijo, casado-soltero-divorciado (estado desigual).
El estado conyugal se divide en tres: casado, viudo, divorciado.
39. Teoría del Patrimonio de
afectación
(Planiol, Ripert y Picard).
LAS PERSONAS PUEDEN
DESTINAR SUS BIENES A
2 O MÁS FINES
JURÍDICOS.
Cada fin reconocido por
el derecho es un
patrimonio distinto.
Reconocimiento de la
universalidad jurídica.
40. NACIONALIDAD
La ley no da una definición clara de nacionalidad, por lo que tenemos
que recurrir a los doctrinarios para precisar qué se entiende por dicho
concepto.
Alejandro Carrillo Castro ' expresa:"Nacionalidad, desde el punto de vista
jurídico, es una condición legal que se adquiere de acuerdo a la mayoría
de las Constituciones de los Estados modernos por dos causas
principales.
a).- Por nacer de progenitores que tienen la nacionalidad que un
determinado Estado reconoce como propia, no importa que dicho
nacimiento ocurra fuera del territorio estatal correspondiente;
b).- Por nacer en el suelo de un Estado considerado como territorio
propio, no importa si los que nacen en dicho territorio son hijos de
nacionales de otro Estado.
41. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD
En primer lugar, es un derecho
privado, porque se regulan
por el Código Civil porque la
violación de estos derechos solo va dar lugar en
materia civil a la indemnización de daños y perjuicios; no
va dar lugar a cárcel o la imposición de otra
sanción que no sea afectar el patrimonio
del agente del daño, por eso tiene un carácter
privado.
42. DERECHOS DE LA PERSONALIDAD
Sin embargo, muchos de estos derechos
también son de tutela del derecho
público como el derecho a la vida, como
el derecho de integridad física que están
protegidos por el derecho
constitucional, o por el derecho de la
salud pública o el derecho penal incluso
.
43. CARACTERES DE LOS ATRIBUTOS
DE LAS PERSONAS:
1)NECESIDAD:
No puede haber persona que carezca de ellos.
2)UNIDAD:
Cada persona solo puede tener un solo atributo
(no 2 nombres , 2 estados)
3)INALIENABILIDAD:
La persona no puede desprenderse de algun
atributo suyo transfiriendolo a otro: no estan en
el comercio. Venta nula:no efectos.
4)IMPRESCRIPTIBILIDAD:
No se ganan o se pierden por el transcurso del
tiempo.
44. PERSONA JURÍDICACOLECTIVA
Nace • Acta Constitutiva
T
ermina
• Acuerdo entre los socios
• Concluido en plazo
(duración) o el objeto.
• Imposibilidad física o
jurídica
• Resolución de autoridad
competente.