2. En el Perú el software
está protegido por los
derechos de autor
(D.L. 822- Ley sobre el
derecho de autor).
3. El derecho de propiedad intelectual en el Perú.
Software es un bien inmaterial tridimensional.
• La forma de presentación: literal o grafica-instrucciones
• El contenido del software: las ideas, conceptos
• Las aplicaciones o potencialidad de aplicación
“Los derechos de autor protegen la forma de expresión
literal o grafica no la idea o contenido de lo que esta
expresado”
4. GENERALIDADES
Denominaciones: software,
logiciel, soporte lógico o programas
informáticos.
¿Que se entiende por software?
Constituye un conjunto de
programas y aplicaciones
constituido por instrucciones
lógico matemático que se trasmiten
a un computador con el objeto de
obtener un resultado determinado.
5. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS PROGRAMAS
INFORMÁTICOS
La propiedad intelectual, es un activo,
comprende:
• El derecho de patente
• Propiedad industrial: novedad, útil y
obvio.
• Marcas comerciales y servicios
• Derechos de autor: originales,
creativo, reproducción de la idea en
un soporte.
6. LOS DERECHOS DE AUTOR
El D. A. es independiente de la propiedad del objeto
material en que consta la creación. La adquisición del tal
objeto no confiere al adquiriente ninguno de los derechos
que no le hubiese sido transferido.
Los derechos de autor protege la forma de expresión literal
o grafica no la idea o contenido de lo que esta expresado.
Los derechos de autor como el derecho de patente se
fundamentan en las convenciones internacionales.
7. ¿Qué abarca el derecho de autor?
• Obras literarias: novelas,
poemas, obras de teatro,
documentos de referencia,
periódicos y programas
informáticos; bases de datos,
películas, composiciones
musicales;
• Obras artísticas: pinturas,
dibujos, fotografías y
escultura
• Obras arquitectónicas;
publicidad, mapas y dibujos
técnicos.
8. ¿Los derechos de autor protege las
ideas, los metodos y los conceptos?
• Protege únicamente las expresiones.
• Principio confirmado en el acuerdo sobre los aspectos
de los derechos de propiedad intelectual relacionados
con el comercio (ADPIC) de la OMC y en el tratado de la
OMPI sobre derechos de autor.
9. OTRAS FORMAS DE PROTECCION.
EL DERECHO CIVIL
Art. 18° c.c.: “los derechos de autor,
cualquiera sea la forma o modo de
expresión de su obra, goza de protección
jurídica.
Art. 302°, inciso 5°. Bienes propios de
cada cónyuge. Art. 886° inciso 6°
(bienes muebles) los derechos
patrimoniales del autor, patente, marcas
En los contratos, se fija clausulas
protectoras de confiabilidad entre la
empresa informática y sus empleadores,
así como con terceros y que se orienten
a mantener el secreto profesional.
10. EL DERECHO PENAL
Caso revelamiento de la
información. Art. 165 código
penal: violación del secreto
Prof.
Caso de los delitos contra los
derechos de autor, regulados en
los art. 216 al 221 del Código
Penal.
11. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS P.I. EN EL
DERECHO COMPARADO
• 1985. en usa, países europeos, Japón, china, Tailandia,
filipinas, india los programas informáticos protegidos por los
derechos de autor.
• 12 oct. 1998. usa ley derechos de autor del milenio digital
• América latina.- la decisión 351 del pacto andino asume la
protección propiedad intelectual
• Brasil en 1987, mediante ley obliga el registro de todos los
programas informáticos tanto nacional como extranjero.
caso de comercialización: solo se admite cuando no existe
programa equivalente desarrollado en el país.
12. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN
ARGENTINA Y ESTADOS UNIDOS
La protección del software en Argentina se apoya casi
exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor.
La protección en Estados Unidos es más amplia: por un
lado, porque se basa también en otras normas de
propiedad intelectual, como el derecho de patentes y los
secretos comerciales; por otro lado, porque el desarrollo
jurisprudencial es más extenso. La experiencia de Estados
Unidos puede ayudar a Argentina para desarrollar su
sistema de protección de software.
13. ¿En el Perú la protección jurídica del software es en base a la
protección de los derechos de autor (D. leg. 822) o el derecho
de patentes (D.Leg. 823)?
La Protección Jurídica del Software está protegida por el
Decreto Legislativo 822- que son los Derechos de Autor en
sus Artículos 69º, Artículo 70º, Artículo 71º, Artículo 72º,
Artículo 73º, Artículo 74º, Artículo 75º, Artículo 76º, Artículo
77º en las cuales hablan sobre los programas del
ordenador.