Análisis comparativo de la propiedad intelctualla protección jurídica
1. ANÁLISIS COMPARATIVO DE LA PROPIEDAD
INTELCTUALLA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL
SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EN LA
ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMÉRICA Y EN EL PERU.
2. DEFINICION DETERMINOS
• Propiedad intelectual: es toda creación del intelecto humano. Los derechos
de propiedad intelectual protegen los intereses de los creadores al
ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones. la propiedad
intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las
obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los
dibujos y modelos utilizados en el comercio.
3. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN
ARGENTINA
• El mercado interno del software en argentina está creciendo con el
aumento de las ventas de artículos de computación y accesorios
informáticos; y también con la elaboración del software para su exportación.
4. El software es protegido por:
• a) la constitución nacional establecía en su art. 17 “todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o
descubrimiento, por el término que le acuerde la ley”.
•
• b) el decreto 165/94 incluyó a las obras de software en la enumeración de las obras amparadas por la ley 11.723 y
estableció el procedimiento de registración.
• c) el convenio de BERNA (ley 25.140/99), el ADPIC (ley 24.425/95), y el tratado sobre derechos de autor de la OMPI (ley
25.140/99), establecían la necesidad de dictar normas de protección dentro de los regímenes de los derechos de autor.
• d) la ley 25.036/98 modificó el art. 1° de la ley 11.723 agregando a la lista de obras científicas, literarias o artísticas a “…
los programas de computación fuente y objeto; y las compilaciones de datos o de otros materiales…”
5. LA PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN
ESTADOS UNIDOS
• Goldstein sostiene que secretos comerciales, copyright y derecho de
patentes han sido usadas para proteger la inversión en programas de
computación desde los comienzos de la industria.
• Los secretos comerciales son importantes en el mercado de diseño a
medida y en regular a los característicamente móviles empleados de la
industria. el copyright surgió a medida que los programas fueron orientados
a los consumidores; es decir al público en general.
6. POLÍTICA GUBERNAMENTAL EN EL PERU
• El marco legal en gran parte ya está dado, pero su aplicación es deficiente el marco
jurídico del Perú para los derechos de propiedad intelectual en general está en
consonancia con las normas internacionales. Desde 1996 el Perú ha tratado de
unificar su marco con la comunidad andina y las normas internacionales. INDECOPI
recibe y decide sobre los registros de propiedad intelectual. En términos de
ejecución, investiga las denuncias de los titulares de derechos y lleva a cabo sus
propias investigaciones (ex oficio). El tribunal administrativo del INDECOPI decide
sobre casos relacionados con disputas de propiedad intelectual, y puede emitir
medidas cautelares y determinar sanciones (multas).
7. GESTIÓN DE ACTIVOS DE SOFTWARE
• ElTLC (EE.UU.- PERÚ) requiere que Perú legalice el software dentro de las
agencias gubernamentales. La aplicación de esta obligación ha sido
retrasada en varias ocasiones. En abril de 2014, EL USTR aún estaba
instando a Perú a cumplir con sus obligaciones de concesión de licencias
para el software del gobierno bajo el APC. Los datos de la oficina nacional
de gobierno electrónico e informática (ONGEI) muestran que en 2010 unas
240 oficinas gubernamentales no habían reservado un presupuesto en su
plan anual para el pago de licencias de software.
8. CONCLUSIONES
• Primera: La protección del software en Argentina se apoya casi
exclusivamente en la legislación sobre derecho de autor. La importancia en
Argentina, es que el mercado de las tecnologías de información se
encuentra todavía en una fase de maduración, y sólo representa el 3,3% del
mercado mundial. Para ser sustentable, la expansión de la industria debe ir
acompañada de la protección jurídica correspondiente. “Los derechos de
propiedad intelectual nunca han sido más económicas y políticamente
importantes de lo que son hoy.
9. • Segunda: La protección en Estados Unidos es más amplia: por un lado,
porque se basa también en otras normas de propiedad intelectual, como el
derecho de patentes y los secretos comerciales; por otro lado, porque el
desarrollo jurisprudencial es más extenso. La experiencia de Estados Unidos
puede ayudar aArgentina para desarrollar su sistema de protección de
software.
10. • Tercera: Según el Decreto Legislativo 823 veremos si el software está en la
propiedad intelectual. En el artículo 3 nos dice: La protección reconocida por
la presente Ley recae, entre otros, sobre los elementos constitutivos de la
propiedad industrial, según lo leído podemos decir que pertenece a las
Patentes de invención.