1. Gestión de proyectos de innovación y tramitación de incentivos Valenzuela, 7 28014 Madrid T 902 12 34 02 Diagonal, 433bis 08036 Barcelona T 902 43 21 02 www.asesoria-imasdmasi.com 4 de Junio de 2009
4. I+D+I empresarial Ayudas directas Créditos blandos Estímulo al Capital Riesgo Inversión Institucional privada Incentivos fiscales en I+D+I
5.
6. I+D IT INVESTIGACIÓN DESARROLLO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Novedad objetiva Novedad subjetiva Indagación original y planificada que persiga descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico Art. 35 .1.a) TRLIS No necesario éxito Actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes. Se considerarán nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad Art. 35 .2.a) TRLIS Necesario éxito Aplicación de los resultados de la investigación (…) para la fabricación de nuevos materiales o productos o para el diseño de nuevos procesos o sistemas de producción, así como para la mejora tecnológica sustancial de materiales, productos, procesos y sistemas preexistentes Art. 35 .1.a) TRLIS No necesario éxito Mejora tecnológica significativa
7. TÉCNICO: Identificación y documentación de las actividades en I+D+I de la empresa. ANÁLISIS FISCAL: Cuantificación del gasto y de la deducción de las actividades en I+D+I.
10. ¿QUÉ ES LA DEDUCCIÓN POR I+D+I? BASE IMPONIBLE x Tipo de gravamen CUOTA ÍNTEGRA - Deducciones por doble imposición + Bonificaciones CUOTA LÍQUIDA - Retenciones, Pagos e Ingresos a cuenta DEUDA TRIBUTARIA (líquido a ingresar o a devolver) CUOTA ÍNTEGRA AJUSTADA POSITIVA - Deducciones
11.
12. 35% de la cuota íntegra ajustada positiva (límite conjunto de todas las deducciones). 50% de la cuota íntegra ajustada positiva cuando la deducción por I+D+I y por el fomento de tecnologías de la información y de la comunicación (PYMES) exceda el 10% de la cuota íntegra ajustada positiva. * Cuando hay insuficiencia de cuota, el plazo para aplicar la deducción es de 15 años . Límite de la deducción* 30% sobre la media del gasto de los dos años anteriores + 50 % del exceso sobre dicha media. 20% de los gastos de personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D. 20% de los gastos correspondientes a proyectos de I+D contratados con Universidades, OPI´s o Centros de Innovación Tecnológica (RD 2609/1996) . 10% de las inversiones en elementos del inmovilizado material e inmaterial , excluidos los inmuebles y terrenos, siempre que estén afectos exclusivamente a actividades de I+D. 10% de los gastos correspondientes a actividades de diseño industrial e ingeniería de procesos . 10% de los gastos correspondientes a la adquisición de tecnología avanzada (base limitada a 1.000.000 € ). 10% de los gastos correspondientes a la obtención del certificado de cumplimiento de normas de aseguramiento de la calidad (ISO 9000, GMPs o similares). 15% de los gastos correspondientes a proyectos cuya realización se encargue a Universidades, OPI,s o Centros de Innovación Tecnológica (RD 2609/1996) Cálculo de la deducción Los gastos en I+D+I correspondientes a actividades realizadas en el ext e rior podrán ser objeto de deducción siempre y cuando la actividad de I+D+I principal se efectúe en España y no sobrepasen el 25% del importe total invertido. Territorialidad Investigación y Desarrollo Innovación Tecnológica EL ART. 35 antes de 2006
13.
14. EVOLUCIÓN LEGISLACIÓN I+D+I Porcentaje de deducción Artículo 35 Coeficiente a aplicar Porcentaje de deducción a aplicar 2007 50% 0,92 46% 30% 0,92 27% 20% 0,92 18% 15% 0,92 13% Porcentaje de deducción Artículo 35 Coeficiente a aplicar Porcentaje de deducción a aplicar 2008 50% 0,85 42% 30% 0,85 25% 20% 0,85 17% 15% 0,85 12% 10% 0,92 9% 10% 0,85 8%
15. EL ART. 35 después de 2006 (2008) 35% de la cuota íntegra ajustada positiva (límite conjunto de todas las deducciones). 50% de la cuota íntegra ajustada positiva cuando la deducción por I+D+I y por el fomento de tecnologías de la información y de la comunicación (PYMES) exceda el 10% de la cuota íntegra ajustada positiva. * Cuando hay insuficiencia de cuota, el plazo para aplicar la deducción es de 15 años . Límite de la deducción* 25% sobre la media del gasto de los dos años anteriores + 42% del exceso sobre dicha media. 17% de los gastos de personal investigador cualificado adscrito en exclusiva a I+D. 8% de las inversiones en elementos del inmovilizado material e inmaterial , excluidos los inmuebles y terrenos, siempre que estén afectos exclusivamente a actividades de I+D. 8% de los gastos correspondientes a actividades de diseño industrial e ingeniería de procesos . 8% de los gastos correspondientes a la adquisición de tecnología avanzada (base limitada a 1.000.000 € ). 8% de los gastos correspondientes a la obtención del certificado de cumplimiento de normas de aseguramiento de la calidad (ISO 9000, GMPs o similares). 8 % Estudios de viabilidad tecnologica encargados a Universidades, OPI,s o Centros de Innovación Tecnológica (RD 2609/1996) Cálculo de la deducción Los gastos en I+D+I correspondientes a actividades realizadas en el ext e rior podrán ser objeto de deducción siempre y cuando la actividad de I+D+I se efectúe en Espacio Económico Europeo Territorialidad Investigación y Desarrollo Innovación Tecnológica
16.
17. Comparativa bonificación ¨versus¨ deducción por I+D Tipo Ahorro generado Tipo mínimo Adicional Ahorro generado Sueldo Bruto 41.500,00 € - - 25% 17% 17.430,00 € Seguridad Social 10.909,84 € - - 25% 17% 4.582,00 € Seguridad Social por CC 8.206,29 € 40% 3.282,52 € - - - 52.409,84 € 3.282,52 € 22.012,00 € Tipo mínimo Adicional Ahorro generado 42% 17% 24.485,00 € 42% 17% 6.436,00 € 30.921,00 € COSTE EMPRESA DEDUCCIÓN POR I+D HASTA 2006 BONIFICACIÓN CONTINGENCIAS
18. Comparativa bonificación ¨versus¨ deducción por I+D Marco Legal Coste total Investigador 52.409,84 € Beneficio Bonificación SS Deducción I+D (tipo mínimo) Deducción I+D (tipo máxmo) 3.282,52 € 22.012,00 € 30.921,00 € 6% 42% 59% Ahorro generado % del coste total
23. ACTIVIDADES DE I+D E IT INVESTIGACIÓN DESARROLLO INNOVACIÓN TECNOLÓGICA ACTIVIDAD ORIENTADA A Indagación original y planificada. Descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico. Aplicación de los resultados de la investigación o de otros conocimientos científicos . Fabricación diseño o mejora sustancial nuevos materiales, productos y procesos, sistemas productivos . Actividad cuyo resultado es un avance tecnológico. Obtención de productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes .
24.
25.
26. 1. Guía de contenidos del proyecto. 1.1. Memoria de proyecto. 1.1.1. Resumen del proyecto: estructura general de los trabajos y de los objetivos del proyecto . 1.1.2. Innovación y novedad del proyecto. 1.1.3. Avances científicos o técnicos que propone el proyecto . 1.1.4. Protección de la propiedad de los resultados . 1.2. Planificación: Objetivos y estructura del proyecto. 1.3. Detalle y justificación de actividades que constituyen I+D / IT. 1.4. Presupuesto. 1.4.1. Estimación de costes. 1.4.2. Recursos materiales. 1.4.3. Identificación de la procedencia de recursos. 1.5. Otros aspectos y Anexos. METODOLOGIA: documentar según RD 1432/2003
27. 2. Recursos aplicados al proyecto. 2.1. Personal. 2.2. Colaboraciones externas. 2.2.1. Universidades, organismos públicos de investigación y centros de innovación tecnológica. 2.2.2. Otros (empresas privadas, asociaciones...). 2.3. Activos materiales e inmateriales. 2.4. Materiales fungibles/ prototipos/ pruebas industriales... 2.5. Otros (costes indirectos, viajes, formación...). 3. Presupuesto total del proyecto. 3.1. Presupuesto total. 3.2. Presupuesto en investigación y desarrollo del proyecto. 3.3 Presupuesto en innovación. METODOLOGIA: documentar según RD 1432/2003
28. IV. El proceso de certificación y obtención de Informes Motivados
29.
30. EMISION INFORMES MOTIVADOS RD1432/2003 1 Solicitud de Certificación por la empresa 2 Emisión del certificado por la entidad Certificadora 3 Solicitud del Informe Motivado empresa: Memoria Proyecto + Certificado 4 Emisión del Informe Motivado por parte del M. de Industria 5 Informe Motivado vinculante para M. Hacienda CERTIFICADORA M. HACIENDA MITYC 1 2 3 4 5 EMPRESA CERTIFICADORA M. HACIENDA MITYC 1 2 3 4 5 EMPRESA
31.
32.
33. La certificación es un paso indispensable para deducir con un 100% de seguridad fiscal . Demuestra la naturaleza científico-técnica del proyecto, coherencia del presupuesto y/o gastos incurridos, siendo vital para la toma de decisiones estratégicas en inversiones. Sistematiza la gestión de los proyectos , consiguiendo una mayor eficiencia y homogeneidad. Marca de Excelencia en la imagen corporativa e incrementa el capital intangible de la organización Para la empresa: BENEFICIOS DE CERTIFICAR SEGÚN RD1432/2003
47. CÁLCULO DE LA DEDUCCIÓN POR I+D: PORCENTAJES DE DEDUCCIÓN
48. Caso 3 Gastos en el ejercicio fiscal son superiores a la media de los gastos en I+D en los dos años anteriores habiendo obtenido una subvención CÁLCULO DE LA DEDUCCIÓN POR I+D: PORCENTAJES DE DEDUCCIÓN
49. CÁLCULO DE LA DEDUCCIÓN POR I+D: PORCENTAJES DE DEDUCCIÓN
50. EJEMPLO COMBINACIÓN SUBVENCIÓN/DEDUCCIÓN Concedido Crédito LIA 320.000,00 € Concedido CDTI 470.000,00€ Concedido a fondo perdido 110.000,00 € Concedido fondo perdido LIA 110.000,00 € Concedido Crédito LIA 320.000,00 € Concedido crédito CDTI 470.000,00 € LIA Presupuesto 1.200.000 € 3. D EDUCCIÓN Y SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO 1. DEDUCCIÓN 2. DEDUCCIÓN Y CRÉDITO REEMBOLSABLE 4. DEDUCCIÓN, CRÉDITO REEMBOLSABLE Y SUBVENCIÓN A FONDO PERDIDO LIA, CDTI Presupuesto 1.200.000 € LIA, CDTI Presupuesto 1.200.000 €
51. 71.500,00 € 71.500,00 € 0,00 € 0,00 € 65% subvenciones 110.000,00 € 110.000,00 € 0,00 € 0,00 € Subvenciones a fondo perdido reconocidas como ingreso 1.780.000,00€ 1.780.000,00€ 1.780.000,00€ 1.780.000,00€ Gasto en 2008 Deducción Fondo perdido Crédito reembolsable Deducción Fondo perdido Deducción Crédito reembolsable Deducción