El objetivo de este seminario sería profundizar en las novedades de la reciente reforma de la Ley de Sociedades de Capital (?LSC?) desde la óptica de sus administradores y directivos. La Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo (?Ley 31/2014?), ha introducido novedades de enorme calado que afectan de manera importantísima al funcionamiento del órgano de administración de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada, así como a sus directivos.
En este seminario abordaremos los problemas de índole práctico que se están planteando a los administradores y directivos al acometer la adaptación de su forma de hacer a las previsiones de la Ley 31/2014.
¿Cómo se ha de retribuir a los consejeros? ¿Son compatibles las retribuciones de los administradores con la remuneración que perciban por su condición de alto directivo? ¿Es posible proteger las decisiones estratégicas y de negocio adoptadas por el órgano de administración? ¿Cuándo se considera que estamos en presencia de un administrador de hecho? ¿Qué materias son competencia exclusiva del consejo de administración? ¿Qué efectos tiene la reforma de la LSC desde el punto de vista fiscal? ¿Qué son activos esenciales? ¿Qué responsabilidades asume un directivo con la nueva regulación? ?
Estas y otras muchas preguntas trataremos de responderlas con la colaboración de profesionales expertos en materia fiscal, laboral, mercantil y procesal del despacho Garrigues, con un enfoque eminentemente práctico.
2. Los administradores y directivos ante
la reforma de la Ley de Sociedades de Capital
Seminario
Presentación
El objetivo de este seminario sería profundizar en las novedades de la reciente reforma de la Ley de
Sociedades de Capital (“LSC”) desde la óptica de sus administradores y directivos. La Ley 31/2014,
de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno
corporativo (“Ley 31/2014”), ha introducido novedades de enorme calado que afectan de manera
importantísima al funcionamiento del órgano de administración de las sociedades anónimas y de las
sociedades de responsabilidad limitada, así como a sus directivos.
En este seminario abordaremos los problemas de índole práctico que se están planteando a los
administradores y directivos al acometer la adaptación de su forma de hacer a las previsiones de la Ley
31/2014.
¿Cómo se ha de retribuir a los consejeros? ¿Son compatibles las retribuciones de los administradores con
la remuneración que perciban por su condición de alto directivo? ¿Es posible proteger las decisiones
estratégicas y de negocio adoptadas por el órgano de administración? ¿Cuándo se considera que estamos
en presencia de un administrador de hecho? ¿Qué materias son competencia exclusiva del consejo de
administración? ¿Qué efectos tiene la reforma de la LSC desde el punto de vista fiscal? ¿Qué son activos
esenciales? ¿Qué responsabilidades asume un directivo con la nueva regulación? …
Estas y otras muchas preguntas trataremos de responderlas con la colaboración de profesionales expertos
en materia fiscal, laboral, mercantil y procesal del despacho Garrigues, con un enfoque eminentemente
práctico.
Dirigido a:
• Empresarios, administradores y directivos de sociedades de capital.
• Responsables de los departamentos de personas.
• Asesores jurídicos y técnicos del tejido empresarial.
3. 09:00 h Recepción de asistentes y entrega
de documentación
09:15 h Presentación
Mikel Madariaga. Director de la Zona
Norte de APD
09:30 h Deberes de los administradores:
diligencia y lealtad
– ¿Existe una verdadera reforma de los deberes
de los administradores? ¿Hay nuevos deberes?
– ¿Cuáles son las facultades indelegables del
consejo?
– ¿Cómo se protegen las decisiones empresariales
de los administradores?
– ¿Cómo se gestionan los conflictos de intereses?
José María Ruiz Ilundain. Socio Garrigues
10:15 h La reforma desde la óptica procesal
– ¿Cómo debe responder el administrador a las
peticiones de información de los socios?
– ¿Quiénes son los administradores de hecho?
– ¿Responde la persona física que representa
al administrador persona jurídica?
¿Y el director general?
– ¿Cuándo prescribe la responsabilidad
de un administrador?
Fernando Varga. Asociado Principal
Garrigues
11:00 h Pausa-café
11:30 h Retribución de los administradores
y directivos
La nueva regulación mercantil
– ¿Son compatibles la retribución del
administrador como tal y la remuneración
del consejero con funciones ejecutivas?
– ¿La remuneración como administrador-
consejero delegado ha de constar en los
estatutos?
– ¿Los administradores mancomunados
que desempeñen funciones ejecutivas
han de suscribir un contrato?
Carla Frangoni. Socia Garrigues
Perspectiva laboral
– ¿Cómo afecta la LSC a los directivos que
dependen del consejo de administración?
– ¿Qué son funciones ejecutivas?
– ¿Qué se entiende por funciones de alta dirección
y quiénes son directivos en la reforma de la LSC?
– ¿Cuándo deberá aprobar el consejo de
administración las condiciones básicas de los
contratos de los directivos?
Iñigo Esquiroz. Socio Garrigues
Aspectos fiscales
– ¿Qué requisitos se deben cumplir para
garantizar la deducibilidad del gasto derivado
de la retribución de administradores?
– ¿Cómo están evolucionando la normativa
aplicable y los criterios jurisprudenciales?
Javier de Miguel. Socio Garrigues
12:45 h Coloquio
13:15 h Cierre del seminario
4. Donostia-San Sebastián, 20 de mayo de 2015
Cancelaciones
Se retendrá el 100% del importe si la anulación se
produce con menos de 48 horas de antelación.
Forma de pago
El pago de las cuotas se hará efectivo antes de iniciarse
la reunión por medio de los siguientes procedimientos:
– Domiciliación bancaria
– Transferencia a favor de APD:
BBVA: ES65-0182-1290-3800-0032-5792
LABORAL Kutxa: ES06-3035-0083-2608-3012-0208
– Cheque nominativo
A la hora de realizar la transferencia bancaria,
por favor indiquen razón social de la empresa
y nombre y apellidos de la/s persona/s asistente/s.
Si no pudiera asistir a este acto, rogamos haga llegar esta
información a otra persona a quien Ud. estime pueda serle
de utilidad.
Si recibiera más de un programa de esta convocatoria,
por favor, indíquenoslo.
Los gastos de formación de personal tienen la consideración de gastos deducibles para la determinación del rendimiento de las actividades económicas,
tanto en el Impuesto sobre Sociedades como en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Aquellos gastos e inversiones destinados a habituar a los
empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información dan derecho a practicar una deducción en la cuota íntegra de
ambos impuestos en el porcentaje previsto legalmente.
Inscripción
Seminario
Informaciones prácticas
• Día: 20 de mayo de 2015
• Lugar: Donostia-San Sebastián – Hotel Silken Amara Plaza
(Plaza Pío XII, 7)
• Horario: Acreditaciones: 9:00 h
Seminario: De 9:15 a 13:15 h
• Inscripciones: www.apd.es
• Información: 94 423 22 50 / inscripcionesnorte@apd.es
Cuotas de inscripción
El precio para Socios de APD es de 165 euros (más el 21% de IVA)
No socios 370 euros (más el 21% de IVA).
Los precios incluyen documentación.
Para formalizar la reserva de plaza es IMPRESCINDIBLE
abonar la cuota de inscripción.
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si te inscribes hasta 7 días antes
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Los administradores y directivos ante
la reforma de la Ley de Sociedades de Capital