Resumen del video de INGEMMET, expuesto por el Ingeniero Jaime Castro de la Formulacion de petitorios mineros en Areas de aviso de retiro y Libre denunciabilidad.
subestaciones electricas , elementos y caracteristicas
Diapositiva formulacion de petitorios mineros
1. Esc. Prof.: Ingeniería de Minas
Asignatura: Geodesia
Docente: Ing. Osmar Cuentas Toledo
Alumno: RAMOS FUENTES, Albert Justin
Código: 2015103064
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA - UNAM
Resumen: “Formulación de Petitorios Mineros en
Áreas de Aviso de Retiro y Libre Denunciabilidad”
Viernes 18 de Enero del 2019
Ing. Jaime Castro Bullón – Especialista del INGEMMET
2. EL CATASTRO MINERO NACIONAL Y LA
FORMULACION DE PETITORIOS
El catastro minero nacional, creado por la Ley N° 26615 publicado el
25/05/1996, EN SU ARTICULO 1, SEÑALA QUE COMPRENDE
a) El sistema de cuadriculas aprobado por el art. 11 del TIJO de la LGM,
DS N° 14-92-EM(Sistema PSAD56)
b) Las concesiones mineras otorgadas y las que se otorguen como
consecuencia de los denuncios formulados al amaparo de legislaciones
anteriores al DL. N° 708. Coordenadas Definitivas
c) Las concesiones mineras vigentes otorgadas y que se otorguen al
amparo del TIJO DE LA LEY GENERAL DE MINERIA ds n° 014-92-em. Con
resolución consentida.
La ley N°30428, publicado el 30/04/2016, Oficializa el sistema de
cuadriculas mineras en coordenadas UTM WGS84, definido por el articulo
11 del Tijo.
100 HECTAREAS.
3. ¿QUE ES LA LIBRE DENUNCIABILIDAD?
Es poner a disposición de los usuarios mineros, las
áreas extinguidas de los derechos mineros para que
puedan ser peticionadas a partir de una fecha
determinada.
Esta disposición se realiza a través de una publicación
que se efectúa en el diario El Peruano.
4. AREAS EXTINTAS DE LIBRE
DENUNCIABILIDAD
No se peticionan hasta que este publicado como libre denunciabilidad
No puede ser peticionado por el anterior titular excepto los rechazados hasta dentro de dos años
1. No pagan derecho de vigencia hasta 2 años consecutivos.
2. Están en tramite de abandono
3. Personas inhabilitadas de realizar un petitorio(alcalde, militar)
4. El propietario renuncia al área total o parcial
5. Petitorios mineros sin cumplir los requisitos básicos, se formulan en entidad no competente
5. CONSECUENCIAS DEL AVISO DEL RETIRO
Las áreas extinguidas por resolución firme en el
ámbito administrativo minero de petitorios o
concesiones que fueron formuladas bajo el sistema
de coordenadas UTM referidas al PSAD56 o que
adquirieron estas coordenadas en aplicación de la
ley 26615, superpuesta a los petitorios y concesiones
como áreas a respetar se incorporan a la concesión
minera o petitorio minero.(Art 66 del tijo de la LGM,
DS N°014-92-EM)
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9. RECOMENDACIONES
Los derechos mineros extinguidos que se publica de libre denunciabilidad, son los
formulados con las coordenadas UTM del sistema WGS84.
Los derechos mineros que se publican su Retiro del Catastro Minero Nacional, son
los formulados con las coordenadas UTM PSAD56 o que obtuvieron coordenadas
UTM con la Ley N°26615, Ley del catastro minero nacional.
Las coordenadas a señalar en los formatos de los petitorios no deben contener
decimales. Excepción cuando se formula sobre la zona de traslape.
En la evaluación técnica/legal de los petitorios tomar en cuenta la fecha en la
que se formulo el petitorio para advertir la posible existencia de derechos
mineros extinguidos y que fueron retirados posterior a la fecha de su formulación.