El documento resume los principales cambios al marco normativo de los comprobantes fiscales digitales en México para 2017, incluyendo la implementación obligatoria del complemento de comercio exterior para exportaciones, la versión 3.3 del CFDI con nuevas validaciones y campos, el complemento de recepción de pagos, y el nuevo esquema de cancelación de comprobantes. También describe las adaptaciones requeridas en Microsip para cumplir con estos cambios.
2. SAT 2017: Comprobantes fiscales digitales
● Cambios al complemento de Nómina
● Complemento de Comercio exterior
● Cambios a la Factura electrónica
● Complemento de Recepción de pagos
● Nuevo esquema de Cancelación
3. Complemento de Comercio exterior
● Obligatorio el uso de la factura electrónica en operaciones de comercio
exterior, exportaciones definitivas clave A1, que son objeto de enajenación en
términos del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.
● La factura debe incorporar:
○ Identificador fiscal del receptor o destinatario de las mercancías
exportadas.
○ Referir en el pedimento el folio fiscal de la factura electrónica.
○ Uso del complemento diseñado para tal fin y publicado en el Portal del
SAT, el cual entró en vigor de manera obligatoria el 1 de marzo de 2017.
4. Complemento de Comercio exterior
● Mecanismo de transición para el despacho de mercancías
○ Exportadores que pueden emitir el complemento (versión 1.0 o 1.1)
podrán utilizar la factura electrónica con complemento de comercio
exterior y el pedimento, declarando en éste último, el folio fiscal de la
factura.
○ Exportadores que no pueden emitir el complemento en cualquiera de sus
versiones, podrán utilizar la factura electrónica (sin complemento), el
acuse de valor (antes COVE) y el pedimento, declarando en éste último,
el folio de ambos documentos (factura electrónica y acuse de valor).
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/complemento_comercio_exterior.aspx
5. Microsip 2017 - Ventas
● Complemento de Comercio exterior v1.1
○ Nodo para ser usado en el caso de operaciones de exportación definitiva
de mercancías en definitiva tipo A1, en casos en los cuales estas
mercancías no son objeto de enajenación, o siéndolo esta es a título
gratuito –es decir sin recibir pago a cambio o sin ser una venta-.
○ Actualización de la validación referente a la Identificación de producto o
productos a varias fracciones arancelarias.
○ Actualización al Catálogo de fracciones arancelarias.
○ Incorporación de domicilios para emisor y receptor.
6. Factura electrónica - CFDi v3.3
● Características
○ Nuevas reglas de validación.
○ Uso de catálogos para algunos campos (17 catálogos).
○ Formatos de estructura para algunos campos.
○ Se eliminan algunos campos (19 campos menos).
○ Verificación del RFC del Receptor.
○ NO permite el uso de números negativos.
○ No permite de manera parcial el registro de conceptos con valor en 0.
○ Se confirmará cuando los importes sean altos.
7. Factura electrónica - CFDi v3.3
● Novedades
○ Uso CFDI
■ Información del uso que el Receptor le dará al comprobante.
■ (G=Gasto, I=Ingreso, D=Deducción, P=Por definir)
■ Eje.- G01 - Adquisición de mercancías.
○ Clave de producto o servicio
■ Identifica con base en un catálogo, los bienes y mercancías que
serán facturados.
■ Indicar en cada concepto del CFDI la clave SAT de producto o
servicio que corresponde. (52 mil claves aprox.)
8. Factura electrónica - CFDi v3.3
● Novedades
○ Clave de unidad de medida
■ Indicar en cada concepto del CFDI la clave SAT de la unidad de medida
en la que está expresada la cantidad del concepto. (3 mil claves aprox.)
○ Se elimina la información de domicilio del Receptor.
○ Confirmar montos altos con el PAC, quien asignará un folio de autorización.
■ Total de la factura elevado.
■ Tipo de cambio demasiado alto/bajo en relación al valor del mercado
cambiario.
○ Otras
9. Complemento de Recepción de pagos
● Modelo para el pago en parcialidades
○ Facilita la conciliación de las facturas vs. pagos
○ Detalla la cantidad que se paga e identifica la factura que se liquida.
○ Cumple con el requisito de registrar la forma de pago en la factura.
○ Evita la cancelación de facturas que ya han sido pagadas.
● Correcciones
○ Se deberá emitir un CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y
bonificaciones.
● Cancelaciones
○ Siempre que el CFDI se sustituya por otro con los datos correctos a más tardar el
último día del ejercicio en que fue emitido el CFDI.
10. Complemento de Recepción de pagos
● Cuando las contraprestaciones NO se paguen en una sola exhibición
○ Emitir un CFDI por el valor total de la operación al momento en que se realice.
○ Posteriormente emitir un CFDI por cada uno de los pagos que se efectúen.
■ Incorporando el Complemento de Recepción de pagos.
■ Se detalla la cantidad que se paga e identifica la factura cuyo saldo se
liquida.
● Cuando el pago de las contraprestaciones se realiza en una sola
exhibición pero no al momento de la expedición del CFDI.
○ Operaciones de crédito: Pago en fecha posterior a la emisión del CFDI.
○ Emitir un CFDI por el pago del valor total de la operación.
■ Incorporando el Complemento de Recepción de pagos.
11. Esquema de cancelación
● Una factura pagada total o parcialmente NO se podrá cancelar sin autorización del
Receptor.
● Las facturas se podrán cancelar sin necesidad de confirmación del Receptor, cuando:
○ Sean ingresos de hasta $5,000.00
○ Se emitan por concepto de Nómina, Egresos o Traslados.
○ Que amparen Retenciones e información de pagos. (CFDI Retenciones)
○ Por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del RIF.
○ Sean emitidas a través de “Mis cuentas” del SAT.
○ Sea un CFDI de operaciones con el público en general.
○ Sea emitida a residentes en el extranjero.
○ Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas a su expedición.
● Las facturas restantes podrán cancelarse siempre que se cuente con la aceptación del
receptor.
12. Comprobante Entrada en vigor Publicación
CFDI v3.3 1o. de Julio 2017 Página SAT: 5 de Diciembre 2016
DOF: 10 de Enero de 2017
Complemento de
Recepción de pagos
1o. de Julio 2017 Página SAT: 5 de Diciembre 2016
Esquema de
cancelación
1o. de Julio 2017 En el artículo Sexto Transitorio, fracción I, del
CFF se establece como entrada en vigor el
1o. de Mayo de 2017. En la RMF vía
transitorio (Trigésimo Sexto) se establece su
aplicación a partir del 1o. de Julio de 2017.
http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/default.asp
x
13. Microsip 2017
● Adelantar funcionalidad
○ Complemento de Comercio exterior v1.1.
○ Clave SAT de unidad de medida.
○ Clave SAT de producto o servicio.
● Adaptaciones
○ Fecha y hora “local” del lugar de expedición del CFDI.
○ Desglose de impuestos por partida en el CFDI.
○ Emisión con el nuevo esquema de CFDI (v3.3).
○ Complemento de Recepción de pagos. (Pagos, Anticipos, etc.)
○ Esquema de cancelación.
○ Otros.