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AMBIENTE
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2
Amparo Ambiental de la CN art 43
➢
➢

➢
➢

➢
➢

➢
➢

➢
➢

es una vía rápida, expedita y sumarísima para
obtener la tutela de los derechos y protección
del ambiente (jerarquiza estos derechos)
es una vía
subsidiaria

alternativa

principal

y

no

viabilidad: no debe existir otro medio judicial
más idóneo
legitimación activa: admite sea individual o
colectiva
sentencia: efecto erga omnes
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3
Consecuencia jurídica:
➢
➢

➢
➢

Denegación del amparo: aun se tiene la vía ordinaria si
amparo:
acaece un daño.

Acogimiento:
Acogimiento :
–

#L16986.art2: “La sentencia que admita el amparo deberá
contener:
a) la mención concreta de la autoridad o el particular (el
destacado nos pertenece) contra cuya resolución, acto u omisión
se conceda el amparo,
b) la determinación precisa de la conducta a cumplir, con las
especificaciones necesarias para su debida ejecución,
c) el plazo para el cumplimiento de lo resuelto.”
d) eventualmente, la declaración de la inconstitucional
(#cn.art43_inFine).ecoshift.com.ar

4
Subtipo #LGA.art30_inFine
➢

➢

➢

Su finalidad es la cesación de la actividad
dañosa (en vías de ejecución)
Parece ser una cautelar por vía de
amparo
Legitimación activa amplísima: toda
personas (en este punto discrepamos con
la cátedra que considera solo es
legitimado el damnificado).ecoshift.com.ar

5
el daño ambiental
–

#LGA.art 27:
“ARTICULO 27. — El presente capítulo establece las
normas que regirán los hechos o actos jurídicos,
lícitos o ilícitos que, por acción u omisión, causen
daño ambiental de incidencia colectiva. Se define el
daño ambiental como toda alteración relevante que
modifique negativamente el ambiente, sus recursos,
el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o
valores colectivos.”

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6
daño ambiental
➢

➢

➢

Supuestos: hechos, actos (acciones u
omisiones)
daño al colectivo al afectar el patrimonio
ambiental (elementos del ambiente +
sinergía: equilibrio de ecosistemas)
“alteración relevante”: recurso lingüístico
que es el parámetro para mensurar y
delimitar (cuanti y cualitativamente) los
supuestos en que se produce el daño.
ecoshift.com.ar

7
derecho a un ambiente sano y deber
de preservarlo
➢

Suponiendo acaece un daño ambiental

➢

¿qué obligaciones surgen?
–

recomponer

–

restaurar

–
➢

Indemnizar

¿Cómo se manifiestan en la acción de
reparación de daño ambiental? Ver próxima
slide.
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8
acción de reparación de daño
ambiental colectivo
➢

Recomponer o, en su defecto, Restaurar
el ambiente al status quo.
–

–

➢

recomponer: recuperando el elemento o sistema
dañada en sí,
restaurar: sustituyendo aquello dañado por otro
elemento semejante que restablezca el equilibrio.

Indemnizar (prestación pecuniaria
sustitutiva)
–

Cuando es imposible (económica o fácticamente)
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9
la otra faz del daño ambiental
➢

Daño que el ambiente ocasiona de
rebote a los intereses legítimos de una
persona determinada,
configuran un daño particular que
ataca un derecho subjetivo y legitima al
damnificado para accionar en reclamo
de una reparación o resarcimiento del
perjuicio patrimonial o extrapatrimonial
que le ha causado.
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10
factor de atribución de
responsabilidad
➢

Hay responsabilidad objetiva en cabeza
de quien produce el daño, esto conlleva,
por el «principio de contaminador
pagador», a que el contaminador afronte
los gastos de las acciones de prevención
y, eventualmente, las acciones para dar
cumplimiento a obligaciones generadas
por el acaecimiento del daño ambiental
que vimos antes.
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11
Cuantía del daño:
Responde a ¿cuánto están dispuestos a pagar los habitantes por
mantener el ambiente en su estado anterior?
El ambiente tiene valor intrínseco que se evidencia en la
diferencia de calidad.
#LGA.art28: “El que cause el daño ambiental será objetivamente
responsable de su restablecimiento al estado anterior a su
producción.
En caso de que no sea técnicamente factible, la indemnización
sustitutiva que determine la justicia ordinaria interviniente,
deberá depositarse en el Fondo de Compensación Ambiental que
se crea por la presente, el cual será administrado por la autoridad
de aplicación, sin perjuicio de otras acciones judiciales que
pudieran corresponder.”

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12
causales de exención de
responsabilidad
–

➢
➢

#LGA.art29: La exención de responsabilidad sólo se
producirá acreditando que, a pesar de haberse adoptado
todas las medidas destinadas a evitarlo y sin mediar culpa
concurrente del responsable, los daños se produjeron por
culpa exclusiva de la víctima o de un tercero por quien no
debe responder.

Requisitos acumulativos:
–

Sin culpa concurrente del responsable (adopción
de todas las medidas necesarias para evitarlo)

–

Por culpa exclusiva de la víctima o de un tercero
(por quien no se deba responder)
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13
legitimación activa
cuadro comparativo
legitimados

#LGA.art30 |
acción de
reparación

#cn.art43 |
amparo
ambiental

#LGA.art30.párr3
| subtipo de
amparo
ambiental

AFECTADO

x

x

x

DEFENSOR DEL
PUEBLO

x

x

x

ASOCIACIONES NO
GUBERNAMENTAL
ES

x

x

x

ESTADO (NAC.
PROV. MUN.)

x

NO

x

DAMIFICADO
DIRECTO

x

NO

x

NO

NO

x

TODA PERSONA

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14
responsabilidad colectiva solidaria

Accionar
Concurrente
o común
de varias
personas.

SOLUCIÓN
NORMATIVA

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D
IDA
B IL !
SA
ON ARIA!
ESP LID
¡¡R
SO

15
SOLIDARIDAD → #LGA.art31
¿Es la efectiva producción del daño el fundamento de la
solidaridad?
No, el fundamento radica en la introducción de un riesgo por uno
de los miembros del grupo al que se le imputa el hecho
(litisconsorcio pasivo)

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16
Personas Jurídicas | Responsabilidad
➢

¿es extensible a personas físicas como los
directivos y profesionales
intervinientes?
–

#LGA.art31 in fine: “...En el caso de que el daño sea
producido por personas jurídicas la
responsabilidad se hará extensiva a sus
autoridades y profesionales, en la medida de su
participación.”

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17
«probation» ecológica
➢

➢

➢

En su origen es un instituto del derecho
administrativo consistente en un
mecanismo de sustitución.
sustitución.
Consiste en la sustitución de una multa
por una tarea de tipo social.
Se puede también entregar bienes.

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18
Lalo Acosta Lera
«I believe enhancing social awareness
is the key for the future»

●

●

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  • 3. Amparo Ambiental de la CN art 43 ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ ➢ es una vía rápida, expedita y sumarísima para obtener la tutela de los derechos y protección del ambiente (jerarquiza estos derechos) es una vía subsidiaria alternativa principal y no viabilidad: no debe existir otro medio judicial más idóneo legitimación activa: admite sea individual o colectiva sentencia: efecto erga omnes ecoshift.com.ar 3
  • 4. Consecuencia jurídica: ➢ ➢ ➢ ➢ Denegación del amparo: aun se tiene la vía ordinaria si amparo: acaece un daño. Acogimiento: Acogimiento : – #L16986.art2: “La sentencia que admita el amparo deberá contener: a) la mención concreta de la autoridad o el particular (el destacado nos pertenece) contra cuya resolución, acto u omisión se conceda el amparo, b) la determinación precisa de la conducta a cumplir, con las especificaciones necesarias para su debida ejecución, c) el plazo para el cumplimiento de lo resuelto.” d) eventualmente, la declaración de la inconstitucional (#cn.art43_inFine).ecoshift.com.ar 4
  • 5. Subtipo #LGA.art30_inFine ➢ ➢ ➢ Su finalidad es la cesación de la actividad dañosa (en vías de ejecución) Parece ser una cautelar por vía de amparo Legitimación activa amplísima: toda personas (en este punto discrepamos con la cátedra que considera solo es legitimado el damnificado).ecoshift.com.ar 5
  • 6. el daño ambiental – #LGA.art 27: “ARTICULO 27. — El presente capítulo establece las normas que regirán los hechos o actos jurídicos, lícitos o ilícitos que, por acción u omisión, causen daño ambiental de incidencia colectiva. Se define el daño ambiental como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos.” ecoshift.com.ar 6
  • 7. daño ambiental ➢ ➢ ➢ Supuestos: hechos, actos (acciones u omisiones) daño al colectivo al afectar el patrimonio ambiental (elementos del ambiente + sinergía: equilibrio de ecosistemas) “alteración relevante”: recurso lingüístico que es el parámetro para mensurar y delimitar (cuanti y cualitativamente) los supuestos en que se produce el daño. ecoshift.com.ar 7
  • 8. derecho a un ambiente sano y deber de preservarlo ➢ Suponiendo acaece un daño ambiental ➢ ¿qué obligaciones surgen? – recomponer – restaurar – ➢ Indemnizar ¿Cómo se manifiestan en la acción de reparación de daño ambiental? Ver próxima slide. ecoshift.com.ar 8
  • 9. acción de reparación de daño ambiental colectivo ➢ Recomponer o, en su defecto, Restaurar el ambiente al status quo. – – ➢ recomponer: recuperando el elemento o sistema dañada en sí, restaurar: sustituyendo aquello dañado por otro elemento semejante que restablezca el equilibrio. Indemnizar (prestación pecuniaria sustitutiva) – Cuando es imposible (económica o fácticamente) ecoshift.com.ar 9
  • 10. la otra faz del daño ambiental ➢ Daño que el ambiente ocasiona de rebote a los intereses legítimos de una persona determinada, configuran un daño particular que ataca un derecho subjetivo y legitima al damnificado para accionar en reclamo de una reparación o resarcimiento del perjuicio patrimonial o extrapatrimonial que le ha causado. ecoshift.com.ar 10
  • 11. factor de atribución de responsabilidad ➢ Hay responsabilidad objetiva en cabeza de quien produce el daño, esto conlleva, por el «principio de contaminador pagador», a que el contaminador afronte los gastos de las acciones de prevención y, eventualmente, las acciones para dar cumplimiento a obligaciones generadas por el acaecimiento del daño ambiental que vimos antes. ecoshift.com.ar 11
  • 12. Cuantía del daño: Responde a ¿cuánto están dispuestos a pagar los habitantes por mantener el ambiente en su estado anterior? El ambiente tiene valor intrínseco que se evidencia en la diferencia de calidad. #LGA.art28: “El que cause el daño ambiental será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior a su producción. En caso de que no sea técnicamente factible, la indemnización sustitutiva que determine la justicia ordinaria interviniente, deberá depositarse en el Fondo de Compensación Ambiental que se crea por la presente, el cual será administrado por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de otras acciones judiciales que pudieran corresponder.” ecoshift.com.ar 12
  • 13. causales de exención de responsabilidad – ➢ ➢ #LGA.art29: La exención de responsabilidad sólo se producirá acreditando que, a pesar de haberse adoptado todas las medidas destinadas a evitarlo y sin mediar culpa concurrente del responsable, los daños se produjeron por culpa exclusiva de la víctima o de un tercero por quien no debe responder. Requisitos acumulativos: – Sin culpa concurrente del responsable (adopción de todas las medidas necesarias para evitarlo) – Por culpa exclusiva de la víctima o de un tercero (por quien no se deba responder) ecoshift.com.ar 13
  • 14. legitimación activa cuadro comparativo legitimados #LGA.art30 | acción de reparación #cn.art43 | amparo ambiental #LGA.art30.párr3 | subtipo de amparo ambiental AFECTADO x x x DEFENSOR DEL PUEBLO x x x ASOCIACIONES NO GUBERNAMENTAL ES x x x ESTADO (NAC. PROV. MUN.) x NO x DAMIFICADO DIRECTO x NO x NO NO x TODA PERSONA ecoshift.com.ar 14
  • 15. responsabilidad colectiva solidaria Accionar Concurrente o común de varias personas. SOLUCIÓN NORMATIVA ecoshift.com.ar D IDA B IL ! SA ON ARIA! ESP LID ¡¡R SO 15
  • 16. SOLIDARIDAD → #LGA.art31 ¿Es la efectiva producción del daño el fundamento de la solidaridad? No, el fundamento radica en la introducción de un riesgo por uno de los miembros del grupo al que se le imputa el hecho (litisconsorcio pasivo) ecoshift.com.ar 16
  • 17. Personas Jurídicas | Responsabilidad ➢ ¿es extensible a personas físicas como los directivos y profesionales intervinientes? – #LGA.art31 in fine: “...En el caso de que el daño sea producido por personas jurídicas la responsabilidad se hará extensiva a sus autoridades y profesionales, en la medida de su participación.” ecoshift.com.ar 17
  • 18. «probation» ecológica ➢ ➢ ➢ En su origen es un instituto del derecho administrativo consistente en un mecanismo de sustitución. sustitución. Consiste en la sustitución de una multa por una tarea de tipo social. Se puede también entregar bienes. ecoshift.com.ar 18
  • 19. Lalo Acosta Lera «I believe enhancing social awareness is the key for the future» ● ● Más sobre mí en: http://ar.linkedin.com/pub/lalo-acosta-lera/37/548/499/ ● laloacostalera@outlook.com ● http://twitter/andomagico | @andomagico Gracias por su atención y no dejen de ver visitar ● http://ecoshift.com.ar ● http:// www.climaterealityproject.org