2. DÍA DE LA INFANCIA
-El Día Universal del niño y de la
niña, que se celebra todos los
años el 20 de noviembre, es un
día dedicado a todos los niños y
niñas del mundo.
-Es un día de celebración por los
avances conseguidos, pero sobre
todo es un día para llamar la
atención sobre la situación de los
niños más desfavorecidos, dar a
conocer los derechos de la
infancia y concienciar a las
personas de la importancia de
trabajar día a día por su bienestar
y desarrollo.
3. ¿Cuándo se celebra el Día
Universal del Niño?
Naciones Unidas celebra el Día
Universal del Niño el 20 de
noviembre, fecha en la que la
Asamblea General de la ONU aprobó la
Declaración de los Derechos del Niño
en 1959 . Esta declaración, que no
tenia legalmente carácter vinculante,
no era suficiente para proteger los
derechos de la infancia. Tras diez años
de negociaciones con gobiernos de todo
el mundo, líderes religiosos, ONG, y
otras instituciones, se logró acordar el
texto final de la Convención sobre los
Derechos del Niño, el 20 de
noviembre de 1989, cuyo
cumplimiento es obligatorio para todos
los países que la han firmado.
4. ¿Qué se celebra?
-La Asamblea General de la ONU recomendó en 1954
destinar un día a fomentar la fraternidad entre los
niños y las niñas del mundo, y promover su bienestar
con actividades sociales y culturales.
-Naciones Unidas celebra este Día Internacional del Niño
en honor a la aprobación de la Declaración de los
Derechos del Niño en 1959 y a la Convención sobre los
Derechos del Niño en 1989, el tratado internacional más
ratificado de la historia.
5. ¿QUÉ ES LA CONVENCIÓN¿QUÉ ES LA CONVENCIÓN
SOBRE LOS DERECHOS DELSOBRE LOS DERECHOS DEL
NIÑO?NIÑO?
-La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un
tratado internacional que recoge los derechos de la
infancia y es el primer instrumento jurídicamente
vinculante que reconoce a los niños y niñas como agentes
sociales y como titulares activos de sus
propios derechos.
-El texto fue aprobada por la Asamblea General de
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y entró en
vigor el 2 de septiembre de 1990.
6. Los/as niños/as y el ordenadorLos/as niños/as y el ordenador
-Es normal que tu hijo esté fascinado por el ordenador, el iPod o
los teléfonos de última generación. Sin lugar a dudas apenas
podemos imaginarnos un negocio o una casa sin alguno de estos
aparatos de comunicación.
-Sin embargo, los pediatras y educadores advierten
repetidamente de los problemas posturales en los niños que
pasan mucho rato frente al ordenador. Además del aumento de
la agresividad y otros peligros debidos a su uso excesivo.
-Es normal que tengas dudas. ¿Qué cantidad de ordenador es
buena para tu hijo? ¿Cuándo existe un peligro de adicción o se
generan problemas de salud? ¿Los juegos de ordenador refuerzan
la agresión y el comportamiento antisocial en el niño?
7. Cuándo el ordenador no es unCuándo el ordenador no es un
problemaproblema
-La edad recomendada para empezar con los
ordenadores son los tres años, más temprano
mejor no. Pero si es mayor tampoco pasa nada,
puesto que es una habilidad que puede
aprenderse siempre, y más los niños, que lo
aprenden muy deprisa.
-A los tres años tu hijo puede pasar una hora a la
semana delante del ordenador, y a los seis años
el tiempo puede aumentarse a dos horas a la
semana, por lo que el niño no debería estarse
más de 20 minutos al día delante del ordenador.
8. LA INFANCIA Y LAS REDES
SOCIALES
Los NNA (niños, niñas y adolescentes) deben ser respetados
en internet, tienen derecho a un buen nombre y a la
intimidad, así como a una personalidad jurídica.
9. DECÁLOGO
1. Derecho al acceso a la información y la tecnología, sin discriminación por
motivo de sexo, edad, recursos económicos, nacionalidad, etnia, lugar de
residencia, etc. En especial este derecho al acceso se aplicará a los niños y
niñas discapacitados.
2. Derecho a la libre expresión y asociación. A buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de todo tipo por medio de la Red. Estos derechos sólo
podrán ser restringidos para garantizar la protección de los niños y niñas de
informaciones y materiales perjudiciales para su bienestar, desarrollo e
integridad; y para garantizar el cumplimiento de las leyes, la seguridad, los
derechos y la reputación de otras personas.
3. Derecho de los niños y niñas a ser consultados y a dar su opinión cuando se
apliquen leyes o normas a Internet que les afecten, como restricciones de
contenidos, lucha contra los abusos, limitaciones de acceso, etc.
4. Derecho a la protección contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y
la violencia de todo tipo que se produzcan utilizando Internet. Los niños y
niñas tendrán el derecho de utilizar Internet para protegerse de esos abusos,
para dar a conocer y defender sus derechos.
10. DECÁLOGO
5. Derecho al desarrollo personal y a la educación, y a todas las oportunidades
que las nuevas tecnologías como Internet puedan aportar para mejorar su
formación. Los contenidos educativos dirigidos a niños y niñas deben ser
adecuados para ellos y promover su bienestar, desarrollar sus capacidades,
inculcar el respeto a los derechos humanos y al medio ambiente y
prepararlos para ser ciudadanos responsables en una sociedad libre.
6. Derecho a la intimidad de las comunicaciones por medios electrónicos.
Derecho a no proporcionar datos personales por la Red, a preservar su
identidad y su imagen de posibles usos ilícitos.
7. Derecho al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego, también
mediante Internet y otras nuevas tecnologías. Derecho a que los juegos y las
propuestas de ocio en Internet no contengan violencia gratuita, ni mensajes
racistas, sexistas o denigrantes y respeten los derechos y la imagen de los
niños y niñas y otras personas.
11. DECÁLOGO
8. Los padres y madres tendrán el derecho y la responsabilidad de orientar,
educar y acordar con sus hijos e hijas un uso responsable de Internet:
establecer tiempos de utilización, páginas que no se deben visitar o
información que no deben proporcionar para protegerles de mensajes y
situaciones peligrosas, etc. Para ello los padres y madres también deben
poder formarse en el uso de Internet e informarse de sus contenidos.
9. Los gobiernos de los países desarrollados deben comprometerse a cooperar
con otros países para facilitar el acceso de éstos y sus ciudadanos, y en
especial de los niños y niñas, a Internet y otras tecnologías de la
información para promover su desarrollo y evitar la creación de una nueva
barrera entre los países ricos y los pobres.
10. Derecho a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para
avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más
justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los
derechos de todos los niños y niñas.
12. CÓMO INCORPORAR LA TECNOLOGÍA EN UNA CLASE
-Yo creo que la manera más obvia, de adaptar la
tecnología a la clase, seria en vez de utilizar el libro
utilizar ordenadores o en el caso de nuestra clase, pizarra
digital.
-También una propuesta interesante sería un día por
grupos hacer una presentación de un aparato tecnológico
como: Tablet, ordenador, psvita… y trabajar con ellos,
ahondando en que se puede hacer con él, y llevar dicho
artilugio a la clase.