1. TÉRMINOS DE REFERENCIA – UF-EYP/GIP/MDP
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO
DENOMINADO:
“CREACION DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O
RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON GRASS
SINTÉTICO EN EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE
PANGOA DE LA PROVINCIA DE SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE
JUNÍN”
PANGOA, JUNIO 2023
2. TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE PREINVERSIÓN A
NIVEL DE FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO DENOMINADO: “CREACION DEL SERVICIO DE
PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON
GRASS SINTÉTICO EN EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE PANGOA DE LA
PROVINCIA DE SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”
1. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Servicio de elaboración de FICHA TÉCNICA a todo costo del Proyecto de Inversión
denominado: “CREACION DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O
RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON GRASS SINTÉTICO EN EL
C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE PANGOA DE LA PROVINCIA DE
SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”
ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
El área de influencia donde se desarrollará el Estudio de Pre inversión a Nivel Ficha
Técnica (de acuerdo a la normativa vigente del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones), del proyecto denominado “CREACION DEL
SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO
DEPORTIVO CON GRASS SINTÉTICO EN EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI,
DISTRITO DE PANGOA DE LA PROVINCIA DE SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE
JUNÍN” Corresponde al Distrito de Pangoa. Dicha información es referencial, por lo que
el Consultor debe precisar el área de influencia y la población beneficiaria del proyecto.
Cuadro de Ubicación del PIP:
Departamento: Junín
Provincia: Satipo
Distrito: Pangoa
C.P. C.P. TRES UNIDOS
DE MATERENI
2. OFICINA USUARIA QUE REQUIERE
OFICINA DE UNIDAD FORMULADORA bajo la supervisión de la SUB GERENCIA DE
ESTUDIOS Y PROYECTOS de la Municipalidad Distrital de Pangoa.
3. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Contratar a Persona Natural o Jurídica, para formular el estudio de pre-inversión a nivel de
FICHA TECNICA SIMPLIFICADA del proyecto: “CREACION DEL SERVICIO DE PRÁCTICA
3. DEPORTIVA Y/O RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON GRASS
SINTÉTICO EN EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE PANGOA DE LA
PROVINCIA DE SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”, La misma que se encargará
de identificar, formular y levantar las observaciones después de la evaluación hasta lograr la
viabilidad, del proyecto de Inversión a nivel de FICHA TECNICA SIMPLIFICADA, bajo el
contexto del Decreto Legislativo N° 1252, Ley del Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones, Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, y la
normatividad vigente inherente a éste dispositivo legal.
Objetivo especifico
Contribuir al logro de los objetivos y competencias de la Municipalidad Distrital de Pangoa,
y contar con el estudio de pre inversión a nivel de Perfil y/o Ficha Técnica viable para
continuar con el ciclo del proyecto.
4. FINALIDAD PÚBLICA
Uno de los desafíos que actualmente enfrenta la Municipalidad Distrital de Pangoa, es mejorar
el nivel del servicio recreativo en la localidad del distrito de Pangoa, mediante inversión de
mejoramiento de una infraestructura recreativa, por lo que a través de la Oficina de Unidad
Formuladora de Inversiones, como órgano responsable de la elaboración de los estudios de
preinversion programados en el ejercicio presupuestal del presente año, busca desarrollar la
formulación de estudio de preinversion a nivel de perfil y/o ficha técnica a fin de realizar la
gestión del proyecto denominado: “CREACION DEL SERVICIO DE PRÁCTICA DEPORTIVA
Y/O RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON GRASS SINTÉTICO EN
EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE PANGOA DE LA PROVINCIA DE
SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”. Con la finalidad de mejor el centro educativo,
para brindar un adecuado servicio educativo para mejorar la calidad educativo para los
alumnos y docentes.
La Oficina de Unidad Formuladora, ha formulado los Términos de Referencia donde se detalla
claramente las exigencias, requisitos y plazos para la formulación, evaluación y aprobación
del estudio de preinversion.
5. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO SOLICITADO
Seleccionar al Consultor sea Persona Jurídica y/o Persona Natural que se encargará de
elaborar el estudio de pre-inversión a nivel de ficha técnica del proyecto:
ITEM CANTIDAD UNIDAD DE
MEDIDA
DESCRIPCION
01 01 SERVICIO SERVICIO DE CONSULTORIA PARA
LA FORMULACION DEL PI A NIVEL
DE FICHA TECNICA DEL PROYECTO:
“CREACION DEL SERVICIO DE
PRÁCTICA DEPORTIVA Y/O
4. RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN
CAMPO DEPORTIVO CON GRASS
SINTÉTICO EN EL C.P. TRES
UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO
DE PANGOA DE LA PROVINCIA DE
SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE
JUNÍN”.
Para la elaboración de la ficha técnica estándar, materia de los presentes términos de
referencia, se deberá desarrollar las siguientes actividades:
a) El Consultor deberá realizar encuestas u otros métodos de muestreo o estimación para su
utilización en el estudio de mercado y demás contenidos del Estudio de Pre Inversión y/o
FICHA TECNICA SIMPLIFICADA que sea necesario.
b) Realizar un análisis comparativo de las posibles alternativas que permitan la consecución
del objetivo central del proyecto, de forma eficiente y óptima.
c) Analizar las características y/o especificaciones técnicas de los componentes estructurales
(infraestructura) entre otras a ser implementados.
d) Realizar un análisis de la demanda de bienes y servicios que brindará el proyecto de
inversión pública.
e) Arreglos institucionales para la operación y mantenimiento del proyecto, en su defecto
demostrar la auto-sostenibilidad del proyecto.
f) Elaborar el presupuesto en base a costos unitarios, asimismo presentar el presupuesto a
nivel de conceptos o categorías de gastos (consultorías, servicios, personal, equipos,
combustible, etc.).
g) Otras que se considere pertinentes para brindar mayor sustento al proyecto durante su
formulación y evaluación.
Información Disponible
Para la elaboración del estudio se deberá de indicar la información disponible que se
cuente.
Información estadística de la Población de los Centros Poblados según el Instituto
Nacional de Estadística -INEI.
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) – Invierte.pe
Plan vial vecinal del Distrito de Pangoa
Estadísticas de “Encuestas nacional de Hogares” (ENAHO)
5. Si es necesaria los datos primarios se recogerán del trabajo de campo propuesto,
para tener un mejor diagnóstico de la situación actual con la que se encuentran las
maquinarias pesadas y livianas.
Marco Legal, Reglamentario y Normativo
Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 - Directiva General del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, ampliatorias y
modificatorias.
TUO de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado / Aprobada por Decreto
Supremo N° 082-2019-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias vigentes a la
fecha.
Reglamento de la Ley N° 30225 / aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-
EF, incluida sus ampliatorias y modificatorias a la fecha.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Pangoa.
Ley General de Arbitraje / Ley N° 26572, ampliatorias y modificatorias.
Ley 28611 Ley General del Ambiente.
6. ALCANCES DEL SERVICIO
El desarrollo del estudio de pre inversión a nivel de FICHA TECNICA SIMPLIFICADA de la
infraestructura recreativa del proyecto: “CREACION DEL SERVICIO DE PRÁCTICA
DEPORTIVA Y/O RECREATIVA A TRÁVÉS DE UN CAMPO DEPORTIVO CON GRASS
SINTÉTICO EN EL C.P. TRES UNIDOS DE MATERENI, DISTRITO DE PANGOA DE LA
PROVINCIA DE SATIPO DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN”, ESTARÁ ENMARCADO EN
LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS (INVIERTE.PE).
METODOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL PERFIL Y NORMAS RELACIONAS AL
ESTUDIO
El enfoque metodológico que se manejará para el desarrollo del presente Perfil está basado
en los siguientes principios y métodos.
1. Directiva N° 001-2019-EF/63.01 (Directiva General para la Programación Multianual en el
Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones).
2. Anexo N° 11. En la Directiva N° 001-2019-EF/63.01. Parámetros de evaluación social.
3. Utilizar el ANEXO 07: Contenido mínimo del estudio de Pre inversión a nivel de Perfil de
la Directiva N° 001-2019-EF/63.01
4. FICHA TECNICA SIMPLIFICADA para la Formulación y Evaluación de Proyectos de
Inversión en Carreteras Interurbanas, aprobada con Resolución Ministerial N° 633-2018
MTC/01.
5. Normas Técnicas para el diseño de infraestructura vial.
6. 6. Decreto Supremo N°013-2013-AG, Reglamento para la ejecución de levantamiento de
Suelos.
7. Pautas metodológicas para la incorporación del análisis del riesgo de desastres en los
proyectos de inversión pública - 2007.
8. Reglamento Nacional de Edificaciones y otras normas técnicas pertinentes.
9. Informe de Riesgos (Directiva N° 012-2017-OSCE/CD
10. Plan de Desarrollo Distrital.
6.1 Enfoque metodológico
Para la formulación de la ficha técnica y/o del estudio de pre inversión correspondiente,
se tendrá como base el decreto legislativo N° 1252 (que crea el Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Deroga la Ley N° 27293 Ley que
Aprueba el Sistema Nacional de Inversión Púbica), la Directiva N° 001-2019- EF/63.01,
Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Específicamente, se formulará la
ficha técnica y/o del estudio de pre inversión correspondiente según lo siguiente:
Anexo N° 07: Contenido Mínimo del Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil para
Proyectos de Inversión.
Anexo N° 11: Parámetros de Evaluación Social
Anexo N° 02: Clasificador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones
Guía Simplificada para la Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos de
Inversión.
Otros instrumentos metodológicos, según corresponda al Sector y las publicaciones
en la página web del MEF, y Parámetros, Guías, Anexos, etc.
CONTENIDO PARA LA ELABORACION DEL ESTUDIO DE PREINVERSION
RESUMEN EJECUTIVO.
A. Información General del proyecto (PIP)
B. Planteamiento del problema.
C. Determinación de la brecha oferta y Demanda
D. Análisis técnico del Proyecto
E. Gestión del Proyecto
F. Costos del proyecto
G. Evaluación social
H. Sostenibilidad del PIP
I. Marco Lógico
I. ASPECTOS GENERALES
1.1 INSTITUCIONALIDAD
1.2 RESPONSABILIDAD FUNCIONAL Y TIPOLOGÍA
1.3 NOMBRE DEL PROYECTO
7. 1.4 ALINEAMIENTO Y CONTRIBUCIÓN AL CIERRE DE UNA BRECHA
PRIORITARIA
II. IDENTIFICACIÓN
2.1 ÁREA DE ESTUDIO Y ÁREA DE INFLUENCIA
2.2 DIAGNÓSTICO DE LA UNIDAD PRODUCTORA
2.3 DIAGNÓSTICO DE LA POBLACION DEL AREA DE INFLUENCIA
2.4 PROBLEMA CENTRAL, CAUSAS Y EFECTOS
2.5 PLANTEAMIENTO DEL PROYECTO
2.6 APORTE AL CIERRE DE BRECHA Y VINCULACIÓN AL INDICADOR
III. FORMULACIÓN
3.1 HORIZONTE DE EVALUACIÓN
3.2 ESTIMACIÓN DE LA DEMANDA
3.3 ESTIMACIÓN DE LA OFERTA
3.4 BALANCE OFERTA – DEMANDA (brechas del servicio)
3.5 DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA TÉCNICA
3.6 COSTOS DEL PROYECTO
3.7 COSTOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO A PRECIOS DE
MERCADO
3.8 FLUJO DE COSTOS INCREMENTALES PRECIOS DE MERCADO
IV. EVALUACIÓN SOCIAL
4.1 BENEFICIOS SOCIALES
4.2 COSTOS SOCIALES
4.3 FLUJO DE COSTOS INCREMENTALES DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO A PRECIOS SOCIALES
4.4 ESTIMACIÓN DE INDICADORES DE RENTABILIDAD SOCIAL
4.5 COSTO PER CÁPITA POR SISTEMAS
4.6 SOSTENIBILIDAD
4.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
4.8 GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RIESGOS
4.9 IMPACTO AMBIENTAL
4.10 RESUMEN DEL PROYECTO: MATRIZ DEL MARCO LÓGICO
4.11 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
V. ASPECTO TECNICO
5.1 ESTUDIO DE SUELOS
5.2 ESTUDIO DE TOPOGRAFIA
5.3 METRADOS
5.4 PRESUPUESTO
5.5 INSUMOS
5.6 COSTOS UNITARIOS
5.7 COTIZACION DE MATERIALES
5.8 CRONOGRAMA
8. 5.9 PLANOS CORRESPONDIENTES A ESCALA
5.10 ANEXOS
Anexo N°01: Croquis de ubicación del proyecto
Anexo N°02: Fotos del estado situacional del estudio a realizar
Anexo N°03: Acta de operación y mantenimiento
Anexo N°04: Acta de Libre disponibilidad de terreno
Anexo N°05: Padrón de Beneficiarios
Anexo N°06: Título de propiedad y/o Documento de donación
Otros documentos que garanticen la sostenibilidad del proyecto
7. CARACTERISTICAS DEL SERVICIO A ENTREGAR (Entregables, lugar y forma de
presentación).
Único Entregable: El consultor presentara el producto final en mesa de partes, la
documentación debe ser entregada debidamente sellada y firmada por el o los profesionales
responsables de la elaboración. Los sellos deben ser legibles y contener el número de
colegiatura correspondiente. Así mismo el archivo digital editable con los cálculos y Backup
correspondientes.
Para que el estudio de Pre-Inversión sea aceptado y considerado como presentado, como
mínimo deberá comprender el desarrollo de todos los aspectos establecidos en el SISTEMA
NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES
(Invierte.pe);
Ficha Técnica de proyectos de inversión del Sector Correspondiente (Word y
Excel).
Formato 06-A y/o Formato 06-B, de acuerdo a la envergadura del proyecto.
Formatos 07-A (Registro de Proyecto de Inversión).
Resumen del estudio de Pre-Inversión (Tomar como modelo la Estructura del
Anexo N° 7 de la DIRECTIVA N° 001-2019-EF/63.01).
Anexos listados
NOTA: No se considerará como entrega oficial, cuando el Consultor efectúe la
presentación incompleta de los documentos exigidos en el Informe correspondiente. En
este caso, y para todo efecto, se considerará como no efectuada la entrega.
De la revisión, levantamiento de observaciones y aprobación de la ficha técnica:
Revisión; el evaluador de la Unidad Formuladora de la Gerencia de Inversiones Públicas
de la entidad revisará el estudio en el plazo que estipula el reglamento del INVIERTE.PE
y comunicará sus observaciones al Profesional especialista de ser el caso. El periodo que
permanece el estudio de pre inversión en la UF de la entidad para su evaluación,
aprobación y /o viabilización, no es materia de contabilización dentro de los plazos
señalados para la ejecución del contrato.
9. Previamente a la revisión del evaluador, la ficha técnica deberá contar con la conformidad
de la unidad formuladora.
Levantamiento de observaciones: de existir observaciones, LA ENTIDAD a través del
área usuaria, deberá comunicar las mismas a EL CONSULTOR, indicando claramente el
sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (02) ni mayor de
siete (07) días calendarios, caso contrario incurrirá en penalidades, y en caso de persistir,
más de 02 observaciones será CAUSAL DE RESOLUCIÓN DE CONTRATO.
Aprobación:
a. La aprobación de la Ficha Técnica podrá ser verificada a través del banco de
proyectos del INVIERTE.PE.
b. No será procedente la aprobación parcial. Es decir que el Consultor deberá cumplir
con presentar todos los volúmenes indicados y requeridos, caso contario su
presentación será incompleta y no se podrá dar por concluida la etapa
correspondiente, debiéndose aplicar al consultor la penalidad correspondiente.
c. El consultor, una vez viable en el banco de inversiones, hará entrega a la entidad de
lo siguiente:
Un (01) ejemplar original completo, incluido su disco compacto (CD), de los
archivos digitalizados conteniendo información primigenia tales como (Excel,
Word, S10, Backup, Auto Cad de los planos y el diseño correspondiente) además
debe incluir Escáner de documentos de sostenibilidad del PIP, compatibilizado e
integrado, de cada uno de los documentos antes indicados de los presentes
Términos de Referencia. Para documentos en formato A4 se empleará papel
bond y para Formatos 7-A y Ficha Técnica, se empleará papel bond. Todos los
ejemplares estarán debidamente suscritos y sellados por los profesionales
responsables. Se presentarán en Archivadores debidamente forrados con
caratula frontal y en el lomo.
Una (01) copia simple (fotocopia) completa de cada uno de los volúmenes
originales, incluido disco compacto (CD), de los archivos digitalizados de la
información social, incluyendo escáner de documentos de sostenibilidad del PIP.
El físico se presentará en Archivadores debidamente forrados. Las copias de los
perfiles deberán ser debidamente rotulados con caratula frontal y en el lomo, e
identificado como “COPIA”. Deben contar las firmas correspondientes.
8. PERFIL DE LA PERSONA NATURAL O JURÍDICA QUE DEBERÁ PRESTAR EL
SERVICIO, INCLUYENDO EL TIEMPO DE EXPERIENCIA MÍNIMO QUE DEBERÁ
ACREDITAR
El Consultor podrá ser una persona Natural y/o Jurídica, debe cumplir con los siguientes
requisitos:
El / los profesionales tienen que ser ingenieros civiles, deberán contar con el
certificado de Habilidad profesional del Colegio de Profesionales que corresponda, y
acreditar experiencia profesional en el campo de la responsabilidad para lo cual son
10. propuestos.
El proponente está obligado a presentar copia simple del currículo vitae.
No estar impedido para contratar con el Estado.
Los profesionales mínimos que proporcionará el CONSULTOR según su requerimiento que
intervendrá en el estudio, son los que se indican a continuación:
8.1 Equipo Consultor
El postor podrá ser una persona natural o jurídica que cumple los siguientes requisitos
mínimos:
7.1.1. REQUISITOS PARA PERSONAS JURÍDICAS;
Estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), como prestador de
servicios.
Tener RUC activo.
Tener dentro de su equipo técnico a 01 profesional de las carreras de Ing. Civil y/o
Economista que cumpla con los siguientes requisitos;
- Titulado, colegiado y habilitado
- Tres (03) años de experiencia general comprobada a partir de la colegiatura.
- Haber elaborado por lo menos dos (02) Estudios de Pre-Inversión y/o
Expedientes Técnicos en general.
Para la prestación de los servicios correspondientes a la elaboración del Estudio,
el Consultor utilizará el personal profesional calificado especificado en su
Propuesta Técnica, además debe tener la capacidad física para desarrollar los
trabajos de campo, no estando permitido cambios, salvo por razones de fuerza
mayor debidamente comprobadas. En estos casos, EL CONSULTOR deberá
proponer a la Entidad, con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio de
personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.
El nuevo personal profesional propuesto deberá reunir similar o mejor calificación
que el profesional ofertado inicialmente.
7.1.2. REQUISITOS PARA PERSONAS NATURALES;
Jefe del proyecto (Ingeniero Civil, Arquitecto y/o Economista)
Perfil
Ingeniero Civil, Arquitecto y/o Economista, colegiado y habilidad profesional,
con un (1) año de ejercicio profesional.
Deberá contar con experiencia con relación de haber realizado trabajos
similares u otros.
Deberá tener dominio de Programas Informáticos como: Autocad, requeridos
para el cumplimiento de sus actividades.
11. Rol y Funciones:
Diseño de la Infraestructura.
Planteamiento de alternativas técnicas.
Formular los Metrados, costo unitario y presupuesto.
Realizar el reconocimiento de campo sustentado con fotografías, actas, videos,
etc.
Los Metrados se efectuarán considerando las partidas de obra a ejecutarse, la
unidad de medida, los diseños propuestos en los planos; justificando en una
hoja de cálculo (formato Excel).
Diseñar el tipo y la profundidad de cimentación, disponibilidad de materiales y
equipos en la zona de trabajo.
El Especialista efectuará coordinaciones de trabajo con el Equipo Técnico en
el campo y en Gabinete.
Formulación del PI a nivel de Ficha técnica.
Levantar las observaciones dadas por la UF de la Municipalidad Distrital de
Pangoa.
Para la prestación de los servicios correspondientes a la elaboración del Estudio,
el Consultor utilizará el personal profesional calificado especificado en su
Propuesta Técnica, además debe tener la capacidad física para desarrollar los
trabajos de campo, no estando permitido cambios, salvo por razones de fuerza
mayor debidamente comprobadas. En estos casos, EL CONSULTOR deberá
proponer a la Entidad, con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio de
personal a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio.
El nuevo personal profesional propuesto deberá reunir similar o mejor calificación
que el profesional ofertado inicialmente.
9. DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El plazo total necesario para la elaboración del Estudio de Pre inversión a nivel de ficha
técnica y entrega del mismo es de CUARENTA Y CINCO (45) días calendarios que se
computarán a partir del día siguiente de la firma del Contrato.
9.1 Entidad contratante
Municipalidad Distrital de Pangoa, a la que se denominará, para efectos de los
presentes Términos de Referencia como “La Entidad”
9.2 Valor referencial
Se considera Valor Referencial del Servicio de Consultoría para la elaboración del Estudio
de Pre inversión a nivel de perfil y/o ficha técnica, la cantidad de S/ 25,000.00,
(VENTICINCO MIL CON 00/100 SOLES) incluidos los impuestos de ley.
Salvaguardando los elementos técnicos de la propuesta que presenten los postores los
cuales deberán responder a las exigencias descritas en los términos de referencia, para
12. los fines de la presente consultoría no existe un límite inferior, pues éste será un criterio
de valoración de las propuestas.
PAGO ÚNICO: 100% a la evaluación y aprobación de LA FICHA SIMPLIFICADA
Coordinación.
La Gerencia de Inversiones Públicas. Previo al inicio de la consultoría, implementará una
reunión técnica, para socializar la forma como se desarrollará la ingeniería del proyecto
(esta debe responder a los lineamientos de política de intervención y de gestión).
10. PENALIDADES
El Consultor se hará acreedor a la penalidad diaria prevista en el Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, por “Mora en la Ejecución de la Prestación”, hasta por un monto
máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente.
Si el consultor incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, la entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de retraso,
de acuerdo con la siguiente formula:
Penalidad diaria =
0.10 x monto
F x plazo en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) F=0.25, Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días o;
b) F=0.40, Para plazos mayores a sesenta (60) días:
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió
ejecutarse o, en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la
prestación parcial que fuera materia de retraso.
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la
resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 135º y 136º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, respectivamente. Cuando se llegue a
cubrir el monto máximo de la penalidad, la Municipalidad podrá resolver el contrato por
incumplimiento.
Se considera justificado el retraso cuando el contratista acredite, de modo objetivamente
sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del
retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo conforme al
artículo 133 del reglamento de la ley de contrataciones del estado.
11. ÁREA ENCARGADA DE LA SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO
11.1 Control y Supervisión
11.1.1 Coordinación y Seguimiento
13. a. En consultor, bajo su exclusiva responsabilidad, deberá efectuar continuas
reuniones con el jefe de Unidad Formuladora de la Municipalidad Distrital de
Pangoa, a efectos de uniformizar los criterios técnicos que servirán de base
para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio.
b. Las coordinaciones están orientadas a minimizar las eventuales observaciones
que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisión oficial de los
documentos técnicos por parte de la Entidad.
c. El responsable de la Supervisión de la FICHA TECNICA SIMPLIFICADA
estará a cargo de la Unidad Formuladora perteneciente a la SUB GERENCIA
DE ESTUDIOS Y PROYECTOS - GERENCIA DE INVERSIONES PÚBLICAS
de la Municipalidad Distrital de Pangoa.
11.2 Responsabilidades del consultor
Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor, conforme a los
dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes al Servicio
contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:
a. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente,
aplicable al objeto de la consultoría.
b. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes
término de referencia.
c. Visitar el terreno que será materia de aplicación de la consultoría.
d. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre-Inversión aprobada,
efectuada oportunamente ante el órgano revisor en la instancia respectiva, las
observaciones o consultas que correspondan.
e. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y
características topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, análisis
de impacto ambiental, todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que
se ejecuta el proyecto.
f. Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el
presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar
que garanticen la buena y oportuna ejecución de servicio.
g. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo
total programado para los servicios comprendidos en la consultoría.
h. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de los servicios que preste,
para lo cual mantendrá coordinación permanente con la Municipalidad Distrital de
Pangoa.
12. FORMA DE PAGO
Se realizará de la siguiente manera:
a. PAGO ÚNICO: 100% a la evaluación y aprobación de FICHA SIMPLIFICADA
b. CONFORMIDAD: Otorgado por la Unidad Formuladora de la Gerencia de Inversiones
Públicas.