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Análisis del sistema de administración del
riesgo y lavado de activos
y financiación del terrorismo
SARLAFT
Efectos
particulares por
permitir el lavado
de activos
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Introducción
Estimado aprendiz en esta actividad
correspondiente al programa de formación
“Análisis del sistema de administración del
riesgo y lavado de activos y financiación
del terrorismo – SARLAFT”, se revisarán
contenidos propios de los órganos de
control, las sanciones por incumplimiento
de normas, así como la preservación
de documentos, además se estará
analizando el contexto de Colombia
la cual cuenta con tres organismos
correctamente establecidos que a nombre
del Estado se encargan directamente de
inspeccionar el lavado de activos. Dado
que el no controlar a los infractores se
puede convertir en una problemática
trascendental para el progreso de la
economía nacional, así como la seguridad
de cada persona y de las organizaciones
en general.
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 2
Material de formación 3
Efectos particulares por permitir el lavado de activos
Introducción..................................................................................................................2
Mapa conceptual..........................................................................................................3
Estructura de contenidos
Órganos de control.................................................................................................4
Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas..........................4.
Conservación de documentos e información.........................................................6
Bibliografía..................................................................................................................13
Glosario .....................................................................................................................14
Creative commons.....................................................................................................15
Créditos del programa...............................................................................................16
CONTENIDOS
PAG.
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 3
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 4
Órganos de control
Son entes estatales que no pertene-
cen a ninguna rama del poder públi-
co, poseen autonomía administrativa y
presupuestal para la ejecución de las
acciones de control determinadas por
la Constitución Política de Colombia. Se
conforman por el Ministerio Público y la
Contraloría General de la República.
Son las organizaciones encargadas de
reglamentar desde diferentes aspectos,
normas, políticas, procesos y condicio-
nes en aspectos de inspección, certifi-
cación y auditoría en distintas áreas del
desarrollo económico y organizacional
Superintendencia
Financiera de
Colombia
Ente oficial encargada de propen-
der por la solvencia, disciplina y su-
pervisión del Sistema Financiero de
Colombia determinada por la Ley 45
de 1923 la cual se denominaba sec-
ción bancaria, el artículo 19 de esta
ley escogió como su director al su-
perintendente bancario, delegándo-
le con ello la supervisión de todos
las entidades de capital. En 2005
fue fusionada en la Superintenden-
cia de Valores y cumple su misión
institucional por medio de la inspec-
ción, vigilancia y control sobre las
personas que realicen actividades
financieras, bursátiles, aseguradoras
y cualquier otra relacionadas con el
manejo, aprovechamiento o inver-
sión de recursos captados del públi-
co. En el ámbito de las instituciones
públicas hoy la Superintendencia Fi-
nanciera fue la primera que se creó
en Colombia y es reconocida como
uno de los organismos oficiales de
mayor respetabilidad, valorada por
su larga tradición de capacidad téc-
nica y administrativa.
En el presente material hallará los con-
ceptos más importantes de los órga-
nos de control definidos por el Estado
colombiano, estos hacen parte de los
elementos de control y vigilancia del
lavado de activos y financiación del te-
rrorismo, su presencia en el quehacer
diario de la economía nacional y del
bienestar del estado cuenta con una
categoría muy alta, debido a que esta
actividad demanda de un control deli-
berado y nuestra nación no se puede
puede separar de la legislación inten-
cional que existe para combatir éste.
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 5
Objetivos
estratégicos
de la
Superintendencia
Financiera de
Colombia
(SFC).
Figura 1.
Objetivos estratégicos
de la Superintendencia
financiera de Colombia
(SFC)
Fuente:
SENA (2017)
Convenciones
[1] Organización Internacional de
Comisiones de Valores. En ingles In-
ternational Organization of Securities
Commissions – IOSCO
[2] Asociación Internacional de
Supervisores de Seguros. En ingles
International Association of Insuran-
ce Supervisors – IAIS
[3] Banco Internacional de Pagos
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Normas básicas
que regulan la
Superintendencia
Financiera de
Colombia (SFC)
Figura 2.
Normas básicas
que regulan la
Superintendencia
Financiera de
Colombia (SFC)
Fuente:
SENA (2017)
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 7
Fiscalía General
de la Nación
Un vez promulgada la nueva Cons-
titución, Política de Colombia en al
año 1991, nace también La Fiscalía
General de la Nación e inicia como
estamento fiscal del estado el día 01
del mes de julio de 1992, es decir un
año después de promulgada la carta
magna de Colombia, hoy aún vigente.
Según lo contempla el artículo 249 de
la Constitución Política de Colombia la
Fiscalía General de la Nación está in-
tegrada de la siguiente manera.
“Artículo 249. La Fiscalía General
de la Nación estará integrada por
el Fiscal General, los fiscales de-
legados y los demás funcionarios
que determine la ley. El Fiscal
General de la Nación será elegido
para un período de cuatro años
por la Corte Suprema de Justicia,
de terna enviada por el Presiden-
te de la República y no podrá ser
reelegido. Debe reunir las mis-
mas calidades exigidas para ser
Magistrado de la Corte Suprema
de Justicia. La Fiscalía General de
la Nación forma parte de la rama
judicial y tendrá autonomía ad-
ministrativa y presupuestal”.
Funciones: Las funciones de la Fis-
calía General de la nación están con-
templadas en el artículo 250 de La
Constitución política de Colombia.
Que reza lo siguiente. “La Fiscalía
General de la Nación está obli-
gada a adelantar el ejercicio de
la acción penal y realizar la in-
vestigación de los hechos que
revistan las características de
un delito que lleguen a su cono-
cimiento por medio de denuncia,
petición especial, querella o de
oficio, siempre y cuando medien
suficientes motivos y circuns-
tancias fácticas que indiquen la
posible existencia del mismo.
No podrá, en consecuencia, sus-
pender, interrumpir, ni renun-
ciar a la persecución penal, sal-
vo en los casos que establezca
la ley para la aplicación del prin-
cipio de oportunidad regulado
dentro del marco de la política
criminal del Estado, el cual es-
tará sometido al control de le-
galidad por parte del juez que
ejerza las funciones de control
de garantías. Se exceptúan los
delitos cometidos por miembros
de la Fuerza Pública en servicio
activo y en relación con el mis-
mo servicio”.
Funciones de la
Fiscalía General de
la Nación
Atañe a la Fiscalía General de la Na-
ción investigar las infracciones e im-
putar a los hipotéticos transgresores
ante los tribunales y magistraturas
correspondientes. Se excluyen las fal-
tas perpetradas por integrantes de
la Fuerza Pública en ejercicio de su
profesión y/o en concordancia con el
acto de servicio.
Para cumplir con dicho compromiso es
deber de la Fiscalía General de la Na-
ción lo siguiente:
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 8
Figura 3. Funciones de la Fiscalía General de la Nación.
Fuente: SENA (2017)
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Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF
Esta importante organización es la
unidad de inteligencia financiera y
económica de la nación, su objetivo
social está enfocado en preservar la
protección y confianza nacional en el
ambiente de capital, por medio del
desarrollo de estrategias que permi-
tan hacer inteligencia al avance de
las operaciones económicas del país
respaldada por la tecnología e inno-
vación. Teniendo como marco legal el
respeto por los Derechos Esenciales
contemplados en los Derechos Hu-
manos y el Derecho Internacional
Humanitario, sus acciones se llevan a
cabo con el único fin de advertir y re-
velar todas las actividades incorpora-
das a los delitos de lavado de activos,
las infracciones origen del hecho, la
financiación del terrorismo y suminis-
trar la información necesaria en las
acciones de extinción de dominio.
De acuerdo con el artículo 3° de la ley
526 de 1999, modificado por la ley
1126 de 2006. Reza lo siguiente: “La
Unidad tendrá como objetivo la pre-
vención y detección de operaciones
que puedan ser utilizadas como instru-
mento para el ocultamiento, manejo,
inversión o aprovechamiento en cual-
quier forma de dinero u otros bienes
provenientes de actividades delictivas
o destinados a su financiación, o para
dar apariencia de legalidad a las activi-
dades delictivas o a las transacciones
y fondos vinculados con las mismas,
prioritariamente el lavado de activos y
la financiación del terrorismo. Para ello
centralizará, sistematizará y analizará
mediante actividades de inteligencia
financiera la información recaudada,
en desarrollo de lo previsto en los artí-
culos 102 a 107 del Estatuto Orgánico
del Sistema Financiero y sus normas
remisorias o complementarias, las nor-
mas tributarias, aduaneras y demás
información que conozcan las entida-
des del Estado o privadas que pueda
resultar relevante para el ejercicio de
sus funciones. Dichas entidades esta-
rán obligadas a suministrar de oficio o
a solicitud de la Unidad, la información
de que trata el presente artículo. Así
mismo, la Unidad podrá recibir infor-
mación de personas naturales.
La Unidad en cumplimiento de su ob-
jetivo, comunicará a las autoridades
competentes y a las entidades legiti-
madas para ejercitar la acción de ex-
tinción de dominio, cualquier informa-
ción pertinente dentro del marco de
la lucha integral contra el lavado de
activos, la financiación del terrorismo
y las actividades que dan origen a la
acción de extinción del dominio”.
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 10
Figura 4. La unidad de
información y análisis
financiero – UIAF
Fuente: SENA (2017)
Sanciones por el
incumplimiento en
la aplicación de
las normas
La unidad de
información y
análisis financiero
UIAF
No es policía
judicial
No interviene
en la
investigación ni
en el juicio
penal.
No cuenta con
facultades de
supervisión.
No cuenta con
facultades para
sancionar a las
entidades que
incumplan las
obligaciones de
reporte.
Las organizaciones financieras sin particularidad
alguna, en su condición de entes obligados, les
corresponde plantear, implementar y ejecutar
procedimientos que les permita administrar ade-
cuadamente el riesgo de lavado de activos y de
la financiación del terrorismo, SARLAFT. Por ser
este, un sistema de administración de riesgo, las
organizaciones fiscalizadas tienen el deber de
calcular los riesgos procedentes no solo del trato
con los consumidores y demás factores de riesgo,
sino la de todos aquellos que la entidad a su jui-
cio considere pueden ser un factor de riesgo ante
el delito de lavado de activos y/o de la financia-
ción del terrorismo. Si la entidad financiera omite
las condiciones y requisitos definidos en el SAR-
LAFT y estos conducen a que esta, no se entere
a tiempo que el activo presentado como garantía
no es legal y está siendo investigado como objeto
de extinción de dominio y lo admite como tal, o
si el bien después de reconocido como garantía
es objeto de la mencionada acción, la antedicha
omisión podría conducir a resultados negativos en
Colombia en caso de concretarse todos o alguno
de los riegos asociados.
De conformidad con el Artículo 3º de la Ley 526 de 1999, la UIAF tiene como
objetivo la detección, prevención y en general la lucha contra el lavado de ac-
tivos, la financiación del terrorismo, el contrabando y el fraude aduanero en to-
das las actividades económicas, por ello es necesario tener claro lo siguiente:
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 11
Tipos de
sanciones
Figura 5. Tipos de sanciones
Fuente: SENA (2017)
Sanciones
penales
Quien realice o ejecute conductas
ilícitas con referencia al LA/FT.
podrá ser condenado a pagar
penas de prisión que van desde
los 6 hasta los 15 años.
Sanciones
económicas
Quien incurra en hecho delictivo
en lo referente al LA/FT, será
sancionado con multas que van
desde los 500 hasta los 50.000
smmlv.
Si una propiedad es objeto de un
hecho delictivo comprobado en lo
referente al LA/FT. será declarada
su extinción de dominio a quien
comete el delito.
Sanciones
administrativas
Cierre temporal del
establecimiento objeto del
hecho delictivo.
Cierre definitivo del
establecimiento objeto del delito
de LA/FT.
Cancelación
definitiva de
matrícula
mercantil.
Perdida de la
calidad de
comerciante.
El Estado colombiano es el
normas y constituir los
organismos encargados
de hacer cumplir la ley a
todas aquellas personas
y entidades que comentan
actos delictivos
Los órganos de control
imponen las sanciones
correspondientes según el
acto ilícito cometido, estas
pueden ser: desde
sanciones administrativas,
sanciones económicas
(multas) o hasta privación
de la libertad.
colombiano.
E
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 12
Conservación de
documentos
e información
La Ley 1581 de 2012 creó el régi-
men general de protección de datos
personales, el cual se otorga desde
entonces un derecho constitucional,
a todas las personas de conocer,
estar informados, rectificar sobre
cualquier información que se haya
solicitado sobre ellas, a través de
cualquier medio que puede ser una
base de datos o archivos, y los de-
más derechos, libertades y garantías
constitucionales a que se refiere el
artículo 15 de la Constitución Políti-
ca; así como el derecho a la informa-
ción consagrado en el artículo 20 de
la misma”.
La unidad de información y análisis
financiero UIAF. Organización anexa
al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público. Ha creado el portal
“www.uiaf.gov.co”. Con el propósito
de proporcionar a los interesados el
acceso a todo lo concerniente a la
prevención y lucha contra el lavado
de activos y financiación del terroris-
mo. Aunque los datos suministrados
en el mencionado portal son origina-
dos a través de diferentes fuentes,
es obligación de la UIAF de acuerdo
a lo establecido por la ley, conservar
su privacidad y protección, es de-
cir no está permitido darlos conocer,
publicar, comercializar o usufructuar
dicha información a través de nin-
gún medio.
Solo en casos excepcionales se po-
drá autorizar el uso de la informa-
ción consignada en el portal de la
UIAF. Para ello es obligatorio hacer
la presente citación literal: “Fuente:
Unidad de Información y Análisis Fi-
nanciero: www.uiaf.gov.co”.
No está permitido copiar o reprodu-
cir los datos del cliente a través
de ningún medio electrónico, redes
sociales o bases de datos. En los que
se pueda multiplicar dicha informa-
ción sin autorización escrita de la
Unidad de Información y Análisis Fi-
nanciero.
Toda la información contemplada en
el portal de la UIAF, es ingresado
bajo procedimientos y normas debi-
damente controlados, sin embargo
es difícil que la unidad se respon-
sabilice ante posibles interpretacio-
nes de terceros inescrupulosos que
violen la intimidad de la información.
Cabe decir que la información con-
templada en el portal solo es con el
objeto de prevenir y luchar contra el
lavado de activos y financiación del
terrorismo, en ningún caso se abor-
dan situaciones específicas o refe-
rentes a datos particulares que es-
pecifiquen información de personas
particulares.
El portal de la unidad se enlaza con
otros portales ajenos, en los cuales
la UIAF no tiene injerencia alguna,
por ende queda exenta de respon-
sabilidad alguna. Es por ello que el
contenido obtenido, utilizado y/o
publicado a través o desde dichos
portales no será responsabilidad de
la unidad, sino de las organizaciones
o portales respectivos.
FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 13
Políticas de
privacidad y
protección de datos
La unidad de información y análisis fi-
nanciero supone como política de re-
serva y protección de datos del usuario,
no solo la información personal que ob-
tiene libre y espontáneamente ingresa-
da por el mismo sujeto a la web de la
unidad, sino todas aquellas de carác-
ter inexcusable; Como son nombre de
usuario y password o contraseña, datos
necesarios para que la persona quede
registrado en el portal y pueda ingresar
su información.
Es política de la unidad información y
análisis financiero proteger y mantener
en reserva la información obtenida de
parte del usuario. El portal es autónomo
de cambiar algunas reglas o condiciones
de privacidad y cuidado de la informa-
ción del usuario, esto con el fin de evitar
presuntos plagios de la información por
parte de la delincuencia cibernética.
Dichos cambios se hacen amparados
en las normas y leyes del gobierno pero
siempre en pro de mantener preserva-
da la información del usuario. Al igual
que brinda cada vez un servicio más
oportuno y seguro.
Protección de la
información
personal
Cuando el usuario se registra en el
portal web de la unidad, proporciona
cierta información de carácter confi-
dencial, la cual debe ser resguardada
tecnológicamente de forma segura, y
es solo el personal integrante del área
autorizada quien podrá tener acceso
a ella. Es el mismo usuario el respon-
sable de crear su cuenta mantener la
contraseña y alimentar la información
de la misma.
La Unidad de Información y Análisis
Financiero no se compromete a man-
tener disponible los servicios On line
ni los datos que los usuarios necesiten
en algún momento.
La entidad se libera de cualquier
compromiso en caso que el usuario
o terceros requieran información en
el portal web y este no se encuentre
activo.
Tampoco se compromete la unidad
de información y análisis financiero
a responder bajo ningún suceso, por
los daños, fraudes o incidentes con-
tra la estabilidad de su portal web o
frente a sus redes informáticas; o por
otro riesgo fraudulento expuesto al
que puedan acceder sin previa auto-
rización. Lo mismo actos ilícitos pre-
sentados en el portal y que puedan
afectar la confidencialidad, autentici-
dad e integridad de la información.
Aunque el portal web de la unidad de
información y análisis financiero, está
dotado de medios de seguridad in-
formáticos, no se logra asegurar una
transferencia de información 100%
inocua. Es decir aunque se den con-
troles estrictos existe la presencia de
los piratas informáticos que siempre
pondrán al usuario en riesgo y que su
información sea vulnerada.
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Bibliografía
Bareño, S. (2009). Mecanismos de contabilidad para prevenir y detectar el lavado de activos en Colombia. Recuperado de:
http://www.scielo.org.co/pdf/cuco/v10n27/v10n27a06.pdf
Constitución política de Colombia [Const.] (1991). Recuperado de:
http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia%20-%202015.pdf
Fiscalía General de la Nación (2016). Informe de Rendición de Cuentas Fiscal a la Contraloría. Recuperado de:
https://www.contraloria.gov.co/documents/529674/0/Informe+Rendici%C3%B3n+de+Cuentas+2016.pdf/a223e1a8-ad9e-4447-91c5-89cde5344605
Fiscalía General de la Nación. (2014). Funciones de la Fiscalía General de la Nación. Recuperado de:
https://www.fiscalia.gov.co/colombia/la-entidad/funciones/
Meneses, W. (2016). Evolución de las tecnologías transaccionales en el sector financiero en Colombia entre los años 2010 y
2015. (Bachelor’s thesis) Universidad Militar Nueva Granada. Colombia. Recuperado de:
https://repository.unimilitar.edu.co/bitstream/10654/14568/2/RobertoMenesesWilfredo2016.pdf
Superfinanciera (1999). Doctrinas y Conceptos Financieros. Recuperado de:
https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/18339
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Glosario
Auditoria: Inspección o verificación
de la contabilidad de una empresa o
una entidad, realizada por un auditor
con el fin de comprobar si sus cuentas
reflejan el patrimonio, la situación
financiera y los resultados obtenidos
por dicha empresa o entidad en un
determinado ejercicio.
Bursátil: Es un concepto del área
económica que se refiere a toda
actividad financiera o gestión que está
vinculada a la bolsa de valores.
Extinción de dominio: Es un
mecanismo jurídico establecido por
la Ley 1708 del 20 de enero de 2014,
esta establece y permite el embargo
de bienes privados que hayan
sido utilizados o destinados para
actividades ilícitas, para esto se debe
llevar un debido proceso donde se
analiza el afectado, la actividad ilícita
de la cual se le esté implicando y el
bien mueble o inmueble que entraría
en embargo.
Fiscalía General de la Nación: Es un
organismo independiente adscrito
al Poder judicial en Colombia.
Esta institución retoma las tareas
que se realizaban en la extinta
Dirección Nacional de Instrucción
Criminal, y su principal función es
investigar y acusar a los presuntos
responsables de haber cometido un
delito a partir del sistema penal oral
acusatorio implementado con la ley
906 de 2004.
Flagelo: Cosa, hecho o suceso que
tiene efectos muy negativos en una
persona o una comunidad.
Órganos de control del estado:
Son instituciones estatales que
no pertenecen a ninguna rama
del Poder Público y que cuentan
con autonomía administrativa y
presupuestal para adelantar las
funciones de control asignadas por
la Constitución. Se conforman por
el Ministerio Público y la Contraloría
General de la República.
Poder público: Es la capacidad que
tiene el estado para obligar a alguien
a realizar un acto determinado.
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Glosario
Promulgar: Publicar una cosa de
forma oficial, especialmente una ley u
otra disposición de la autoridad, para
que sea conocido por todos.
Sanción:Consecuenciaoefectodeuna
conductaqueconstituyealainfracción
de una norma jurídica. Dependiendo
del tipo de norma incumplida o
violada, puede haber sanciones
penales o penas; sanciones
civiles y sanciones administrativas.
Superintendencia Financiera de
Colombia: Es el ente oficial delegado
para vigilar los sistemas financiero y
bursátil encargada de propender por
la solvencia, disciplina y supervisión
del Sistema Financiero de Colombia.
UAF: Unidad de análisis financiero.
UIAF: Unidad de información y
análisis financiero.
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NOMBRE DEL OBJETO
EXPERTO TEMÁTICO Víctor Manuel Vergara Cardona
DISEÑADOR GRÁFICO
PROGRAMADORAS
GUIONISTA Y PRODUCTOR DE MEDIOS AUDIOVISUALES
ASESORA PEDAGÓGICA
LÍDER DE LA LÍNEA DE PRODUCCIÓN
Nelson Alberto Niño Ospina
Zulma Milena Patiño Cárdenas
Claudia Marcela Lizarazo Lizarazo
Edwin Iznardo Camargo Mojica
Johanna Martínez Aragón
Zulma Yurany Vianchá Rodríguez
Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado
de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT.
PROGRAMA
Efectos particulares por permitir el lavado de activos

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  • 1. $$$ $$$ Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos y financiación del terrorismo SARLAFT Efectos particulares por permitir el lavado de activos
  • 2. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 1 $$$ $$$ Introducción Estimado aprendiz en esta actividad correspondiente al programa de formación “Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT”, se revisarán contenidos propios de los órganos de control, las sanciones por incumplimiento de normas, así como la preservación de documentos, además se estará analizando el contexto de Colombia la cual cuenta con tres organismos correctamente establecidos que a nombre del Estado se encargan directamente de inspeccionar el lavado de activos. Dado que el no controlar a los infractores se puede convertir en una problemática trascendental para el progreso de la economía nacional, así como la seguridad de cada persona y de las organizaciones en general.
  • 3. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 2 Material de formación 3 Efectos particulares por permitir el lavado de activos Introducción..................................................................................................................2 Mapa conceptual..........................................................................................................3 Estructura de contenidos Órganos de control.................................................................................................4 Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas..........................4. Conservación de documentos e información.........................................................6 Bibliografía..................................................................................................................13 Glosario .....................................................................................................................14 Creative commons.....................................................................................................15 Créditos del programa...............................................................................................16 CONTENIDOS PAG.
  • 4. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 3
  • 5. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 4 Órganos de control Son entes estatales que no pertene- cen a ninguna rama del poder públi- co, poseen autonomía administrativa y presupuestal para la ejecución de las acciones de control determinadas por la Constitución Política de Colombia. Se conforman por el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Son las organizaciones encargadas de reglamentar desde diferentes aspectos, normas, políticas, procesos y condicio- nes en aspectos de inspección, certifi- cación y auditoría en distintas áreas del desarrollo económico y organizacional Superintendencia Financiera de Colombia Ente oficial encargada de propen- der por la solvencia, disciplina y su- pervisión del Sistema Financiero de Colombia determinada por la Ley 45 de 1923 la cual se denominaba sec- ción bancaria, el artículo 19 de esta ley escogió como su director al su- perintendente bancario, delegándo- le con ello la supervisión de todos las entidades de capital. En 2005 fue fusionada en la Superintenden- cia de Valores y cumple su misión institucional por medio de la inspec- ción, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras, bursátiles, aseguradoras y cualquier otra relacionadas con el manejo, aprovechamiento o inver- sión de recursos captados del públi- co. En el ámbito de las instituciones públicas hoy la Superintendencia Fi- nanciera fue la primera que se creó en Colombia y es reconocida como uno de los organismos oficiales de mayor respetabilidad, valorada por su larga tradición de capacidad téc- nica y administrativa. En el presente material hallará los con- ceptos más importantes de los órga- nos de control definidos por el Estado colombiano, estos hacen parte de los elementos de control y vigilancia del lavado de activos y financiación del te- rrorismo, su presencia en el quehacer diario de la economía nacional y del bienestar del estado cuenta con una categoría muy alta, debido a que esta actividad demanda de un control deli- berado y nuestra nación no se puede puede separar de la legislación inten- cional que existe para combatir éste.
  • 6. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 5 Objetivos estratégicos de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC). Figura 1. Objetivos estratégicos de la Superintendencia financiera de Colombia (SFC) Fuente: SENA (2017) Convenciones [1] Organización Internacional de Comisiones de Valores. En ingles In- ternational Organization of Securities Commissions – IOSCO [2] Asociación Internacional de Supervisores de Seguros. En ingles International Association of Insuran- ce Supervisors – IAIS [3] Banco Internacional de Pagos
  • 7. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 6 Normas básicas que regulan la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) Figura 2. Normas básicas que regulan la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) Fuente: SENA (2017)
  • 8. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 7 Fiscalía General de la Nación Un vez promulgada la nueva Cons- titución, Política de Colombia en al año 1991, nace también La Fiscalía General de la Nación e inicia como estamento fiscal del estado el día 01 del mes de julio de 1992, es decir un año después de promulgada la carta magna de Colombia, hoy aún vigente. Según lo contempla el artículo 249 de la Constitución Política de Colombia la Fiscalía General de la Nación está in- tegrada de la siguiente manera. “Artículo 249. La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales de- legados y los demás funcionarios que determine la ley. El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presiden- te de la República y no podrá ser reelegido. Debe reunir las mis- mas calidades exigidas para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia. La Fiscalía General de la Nación forma parte de la rama judicial y tendrá autonomía ad- ministrativa y presupuestal”. Funciones: Las funciones de la Fis- calía General de la nación están con- templadas en el artículo 250 de La Constitución política de Colombia. Que reza lo siguiente. “La Fiscalía General de la Nación está obli- gada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la in- vestigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su cono- cimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circuns- tancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo. No podrá, en consecuencia, sus- pender, interrumpir, ni renun- ciar a la persecución penal, sal- vo en los casos que establezca la ley para la aplicación del prin- cipio de oportunidad regulado dentro del marco de la política criminal del Estado, el cual es- tará sometido al control de le- galidad por parte del juez que ejerza las funciones de control de garantías. Se exceptúan los delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en relación con el mis- mo servicio”. Funciones de la Fiscalía General de la Nación Atañe a la Fiscalía General de la Na- ción investigar las infracciones e im- putar a los hipotéticos transgresores ante los tribunales y magistraturas correspondientes. Se excluyen las fal- tas perpetradas por integrantes de la Fuerza Pública en ejercicio de su profesión y/o en concordancia con el acto de servicio. Para cumplir con dicho compromiso es deber de la Fiscalía General de la Na- ción lo siguiente:
  • 9. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 8 Figura 3. Funciones de la Fiscalía General de la Nación. Fuente: SENA (2017)
  • 10. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 9 Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF Esta importante organización es la unidad de inteligencia financiera y económica de la nación, su objetivo social está enfocado en preservar la protección y confianza nacional en el ambiente de capital, por medio del desarrollo de estrategias que permi- tan hacer inteligencia al avance de las operaciones económicas del país respaldada por la tecnología e inno- vación. Teniendo como marco legal el respeto por los Derechos Esenciales contemplados en los Derechos Hu- manos y el Derecho Internacional Humanitario, sus acciones se llevan a cabo con el único fin de advertir y re- velar todas las actividades incorpora- das a los delitos de lavado de activos, las infracciones origen del hecho, la financiación del terrorismo y suminis- trar la información necesaria en las acciones de extinción de dominio. De acuerdo con el artículo 3° de la ley 526 de 1999, modificado por la ley 1126 de 2006. Reza lo siguiente: “La Unidad tendrá como objetivo la pre- vención y detección de operaciones que puedan ser utilizadas como instru- mento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cual- quier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación, o para dar apariencia de legalidad a las activi- dades delictivas o a las transacciones y fondos vinculados con las mismas, prioritariamente el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Para ello centralizará, sistematizará y analizará mediante actividades de inteligencia financiera la información recaudada, en desarrollo de lo previsto en los artí- culos 102 a 107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y sus normas remisorias o complementarias, las nor- mas tributarias, aduaneras y demás información que conozcan las entida- des del Estado o privadas que pueda resultar relevante para el ejercicio de sus funciones. Dichas entidades esta- rán obligadas a suministrar de oficio o a solicitud de la Unidad, la información de que trata el presente artículo. Así mismo, la Unidad podrá recibir infor- mación de personas naturales. La Unidad en cumplimiento de su ob- jetivo, comunicará a las autoridades competentes y a las entidades legiti- madas para ejercitar la acción de ex- tinción de dominio, cualquier informa- ción pertinente dentro del marco de la lucha integral contra el lavado de activos, la financiación del terrorismo y las actividades que dan origen a la acción de extinción del dominio”.
  • 11. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 10 Figura 4. La unidad de información y análisis financiero – UIAF Fuente: SENA (2017) Sanciones por el incumplimiento en la aplicación de las normas La unidad de información y análisis financiero UIAF No es policía judicial No interviene en la investigación ni en el juicio penal. No cuenta con facultades de supervisión. No cuenta con facultades para sancionar a las entidades que incumplan las obligaciones de reporte. Las organizaciones financieras sin particularidad alguna, en su condición de entes obligados, les corresponde plantear, implementar y ejecutar procedimientos que les permita administrar ade- cuadamente el riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo, SARLAFT. Por ser este, un sistema de administración de riesgo, las organizaciones fiscalizadas tienen el deber de calcular los riesgos procedentes no solo del trato con los consumidores y demás factores de riesgo, sino la de todos aquellos que la entidad a su jui- cio considere pueden ser un factor de riesgo ante el delito de lavado de activos y/o de la financia- ción del terrorismo. Si la entidad financiera omite las condiciones y requisitos definidos en el SAR- LAFT y estos conducen a que esta, no se entere a tiempo que el activo presentado como garantía no es legal y está siendo investigado como objeto de extinción de dominio y lo admite como tal, o si el bien después de reconocido como garantía es objeto de la mencionada acción, la antedicha omisión podría conducir a resultados negativos en Colombia en caso de concretarse todos o alguno de los riegos asociados. De conformidad con el Artículo 3º de la Ley 526 de 1999, la UIAF tiene como objetivo la detección, prevención y en general la lucha contra el lavado de ac- tivos, la financiación del terrorismo, el contrabando y el fraude aduanero en to- das las actividades económicas, por ello es necesario tener claro lo siguiente:
  • 12. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 11 Tipos de sanciones Figura 5. Tipos de sanciones Fuente: SENA (2017) Sanciones penales Quien realice o ejecute conductas ilícitas con referencia al LA/FT. podrá ser condenado a pagar penas de prisión que van desde los 6 hasta los 15 años. Sanciones económicas Quien incurra en hecho delictivo en lo referente al LA/FT, será sancionado con multas que van desde los 500 hasta los 50.000 smmlv. Si una propiedad es objeto de un hecho delictivo comprobado en lo referente al LA/FT. será declarada su extinción de dominio a quien comete el delito. Sanciones administrativas Cierre temporal del establecimiento objeto del hecho delictivo. Cierre definitivo del establecimiento objeto del delito de LA/FT. Cancelación definitiva de matrícula mercantil. Perdida de la calidad de comerciante. El Estado colombiano es el normas y constituir los organismos encargados de hacer cumplir la ley a todas aquellas personas y entidades que comentan actos delictivos Los órganos de control imponen las sanciones correspondientes según el acto ilícito cometido, estas pueden ser: desde sanciones administrativas, sanciones económicas (multas) o hasta privación de la libertad. colombiano. E
  • 13. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 12 Conservación de documentos e información La Ley 1581 de 2012 creó el régi- men general de protección de datos personales, el cual se otorga desde entonces un derecho constitucional, a todas las personas de conocer, estar informados, rectificar sobre cualquier información que se haya solicitado sobre ellas, a través de cualquier medio que puede ser una base de datos o archivos, y los de- más derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Políti- ca; así como el derecho a la informa- ción consagrado en el artículo 20 de la misma”. La unidad de información y análisis financiero UIAF. Organización anexa al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ha creado el portal “www.uiaf.gov.co”. Con el propósito de proporcionar a los interesados el acceso a todo lo concerniente a la prevención y lucha contra el lavado de activos y financiación del terroris- mo. Aunque los datos suministrados en el mencionado portal son origina- dos a través de diferentes fuentes, es obligación de la UIAF de acuerdo a lo establecido por la ley, conservar su privacidad y protección, es de- cir no está permitido darlos conocer, publicar, comercializar o usufructuar dicha información a través de nin- gún medio. Solo en casos excepcionales se po- drá autorizar el uso de la informa- ción consignada en el portal de la UIAF. Para ello es obligatorio hacer la presente citación literal: “Fuente: Unidad de Información y Análisis Fi- nanciero: www.uiaf.gov.co”. No está permitido copiar o reprodu- cir los datos del cliente a través de ningún medio electrónico, redes sociales o bases de datos. En los que se pueda multiplicar dicha informa- ción sin autorización escrita de la Unidad de Información y Análisis Fi- nanciero. Toda la información contemplada en el portal de la UIAF, es ingresado bajo procedimientos y normas debi- damente controlados, sin embargo es difícil que la unidad se respon- sabilice ante posibles interpretacio- nes de terceros inescrupulosos que violen la intimidad de la información. Cabe decir que la información con- templada en el portal solo es con el objeto de prevenir y luchar contra el lavado de activos y financiación del terrorismo, en ningún caso se abor- dan situaciones específicas o refe- rentes a datos particulares que es- pecifiquen información de personas particulares. El portal de la unidad se enlaza con otros portales ajenos, en los cuales la UIAF no tiene injerencia alguna, por ende queda exenta de respon- sabilidad alguna. Es por ello que el contenido obtenido, utilizado y/o publicado a través o desde dichos portales no será responsabilidad de la unidad, sino de las organizaciones o portales respectivos.
  • 14. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 13 Políticas de privacidad y protección de datos La unidad de información y análisis fi- nanciero supone como política de re- serva y protección de datos del usuario, no solo la información personal que ob- tiene libre y espontáneamente ingresa- da por el mismo sujeto a la web de la unidad, sino todas aquellas de carác- ter inexcusable; Como son nombre de usuario y password o contraseña, datos necesarios para que la persona quede registrado en el portal y pueda ingresar su información. Es política de la unidad información y análisis financiero proteger y mantener en reserva la información obtenida de parte del usuario. El portal es autónomo de cambiar algunas reglas o condiciones de privacidad y cuidado de la informa- ción del usuario, esto con el fin de evitar presuntos plagios de la información por parte de la delincuencia cibernética. Dichos cambios se hacen amparados en las normas y leyes del gobierno pero siempre en pro de mantener preserva- da la información del usuario. Al igual que brinda cada vez un servicio más oportuno y seguro. Protección de la información personal Cuando el usuario se registra en el portal web de la unidad, proporciona cierta información de carácter confi- dencial, la cual debe ser resguardada tecnológicamente de forma segura, y es solo el personal integrante del área autorizada quien podrá tener acceso a ella. Es el mismo usuario el respon- sable de crear su cuenta mantener la contraseña y alimentar la información de la misma. La Unidad de Información y Análisis Financiero no se compromete a man- tener disponible los servicios On line ni los datos que los usuarios necesiten en algún momento. La entidad se libera de cualquier compromiso en caso que el usuario o terceros requieran información en el portal web y este no se encuentre activo. Tampoco se compromete la unidad de información y análisis financiero a responder bajo ningún suceso, por los daños, fraudes o incidentes con- tra la estabilidad de su portal web o frente a sus redes informáticas; o por otro riesgo fraudulento expuesto al que puedan acceder sin previa auto- rización. Lo mismo actos ilícitos pre- sentados en el portal y que puedan afectar la confidencialidad, autentici- dad e integridad de la información. Aunque el portal web de la unidad de información y análisis financiero, está dotado de medios de seguridad in- formáticos, no se logra asegurar una transferencia de información 100% inocua. Es decir aunque se den con- troles estrictos existe la presencia de los piratas informáticos que siempre pondrán al usuario en riesgo y que su información sea vulnerada.
  • 15. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 14 Bibliografía Bareño, S. (2009). Mecanismos de contabilidad para prevenir y detectar el lavado de activos en Colombia. Recuperado de: http://www.scielo.org.co/pdf/cuco/v10n27/v10n27a06.pdf Constitución política de Colombia [Const.] (1991). Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia%20-%202015.pdf Fiscalía General de la Nación (2016). Informe de Rendición de Cuentas Fiscal a la Contraloría. Recuperado de: https://www.contraloria.gov.co/documents/529674/0/Informe+Rendici%C3%B3n+de+Cuentas+2016.pdf/a223e1a8-ad9e-4447-91c5-89cde5344605 Fiscalía General de la Nación. (2014). Funciones de la Fiscalía General de la Nación. Recuperado de: https://www.fiscalia.gov.co/colombia/la-entidad/funciones/ Meneses, W. (2016). Evolución de las tecnologías transaccionales en el sector financiero en Colombia entre los años 2010 y 2015. (Bachelor’s thesis) Universidad Militar Nueva Granada. Colombia. Recuperado de: https://repository.unimilitar.edu.co/bitstream/10654/14568/2/RobertoMenesesWilfredo2016.pdf Superfinanciera (1999). Doctrinas y Conceptos Financieros. Recuperado de: https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/18339
  • 16. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 15 Glosario Auditoria: Inspección o verificación de la contabilidad de una empresa o una entidad, realizada por un auditor con el fin de comprobar si sus cuentas reflejan el patrimonio, la situación financiera y los resultados obtenidos por dicha empresa o entidad en un determinado ejercicio. Bursátil: Es un concepto del área económica que se refiere a toda actividad financiera o gestión que está vinculada a la bolsa de valores. Extinción de dominio: Es un mecanismo jurídico establecido por la Ley 1708 del 20 de enero de 2014, esta establece y permite el embargo de bienes privados que hayan sido utilizados o destinados para actividades ilícitas, para esto se debe llevar un debido proceso donde se analiza el afectado, la actividad ilícita de la cual se le esté implicando y el bien mueble o inmueble que entraría en embargo. Fiscalía General de la Nación: Es un organismo independiente adscrito al Poder judicial en Colombia. Esta institución retoma las tareas que se realizaban en la extinta Dirección Nacional de Instrucción Criminal, y su principal función es investigar y acusar a los presuntos responsables de haber cometido un delito a partir del sistema penal oral acusatorio implementado con la ley 906 de 2004. Flagelo: Cosa, hecho o suceso que tiene efectos muy negativos en una persona o una comunidad. Órganos de control del estado: Son instituciones estatales que no pertenecen a ninguna rama del Poder Público y que cuentan con autonomía administrativa y presupuestal para adelantar las funciones de control asignadas por la Constitución. Se conforman por el Ministerio Público y la Contraloría General de la República. Poder público: Es la capacidad que tiene el estado para obligar a alguien a realizar un acto determinado.
  • 17. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 16 Glosario Promulgar: Publicar una cosa de forma oficial, especialmente una ley u otra disposición de la autoridad, para que sea conocido por todos. Sanción:Consecuenciaoefectodeuna conductaqueconstituyealainfracción de una norma jurídica. Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, puede haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas. Superintendencia Financiera de Colombia: Es el ente oficial delegado para vigilar los sistemas financiero y bursátil encargada de propender por la solvencia, disciplina y supervisión del Sistema Financiero de Colombia. UAF: Unidad de análisis financiero. UIAF: Unidad de información y análisis financiero.
  • 18. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 17
  • 19. FAVA - Formación en Ambientes Virtuales de Aprendizaje SENA - Servicio Nacional de Aprendizaje 18 NOMBRE DEL OBJETO EXPERTO TEMÁTICO Víctor Manuel Vergara Cardona DISEÑADOR GRÁFICO PROGRAMADORAS GUIONISTA Y PRODUCTOR DE MEDIOS AUDIOVISUALES ASESORA PEDAGÓGICA LÍDER DE LA LÍNEA DE PRODUCCIÓN Nelson Alberto Niño Ospina Zulma Milena Patiño Cárdenas Claudia Marcela Lizarazo Lizarazo Edwin Iznardo Camargo Mojica Johanna Martínez Aragón Zulma Yurany Vianchá Rodríguez Análisis del sistema de administración del riesgo y lavado de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT. PROGRAMA Efectos particulares por permitir el lavado de activos